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Glorieta de España, 1 30004 Murcia T: 968 358 600 (C.I.F. P-3003000A) Nº EXPTE: 0075/2014 Servicio de Contratación, Pág. 1 Ayuntamiento de Murcia PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DE ACTIVIDADES CON INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y ESCUELAS DE VERANO, MEDIANTE TRES LOTES” 1. OBJETO 1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento de Murcia del “SERVICIO DE ACTIVIDADES CON INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y ESCUELAS DE VERANO, MEDIANTE TRES LOTES”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Servicios Sociales. 1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 85311300-5: Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes. 1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de valoración de ofertas se hace referencia en la cláusula 9 del presente Pliego. 1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web www.murcia.es. 2. REGULACIÓN JURÍDICA 2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la Categoría 25 – Servicios sociales y de salud y se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo; los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación. 2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el art. 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 8 del presente

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Glorieta de España, 130004 Murcia

T: 968 358 600(C.I.F. P-3003000A)

Nº EXPTE: 0075/2014 Servicio de Contratación, Pág. 1

Ayuntamiento de Murcia

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIREN LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DEACTIVIDADES CON INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y ESCUELAS DE VERANO,MEDIANTE TRES LOTES”

1. OBJETO

1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento de Murcia del“SERVICIO DE ACTIVIDADES CON INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y ESCUELASDE VERANO, MEDIANTE TRES LOTES”, que se realizará conforme al PLIEGO DEPRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal deServicios Sociales.

1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos(CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es85311300-5: Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes.

1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego deCondiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos devaloración de ofertas se hace referencia en la cláusula 9 del presente Pliego.

1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria sepublicará en el perfil del contratante en la página web www.murcia.es.

2. REGULACIÓN JURÍDICA

2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de laCategoría 25 – Servicios sociales y de salud y se regirá por las prescripciones contenidasen el mismo; los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el RealDecreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 deContratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que seaprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, enlo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente,las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de DerechoPrivado que le sean de aplicación.

2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidadcon lo establecido en el art. 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 8 del presente

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Pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Perfil delContratante, de acuerdo con lo establecido en su art. 142.

3. PRECIO

3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 455.040,00 € más el 10% de I.V.A., queasciende a 45.192,00 €, lo que hace un total de 500.544,00 €, que es el presupuesto máximodel contrato objeto del presente Pliego de Condiciones; conforme a la siguiente previsiónestimada de desglose por anualidades:

� Ejercicio 2014:............................................................................................... 218.988,00 €Actividades con infancia (octubre - diciembre):............................................... 93.852,00 €Escuelas de Verano (julio):............................................................................. 125.136,00 €

� Ejercicio 2015:............................................................................................... 281.556,00 €Actividades con infancia (enero - mayo):....................................................... 156.420,00 €Escuelas de Verano (julio):............................................................................. 125.136,00 €

Y conforme al siguiente desglose por lotes:

� LOTE 1 – ZONA NORTE

- Proyecto Actividades con Infancia: .................................................................. 81.312,00 €Período: enero – mayo / octubre – diciembreA razón de 23,10 €/hora (21,00 € + 2,10 € de IVA) y 440 horas/mes.

- Proyecto Escuelas de Verano:............................................. 40.656,00 € X 2 = 81.312,00 €Período: julioA razón de 23,10 €/hora (21,00 € + 2,10 € de IVA) y con un total de 1.760 horas.

- PRECIO TOTAL: ........................................................................................... 162.624,00 €

� LOTE 2 – ZONA SUR

- Proyecto Actividades con Infancia: .................................................................. 72.864,00 €Período: enero – mayo / octubre – diciembreA razón de 25,30 €/hora (23,00 € + 2,30 € de IVA) y 360 horas/mes.

- Proyecto Escuelas de Verano:............................................. 36.432,00 € X 2 = 72.864,00 €Período: julioA razón de 25,30 €/hora (23,00 € + 2,30 € de IVA) y con un total de 1.440 horas.

- PRECIO TOTAL: ........................................................................................... 145.728,00 €

� LOTE 3 – ZONA CIUDAD DE MURCIA

- Proyecto Actividades con Infancia: .................................................................. 96.096,00 €Período: enero – mayo / octubre – diciembreA razón de 23,10 €/hora (21,00 € + 2,10 € de IVA) y 520 horas/mes.

- Proyecto Escuelas de Verano:............................................. 48.048,00 € X 2 = 96.096,00 €Período: julioA razón de 23,10 €/hora (21,00 € + 2,10 € de IVA) y con un total de 2.080 horas.

