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Análisis Sectorial del Marco Regulatorio del estado de Guerrero

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Page 1: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Análisis Sectorial del Marco Regulatorio del

estado de Guerrero

Análisis Sectorial del Marco Regulatorio del

estado de Guerrero

Page 2: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Subtitulo

Análisis Sectorial del Marco Regulatorio Sectorial

del estado de Guerrero

Page 3: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Agradecimientos

El Análisis Sectorial del Marco Regulatorio para el estado de Guerrero fue

realizado bajo el liderazgo de Mario Emilio Gutiérrez Caballero, Director

General de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER); Sergio

López Ayllón, Director General del Centro de Investigación y Docencia

Económicas (CIDE); Lic. Héctor Astudillo Flores, Gobernador Constitucional

del estado de Guerrero.

La coordinación de este proyecto estuvo a cargo de José Daniel Jiménez

Ibáñez, Coordinador General de Proyectos Especiales de la CONAMER;

Ramón Archila Marín, Coordinador de Estados y Municipios de CONAMER, y

Eduardo Sojo Garza-Aldape, Director General del Laboratorio Nacional de

Políticas Públicas (LNPP) del CIDE. La realización del documento fue dirigida

por el Lic. Misael Aguilar Granados, Alain De Remes La Brely, Cristina Galíndez

Hernández. El documento fue elaborado por Stephanie Sánchez

Tlacuahuac y Juan Carlos Ponce Patrón, con apoyo de, Stephany Díaz de

la Vega Cervantes, Paola Cristina Gómez Coronado, José Carlos Sandoval

Loza, Francisco Miguel Parra Ibarra, Patricia Martínez Cano, Yania Ortíz

Vega, Erick Eduardo Munive Moreno, María Eugenia Vergara Robredo,

Zyanya Andrea Alcaraz Gutiérrez y Kerena Arellano Castrejón

Este documento no pudo haberse realizado sin el respaldo y distintivo apoyo

del Gobierno del estado de Guerrero a través del Secretario de Fomento y

Desarrollo Económico del estado de Guerrero, Lic. Álvaro Burgos Barrera, Lic.

Víctor Hugo García Barroso, Subsecretario de Fomento y Desarrollo

Económico del Estado de Guerrero, así como del Ing. Patrick Pointdujour

Coriolan, Coordinador de Implementación de Ventanilla Única de Zonas

Económicas Especiales (ZEE´s) y del Lic. Noel Valenzo Sotelo, Director de

Mejora Regulatoria del Estado de Guerrero.

Un especial agradecimiento a las siguientes autoridades del estado de

Guerrero: Secretaría de Protección Civil del Estado de Guerrero, Secretaría

de Economía de la Delegación Guerrero, Secretaría de Finanzas del

Municipio de Acapulco de Juárez, Dirección General de Ecología y

Protección al Medio Ambiente del Municipio de Acapulco de Juárez,

Contraloría y Transparencia Gubernamental, Secretaría de Salud del Estado

de Guerrero, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del municipio

de Acapulco, Dirección de Mercados y Centrales, Secretaría de Planeación

Page 4: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

y Desarrollo Económico del Municipio de Acapulco de Juárez, Comisión

para la Protección Sanitaria del Estado de Guerrero, Funcionario del Sistema

de Apertura Rápida de Empresas Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras

Públicas y Ordenamiento Territorial del Estado de Guerrero, Secretaría de

Obras Públicas del Estado de Guerrero, Secretaría de Fomento y Desarrollo

Económico del Estado de Guerrero, Dirección General del Registro Público

de la Propiedad y del Comercio, Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Pesca y Desarrollo Rural del Estado de Guerrero, Secretaría de Fomento y

Desarrollo Económico del Estado de Guerrero y a la Secretaría de Desarrollo

Social del Estado de Guerrero.

Así mismo a los siguientes representantes del sector privado: representantes

del sector construcción, industria manufacturera y comercio: Cámara

Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (CANADEVI),

Cámara Mexicana de la Industria y la Construcción (CMIC), Cámara

Mexicana de la Industria y la Construcción (CMIC), y la Cámara Nacional

de Comercio, Servicios y Turismo.

Page 5: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Sobre el Proyecto de Justicia Cotidiana en materia de Mejora

Regulatoria Fase 2

El 27 de noviembre de 2014 el Presidente de la República, Lic. Enrique Peña

Nieto, encomendó al Centro de Investigación y Docencia Económicas

(CIDE) organizar foros de consulta para elaborar un conjunto de propuestas

y recomendaciones en materia de justicia cotidiana, concepto que hace

referencia a las instituciones, procedimientos e instrumentos orientados a dar

solución a los conflictos que genera la convivencia diaria en una sociedad

democrática.

Atendiendo la instrucción presidencial, el 27 de abril de 2015, el Dr. Sergio

López Ayllón, Director General del CIDE, presentó al Presidente de la

República los resultados de los foros en materia de justicia cotidiana, que

derivaron en 20 recomendaciones concretas que constituyen un conjunto

de medidas que permiten mejorar en el corto y mediano plazo el acceso a

la justicia en el país y comenzar a ofrecer una justicia cotidiana efectiva.

De estas 20 recomendaciones, ocho corresponden para su ejecución al

Poder Ejecutivo Federal, de las cuales cuatro recaen en la competencia del

Sector Economía, y de donde se desprenden dos que fueron

encomendadas a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER)

ahora Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) para ser

trabajadas con las entidades federativas. Dichas recomendaciones, son:

a) Desarrollar una profunda política nacional de mejora regulatoria, y

b) Para los emprendedores: acelerar la implementación de la oralidad en

materia mercantil.

Para dar cumplimiento a las instrucciones presidenciales, la CONAMER

presentó ante el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) el Proyecto

Ejecutivo de Justicia Cotidiana en materia de Mejora Regulatoria, el cual

representó el esfuerzo del Gobierno Federal para implementar acciones de

política pública que garanticen una mejora regulatoria integral que permita

la democratización de la productividad, el impulso a la competitividad y la

mejora del ambiente de negocios en los municipios y entidades federativas

del país.

Page 6: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Al respecto, para la realización del Proyecto Ejecutivo de Justicia Cotidiana,

se planteó un horizonte de implementación de dos años, para lo cual se

definieron dos fases de ejecución, la Fase 1 se definió para ser

implementada de junio de 2016 a junio de 2017; mientras que la Fase 2 se

realizaría a partir de junio de 2017.

Para la Fase 2 del Proyecto de Justicia en materia de Mejora Regulatoria se

retoma el conjunto de acciones de política pública estipuladas en la

Fase 1 del mismo, que garantizan la implementación de una profunda

política de mejora regulatoria a nivel nacional, así como la promoción

de la correcta implementación de la oralidad en materia mercantil.

En este sentido, el Proyecto en su Fase 2 está compuesto por seis elementos1

de política pública que continúan su implementación a nivel nacional.

a) Reforma a tres sectores prioritarios;

b) Simplificación de trámites y servicios;

c) Simplificación de la Licencia de Funcionamiento

d) Simplificación de la Licencia de Construcción

e) Formación de Capacidades

f) Implementación de Juicios Orales Mercantiles

La implementación del Proyecto de Justicia Cotidiana en materia de Mejora

Regulatoria Fase 2 garantizará la implementación de una política de mejora

regulatoria que integre a los tres órdenes de gobierno y focalice los esfuerzos

de manera estratégica para generar un impacto significativo en la

interacción entre el gobierno, los ciudadanos y empresarios. De igual forma,

se hará más eficiente el cumplimiento de contratos en materia mercantil

para brindar mayor certeza en la actividad económica del país.

1 Con respecto a la Encuesta Nacional sobre Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en

Empresas 2016 (ENCRIGE) propuesta en la Fase 1 del Proyecto es importante mencionar que los

resultados ya fueron alcanzados.

Page 7: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

Contenido

Resumen Ejecutivo ................................................................................. 1

Identificación de sectores económicos bajo mandato de

gobiernos sub-nacionales ............................................................... 3

Selección de los sectores económicos prioritarios ................... 3

Análisis regulatorio de las actividades económicas

preliminares ........................................................................................ 4

Determinación de los tres sectores económicos prioritarios .. 4

Identificación de los principales obstáculos regulatorios en

los sectores prioritarios ...................................................................... 5

Elaboración preliminar del Memorando de Reformas ............ 5

1. Metodología para la identificación de sectores económicos

bajo mandato sub-nacional ................................................................ 6

2. Criterios de Relevancia Sectorial ................................................. 13

2.1 Análisis de la Participación Sectorial en el producto

interno bruto (PIB) por sector ........................................................ 13

2.2 Análisis de la distribución de unidades económicas por

sector 14

2.2.1 .......... Índice de relevancia de las unidades económicas

(IRUE) ................................................................................................ 15

2.3 Análisis de la distribución del empleo por sector .......... 16

2.4 Análisis de la inversión extranjera directa (IED) por

sector 17

2.5 Análisis de Ventajas Comparativas Reveladas ............. 18

2.5.1Análisis del Empleo por el Indicador de Especialización (Índice

POT) .................................................................................................................. 18

2.5.2Análisis del Ingreso por el Indicador de Especialización (Índice PBT)

.................................................................................................................. 19

2.5.3Atlas de Complejidad ........................................................................... 20

3. Criterios de funcionamiento de mercado ................................. 22

Page 8: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

3.1 Desempeño sectorial conforme al Valor Agregado

Bruto (VAB) ....................................................................................... 22

3.2 Indicador de Productividad Relativa Intrasectorial

(IPRIS) 23

3.2.1Resultados para el estado de Guerrero ............................................ 23

3.3 Índice de Comparación Salarial (ICS) ............................. 24

3.3.1Resultados para el estado de Guerrero ............................................ 24

3.4 Índice de concentración C4............................................. 25

3.4.1Resultados para Guerrero .................................................................... 26

4. Determinación de los sectores prioritarios ................................. 27

4.1 Determinación de sectores con base en la

metodología de frontera .............................................................. 27

4.2 Selección preliminar de subsectores, ramas, subramas y

clases prioritarias con base en las facultades regulatorias .... 28

4.3 Análisis regulatorio de los subsectores, ramas, subramas

y clases identificadas como preliminares .................................. 30

5. Selección de la actividad económica prioritaria .................... 34

6. Identificación de indicios de obstáculos regulatorios por sector

36

6.1 Construcción e infraestructura ......................................... 38

6.1.1Plan de Desarrollo Urbano .................................................................... 38

6.1.2Construcción en términos generales .................................................. 39

6.1.3Consultores externos ............................................................................. 43

6.1.4Licencias de construcción ................................................................... 44

6.1.5Obras públicas ....................................................................................... 45

6.2 Industria Manufacturera ..................................................... 48

6.2.1Gaseras y gasolineras ........................................................................... 48

6.2.2Medio Ambiente .................................................................................... 49

6.2.3Protección Civil ...................................................................................... 52

6.3 Comercio al por menor ...................................................... 53

6.3.1Licencia de funcionamiento................................................................ 54

Page 9: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

6.3.2Salubridad ............................................................................................... 57

6.3.3Mercados y tianguis .............................................................................. 59

6.3.4Bebidas alcohólicas .............................................................................. 60

6.3.5Espectáculos públicos .......................................................................... 65

6.3.6Estacionamientos ................................................................................... 65

6.3.7Servicios turísticos ................................................................................... 66

6.3.8Fomento económico y turístico ........................................................... 67

7. Identificación de los principales obstáculos en el marco

jurídico de los sectores comercio, construcción e industrias

manufactureras para el Estado de Guerrero.................................. 67

7.1 Construcción ........................................................................ 72

7.1.1Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio ........................... 74

7.2 Industrias manufactureras .................................................. 76

7.2.1Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio ........................... 77

7.3 Comercio .............................................................................. 80

7.3.1Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio ........................... 81

8. Conclusiones .................................................................................... 84

Page 10: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

1

Resumen Ejecutivo

Uno de los principales retos en el país es asegurar que las regulaciones y

prácticas de los gobiernos sub-nacionales no restrinjan la creación de

empresas, limiten la expansión de las más eficientes o impidan la libre

determinación de precios en mercados competitivos. La falta de regulación

de calidad afecta a los hogares, a las micro, pequeñas y medianas

empresas, así como al estado.

En este sentido, un estudio que analiza la regulación de las 32 entidades

federativas del país, elaborado por el Grupo del Banco Mundial, determinó

que la calidad en la regulación promueve el crecimiento del empleo, la

creación de empresas y permite un mayor dinamismo en la economía

regional. Este mismo estudio concluye que después de la crisis económica

mundial de 2008, aquellas entidades federativas con mejor regulación,

contuvieron de mejor forma los choques externos, mediante un menor

impacto en el desempleo, y manifestaron mayor agilidad en la

recuperación económica de la región, en comparación con aquellas

entidades federativas que no contaban con un marco regulatorio de

calidad. Por lo anterior, resulta necesario promover una revisión rigurosa del

marco regulatorio de las entidades federativas en México.

Teniendo en mente lo anterior, el 27 de noviembre de 2014 el Presidente de

la República, Lic. Enrique Peña Nieto, encomendó al Centro de

Investigación y Docencia Económicas, A.C. (CIDE) la organización de foros

de consulta con diversos sectores de la sociedad, para elaborar una serie

de propuestas y recomendaciones sobre justicia cotidiana en el país. Dichos

foros dieron como resultado 20 propuestas para un plan de acción; 8 de

éstas corresponden al Ejecutivo Federal, de las cuales 2 competen a la

Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) directamente: i)

desarrollar una profunda política nacional de mejora regulatoria y; ii)

acelerar la implementación de la oralidad en materia mercantil.

Con la finalidad de atender la instrucción presidencial, la Secretaría de

Economía por conducto de la CONAMER, entonces COFEMER, en

coordinación con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, diseñó un

proyecto estratégico que identifica siete elementos para promover la

implementación de una profunda política nacional de mejora regulatoria

en las 32 entidades federativas, así como acelerar la implementación de la

oralidad en materia mercantil. Cada uno de estos siete elementos tiene una

Page 11: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

2

agenda con acciones específicas, indicadores de medición de avances y

mecanismos que nos permitirán cumplir las metas establecidas en el

Proyecto de Justicia Cotidiana en materia de Mejora Regulatoria.

El Programa de Reforma a Tres Sectores Prioritarios constituye uno de los

ocho elementos del Proyecto de Justicia Cotidiana, en el que trabajan de

manera conjunta la CONAMER, el Grupo del Banco Mundial y el CIDE. Dicho

Programa tiene el objetivo de identificar las principales barreras regulatorias

que afecten el funcionamiento de los mercados locales, con el fin de

proponer reformas a sectores prioritarios y, así impulsar el crecimiento local

a través de una economía innovadora, dinámica, incluyente y competitiva.

Para lograr lo anterior, se propone tomar como base una metodología

innovadora para analizar y elaborar acciones de mejora al marco

normativo. Tal metodología toma como principal referencia el Market and

Competition Policy Asessment Tool (MCPAT), elaborada por el Grupo Banco

Mundial, además de emplear conceptos puntuales del Atlas de

Complejidad adaptado a México por el CIDE.

La aplicación de este programa y su metodología comprende las siguientes

etapas:

1. Identificación de los sectores económicos que se encuentran

bajo mandato de los gobiernos sub-nacionales;

2. Identificación de los sectores económicos clave para el

desarrollo sub- nacional;

3. Estudio de las características de los mercados priorizados;

4. Análisis del marco regulatorio de los sectores relevantes;

5. Análisis de implementación del marco regulatorio;

6. Priorización de reformas de acuerdo a su impacto;

7. Priorización de reformas de acuerdo a su factibilidad, y

8. Elaboración de Memorando de Reformas.

Page 12: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

3

El presente informe tiene por objeto desarrollar los puntos 1 a 5 previamente

descritos; es decir, llevar a cabo un análisis de carácter preliminar que

permita identificar tanto los sectores económicos prioritarios que estén bajo

mandato sub-nacional de las entidades federativas, como las áreas de

oportunidad a nivel regulatorio. Asimismo, incluye el estudio del marco

regulatorio aplicable a los sectores prioritarios elegidos y la información

recopilada a partir de mesas de trabajo celebradas con actores

gubernamentales y agentes económicos que desarrollan sus actividades en

alguno de los sectores priorizados.

Finalmente, cabe mencionar que el Programa de Reforma a Tres Sectores

Prioritarios contempla la elaboración de dos entregables para las entidades

federativas, de tal manera que el primer entregable cubrirá las actividades

entre 1 al 5 y el segundo entregable de la 6 a la 8.

Identificación de sectores económicos bajo mandato de

gobiernos sub-nacionales

El objetivo es identificar los sectores económicos –clasificados de acuerdo

al Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte 2013 (SCIAN

2013), utilizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) –

que están bajo mandato legal de las autoridades sub-nacionales, de tal

manera que se puedan identificar las materias sobre las cuales las entidades

federativas y municipios tienen capacidad de llevar a cabo reformas

jurídicas y administrativas. Esta identificación se realizó con base en un

análisis detallado de diversos instrumentos jurídicos de los tres órdenes de

gobierno, el cual determinó de forma específica el alcance del mandato

de las autoridades sub-nacionales para establecer regulación respecto de

cada uno de los sectores y sub-sectores económicos incluidos en el SCIAN,

lo que permitió la construcción de una base de datos de regulaciones de

cada sector.

Selección de los sectores económicos prioritarios

Lo siguiente es analizar la información económica disponible para cada uno

de los sectores, a través de la aplicación de indicadores de relevancia y de

funcionamiento de mercado, con el fin de obtener un listado de sectores

prioritarios, ordenado del más importante al menos relevante. Con base

estos criterios, es posible conocer los 6 sectores más relevantes, en materia

económica en el estado: i) Industrias manufactureras; ii) Comercio al por

Page 13: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

4

menor; iii) Construcción e infraestructura; iv) Transporte y almacenamiento;

v) Industria agrícola, y vi) Servicios profesionales.

Finalmente, con el objeto de contar con un listado de las actividades

económicas más importantes dentro de cada sector prioritario, se lleva a

cabo un análisis similar al de selección de sectores. No obstante, hay que

recalcar que el detalle y nivel de desagregación de la información cambia.

Análisis regulatorio de las actividades económicas preliminares

Con el objeto de determinar las actividades económicas que definan las

propuestas iniciales para las autoridades sub-nacionales se realiza un análisis

preliminar del marco regulatorio de las actividades identificadas en el punto

anterior. El análisis de la regulación para cada actividad se realiza bajo los

siguientes enfoques: i) Calidad regulatoria, ii) Atracción de inversiones; iii)

Facilidad para hacer negocios, y iv) Eficiencia gubernamental. Dicho análisis sólo

tiene carácter preliminar y será complementado con una evaluación

detallada del marco regulatorio en etapas posteriores del proyecto.

Después de considerar la relevancia económica y el total de obstáculos

regulatorios de manera preliminar; la actividad económica prioritaria

propuesta a las autoridades sub-nacionales es aquella que más favorece –

a través de reformas regulatorias– al mejoramiento del ambiente para hacer

de negocios, a las condiciones para atraer y retener la inversión extranjera,

a las labores administrativas llevadas por las autoridades locales en materia

de trámites, permisos y otros servicios, y a la calidad de la regulación.

Como resultado del ejercicio descrito, se identificaron las siguientes

actividades económicas prioritarias para el estado de Guerrero; clasificadas

en el mismo orden que los sectores económicos prioritarios: i) Procesamiento

de cárnicos; ii) Mercados y abarrotes; iii) Construcción privada y familiar; iv)

Transporte de carga y pasajeros; v) Producción ganadera, y vi) Actividades

profesionales.

Determinación de los tres sectores económicos prioritarios

El Secretario de Desarrollo Económico de Guerrero envío un oficio al Director

General de la COFEMER, ahora Comisionado de la CONAMER manifestando

el compromiso de participar y gestionar las medidas necesarias dentro del

Estado para realizar el Proyecto mencionado. Dicho esto, los 3 sectores

prioritarios que se definieron, fueron:

Page 14: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

5

a) Industrias Manufactureras;

b) Comercio al por menor, y

c) Construcción e Infraestructura.

Identificación de los principales obstáculos regulatorios en

los sectores prioritarios

En el estado se llevaron a cabo mesas de trabajo específicas con los

reguladores y los representantes privados de cada sector. Lo anterior, con el

objetivo de entender a detalle el funcionamiento del mercado local, la

interacción de las autoridades sub-nacionales con los agentes privados, los

mecanismos regulatorios, gubernamentales y administrativos que utilizan las

autoridades para aplicar la regulación, así como identificar y analizar las

principales recomendaciones en materia regulatoria elaboradas por los

agentes privados.

Con lo anterior fue posible realizar el análisis al marco regulatorio y, con ello,

estar en condiciones de detectar los posibles fallos regulatorios, así como

elaborar las propuestas de mejora, definidas como: i) Reforma jurídica; ii)

Acciones de mejora administrativa, y iii) Líneas de acción.

Elaboración preliminar del Memorando de Reformas

Finalmente, previo a la determinación de las propuestas de reforma jurídica,

acciones de mejora administrativa y líneas de acción, se llevaron a cabo

mesas de trabajo con reguladores y representantes del sector privado de

cada entidad federativa y para cada sector económico seleccionado, con

la finalidad de validar las recomendaciones, así como determinar la

viabilidad operativa, técnica y jurídica, y política de las medidas, con el

objeto de impulsar el crecimiento económico en la región, facilitar la

apertura de empresas, atraer y retener inversión local y extranjera, así como

mejorar la calidad en las regulaciones e impulsar la eficiencia

gubernamental.

Page 15: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

6

1. Metodología para la identificación de sectores económicos

bajo mandato sub-nacional

El sistema federal mexicano presupone la división de poderes y la

distribución de facultades regulatorias en diferentes órdenes de gobierno;

órdenes que administran el poder público en el ámbito de sus

competencias. Tales competencias se encuentran supeditadas a la

distribución que de ellas hace la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos (CPEUM).

La CPEUM establece las facultades del Congreso de la Unión para expedir

las leyes que regulen materias exclusivas de la Federación; aquellas en las

que concurren estados y municipios, y las que definen bases de

coordinación.2 Además, la CPEUM dicta las facultades legislativas de los

estados y municipios.3 En materia de regulación de sectores económicos se

pueden identificar instrumentos jurídicos de orden estatal y municipal que

determinan las reglas de operación y funcionamiento que la legislación

federal no regula.

