estado, Ética y servicio público 6to semestre

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  • 7/29/2019 Estado, tica y Servicio Pblico 6to semestre

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    UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    Sinopsis Unidad Curricular Estado, tica y Servicio Pblico

    Descriptor.

    En la Unidad Curricular Estado, tica Y Servicio Pblico, se abordaen general,

    el estudio del Estado como prestador de servicios para la sociedad. As mismo, se

    estudia la Administracin Pblica en su estructura y organizacin, las actividades

    desplegadas por los mismos y las relaciones jurdicos administrativas y la

    responsabilidad administrativa que derivan de los mismos; y en especfico los

    actos de la administracin, as como, los procesos y procedimientos de ndole

    administrativo.

    En el mismo orden de ideas, se estudia la funcin pblica, el servicio pblico y su

    ejercicio en la tica, adems de un anlisis critico acerca de la corrupcin

    administrativa en Venezuela.

    Justificacin.

    El proceso de transformacin institucional del Estado, originado por la aprobacinen 1999 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, implica la

    redefinicin y la reestructuracin de las instituciones y organismos de carcter

    pblico, y por ende, la regulacin y gestin de los servicios pblicos y el ejercicio

    de la funcin administrativa. La descentralizacin y desconcentracin de las

    distintas competencias del Poder Pblico hacen que la prestacin de estos

    servicios ya no sean ejercidos de manera exclusiva por el Estado, sino que delega

    esta prestacin a otras instituciones u organismos.

    La Constitucin Bolivariana de Venezuela nos seala que la jurisdiccin

    constitucional persigue concretar, por un lado los objetivos ticos y polticos de

    dichas normas modulndolos con criterios de oportunidad o utilidad en sintona

    con la realidad y las nuevas situaciones de los servicios pblicos, y por otro

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    interpretar los preceptos constitucionales para adecuar criterios cuya aplicacin

    susciten dudas o presenten complejidad a dicha jurisdiccin, as mismo, cumplir

    con encaminar la administracin de los servicios pblicos bajo la regulacin de las

    leyes, normas y reglamentos.

    La nueva etapa, que refleja el mapa estratgico presentado por la Presidencia de

    la Repblica Bolivariana de Venezuela el 17 de Noviembre de 2004, presenta

    entre los diez grandes objetivos estratgicos activar una nueva estrategia integral

    y eficaz contra la corrupcin; para ello la Presidencia de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela se ha propuesto entre numerosas herramientas, la de fortalecer los

    sistemas institucionales de control contra la corrupcin, tales como: la Asamblea

    Nacional, la Contralora General de la Repblica, la Fiscalia General de la

    Repblica, as tambin el establecimiento de un sistema de seguimiento de la

    gestin pblica que incluya: informacin clara y accesible al pueblo, sistemas de

    rendicin de cuentas peridicas, al igual que el diseo de campaas y talleres

    para los funcionarios pblicos, las autoridades y dems grupos sociales.

    En el mismo orden de ideas, es imperativo, el estudio del Estado y en especifico

    de la Administracin Pblica y la Actividad Administrativa en conjunto con las

    relaciones entre los ciudadanos, no solo desde el punto de vista estructural y legal,

    sino desde un nuevo enfoque, en el cual el Estado se presenta como un servidor

    pblico con norte en la tica en el ejercicio de la funcin pblica, colmado de

    deberes y derechos; y no como un ente superior a los administrados. Se persigue

    con ello promover el cambio paradigmtico en nuestros/as estudiantes, quienes se

    formarn como los futuros ciudadanos profesionales de la Venezuela que

    queremos, los cuales deben tener un perfil distinto al que ofrecen las casas de

    estudio tradicionales, con un sentido tico-social que el pas requiere no solo en

    los profesionales del derecho en el libre ejercicio, sino en los futuros funcionariospblicos de la nacin. Con eso se busca fomentar medios de desarrollo tico,

    moral, cultural, praxolgico, filosfico, andraggico y educativo, que sustentan el

    plan del Programa de Formacin de Grado en Estudios Jurdicos de la Universidad

    Bolivariana de Venezuela.

