estatutos de la coordinadora de estudiantes de filosofía y humanidades de la universidad de chile
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7/30/2019 Estatutos de la Coordinadora de Estudiantes de Filosofa y Humanidades de la Universidad de Chile
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ESTATUTOS DE LA COORDINADORA DEESTUDIANTES DE FILOSOFIA YHUMANIDADES DE LA UNIVERSIDAD DECHILE
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QUE NADIE DECIDA POR TI!
Este documento es fruto del esfuerzo de los estudiantes de la Facultad de Filosofa,
quienes durante los dos aos de vida de la Coordinadora se han esforzado por revisar y
perfeccionar sus mecanismos de participacin, coordinacin, discusin y decisin. Cmo nos
organizamos es el fiel reflejo de cmo pensamos. En la sociedad actual, faltan experiencias de
organizacin. Creemos que este es nuestro pequeo aporte a esa experiencia; estamos
convencidos que el fondo de este proyecto tiene asidero no slo en el sector estudiantil, sino en
todos los espacios de convergencia que necesite una herramienta que sea capaz de resolver
problemas, de satisfacer necesidades, de potenciar capacidades de manera horizontal.
Enfatizamos que, de manera colectiva y fraterna, es posible poder no slo convivir en un
espacio, sino buscar soluciones en conjunto, establecer el bienestar de nuestra comunidad y
atender las inquietudes y exigencias que nosotros, como estudiantes, nos planteamos da a da.
Entendemos que aprender no slo se hace en la sala de clases; existen instancias como
la coordinadora, las que se desprenden de ella y las que trabajan a la par con ella que tienen un
valor fundamental para la construccin comunitaria, para la mancomunin de quienes somos
iguales, donde tambin haya espacio para la diversidad y las minoras.
Por eso siempre nuestro lema ha sido Que nadie decida por ti!, porque creemos quela clave de la organizacin est en abrir espacios de participacin, en encontrar criterios
comunes, en el construir consenso, sin dejar de lado la discusin, la disputa y el plantear
posturas que, aunque a veces son bien distintas, navegan en una direccin similar.
Esperamos que este documento nos sirva tanto a nosotros como a quien quiera hacer uso de el.
Coordinadora de Estudiantes de Filosofa y Humanidades, Universidad de Chile
Santiago, Noviembre de 2012
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TITULO 1DE LA COORDINADORA DE ESTUDIANTES DE FILOSOFA Y HUMANIDADES,
DE SUS FINES Y OBJETIVOS
Artculo 1
La Coordinadora de Estudiantes de Filosofa y Humanidades (tambin CEFH) es el ente
coordinador que implica a todas/os las/os estudiantes de Pregrado de la Facultad. Cuenta con
una estructura que aspira a generar la participacin de todas/os las/os integrantes mediante la
Democracia Directa y apunta a posibilitar la expresin satisfactoria de las inquietudes y
necesidades de los estudiantes. Por el presente estatuto se constituye dicha instancia.
Artculo 2
Los Fines y Objetivos de la CEFH comprenden:
1.- Asegurar que la diversidad de inquietudes y necesidades de todos/as los/as estudiantes
tenga un canal de expresin y pueda ser sometidas a la discusin pblica y abierta.
2.- Establecer la coordinacin entre los/as estudiantes que posibilite la accin colectiva y la
movilizacin social en torno a sus inquietudes y necesidades de inters general, las que deben
ser discutidas, evaluadas, priorizadas y definidas mediante los principios de la Democracia
Directa.
3.- Constituirse como la interlocutora legtima de las/os estudiantes de Filosofa y Humanidades
ante el resto de los estudiantes, ante las autoridades de la Facultad y la Universidad, ante los
estamentos de funcionarios acadmicos y no acadmicos, ante los organismos de la sociedad
civil, ante los movimientos sociales y ante el pas en su conjunto.
4.- Velar por la calidad y el valor de las licenciaturas que se imparten en la Facultad. Asimismo,
trabajar para que los programas de estudio respondan a los intereses intelectuales y sociales
que los/as estudiantes establezcan como relevantes y prioritarios.
5.- Fomentar un estudiantado compuesto por hombres y mujeres que, asumiendo la politicidad
que involucra toda accin humana, manifiesten un compromiso pro activo, responsable y
consciente con los ideales de justicia social, de educacin de calidad para todas y todos, de
igualdad en respeto y valoracin para todos los gneros e identidades sexuales, de
reconocimiento y dilogo con la diversidad tnica del pas. Un alumnado que pueda reflexionar
crticamente sobre su labor y su realidad, respondiendo activamente con afn transformador.