De esta manera, analizando el marco jurídico nacional, podemos encontrar

que la regulación de los sectores se puede clasificar de la siguiente manera:

1. Sectores exclusivos para el orden federal;

2. Sectores reservados para el orden estatal;

3. Sectores exclusivos para el orden municipal, y

4. Sectores en los que concurren distintos órdenes de gobierno.

Ante estas posibles clasificaciones, se identificaron aquellas facultades

regulatorias de los sectores económicos que están bajo mandato legal de

las autoridades sub-nacionales, de tal manera que se pudieran identificar

las materias sobre las cuales los estados y municipios tienen capacidad de

llevar a cabo reformas jurídicas y administrativas.

Esta identificación se realizó mediante la construcción de una base de datos

que señala las regulaciones que emiten la federación, los estados y los

2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917), artículo 73.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917), artículos 115, 116, 117 y 124.

Page 16: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

7

municipios para cada uno de los sectores y subsectores económicos

establecidos en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte

2013 (SCIAN 2013).

El nivel de profundidad sectorial al que se llegó en el análisis fue a subsector

económico. Tal como lo ejemplifica la tabla 1, el SCIAN 2013 consta de 5

niveles de agregación: sector, subsector, rama, sub-rama y clase. Para este

análisis se decidió llegar al nivel subsector con 3 dígitos.

Tabla 1. Niveles de agregación SCIAN

NIVEL

NÚMERO DE

DÍGITOS EN

CÓDIGO

EJEMPLO DE

CÓDIGO EJEMPLO DE CATEGORÍA

SECTOR 2 11

Agricultura, cría y explotación de

animales, aprovechamiento forestal,

pesca y caza

SUBSECTOR 3 111 Agricultura

RAMA 4 1113 Cultivo de frutales y nueces

SUB-RAMA 5 11133 Cultivo de frutales no cítricos y nueces

CLASE 6 111331 Cultivo de café

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana con información

del INEGI, 2016.

De un análisis preliminar de la Constitución, se identificaron sectores y

subsectores cuya regulación es competencia exclusiva de la federación4,

de tal manera que no se tomaron en cuenta para el análisis de regulación

sub-nacional. Adicionalmente, se decidió filtrar a los sectores del SCIAN 2013

con base en dos criterios5: participación en el PIB Nacional y relevancia en

materia económica.

Los resultados obtenidos de este análisis aportaron claridad sobre las áreas

en las cuales es factible, al menos dentro del escenario legal, proponer

4 Sector Minería (21), Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro de agua y

de gas por ductos al consumidor final (22); Servicios financieros y de seguros (52); Corporativos (55); y

Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales

y extraterritoriales (93). Además de los subsectores Banca Central (521), Telecomunicaciones (517),

Transporte por Ferrocarril (482) y Transporte por Agua (483).

5 i) Participación en el PIB Nacional. A través de esta variable se descartaron los sectores que se

encuentran en la posición más baja en cuanto a su aportación al PIB nacional; ii) Relevancia en

materia económica. A través de esta variable se descartaron aquellos sectores que tienen mayor

relación con las actividades gubernamentales, tal como 71 “Servicios de esparcimiento cultural y

deportivo y otros servicios recreativos” y el sector 55 “Corporativos”; asimismo, el sector 93

“Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de justicia y de organismos internacionales

y extraterritoriales”.

Page 17: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

8

reformas que se encuentren dentro del ámbito de competencias de los

órdenes de gobierno estatal y municipal. Se decidió crear y agregar a la

base de datos los sectores de proyectos público-privados (94), fomento

económico (95) y compras públicas (96), ya que pueden incidir

económicamente en los estados, pues establecen reglas para la

participación de particulares en estas actividades que pueden tener una

incidencia en la dinámica competitiva de estos mercados.6

Una vez identificados los sectores económicos que conformaron el universo

de análisis, se realizó un mapeo preliminar de los instrumentos jurídicos sub-

nacionales que podrían incidir en el funcionamiento del sector. Dentro de

estos instrumentos jurídicos se identificó la existencia de regulación

económica, sustantiva y complementaria, referente a los sectores

económicos del SCIAN.7

Los criterios para considerar si un determinado instrumento jurídico

clasificaba como regulación sustantiva o complementaria fueron los

siguientes:

a) Leyes o Reglamentos sustantivos para un sector: Se incluyeron

instrumentos jurídicos que regulan el funcionamiento de los

sectores y subsectores establecidos en el SCIAN 2013.

En este sentido, ejemplos de leyes o reglamentos sustantivos

pueden ser aquellos que establezcan las siguientes regulaciones:

A la entrada. Regulaciones que establecen requisitos para

prestar el servicio o producir el bien al que se refiere el sector.

6 Se entiende que estos nuevos sectores se encuentran inmersos dentro de las actividades realizadas

por las unidades económicas de los sectores y subsectores del SCIAN 2013 y forman parte del PIB de

los mismos. La decisión de incluirlos como nuevos sectores dentro de la base de datos se tomó debido

a que brindaba mayor claridad en la identificación de los instrumentos jurídicos, pues éstos no

mencionan los sectores específicos a los cuales son aplicables, sino que van encaminados a definir la

manera en que el gobierno y los particulares participarán en la prestación de servicios públicos,

desarrollo de proyectos, adquisiciones, arrendamientos y definen las bases para el otorgamiento de

apoyo financiero e incentivos a los inversionistas (empresas industriales, comerciales y prestadoras de

servicios).

7 Las fuentes consultadas en la elaboración de dicha clasificación fueron, para el orden federal, el

sitio web de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, que en su sección Leyes Federales

y Estatales (disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm), para el orden sub-

nacional, el banco de datos que realiza la Secretaría de Gobernación a través del sitio web

http://www.ordenjuridico.gob.mx y los sitios web de cada uno de los estados y municipios analizados.

Page 18: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

9

A la actividad. Regulaciones que establecen cómo debe

operar o funcionar el sector y particularmente, establecen

reglas respecto de la forma y modalidades en la que deben

prestarse los bienes y servicios;

Precios o tarifas. Regulaciones que establecen los precios o

tarifas de los bienes y servicios producidos por el sector o

subsector;

Rol de las asociaciones. Regulaciones que establecen la

manera en la que se constituyen y participan las asociaciones

en las actividades del sector, y

Otras. Cualquier regulación que no se sitúa en alguna de las

categorías anteriores pero que de alguna manera incide de

forma relevante en el funcionamiento del sector.

b) Leyes o Reglamentos que establecen algún tipo de regulación

complementaria para el sector: Se incluyeron las leyes o

reglamentos que, aunque no regulan cuestiones sustantivas del

sector, sí establecen algún tipo de regulación que podría impactar

el funcionamiento o la dinámica competitiva del mismo. Es decir,

que puedan incidir en alguno de los 5 aspectos indicados

previamente.

La siguiente ilustración muestra, a manera de ejemplo, cómo se realizó la

clasificación de los instrumentos jurídicos en el estado de Guanajuato, de

acuerdo con los criterios anteriormente descritos, tomando sólo 5 de los 94

subsectores analizados en cada entidad federativa.

Page 19: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

10

Ilustración 1. Clasificación de la Regulación

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Así, se identificó la regulación sustantiva que en una etapa posterior sería

analizada para encontrar posibles restricciones que impiden el crecimiento

económico del sector. De esta manera, encontramos que la regulación a

nivel sub-nacional está distribuida como se muestra en la siguiente tabla.

Cabe indicar que los resultados de este análisis se presentan de forma

resumida a nivel de sector. Sin embargo, el análisis realizado identifica al

interior de cada uno de estos sectores, subsectores y actividades específicas

que se encuentran dentro del ámbito de las facultades regulatorias de las

entidades sub-nacionales.

Page 20: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

11

Tabla 2. Identificación de regulaciones sustantivas por sector a nivel sub-nacional

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Expuesto lo anterior, para el estado de Guerrero se realiza un análisis

económico que permitirá identificar los 6 sectores prioritarios. Es importante

aclarar que para este análisis se prescindió de 5 sectores SCIAN: i) minería

(21); ii) generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro

de agua y de gas por ductos al consumidor final (22), y iii) servicios

financieros y de seguros (52), dado que la regulación es responsabilidad del

gobierno federal o que, por la misma naturaleza del sector, las prestación

de algunas actividades económicas de estos es responsabilidad del

gobierno local, de alguna paraestatal o un monopolio natural, como la

energía eléctrica y el servicio de agua.

Sector

númeroSector nombre Estatal Municipal

11Agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento

forestal, pesca y cazaX

21 Minería

22Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica,

suministro de agua y de gas por ductos al consumidor finalX

23 Construcción X X

31-33 Industrias manufactureras X X

43 -46 Comercio X X

48-49 Transportes, correos y almacenamiento X

51 Información en medios masivos

52 Servicios financieros y de seguros

53Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e

intangibles X X

54 Servicios profesionales, científicos y técnicos X

55 Corporativos

56Servicios de apoyo a los negocios y manejo de residuos y

desechos, y servicios de remediaciónX X

61 Servicios educativos X

62 Servicios de salud y de asistencia social X

71Servicios de esparcimiento culturales culturales y deportivos,

y otros servicios recreativos

72Servicios de alojamiento temporal y de preparación de

alimentos y bebidasX X

81 Otros servicios excepto actividades gubernamentales X

93Actividades legislativas, gubernamentales, de impartición de

justicia y de organismos internacionales y extraterritoriales

94 Proyectos Público Privados X

95 Fomento Económico X

96 Compras Públicas X X

Análisis de regulaciones sustantivas por sector

Page 21: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

12

por otro lado, se prescindió del sector de iv) corporativos (55) debido a que

su relevancia económica en los estados es en términos generales, baja y,

por último, también se prescindió del sector de v) actividades legislativas,

gubernamentales de impartición de justicia y de organismos internacionales

y extraterritoriales (93), pues no es una actividad económica que ofrezca

algún producto o preste algún servicio en el mercado, sino que alude a las

actividades del sector público.

Adicionalmente, es importante mencionar que de los 15 sectores SCIAN

restantes que se someterán al siguiente análisis económico, sólo 9 de éstos

serán candidatos para la selección de los 6 sectores prioritarios, que son: i)

Agricultura (11); ii) Construcción (23); iii) Industrias manufactureras (31-33); iv)

Comercio al por mayor (43); v) Comercio al por menor (46); vi) Transportes

(48-49); vii) Servicios inmobiliarios (53); viii) Servicios profesionales (54); y ix)

Hoteles y restaurantes (72).

Los 6 sectores restantes se analizan con el fin de no perder el contexto de la

estructura económica del estado, pero no son candidatos para la selección;

lo anterior, porque su regulación es de índole social, cultural o informativo –

como es el caso del sector de educación (61), salud (62), servicios culturales

(71) o Información de medios masivos (51), respectivamente−; o porque su

relevancia económica en el estado es mínima o, incluso, porque, en

general, los gobiernos sub-nacionales no cuentan con regulaciones

especificas en las actividades económicas de dichos sectores –como

Servicios de apoyo a los negocios (56) o servicios mecánicos, domésticos y

personales (81)−. Dicho lo anterior, se presenta a continuación el análisis

económico para el estado de Guerrero.8

8 Derivado del ejercicio anterior, para dicha base de regulaciones se descartaron todos aquellos

sectores económicos cuya regulación es de ámbito federal –como la minería, las

telecomunicaciones, energía eléctrica, entre otros− o que su desarrollo sea de interés social –servicios

de salud o actividades legislativas–. Así, de los 20 sectores económicos que maneja el INEGI, al interior

del SCIAN, se descartan 5 sectores pues contaban con las características antes mencionadas.

Adicional a lo anterior, se decidió crear y agregar los sectores de Proyectos Público-Privados (94),

Fomento Económico (95) y Compras Públicas (96) ya que a pesar de ser actividades que realiza el

gobierno, pueden incidir económicamente en los estados.

Page 22: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

13

2. Criterios de Relevancia Sectorial

2.1 Análisis de la Participación Sectorial en el producto interno

bruto (PIB) por sector

El PIB es un indicador utilizado para saber cuál es la aportación, en términos

monetarios, que hace un sector a la economía. De esta manera, sabremos

qué tan relevante es para el estado dicho sector y qué tanta injerencia en

el crecimiento de éste tiene tal actividad.

Guerrero es el doceavo estado con mayor población en el país; no

obstante, es el trigésimo estado en PIB per cápita. En términos del PIB,

alcanzó una producción de MXN $246 038.432 millones (precios constantes)

en 2014, equivalente a 1.51% de la riqueza nacional, posicionando a la

entidad en el lugar veinticuatro de aportación al PIB nacional. Resultado de

lo anterior, el estado cuenta con importantes áreas de oportunidad, ya que

pertenece a los diez de los estados que menos aportan al PIB nacional y está

a la mitad de los estados más poblados del país.

A nivel estatal, los sectores económicos que más aportaron al PIB en 2014

fueron los siguientes: i) Industrias manufactureras (28.7%); ii) Comercio

(13.9%); iii) Servicios inmobiliarios (12.7%); iv) Construcción (8.9%); v)

Transportes (7.7%), y vi) Educación (5%).

Lo anterior presenta indicios de que, a nivel estatal, las industrias

manufactureras, el comercio y los servicios inmobiliarios son sectores que

representan una gran parte en la producción estatal.

Adicionalmente, es importante destacar aquellos sectores prioritarios que

sean de mandato sub-nacional y cuyo fin no sea de índole social, cultural o

informativo9. Por ende, los 6 sectores a priorizar, con base a su aportación al

PIB del estado, son los siguientes: i) Industrias manufactureras (2.7%); ii)

Educación (2.2%); iii) Transportes (2.1%); iv) Construcción (1.9%); v) Servicios

de Salud (1.5%), y vi) Comercio (1.4%).

9 En el análisis para la priorización de sectores se decidió excluir aquellos sectores cuyo ámbito de

acción sea de índole social, cultural o informativo, o porque su relevancia económica en el estado

es mínima o incluso porque, en general, los gobiernos subnacionales no cuentan con regulaciones

especificas en las actividades económicas de dichos sectores. Dicho lo anterior, se excluirán los

siguientes sectores: i) Servicios Culturales, ii) Servicios de Salud, iii) Servicios de apoyo a los negocios,

iv) Servicios Educativos, v) Servicios Mecánicos, domésticos y personales e, vi) Información en Medios

Masivos.

Page 23: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

14

2.2 Análisis de la distribución de unidades económicas por

sector

Es necesario hacer el análisis de la importancia de los sectores tanto en

aportación como en generación de empleos en el estado, pues esto

determinará en gran medida el impacto que pueda llegar a tener la

potencialización de cada sector priorizado. En cuanto al análisis de la

distribución de las Unidades Económicas10 del estado, el sector Comercio

concentró el 47% de las unidades económicas a nivel estatal, pero la

mayoría de las empresas del sector son Pequeñas y Medianas (PYMES). A

manera de detalle, de acuerdo al último Censo Económico (2014), de las

135,564 unidades en el estado, 63,563 se dedican al comercio.

A diferencia del sector anterior, existen otros que cuentan con pocas

unidades económicas, pero aportan de manera importante al PIB del

estado, tales como Servicios Inmobiliarios, que aportó 12.7% del PIB con sólo

0.8% de las unidades económicas. Asimismo, construcción aportó 8.9% al PIB

estatal con sólo 0.2% de las unidades, e industrias manufactureras aportó

28.7% del PIB con 20% de las unidades. Cabe destacar que estas cifras

únicamente reflejan empresas formales.

En resumen:

• Los sectores económicos que más aportaron al PIB estatal en 2014 son

comercio con 47% de las unidades económicas y, a su interior, el comercio

al por menor concentró 45% y el comercio al por mayor el 2% de las

unidades;

• Las industrias manufactureras concentran el 20% de las unidades

económicas del estado, donde la preparación de hilado de fibras duras

concentró el mayor número de unidades, seguido por elaboración de

tortillas de maíz y molienda de nixtamal -básicamente tortillerías-;

confección, bordado y deshilado de productos textiles, fabricación de

productos de herrería y la panificación tradicional, y

• Servicios Inmobiliarios representan 0.8% de las unidades económicas

en el estado y aportan el 12.7% al PIB estatal.

10 Es importante aclarar que una unidad económica no es forzosamente una empresa; es una unidad

estadística sobre la cual se recopilan datos, según la disponibilidad de registros contables. Dicha

definición incluye tanto a personas físicas como personas morales.

Page 24: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

15

2.2.1 Índice de relevancia de las unidades económicas (IRUE)11

Este índice muestra cuál ha sido el crecimiento del número de las unidades

económicas de un periodo a otro. La relevancia de lo anterior se justifica al

considerar que, en general, el aumento de unidades económicas responde

a las oportunidades que ofrece la buena situación de un sector de actividad

económica12 para desarrollar nuevos proyectos empresariales con

garantías, promoviendo la aparición de nuevas iniciativas. El incremento de

su presencia en el tejido empresarial de la región constituye un aspecto

positivo para la producción y la mejora del empleo.

Este indicador -calculado para 2009 y para 2014- tiene el objetivo de

identificar las actividades económicas13 con mayor crecimiento en

determinadas unidades económicas, así como identificar aquellas que

tienen el mayor peso en la economía regional. Es importante mencionar

que, al tener información de manera agregada -que no da seguimiento a

cada empresa-, se puede dar el caso en que el índice sólo capture la

entrada -o salida- neta de empresas en el sector.

a) Resultados para Guerrero

Los 6 sectores más importantes en cuanto al índice de relevancia de las

unidades económicas son: i) Industrias manufactureras, ii) Servicios

mecánicos, domésticos y personales, iii) Hoteles y restaurantes, iv) Servicios

de salud, v) Comercio al por menor y, vi) Servicios de apoyo a los negocios.

Además, conviene subrayar que tan sólo los 3 sectores más relevantes

aportaron el 95% del crecimiento de las unidades económicas del estado

en este periodo.

11 El INEGI las define como una entidad (institución, empresa, negocio o persona) que se dedica a la

producción de bienes, compra-venta de mercancías o prestación de servicios públicos y privados.

12 Clasificación de las actividades económicas de acuerdo con el tipo de bien o servicio que se

produce en la unidad económica. La clasificación se realiza con base en el Sistema de Clasificación

Industrial de América del Norte (SCIAN 2013).

13 El INEGI las define como un conjunto de acciones que contribuyen a generar la oferta de bienes y

servicios, sean o no de carácter legal y que se dan en un marco de transacciones que suponen

consentimiento entre las partes. Incluye: las actividades del sector primario para el autoconsumo

(excepto la recolección de leña). Excluye: actos redistributivos, monetarios o en especie, que no

suponen una contribución a la oferta de bienes y servicios. Esto significa que se sitúan fuera de un

marco de transacciones y las personas que se benefician de ello no realizan una actividad

económica, aunque puedan hacerse de un ingreso, tal y como quienes se dedican al robo, al fraude

o a la mendicidad abierta o disfrazada.

Page 25: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

16

A manera de detalle, las empresas del sector de industrias manufactureras

crecieron 15% de 2009 a 2014; además este sector aportó el 20% del total de

las unidades económicas o empresas del estado en 2014; es decir,

prácticamente una de cada 5 empresas en Guerrero se dedicaba al sector

de industrias manufactureras, esto muestra la gran relevancia del sector

para el estado. En cuanto al sector de servicios mecánicos, domésticos y

personales, las empresas o unidades económicas –o trabajadores

domésticos- presentaron un crecimiento de 18% para el mismo periodo,

llegando así a representar 10% de las empresas del estado en 2014 –una de

cada 10 empresas-; para concluir los ejemplos, basta con mencionar el caso

de los hoteles y restaurantes, en el cual, el número de empresas tuvo un

crecimiento de 13% en el mismo periodo, llegando a representar el 13% de

las empresas del estado, prácticamente 1 de cada 8 empresas en Guerrero

en 2014.

En contraste con lo anterior, no todos los sectores presentaron crecimiento

en el número de unidades económicas para el periodo analizado. En

algunos casos, el número neto de unidades económicas operantes se

redujo, lo cual generó un índice negativo, tal es el caso de 5 sectores, los

más destacables son comercio al por mayor y servicios profesionales, los

cuales perdieron 8% y 10% de sus empresas –respectivamente- en este

periodo quinquenal; por consiguiente, resultaron los menos importantes en

este aspecto o indicador.

2.3 Análisis de la distribución del empleo por sector

En materia de participación de la población en la actividad económica,

Guerrero es el primer lugar en relación a las 32 entidades federativas, lo que

se traduce a 2.08% mayor de la media nacional. A manera de detalle, en

2015 habían 1, 456,709 personas conformando la población

económicamente activa (PEA) del estado de las cuales 1, 426, 321 personas

formaban la población ocupada, es decir, aquellos que contaban con

trabajo, ya sea formal o informal.

Según datos de la ENOE, en 2015, de las 1, 426, 321 personas que

conformaron la población ocupada en el estado, 1, 121,075 (78%)

trabajaron en el sector informal; es decir casi 8 de cada 10 personas se

mantienen ocupadas en alguna modalidad de informalidad.

Page 26: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

17

De 2013 a 2015 se puede observar que el empleo formal mostró una

disminución del 9.3%, mientras que el empleo en la economía informal

mostró un incremento de 3.9%. Al analizar la relación de la población

ocupada formal e informal con el crecimiento del PIB en el estado, se

observó una relación directa, dado que un aumento del PIB conlleva un

aumento en el número de personas empleadas en el sector formal; lo que

se observó a lo largo de 2010 a 2013.

Al analizar la relación Empleo–PIB en el estado de Guerrero, se observó que

existe relación entre la producción del sector y el número de personas

ocupadas en el mismo, a excepción de la agricultura. Esto se explica porque

este sector requiere mucha mano de obra, comparada con el

requerimiento de maquinaria.

En suma:

El 58.1% de la Población Económicamente Activa (personas de 15 años y

más) en Guerrero estuvo ocupada; sin embargo, 8 de cada 10 personas

con trabajo laboraban bajo condiciones de informalidad;

• Los sectores con mayor índice de informalidad son: la Agricultura

(98%), la Construcción (93%) y las Industrias manufactureras (93%), y

• Los sectores con menor informalidad laboral son: los Servicios de salud

(22%) y los Servicios profesionales (47%).

