estatutos de la federacion de centros universitarios

Upload: propagandacee

Post on 30-May-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    1/13

    UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELAFEDERACIN DE CENTROS UIVERSITARIOS

    CARACAS

    ESTATUTOS DE LAFEDERACIN DE CENTROS UNIVERSITARIOS DE LA

    UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    2/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    2

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    3/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    3

    ESTATUTOS DE LAFEDERACIN DE CENTROS UNIVERSITARIOS DE LA

    UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

    1DISPOSICIONES INTRODUCTORIAS

    ARTICULO 1'.- La Federacin de Centros Universitarios (FCU) de la UniversidadCentral de Venezuela es la mxima organizacin que une y representa a todos los estudiantesde la UCV, agrupados en los diferentes Centros de Estudiantes Escuelas y/oFacultades de la Universidad.

    ARTICULO 2.- La Federacin de Centros Universitarios (FCU) tiene su domicilio en laciudad de Caracas y su sede en los locales de la Universidad Central de Venezuela.

    IIDECLARACIN DE PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

    ARTICULO 3.- La Federacin de Centros Universitarios de la UCV, recogiendo lahistoria y tradicin combativa del estudiantado, declara como propsitos de su accin: launidad, organizacin y direccin del movimiento estudiantil en torno a los siguientesobjetivos:Cumplir con el papel histrico que el estudiantado ha tenido en las luchas transformadoras denuestro pueblo, por lograr una sociedad ms justa y una nacin independiente y soberana enlo poltico, lo econmico y lo internacional.Luchar por la existencia de un sistema educacional que satisfaga las exigencias nacionales de

    independencia y soberana poltica, econmica y cultural. Luchar por el derecho al estudio y ala educacin pblica y gratuita.Luchar por una Universidad autnoma, democrtica, cientfica, participativa y crtica, alservicio de los intereses nacionales de nuestro pueblo y, por consiguiente comprometida enlos objetivos de superar la dependenciay promover el progresoy transformacin social.Luchar por la permanente transformacin de la universidad, para que sta sirva a los altosfines socioculturales que reclama el pas.Luchar por el estmulo a la creacin de una conciencia crtica, transformadora y nacionalistaen el estudiantado universitario que enfrente las tendencias oscurantistas existentes en el senode la sociedad venezolana.Luchar por incrementar el poder de participacin y decisin del estudiantado en la vida

    universitaria y en todos los niveles del gobierno universitario. Participar activamente en losprogramas y en las actividades de desarrollo y extensin deportivo, cultural, artstico y socialde la universidad.Organizar la lucha por las reivindicaciones econmico-sociales del estudiantado. Vincularestrechamente el movimiento estudiantil al movimiento popular venezolano.

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    4/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    4

    Luchar activamente contra la opresin material, moral cultural social y poltica que deriva dela explotacin capitalista del trabajo humano.Luchar por el respeto a las libertades pblicasyderechos humanos, socialesypolticos.Desarrollar la solidaridad con la lucha de la liberacin de los pueblos oprimidos y explotadosdel mundo.Luchar por la unidad del movimiento estudiantil.Luchar por la paz mundial.Luchar por la defensa de los recursos humanos y naturales de la nacin venezolana. Definiry poner en prctica una poltica estudiantil consecuente con estos objetivos fundamentales.

    III

    PRINCIPIOS ORGANIZATIVOSARTICULO 4.- La Federacin de Centros Universitarios funcionar de acuerdo a lossiguientes principios:a.- Eleccin directa por los estudiantes de todos los organismos permanentes de direccin delmovimiento estudiantil. Responsabilidad y cuentas peridicas de las actividades realizadas.b.- Subordinacin de la minora a la mayora.c.- Direccin colectiva, apoyada en la consulta y la vinculacin constante con todo elestudiantado, dentro de los canales regulares de los organismos estudiantiles.d.- Amplia libertad de discusin y estmulo ydesarrollo de la crtica yautocrticaconstructivas.

    e.- Estmuloyorganizacin constantes de la iniciativa, participacin yactividad de todos losestudiantes en las tareas concretas para la realizacin de los objetivos del movimientoestudiantil.f.- Los bienes y recursos del movimiento estudiantil estarn al servicio de la organizacin y delos objetivos de la lucha del movimiento estudiantil.