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    Esta unidad curricular se encuentra vinculada al proyecto Conflicto Social Y

    Ordenamiento Jurdico Venezolano, especficamente en el fundamento epistmico

    Anlisis de Coyuntura, ya que analiza y estudia uno de los actores dentro se esa

    coyuntura y en general del conflicto social en Venezuela, como lo es el Estado

    venezolano, su forma, estructura y actuacin en la esfera de lo pblico. Esta

    vinculacin con el Eje Transversal Proyecto II, hace pertinente e idneo el estudio

    de la misma dentro de la ubicacin prevista en el mapa curricular.

    Objetivos.

    Objetivo General.

    Analizar la actividad del Estado como ente prestador de servicios pblicos, ascomo las distintas relaciones que derivan de esa actividad con los Administrados y

    la calidad tica de la funcin pblica y del servicio pblico.

    Objetivos Especficos.

    Lograr la comprensin, la naturaleza, caracteres y estructura de la

    Administracin Pblica y el acto administrativo.

    Conocer, las implicaciones del principio de la corresponsabilidad

    consagrado en la Constitucin de la Repblica Bolivariana y su interrelacin

    con la prestacin de los servicios pblicos.

    Comprender y conocer los elementos, principios y clasificacin de nuestro

    contexto social, poltico y constitucionalConocer el rgimen funcionarial y

    rgimen sancionatorio.

    Comprender los alcances terico - metodolgicos del DerechoAdministrativo como ciencia social que posibilita la explicacin acertada de

    las dinmicas sociopolticas de los actores culturales, en pos de hacer

    efectiva la legitimacin de sus derechos como ciudadanos, y garantizar su

    participacin activa.

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    Entender y fomentar el sustento tico de la funcin pblica y del servicio

    pblico.

    Identificar el papel del Estado como administrador colectivo al servicio de la

    sociedad y su rol en la construccin de una nueva institucionalidadparticipativa, democrtica y popular.

    Brindar el conocimiento y aplicacin de herramientas prcticas para el

    seguimiento y evaluacin de los procedimientos administrativos y

    contenciosos administrativos.

    As pues, en relacin con lo anteriormente expuesto, la U.C Estado, tica y

    Servicio Pblico se presenta bajo un contenido programtico formado por seis

    temas a discrecin:

    1. La Administracin Pblica: El cual contiene tpicos bsicosacerca de la

    Administracin Pblica y el Derecho Administrativo, la actividad

    administrativa y el acto administrativo, as como las relaciones jurdico-

    administrativa derivadas de la misma.

    2. Rgimen jurdico de los servicios pblicos: Contempla el marco jurdico

    de los servicios pblicos en Venezuela, as como al Estado como prestador

    tico de los mismos.

    3. Voluntad prestacional de la Administracin y relacin con el

    administrado: Contiene lo referente a la responsabilidad patrimonial del

    Estado, y como innovacin, el temario del desarrollo endgeno como

    proceso generador interno.

    4. Control jurisdiccional de la actividad prestacional de la Administracin

    Pblica: Refiere a los procedimientos administrativos ordinarios y

    extraordinarios, as como la va contencioso administrativa.

    5. La tica y la Funcin Pblica: Muestra la funcin pblica y su ejercicio,

    con la finalidad de formar el nuevo perfil de un profesional humano y

    consciente de los valores ticos.

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    6. La Corrupcin en la Gestin Pblica: Este tema realiza un anlisis

    histrico-social de la corrupcin en la gestin pblica venezolana. y

    proporciona herramientas tericas para promover los valores ticos en el

    ejercicio profesional con el fin de combatir la corrupcin administrativa.

    Bibliografa.

    Camacho Cristina. El Aprendizaje social de la corrupcin

    administrativa en Venezuela.

    Entrena Cuestas, R, Curso de Derecho Administrativo. Tecnos, 10,

    Madrid, 1995.

    Garca de Enterria, Eduardo; Fernndez, Toms RamnCurso deDerecho Administrativo Civitas , Madrid, 10a. ed. Reimpresin.

    Guevara Ernesto. Contra el Burocratismo, Publicacin del Ministerio

    de comunicacin e informacin, Caracas, 2004.