2.4 Análisis de la inversión extranjera directa (IED) por sector

Para este análisis, es necesario destacar cuáles son los sectores con mayor

atractivo no sólo a nivel estatal, sino también a nivel internacional, pues éstos

podrán ser potencializados por la gran ayuda que reciben de otros países.

Es por lo anterior que se estudia el comportamiento de la inversión extranjera

directa, que es un gran detonante del crecimiento a nivel sectorial.

El estado de Guerrero es el vigésimo séptimo estado en inversión del país,

situación que contrasta con la relevancia del estado para el país Guerrero

es el doceavo estado con mayor población en el país14; no obstante, es el

trigésimo estado en PIB per cápita. Durante 2015, la inversión extranjera

14En el 2015, según el INEGI.

Page 27: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

18

directa en Guerrero alcanzó USD$140.1millones, igual a 0.49% del total

nacional, que fue USD$28,382.3 millones.

Expuesto lo anterior, es importante destacar aquellos sectores con mayor

participación en la IED en el estado, tomando en cuenta que se encuentren

bajo mandato regulatorio sub-nacional y que no son de índole social,

cultural o informativo, que son: i) industrias manufactureras con 35% de la ied

estatal de 2015; ii) comercio con 2%; y iii) servicios financieros y de seguros

con 2% por otro lado, los que menos recibieron son: i) agricultura 0%; ii)

minería 0%.

2.5 Análisis de Ventajas Comparativas Reveladas

2.5.1 Análisis del Empleo por el Indicador de Especialización (Índice

POT)

A continuación, se presenta el índice de Personal Ocupado Total (POT)

desarrollado por el CIDE, el cual es una variante del índice de Ventaja

Comparativa Revelada -que se detalla más adelante-, pero aplicado a

entidades federativas con comparaciones a nivel nacional. Este índice

calcula la proporción que representa el personal ocupado en un sector

específico en el estado con respecto al total de trabajadores de la entidad,

y la contrasta con esta misma proporción, pero a nivel federal. De tal forma,

se podrá saber si el estado en cuestión dedica una mayor o menor

proporción de sus empleados al desarrollo del sector. Es importante

mencionar que el índice POT usa el personal ocupado, y no sólo el empleo

formal, por lo que permite tener un panorama más amplio del trabajo en la

entidad -a diferencia de los datos utilizados en el Atlas de Complejidad

sectorial, que se detalla más adelante-. Asimismo, esta variable es de interés,

pues muestra la relevancia y las posibles ventajas del sector para el estado,

es decir, qué clases se encuentran representadas respecto a su aportación

de empleados totales nacionales.

En términos prácticos, si el valor del índice es mayor a uno, la actividad en

cuestión muestra una ventaja comparativa en el empleo total (formal e

informal), en comparación al empleo generado por dicha actividad a nivel

nacional. Es por esto que nos enfocaremos en aquellos sectores que tengan

un índice POT mayor a uno, pues de esta forma se garantiza la selección de

sectores que sean relevantes para el estado de Guerrero.

Page 28: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

19

En este sentido, constatamos que, dentro de los sectores que su regulación

es de competencia sub-nacional, y cuyo enfoque no sea de índole social,

cultural e informativo, los sectores que se encuentran mejor posicionados en

el POT son: i) Agricultura; ii) Hoteles y restaurantes; iii) Comercio al por menor,

iv) Servicios mecánicos, domésticos y personales; v) Servicios inmobiliarios, y

vi) Servicios de salud.

2.5.2 Análisis del Ingreso por el Indicador de Especialización (Índice

PBT)

Similar al índice POT que se presentó anteriormente, el CIDE elaboró el

indicador de Producción Bruta Total (PBT). Este indicador es también una

variante del índice de Ventaja Comparativa Revelada y calcula la

proporción de la producción total del estado que aporta un sector en

específico, e, igual que el índice POT, se contrasta con esta misma

proporción, pero a nivel federal. Esta comparación nos permitirá saber si el

estado está especializado o no en un sector –esto, con respecto al resto de

las entidades federativas-.

Es importante precisar que este Índice toma en consideración los ingresos

totales generados por el sector en el estado y en el país, sin hacer distinción

entre lo generado por los formales y los informales, por lo cual es una

variación de la Ventaja Comparativa Revelada utilizado en el Atlas de

Complejidad. De esta manera, se sabrá puntualmente qué clases se

encuentran representadas respecto a su aportación de ingresos totales al

estado.

En términos prácticos, si el valor del índice es mayor a uno, la actividad en

cuestión muestra una ventaja comparativa en ingreso en comparación al

ingreso generado por dicha actividad a nivel nacional.

En este sentido, constatamos que, dentro de los sectores que su regulación

es de competencia sub-nacional, y cuyo enfoque no sea de índole social,

cultural o informativo, los sectores que se encuentran mejor posicionados en

el PBT son: i) hoteles y restaurantes; ii) comercio al por menor; iii) agricultura;

iv) comercio al por mayor; v) servicios mecánicos, domésticos y personales

y, vi) servicios de salud.

Page 29: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

20

2.5.3 Atlas de Complejidad

Complejidad económica, distancia y complejidad potencial

Para medir el grado de complejidad de una economía se utiliza el concepto

de Ventaja Comparativa Revelada (RCA, por sus siglas en inglés), que es

una medida de representación del sector en la actividad económica en el

estado15.

Diversidad de la economía: Es la suma del número de sectores con

una RCA mayor a 1. Los estados se clasifican como diversos, si cuentan

con un gran número de sectores con RCA mayor a 1.

Ubicuidad de la economía: Mide el número de estados donde la RCA

de un sector en particular es mayor a 1. La ubicuidad nos indica si en

una entidad federativa se están produciendo bienes que son poco

comunes en el resto de las entidades.

Con base en estos términos, es posible determinar la complejidad

económica de un sector, que se mide a través del promedio de los lugares

donde existe el sector y la ubicuidad promedio de los sectores de esos

lugares16. De esta manera, la complejidad es una medida que ordena los

sectores productivos de un lugar según la diversidad y unicidad (o poco

ubicuo) de las capacidades productivas que requiere. En otras palabras,

describe la cantidad de conocimiento que es incorporado en el desarrollo

de un sector y en la producción de sus bienes; mientras más conocimiento

conlleve la producción de un bien, será más difícil que otras regiones

puedan desarrollar dicha capacidad productiva.

También es posible estimar la distancia tecnológica entre sectores, que mide

la capacidad de un lugar para desarrollar un sector, teniendo en cuenta las

capacidades productivas existentes. La “distancia” es menor en la medida

en que las capacidades requeridas por un sector son similares a las ya

existentes. Visto de otra forma, la distancia refleja la proporción del

conocimiento productivo que se necesita para que aparezca un sector que

aún no existe en el lugar.

15 La explicación detallada de la elaboración del Atlas de Complejidad, así como de su análisis y el

alcance de éste se encuentra en el Anexo del Template Económico.

16 Para mayor detalle, consultar el documento de “Métodos de cálculo de los Indicadores de

complejidad”, desarrollado por la SHCP y el CIDE http://complejidad.datos.gob.mx/#/downloads

Page 30: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

21

Finalmente, también es posible obtener la complejidad potencial de un

sector, la cual refleja el potencial para incrementar la complejidad

económica de un lugar. Se toma en cuenta el nivel de complejidad de

todos los sectores productivos existentes, junto con la distancia en términos

de capacidades y conocimientos a los demás sectores. Con base en esta

información, el indicador mide la probabilidad de que aparezcan nuevos

sectores y qué tanto elevarían la complejidad del lugar.

Análisis de indicadores del Atlas de Complejidad a partir de

ponderaciones estratégicas

La información contenida en el Atlas de Complejidad Económica puede ser

explotada para la identificación de sectores prioritarios. Para ello, se

utilizaron tres métricas presentadas anteriormente: i) Complejidad de los

sectores; ii) Distancia17 tecnológica entre dos sectores, y iii) Complejidad

potencia del sector.

Con lo anterior en mente, se ponderó cada sector en 3 diferentes estrategias

(ponderaciones estratégicas): factible, balanceada y potencial. La

estrategia Factible le da mayor importancia a los sectores que son más

parecidos (cuentan con capacidades productivas similares y es más

probable transferir esas capacidades a otros sectores) a los que

actualmente se desarrollan.

Por otro lado, la estrategia balanceada le da la misma importancia a la

distancia, la complejidad y la complejidad potencial.

Por último, la estrategia potencial le da mayor importancia a la complejidad

y a la complejidad potencial de los sectores, independientemente de que

sean relativamente difíciles de desarrollar y no se cuenten con sectores

actualmente desarrollados y con capacidades productivas similares.

Se utilizó una mezcla de estas estrategias para ponderar cada uno de los

sectores dado sus métricas18. Resultado de la ponderación, destacan en la

estrategia factible, dado las capacidades productivas actuales del estado,

los sectores de industrias manufactureras, construcción y el comercio al por

menor, por ser sectores que se encuentran bajo mandato regulatorio sub-

17 Tiene la misma interpretación que la distancia, pero a inversa; es decir, entre más cercanía tenga

un sector, el estado estará más cerca de tener las capacidades productivas para desarrollarlo.

18 Las especificidades del análisis están explicadas en el Anexo del Template Económico.

Page 31: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

22

nacional y que no son de índole social, cultural o informativo. Asimismo, bajo

esta misma lógica, los sectores de industrias manufactureras y construcción

destacan en la estrategia balanceada. Por último, los sectores que mayor

potencial podrían generar en el estado, dado la complejidad de las

actividades económicas, destacan los sectores de industrias

manufactureras, comercio al por mayor y transportes.

3. Criterios de funcionamiento de mercado

3.1 Desempeño sectorial conforme al Valor Agregado Bruto

(VAB)

El resultado de este indicador refleja la contribución de una industria al valor

de la producción total, sin duplicidades, es decir, es la generación de valor

en sí. Con el VAB podemos identificar la importancia que tiene cierto sector,

tanto en su contribución a la producción total, como la relación que tiene

con otras industrias estimando el valor que tiene la compra de bienes y

servicios como consumo intermedio. Un análisis sobre la variación en la

generación de VAB de los sectores nos permitirá hacer posibles inferencias

sobre el desempeño del sector, y así poder ligarlo a posibles barreras

regulatorias.

Cuando comparamos los sectores que presentaron mayor crecimiento del

VAB en Guerrero con el crecimiento al VAB en los sectores a nivel nacional

observamos que, aunque existen ciertas similitudes (comercio), algunos

sectores tienen comportamientos divergentes. Lo anterior puede servir para

dar una pauta sobre qué sectores son los que más aportan a la economía

de la entidad a partir de sus procesos productivos y cómo se comparan a

nivel nacional.

A manera de detalle, el sector industrias manufactureras es el que más

aporta al PIB del estado con 29%, y con un VAB de 8%; sector comercio es

el segundo que más aporta al PIB estatal, con 29% y 14% al VAB; luego,

hoteles y restaurantes aportó al PIB del estado 10% y al VAB 1%. Asimismo, los

siguientes sectores que destacan únicamente por aportación al VAB en el

estado son: servicios inmobiliarios 18%, transportes 7% y construcción 4%.

Page 32: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

23

3.2 Indicador de Productividad Relativa Intrasectorial (IPRIS)

El Indicador de Productividad Relativa Intrasectorial muestra la eficiencia de

cada sector dentro del estado de estudio respecto al mismo sector, pero a

nivel nacional; diferenciando a su vez entre la productividad de las

actividades de las microempresas y la productividad de las empresas con

más de 10 empleados en el sector analizado. Este indicador nos permite

saber qué tanto más –o menos- productivos son los trabajadores de un

sector en el estado, comparados con los trabajadores del mismo sector en

el resto de las entidades federativas. Para tal indicador, se tomó en cuenta

la producción que genera el sector, así como el número de trabajadores

que dicho sector necesita, ambas variables a nivel estatal y a nivel nacional.

3.2.1 Resultados para el estado de Guerrero

Para el cálculo de este indicador se analizaron los mismos 15 sectores

mencionados anteriormente, en el mismo periodo de 2009 a 2014; no

obstante, se hizo diferencia entre las microempresas y el resto de empresas

por cada sector, para complementar el análisis de competencia y quitar

efectos a escala. Cabe mencionar que la mayoría de las unidades

económicas del estado de Guerrero entran en la clasificación de

microempresas, por lo que los resultados de nuestro análisis permitirán

comparar estratos muy representativos, con aquellos pocos que lograron

crecer19.

Una vez calculado el índice sobre los sectores analizados, estos se ordenaron

conforme a la media nacional, distinguiendo aquéllos que estaban por

debajo de aquéllos que estaban por arriba del promedio; este ejercicio se

realizó tanto para las microempresas como para aquéllas con más de 10

empleados. Una vez más, recordamos que, para los fines de este análisis,

nos interesan aquellos sectores que presenten una productividad menor en

Guerrero que en el resto de los estados del país, pues son estos los que

presentan mayores áreas de oportunidad.

De manera que el único sector que se encuentra por encima de la media

nacional es el de servicios educativos.

19 Estas empresas con mayor número de empleados, que son poco representativas en Tlaxcala, tienen

mayor propensión a la formalidad, por lo que, de este análisis, se podrían inducir ciertas conclusiones

generales sobre la informalidad en dicho estado.

Page 33: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

24

Para el caso de las empresas con más de 10 empleados, -aquéllas que no

son micro- también se calculó el indicador, el resultado para estas empresas

es el siguiente; las empresas más grandes de cada sector tienen mayor

dificultad para alcanzar la productividad de sus análogas a nivel nacional;

una vez más, nos enfocaremos en aquellos sectores de Guerrero con

empresas poco productivas, con respecto a la media nacional.

En este sentido, constatamos que los sectores más relevantes para el IPRIS

de microempresas y empresas con más que 10 empleados, cuya regulación

es de mandato sub-nacional, y cuyo enfoque no sea de índole social

cultural o informativo, son los siguientes: i) agricultura; ii) industrias

manufactureras; iii) transportes; iv) servicios inmobiliarios; v) servicios

mecánicos, domésticos y personales; y vi) servicios educativos.

3.3 Índice de Comparación Salarial (ICS)

El Índice de Comparación Salarial nos ayudará a robustecer el análisis sobre

la productividad promedio de los sectores, lo que resaltará aún más la

importancia de atender las propuestas en las áreas de oportunidad

encontradas. De igual manera, tiene como objetivo hacer comparaciones

entre los trabajadores de un sector en el estado con aquellos del resto de

las entidades federativas. Este índice nos muestra qué proporción de los

ingresos de la empresa se destina al pago de salarios y si ésta es mayor o

menor en el estado que en el promedio nacional.

3.3.1 Resultados para el estado de Guerrero

Este indicador nos permite cuantificar las diferencias salariales existentes

entre las microempresas y el resto de las empresas, aquéllas con 10 o más

empleados. Así se realizó el análisis para el periodo 2009 a 2014.

A manera de detalle, el sector de Transporte el sector que se encuentra más

rezagado de la media nacional. En el periodo analizado, se observó que un

guerrerense que trabajaba en una microempresa de este sector ganaba

34% menos que el trabajador promedio nacional del mismo sector.

El segundo sector priorizado, el de servicios culturales, asigna una proporción

menor de sus ingresos a los salarios -32% menor que la media nacional-. Es

importante mencionar que, de acuerdo al ICS, las microempresas promedio

de 14 de 15 sectores del estado de Guerrero destinan una menor proporción

de sus ingresos al pago de salarios.

Page 34: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

25

Derivado del cálculo de este indicador, se observó que los 6 sectores

prioritarios y con mayores áreas de oportunidad fueron: i) Industrias

manufactureras, ii) Servicios profesionales, iii) Agricultura, iv) Servicios

educativos, v) Transportes e, vi) Información en medios masivos.

En contraste con las microempresas, las empresas con más de 10 empleados

tienen rezagos salariales más pronunciados en diversos sectores. El sector de

industrias manufactureras es el que presenta en este caso, el mayor rezago

respecto a los demás sectores analizados: un trabajador guerrerense

ganaba 51% menos que un trabajador promedio del resto de las entidades.

Es remarcable que, las microempresas del sector pagan salarios bajos, pero

no tanto como aquéllos de las empresas con más de 10 empleados (son 18%

menores). El problema salarial del sector se acentúa en las empresas con

más de 10 empleados.

En cuanto al sector de servicios profesionales, se observó que un trabajador

guerrerense que laboraba en una empresa con más de 10 empleados,

ganaba 50% menos que un trabajador promedio a nivel nacional. Asimismo,

si comparamos este índice con el IPRIS, observamos que los servicios

profesionales aparecen dentro de los sectores potenciales, pues los

trabajadores del sector –tomando en cuenta los de las microempresas y

empresas con más de 10 empleados- producían 52% menos de lo que

producía un trabajador promedio a nivel nacional; es decir, se trata de un

sector nada productivo y, por ende, mal remunerado.

Por último, es importante recordar que 12 de los 15 sectores presentan

rezagos salariales respecto a la media nacional –en términos

proporcionales-, los 3 sectores que sí pagan una mayor proporción de sus

ingresos en salarios son: i) Comercio al por mayor, ii) Hoteles y restaurantes y,

iii) Construcción. Estos últimos sectores no serán priorizados, al menos en lo

que respecta a este indicador, pues no son tan improductivos –con respecto

a la media nacional-.

3.4 Índice de concentración C4

El índice C4 es un indicador de concentración de la producción dentro de

un sector. Mide la concentración de la producción total por parte de las 4

empresas más grandes del sector en el estado. Para este caso se utilizó

solamente el C4 calculado para 2014. Se eligió este indicador porque la

concentración de la producción en pocas empresas puede estar

Page 35: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

26

relacionada con poder de mercado, barreras a la entrada o a la expansión

de entrantes y competidores de menor tamaño.

3.4.1 Resultados para Guerrero

Los 4 sectores más concentrados en Guerrero que en el resto de las

entidades federativas son: i) construcción, ii) servicios de apoyo en los

negocios; iii) hoteles y restaurantes, iv) servicios de salud, v) servicios

inmobiliarios y, vi) servicios mecánicos, domésticos y personales. destacando

los sectores de construcción y hoteles y restaurantes, al ser sectores bajo

mandato sub-nacional y que no todas las actividades dentro de estos

sectores se encuentran regulados con una índole social, cultural o

informativo.

Este análisis, aunado con el del Índice de Relevancia de Unidades

Económicas y el Índice de Dinamismo Empresarial, nos da una gran pauta

para puntualizar el análisis sobre barreras a la entrada por sector. Si tenemos

un IDE alto, sabríamos que el tamaño promedio de las empresas está

creciendo, por lo que este análisis, contrastado con resultados del C4, nos

dejaría ver qué sectores presentan indicios de un buen desempeño. Si el

tamaño promedio de la empresa ha aumentado y el sector está menos

concentrado en el estado que en el país, podemos pensar que las empresas

están creciendo, o entraron empresas más grandes, sin que el mercado sea

necesariamente afectado20. Si el IRUE muestra lo contrario; es decir, que no

están aumentando el número de empresas del sector, y constatamos que

el C4 es mayor que la media nacional, podríamos argumentar con mayor

certeza que hay indicios de barreras a la entrada.

Con lo anterior, únicamente fue posible identificar los 4 sectores con un

Índice C4 bajo en Guerrero –comparado con esos sectores en el resto de las

entidades federativas-: i) agricultura, ii) servicios educativos, iii) industrias

manufactureras, y iv) servicios culturales. es importante mencionar que estos

sectores están menos concentrados en el estado de Guerrero que en el

20 Es necesario aclarar que sólo se tiene el índice C4 para 2014, por lo que no se podrá contrastar la

evolución entre el tamaño promedio de la empresa y la evolución de este último. En razón de lo

anterior, los resultados deberán tomarse con mayor precaución, pues podría ser el caso que el sector

sí se esté llenando de empresas grandes, pero estaba tan poco concentrado, que, para la medición

de 2014, aún salga bajo el promedio de concentración nacional.

Page 36: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

27

promedio del resto de las entidades, lo cual muestra indicios de buenas

prácticas pro competitivas.

4. Determinación de los sectores prioritarios

4.1 Determinación de sectores con base en la metodología de

frontera

En razón de lo expuesto, se realizó la selección de 6 sectores que pasarán a

la siguiente fase del proyecto, en donde se analizará su marco regulatorio,

se seleccionará al menos una actividad económica y se presentarán a las

autoridades competentes como los posibles sectores a reformar en el marco

del programa de Justicia Cotidiana.

La selección de los 6 sectores se realizó a través de la metodología utilizada

por el Banco Mundial para la elaboración de los indicadores del Doing

Business21, Distancia hacia la Frontera, en donde cada uno de los

indicadores utilizados se normaliza, creando una frontera igual a 1 del valor

máximo del indicador y 0 para el valor mínimo.

Frontera i =Peor desempeñoi − Sector Observadon,i

Peor desempeñoi − mejor desempeñoi

En donde la Frontera del índice i toma el valor de 1 para el sector n con

mejor desempeño y el valor de 0 para el sector n con el peor desempeño.

Los indicadores utilizados para la selección de los sectores son: la estrategia

factible del Atlas de Complejidad Económica (ACE); el Índice de relevancia

de las unidades económicas (IRUE); el Índice de Dinamismo Empresarial

(IDE); el Indicador de Productividad Relativa Intrasectorial (IPRIS) para micro

empresas y el resto de estas y; el Índice para de Comparación Salarial (ICS)

para micro empresas y el resto de éstas.

Una vez que se obtuvo la Frontera para cada uno de los indicadores, se

realizó un promedio por sector para cada uno de estos, resultando en una

Frontera promedio para cada sector. A este valor se le ordenó de mayor a

menor y los primeros 6 sectores de este orden fueron los que se

seleccionaron. Después, se realizó un filtro a esta lista de sectores con base

en la prioridad que tiene el estado de Guerrero para su desarrollo, dado el

21http://espanol.doingbusiness.org/~/media/GIAWB/Doing%20Business/Documents/Annual-

Reports/English/DB15-Chapters/DB15-DTF-and-DBRanking.pdf

Page 37: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

28

Plan Estatal de Desarrollo. La siguiente tabla muestra los sectores que

resultaron seleccionados.