- PRECIO TOTAL: ........................................................................................... 192.192,00 €

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3.2 Los licitadores podrán optar a los tres lotes de forma independiente o a cualquiera deellos por separado, según el modelo de proposición económica que se inserta en lacláusula 9.4, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.

En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos quegraven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresaadjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuestocontratado.

3.3 El valor estimado del contrato, incluidas las modificaciones previstas y excluido el I.V.A.,asciende a la cantidad de 500.088,96 €.

3.4. De conformidad con el informe del Servicio promotor del expediente, se considerará que lasproposiciones incurren en temeridad cuando concurran las siguiente circunstancias:

� En cualquier caso, si la oferta presentada es inferior en más de 25 unidades porcentuales(25%) al presupuesto base de licitación.

� Concurriendo dos licitadores, la oferta que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales(20%) a la otra.

� Cuando concurran 3 licitadores o más, aquéllas que sean inferiores en más de 15 unidadesporcentuales (15%) a la media aritmética del conjunto de las ofertas presentadas.

3.5 No se admitirán variantes o alternativas.

4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO

El plazo de duración del contrato objeto del presente Pliego abarcará el períodocomprendido desde el 1 de julio de 2014, o desde la fecha de su formalización si éstafuera posterior, hasta el 31 de julio de 2015; sin posibilidad de prórroga.

En el supuesto de que la adjudicación del contrato experimentase retrasos con respecto a lainicialmente programada, iniciándose en consecuencia su ejecución en fecha posterior a laprevista; en el acuerdo de adjudicación del contrato deberán efectuarse los ajustesproporcionales necesarios en los elementos afectados (plazo, precio e importe de la garantíadefinitiva). Dichos ajustes se efectuarán por el Servicio promotor del expediente alinstrumentar la correspondiente propuesta de adjudicación formulada por la Mesa deContratación.

Dado que el contrato tiene carácter plurianual, la autorización y el compromiso de gasto sesubordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos,de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, operando dicha circunstancia como condición suspensiva e su vigencia.

5. REVISIÓN DE PRECIOS

En virtud de lo establecido en el art. 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

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noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, y de conformidad con el informe emitido por el Servicio promotor del expediente;no procederá la revisión de precios del presente contrato, quedando excluida enconsecuencia dicha revisión.

6. APTITUD PARA CONTRATAR

6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que tengan plenacapacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten susolvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en lacláusula siguiente.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesionalexigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones esténcomprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutoso reglas fundacionales, le sean propios.

6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditarámediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en losque consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso,en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estadosmiembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente deacuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación deuna declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcanreglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe dela Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la OficinaConsular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva MisiónDiplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente,que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación deempresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmenteanáloga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados orepresentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.

6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición decontratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según loscasos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podráser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa,notario público u organismo profesional cualificado.

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6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupadostemporalmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresariosquedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en suproposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes paraejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta laextinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedanotorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídicafrente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público.

La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contratohasta su extinción.

6.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismogrupo se estará a lo dispuesto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre,por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las AdministracionesPúblicas.

7. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

7.1 Pese a la categoría en la que se incluye el presente contrato de servicios, y según loestablecido en la Disposición Transitoria Cuarta del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, deContratos del Sector Público, y en el Informe 26/2009, de 1 de febrero de 2010, de la JuntaConsultiva de Contratación Administrativa, no se exigirá clasificación a las empresaslicitadoras, dada la actual inexistencia de normas reglamentarias que desarrollen los gruposy subgrupos de clasificación para dicha categoría; por lo que aquéllas deberán acreditar susolvencia técnica o profesional por los medios siguientes:

a. Dada la naturaleza del contrato y del sector de población al que se dirigen las actividadesobjeto de contratación, y conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2003, del Sistema de Servicios

Sociales de la Región de Murcia, las empresas licitadores han de estar inscritas en elRegistro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia, en el epígrafecorrespondiente al sector de población de Infancia y Adolescencia (B0009).

b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRESAÑOS relacionados con el objeto del contrato que se licita; expresando claramente lasactividades desarrolladas, sector de población al que se dirigió, fecha de realización,importe y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediantecertificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea unaentidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante uncertificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración delempresario.

La suma acumulada de dichos importes durante los tres últimos años en su conjuntodeberá ser igual o superior a la cantidad resultante de multiplicar por 1,5 % el precio de

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licitación establecido para cada uno de los lotes del contrato al que se presente, concarácter acumulativo.

c. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de laempresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

El personal encargado de la ejecución del contrato deberá estar en posesión del título deMonitor de Ocio y Tiempo Libre.

d. Descripción de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y delos medios de estudio e investigación de la empresa.

e. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa con mención, en su caso, delgrado de estabilidad en el empleo y la importancia de su personal directivo durante lostres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

f. Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecuciónde los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativapertinente.

g. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito desubcontratar.