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6.- Abrir la universidad y el conocimiento que ah se produce al campo social, aspirando a una
retro alimentacin que pase tanto por la apertura de las puertas de nuestra universidad a
quienes lo deseen y/o necesiten, como por la irradiacin de nuestras disciplinas que pueden y
deben estudiar las condiciones de vida, manifestaciones culturales y necesidades de los distintos
sectores de la sociedad en la medida que son parte activa de esta.
7.- Velar porque cada uno de las/os estudiantes de la Facultad pueda llevar a cabo sus aos de
estudio en condiciones dignas, materiales y psicolgicas.
TITULO 2DE LOS ESTUDIANTES,
DE SUS DEBERES Y DERECHOS
Artculo 3
Todos los estudiantes matriculados en la Facultad en alguno de los Programas de Pregrado que
dicta la Facultad Filosofa y Humanidades de la Universidad de Chile son miembros de la CEFH, y
por tanto participan directamente en la toma de las decisiones de esta y son representados por
la misma.
Artculo 4
La participacin en la CEFH, ya sea como agente activo de su funcionamiento o como
beneficiario/a, supone la aceptacin de los siguientes Derechos:
1.- Todo/a miembro tiene derecho al libre expresar de sus ideas ante las distintas asambleas e
instancias de participacin, sin importar su posicin poltica, condicin social, cultural o
religiosa.
2.- Todo/a miembro tiene derecho a participar activamente de la CEFH, siendo vocero/a o
incluso sin ocupar cargo alguno.
3.- Todo/a miembro tiene derecho a presenciar las distintas asambleas que se realizan dentro
de la Facultad.
4.-Todo/a miembro tiene derecho a presentar proyectos y buscar financiamiento para la
realizacin de estos.
5.- Todo/a miembro tiene derecho a ser elegido vocero de la Asamblea de Carrera, segn lo
presentado en este documento.
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6.- Todo/a miembro tiene derecho a ser elegido en algn cargo de responsabilidad de la CEFH.
7.- Todo/a miembro tiene derecho a participar en alguna secretaria o comisin acorde a sus
intereses, as como de proponer la creacin de alguna.
8.- Todo/a miembro tiene derecho a utilizar las distintas posesiones de la CEFH.
9.- Todo/a miembro tiene derecho a recibir ayuda monetaria procedente de la secretaria de
bienestar, de acuerdo a los parmetros que esta tenga para darlos.
Artculo 5
A su vez, la participacin en la CEFH, ya sea como agente activo de su funcionamiento o como
beneficiario/a, tiene como corolario la aceptacin de los siguientes Deberes:
1.-Es deber de los/as miembros de la CEFH participar activamente en la toma de decisiones
mediante las formas que este estatuto presenta.
2.- Es deber de los/as miembros acatar las decisiones tomadas democrticamente por la CEFH
3.- Es deber de los/as miembros de la CEFH comprometerse activa y regularmente con los
cargos que ocupan.
4.- Es deber de los/as miembros informarse del acontecer, decisiones y de las actividades que
realiza la CEFH mediante las instancias existentes.
5.- Es deber de los/as miembros respetar las diferencias de los dems miembros, sean estas
polticas, fsicas, religiosas, de gnero y sexo, o culturales, para as mantener un ambiente
fraterno en las distintas instancias de participacin.
6.- Es deber de los/as miembros velar por el cuidado de los bienes de la CEFH.
TITULO 3CAPTULO PRIMERO
DEL FUNCIONAMIENTO Y LA ESTRUCTURA ORGNICA
Artculo 6
El funcionamiento de la CEFH, tanto en la adopcin de acuerdos como en la eleccin de los
cargos de responsabilidad, procurar siempre la participacin de cualquiera de sus miembros,
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de forma inmediata y sin filtros. Este proceder lo entendemos como la prctica de la Democracia
Directa, en donde el compromiso y la responsabilidad son los nicos requisitos para asumir
tareas, as como la confianza de los/as pares. Todas las posturas, decisiones, votaciones y
elecciones tienen carcter pblico, a nivel individual como colectivo.
Artculo 7
La estructura de la CEFH consta de tres rganos principales interdependientes para tomar las
decisiones y espacios complementarios para su ptima implementacin, adems de diversos
cargos de responsabilidad que permiten su funcionamiento:
1.- Asambleas de Carrera, Asamblea General y Consejo General de Voceros (tambin CGV): Las
Asambleas de Carrera son el espacio principal de informacin y discusin, en las que tambin se
generan las distintas posiciones de carrera. En la Asamblea General se discuten las distintas
posiciones y propuestas que surgieron en las Asambleas de Carrera, para zanjarlas mediante
consenso o votacin, segn sea el caso. El CGV da fechas, organiza y lleva a cabo las distintas
asambleas, as como vela para que las distintas decisiones adoptadas sean realizadas.