Tabla 3. Sectores Prioritarios seleccionados para Guerrero

CÓDIGO SCIAN SECTOR

31-33 Industrias Manufactureras

46 Comercio al por menor

54 S. Profesionales

48-49 Transportes

23 Construcción

11 Agricultura

Fuente: Elaborado en el marco de Justicia Cotidiana

De esta manera, cada uno de estos seleccionados son parte relevante de

la actividad económica del estado de Guerrero con la posibilidad de

potencializarse aún más.

4.2 Selección preliminar de subsectores, ramas, subramas y

clases prioritarias con base en las facultades regulatorias

Una vez que se han determinado los sectores económicos prioritarios, es

menester identificar cuáles son los subsectores, ramas, subramas y clases

prioritarias contenidas en cada sector. Ello con el fin de identificar la

regulación estatal y municipal que podría tener incidencia en el

funcionamiento de dichas actividades económicas.

Lo anterior es necesario dado que cada categoría (subsector, rama,

subrama, clase) cuenta con actividades económicas específicas. Por

ejemplo, el sector de industrias manufactureras cuenta con 21 subsectores,

entre ellos el de industria alimentaria y el de industria química. Al interior de

cada subsector existen clasificaciones aún más desagregadas; en el caso

de industria alimentaria se pueden encontrar 9 ramas, entre ellas la de

matanza, empacado y procesamiento de carne de ganado, aves y otros

animales comestibles, así como el de la molienda de granos y de semillas y

obtención de aceites y grasas. En el caso del subsector de industria química

existen 7 ramas, entre ellas está la fabricación de resinas y hules sintéticos, y

fibras químicas, así como el de fabricación de jabones, limpiadores y

preparaciones de tocador. Dicha estructura continúa, siendo las clases la

Page 38: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

29

última categoría; es decir, las actividades económicas más desagregadas y

específicas que se encuentran dentro de la clasificación del SCIAN.

En este contexto, con el fin de identificar las actividades económicas más

importantes del sector seleccionado, se llevó a cabo un análisis económico

y estadístico similar al de selección de sectores económicos prioritarios. La

diferencia radica en el nivel de desagregación de la información, que para

este ejercicio se realizó a nivel de categoría del SCIAN de clase, con el fin

de tener una desagregación más puntual de las actividades económicas

más importantes para el sector seleccionado. Por ejemplo, uno de los

elementos para seleccionar los sectores prioritarios es el análisis del Valor

Agregado Bruto (VAB) con datos a nivel sectorial. Entonces, uno de los

elementos para la sección de las actividades económicas prioritarias es el

VAB, pero con datos económicos a nivel clase. La lógica anterior se replica

para todos los indicadores utilizados a nivel sector.

En este sentido, se replicaron a nivel de clase los siguientes criterios de

competencia, relevancia sectorial e indicadores: i) Desempeño a nivel clase

conforme al Valor Agregado Bruto (VAB); ii) Índice de Relevancia de las

Unidades Económicas (IRUE); iii) Índice de Dinamismo Empresarial (IDE); iv)

Indicador de Productividad Relativa Intrasectorial (IPRIS); e v) Índice de

Comparación Salarial (ICS). Después de replicar las metodologías e índices

mencionados, se obtuvieron —para cada uno de estos— las clases

prioritarias ordenadas de mayor a menor impacto; con lo anterior, se aplicó

nuevamente la metodología de Distancia a la Frontera, donde cada uno

de los indicadores mencionados se normaliza, creando una frontera igual a

1 para el valor máximo del indicador y 0 para el valor mínimo.

Frontera i =Peor desempeñoi − Sector Observadon,i

Peor desempeñoi − Mejor desempeñoi

Una vez que se obtuvo la Distancia de la Frontera para cada uno de los

indicadores, se realizó un promedio de ésta por cada clase, resultando en

una Frontera promedio para cada clase. A este valor se le ordenó de mayor

a menor con la finalidad de priorizar el análisis regulatorio.

Posterior a la priorización del total de clases para cada sector económico,

el paso siguiente es estudiar la regulación de cada actividad económica en

el orden de la tabla anterior. Para ello se realizó un análisis preliminar en leyes

estatales, reglamentos estatales y reglamentos municipales con el objetivo

de identificar indicios de regulaciones que pudieran impactar el

Page 39: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

30

funcionamiento de estas actividades económicas las cuales son

importantes para el sector seleccionado y para la entidad federativa.

4.3 Análisis regulatorio de los subsectores, ramas, subramas y

clases identificadas como preliminares

Una vez identificados los sectores y las clases que, con base en la Distancia

de la Frontera, son más relevantes en cada uno de los estados, se procede

al análisis de la regulación. Lo anterior, tomando como base los instrumentos

jurídicos incluidos en la base de datos resultante de la Identificación de

regulaciones federales y sub-nacionales para sectores económicos en

México. Dicha base clasifica las regulaciones sustantivas y complementarias

a nivel sub-nacional que pueden incidir en el funcionamiento del sector, más

no analiza la calidad regulatoria.

En este sentido, es importante destacar que:

i) El análisis regulatorio de carácter preliminar incluido en este

documento se hace sobre leyes estatales, reglamentos estatales y

reglamentos municipales, por lo que se dejan fuera instrumentos

jurídicos como acuerdos, circulares y otros instrumentos de menor

jerarquía legal. Estos documentos serán incluidos en el análisis

exhaustivo que se realizara en una etapa posterior del proyecto;

ii) Aunque como resultado del análisis preliminar es posible encontrar

regulaciones que podrían parecer restrictivas, en una segunda

etapa del proyecto se contrastará esta información con un análisis

en campo para conocer la manera en que se implementa dicha

regulación y determinar, por lo tanto, su real impacto sobre la

dinámica competitiva de los mercados, y

iii) Existen regulaciones transversales a todos los sectores económicos

como las correspondientes a las materias de protección civil,

desarrollo urbano y protección del medio ambiente que podrían

tener un impacto adverso en la dinámica de competencia de los

mercados y no han sido incluidas en este análisis preliminar.

El primer paso en este análisis preliminar de la regulación es localizar los

instrumentos jurídicos contenidos en la base de datos para identificar

regulaciones específicas que pudieran implicar una restricción para el

desarrollo de la actividad económica que corresponde a cada una de las

Page 40: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

31

clases priorizadas. Nuevamente, este análisis preliminar se realiza

únicamente a nivel del texto de las normas y no toma en cuenta su

implementación, por lo que sólo provee indicios preliminares del nivel de

restricciones que estas regulaciones podrían generar en los respectivos

mercados.

Para clasificar el tipo de restricción que podrían significar cada una de estas

regulaciones, se utiliza la metodología del Banco Mundial, MCPAT (Markets

and Competition Policy Assessment Tool). De esta manera, al detectar una

norma con potenciales efectos que limitan el crecimiento del sector, se

clasifica en alguna de las categorías de la metodología MCPAT. Dichas

categorías se muestran en la siguiente tabla.

Tabla 4. Identificación de regulación MCPAT

Regulaciones que limitan la entrada o refuerzan la dominancia

Preferencias a determinados

empresarios que merman la entrada

de nuevos empresarios

Serias limitaciones para otorgar licencias

Otorgamiento de licencias con criterios

subjetivos

Preferencias temporales para ciertos

empresarios

Reglas que reducen la entrada y

expansión

Pocas licencias para operar en el sector

Preferencias geográficas

Pocas licencias para operar en ciertas

regiones

Dificultades para transferir licencias o

permisos

Necesidad de la anuencia de otros

empresarios para participar en el

sector

Es necesaria la opinión de otros empresarios

para entrar participar en el sector

Es necesaria la opinión de las Asociaciones

para participar en el sector

Requerimientos injustificados para la

entrada

Exigencia de pronunciamiento a otras

autoridades

Revalidaciones anuales y requisitos

subjetivos

Reglas desiguales entre los empresarios del sector

Promueven derechos desiguales Criterios más estrictos para ciertas empresas

Page 41: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

32

Reglas que benefician de manera directa a

empresas particulares

Los criterios para la aplicación de las

reglas son poco claros

No existen criterios técnicos o sustento para

aplicar las reglas

Los criterios para cancelar/revocar licencias

no son claros o dependen de la autoridad

Empresas públicas reciben tratos

preferenciales

Estado participa directamente en el sector

Reglas que benefician de manera directa a

empresas del Estado

Regulaciones que favorecen los acuerdos entre competidores e incrementan los costos

de competir

Establecen el nivel de precios o

tarifas para ciertos bienes y/o

servicios

El nivel de precios o tarifas depende de la

autoridad

Se limita la provisión de servicios de bajo

costo

Determinan qué tipo de bienes y/o

servicios se pueden ofrecer

Determinación de los horarios en los que se

ofrecen los bienes y/o servicios

Limitaciones a descuentos y promociones

Restricciones a la publicidad

Reglas que facilitan acuerdo entre

empresarios

Se facilita que los empresarios realicen

acuerdos sobre aspectos clave

Asociación juega un rol importante en la

entrada al mercado

Se requiere ser parte de un gremio para

entrar al mercado

Fuente: Banco Mundial

Así, una vez identificada de forma preliminar la regulación con potenciales

efectos restrictivos conforme a la metodología MCPAT, se construye una

base de datos en la cual se encuentran ordenadas las clases priorizadas,

con base en la metodología de la Distancia a la Frontera. En dicha base se

incluye la regulación específica en la clase correspondiente. Cabe destacar

que, dado que este análisis se basa en los instrumentos sustantivos y

complementarios que fueron identificados preliminarmente, las restricciones

ubicadas constituyen únicamente ejemplos que ilustran restricciones

regulatorias a nivel del texto de las normas. Las conclusiones de este análisis

Page 42: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

33

preliminar pueden variar en función del análisis exhaustivo que se realizará

en una etapa posterior del proyecto. La siguiente tabla muestra la

clasificación de los ejemplos de regulaciones restrictivas encontrados.

Tabla 5. Ejemplo de clasificación de regulaciones

Ranking

en la

Distancia

de la

Frontera

Clase Frontera

Promedio

Categoría

MCPAT

Subcategoría

MCPAT

Tipo de

Restricción

1 Clase

1.1 0.90

Regulación que

restringe el

número de

firmas o la

inversión

privada

Derechos

monopólicos y

prohibiciones

absolutas a la

entrada

Exclusividades

Temporales

2 Clase

2.1 0.80

Regulaciones

desiguales para

las empresas

Reglas o

aplicación

discriminatoria en

contra de ciertas

firmas

Requisitos de

licencia más

onerosos

3 Clase

3.1 0.75

Regulaciones

de precios o

que facilitan

prácticas

anticompetitivas

Control de precios Precios fijados por

la autoridad

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

A manera de detalle, en la base de datos se ubica la regulación de la clase

económica correspondiente, en la que se plasma: i) Descripción del

obstáculo regulatorio; ii) Extracto del instrumento jurídico en el cual se

localiza la regulación que se identificó como restrictiva; iii) Ubicación jurídica

–instrumento jurídico y artículo, fracción, inciso o párrafo al que

corresponda–; iv) Liga electrónica del sitio web en el cual pude ser

consultado el instrumento jurídico, y v) tipo de obstáculo regulatorio. Lo

anterior permite mapear algunos ejemplos de la regulación que podría ser

restrictiva para cada clase económica en el estado o municipio y, con ello,

establecer elementos adicionales de análisis. Así, se podrá determinar las

Page 43: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

34

actividades económicas que se propondrían como prioritarias a las

autoridades sub-nacionales correspondientes.22

5. Selección de la actividad económica prioritaria

El siguiente paso es elegir la actividad económica prioritaria en la que se

centrarán las propuestas para las autoridades sub-nacionales

correspondientes. Es importante aclarar que la actividad económica

prioritaria definida puede llegar a contener una o varias clases, subramas,

ramas e incluso subsectores íntegros, dependiendo de la relevancia

económica de estas categorías y de los posibles obstáculos regulatorios

encontrados para cada clase afectan de manera transversal a una o varias

clases, subrama, ramas y/o subsectores.

Así, la elección de la actividad económica prioritaria comienza con el

análisis de la información contenida en la lista de clases, ordenadas por su

desempeño económico, y sus regulaciones posiblemente restrictivas. En el

siguiente esquema podemos observar que el primer paso es la identificación

de posibles regulaciones restrictivas que atañen a una clase o que afectan

transversalmente a toda la rama23 (o subsector o sector).

Ilustración 2. Ejemplo de análisis de clases en la Distancia de la Frontera

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

22 Es importante mencionar que no en todos los instrumentos jurídicos se logran identificar regulaciones

específicas para cada una de las clases en particular. Sin embargo, se pueden identificar

regulaciones que de manera transversal afectan varias clases del sector.

23 A manera de ejemplo se dice que afecta a una sola Rama, pero en la práctica la regulación de la

Clase puede afectar a una subrama, rama, o subsector.

Page 44: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

35

En razón de lo anterior, podemos identificar que la Clase X, que se encuentra

en los primeros lugares de la clasificación, cuenta con alguna regulación

específica. Sin embargo, una Clase Y, con un desempeño más bajo que la

Clase X, tiene una regulación que podría afectar a toda la Rama (o

subsector o sector) al que pertenece.

Por ello, se selecciona aquella actividad económica que genera mayor

impacto económico en el estado y que, a su vez, cuenta con indicios de

obstáculos regulatorios relevantes que podrían limitar el desempeño. Para el

caso del ejemplo anterior, reformar los obstáculos regulatorios contenidos en

la Clase Y inciden en toda una serie de distintas actividades económicas

(Rama Y), mientras que reformar los obstáculos de la Clase X incide

únicamente en una actividad.

Ilustración 3. Ejemplo de selección de Actividad Económica Prioritaria

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana.

Por lo anterior, se determina que la actividad económica prioritaria es la

Rama Y (la cual se renombra con términos ciudadanos), ya que agrupa

diferentes actividades económicas relevantes que, a su vez, están reguladas

por los mismos instrumentos jurídicos. Por tanto, en caso de llevar a cabo una

reforma regulatoria y administrativa en la Rama Y, se estaría incidiendo de

forma positiva en el ambiente de negocios.

Un ejemplo de lo anterior se puede ver reflejado en la Clase 461211

“Comercio al por menor de vinos y licores” perteneciente al sector

46-49 “Comercio al por menor” en Guerrero.

Una regulación que afecta a toda la Rama se encuentra en el artículo

12 del “Ley Número 449 que Regula la Venta y el Consumo de Bebidas

Alcohólicas del Estado de Guerrero.”, que establece que:

Page 45: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

36

“Artículo 12. En los hoteles, moteles y demás similares, sólo podrán

funcionar anexos de bar, cantina, cervecería o servi-bar, cuando se

cuente con servicio de restaurante”.

Esta regulación limita la oferta de productos en el sector, complicando la

facilidad para hacer negocios. Además, discrimina a los hoteleros pequeños

que no cuenten con servicio de restaurante en su establecimiento. En

relación con lo anterior, esta metodología para identificar las actividades

económicas prioritarias permite ubicar sectores y clases económicas

relevantes, así como obstáculos regulatorios que, mediante reformas

regulatorias y administrativas, puedan mejorar las condiciones actuales en

las que operan empresas, individuos y hogares para cada sector.

6. Identificación de indicios de obstáculos regulatorios por sector

Con la finalidad de determinar los tres sectores prioritarios que serán objeto

del análisis para identificar las principales fallas regulatorias que afecten el

crecimiento y desarrollo económico de los sectores y, así, proponer reformas

que permitan impulsar la competitividad y la productividad de las empresas,

se llevaron a cabo mesas de trabajo con funcionarios públicos del estado

de Guerrero. Tomando como base la propuesta de seis sectores realizada

por la CONAMER y el equipo de Justicia Cotidiana, la cual derivó de un

análisis económico, estadístico y regulatorio específico para la entidad, se

identificaron los siguientes sectores:

a) Industrias manufactureras;

b) Comercio al por menor;

c) Construcción e Infraestructura;

d) Transporte y Almacenamiento;

e) Industria Agrícola; y

f) Servicios Profesionales.

En este sentido, el Secretario Desarrollo Económico Guerrero envió un oficio

al Director General de la CONAMER manifestando el compromiso de

participar y gestionar las medidas necesarias dentro del Estado para realizar

el Proyecto mencionado. Dicho esto, los 3 sectores prioritarios que definieron

para el estado fueron:

a) Industrias Manufactureras;

Page 46: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

37

b) Comercio al por menor;

c) Construcción e Infraestructura.

Posteriormente, se celebraron reuniones en Guerrero con autoridades

estatales y municipales, así como con representantes de privados de los tres

sectores prioritarios del estado y del municipio. A continuación, se presenta

la lista de actores que participaron en las mesas de trabajo.

Tabla 6. Resumen de entrevistas con actores clave

Transversales estatal

Secretaría de Protección Civil del Estado de Guerrero

Secretaría de Economía de la Delegación Guerrero

Transversales municipal

Secretaría de Finanzas del Municipio de Acapulco de Juárez

Dirección General de Ecología y Protección al Medio Ambiente del Municipio

de Acapulco de Juárez

Sector Comercio: autoridades regulatorias

Contraloría y Transparencia Gubernamental

Secretaría de Salud

Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del municipio de Acapulco

Dirección de Mercados y Centrales

Secretaría de Planeación y Desarrollo Económico del Municipio de Acapulco de

Juárez

Comisión para la Protección Sanitaria del Estado de Guerrero

Funcionario del Sistema de Apertura Rápida de Empresas

Sector Comercio: representantes del Sector Privado

Cámara Nacional de Comercio y Servicios Turísticos (CANACO-SERVITUR)

Sector Construcción: Autoridades reguladoras

Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial del

Estado de Guerrero

Secretaría de Obras Públicas del Estado de Guerrero

Secretaría de Fomento y Desarrollo Económico del Estado de Guerrero

Registro Público de la Propiedad, del Comercio y Crédito Agrícola

Sector Construcción: Representantes del sector Privado

Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Guerrero

Colegio de Ingenieros-Arquitectos del Estado de Guerrero

Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC)

Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda

(CANADEVI)

Asociación de Materialistas A.C.

Sector Industrias Manufactureras: Autoridades regulatorias

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del Estado de

Guerrero

Page 47: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

38

Secretaría de Fomento y Desarrollo Económico del Estado de Guerrero

Secretaría de Desarrollo Social

Sector Industrias Manufactureras: Representantes del Sector Privado

Cámara Nacional de la Industria de Transformación

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

6.1 Construcción e infraestructura

El sector Construcción e Infraestructura es el cuarto sector de mayor

aportación al producto interno bruto del estado de Guerrero. La

construcción e infraestructura participa con el 9% del PIB estatal, aportando

el 32% de las unidades económicas del sector. Asimismo, este sector fue el

segundo con mayor nivel (6.7%) de inversión extranjera directa en 2012.

Ahora bien, en cuanto al análisis regulatorio preliminar elaborado se

identificaron 31 fallas regulatorias que podrían representar obstáculos para

el desarrollo y crecimiento del sector comercio en el estado. A continuación,

se presenta una tabla sobre los principales temas abordados en el sector

comercio.

Tabla 7. Lista de regulaciones identificadas en el sector

Clasificación Regulaciones

Plan de Desarrollo Urbano 1

Construcción en términos generales 4

Consultores Externos 2

Licencias de Construcción 1

Obras Públicas 2

Total 10

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

6.1.1 Plan de Desarrollo Urbano

La autoridades expusieron que los planes de desarrollo urbano de varios

municipios del estado no están actualizados; por ejemplo, Chilpancingo

tiene un plan director que data del año 1983 y que en la actualidad, sólo 7

municipios tienen un plan director de desarrollo urbano.

A pesar de que está evidentemente desactualizado, las nuevas

factibilidades de uso de suelo tienen que basarse en este Plan de Desarrollo

Urbano. Las autoridades municipales consideran que no hay coordinación

entre autoridades municipales y estatales debido a que tienen diferentes

funciones.

Page 48: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

39

La autoridad estatal considera que ellos como estado deben tomar

iniciativa para decirle a cada municipio lo que tienen que hacer en relación

con su Plan de Desarrollo Urbano. Ello con fundamento en la reciente Ley

General de Asentamientos Humanos, la cual establece en el artículo 101

que

[L]a Federación, las entidades federativas, los municipios y las

Demarcaciones Territoriales, sujetos a disponibilidad presupuestaria,

fomentarán la coordinación y la concertación de acciones e

inversiones entre los sectores, público, social y privado para la

adecuación y actualización de las disposiciones jurídicas locales en

materia de Desarrollo Urbano.

Al respecto se considera de suma importancia fomentar la participación de

los municipios para actualizar sus Planes de Desarrollo Urbano, para así

brindar mayor certidumbre jurídica a los nuevos empresarios que deseen

instalarse en cualquier municipio del estado. De este modo se reduciría la

posibilidad de que los funcionarios cometan discrecionalidades

relacionadas con el otorgamiento de las licencias de construcción y de

funcionamiento.

6.1.2 Construcción en términos generales

Discrecionalidad

Facultad de la autoridad municipal de establecer restricciones para la

construcción o uso de bienes inmuebles. El Reglamento de Construcción

para los municipios del Estado de Guerrero establece en el artículo 34 que

los ayuntamientos pueden establecer en los Programas Parciales las

restricciones que juzguen necesarias para la construcción o para uso de los

bienes inmuebles ya sea en forma general, en fraccionamientos, en lugares

o predios específicos, las cuales debe dejar asentadas en los permisos,

licencias o constancias de alineamiento o zonificación que expida,

quedando obligados a respetarlas. Respecto a este artículo se logró

detectar que las restricciones necesarias para la construcción o uso de los

bienes inmuebles no son claras u objetivas, por lo que deberían esclarecerse

para evitar discrecionalidades o ambigüedades.

Page 49: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

40

No existen criterios para otorgar licencias de construcción en predios

colindantes con aeropuertos. El Reglamento de Fraccionamiento de

Terrenos para el Municipio de Acapulco establece en el artículo 39.

Artículo 39. No se podrán construir, nos e autorizará el establecimiento

de ningún tipo de fraccionamiento colindante con aeropuertos ni

aeropistas, no en las inmediaciones o zonas de influencia sin que

observen y garanticen las restricciones que para el efecto señala la

Dirección General de Aeronáutica Civil, dependiente de la Secretaría

de Comunicaciones y Transportes.

El artículo no prohíbe totalmente este tipo de construcciones en las zonas

establecidas en la regulación; pero sí las limita debido a la falta de claridad

respecto a los requisitos que deben cumplirse. Al respecto, las autoridades

estatales comentaron que existen desarrollos habitacionales en zonas

aledañas al aeropuerto, debido a que en algunas administraciones los

funcionarios han otorgado licencias de construcción de manera “especial”.