7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditarnecesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los mediossiguientes:

a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de unseguro de indemnización por riesgos profesionales.

b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial quecorresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficialespodrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidaddebidamente diligenciados.

7.3 De conformidad con lo establecido en el art. 146.5 del Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público, los licitadores deberán reunir la totalidad de los requisitos decapacidad y solvencia exigidos en la presente cláusula y en la anterior con carácter previo alvencimiento del plazo de presentación de ofertas.

8. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Los criterios objetivos que se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas, deconformidad con lo establecido en el art. 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, serán los siguientes:

8.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:

� Propuesta Técnica:...................................................................................Hasta 25 puntos

Los licitadores deberán presentar una propuesta técnica que incluya los siguientesapartados:

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- Fundamentación: ............................................................................................Hasta 2 puntos

Se valorarán con hasta un máximo de 0,5 puntos cada uno de los siguientes apartados:

Contexto del proyecto de actuación en las actuaciones desarrolladas con infancia.

Definición del perfil de los destinatarios de la actividad.

Fundamenación teórica justificativa de la actividad.

Fundamentación legal de la actividad.

- Objetivos: .......................................................................................................Hasta 3 puntos

Se valorará con hasta un máximo de 1 punto cada uno de los siguientes apartados:

Establecimiento de objetivos operativos.

Coherencia de los objetivos con las acciones propuestas y con la intervencion adesarrollar con los destinatarios y sus familias.

Idoneidad con los criterios de evaluación propuestos en el proyecto.

- Contenido detallado de las acciones: ...........................................................Hasta 10 puntos

Se valorará con hasta un máximo de 1 punto cada uno de los siguientes apartados:

Relación de actividades propuestas.

Agrupamiento de las actividades por áreas de actuación.

Descripción de las actividades.

Correspondencia con los objetivos propuestos.

Planificación temporal de las actividades y calendario propuesto para su desarrollo.

Propuesta de organización temporal y horaria de las actividades.

Diferenciación de las actividades por grupos y criterios de adecuación a las característicasde los grupos propuestos.

Diseño de acciones dirigidas a potenciar la participación e implicación de los adultos(padres, madres o tutores de los menores) mediante acciones específicas o en actividadescompartidas con los menores y el grado de definición de éstas.

Participación en otras actividades complementarias promovidas y desarrolladas or elServicio Municipal de Servicios Sociales.

Aportación de medios o recursos propios para la mejora de las actividades.

- Metodología: ..................................................................................................Hasta 5 puntos

Se valorará con hasta un máximo de 1 punto cada uno de los siguientes apartados:

Modelo metodológico propuesto y su adecuación a los objetivos del proyecto.

Descripción de distribución del trabajo, tanto individual como grupal.

Propuestas de participación y movilización de los destinatarios.

Estrategias de intervención y su adecuación a los perfiles de los destinatarios y a losobjetivos planteados.

La eventualidad del refuerzo profesional en relación a las actividades específicaspropuesas.

- Evaluación y criterios, sistemas de seguimiento y resultados esperados:......Hasta 5 puntos

Se valorará con hasta un máximo de 1 punto cada uno de los siguientes apartados:

Propuesta de un sistema de evaluación cuantitativa.

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Propuesta de un sistema de evaluación cualitativa.

Método para la recogida de información

Definición de resultados esperados y su adecuación con los objetivos y actuacionesprevistas.

Modelo de seguimiento de los menores participantes.

8.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:

� Precio:........................................................................................................Hasta 30 puntos

Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica,puntuándose las restantes ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:

Baja Oferta X * Puntuación MáximaPuntuación de la Oferta X =

Importe Mayor Baja

Se considerará que las proposiciones incurren en temeridad cuando concurran lassiguientes circunstancias:

� En cualquier caso, si la oferta presentada es inferior en más de 25 unidades porcentuales(25%) al presupuesto base de licitación.

� Concurriendo dos licitadores, la oferta que sea inferior en más de 20 unidadesporcentuales (20%) a la otra.

� Cuando concurran 3 licitadores o más, aquéllas que sean inferiores en más de 15unidades porcentuales (15%) a la media aritmética del conjunto de las ofertaspresentadas.