    ARTICULO 5.- Las fechas de elecciones, la duracin de cada comit ejecutivo, losmecanismos de reparticin de cargos y las disposiciones electorales, estarn previstas en unreglamento especial.

    IV

    INSCRIPCIN, DEBERES Y DERECHOS

    ARTICULO 6.- Todos los estudiantes inscritos en la Universidad Central de venezuela sonmiembros de la Federal de Centros Universitarios.

    ARTICULO 7.- La condicin de miembros de la Federacin de Centros Universitariossupone el respeto de estos estatutos y el deber de luchar por los ideales, principio y objetivosdel movimiento estudiantil organizado en la FCU. Los

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    5/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    5

    estudiantes miembros de la FCU tendrn los deberes que resulten de las disposiciones de estosestatutos.

    ARTICULO 8.- Los miembros de la Federacin de Centros Universitarios tendrniguales derechos, los que resultan de las definiciones estatutarias, de las finalidades de laFCU y los que se alcancen como logros de la Federacin de Centros Universitarios.

    VORGANIZACIN DE LA FEDERACIN DE CENTROS UNIVERSITARIOS

    ARTICULO 9.- La Federacin de Centro Universitarios tendr los siguientes organismospermanentes de direccin:(El Congreso General de Estudiantes;(El Consejo Directivo;(El Comit Ejecutivo y(los Centros de Estudiantes de Escuelas y Facultades.

    ARTICULO 10.- La autoridad suprema ser el Congreso General de Estudiantes de laUCV el cual delegar entre reunin y reunin sus funciones en el Consejo Directivo y elComit Ejecutivo de la FCU.

    ARTICULO 11.- Los Centro de Estudiantes de Escuelas y Facultades son organismos

    dependientes de la Federacin de Centros Universitarios con funciones directivas a nivel delas respectivas Escuelas y Facultades de la UCV.

    En las diversas Escuelas y Facultades pueden implementarse organismos complementarios ycoordinadores siempre y cuando estos no contradigan los principioy las normas contenidos enestos estatutos.

    ARTICULO 12.- El Congreso General de Estudiantes, ser el mximo organismo derepresentacin proporcional de todos los estudiantes universitarios que ser electa en formaconjunta con el resto de los organismos estudiantiles.

    ARTICULO 13.- Los mecanismos de funcionamiento y la composicin de los representantesal Congreso General de Estudiantes Universitarios de la UCv estarn establecidos en unreglamento especial.

    ARTICULO 14.- El Congreso Directivo, ser el mximo organismos de representacin delos estudiantes entre Congreso y Congreso,y lo integrarn: (El Comit Ejecutivo de laFCU;(los presidentes de los Centros de Estudiantes y(los delegados a los Consejos de Facultad y de Escuela.

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    6/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    6

    ARTICULO 15.- El Consejo Directivo debe conocer de las actividades del Comit Ejecutivode la FCU, y tienen, en el receso entre Congreso y Congreso, la capacidad de tomar decisionessobre cualquier asunto concerniente a la actividad y al cumplimiento de los fines de laFederacin.

    ARTICULO 16. El Consejo Directivo sesionar ordinariamente una vez cada 45 das en ellugar para el cual se convoque con tres das de anticipacin cuando menos, y sesionar enforma extraordinaria, cuando as fuere convocada por el Comit Ejecutivo o lo pida unatercera parte de sus miembros.

    Las decisiones del Consejo Directivo se tomarn por mayora -la mitad mas uno de los

    presentes-. De toda sesin del Consejo Directivo se deber levantar acta en la cual se hagaconstar el nmero de miembros presentes, un extracto de las deliberaciones y el texto de lasresoluciones adoptadas. Las actas debern ser firmadas por los integrantes de la mesa directivay por los miembros presentes del Comit de la FCU.