Esta problemática podría solucionarse si existieran reglas claras respecto a

los requisitos y la unidad administrativa competente para dar trámite y

resolución a este tipo de licencias de construcción. Así pues, este artículo se

tendría que reformar con el fin de regularizar las construcciones ya existentes

y establecer los criterios relacionados con eficiencia gubernamental como

la unidad administrativa encargada de recibir y dictaminar la solicitud, el

plazo de respuesta, los requisitos, la vigencia de la solicitud, el proceso del

trámite y los medios de presentación.

La autoridad podrá reservarse el derecho de renovar o no la licencia de

construcción. La Ley Número 994 de Planeación del Estado de Guerrero

establece que en ningún caso el programa de obras y los plazos de

ejecución podrán exceder el término de dos años, periodo de vigencia de

la licencia de construcción; no obstante, la autoridad puede reservarse el

derecho de renovar o no la licencia concedida y de solicitar los ajustes o las

modificaciones a que dé lugar la renovación solicitada. Al respecto el sector

empresarial consideró que el tiempo de vigencia es suficiente en la mayoría

de las ocasiones para terminar la obra, pero en caso de no ser así, pueden

renovar la licencia fácilmente. A pesar de que este artículo no representa

un obstáculo inminente para los privados, si podría ser un problema en el

futuro, debido a que no son claros los criterios que deberían de tomarse para

poder renovar la licencia, lo cual podría crear un ambiente de

Page 50: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

41

incertidumbre respecto a la legalidad bajo la cual pueden seguir sus

actividades los empresarios, así como generar brechas para la actuación

discrecional de los funcionarios encargados de aplicar la ley.

Cálculo del valor catastral y predial

La Ley 676 de Catastro Municipal del Estado de Guerrero, en su artículo 22

establece ciertas medidas para determinar el valor catastral de cada

predio, de este modo, se aplican los valores unitarios para el terreno y para

los diferentes tipos de construcción.

Los agentes privados mencionaron que se prevé con la Subsecretaria de

Desarrollo Urbano la diversificación del cobro del Impuesto Predial, y

propusieron tomar como referencia a municipios como Ensenada, en el que

se puede gravar sólo el suelo (base suelo), y no la propia construcción. Para

ejemplificar se cita el artículo enseguida. El Artículo 2 de la Ley de Ingresos

del Municipio de Ensenada, Baja California expone lo siguiente

“El Impuesto Predial, se causará de acuerdo a lo que se establece en

la Ley de Hacienda Municipal y Ley del Catastro Inmobiliario, ambas

del Estado de Baja California, así como en el Reglamento del Catastro

Inmobiliario para el Municipio de Ensenada, B.C., de conformidad con

la Tabla de Valores Catastrales Unitarios, elaborada por el Consejo

Municipal del Catastro Inmobiliario de Ensenada, y aprobada por el

Congreso del Estado para el Municipio de Ensenada, Baja California. El

monto del Impuesto Predial se determinará multiplicando el valor

catastral unitario por el número de metros cuadrados que corresponda

a la superficie de cada predio, aplicándose al resultado las siguientes:

[…]”24.

Este nuevo sistema podría reducir costos para los privados porque prescinde

de los peritos valuadores, y utiliza las nuevas tecnologías para generar

automáticamente los valores con un software.

Cambio de uso de suelo

Anuencia vecinal como requisito para otorgar cambio de uso de suelo.

Respecto al cambio de uso de suelo, las autoridades mencionaron que sí se

24 Periódico Oficial del Estado de Baja California, Ley de Ingresos del Municipio de Ensenada, No. 60,

México, 2015

Page 51: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

42

toma en cuenta la anuencia vecinal para el cambio de uso de suelo de los

establecimientos conocidos como como gaseras o gasolineras. Derivada de

la búsqueda de tal regulación en los distintos instrumentos jurídicos, no se

pudo encontrar evidencia sobre la solicitud del requisito de anuencia

vecinal. Al no existir dicha regulación, no debería solicitarse la opinión

vecinal para el cambio de uso de suelo. No obstante resulta necesaria

realizar la consulta, se propone establecer de manera clara la mayoría por

la que se tendrá como cumplido el requisito de anuencia vecinal.

La autoridad de Medio Ambiente debería ser la encargada de emitir las

autorizaciones de cambio de uso de suelo. Además consideran que el

cabildo sea el responsable de otorgar el cambio de usos de suelo, es

ineficiente debido a que la mayoría de las ocasiones no tienen idea del

impacto ecológico que podría ocasionar. De este modo, consideran que

quien debería regular y emitir autorizaciones de cambio de uso de suelo es

la autoridad de medio ambiente, debido a que es la especializada y

capacitada para saber qué tipo de impacto genera.

Por su lado, la autoridad comentó que, en el Nuevo Plan Director de

Desarrollo Urbano, el artículo 29 establece que ya no habrá más cambios de

uso de suelo, lo cual, derivado de la investigación, no es posible confirmar;

puesto que según el Programa Director de Desarrollo:

“La Secretaría, tendrá facultad previa consulta con el Consejo de

Urbanismo de autorizar el cambio de uso del suelo siempre y cuando

sea para equipamiento urbano compatible en la zona y se conserve

la morfología arquitectónica de la construcción.”25

Los privados comentaron que el procedimiento para el cambio de uso de

suelo no es claro.

Anuencia vecinal

La Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del

Estado de Guerrero, en Materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera, contempla la figura de anuencia vecinal,

la cual se ejerce una vez que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos

25http://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp-

content/uploads/marcojuridico/planes/PDDU_NORMAS_COMPLEMENTARIAS.pdf

Page 52: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

43

Naturales (SEMAREN) recibe la Manifestación de Impacto Ambiental e

integra el expediente respectivo. La SEMAREN, a solicitud de cualquier

persona de la comunidad de que se trate, podrá llevar a cabo una consulta

pública, conforme a las bases que se establezcan en el Reglamento en la

materia de la presente Ley.

Las autoridades de Desarrollo Urbano comentaron que sí se solicita una

anuencia municipal en algunos casos como en los fraccionamientos. Los

entrevistados explicaron que ésta se debería realizar mediante la colecta

de firmas de casa en casa, pero en realidad es otorgada por el presidente

de cada fraccionamiento de manera su discrecionalidad. Como ejemplo

se mencionó que en algún momento el presidente del fraccionamiento

estuvo otorgando las anuencias para que en el fraccionamiento Joyas

hicieran condominios, debido a esto, los miembros del fraccionamiento se

quejaron inmediatamente.

6.1.3 Consultores externos

En el orden estatal no está regulada la figura de Director Responsable de

Obra, ni la de corresponsable. Por lo que las autoridades estatales

comentaron que se prevé modificar la Ley y que puntualmente se agregue

un capítulo en el que se establezca la necesidad de Directores

Responsables de Obra, peritos valuadores, corresponsables de obra, etc. Al

no estar regulada la figura, los municipios la incorporan en sus propios

instrumentos jurídicos. Así pues, en Acapulco, el Titulo Tercero del

Reglamento de Construcciones para el Municipio de Acapulco regula tanto

a los Directores Responsable de Obra como a los Corresponsables. A

continuación se explicarán cada uno.

Directores Responsables de Obra

El artículo del Reglamento de Construcciones para el municipio de

Acapulco define al Director Responsable de Obra como la persona física

que se hace responsable de la observancia de este Reglamento en las

obras para las que otorgue su responsiva. La calidad de Director

Responsable de Obra, se adquiere con el registro de la persona ante la

Comisión, habiendo cumplido previamente con los requisitos establecidos

en el artículo 44 de este Ordenamiento, entre los que se encuentra acreditar

ante la Comisión, que conoce de diversos ordenamientos relacionados con

desarrollo urbano mediante la presentación de un dictamen favorable

Page 53: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

44

emitido por el Comité Técnico de la Comisión Municipal de Admisión de

Directores Responsables de Obra y Corresponsables a que se refiere el

Artículo 52.26

Corresponsables

Por su lado, el Corresponsable es la persona física con los conocimientos

técnicos adecuados para responder en forma solidaria con el Director

Responsable de Obra, en todos los aspectos de las obras en las que otorgue

su responsiva, relativos a la seguridad estructural, diseño urbano y

arquitectónico e instalaciones según sea el caso. La responsiva de los

corresponsables, es obligatoria para obtener la licencia de construcción en

determinados casos27. Existen 3 tipos de corresponsables: Corresponsable en

Seguridad Estructural, Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico,

Corresponsable en instalaciones.

En relación con el tema, tanto las autoridades estatales como los agentes

privados llegaron a la conclusión de que la figura de los Directores

Responsables de Obra en el estado de Guerrero no está establecida como

la única que puede emitir un dictamen estructural, es así que los

Corresponsables Estructurales previamente acreditados también pueden

realizarlo. Al respecto, durante las entrevistas realizadas con agentes

privados, se constató que tanto los Directores Responsable de Obra como

los corresponsables sólo pueden ejercer en el municipio en el que se

certificaron. Lo anterior podría obedecer a que no existe un registro estatal.

6.1.4 Licencias de construcción

Los requisitos de las licencias de construcción no concuerdan entre los que

solicitan los funcionarios y lo establecido en el reglamento. Las autoridades

municipales de Acapulco mencionaron que los requisitos para obtener la

Licencia de Construcción en el Municipio de Acapulco son: i) solicitud por

duplicado (impreso), ii) copia de la constancia de alineamiento, iii) cuatro

tantos del proyecto arquitectónico, iv) dos tantos del proyecto de

instalaciones, v) dos tantos del proyecto estructural y memoria del cálculo,

vi) Visto Bueno de la asociación de colonos en su caso, vii) la solicitud, los

planos y la memoria de cálculo deberán estar firmados por el propietario ,

26 Artículo 44, Fr. II del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Acapulco

27 Artículo 46 del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Acapulco

Page 54: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

45

el Director Responsable de Obra y los corresponsables que correspondan en

su caso y, viii) pago de derechos. El tiempo de respuesta de este trámite es

de 20 días hábiles28; asimismo, es emitida por la Dirección de Desarrollo

Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología del

Municipio de Acapulco. El costo varía dependiendo de lo establecido en la

Ley de Ingresos.

En relación con los requisitos proporcionados por las autoridades del

municipio de Acapulco, se observa que existen algunos aspectos que no

concuerdan con lo establecido en el Reglamento de Construcción del

Municipio de Acapulco. El primero es que la autoridad solicita dos tantos del

proyecto de instalaciones, mientras que el reglamento no menciona en

ninguna parte este requisito; el segundo, es que se solicitan dos tantos del

proyecto estructural, mientras que el reglamento sólo menciona un tanto,

en tercer lugar, se solicita la memoria del cálculo, la cual no se menciona

en el reglamento y por último el artículo 56 del Reglamento de Construcción

del Municipio de Acapulco establece 10 días hábiles para emitir la licencia,

mientras que el formato de requisitos establece 20 días.

6.1.5 Obras públicas

Padrón de contratistas

Falta de claridad sobre el certificado de capacitación. El artículo 31 de la

Ley de Obras Públicas y Servicios del Estado de Guerrero establece los

requisitos para que las personas interesadas se inscriban en padrón de

contratistas del Estado, entre los que está, la Constancia de capacidad del

personal que labora en la empresa, expedida por la cámara de la Industria

de la Construcción, por la Secretaría del Trabajo o por cualquier institución

autorizada por la Secretaría de Educación Pública. Al respecto, los privados

expresaron que sólo las Cámaras pueden expedir esos certificados, aunque

las autoridades aclararon que también aceptan las constancias expedidas

por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, como se establece en la ley.

Al respecto hace falta información sobre cómo la Secretaría puede emitir

este tipo de certificación.

Falta de claridad en requisitos. Se recomienda reformar el artículo 31 de la

Ley de Obras Públicas y sus Servicios del Estado de Guerrero, a fin de

28 10 días hábiles según el artículo 56 del Reglamento de Construcción del municipio de Acapulco

Page 55: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

46

homologar los requisistos solicitados para la inscripción al Padrón de

Contratistas de Obras Públicas en la página de internet que nos proporcionó

la autoridad29 y los establecidos en la propia Ley.

Los requisitos adicionales a los establecidos en la Ley son:

i) Formato PC-1. Debidamente requisitado.

ii) Solicitud. Escrito dirigido al titular de la Secretaría de Desarrollo

Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, solicitando la

inscripción al Padrón de Contratistas e indicando las

especialidades que la persona física o moral requiere, según su

experiencia comprobable. Agregar al final del escrito la leyenda

"Manifiesto bajo protesta de decir verdad que los documentos e

información proporcionada son fidedignos y veraces".

iii) Currículum. De la persona física o moral, incluyendo su

organigrama y personal que soporte el mismo. Deberá acreditar su

experiencia en obras similares a las especialidades que solicita

mediante contratos y Actas de Entrega Recepción.

iv) Representante Técnico. Escrito de aceptación del representante

técnico, con los datos básicos. Anexar copia de la cédula

profesional.

v) Información Digital. Se entregará un disco compacto con todos los

documentos digitalizados que comprenden estos requisitos.

vi) Registro en el SIEM. Copia legible de registro emitido por el Sistema

de Información Empresarial Mexicano (SIEM).

vii) Página WEB del Contratista. Copia de la presentación física de la

página web.

También se recomienda hacer claras las siguientes especificidades en la Ley

ya que existen similitudes, pero algunos detalles no son mencionados en la

Ley:

i) Declaración Fiscal. Del ejercicio inmediato anterior. En el caso de

que su declaración fiscal no presente el anexo donde se refleje su

estado de situación financiera, o que esté reportada en ceros, así

como las empresas de nueva creación que no presentan aún

29http://guerrero.gob.mx/tramites/requisitos-de-inscripcion-al-padron-de-contratistas-de-obras-

publicas-anexo-r-1-2/

Page 56: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

47

declaración fiscal, deberán anexar un balance general, avalado

por un contador público certificado o registrado.

ii) Facturas de Maquinaria y/o equipo. Expedidas a nombre de la

persona física o moral, de maquinaria o equipo (para obras

públicas o proyectos), presentar original y copia para cotejar.

Debe contar con un mínimo de maquinaria y/o equipo de su

propiedad, (mínimo revolvedora y vibrador). En caso de préstamo

de la maquinaria y equipo, deberá presentar contrato de

comodato.

iii) Domicilio en el Estado. Escrito en el que manifieste el domicilio en

el Estado de Guerrero para oír y recibir todo tipo de notificación y

comprobante del mismo con antigüedad menor de tres meses, así

como números telefónicos y correo electrónico para su

localización.

iv) Domicilio Fiscal. Con respecto a las empresas foráneas, también

deberán anexar el documento de apertura de sucursal o

establecimiento en el Estado, expedido por el Servicio de

Administración Tributaria, así como el contrato de arrendamiento

en su caso.

Ineficacia del padrón de contratistas. Los privados relacionados con el

sector, comentaron que el padrón de contratistas sólo se aplica enlas obras

en las que intervienen varias dependencias. En caso de que una

dependencia requiera una obra y ésta sea la que la licite, el contratista

debe inscribirse en el padrón de esta dependencia. Esto ocasiona que

durante el mes de junio todos los contratistas vayan a refrendar su inscripción

con todas las dependencias del estado y gasten todo el día para

actualizarse.

Preferencias a locales.

Las autoridades del estado de Guerrero comentaron que dentro de los

“Compromisos por la estabilidad económica”30; el gobernador estableció

30 Artículo Primero. Se establecen los Compromisos para la Estabilidad y Desarrollo del Estado de

Guerrero, por medio de los cuales se fijan los lineamientos generales de racionalidad, austeridad y

disciplina presupuestal de la Administración Pública Estatal Centralizada y Paraestatal para el ejercicio

fiscal 2017, que serán los siguientes: 7. Continuar dando preferencia a los constructores guerrerenses

en la contratación de la obra pública, así como de los proveedores de bienes y servicios, dentro del

marco normativo. Consultado en:

http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:H6GzEmEDZUsJ:201.159.134.38/obtener

Page 57: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

48

que se debería de tratar de dar preferencia para la contratación de obras

públicas a las empresas guerrerenses. Esto no quiere decir que sólo entren

empresas originarias del estado, puesto que en palabras de la autoridad “no

se puede negar la entrada ni la participación de gente que se encuentre

capaz”, además están permitidas las asociaciones con personas que no son

de la entidad. Al respecto, se propone no mantener esta medida de manera

permanente, puesto que para ello es necesario realizar estudios económicos

periódicos para identificar cómo han beneficiado o afectado a la

economía estatal.

6.2 Industria Manufacturera

El sector de las industrias manufactureras en el estado se posiciona como el

sector con mayor aportación al PIB estatal (29% del total), lo que se traduce

en que 1 de cada 5 trabajadores pertenecen a este sector. Una de cada

10 empresas se dedica a esta actividad, lo que equivale a una aportación

del 12% de las empresas. El sector ha decrecido en 5 años 6%, lo cual, indica

una tendencia inferior al promedio de la región Suroeste (49%). Por último,

los salarios del sector en el estado son 55% menores que en el resto de las

entidades.

Ahora bien, en cuanto al análisis regulatorio preliminar elaborado se

identificaron 11 regulaciones que podrían representar obstáculos para el

desarrollo y crecimiento del sector Construcción. A continuación, se

presenta una tabla sobre los principales temas abordados.

Tabla 8. Lista de regulaciones identificadas en el sector

Clasificación Regulaciones

Gaseras y gasolineras 1

Medio Ambiente 5

Protección Civil 2

Total 8

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

6.2.1 Gaseras y gasolineras

Duplicidad de trámites en materia de Protección Civil. Las autoridades

expusieron que no hay regulación relacionada con las gaseras y sus

doc.php%3Fpath%3D/Documentos/ESTADO/GUERRERO/o1572714.doc%26nombreclave%3Do157271

4.doc+&cd=4&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx

Page 58: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

49

medidas de seguridad, en este sentido, no obstante, fue posible encontrar

en la Ley 455 de Protección Civil del estado de Guerrero que todo

establecimiento de bienes o servicios que use gas natural o licuado de

petróleo como carburante, para poder operar deberá contar con un

dictamen favorable de sus instalaciones, emitido por una unidad

verificadora especializada en esta materia31. Esta misma función

desempeña la Dirección Municipal de Protección Civil, dispuesta en artículo

37 del Reglamento de Protección Civil del municipio de Acapulco, el cual

establece que

“La Dirección inspeccionará, controlará y vigilará la debida

observancia y cumplimiento de las normas y disposiciones emitidas por

las instancias responsables en cada materia, en las empresas que sus

instalaciones representen algún riesgo para la integridad física de los

ciudadanos, como: Estaciones de servicio; plantas de almacenamiento

y distribución de Gas L.P[…]”

Las autoridades estatales consideran que las medidas de seguridad

deberían ser revisadas por la Secretaría de Protección Civil de Guerrero y

que la constancia de uso de suelo para que se pueda instalar un

establecimiento de este tipo debería ser revisado por el municipio. Las

gasolineras y gaseras deben de aprobar criterios de protección civil tanto

estatales como municipales, lo que podría generar duplicidad en los

trámites.

6.2.2 Medio Ambiente

Discrecionalidad

La Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del

Estado de Guerrero, en Materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera no se establece claramente quiénes son las

autoridades responsables de aplicar la normatividad. El artículo 55 es

confuso debido que menciona que la SEMAREN evaluará la Manifestación

de Impacto Ambiental y emitirá la resolución fundada y motivada

correspondiente, pero no aclara que unidad administrativa es la que se

encargará de realizar dicha evaluación.

31 Artículos 64 y 65 de la Ley Número 455 de Protección Civil del Estado de Guerrero.

Page 59: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

50

Duplicidad de trámites

El artículo 50 de la Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al

Ambiente del Estado de Guerrero, en Materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera establece que para determinadas obras32,

la SEMAREN, a su juicio notificará a las dependencias de los Gobiernos

federales, estatales y municipales según corresponda, que ha recibido la

Manifestación de Impacto Ambiental respectiva, a fin de que emitan sus

observaciones en materia de su respectiva competencia. No obstante, la

autorización que expida la SEMAREN, no obligará en forma alguna a las

autoridades locales para expedir las autorizaciones que les corresponda en

el ámbito de sus respectivas competencias. Al respecto, la regulación

conlleva la duplicidad de trámites en materia ambiental; puesto que la

autorización que expide la SEMAREN, no obliga en forma alguna a las

autoridades locales lo que deja abierta la posibilidad de las autoridades

municipales para solicitar otro estudio de impacto ambiental bajo sus

propios criterios. Del mismo modo, el Reglamento de la Ley de Equilibrio

Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental, en

su artículo 43 también contempla la presentación de una Manifestación de

Impacto Ambiental Federal, Estatal y/o Municipal.

Al respecto, los privados comentaron que tanto las autoridades estatales

como las municipales les solicitan un permiso relacionado con la

Manifestación de Impacto Ambiental, lo que provoca gastos adicionales de

recursos. Por ello, consideran que la autorización ambiental debería de servir

para todos los órdenes de gobierno.

Las autoridades municipales consideran que debería incorporarse un

dictamen de ecología para las licencias de funcionamiento. No obstante,

otra autoridad municipal comentó que en el orden municipal también se

32 ARTÍCULO 45.- Corresponde a la SEMAREN, evaluar el impacto y riesgo ambiental de las obras y

actividades siguientes: II.- Obras hidráulicas de competencia estatal y municipal; III.- Vías estatales y

municipales de comunicación, incluidos los caminos rurales; V.- Exploración, explotación y extracción

de las sustancias minerales a excepción de las que competan a la Federación, que constituyan

depósitos de naturaleza semejante a los componentes de los terrenos tales como roca y demás

materiales pétreos o productos de su descomposición VIII.- Obras y actividades en Áreas Naturales

Protegidas competencia del Estado, de acuerdo a los lineamientos contenidos en sus respectivos

planes de manejo; IX.- Obras y actividades que estando reservadas a la Federación, se descentralicen

al Estado, mediante instrumento jurídico y que requieran de la evaluación del impacto y riesgo

ambiental; XI.- Conjuntos habitacionales, condominales, fraccionamientos y nuevos centros de

población;

Page 60: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

51

cuenta con una autorización de impacto ambiental. Así mismo, agregaron

que existe falta de coordinación entre la Secretaría de Medio Ambiente y

Recursos Naturales de Guerrero y la Dirección Municipal de Ecología ya que

suelen solicitar dos documentos de medio ambiente dentro del mismo

estado. Las autoridades explicaron que las Manifestaciones de Impacto

Ambiental no están apegadas a las normas del orden estatal lo que provoca

que se retrasen las licencias de funcionamiento y de construcción entre dos

o tres meses.