    Guilln Gracia Diego, Pasado, presente y futuro de la tica.

    Congreso de Biotica de Amrica Latina y del Caribe, Bogot, 1998.

    Herrera Bernardino. La Corrupcin en Venezuela, Apuntes para una

    Historia del peculado. Instituto de Investigaciones de la Comunicacin,Humanitas, Artculo 14, Caracas

    Herrera Mara Josefina, Desarrollo Endgeno, Cooperacin y

    Competencia. Panapo, Caracas, 2005.

    Lares Martnez, Eloy, Manual de Derecho Administrativo, 9 Edicin,

    Caracas 2002.

    Mas Herrera Mara Josefina, Desarrollo Endgeno, Cooperacin y

    Competencia. Panapo, Caracas, 2005

    Mayorca, Juan Manuel. Algo huele podrido. Caracas,1990

    Penagos, Gustavo Curso de Derecho Administrativo Edic. Librera del

    Profesional, Bogot, 2a ed.

    http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Garc%EDa+de+Enterr%EDa,+Eduardo&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Fern%E1ndez,+Tom%E1s+Ram%F3n&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700028211/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700028211/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Civitas&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Penagos,+Gustavo&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700020712/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Edic.+Librer%EDa+del+Profesional&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Edic.+Librer%EDa+del+Profesional&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Garc%EDa+de+Enterr%EDa,+Eduardo&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Fern%E1ndez,+Tom%E1s+Ram%F3n&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700028211/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700028211/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Civitas&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Autor=Penagos,+Gustavo&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T020700020712/0&Nombrebd=bibconsulta&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm&Regini=21&Recuperar=10http://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Edic.+Librer%EDa+del+Profesional&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htmhttp://www.pgr.gov.ve/cgi-win/be_alex.exe?Editorial=Edic.+Librer%EDa+del+Profesional&Nombrebd=bibconsulta&Regini=21&Recuperar=10&ForReg=http://www.pgr.gov.ve/bibliografica1.htm
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    Prez Esclarin Antonio. tica e Historia. La formacin del venezolano en los

    inicios de la nacionalidad. Ciclo de conferencias de la Fundacin Sivensa,

    Caracas, 2000.

    Prez Perdomo Rogelio. Esclavos del Dinero. Ediciones IESA, Caracas

    1998

    Pin Arboledas Jos Ramn, tica y eficiencia en la Administracin Pblica,

    Seminario-taller sobre el nuevo lenguaje de las Polticas Pblicas, Mxico,

    2001

    Gonzlez Navarro. F, Derecho Administrativo, Espaol, 3 Vols., EUNSA,

    Pamplona, 1987-1997.

    Thompson F. Dennos La tica poltica y el ejercicio de cargos pblicos.

    Gedisa, Barcelona, 1999. pgs. 11-19.

    Leyes.

    Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.503 de fecha 12 de agosto de

    2002.

    Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgnica de la Administracin Pblica,

    Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.305 de fecha17 de octubre de 2001.

    Decreto con Rango y Fuerza de Ley Sobre la Promocin de la Inversin

    Privada Bajo el Rgimen de Concesiones, Gaceta Oficial de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela N 5.394 Extraordinario de fecha 25 de octubre de

    1999.

    Decreto de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones, Gaceta Oficial de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela N 5.556 de fecha 13 de noviembre de2001.

    Decreto con Fuerza de Ley de Armonizacin y Coordinacin de Competencias

    de los Poderes Pblicos Nacional y Municipal para la Prestacin de los

    Servicios de Distribucin de Gas con Fines Domsticos y de Electricidad,

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    Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.339 de fecha 7

    de noviembre de 2001.

    Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Simplificacin de Trmites

    Administrativos, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N

    5.394 Extraordinario de fecha 25 de octubre de 1999, 36.845 de fecha 07 de

    diciembre de 1999.

    Ley Orgnica de Procedimientos Administrativos, Gaceta Oficial de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela N 2.818 Extraordinario de fecha 1 de

    julio de 1981.