2.- Secretaras y Comisiones: Las Secretaras son rganos permanentes desde los cuales se
realizan diversas actividades de inters general, que se gestionan con la mayor autonoma, pero
bajo los parmetros estipulados por estos estatutos y las decisiones de los estudiantes de la
Facultad. Las Comisiones son rganos temporales que se crean a propuesta de los estudiantes
para la realizacin de alguna tarea especfica y con plazo fijo.
3.- Cargos de Responsabilidad. Cada carrera tiene 8 Delegados/as, un Coordinador/a de Carrera
y al menos 2 Delegados/as Aacadmicos/as por Departamento. Existen Delegados Transversales
que son electos a travs del sistema de votacin explicitado en el Articulo 11 del presente
estatuto y corresponden a los siguientes: Coordinador/a General, Delegado/a Fech,
Delegados/as a la Coordinadora de Campus, Delegados/as al Consejo de Facultad y Secretario/a
de Actas. Adems, cada Secretara elegir a un/a Secretario/a que hace de nexo entre dicho
rgano y el CGV. Todos estos/as Delegados/as son siempre Voceros Revocables. Todos los
cargos de responsabilidad son incompatibles entre si.
4.- Coordinacin Transversal: Est conformada por los todos los/as Delegados/as Transversales,
los/as Coordinadores/as de Carrera y los/as Concejeros/as FECH. Su funcin es coordinar el
trabajo de todas las instancias de la CEFH, ejecutar mandatos colectivos y gestionar todo lo
necesario para el correcto funcionamiento orgnico.
CAPTULO SEGUNDO
DE LA ASAMBLEA DE CARRERA
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Artculo 8
La Asamblea de Carrera es el ncleo de la organizacin. En ella, los/as distintos/as estudiantes
del Programa de Licenciatura se informan y discuten en profundidad las temticas que
consideran pertinentes. Puede participar e intervenir cualquier estudiante de la Carrera que as
lo desee y estime conveniente, con derecho a decisin. Otros estudiantes o miembros de otros
estamentos pueden asistir si es que as se permite, slo con derecho a intervencin. Su
ejecucin se realiza bajo las siguientes consideraciones:
1.- Puede ser convocada por el CGV, alguna Comisin Especial o por cualquier miembro de la
Carrera, siempre que haya una propuesta concreta de tabla a tratar. El/La Coordinador/a de
Carrera tiene la obligacin de que se realicen las Asambleas de Carrera que sean convocadas por
el CGV y que se traten al menos los temas comunes definidos por el mismo.
2.- En la Asamblea de Carrera convocada 1 mes luego del inicio de clases se elige a los 8
Delegados/as de Carrera. Cada generacin tiene el derecho a tener 2 Delegados/as de Carrera.
De no hacer valer este derecho, o de no haber la cantidad suficiente de candidatos para hacerlo,
podrn ser electos candidatos de cualquier generacin hasta completar los 8 cupos disponibles.
3.- Adems, se deber elegir al Coordinador/a de Carrera y al menos a 2 Delegados/as
Acadmicos/as por departamento. Podrn existir ms de 2 Delegados/as Acadmicos/as, segn
las necesidades de cada Carrera.
4.- Tambin en la Asamblea de Carrera se solicita la revocacin de alguno/a de estos/as
Delegados/as, lo que se hace segn el mecanismo de revocacin estipulado en el estatuto.
5.- Segn corresponda, las posiciones y propuestas que se manifiesten sern llevadas a la
Asamblea General por el/la Coordinador/a de Carrera, presentadas en el CGV por los/as
Delegados/as o se implementarn por la misma Carrera si es que compete a temticas propias.
6.- Tras cada Asamblea, se debe elaborar un Acta con lo que se haya definido.
Artculo 9 (temporal)
Se considera a Pedagoga como una carrera ms. Sin embargo, el nmero de Delegados/as se
reduce debido a la menor duracin del Programa.
CAPTULO TERCERO
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artculo 10
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La Asamblea General es el espacio que rene a todas/os los estudiantes de la Facultad. Su
funcin principal es definir en forma colectiva las posiciones y acciones que los estudiantes
adoptemos. Puede participar cualquier estudiante de Pregrado con derecho a decisin. Puede
intervenir cualquier estudiante que quiera aportar ideas o argumentos nuevos a la discusin,
procurando no redundar en posiciones ya explicitadas, para una mayor operatividad de la
Asamblea. Otros estudiantes o miembros de otros estamentos pueden asistir si es que as se
permite, slo con derecho a intervencin. Su ejecucin se realiza bajo las siguientes
consideraciones:
1.- Puede ser convocada por el CGV o por cualquier Asamblea de Carrera.
2.- Ante alguna objecin, la Asamblea General tiene preferencia sobre el CGV para designar por
consenso o votacin a otro/a de los/as Delegados/as del CGV para el cargo impugnado.