Anuencia vecinal

La Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del

Estado de Guerrero, en Materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera, contempla la figura de anuencia vecinal,

la cual se ejerce una vez que la SEMAREN recibe la Manifestación de

Impacto Ambiental e integra el expediente respectivo. La SEMAREN, a

solicitud de cualquier persona de la comunidad de que se trate, podrá llevar

a cabo una consulta pública, conforme a las bases que se establezcan en

el Reglamento en la materia de la presente Ley. Al respecto, las autoridades

comentaron que sí se solicita una anuencia vecinal en caso de querer

instalar una nueva industria. Una buena práctica en la materia es obedecer

el uso de suelo, establecer la mayoría por la cual se tendrá por aceptada la

anuencia vecinal, así como aclarar que esta opinión no es vinculante.

Ausencia de criterios

La Ley Número 878 del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del

Estado de Guerrero, en Materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera, establece como requisito para la

realización de determinadas obras o actividades a que se refiere el artículo

4533 de la misma, la presentación de un informe preventivo en lugar de una

33 ARTÍCULO 45.- Corresponde a la SEMAREN, evaluar el impacto y riesgo ambiental de las obras y

actividades siguientes: I.- Obras y actividades destinadas a la prestación de un servicio público o para

el aprovechamiento de recursos naturales no reservados a la Federación; II.- Obras hidráulicas de

competencia estatal y municipal; III.- Vías estatales y municipales de comunicación, incluidos los

caminos rurales; IV.- Parques, corredores y zonas industriales, donde no se prevea la realización de

actividades altamente riesgosas y aquellas que no estén reservadas a la Federación; V.- Exploración,

explotación y extracción de las sustancias minerales a excepción de las que competan a la

Federación, que constituyan depósitos de naturaleza semejante a los componentes de los terrenos

tales como roca y demás materiales pétreos o productos de su descomposición; VI.- Instalaciones de

tratamiento, recicladoras y sitios de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley de la materia; VII.- Desarrollos turísticos públicos o privados,

Page 61: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

52

Manifestación de Impacto Ambiental. Sin embargo, en ningún artículo

dentro de la Ley o reglamento de la misma se establecen los elementos

calificados en el pilar de eficiencia gubernamental como son: la definición

de informe preventivo, cuál es la unidad administrativa encargada de

dictaminar, la lista de requisitos necesarios, la vigencia del trámite, el pago

de los derechos, el criterio de resolución y el medio de presentación.

En el Reglamento de esta misma ley tampoco se clarifica cuál es la unidad

administrativa responsable de emitir la licencia ambiental de

funcionamiento ni la cedula de operación anual estatal.

Descarga de aguas residuales

De igual manera, en la Ley de Aguas para el Estado libre y Soberano de

Guerrero, no se establecen los requisitos necesarios, ni los medios de

presentación para obtener el permiso de descarga solicitado en el artículo

25 de este mismo ordenamiento. En esta misma ley se contempla el trámite

“constancia de factibilidad de servicios”; sin embargo, no fue posible

encontrar el plazo máximo para dar resolución, la vigencia del trámite, el

pago de derechos, el proceso del trámite y los medios de presentación.

6.2.3 Protección Civil

Ausencia de criterios

La Ley Número 455 de Protección Civil del Estado de Guerrero no es clara

en cuanto a que la regulación relacionada con el Programa Interno de

Protección Civil34 no establece los elementos relacionados con eficiencia

gubernamental como son: los requisitos del trámite, el tiempo máximo para

que no estén reservados a la Federación; VIII.- Obras y actividades en Áreas Naturales Protegidas

competencia del Estado, de acuerdo a los lineamientos contenidos en sus respectivos planes de

manejo; IX.- Obras y actividades que estando reservadas a la Federación, se descentralicen al Estado,

mediante instrumento jurídico y que requieran de la evaluación del impacto y riesgo ambiental; X.-

Obras o actividades que su control no se encuentre reservadas a la Federación, que puedan causar

desequilibrios ecológicos, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y

condiciones establecidos en los ordenamientos relativos a la preservación del equilibrio ecológico y

la protección del ambiente; XI.- Conjuntos habitacionales, condominales, fraccionamientos y nuevos

centros de población; XII.- Establecimientos comerciales y de servicios; XIII.- Establecimientos de

almacenamiento y distribución de gasolinas, diésel y de gas, y actividades que no sean consideradas

altamente riesgosas por la Federación; y XIV.- Las demás que prevean los ordenamientos en la materia

y que no sean competencia de la Federación.

34 Artículo 34

Page 62: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

53

dar resolución a este; la vigencia del trámite, el pago de derechos, el criterio

de resolución, el proceso del trámite y los medios de presentación.

Exclusividad para ofrecer un bien

El artículo 65 de la Ley número 455 de Protección Civil establece que todo

establecimiento de bienes o servicios que use gas natural o licuado de

petróleo como carburante, para poder operar deberá contar con un

dictamen favorable de sus instalaciones, emitido por una unidad

verificadora especializada en esta materia. Las autoridades municipales

comentaron que existe una empresa única autorizada para la certificación

de pararrayos o gaseras por un convenio firmado con un agente

desconocido. Este convenio podría generar actos de corrupción y restringe

la posibilidad de los agentes económicos para acceder a un bien necesario

para cumplir con la regulación. Por ello se recomienda abrir la posibilidad a

distintas empresas para participar como verificadoras e incluir un padrón en

el que los privados sean libres de escoger a qué certificador contratar.

6.3 Comercio al por menor

El sector Comercio al por menor en el estado se posiciona como el segundo

con mayor aportación al PIB estatal (14% del total), lo que se traduce en que

el 33% de los trabajadores del estado se dedica a esta actividad. Además,

aporta 55% de las empresas del estado. El sector ha crecido en 5 años 44%

lo que lo coloca como el sector que más creció del año 2009 a 2014, esto

indica una tendencia superior al resto de las entidades (36%). Por último, los

salarios del sector en el estado son 5% mayores que los de la región Suroeste.

Ahora bien, en cuanto al análisis regulatorio preliminar elaborado se

identificaron 41 fallos regulatorios que podrían representar obstáculos para

el desarrollo y crecimiento del sector transporte en el estado. A

continuación, se presenta una tabla sobre los principales temas abordados

en el sector.

Tabla 9. Lista de regulaciones identificadas en el sector

Clasificación Disposiciones

Licencia de funcionamiento 6

Salubridad 1

Mercados y tianguis 2

Bebidas alcohólicas 4

Page 63: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

54

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

6.3.1 Licencia de funcionamiento

Sistema de Apertura Rápida de Empresas

El municipio de Acapulco cuenta con un catálogo de 220 giros, pero en la

práctica sólo 70 son clasificados como de bajo riesgo. Además, se cuenta

con un sistema que les permite imprimir la licencia desde el propio módulo.

Respecto a la clasificación de giros, se comentó que fue realizada y

consolidada mediante varias reuniones con las autoridades involucradas.

Además, se explicó que existen algunos giros que quedaron como de alto

riesgo, algunos de ellos son los spas, las salas de masaje y los gimnasios. No

obstante, se dificultó la búsqueda y obtención de dicho catálogo. Esto

representa un obstáculo para el desarrollo del sector porque no se brinda

claridad respecto a los requisitos que se piden para establecer un nuevo

negocio, además de que no existen criterios técnicos para clasificar como

de alto impacto los giros anteriores.

Costo de las licencias

Los agentes privados consideran que el costo de las licencias de

funcionamiento ha incrementado demasiado, ya que pasó de 1,400 pesos

en la administración pasada a 3,800 pesos en esta administración. Además,

se expuso que los refrendos tardan de 3 a 8 meses en ser expedidos, es por

esta razón que algunos miembros de la cámara no pagan el refrendo o

licencia correspondientes. La autoridad municipal aclaró que la multa por

no contar con licencia de funcionamiento es de 22 mil pesos.

Espectáculos públicos 1

Estacionamientos 1

Servicios turísticos 3

Fomento económico y turístico 1

Total 19

Page 64: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

55

Respecto a esto, se asienta en la Guía de Trámites y Servicios Públicos

Municipales35 que el criterio para calcular el costo de las Licencias de

funcionamiento depende del giro y nivel de riesgo.

No obstante, lo anterior representa un obstáculo para el desarrollo del

municipio vía el empleo a través de la apertura de micro, pequeñas y

medianas empresas. En razón de lo expuesto, el aumento de cobro de 2.7

veces de una administración a otra desincentiva el trámite de la Licencia

de funcionamiento y como resultado, la no apertura de nuevas empresas.

Cobro de derechos adicionales

Adicional al pago de licencias, se asienta en el Artículo 8236 de la Ley de

Ingresos para el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero para el Ejercicio

Fiscal 2017, que los centros comerciales del municipio de Acapulco deben

conseguir un permiso de degustación, porque en caso de no tenerlo, no es

posible promocionar el producto. Ese permiso cuesta alrededor de 3800

pesos y representa gastos adicionales y requisitos innecesarios para los

nuevos empresarios.

Negocio tolerado

Los privados comentaron que debido a las actualizaciones de uso de suelo

en Acapulco no han podido renovar la licencia de funcionamiento o, que

ésta ha sido condicionada como licencia para negocios tolerados37. Por

ejemplo, las autoridades comentaron que se están haciendo ciclopistas y

por esta razón se modifica de uso de suelo. Existen empresas que estaban

35 El equipo de Justicia Cotidiana investigó la información de Guía de Trámites y Servicios Públicos

Municipales, disponibles en la siguiente liga: http://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp-

content/uploads/tramitesyservicios/DIN/Licencia_Funcionamiento.pdf

36 Se especifica en el apartado IV del Artículo 82 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Acapulco

de Juárez, Guerrero para el Ejercicio Fiscal 2017 “IV. Los permisos para los establecimientos mercantiles

referidos en esta sección que realicen promoción, demostración y/o degustación de marcas y

productos, previo cumplimiento de las normas sanitarias o de otro tipo que impongan las leyes,

reglamentos y otras disposiciones municipales; pagarán 4 veces la unidad de medida y actualización

vigente, por cada día de promoción y/o degustación, previa autorización de la Dirección de

Regulación e Inspección de Reglamentos y Espectáculos, y pago ante las cajas recaudadoras de la

Dirección de Ingresos dependiente en la Secretaría de Administración y Finanzas Municipal. Esta Ley

se encuentra disponible en la siguiente liga: http://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp-

content/uploads/marcojuridico/leyes/Ley_408_Ingresos_Acapulco_2017.pdf

37 Las solicitudes de negocio (giro) tolerado son expedidas por la Dirección de Reglamentos y

Espectáculos de la Secretaría General del Municipio de Acapulco. Tal solicitud se encuentra disponible en: http://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp-

content/uploads/tramitesyservicios/DRIRE/Giros_Tolerados.pdf

Page 65: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

56

previamente establecidas que ya contaban con su licencia, no obstante,

ya no concuerdan con el uso de suelo establecido actualmente, es por esto

que se genera la preocupación de que el giro del establecimiento ya no

sea permitido.

Lo anterior se presenta como un obstáculo para el desarrollo del municipio

ya que no son claros los criterios para emitir la licencia y se presta para

discrecionalidad de las autoridades y falta de certidumbre hacia los

agentes privados.

Los requisitos38 para obtener la Licencia para negocios tolerables, son:

1. Solicitud escrita. (Original).

2. Identificación del contribuyente. (Copia).

3. Croquis de ubicación. (Copia).

4. Pago de derecho. (Recibo).

5. Uso de Suelo indicado como prohibido. (Original).

6. Verificación de la Dirección de Reglamentos y Espectáculos.

7. 3 fotografías del negocio de frente y panorámica.

Protección civil

Autoridades de Protección Civil del Estado de Guerrero mencionaron que

existe falta de información en Guerrero cuando se abre un negocio o realiza

una actividad económica, los agentes desconocen que tienen que cumplir

con la Ley 455 de Protección Civil del Estado de Guerrero, en la cual se

establece en el artículo 34 que

“Los propietarios, representantes legales o encargados de los

establecimientos a que se refiere la presente Ley, tienen las

obligaciones siguientes: I. Contar con su Programa Interno de

Protección Civil, mismo que deberá ser formulado por un consultor

38 El equipo de Justicia Cotidiana realizó una investigación para saber cuáles son todos los requisitos

para obtener la Licencia para negocio tolerable, éstos se encuentran en la siguiente liga:

http://www.acapulco.gob.mx/transparencia/wp-

content/uploads/tramitesyservicios/DRIRE/Giros_Tolerados.pdf

Page 66: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

57

externo debidamente registrado y certificado ante la Autoridad

Estatal de Protección Civil.”39

El costo de este requisito se establece en relación a la cantidad de metros

del establecimiento y la expedición de este programa no tarda más de 15

días; a excepción de las solicitudes que llegan de un lugar muy retirado de

la capital del estado. En relación al costo; existen criterios para determinar si

se aplica o no, dependiendo de la extensión.

Refrendo de licencia de funcionamiento

Los agentes privados comentaron que desde el momento en que es

solicitado el refrendo de la licencia de funcionamiento hasta que se otorga,

la autoridad tarda 30 días, lo que ha provocado que pasen los inspectores

para multar y se recurra al soborno. Al respecto no fue posible encontrar en

el Bando de Policía y Buen Gobierno el plazo para resolver el refrendo de las

licencias de funcionamiento. Esto se presenta como un obstáculo para los

agentes privados ya que se incurre en costos extraordinarios y la

ralentización de la actividad económica. Además, se recomienda que se

establezca el plazo de respuesta dentro de la Ley de Ingresos para el

Municipio de Acapulco de Juárez del año entrante.

6.3.2 Salubridad

Ausencia de criterios

Curso de Manejo Higiénico de Alimentos. Los agentes privados comentaron

que la Secretaría de Salud estatal solicita un documento que nunca antes

habían solicitado; la acreditación del curso de “Manejo higiénico de

alimentos”, el cual es otorgado por la misma autoridad y tiene un costo de

800 pesos; además de que no son cursos por dueño del establecimiento o

por empleados, sino por negocio; por lo que si alguien tiene 20 negocios

tiene que pagar y hacer el curso 10 veces además de inscribir a tres de tus

empleados, por curso. No es claro el objetivo de tal curso debido a que con

el hecho de pagarlo y presentes el recibo, se tiene por cumplido el requisito.

Además, comentaron que ese curso ya lo daba salud municipal sin costo,

pero ahora que lo proporciona salud estatal, se aplica un cobro.

39 Ley Número 455 de Protección Civil del Estado de Guerrero, Artículo 34, Consejería Jurídica del Poder

Ejecutivo, México, 2010

Page 67: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

58

Esto representa un obstáculo para el sector alimentos ya que se incurre en

gastos extraordinarios, mismos que pueden presionar al sistema de precios

de este sector. Además, se recomienda incluir en la Ley Número 212 de

Salud del Estado de Guerrero el estándar de higiene que marca la Norma

Mexicana NMX-F605 NORMEX 200440.

Licencia Sanitaria para mercados y tianguis populares. La ley de Regulación y

fomento de mercados y tianguis populares del Estado de Guerrero en su

artículo 9, fracción II menciona que es facultad de los Servicios Estatales de

Salud el autorizar las licencias sanitarias a los Mercados y Tianguis Populares,

sin perjuicio de las autorizaciones municipales. Al respecto, se detectaron

dos posibles restricciones; la primera es que podría existir duplicidad de

requisitos respecto al trámite, puesto que los Mercados y Tianguis son de

competencia municipal, y el mismo artículo establece la posibilidad del

municipio para poder solicitar otra autorización de sanidad y por otro lado;

no establece los requisitos para la obtención de las licencias sanitarias

estatales, ni remite a otra ley donde se establezcan los mismos, por lo que

podría generar confusión en la obtención de la licencia respecto a los

requisitos necesarios además de promover actos discrecionales por parte

de la autoridad encargada de aplicar la ley. Ley de ingresos 648, aviso en

de salubridad.

Licencia Sanitaria para venta de bebidas alcohólicas. La autoridad sanitaria

mencionó que para el funcionamiento de establecimientos con venta de

bebidas alcohólicas, el trámite que se realiza con ellos es un aviso de

funcionamiento, comercialización y elaboración. La autoridad considera

que es un trámite muy simple; lo único que se necesita es presentar el IFE y

acta constitutiva o RFC. No obstante, una licencia sanitaria si necesita

requisitos especiales, el otorgarse la licencia o permiso depende de los

hallazgos en el establecimiento; puesto que, en caso de existir un riesgo, la

autoridad solicita el cumplimiento de ciertos requisitos y condiciones en el

establecimiento para que sea un riesgo menor.

Esto representa un obstáculo porque no se establecen de manera clara los

criterios de resolución dentro de la Ley Número 212 de Salud del Estado de

40 El equipo de Justicia Cotidiana investigó sobre este tema y se encontró que este es un estándar de

higiene que marca la Norma Mexicana NMX-F605 NORMEX 2004, Disponible en:

https://www.gob.mx/sectur/acciones-y-programas/programa-manejo-higienico-de-los-alimentos-

distintivo-h

Page 68: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

59

Guerrero, pudiendo causar discrecionalidad en las autoridades e

incertidumbre en los agentes privados. Se recomienda, además que

mediante la página web de salud se establezcan y presenten los requisitos.

6.3.3 Mercados y tianguis

Regulación de horarios

La Ley de Regulación y fomento de mercados y tianguis populares del

estado de Guerrero establece las bases para los reglamentos municipales y

en ellas41 contempla regular los horarios en función de tipos y modalidades

de establecimientos de abasto y comercialización. La regulación de

horarios podría impedir que se realicen las actividades conforme a la

dinámica del mercado, impedir el desarrollo de las empresas al no

adecuarse a las necesidades del giro o la demanda del servicio. Asimismo

podría desalentar la inversión de nuevos empresarios que pretendan realizar

estas actividades. Además, la regulación de diversos horarios para giros

similares podría generar confusión e incertidumbre para los empresarios.

Adicional a las posibles fallas identificadas en la regulación de horario, se

identificó una regulación que permite la ampliación de horarios misma que

tiene un costo.

Opinión del gremio

La Ley de Regulación, Fomento de Mercados y Tianguis populares, prevé

que para que la autoridad municipal autorice tianguis populares

provenientes de otros municipios, regiones o entidades federativas, se

consultará invariablemente a los comerciantes, locatarios y tianguistas

organizados, así como a los consumidores del municipio o de la localidad42.

El principal argumento para regular este tipo de consultas es promover el

crecimiento y desarrollo de la economía local; no obstante, la opinión de

otros comerciantes locales podría limitar la entrada de nuevos tianguistas y

por ende limitar la oferta de productos. Además de que podrá no apegarse

41 Artículo 17

42 Artículo 20

Page 69: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

60

a las relaciones económicas de la región, obstaculizando la entrada de

nuevos tianguistas que provengan de municipios aledaños

6.3.4 Bebidas alcohólicas

Duplicidad de trámites

La Ley Número 449 que regula la Venta y el Consumo de Bebidas

Alcohólicas del Estado de Guerrero en su artículo 12 establece que en los

hoteles, moteles y demás similares sólo pueden funcionar anexos de bar,

cantina, cervecería o servibar cuando se cuente con servicio de

restaurante. La regulación limita a los agentes económicos a ejercer otra

actividad económica dentro de la cadena productiva del sector.

Adicionalmente esta misma ley establece que los anexos especiales de bar,

cantina o cervecería en hoteles, moteles, centros turísticos, restaurantes,

casinos, clubes sociales u otros lugares u otros semejantes para poder

funcionar necesitan de una licencia adicional a la de su giro principal43; la

solicitud de más de una licencia para la operación de un establecimiento

es un posible obstáculo a la inversión; ello depende de la cantidad que el

empresario deba pagar por el total de las licencias y el tiempo que invierta

en obtener dichas autorizaciones. Una buena práctica es otorgar una

licencia anexa, cuyo costo no sea mayor que el de la licencia principal o

permitir que con las licencias de funcionamiento de estos giros se ejerza la

actividad relacionada con venta de bebidas alcohólicas si así lo solicita el

empresario, con un costo mínimo adicional.

Discrecionalidad

La Ley Número 449 que Regula la Venta y el Consumo de Bebidas

Alcohólicas del Estado de Guerrero en su artículo en su artículo 28 menciona

que las licencias o permisos no constituyen derecho alguno a favor del

permisionario, por lo que, consecuentemente, pueden cancelarse cuando

a juicio de las autoridades competentes lo requiera el orden público, la

moral o cualquier otro motivo de interés público; al respecto, la regulación

43 Artículo 13.

Page 70: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

61

debería clarificar que el trámite a raíz establezca los argumentos

establecidos en la Ley y no a juicio de la autoridad.

Otro hallazgo relacionado con la discrecionalidad de la autoridad se

encuentra en el artículo 34 del mismo reglamento, el cual establece los

requisitos necesarios para obtener licencia o permiso, permanente o

temporal de establecimientos destinados a la fabricación, embasamiento,

almacenamiento, distribución, transportación, venta y consumo de bebidas

alcohólicas, puesto que la fracción X deja abiertos los requisitos al remitir

requisitos establecidos en la misma ley y en otros ordenamientos.

Adicionalmente, el Reglamento de Centros Nocturnos, Cabarets, Bares,

Restaurantes-Bar, Espectáculos Públicos, Concurso de Cualquier Tipo y

Eventos Especiales en el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero,

establece que el Presidente Municipal tiene en todo tiempo la facultad de

negar, sancionar, suspender, cancelar o revocar las licencias a los centros

nocturnos, cabarets, bares, restaurantes-bar, espectáculos públicos,

concursos de cualquier tipo y eventos especiales cuando se quebrante la

moral, las buenas costumbres, la seguridad, el orden público o se

contravengan las disposiciones contenidas en el Bando de Policía y Buen

Gobierno y en materia de Salud, así como el Reglamento de Licencias

Municipales y otras disposiciones administrativas complementarias de

aplicación en esta material44. Tal artículo podría resultar ambiguo al no

establecer claramente los motivos por los que el presidente puede negar,

sancionar, suspender, cancelar o revocar las licencias.