    Ley Orgnica para la Prestacin de los Servicios de Agua Potable y

    Saneamiento, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N

    5.568 Extraordinario de fecha 31 de diciembre de 2001.

    Ley Orgnica del Servicio Elctrico, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela N 5.568 Extraordinario de fecha 31 de diciembre de 2001.

    Ley de los Consejos Locales de Planificacin Pblica, Gaceta Oficial de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.463 de fecha 12 de junio de 2002.

    Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, Gaceta

    Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.285 de fecha 18 de

    septiembre de 2001. Ley de Expropiacin por Causa de Utilidad Pblica o Social, Gaceta Oficial de

    la Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.475 de fecha 1 de julio de 2002.

    Ley Estadales de los Consejos de Planificacin y Coordinacin de Polticas

    Pblicas, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 37.509

    de fecha 20 de agosto de 2002.

    Ley del Estatuto de la Funcin Pblica, Gaceta Oficial de la Repblica

    Bolivariana de Venezuela N 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002. Cdigo de tica del funcionario pblico.

    Ley Contra la Corrupcin, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de

    Venezuela N 5.637 de fecha 07 de abril de 2003.

    Ley Orgnica del Poder Ciudadano, Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana

    de Venezuela N 37.310 de fecha 25 de octubre de 2001.

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    Propuesta Sede Zulia

    CONTECIOSO Y ADMINISTRATIVO

    Recurso contencioso administrativo ha sido considerado con el mecanismo ms eficazpara hacer efectivo el principio de la legalidad. El instrumento ms efectivo de proteccinde los derechos e intereses legtimos de los administrados frente a la administracinpblica.

    Procedimientos administrativos contenciosos.

    Jurisdiccin contenciosa se ejerce por los tribunales y por el tribunal supremo de justiciapolticas administrativa y (electoral) partiendo de su consagracin constitucional luegotranscurre por los temas morales de la jurisdiccin de los rganos que la ejercen y de suscompetencias. El estudio tales de los diferentes contenciosos tales como el anulatorio delos actos administrativos.

    El de los contratos administrativos es aquel relativo a las controversias de los equipospblicos. El de la interpretacin referido al estudio de los litigios derivados de omisionesde la administracin pblica y trmite de resolucin de los conflictos de competencia delas autoridades administrativas.

    Artculo 259 establece la jurisdiccin contencioso Administrativo correspondiente al

    tribunal supremo de justicia y a los dems tribunales que determine la ley. Los rganos de la jurisdiccin contencioso administrativo

    A). la sala poltica administrativa del tribunal supremo de justicia.B). los juzgados nacionales de la jurisdiccin contencioso administrativa.C). los juzgados superiores estadales de la jurisdiccin contencioso administrativa.D). los juzgados del municipio de la jurisdiccin contencioso administrativa.

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    Los procesos contenciosos de los actos Ad.

    1. el contencioso de anulacin de los actos Ad. La accin popular para la impugnacin delos actos Ad. De efectos generales.

    2. el contencioso de anulacin de los actos Ad. Bilaterales (contratos).

    3. el contenido de anulacin y condena.

    4. el contencioso de anulacin amparo.

    Competencia de los juzgados del municipio de la jurisdiccin contencioso Ad. Articulo 26 competencias los juzgados del municipio de la jurisdiccin contencioso Ad.Son componentes para conocer de:

    1. las demandas que interpongan los usuarios y usuarias a lasorganizaciones pblicas o privadas que los representantes por la

    representacin de servicios pblicos.2. cualquier otra demanda o recurso que le atribuyan las leyes.

    Artculo 33 Requisitos de la demanda. El escrito de la demanda deber expresar.

    1. identificacin del tribunal ante el cual se interpone.

    2. nombre, apellido y domicilio de las partes, carcter con que actan su domicilio.3. si alguna de las partes fuese persona jurdica deber indicar la dominacin orazn social y los datos relativos a su creacin o requisitos.4. la relacin de los hechos y fundamento de los derechos y sus respectivasconclusiones.