    ARTICULO 17.- Las caractersticas del funcionamiento del Consejo Directivo estarnestipuladas en unas normas especiales para tal fin.

    ARTICULO 18. El Comit Ejecutivo de la Federacin de Centro Universitarios estarformado por:(un Presidente,(un Secretario General,(un Secretario de Reivindicaciones,(un Secretario de Cultura,(un Secretario de Deportes,(un Secretario de Relaciones Nacionales,(un Secretario de Relaciones Internacionales,(un Secretario de Finanzas,(un Secretario de Propaganda,(un Secretario de ActasyCorrespondencias y(los tres Delegados Estudiantiles al Consejo Universitario, todos los cuales durarn en sus

    funciones el tiempo establecido en Leyes y Reglamentos.

    ARTICULO 19.- Cada cargo del Comit Ejecutivo de FCU tendr su respectivoadjunto, el cual suplir las ausencias de los miembros principales con todos sus deberes yderechos.

    ARTICULO 20.- El Comit Ejecutivo de la FCU ejerce durante el receso del CongresoGeneral de Estudiantes y el Consejo Directivo de la FCU, la mxima direccin de laFederacin de Centro Universitarios, y tiene capacidad para adoptar decisiones sobrecualquier asunto concerniente a la actividad y al cumplimiento de los fines de la FCU,

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    7/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    7

    dentro de los estatutosy los acuerdosy resoluciones vigentes del Congresoy el ConsejoDirectivo.

    ARTICULO 21.- Corresponde especialmente al Comit Ejecutivo de la FCU,(Elaborar la poltica de la Federacin de Centro Universitarios, ( organizar yplanificar en todos los aspectos el trabajo de la FCU;(El cumplimiento y ejecucin de los acuerdos y resoluciones del Congreso y del ConsejoDirectivo, ( las relaciones con la universidad y sus distintos niveles de autoridad( lo relacionado con la actuacin de la representacin estudiantil en el co-gobiernouniversitario,( sintetizar y difundir las experiencias de la organizacin y las luces del movimientoestudiantil;( Las relaciones con las dems organizaciones estudiantiles a nivel regional, nacional einternacional,( las relaciones con otras organizaciones populares,( la administracin de los fondos de la FCU y(la edicin del rgano de prensa de la FCU.

    ARTICULO 22.- El Comit Ejecutivo es una direccin colectiva y debe dirigircolectivamente. En ta l sentido, discute, fi ja y distribuye internamente entre sus miembrosel trabajo colectivo de la direccin, la ejecucin de las decisiones y medidas que adopta, elcumplimiento de las directivas y de los fines del movimiento estudiantil.

    Para su labor el Comit Ejecutivo de la FCU se apoya en el Centro Directivo, losCentros de Estudiantes y las otras estructuras organizativas de apoyo, en la consultapermanente y en la movilizacin de todos los estudiantes.

    ARTICULO 23.- El Presidente de la FCU, adems de sus funciones y responsabilidadesen la direccin: (Convoca y preside el Comit Ejecutivo;( Convoca por iniciativa de quienes corresponde el Congreso General de Estudiantes y elConsejo Directivo de la FCU y los preside;( Representa a la FCU en todos los actos pblicos y privados que estn en consonancia conlos principios generales establecidos en los estatutos;( Representa legalmente a la Federacin de Centros Universitarios;

    (Cumple con los mandatos que el Comit Ejecutivo le encomiende; (Autorizacon su firma la correspondencia y dems documentos de la FCU;(Autoriza con su firma las rdenes para la ejecucin y el cumplimiento de los acuerdos,decisiones y resoluciones de estos organismos.( Autoriza las erogaciones de dinero, de acuerdo a las normas que sobre manejosadministrativos hayan sido aprobadas por la FCU.

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    8/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    8

    ARTICULO 24.- Son atribuciones del Secretario General:(Asistir a las sesiones del Comit Ejecutivo de la FCU.( Recibir y suplir al Presidente en ausencia de ste y de su adjunto.( Coordinar el trabajo y enlace de los secretarios y de sus comisiones de trabajo.