Distancias mínimas

La Ley Número 449 que Regula la Venta y el Consumo de Bebidas

Alcohólicas del Estado de Guerrero establece en el artículo 30 que los

establecimientos deberán ubicarse a una distancia perimetral mínima de

1000 metros contados a partir de los límites de la propiedad de instituciones

educativas, iglesias, templos, hospitales, clínicas, centros deportivos y

centros de salud, con excepción de las tiendas de abarrotes, minisúper,

tiendas de autoservicio; centros o clubes sociales; hoteles y plazas de toros,

restaurantes y establecimientos cuya actividad preponderante sea la

preparación, venta y consumo de alimentos. El establecer distancias

44 Artículo 5

Page 71: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

62

respecto a determinadas edificaciones podría provocar que el abasto de

ciertos productos se vea afectado; por ello, al reformar esta regulación, se

podría generar una capacidad mayor del sector para abastecer este

producto de primera necesidad en el consumo familiar. Los consumidores

se podrían beneficiar de un incremento en la calidad del producto y en la

estructura de precios.

Contradicción de criterios. En el caso específico de la Ley citada, el artículo

30 menciona distancias mínimas respecto a determinados establecimientos;

no obstante que el artículo 32 refiere a la zonificación de uso de suelo, la

cual debe ser compatible con las actividades tendientes a la venta,

almacenaje para distribución o venta para el consumo directo de bebidas

alcohólicas, ello con el propósito de evitar la proliferación de estos

establecimientos o giros en zonas escolares, residenciales, industriales o

próximas a estas. Las buenas prácticas de mejora regulatoria se dirigen a

que, si ya se encuentran establecidas las zonas en las que se puede o no

colocar un establecimiento, no deberían regularse criterios adicionales para

este tipo de establecimientos; sino apegarse a la zonificación ya

establecida. El principal argumento para eliminar la regulación de distancias

mínimas cuando ya existe otro ordenamiento relacionado con la ubicación

de establecimientos es que podrían generarse criterios contradictorios en

distintos órdenes de gobierno, lo que dificultaría la labor de los funcionarios;

así como el cumplimiento de las disposiciones relacionadas. Este punto se

refuerza con el artículo 194 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio

de Acapulco de Juárez en el que se establece que ningún establecimiento

dedicado a la venta de bebidas alcohólicas al copeo y cerveza, podrá

ubicarse a una distancia menor de 500 metros de centros educativos,

hospitales, templos religiosos, instituciones públicas, centros de trabajo,

parques públicos, lugares de reunión de jóvenes y niños y otros similares.

Asimismo, el Reglamento de Centros Nocturnos, Cabarets, Bares,

Restaurantes-Bar, Espectáculos Públicos, Concurso de Cualquier Tipo y

Eventos Especiales en el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero;

establece que

Los centros nocturnos no pueden ubicarse cerca de establecimientos

educativos, hospitales, parques públicos, centros de trabajo,

instituciones oficiales, bancos, conjuntos habitacionales, templos,

iglesias o similares; por lo que deben guardar una distancia de por lo

menos doscientos metros.

Page 72: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

63

Como se puede notar, las distancias contempladas en el Bando y en el

Reglamento de Centros Nocturnos son menores y diferentes que las

establecidas en la Ley número 449.

Esta regulación si es aplicada en la práctica, las autoridades municipales

expusieron que, establecimientos como los OXXOs tienen prohibido

establecerse cerca de una escuela; se les restringe tanto en horarios como

en ubicación.45

Regulación de horarios

Respecto a los horarios, el artículo 63 de la Ley Número 449 que Regula la

Venta y el Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Guerrero

establece que las licencias y permisos que se otorguen sólo podrán dar los

servicios de venta para su consumo inmediato de bebidas alcohólicas o en

envase cerrado, de acuerdo al horario establecido en el Reglamento

municipal; pero en caso de que no se cuente con dicho Reglamento,

cuando sea de consumo inmediato hasta las 3 am y la venta de bebidas

alcohólicas en envase cerrado y que no sea para su consumo inmediato,

podrán realizar sus actividades de venta a partir de las 9:00 a.m. y hasta

antes de las 23:00 horas.

En este mismo sentido, el Reglamento de Centros Nocturnos, Cabarets,

Bares, Restaurantes-Bar, Espectáculos Públicos, Concurso de Cualquier Tipo

y Eventos Especiales en el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero regula

los horarios de este tipo de establecimientos al establecer que se sujetarán

a los horarios establecidos por la Autoridad Municipal, quien podrá en todo

tiempo modificarlos, ampliarlos o fijar un horario especial si así lo estima

pertinente. Este mismo artículo propone los siguientes horarios: Centros

Nocturnos y Cabarets de primera categoría con variedad: de 21:00 a las

5:00 horas; Centros Nocturnos y Cabarets de segunda categoría con o sin

variedad: de las 20:00 a las 4:00 horas; Bares y Restaurantes-Bar: de las 10:00

a las 01 horas; y Discotecas, tardeadas de las 17:00 a las 20:00 horas y de las

21:00 a las 5:00 horas.

En relación con el tema, se puede notar que existen criterios diferentes en

los distintos ordenamientos, lo cual no resulta un problema si se aplica el

45Este instrumento jurídico se encuentra disponible en: http://www.acapulco.gob.mx/transparencia

/wp-content/uploads/marcojuridico/reglamentos/Bando_Policia_y_Gobierno.pdf

Page 73: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

64

principio de la ley especial sobre la general; no obstante, es posible que el

horario de funcionamiento no se adecue a las necesidades del mercado,

pero la autoridad haya establecido como criterio extraordinario el

otorgamiento de los permisos de ampliación de horarios. Ello con el fin de

evitar gastos extraordinarios para los empresarios. En relación con este tema,

durante el levantamiento y validación de información se revisó si los horarios

de funcionamiento se adecuan a las necesidades del mercado para

establecer como criterio extraordinario el otorgamiento de ampliación de

horarios de manera gratuita. Lo anterior podría evitar gastos extraordinarios

para el sector empresarial.

Las autoridades de Chilpancingo expusieron que el horario de

funcionamiento es hasta las 3 de la mañana vendas o no vendas alcohol.

Además, existen zonas habitacionales pero no se respeta el uso de suelo

porque están llenas de bares.

A pesar de la regulación de horarios, existen farmacias y oxxos que son 24

horas, en algún momento se quiso regular para que no fueran 24 horas, pero

en Chilpancingo se llegó al acuerdo de que los establecimientos con venta

de bebidas alcohólicas deberían cerrar a las 3 am independientemente de

que vendan o no bebidas con contenido alcohólico.

En Iguala hay diferentes horarios dependiendo del tipo de establecimiento;

por ejemplo, los depósitos pueden vender hasta las 12 de la noche, los bares

y discotecas hasta las 3 am; los OXXOs hasta las 9 de la noche, después de

ese horario los dueños de los establecimientos tienen que pagar horas extras.

No obstante, después de este horario, ellos pueden pagar horas extras de

funcionamiento, las cuales se encuentran reguladas en su reglamento. A

diferencia de Taxco, en donde el horario de funcionamiento de la mayoría

de los locales es de 24 horas, excepto los bares que tienen que cerrar a las

dos de la mañana y las tienditas a las 10 de la noche sin posibilidad de

ampliar horarios por ley, pues en realidad quien toma esa decisión es el

presidente municipal.

La autoridad municipal de Acapulco, explicó que los horarios están

autorizados en el Reglamento de Licencias, el esquema es de 24 horas, ello

derivado de la posibilidad de pagar horas extras; las cuales cambian de

costo dependiendo del giro.

Page 74: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

65

Se propone hacer una diferencia de bebidas alcohólicas y de otros artículos,

ya que no es claro dentro de la ley si la regulación de horarios se aplica

también para la venta de otros productos diferentes del alcohol. En caso de

que sea así, se podría afectar a la oferta y distribución de bienes en esta

zona. Además, este reglamento está interviniendo con el propio

funcionamiento del comercio, puesto que es el mismo empresario el que

deberían definir sus horarios dependiendo de lo que le resulte más

beneficioso.

6.3.5 Espectáculos públicos

Fijación de precio por la autoridad

El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Acapulco de Juárez podría

contener en su artículo 216 una posible fijación de precios al establecer que

los precios de las localidades para los espectáculos públicos, siempre serán

autorizados por la autoridad municipal, tomando en cuenta su naturaleza,

calidad, novedad, así como las condiciones del lugar en que se verifique.

Respecto a esta disposición es posible mencionar dos posibles obstáculos. El

primero, no son claros los criterios que se toman para determinar el precio,

puesto que la naturaleza, calidad, novedad y condiciones del lugar podrían

ser subjetivas; por lo que de existir tal regulación deberían establecerse

criterios claros. El segundo obstáculo se refiere a la posible intromisión del

municipio en aspectos propios del funcionamiento de la empresa regulada.

Al respecto, los funcionarios del municipio de Acapulco mencionaron que

el artículo no se aplica para regular el precio de venta de locaciones, más

bien se cobra un porcentaje sobre el precio de venta, por lo que se propone

eliminar dicha disposición de la ley.

6.3.6 Estacionamientos

Regulación de precios

En el Reglamento de estacionamientos para el municipio de Acapulco de

Juárez, tanto el artículo 5 como el 25 establecen regulación relacionada

con la forma en que un privado puede cobrar los estacionamientos dentro

de los centros, plazas comerciales y tiendas de autoservicio para el uso de

sus clientes. En este sentido, establece que se podrá realizar el cobro de una

tarifa por la prestación del servicio de estacionamiento siempre y cuando se

sujeten a las disposiciones correspondientes a los de servicio público, con

Page 75: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

66

sus obligaciones respectivas. Además, deberán cumplir con lo siguiente: las

primeras dos horas serán gratuitas cuando se demuestre un consumo mínimo

de cincuenta pesos dentro del giro comercial; cobrarán de acuerdo a la

tarifa que para los estacionamientos públicos determine el Ayuntamiento; y

ajustarán su cuota para cobrar por fracciones de 30 minutos, pasada la

primera hora de cobro normal. Adicionalmente, para que dentro de ellos

pueda operarse el servicio de acomodadores de vehículos, éste deberá ser

gratuito y opcional para el cliente. En primer lugar, este artículo podría

implicar someter la operación de estacionamientos privados a la regulación

correspondiente a estacionamientos públicos. Lo anterior, debido a que no

se trata de un bien establecido en las leyes federales conforme al artículo

115 que deba ser proporcionado por el municipio y no debería regularse

como tal. En segundo lugar, el precio no debería regularse porque podría

no responder a las necesidades del empresario, además de que podría

afectar la oferta de cajones de estacionamiento dentro de las plazas,

puesto que como privado no se destinarían más cajones de

estacionamientos, limitándose a los establecidos por ley.

6.3.7 Servicios turísticos

Requisitos innecesarios

El Reglamento de Turismo del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero

en el Artículo 53 prohíbe a los informadores de los Servicios Turísticos laborar

en las entradas y los costados contando como referencia 50 metros de

distancia de los lugares de donde ofrezcan sus servicios; al arribo de los

paseantes y visitantes; no podrán ofrecerles sus servicios, antes de que éstos

hayan intentado contratar el Servicio Turístico. La prohibición de laborar en

las entradas y los costados contando como referencia 50 metros de

distancia de los lugares de donde ofrezcan servicios sesga, prioriza y protege

a ciertos agentes económicos.

Pertenencia al gremio

El Reglamento de Turismo del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero

establece como requisito para obtener el permiso o autorización para el

ejercicio y desempeño de las actividades de informadores de los Servicios

Turísticos, el acreditar estar afiliado a alguna asociación de informadores de

los servicios Turísticos, legalmente constituidos y reconocidos por la

Secretaría de Turismo Municipal, con una antigüedad mínima de cinco años.

Page 76: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

67

Esto representa un obstáculo porque acreditar la afiliación a alguna

asociación crea gremios, mismos que no permiten el desarrollo del

mercado, además de que esta afiliación debe tener 5 años de antigüedad

ante la Secretaría de Turismo Municipal, lo que podría propiciar las

preferencias a los ofertantes ya establecidos y frenar la entrada de nuevos

prestadores de servicios turísticos relacionados con esta actividad.

Restricción a la publicidad

El Reglamento de Turismo del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero

prohíbe a los promotores realizar las promociones en la vía pública, o en

edificios públicos como mercados, parques y jardines u Oficinas Públicas.

Esta prohibición a la promoción de bienes y servicios en la vía pública

restringe la venta y/o adquisición de los mismos y podría beneficiar a ciertos

agentes económicos.

6.3.8 Fomento económico y turístico

Duplicidad de trámites

La Ley 494 de Fomento y Desarrollo Turístico para el Estado y Municipios de

Guerrero en el artículo 34 establece la necesidad de un permiso expedido

por la Secretaría de Fomento Turístico del Gobierno del estado, con la

opinión de los Ayuntamientos en cuyas demarcaciones territoriales se

pretenda realizar dicha autoridad; al respecto es menester exponer que

actualmente existen permisos federales para poder desarrollar la actividad

turística; por lo que en caso de que a los prestadores de estos servicios se les

esté solicitando ambos, se estaría generando una duplicidad de trámites, lo

que implica elevar costos en dinero y tiempo.

7. Identificación de los principales obstáculos en el marco

jurídico de los sectores comercio, construcción e industrias

manufactureras para el Estado de Guerrero

En razón de los análisis preliminares sobre: i) desarrollo económico del

estado; ii) identificación de sectores económicos bajo mandato sub-

nacional; iii) criterios de relevancia económica del sector; iv) criterios de

funcionamiento de mercado; y v) marco regulatorio; así como de las

entrevistas realizadas a los reguladores y representantes del sector privado

Page 77: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

68

del sector, se realizó un análisis exhaustivo del marco regulatorio para 3

instrumentos jurídicos de los órdenes de gobierno estatal y municipal. Esto

con el fin de identificar instrumentos jurídicos que pudieran perjudicar la

calidad regulatoria, el ambiente de negocios y que, por ende, inhiban la

inversión o limiten el grado de eficiencia gubernamental en el sector

Transporte.

Antes de entrar a detalle con el análisis regulatorio para cada sector

económico, es menester dar a conocer la metodología y la herramienta de

Checklist Regulatorio utilizada para estudiar de manera sistematizada la

regulación.

Uno de los principales objetivos del Programa de Reforma a 3 Sectores

prioritarios es analizar el marco regulatorio vigente en los sectores

económicos prioritarios e identificar posibles fallas que pudieran limitar el

desempeño económico local. Para lograr lo anterior, el equipo de la

CONAMER, el CIDE y el Grupo del Banco Mundial desarrolló una herramienta

que permite analizar los instrumentos jurídicos de manera sistematizada, de

tal forma que es posible identificar de forma clara y objetiva las áreas de

oportunidad en la normatividad analizada, contestando una serie de

preguntas. La herramienta constituye un inventario de preguntas –Checklist

Regulatorio– clasificadas en cuatro pilares: a) Calidad Regulatoria; b)

Atracción de inversiones; c) Facilidad para hacer negocios; y d) Eficiencia

gubernamental.

Las preguntas contenidas en el pilar de Calidad Regulatoria permiten

identificar si el instrumento jurídico es consistente, proporcional, claro y

transparente, focalizado y si es la mejor alternativa de política pública. El

pilar de Atracción de inversiones permite identificar si el instrumento jurídico

facilita la entrada de inversión nacional y extranjera, si éste genera los

incentivos necesarios para la atracción y retención de la inversión, además

de verificar si hay concordancia con tratados internacionales. El pilar de

Facilidad para hacer negocios permite definir si el instrumento jurídico

establece criterios de fácil apertura de empresas, y si se establecen las reglas

de trato justo y no discriminatorio. El último pilar: Eficiencia Gubernamental,

permite analizar los procedimientos administrativos entre autoridades,

diagnosticar la vinculación interinstitucional, así como los criterios de

regulación intra-gubernamental.

Page 78: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

69

Con base en los cuatro pilares es posible focalizar el análisis regulatorio que

derivará en el Memorando de Reformas, documento que concentra las

recomendaciones en materia de reforma jurídica, acciones de mejora

regulatoria y líneas de acción que se requieren adoptar en las entidades

federativas para impulsar el desempeño económico local y en cada sector

económico prioritario. Así, es menester dar a conocer a detalle los criterios

de análisis de cada pilar, con la finalidad de entender los resultados que

más adelante se darán a conocer en cada sector económico analizado.

Calidad Regulatoria

Las preguntas contenidas en el pilar de Calidad Regulatoria tienen como

objetivo detectar si el instrumento cuenta con los siguientes elementos: i)

Establecimiento de derechos y obligaciones; ii) Coherencia regulatoria; iii)

Regulación basada en riesgos; iv) Lenguaje Ciudadano; v) Objetivos Claros;

vi) Responsables de aplicar la regulación; y vii) Fácil acceso la información.

En caso contrario, se considerará como falla regulatoria u obstáculo toda

práctica y/o especificación dentro de la regulación que limite o

contravenga los elementos listados a continuación.

Establecimiento de derechos y obligaciones: Con el objetivo de disminuir los

posibles actos de discrecionalidad de las autoridades, así como de facilitar

el cumplimiento de la regulación, se analiza si el instrumento jurídico

establece de manera clara y explícita cuáles son los derechos con los que

cuentan los sujetos regulados en cada materia, así como las obligaciones a

las que tienen que dar cumplimiento dichos sujetos.

Coherencia regulatoria: Los instrumentos jurídicos carecen de coherencia

regulatoria cuando los criterios establecidos para dar cumplimiento a la

regulación contravienen criterios definidos en otros instrumentos existentes,

sin importar el orden de gobierno. La coherencia regulatoria también

contempla que en un instrumento jurídico no existan duplicidades de

atribuciones y/o de jurisdicciones, tanto en artículos que lo componen como

con otros instrumentos. Es decir, se busca que no exista más de un

instrumento jurídico que norme una actividad –o una parte específica de

ésta-, pues lo anterior podría dar lugar a confusiones y limitar el cumplimiento

de la norma.

Regulación basada en riesgos: La regulación basada en riesgos involucra el

desarrollo de políticas públicas donde se prioriza y se asignan recursos

Page 79: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

70

regulatorios, con base en la valoración de riesgos que las autoridades hacen

para cumplir con sus objetivos. Para lograr lo anterior, es necesario que el

regulador defina claramente sus objetivos y que traduzca su mandato

formal en objetivos operativos realizables. De esta forma, se logra adecuar

los trámites a las necesidades y capacidades de los solicitantes, con base

en el riesgo o impacto que sus proyectos representan.

Lenguaje ciudadano: El lenguaje ciudadano tiene el propósito de hacer más

incluyente46 el instrumento jurídico para la ciudadanía, así como mejorar el

cumplimiento de éste. Un instrumento con lenguaje ciudadano debe estar

redactado sin faltas de ortografía, sin errores en la enumeración de los

artículos, sin redacción confusa, con los acrónimos definidos y con

referencias a otros instrumentos jurídicos o artículos vigentes y sin errores.

Objetivos claros: Un instrumento jurídico es de calidad cuando se

establecen de manera clara y concisa los objetivos del instrumento jurídico

y a quiénes se pretende regular. Lo anterior busca mejorar el entendimiento

del instrumento jurídico y disminuir el incumplimiento por desconocimiento

de las obligaciones. Para lograr lo anterior, las obligaciones deben

encontrarse en una misma sección del instrumento jurídico, además de que

deben ser precisas, tales que no inciten a actos de discrecionalidad por

parte de las autoridades.

Responsables de aplicar la regulación: Con el objetivo de reducir los posibles

actos de discrecionalidad por parte de las autoridades, así como de brindar

certeza jurídica a la ciudadanía, es menester establecer en el instrumento

jurídico de manera clara y explícita quiénes son las autoridades

competentes, así como sus facultades y atribuciones.

Fácil acceso a la información: Cuando los ciudadanos pueden disponer de

los instrumentos jurídicos de forma actualizada y vigente a través de

diferentes medios, como oficinas gubernamentales o plataformas

electrónicas, se cumple la premisa de fácil acceso a la información. La

información referente al trámite tiene que encontrarse completa y con letra

legible, disponible en espacios físicos focalizados o en un catálogo

46 Se entiende por “incluyente”: el conjunto de acciones que permiten a los ciudadanos el acceso a

los instrumentos jurídicos que les son aplicados, las cuales están encaminadas a mejorar el desempeño

de los gobiernos y la calidad de la información y, así, promover la difusión de conocimiento público.

Consecuentemente, tales acciones incentivarán la participación informada de la sociedad y el

acceso a la justicia.

Page 80: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

71

electrónico -en un formato en el que sea posible realizar comandos de

búsqueda por palabras-, lo anterior para evitar que los ciudadanos tengan

que realizar diferentes viajes a cada oficina gubernamental para atender

cabalmente la regulación, o evitar que el ciudadano tenga que realizar

búsquedas exhaustivas en el internet.

Atracción de Inversiones

Las preguntas contenidas en el pilar de atracción de inversiones tienen

como objetivo detectar si el instrumento jurídico cuenta con los siguientes

elementos: i) Incentivos a la atracción de inversiones de agentes no locales;

y ii) alineación a los tratados internacionales de libre comercio. En caso

contrario, se considerará como falla regulatoria u obstáculo toda práctica

y/o especificación dentro de la regulación que limite o contravenga los

elementos listados a continuación.

Incentivos a la atracción de inversiones de agentes no locales: La inversión

de agentes no locales promueve la entrada de nuevas tecnologías, así

como de productos y servicios más eficientes y de mayor calidad. De esta

manera, propicia la entrada de más participantes y mayor oferta de bienes

y servicios que impacta de manera favorable en el precio que enfrentan los

consumidores finales.

Las barreras a la inversión de agentes no locales pueden traducirse en

prohibiciones explicitas para limitar el flujo de capitales hacia empresas

locales en operación o hacia nuevos proyectos. En casos menos extremos,

existen barreras que limitan a las empresas no locales a ejercer sólo una

actividad económica dentro de cierta cadena productiva. También son

barreras los requisitos especiales, tal es el caso de la contratación forzosa de

personal local, restricciones para la adquisición de propiedad privada,

limitaciones en la contratación de empleados extranjeros o nacionales,

entre otros.