3.- Tambin en la Asamblea General se solicita la revocacin de alguno/a de estos/as
Delegados/as Transversales, lo que se hace segn el mecanismo de revocacin estipulado en el
estatuto.
4.- Es moderada por el/la Coordinador/a General.
7.- Al principio de cada Asamblea General, los/las Coordinadores/as de Carrera presentan las
posiciones y propuestas desarrolladas en las distintas Asambleas de Carrera.
8.- Para adoptar una decisin de Facultad se buscar el consenso y de no lograrse se llevar a
votacin segn se estipula en el artculo siguiente.
9.- Tras cada Asamblea, se debe elaborar un Acta con lo que se haya definido.
Articulo 11
Para una mayor legitimidad y participacin, se diferencian 2 sistemas de votacin:
1.- En caso de disenso, se define por votacin a mano alzada con mayora simple, siempre y
cuando la decisin no implique un cambio en el normal funcionamiento de la Facultad o la
destitucin de alguna autoridad universitaria.
2.- En caso de decisiones que impliquen un cambio en el normal funcionamiento de la Facultad,
como Paros y Tomas, as como la destitucin de alguna autoridad universitaria, la votacin se
realizar mediante el sistema de votacin indicado en el Articulo 17 bis
Articulo 11 Bis
En caso de Revalidacin, entendido como la ratificacin de una decisin que implique un cambio
en el normal funcionamiento de la Facultad as como la destitucin de alguna autoridad
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universitaria, se utilizar el mismo mtodo que en el Articulo 17 bis inciso 1. Sin embargo, la
validacin o no validacin de esta decisin ser decidida por mayora simple, es decir, por ms
de la mitad de los votos recibidos durante el periodo de votacin.
CAPTULO CUARTO
DEL CONSEJO GENERAL DE VOCEROS
Artculo 12
El Consejo General de Voceros es el ente coordinador de los estudiantes de la Facultad. Est
compuesto por los/as Delegados/as de Carrera, elegidos en sus respectivas asambleas.
Corresponden a 32 Delegados/as por carrera, los/as Coordinadores/as de Carrera, los/as
Delegados/as Acadmicos/as y los/as Delegados/as Transversales. Se sumarn si as lo estipulan,
los/as Delegados/as de Pedagoga (temporal). Cada delegado tiene derecho a voto. Cualquier
otro estudiante puede asistir a las reuniones del CGV, slo con derecho a intervencin. Adems,asisten en forma obligatoria los/as Secretarios de las distintas Secretaras para dar cuenta de su
funcionamiento, as como los Concejeros Fech. Estos ltimos, tambin tienen slo derecho a
intervencin. La funcin del CGV es organizar, establecer las fechas y fijar tablas comunes de
discusin para las distintas asambleas. Asimismo, corresponde al CGV coordinar la
implementacin de lo que las asambleas decidan, adems de gestionar la logstica y propaganda
pertinentes. Su ejecucin se realiza bajo las siguientes consideraciones:
1.- Puede ser convocado por el/la Coordinador/a General, por cualquier Asamblea de Carrera o
por un CGV anterior.
2.- Es moderado por el/la Coordinador/a General.
3.- Se considera vlida una reunin de CGV, en aquellos en los que estn al menos 1/3 de los/as
Delegados/as de Carrera por generacin. Esto corresponde a un mnimo de 11 Delegados/as de
distintas generaciones.
4.- Se deber convocar a CGV, por lo menos, bisemanalmente. Ser el Coordinador General
quien vele por el cumplimiento de la periodicidad de las reuniones.
5.- Para informar las distintas problemticas que sobrevengan, puede ocupar cualquier mediofsico o virtual que tenga a su disposicin.
6.- Para implementar las decisiones de las distintas asambleas, dispone de los recursos de la
organizacin en forma inmediata.
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7.- Puede emitir Declaraciones Pblicas a nombre de los estudiantes de la Facultad, slo en
tanto se enmarquen en propuestas o decisiones tomadas en asamblea.
8.- Tras cada reunin, se debe elaborar un Acta con lo que se haya definido.
9.- Al menos una vez por semestre, se deben elaborar informes para presentarlos a todos/as
los/as estudiantes de la Facultad.
CAPTULO QUINTO
DE LAS SECRETARAS Y COMISIONES
Artculo 13
Las Secretaras son rganos permanentes y complementarios a los dems espacios de toma de
decisin. Por esta razn, su actuacin est supeditada a las propuestas y decisiones que sehayan adoptado en los espacios de decisin. Es autnomo en su gestin interna. Estn
compuestas por cualquier estudiante de pregrado que est interesado en participar. Otros
estudiantes o miembros de otros estamentos pueden asistir si es que as se permite, incluso con
derecho a decisin. Su ejecucin se realiza bajo las siguientes consideraciones:
1.- Puede solicitar su conformacin cualquier Asamblea de Carrera, la Asamblea General o el
CGV.