    ARTICULO 25.- Son atribuciones del Secretario de Reivindicaciones:( Presentar las alternativas de lucha o programas de accin que tiendan a erradicar, concriterios cientficos, los problemas reivindicativos del estudiantado.( Preparar y procesar las informaciones que tiendan a dar una imagen real y cierta de lasituacin universitaria en cuanto a servicios se refiere.( Representar a la FCU ante la Comisin de la Organizacin de Bienestar Estudiantil de la

    UCv, junto a otros representantes que designe el Comit Ejecutivo de la FCU.

    ARTICULO 26.- Son atribuciones del Secretario de Cultura:(Promover las actividades culturales dentro y fuera de la UCv.( Representar al Comit Ejecutivo de la FCU ante la Direccin de Cultura de la UCv,

    junto a otros representantes que pudiera designar el Comit Ejecutivo de la FCU.( Impulsar la formacin de grupos culturales, cumplir con los principios generales de la

    FCU.

    ARTICULO 27.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:(Dirigir las campaas financieras de la FCU.

    ( Estudiar los presupuestos presentados por cada secretara. (Llevar el libros de contabilidad general de la FCU.(Firmar junto con el presidente las rdenes de pago.( Presentar al Comit Ejecutivo al final de cada mes relaciones de ingresos y egresos de susecretara.( velar por el estricto cumplimiento de las normas administrativas aprobadas por la FCU.

    ARTICULO 28.- Son atribuciones del Secretario de Deportes:(Todas aquellas destinadas a la promocin de las actividades deportivas en y fuera de laUCV;(La promocin de organismos deportivos;

    ( Representar al Comit Ejecutivo de la FCU en la Direccin de Deportes de la UCV y enaquellos organismos afines a su rea, junto a otros representantes que (para tal fin puedadesignar la FCU.

    ARTICULO 29.- Son atribuciones del Secretario de Propaganda:( Contribuir al conocimiento de las tareas y objet ivos de la FCU a travs de losmedios de comunicacin social.( Firmar la correspondencia sobre asuntos de su competencia con el Presidente de la FCU.

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    9/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    9

    (Autorizar junto con el Presidente las publicaciones del organismo.(Desarrollar programas de comunicacin, informacin y divulgacin, orientadas a crearopinin sobre la importancia, fines y luchas de la FCU.( Dar a conocer y crear conciencia en los estudiantes de las realizaciones y valores de laFCU.(Crear los vehculos de informacin de la FCU;(Formar parte del cuerpo directivo de las publicaciones oficiales del organismo.

    ARTICULO 30.- Son atribuciones de la Secretara de Relaciones Nacionales:(Mantener las relaciones de la FCU con los gremios e instituciones existentes en el pas;( Representar a la FCU junto con el Presidente en actos pblicos y actividades de ese orden.

    ARTICULO 31.- Son atribuciones del Secretario de RelacionesInternacionales: (Proyectar a la FCU y a la UCV en el mbito internacional;(Promover encuentros con las organizaciones internacionales de naturaleza estudiantil aobjeto de crear un gran sentido de unidad universitaria internacional, en defensa de lospueblos oprimidos;(Promover la creacin de una Federacin de Estudiantes de pases del tercer mundo;(Promover y mantener relaciones con organismos estudiantiles; (Promover encuentrose intercambios internacionales.

    ARTICULO 32.- Son atribuciones del Secretario de Actas y Correspondencias: (Recibir y distribuir la correspondencia de la FCU;

    (Llevar las actas del organismo y los archivos de la FCU;(Hacer pblicas las actas del organismo, firmar la correspondencia y dems documentos dela FCU junto con el Presidente del organismo.

    ARTICULO 33.- Son atribuciones y deberes de los Delegados Estudiantiles al ConsejoUniversitario, adems de los establecidos en el capitulo 1, seccin primera de la Ley deUniversidades, referente a su calificacin de miembros de ese rgano de cogobierno, lassiguientes:( Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo Universitario y del Comit Ejecutivo de laFCU;(Discutir sus posiciones frente a los problemas universitarios con el Comit Ejecutivo de la

    FCU;( Informar al Comit Ejecutivo de los resultados de las discusiones realizadas ante el ConsejoUniversitario;(Todas aquellas que le acuerde el Comit Ejecutivo de la FCU.