9. PROPOSICIONES

9.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRESCERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno deellos, la siguiente INSCRIPCIÓN:

"Proposición presentada por D...…………….….......(en nombre propio o en representaciónde.…………………....., con C.I.F.: ………...), para tomar parte en la licitación convocadapor el Excmo. Ayuntamiento de Murcia para la contratación del"...........…………….…………............"

En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,

� “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)

� “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)

� “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)

Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que seincluyan en el mismo.

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9.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓNADMINISTRATIVA), los siguientes DOCUMENTOS:

1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono,fax y persona de contacto.

2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y, en su caso, de su representante.

3. Declaración responsable de la persona física o, en caso de que el licitador sea unapersona jurídica, de su representante legal - haciendo referencia, en este caso, a laescritura o documento en el que conste el correspondiente apoderamiento-;manifestando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con laAdministración y, en particular, que reúne los requisitos de capacidad y solvenciaexigidos en las cláusulas 6 y 7 del presente Pliego de Condiciones.

No obstante, el órgano de contratación podrá recabar de los licitadores, en cualquiermomento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que aportendocumentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para seradjudicatario del contrato.

9.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusivamentela documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contratoestablecidos en la cláusula 8.1.

En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogidosen la cláusula 8.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la exclusiónautomática de la correspondiente oferta.

En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos decarácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante laoportuna declaración firmada y debidamente justificada, todo ello a los efectos previstos enel art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En el supuesto de que la Mesade Contratación considere motivadamente que las razones expuestas para mantener laconfidencialidad de la totalidad o parte de la oferta técnica no se encuentra suficientementejustificada, podrá exhibir dicha oferta al resto de licitadores que así lo soliciten.

La propuesta técnica deberá presentarse necesariamente en soporte papel y digital (CD,DVD o USB); dando lugar su incumplimiento a la exclusión de la oferta presentada.

En caso de discordancia entre ambos soportes, se darán siempre por válidos los contenidosofertados que consten en soporte papel..

El documento tendrá una extensión máxima de 30 folios por una cara, con letra verdanatamaño 11 e interlineado de 1,5.

9.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:

• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:

"D.…………….…........, vecino de.………......, con domicilio en……………………......,

nº..., con D.N.I. Nº.………....., en nombre propio (o en representación

de.…………………...., con C.I.F.: ……….…, conforme acredito con poder notarial

declarado bastante, otorgado ante notario del Ilustre Colegio de ………. D. ……………,

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con fecha …….. y nº de protocolo…….); enterado del anuncio publicado en el Boletín

Oficial de la Región de Murcia Nº.... del día…. de........ de 20….., y de los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la

contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "......……….....……...............", cuyo

contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización del mencionado

contrato con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos para

el plazo de duración previsto en los mismos , en el/los siguiente/s precio/s:

� LOTE 1 – ZONA NORTE

Precio ofertado ________________ ………… € + 10% IVA (………. €) = ………… €

� LOTE 2 – ZONA SUR

Precio ofertado ________________ ………… € + 10% IVA (………. €) = ………… €

� LOTE 3 – ZONA CIUDAD DE MURCIA

Precio ofertado ________________ ………… € + 10% IVA (………. €) = ………… €

Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 9.2 del Pliego de

Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna

a la presente oferta económica.

Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuantas

actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................

Fecha y firma del proponente".

• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen documentosde carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante laoportuna declaración firmada y debidamente justificada, todo ello a efectos previstos en elart. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En el supuesto de que la Mesade Contratación considere motivadamente que las razones expuestas para mantener laconfidencialidad de la totalidad o parte de la oferta económica no se encuentrasuficientemente justificada, podrá exhibir dicha oferta al resto de licitadores que así losoliciten.

• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tengaprevisto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por referencia a lascondiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas, todo ello a los efectos previstos enlos arts. 227 y 228 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y, enparticular en su art. 228 bis (comprobación de los pagos a los subcontratistas osuministradores), introducido por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.

• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lodispuesto en la cláusula 6.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaraciónsobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.

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10. PRESENTACIÓN DE PLICAS

10.1 Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros yResponsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo deQUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio delicitación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (en caso de finalizar dicho plazo ensábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres sepresenten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.

10.2 Asimismo, las plicas podrán enviarse por correo dentro del plazo de admisión anteriormenteseñalado. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar lafecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contrataciónla remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrenciade ambos requisitos, no será admitida la documentación si es recibida por el órgano decontrtación con posterioridad a la fecha y hora de finalización del plazo de presentación deplicas. No obstante, transcurridos diez días siguientes a la indicada fecha de finalización sinhaberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

11. APERTURA DE PLICAS

11.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituidapor los siguientes miembros:

� Presidente:

- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.