2.- Son constituidas por el CGV, con la informacin correspondiente.
3.- Son miembros de la Secretara todos/as aquellos/as que hayan asistido a una reunin
anterior, excepto en la reunin constituyente.
4.- En la primera reunin de la Secretara se elige a un/a Secretario/a, quien modera la reunin.
6.- Tambin en reunin se solicita la revocacin del/la Secretario/a, lo que se hace segn el
mecanismo de revocacin estipulado en el estatuto.
7.- La Secretara debe confeccionar un Proyecto de Trabajo, con objetivos que lograr, medios
para alcanzarlos y plazos en los que se realizarn.
8.- Las posiciones y propuestas que se elaboran son presentadas al CGV por el/la Secretario/a.
Ante desacuerdos con el CGV, debe rectificar su funcionamiento.
9.- Al menos una vez por semestre, se deben elaborar Informes para presentarlos a todos/as
los/as estudiantes de la Facultad.
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Articulo 13 bis
Deber existir una Secretara Acadmica, que ser conformada por todos/as los/as
Delegados/as Acadmicos/as de Carrera. Tendr las mismas caractersticas que se disponen
para las secretaras, indicadas en el artculo anterior. Su objetivo es ser el nexo entre las
Carreras y sus departamentos, as como el nexo de la CEFH y la Escuela de Pregrado de la
Facultad. Se deber elegir a uno de los Delegados/as Acadmicos/as como Delegado al Consejo
de Facultad, quien deber dejar su primer cargo vacante.
Artculo 14
Las Comisiones son rganos temporales y complementarios a los dems espacios de toma de
decisin. Por esta razn, su actuacin est supeditada a las propuestas y decisiones que se
hayan adoptado en los espacios de decisin. El CGV mantendr un control directo de la
instancia, por medio de uno/a o ms Delegados/as. Cumplido el fin por el que se constituyeren,
cesan de existir. Estn compuestas por cualquier estudiante de pregrado que est interesado en
participar. Otros estudiantes o miembros de otros estamentos pueden asistir si es que as se
permite, slo con derecho a intervencin. Su ejecucin se realiza bajo las siguientes
consideraciones:
1.- Puede solicitar su conformacin cualquier Asamblea de Carrera, la Asamblea General o el
CGV.
2.- Son constituidas por el CGV, con la informacin correspondiente.
3.- Son miembros de la Comisin todos/as aquellos/as que hayan asistido a una reunin
anterior, excepto en la reunin constituyente. Adems de los/as Delegados que establezca el
CGV.
4.- En la primera reunin de la Comisin se elige a un/a Secretario/a, quien modera la reunin.
5.- Tambin en reunin se solicita la revocacin del/la Secretario/a, lo que se hace segn el
mecanismo de revocacin estipulado en el estatuto.
6.- La Comisin debe confeccionar un Proyecto de Trabajo, acorde a los objetivos que le confiere
el CGV, con medios para alcanzarlos y plazos en los que se realizarn.
7.- Las posiciones y propuestas que se elaboran son presentadas al CGV por el/la Secretario/a.
Ante desacuerdos con el CGV, debe rectificar su funcionamiento.
8.- Concluido su objetivo, se debe elaborar un Informe para presentarlo a todos/as los/as
estudiantes de la Facultad.
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Articulo 14 bis
Si existe un cambio en el funcionamiento normal de la Facultad que implique una movilizacin,
entrarn en funcionamiento las siguientes comisiones, segn corresponda:
1.- Comit de Movilizaciones: Reemplazar a la Coordinacin Transversal y tendr los deberes y
atribuciones indicados en el Articlo 7. Estar Compuesta por el Coordinador General, el
Delegado/a FECH y los/as Delegados/as a la Coordinadora de Campus
2.- Asamblea de Toma: En caso de que la CEFH decida ocupar cualquier dependencia, se deber
convocar a Asamblea de Toma, que ser coordinada por el Coordinador General. Podr resolver
sobre asuntos domsticos de la ocupacin, as como mociones que deben ser presentadas de
manera urgente en cualquier espacio, tengan o no carcter poltico, siempre que no se pueda
convocar a una Asamblea General para tales efectos.