    ARTICULO 34.- El Comit Ejecutivo sesionar ordinariamente sin necesidad de previaconvocatoria una vez por semana, en el da y hora que expresamente se fije con carcter

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    10/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    10

    permanente, y extraordinariamente cuando sea especialmente convocado. La iniciativa paralas sesiones extraordinarias podr partir del Presidente o de 1/3 de los miembros.

    ARTICULO 35.- Para que las sesiones del Comit Ejecutivo sean vlidas se requerir queestn presentes por lo menos siete de sus miembros.Las decisiones del Comit Ejecutivo se tomarn por mayora de los asistentes a cada reunin.De toda sesin del Comit Ejecutivo deber levantarse un acta en la cual se harn constar losmiembros presentes, un extracto de las deliberaciones y el texto de las resoluciones adoptadas,debiendo firmarlas el Presidente, el Secretario General y el Secretario de Actas.

    ARTICULO 36.- Los miembros del Comit Ejecutivo de la FCU estn en la obligacin de

    asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias del organismo, a las sesiones del ConsejoDirectivo y del Congreso General de Estudiantes; de igual forma, debern velar por el estrictocumplimiento de los estatutos y normas del organismo estudiantil.

    LOS CENTROS DE ESTUDIANTES

    ARTICULO 37.- En cada escuela y/o Facultad de la UCV existir un Centro deEstudiantes integrado por(Un Presidente,(un Secretario General,(un Secretario de Reivindicaciones,

    (un Secretario de Cultura,(un Secretario de Asuntos Acadmicos,(un Secretario de Deportes,(un Secretario de Finanzas,(un Secretario de Propaganda,(un Secretario de Actas y Correspondencias, y,(los Delegados Estudiantiles al Consejo de Escuela o de Facultad dependiendo del caso, loscuales sern elegidos por los estudiantes en las respectivas escuelas o facultades en votacindirecta, universal y secreta.

    ARTICULO 38.- Los Centros de Estudiantes son organismos dependientes de la FCU y sujetos

    por lo tanto a las disposiciones estatutarias y los acuerdos y decisiones del Congreso Generalde Estudiantes, del Consejo Directivo y del Comit Ejecutivo de la FCU.

    Los Centros de Estudiantes podrn dictar sus propios estatutos, siempre y cuando estos nocoliden con los de la FCU, y tienen facultades decisorias y ejecutivas propias en loconcerniente a la atencin de los asuntos particulares del movimiento estudiantil en su rea detrabajo.

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    11/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    11

    ARTICULO 40.- La Coordinadora de Facultad es un organismo que podr funcionar enaquellas Facultades que tenga ms de un Centro de Estudiantes. Ser el encargado depropiciar la vinculacin de las Escuelas apoyndose en los Centros de Estudiantes.

    Estar integrada por los Presidentes de Centros de Estudiantes de Escuela y por los Delegadosal Consejo de Facultad y de Escuela. No tendr capacidad decisoria.

    vILA CONSULTA GENERAL ESTUDIANTIL

    ARTICULO 41.- Las cuestiones de ms alta importancia del movimiento estudiantil quesusciten extendidas y manifiestas diferencias en el seno del estudiantado debern sersometidas a la consulta general del estudiantado.

    La consulta general estudiantil podr ser planteada para decidir sobre las eleccionesanticipadas respecto de cualquier de los organismos permanentes de direccin delmovimiento estudiantil. Esto ser posible cuando sea respaldada la peticin por un tercio delestudiantado y aceptada por su mayora. La consulta deber ser decidida por el ConsejoDirectivo de la FCU.

    La consulta slo proceder por una vez cada periodo en los niveles en que pueda serplanteada. Slo proceder por segunda vez cuando en una de las oportunidades sea paradecidir sobre elecciones anticipadas.