    5. si lo que se pretende indemnizacin de daos y perjuicios, deber indicarse elfundamento del reclamo y su estimacin.6. los instrumentos de los cuales se dedica el derecho reclamando los quedebern producirse con el escrito de la demanda.7. la identificacin del apoderado y la consagracin del poder en casos justificadospodr presentarse la demanda en forma oral ante el tribunal, el cual ordenara sutrascripcin. La negativa a aceptar la presentacin oral deber estar motivada porescrito.

    Articulo 30 la iniciativa procesal los rganos de la jurisdiccin Contencin Ad. Conocerde instancia de parte o de oficio cuando la ley lo autoric.

    Artculo 32 caducidades las acciones de nulidad caducan conforme a las reglassiguientes:1. en los casos de los actos Ad. De efectos particulares, en termino de cientoochenta das continuos a partir de su notificacin al interesado o cuando la Ad. Nohaya decidido el correspondiente recurso Ad. En lapso de 90 das hbiles,contados a partir de la fecha de su Interposicin la ilegalidad de actos Ad. Deefectos particulares podr oponerse siempre por va de excepcin solodisposiciones especiales.

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    2. cuando el acto impregnado sea de efectos temporales, el lapso ser de 30 dascontinuos.3. en los casos de vas de hechos y recursos por abstencin, en el lapso de 180das continuos contados a partir de la materializacin de aquellas o desde elmomento en el cual la Ad. Incurri en la abstencin segn sea el caso.

    Articulo 27 capacidad procesal podrn actuar ante la jurisdiccin contencioso Ad. Laspersonas naturales o jurdicas, pblicas o privadas, las irregulares o de hecho, lasasociaciones consorcios, comits, consejos comunales, agrupaciones, colectivas ocualquier otra entidad.

    Articulo 28 asistencia y representacin.

    Las pares actuaran en juicio asistidos o representados por un abogado o abogada en loscasos de reclamo por las omisiones demora o deficiente presentacin de los serviciospblicos, la accin podr interponerse sin la asistencia o representacin de abogadoscuyos casos el juez deber procurar a la parte demandante la debida asistencia orepresentacin para los actos subsiguientes, a travs de los rganos componentes.

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    AnlisisCuando es la Administracin que inicia el procedimientoLa autoridad administrativa ordena la apertura deber notificar a las partes interesadasconcediendo un plazo de los das para que puedan presentar acto de oficios. Latramitacin o resolucin no puede exceder de cuatro meses, salvo que se presenten

    circunstancias que justifiquen una o dos prrrogas las cuales no pueden exceder de dosmeses.PROCEDIMIENTO SUMARIOSe caracteriza por su brevedad deber concluir en el trmino de 30 das .Esteprocedimiento comenzar siempre de oficio art. 67 LOPA.

    SEGUNDO PROCEDIMIENTO DE REVISIN DE OFICIOEl procedimiento de revisin de oficio propiamente dicho y los recursos administrativos. Laley autoriza a la autoridad administrativa para revisar sus propios actos revision quepuede culminar en una de las siguientes revisiones:

    1-) Convalidacin de los actos anulables2-) Declaracin de nulidad absoluta3-) La correccin de errores materiales o de clculos4-) Revocacin de los administrativos.CUALES SON LOS TIPOS DE PROCEDIMIENTOS

    PROCEDIMIENTOS DE PRIMER GRADO: es la formacin de los actos administrativos.PROCEDIMIENTOS DE SEGUNDO GRADO: tienen como finalidad la revisin en vaadministrativa de los actos que han estado en procedimiento de revisin y oficio.DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO Se inicia a instancia de parte interesada mediante

    solicitud escrita de oficio concediendo un plazo de 10 das para que expongan suspruebas y aleguen sus razones. Art. 48 de la LOPA.Cuando la Solicitud por parte Interesada deber: Tramites

    1-) Primero el organismo al cual est dirigido.2-) Identificacin completa del interesado. (En caso de persona acta comorepresentante).3-) Direccin del lugar donde se haga la notificacin .4-) Los hechos y razones procedimientos correspondientes expresando con toda claridadla materia objeto de la solicitud.5-) Debe contener la relacin suscrita de los hechos pertinentes anexos de cualquier otra

    circunstancia que exista, las normas y presupuestados , las firmas de los interesados.