CAPTULO SEXTO
DE LOS CARGOS DE RESPONSABILIDAD, DE LA LEGITIMIDAD DE SU ACCIONAR Y DE SU
REVOCABILIDAD
Artculo 15
Los Cargos de Responsabilidad son los que permiten el funcionamiento de nuestra orgnica. Son
tareas puntuales a las que se compromete quien asuma el compromiso. Pueden participar en la
eleccin los estudiantes de pregrado de la Facultad, de acuerdo a los mecanismos y requisitos
sealados en cada caso. Tienen el carcter de Voceros ante la instancia que corresponda y son
Revocables por sus pares segn se expresa en el artculo siguiente. Los Cargos deResponsabilidad se dividen entre los de Carrera y los Transversales. Cualquier miembro de la
CEFH puede postularse a cualquier cargo, presentando su candidatura en la Asamblea General
dispuesta para tales fines:
1.- Delegados/as de Carrera: Se eligen por todos/as los/as miembros de la Asamblea de Carrera,
siendo 8 por cada Licenciatura. Componen el CGV, en tanto voceros de su Carrera, con derecho
a intervencin y decisin. Deben asegurar un correcto y permanente flujo de informacin entre
las Carreras y los dems espacios orgnicos de la Facultad. Deben velar por los principios de la
Democracia Directa expresados en este estatuto, respetando las decisiones adoptadas por su
Asamblea de Carrera, en la que sus decisiones cuentan igual que la de sus compaeros/as.
2.- Delegados/as Acadmicos/as: Se designan por todos/as los/as miembros de la Asamblea de
Carrera. Componen el CGV con derecho a intervencin y decisin. Deben asegurar un correcto y
permanente flujo de informacin entre las Carreras y sus departamentos. Deben comunicar al
CGV problemas acadmicos tanto de la carrera como de la facultad en su conjunto.
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3.- Coordinador/a de Carrera: Se designa por todos/as los/as miembros de la Asamblea de
Carrera. Compone el CGV con derecho a intervencin y decisin. Debe asegurar un correcto y
permanente flujo de informacin entre las Carreras y los dems espacios orgnicos de la
Facultad. Debe velar por los principios de la Democracia Directa expresados en este estatuto,
respetando las decisiones adoptadas por su Asamblea de Carrera, en la que su decisin cuenta
igual que la de sus compaeros/as. Adems, debe organizar y moderar las Asambleas de Carrera
y procurar que se tome Acta de las decisiones adoptadas. Tiene la obligacin de velar que se
realicen las Asambleas de Carrera convocadas por el CGV o la Coordinacin Transversal, as
como presentar las posturas y/o decisiones adoptadas en las mismas en los espacios que sea
mandatado para hacerlo dentro de la Facultad. Ser el/la representante de su carrera en
instancias ajenas a la CEFH o a la Facultad si y solo si no existiera algn delegado/a mandatado/a
por la CEFH para esa instancia.
4.- Coordinador/a General: Compone el CGV con derecho a intervencin y decisin. Debe
respetar las decisiones adoptadas por la Asamblea General, en la que su decisin cuenta igual
que la de sus compaeros/as. Debe organizar y moderar los CGV y las Asambleas de Carrera. Es
el/la encargado/a de velar por el buen funcionamiento de la Coordinacin Transversal. Tiene la
obligacin de hacer cumplir y/o ejecutar las decisiones que se tomen colectivamente, tanto en
los CGV como la Asamblea General.
5.- Delegado/a Fech: Compone el CGV, con derecho a intervencin y decisin. Debe respetar las
decisiones adoptadas por la Asamblea General, en la que su decisin cuenta igual que la de sus
compaeros/as. Debe acudir a todas las instancias de la Federacin donde se necesite
representacin de la CEFH para compartir las decisiones de la Facultad ante el resto de la
Universidad y defenderlas cuando sea necesario. As mismo, debe comunicar tanto al CGV como
a la Asamblea General lo que se discuta en esos espacios.
6.- Delegados/as a la Coordinadora de Campus: Dos compaeros deben asumir esta
responsabilidad. Componen el CGV con derecho a intervencin y decisin. Deben respetar las
decisiones adoptadas por la Asamblea General, en la que sus decisiones cuentan igual que la de
sus compaeros/as. Deben acudir a las Coordinadoras de Campus para compartir las decisiones
de la Facultad ante el resto del Campus y defenderlas cuando sea necesario. As mismo, deben
comunicar al CGV lo que se discuta en las Coordinadoras.
7.- Delegados/as al Consejo de Facultad: Dos compaeros/as deben asumir esta
responsabilidad, siendo uno de ellos miembro de la Secretara Acadmica y electo a travs de la
votacin de todos/as los delegados/as acadmicos/as por mayora simple. Componen el CGV
con derecho a intervencin y decisin. Deben respetar las decisiones adoptadas por la Asamblea
General, en la que sus decisiones cuentan igual que la de sus compaeros/as. Deben acudir a los
Consejos de Facultad para compartir las decisiones de los estudiantes de la Facultad ante las
autoridades y defenderlas cuando sea necesario. As mismo, deben comunicar al CGV lo que se
discuta en los Consejos.