    VIILAS ELECCIONES ESTUDIANTILES

    ARTICULO 42.- La Federacin de Centros universitarios tendr sus propios organismoselectorales y las elecciones estudiantiles se realizarn de acuerdo al reglamento especial quesobre la materia dicte el Consejo de la FCU.

    Las elecciones para proveer los cargos de representacin de los organismos

    permanentes de direccin de la FCU sern universales, directas y secretas, y sernconvocadas con suficiente anticipacin como para garantizar a todos los estudiantes laoportunidad de participacin.

    VIIILOS FONDOS DE LA FEDERACIN DE CENTROS UNIVERSITARIOS

    ARTICULO 43.- Los Fondos de la FCU se formarn con:

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    12/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    12

    a.- Las actividades pro-fondos desarrolladas en cumplimiento de los planes que con este

    fin apruebe el Comit Ejecutivo de la FCU.b.- Las contribuciones ordinarias y especiales de la Universidad Central de Venezuela.

    Las reglas para su administracin sern las siguientes:

    ( Dichos fondos deber ser depositados en un instituto bancario o similar en cuenta abierta anombre de la FCU.( Dicha cuenta estar adscrita al vicerrectorado Administrativo de la UCV y deber llenarlos tramites normales de movilizacin de fondos existentes para cualquier dependenciauniversitaria.

    ( La emisin de cheques estar a cargo del vicerrectorado Administrativo. (Lasrdenes de gastos debern estar firmadas por el Presidente de la FCU.

    ARTICULO 44.- Los fondos de la FCU slo debern ser destinados al cumplimiento de losoperativos y metas del movimiento estudiantil.

    ARTICULO 45.- El Comit Ejecutivo de la FCU mantendr una constante supervisinsobre la contabilidad, la cual estar bajo la directa responsabilidad del Secretario deFinanzas.

    ARTICULO 46.- Lo no previsto en estos estatutos ser resuelto mediante un Reglamento deFuncionamiento Administrativo de la FCU.

    IXEL ORGANISMO DE PRENSA

    ARTICULO 47.- La FCU tendr su propio peridico, el cual constituir, a la vez de surgano social, el medio para divulgar los principios, objetivos y la poltica delmovimiento estudiantil; sus posiciones, decisiones, directivas y consignas,y las opiniones delestudiantado en relacin con los problemas universitarios y de la vida nacional.

    La publicacin de este peridico quedar bajo la directa responsabilidad del Comit Ejecutivo,el cual designar su director y consejo de redaccin.

    Fue omitido el Artculo 48

    XDISPOSICIONES FINALES

  • 8/14/2019 Estatutos de La Federacion de Centros Universitarios

    13/13

    Estatutos de la Federacin de Centros UniversitariosUniversidad Central de Venezuela

    13

    ARTICULO 49.- Los casos de responsabilidad por violacin de estos estatutos, las faltas a la

    disciplinay toda conducta contraria a la moral estudiantil y a los objetivos y principios delucha definidos en estos estatutos, sern substanciados y decididos por el Comit Ejecutivocon apelacin ante el Consejo Directivo.

    Si los sealados como responsables son miembros del Comit Ejecutivo o del ConsejoDirectivo, ser este ltimo el que conozca o decida, con apelacin ante el Congreso deEstudiantes.Tambin conocer y decidir el Consejo Directivo, con apelacin ante el Congreso Generalde Estudiantes, cuando los hechos del caso resulten de decisiones o posiciones fijadas por losCentros de Estudiantes que violen estos estatutos o que sean contrarias a las decisiones o alos principios y objetivos de lucha de la Federacin. En ningn caso se proceder si no es

    sobre la base de conocimientos o informaciones serias y suficientemente fundadas, ysiempre se escucharan previamente a toda decisin, las explicaciones y alegatos de quienesaparezcan implicados.

    En todos los casos la decisin deber pronunciarse dentro de quince das, por escrito ymotivada, una vez esclarecidos suficientemente los hechos y las responsabilidades a quehubiere lugar .

    Las sanciones que podrn imponerse sern, segn la gravedad de lafal ta: (amonestacin;(amonestacin severa;