La regulación que incentiva la atracción de inversión no local establece

criterios y estándares iguales a los que enfrentan los empresarios locales. Es

decir, no establece requisitos especiales o adicionales, no distorsiona las

decisiones de negocio del sector empresarial foráneo, no ejerce trato

preferencial a empresarios locales en detrimento de los foráneos, no limita o

prohíbe totalmente la participación de agentes no locales en las licitaciones

de obra pública o cualquier otro tipo de licitación, entre otros.

Page 81: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

72

Alineación a los tratados internacionales de libre comercio: El instrumento

jurídico que se encuentra alineado a los tratados internacionales facilita la

entrada y salida de capitales. Esta situación favorece el crecimiento y

dinamismo económicos, ya que al existir certeza jurídica y facilidad para

iniciar o concluir un negocio, los inversionistas no locales disminuyen su

percepción de riesgo, sus costos administrativos y enfrentan mayores tasas

de retorno, lo que en su conjunto propicia condiciones idóneas para mejorar

el flujo de capitales no locales.

En razón de los análisis preliminares sobre: a) desarrollo económico del

estado; b) identificación de sectores económicos bajo mandato sub-

nacional; c) criterios de relevancia económica del sector; d) criterios de

funcionamiento de mercado; y e) marco regulatorio; así como de las

entrevistas realizadas a los reguladores y representantes del sector privado

del sector, se realizó un análisis exhaustivo del marco regulatorio para 3

instrumentos jurídicos de los órdenes de gobierno estatal y municipal. Esto

con el fin de identificar instrumentos jurídicos que pudieran perjudicar la

calidad regulatoria, el ambiente de negocios y que, por ende, inhiban la

inversión o limiten el grado de eficiencia gubernamental en el sector

transporte. A continuación, se presenta el número y tipo de instrumentos

analizados para este sector económico.

7.1 Construcción

Una vez que se han identificado las autoridades responsables de emitir y

aplicar la regulación, se procedió a revisar el marco normativo de los 18

Instrumentos jurídicos que contienen regulación del sector. En virtud de lo

anterior se presentan a continuación los resultados del análisis

correspondiente al Checklist Regulatorio para el sector Construcción en el

estado de Guerrero.

Es importante mencionar que la información de los 8 Instrumentos analizados

se obtuvo de tres fuentes principales: a) Orden Jurídico Nacional47; b) el sitio

de web del Gobierno del Estado de Guerrero 48 y c) el sitio web del Congreso

del estado de Guerrero49.

47 http://ordenjuridico.gob.mx/

48 http://guerrero.gob.mx/ 49 http://congresogro.gob.mx/

Page 82: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

73

El análisis de las regulaciones se puede desarrollar por el nivel de restricción

que representan para el desempeño del sector, identificando niveles bajos,

medios y altos para los diferentes pilares del Checklist Regulatorio. El sector

de Construcción arrojó los siguientes resultados, los cuales destacan una

mayor incidencia en el nivel de restricción bajo.

Gráfica 1. Restrictivo de los obstáculos regulatorios para los Instrumentos jurídicos

analizados en el estado de Guerrero

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

De estos mismos, cabe resaltar que 61 están relacionados con calidad

regulatoria, 30 en lo referente a la facilidad para hacer negocios.

Gráfica 2. Obstáculos regulatorios por pilares analizados en el estado de Guerrero

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Muy

Restrictivo

24

Medio

Restrictivo

38

Poco

Restrictivo

65

42

90

14

15

15

0

8

4

6

0

14

Calidad

regulatoria

Facilidad para

hacer negocios

Atracción de

Inversiones

Eficiencia

Gubernamental

Poco Restrictivo Medio Restrictivo Muy Restrictivo

Page 83: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

74

Como se puede observar, el mayor número de obstáculos regulatorios más

restrictivos se encuentran en el pilar de Eficiencia Gubernamental (36) . Por

el contrario, el pilar de calidad regulatoria se conforma en su mayoría con

los obstáculos de menor grado de restricción.

7.1.1 Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio

En los 18 instrumentos analizados se encontraron en total 127 posibles

obstáculos regulatorios, de los cuales 30 son relativos a la facilidad para

hacer negocios, 61 en lo referente a calidad regulatoria, 36 relacionados a

eficiencia gubernamental, y ninguno relacionado con atracción de

inversiones.

Una vez mencionado lo anterior, es menester analizar a detalle los resultados

obtenidos para cada pilar definido en el Checklist. El análisis del pilar de

eficiencia gubernamental se aplica únicamente para aquellas regulaciones

o Instrumentos jurídicos de los que se derivan trámites.

En los 18 instrumentos jurídicos analizados se encontraron 36 trámites

importantes, dentro de los cuales, los obstáculos que destacan son: los

medios de presentación (8), el pago de derechos (7), y con la misma

frecuencia la vigencia del trámite (6), los requisitos (6) y la unidad

administrativa responsable (6).

Gráfica 3. Obstáculos regulatorios identificados en el pilar de eficiencia gubernamental

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

0

6 6

0

1

6

7

1 1

8

Motivo,

justificación u

objetivo de

realización

Unidad

administrativa

responsable

Requisitos Requisito

ambiguo y

discrecional

Tiempo máximo

para dar

resolución

Vigencia del

trámite

Pago de

derechos

Criterio de

resolución

Proceso Medios de

presentación

Page 84: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

75

En cuanto al pilar de calidad regulatoria, podemos observar que los

obstáculos más comunes son los siguientes:

Gráfica 4. Obstáculos regulatorios identificados en el pilar de calidad regulatoria

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana con información de

los Censos Económicos 2014

Es decir, el obstáculo con mayor frecuencia en los 3 Instrumentos jurídicos

analizados es que no se es claro qué o a quiénes pretende regular o cuáles

son sus obligaciones, lo que significa que existen ambigüedades en quiénes

son los sujetos regulados y no se clarifica puntualmente sus deberes.

En cuanto al análisis del pilar facilidad para hacer negocios, los obstáculos

encontrados son los que se muestran en la siguiente gráfica.

Gráfica 5. Obstáculos identificados en el pilar de facilidad para hacer negocios

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

5

17

108

14

7

Contraviene

otros criterios

regulatorios

No es claro qué

o a quiénes

pretende

regular o sus

obligaciones

No es claro

quiénes son las

autoridades

competentes

para aplicar la

regulación o sus

facultades

Regulación no

diferencia por

impacto

El lenguaje

utilizado podría

no ser claro

para el

ciudadano

La regulación

no es accesible

0

20

8

02

0 0

Posibles

obstáculos en la

regulación de

derechos

exclusivos

Restringe la

apertura de

nuevas

empresas y la

entrada de

nuevos

participantes

Limita la

libertad de los

agentes

económicos

para decidir

sobre el

funcionamiento

y|u operación

de sus empresas

Restringe el

desarrollo, la

innovación y la

reinversión de

las empresas

Discrimina a

ciertos agentes

económicos

La regulación

otorga un rol

preponderante

a un grupo de

agentes

económicos

Objetivos de la

regulación que

contravienen la

facilidad para

hacer negocios

Page 85: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

76

El obstáculo que destaca en primer lugar es que la regulación restringe la

apertura de nuevas empresas y la entrada de nuevos participantes y, en

segundo lugar, que limita la libertad de los agentes económicos para decidir

sobre el funcionamiento y/u operación de las empresas.

Por último, en el pilar de atracción de inversiones, no se encontraron

obstáculos regulatorios.

7.2 Industrias manufactureras

Una vez que se han identificado las autoridades responsables de emitir y

aplicar la regulación, se procedió a revisar el marco normativo de los 6

Instrumentos jurídicos que contienen regulación del sector. En virtud de lo

anterior se presentan a continuación los resultados del análisis

correspondiente al Checklist Regulatorio para el sector de industrias

manufactureras en el estado de Guerrero.

Es importante mencionar que la información de los 6 Instrumentos analizados

se obtuvo de tres fuentes principales: a) Orden Jurídico Nacional50; b) el sitio

de web del Gobierno del Estado de Guerrero,51 y c) el sitio web del Congreso

del estado de Guerrero52.

El análisis de las regulaciones se puede desarrollar por el nivel de restricción

que representan para el desempeño del sector, identificando niveles bajos,

medios y altos para los diferentes pilares del Checklist Regulatorio. El sector

industrias manufactureras arrojó los siguientes resultados, los cuales

destacan una mayor incidencia en el nivel de baja restricción (29).

50 http://ordenjuridico.gob.mx/ 51 http://www.guerrero.gob.mx/ 52 http://www.congresogro.gob.mx/

Page 86: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

77

Gráfica 6. Obstáculos identificados en el sector comercio

De estos mismos, cabe resaltar que 48 están relacionados con eficiencia

gubernamental, 15 con calidad regulatoria, 3 en lo referente a la facilidad

para hacer negocios y no hay obstáculos en el apartado de atracción de

inversiones.

Gráfica 7. Obstáculos identificados en el sector construcción

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Como se puede observar, el mayor número obstáculos regulatorios más

restrictivos se encuentran en el pilar de eficiencia gubernamental. Por el

contrario, el pilar de calidad regulatoria se conforma en su mayoría con los

obstáculos de menor grado de restricción.

7.2.1 Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio

Muy

Restrictivo

22

Medio

Restrictivo

15

Poco

Restrictivo

29

101 0

183

1 0

11

2

10

19

Calidad

regulatoria

Facilidad para

hacer negocios

Atracción de

Inversiones

Eficiencia

Gubernamental

Poco Restrictivo Medio Restrictivo Muy Restrictivo

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Page 87: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

78

En los 6 instrumentos analizados se encontraron en total 66 posibles

obstáculos regulatorios, de los cuales 48 son relativos a la eficiencia

gubernamental, 3 relativos a la facilidad para hacer negocios, 15 en lo

referente a calidad regulatoria y ninguno relacionado con atracción de

inversiones.

Una vez mencionado lo anterior, es menester analizar a detalle los resultados

obtenidos para cada pilar definido en el Checklist. El análisis del pilar de

eficiencia gubernamental se aplica únicamente para aquellas regulaciones

o instrumentos jurídicos de los que se derivan trámites. Destaca que, de los 6

instrumentos jurídicos analizados se desprenden 10 trámites cuyos principales

obstáculos son que no se establece o remite al pago de derechos, no se

establece claramente la unidad administrativa responsable y que tampoco

se establece claramente la vigencia del trámite.

En cuanto al pilar de calidad regulatoria, podemos observar que los

obstáculos más comunes son los siguientes:

Gráfica 8. Obstáculos regulatorios identificados en el pilar de calidad regulatoria

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana con información de

los Censos Económicos 2014

Es decir, el obstáculo con mayor frecuencia en los 6 instrumentos jurídicos

analizados es el que establece que el lenguaje utilizado podría no ser claro

para el ciudadano. En segundo lugar, se encuentra el de no es claro qué o

a quiénes pretende regular o sus obligaciones.

Los casos anteriores podrían propiciar actos de discrecionalidad por parte

de las autoridades encargadas de aplicar la ley, también es posible que los

empresarios incurran en actos contrarios a la ley, derivado de la poca

2

4

2

1

5

1

Contraviene

otros criterios

regulatorios

No es claro qué

o a quiénes

pretende

regular o sus

obligaciones

No es claro

quiénes son las

autoridades

competentes

para aplicar la

regulación o sus

facultades

Regulación no

diferencia por

impacto

El lenguaje

utilizado podría

no ser claro

para el

ciudadano

La regulación

no es accesible

Page 88: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

79

claridad de las regulaciones. Asimismo, los obstáculos impactan

negativamente en la forma en que los empresarios y ciudadanos siguen y

consultan el marco normativo, lo que puede derivar en la informalidad.

En cuanto al análisis del pilar facilidad para hacer negocios, los obstáculos

encontrados son los que se muestran en la siguiente gráfica.

Gráfica 9. Obstáculos identificados en el pilar de facilidad para hacer negocios

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

El obstáculo que destacan es: restringe la apertura en nuevas empresas y la

entrada de nuevos participantes. Por último, en el pilar de atracción de

inversiones, no se encontraron obstáculos.

0

3

0 0 0 0 0

Posibles

obstáculos en la

regulación de

derechos

exclusivos

Restringe la

apertura de

nuevas empresas

y la entrada de

nuevos

participantes

Limita la libertad

de los agentes

económicos para

decidir sobre el

funcionamiento

y|u operación de

sus empresas

Restringe el

desarrollo, la

innovación y la

reinversión de las

empresas

Discrimina a

ciertos agentes

económicos

La regulación

otorga un rol

preponderante a

un grupo de

agentes

económicos

Objetivos de la

regulación que

contravienen la

facilidad para

hacer negocios

Page 89: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

80

7.3 Comercio

Una vez que se han identificado las autoridades responsables de emitir y

aplicar la regulación, se procedió a revisar el marco normativo de los trece

Instrumentos jurídicos que contienen regulación del sector. En virtud de lo

anterior se presentan a continuación los resultados del análisis

correspondiente al Checklist Regulatorio para el sector comercio en el

estado de Guerrero.

Es importante mencionar que la información de los tres Instrumentos

analizados se obtuvo de tres fuentes principales: i) Orden Jurídico Nacional53;

ii) el sitio de web del Gobierno del Estado de Guerrero, 54 y iii) el sitio web del

Congreso del estado de Guerrero55.

El análisis de las regulaciones se puede desarrollar por el nivel de restricción

que representan para el desempeño del sector, identificando niveles bajos,

medios y altos para los diferentes pilares del Checklist Regulatorio. El sector

de comercio arrojó los siguientes resultados, los cuales destacan una mayor

incidencia en el nivel de restricción medio (65).

Gráfica 10. Restrictivo de los obstáculos regulatorios para los Instrumentos jurídicos

analizados en el estado de Guerrero

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

53 http://ordenjuridico.gob.mx/ 54 http://www.guerrero.gob.mx/ 55 http://www.congresogro.gob.mx/

Muy

Restrictivo

44

Medio

Restrictivo

65

Poco

Restrictivo

47

Page 90: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

81

De estos mismos, cabe resaltar que 43 están relacionados con facilidad para

hacer negocios, 33 relacionados con calidad regulatoria, 80 en cuanto a

eficiencia gubernamental y ninguno en lo referente a la atracción de

inversiones.

Gráfica 11. Obstáculos regulatorios por pilares analizados en el estado de Guerrero

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

Como se puede observar, el mayor número de obstáculos regulatorios más

restrictivos se encuentran en el pilar de eficiencia gubernamental. No

obstante, el pilar de calidad regulatoria y eficiencia gubernamental se

conforman en su mayoría con los obstáculos de bajo grado de restricción.

7.3.1 Aplicación y resultados del Checklist Regulatorio

En los trece instrumentos analizados se encontraron en total 156 posibles

obstáculos regulatorios, de los cuales 33 son relativos a la Calidad

Regulatoria, 43 relativos a la facilidad para hacer negocios, 80 en lo

referente a eficiencia gubernamental, 70 relacionado a trámites y ninguno

relacionado con atracción de inversiones.

Una vez mencionado lo anterior, es menester analizar a detalle los resultados

obtenidos para cada pilar definido en el Checklist. El análisis del pilar de

eficiencia gubernamental se aplica únicamente para aquellas regulaciones

o Instrumentos jurídicos de los que se derivan trámites o licitaciones.

En cuanto al pilar de calidad regulatoria, se observa que los obstáculos más

comunes son los siguientes:

19 9 019

1419

0

320 15

0

29

Calidad

regulatoria

Facilidad para

hacer negocios

Atracción de

Inversiones

Eficiencia

Gubernamental

Poco Restrictivo Medio Restrictivo Muy Restrictivo

Page 91: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

82

Gráfica 12. Obstáculos regulatorios identificados en el pilar de calidad regulatoria

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana con información de

los Censos Económicos 2014

Es decir, los obstáculos con mayor frecuencia en los 13 Instrumentos jurídicos

analizados son: i) falta de claridad sobre qué o a quiénes pretende regular o

sus obligaciones, lo que significa que la regulación no define de manera

explícita quiénes son los sujetos regulados; las obligaciones de los sujetos

regulados no se establecen en un solo apartado de la regulación analizada;

es decir, que se encuentran dispersos en la regulación, generando confusión

y haciendo más difícil el conocimiento de dichas obligaciones o que las

obligaciones de los sujetos regulados no son objetivas y dan espacio a la

ambigüedad y/o discrecionalidad, ii) que el lenguaje utilizado podría ser no

tan claro para el ciudadano, lo que repercute en un menor entendimiento

de lo expresado en el instrumento y, iii)que no se clarifica quiénes son las

autoridades competentes para aplicar la regulación o sus facultades, esto

implica que la regulación no establece claramente quiénes son las

autoridades responsables de aplicar la normatividad; las

facultades/atribuciones de la autoridad encargada no se establecen en un

solo apartado de la regulación analizada o que las facultades/atribuciones

de la autoridad encargada no son objetivas y dan espacio a la

ambigüedad y/o discrecionalidad.

Los casos anteriores podrían propiciar actos de discrecionalidad por parte

de las autoridades encargadas de aplicar la ley, también es posible que los

empresarios incurran en actos contrarios a la ley, derivado de la poca

claridad de las regulaciones. Asimismo, los obstáculos impactan

negativamente en la forma en que los empresarios y ciudadanos siguen y

consultan el marco normativo, lo que podría derivar en la informalidad.

0

76

7 76

Contraviene

otros criterios

regulatorios

No es claro qué

o a quiénes

pretende

regular o sus

obligaciones

No es claro

quiénes son las

autoridades

competentes

para aplicar la

regulación o sus

facultades

Regulación no

diferencia por

impacto

El lenguaje

utilizado podría

no ser claro

para el

ciudadano

La regulación

no es accesible

Page 92: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

83

En cuanto al análisis del pilar facilidad para hacer negocios, los obstáculos

encontrados son los que se muestran en la siguiente gráfica.

Gráfica 13. Obstáculos identificados en el pilar de facilidad para hacer negocios

Fuente: Elaborado por la CONAMER en el marco de Justicia Cotidiana

El obstáculo que destaca es que la regulación limita la libertad de los

agentes económicos para decidir sobre el funcionamiento y/u operación

de sus empresas. En segundo lugar, que restringe la apertura de nuevas

empresas y la entrada de nuevos participantes y, en tercer lugar, que

discrimina a ciertos agentes económicos.

Por último, en el pilar de atracción de inversiones, no se encontraron

obstáculos regulatorios.

0

16

18

3 32

1

Posibles

obstáculos en la

regulación de

derechos

exclusivos

Restringe la

apertura de

nuevas empresas

y la entrada de

nuevos

participantes

Limita la libertad

de los agentes

económicos para

decidir sobre el

funcionamiento

y|u operación de

sus empresas

Restringe el

desarrollo, la

innovación y la

reinversión de las

empresas

Discrimina a

ciertos agentes

económicos

La regulación

otorga un rol

preponderante a

un grupo de

agentes

económicos

Objetivos de la

regulación que

contravienen la

facilidad para

hacer negocios

Page 93: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

84

8. Conclusiones

El Proyecto de Justicia Cotidiana en materia de mejora regulatoria,

específicamente el Programa de Reforma a Tres Sectores Prioritarios, tiene

como objetivo identificar las principales barreras regulatorias que afecten el

funcionamiento de los mercados locales. Ello con el fin de proponer reformas

a sectores prioritarios, y con ello impulsar el crecimiento y desarrollo

económico locales.

Con la finalidad de llevar a cabo el Programa de Reforma a Tres Sectores

Prioritarios, la CONAMER, el Grupo del Banco Mundial y el CIDE trabajaron

de manera conjunta para elaborar una metodología que permitiera

analizar el funcionamiento económico local y el marco regulatorio para

cada una de las actividades económicas estudiadas. La metodología

permitió identificar sectores económicos prioritarios para cada entidad

federativa y después definir las principales áreas de oportunidad en los

instrumentos jurídicos que regulan su funcionamiento, con base en cuatro

pilares de análisis: i) Calidad regulatoria; ii) Facilidad para hacer negocios;

iii) Atracción de inversiones; y iv) Eficiencia gubernamental.

Con el objetivo de validar los hallazgos obtenidos en el presente

Diagnóstico, el equipo de la CONAMER y de Justicia Cotidiana sostuvo

diversas mesas de trabajo con autoridades locales que regulan el

funcionamiento de las actividades económicas y representantes del sector

privado. Lo anterior, permitió la elaboración de acciones alineadas a

impulsar el crecimiento económico en la región. Las acciones se traducen

en un memorando de reformas, el cual contempla los siguientes elementos.

a) Propuestas de Reforma Jurídica: se entiende como la modificación de un

instrumento jurídico con el objetivo de hacer adecuaciones al contenido

de la regulación, así como la incorporación de nuevos elementos, tales

como artículos, considerandos, entre otros;

b) Acciones de Mejora Administrativa: se refieren a diversas acciones, tanto

de política pública como ejercicios de análisis para mejorar la aplicación

del actual instrumento jurídico y adecuar la regulación en el mediano

plazo, y

Page 94: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

85

c) Líneas de acción: se entiende por las recomendaciones generales que

requieren la elaboración de planes de trabajo con autoridades

específicas con el objetivo de adoptar mejores prácticas, tanto jurídicas

como operativas, en el corto, mediano o largo plazo.

Una vez mencionado lo anterior, el Memorando de Reformas constituye uno

de los entregables que el equipo de la CONAMER y de Justicia Cotidiana

harán llegar a las autoridades estatales correspondientes, en el cual se

delinearán las propuestas de reforma, acciones de mejora y líneas de

acción necesarias para potencializar el crecimiento de los diversos sectores

en la entidad. Cabe mencionar que dicho Memorando, a pesar de ser un

documento a parte, tiene como base los hallazgos y validaciones

plasmadas en el presente Diagnóstico.

Por lo anterior, el presente Diagnóstico concluye con la presentación de los

hallazgos obtenidos en la última reunión de validación de campo. Ahora es

menester enfocar esfuerzos en el Memorando de Reformas, documento que

tiene por objeto plasmar todas las recomendaciones en medidas concretas

que podrían ser impulsadas y adoptadas por las autoridades subnacionales.

Page 95: estado de Guerrero Análisis Sectorial del Marco

86