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8.- Secretario/a de Actas: Compone el CGV con derecho a intervencin y decisin. Debe respetar
las decisiones adoptadas por la Asamblea General, en la que su decisin cuenta igual que la de
sus compaeros/as. Debe procurar que se tome acta de las decisiones adoptadas tanto en el
CGV como en la Asamblea General, as como recopilar las Actas de las Asambleas de Carrera.
Tambin debe velar porque el CGV y las Secretaras elaboren sus Informes semestrales.
9.- Secretario/a de Secretara: Se elige por todos/as los/as miembros de la Secretara. Compone
el CGV, en tanto vocero de su Secretara, slo con derecho a intervencin. Debe asegurar un
correcto y permanente flujo de informacin entre la Secretara y el CGV. Deben velar por los
principios de la Democracia Directa expresados en este estatuto, respetando las decisiones
adoptadas por su Secretara, en la que sus decisiones cuentan igual que la de sus
compaeros/as. A su vez, debe velar porque el trabajo de la Secretara est dentro de los
parmetros adoptados en los espacios de decisin.
Artculo 16
La revocacin es el procedimiento mediante el cual los pares destituyen a aquel compaero/a
que haya pasado a llevar las decisiones adoptadas en asamblea o alguna causa similar
debidamente argumentada. Para todos los cargos, son los pares quienes presentarn la solicitud
de revocacin y se decidir en la misma asamblea que corresponda. Sin embargo, existen
requisitos mnimos de compromiso que al no ser cumplidos producirn la situacin de
revocacin automticamente.
Las causales de revocacin son las siguientes:
1.- Desacato: desobedecer el mandato que le sea entregado respecto a su cargo.
2.- Obstruccin o manipulacin de la informacin: no hacer llegar la informacin recogida en los
espacios de discusin, de coordinacin o de decisin que participe y/o sea mandatado/a
respecto a su cargo, as como manipularla de manera que no sea fidedigna ni represente a
cabalidad lo discutido, coordinado o decidido.
3.- Robo o Destruccin del patrimonio: cualquier usurpacin al patrimonio fsico de la CEFH, as
como su destruccin arbitraria.
4.- Inasistencia: ser causal de revocacin segn lo establecido en el presente artculo.
5.- Delacin: entrega de informacin de lo discutido, coordinado o decidido dentro de cualquier
instancia de la CEFH, tanto a los aparatos de inteligencia del Estado, como a quienes puedan
hacer uso malicioso de ella o signifique una accin delatora de la Coordinadora o de cualquiera
de sus participantes ante cualquier tipo de instancia externa a ella.
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Antes de la revocacin, el censurado podr explicar sus razones. Ser la asamblea, mediante
votacin cuyo mtodo ser establecido por la misma, con un qurum de 100 personas, quien
definir la situacin.
Los requisitos mnimos que se deben cumplir as como los causales de revocacin inmediata
son:
1.- Los/as Delegados/as de Carrera no pueden faltar a 3 CGV seguidos sin una debida
justificacin, notificada con anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a la Asamblea General
correspondiente su revocacin. De faltar a un cuarto CGV, su revocacin ser inmediata.
2.- Los/as Coordinadores/as de Carrera no pueden faltar indistintamente a 2 Asambleas de
Carrera o Asambleas Generales seguidas sin una debida justificacin, notificada con
anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a la Asamblea de Carrera correspondiente su
revocacin. De faltar a una tercera Asamblea de Carrera o General o a un CGV, indistintamente,
su revocacin ser inmediata.
3.- El/la Coordinador/a General no puede faltar indistintamente 2 Asambleas Generales o CGV
seguidos sin una debida justificacin, notificada con anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a
la Asamblea General su revocacin. De faltar a una tercera Asamblea General o CGV, su
revocacin ser inmediata.
4.- El/la Delegado/a Fech no puede faltar indistintamente a 2 Asambleas Generales o CGV o 2
instancias de la FECH donde sea mandatado sin una debida justificacin, notificada con
anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a la Asamblea General su revocacin. De faltar a una
tercera instancia de las definidas anteriormente, su revocacin ser inmediata.
5.- Los/as Delegados/as a la Coordinadora de Campus no pueden faltar indistintamente 2
Coordinadoras seguidas, Asambleas Generales o CGV sin una debida justificacin, notificada con
anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a la Asamblea General su revocacin. De faltar a una
tercera Asamblea de Coordinadora, CGV o Asamblea General, indistintamente, su revocacin
ser inmediata.
6.- Los/as Delegados/as al Consejo de Facultad no pueden faltar indistintamente a 2 Consejos o
CGV seguidos sin una debida justificacin, notificada con anterioridad. De hacerlo, el CGV
solicitar a la Asamblea General su revocacin. De faltar a un tercer Consejo de Facultad o CGV,
su revocacin ser inmediata.
7.- El/la Secretario/a de Secretara o Comisin no puede faltar a 2 CGV seguidos sin una debida
justificacin, notificada con anterioridad. De hacerlo, el CGV solicitar a la Asamblea General su
revocacin. De faltar a una tercera CGV, su revocacin ser inmediata.
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La Asamblea General ser quin decidir si existen acciones que estn al margen de los canales
formales de decisin que no contemple este estatuto, as como sus sanciones.
CAPITULO SEPTIMO
SOBRE LA RENUNCIA A LOS CARGOS DE RESPONSABILIDAD
Articulo 16 bis
Ante la renuncia de algn miembro de la CEFH que ostente un cargo de responsabilidad, se debe
realizar el siguiente proceso:
1.- Si cualquier compaero/a renuncia a un Cargo de Responsabilidad, debe mantenerse en su
cargo hasta una nueva eleccin, que debe realizarse en un plazo mximo de dos semanas luego
de presentada la renuncia, o en su defecto, deber presentar un compaero/a que tome el
cargo como Subrogante.
2.- De ser presentado un Subrogante, ser el CGV quien sancionar si acepta o rechaza la
propuesta del renunciado.
3.- De rechazar la propuesta o de no haber una propuesta de Subrogante, ser el CGV quien
elegir a un Subrogante, que ser ratificado en Asamblea General.
TITULO 4DE LAS VOTACIONES Y DE LAS ELECCIONES DE CARGOS DE RESPONSABILIDAD
Artculo 17
Las elecciones de tanto de los/as Delegados/as de Carrera como de los/as Coordinadores/as de
Carrera y los/as Delegados/as Acadmicos/as, se realizarn un mes despus de iniciado el
periodo de clases del primer semestre. Las elecciones de los/as Delegados/as Transversales serealizarn un mes antes de la finalizacin del segundo semestre de clases.
La Coordinacin Transversal electa ser la encargada de que el proceso de eleccin de
delegados/as y Coordinadores/as de Carrera se lleva a cabo correctamente.
Articulo 17 bis
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1.- Las elecciones y/o votaciones se realizarn con el sistema deMesa de Votacin con Listas de
Carrera luego de una Asamblea General que anuncie la votacin y/o eleccin, durante al menos
6 horas seguidas durante dos das (que son homologables, es decir, se debe cumplir con al
menos 12 horas de funcionamiento de las mesas de votacin), tomando como punto de inicio la
estructuracin consensuada del voto en Asamblea. Dentro del periodo de votacin del segundo
da, las mesas deben funcionar obligatoriamente en el periodo comprendido entre las 13.30 y
las 14.30 hrs. Se armarn mesas para cada Licenciatura, se conformar un TRICEL de Votacin
con al menos 3 Delegado/as de Carrera para cada mesa, las cuales tendrn 2 hojas. En una hoja
se anotar a los votantes y en la otra la preferencia. Pasado el tiempo estipulado, se realizar un
CGV abierto donde se contar el total de votos en forma individual y se definirn los
procedimientos a seguir.
2.- Los qurums para considerar vlida una votacin son los siguientes:
a) Votacin de paro: 150 votos.
b) Votacin de Toma: 200 votos .
c) Eleccin de Cargos de la Coordinacin Transversal: 200 votos.
3.- De no alcanzarse los qurums para que una votacin sea vlida, la Coordinacin Transversal
podr llamar a Asambleas de Carrera al da inmediatamente posterior, y podr mandatar la
continuacin de las votaciones por el periodo mximo de 1 da, donde sufragarn quienes no lo
hayan hecho en el periodo estipulado para aquella votacin.
TITULO 5DE LA MODIFICACIN DE ESTOS ESTATUTOS
Artculo 18
Los Estatutos podrn ser modificados en parte o totalmente mediante la solicitud de la
Asamblea General o el CGV. Para tal caso, se conformar una Comisin de Estatutos que llevar
a cabo el proceso. Dicha Comisin deber estar conformada por, a lo menos, un/a Delegado/apor Carrera.
1.- Cuando la modificacin sea parcial, la Comisin redactar una propuesta que le entregar a
las Asambleas de Carrera para que hagan observaciones. Recogidas las propuestas, se redactar
un documento final que ser sancionada en Asamblea General a mano alzada, con un qurum
de 150 personas.
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2.- Cuando la modificacin sea total, la Comisin convocar a Asambleas de Carrera,
entregndoles una tabla de discusin. De estas discusiones se elaborar un documento que
sintetice las propuestas, el cual ser nuevamente entregado a las Asambleas de Carrera para
observaciones finales. Recogidas las observaciones, se redactar un documento final que ser
sancionado en Asamblea General mediante el sistema definido en el Articulo 17 bis, o en su
defecto, con el que la Asamblea estime pertinente, con un qurum de 200 personas.