� Vocales:

- Directora de los Servicios Jurídicos.

- Interventora General de la Corporación.

- Jefe del Servicio de Servicios Sociales.

- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.

� Secretario:

- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.

De conformidad con lo establecido en los arts. 160.1 del R.D.L. 3/2011 y 21 del R.D.817/2009, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos para lavaloración de las proposiciones presentadas, pudiendo incorporar a sus reuniones losfuncionarios o asesores especializados que resulten necesarios para ello.

11.2 Reunida la Mesa, procederá a comprobar que en el SOBRE 1 se contiene la documentaciónque para el mismo se prevé en la cláusula 9.2 del presente Pliego en los términos del artículo146.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por RealDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, apartado añadido por la Ley 14/2013, de27 de septiembre. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en ladocumentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en unplazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES procedan a subsanar la referida documentación,presentándola directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad

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Patrimonial del Ayuntamiento de Murcia, hasta las quince horas del día en que venza elplazo señalado. Seguidamente se extenderá la correspondiente Acta.

11.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas quecontienen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrálugar el primer martes siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre quehayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubieratranscurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primermartes siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En todo caso, dichaapertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).

La referida documentación se entregará al Servicio Municipal de Servicios Sociales para suvaloración, la cual deberá ser emitida en un plazo máximo de diez días naturales.

11.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejorcomprensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponermodificación de los términos de la proposición efectuada.

11.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público deapertura de las proposiciones económicas (SOBRE 3). En dicho acto se dará a conocer elresultado de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto deberátener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día siguientea la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

12. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN

12.1 Cuando se identifiquen proposiciones que puedan ser considerada desproporcionadas oanormales, en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 3.4 del presente Pliego,se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de laoferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro quepermita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y lascondiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, laoriginalidad de las prestaciones propuestas, el respeto a la disposiciones relativas a laprotección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya arealizar la prestación, o la posible obtención de un ayuda del Estado.

Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por los licitadores y losinformes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplidacomo consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá dela clasificación y acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposicióneconómicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.

12.2 Las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas oanormales, se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los criterios establecidos enla cláusula 8 del presente Pliego de Condiciones; formulándose por la Mesa de Contrataciónla correspondiente propuesta de adjudicación.

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12.3 La Mesa requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa,entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de loscriterios establecidos, para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS hábiles a contar desde elsiguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguientedocumentación:

1. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los queconsten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso,en el correspondiente Registro oficial.

Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra personao entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos

2. Documento acreditativo del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas por laactividad correspondiente y último recibo del mismo. En caso de que el licitador hayainiciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documentoacreditativo del alta en el referido Impuesto.

En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionadoImpuesto mediante declaración responsable expedida al efecto, haciendo constar dichacircunstancia y manifestando no haberse dado de baja en la matrícula del citadoImpuesto.

3. Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público uorganismo profesional cualificado, de no estar incurso en una prohibición de contratar delas contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

4. Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ycon la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de formadirecta dicha acreditación.

5. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica oprofesional de la empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente Pliegode Condiciones.

6. Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar oadscribir a la ejecución del contrato.

7. Justificante de haber constituido la garantía definitiva a que se refiere la cláusulasiguiente.

8. Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 € y justificantede pago del último recibo.

9. Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.

10. Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.

En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales ocopias compulsadas de los mismos, conforme a la legislación vigente

En todo caso, en la documentación detallada en este apartado, deberá quedar acreditado queel licitador reunía la totalidad de los correspondientes requisitos de capacidad y solvenciaantes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas, conforme a lo exigido en elapartado 5 del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,

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en redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.

12.4 Por la Mesa se procederá a la calificación de la citada documentación, exigida en el artículo146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Si la Mesa observase defectos uomisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará al interesadomediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES proceda asubsanar la referida documentación, directamente en el Servicio de Contratación,Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento de Murcia, hasta las quincehoras del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá la correspondienteActa de Calificación, ratificando, en su caso, la propuesta de adjudicación anteriormenteefectuada.

Una vez transcurrido, en su caso, el plazo de subsanación indicado en el párrafo anterior, deno haberse cumplimentado adecuadamente por el licitador propuesto como adjudicatario elrequerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el mismo ha retirado su oferta,procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por elorden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

12.5 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentrode los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiereel apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante ynotificada al adjudicatario y al resto de participantes en la licitación mediante fax. Atal efecto los licitadores deberán consignar el número de fax en la proposición económica.

13. GARANTÍA DEFINITIVA

13.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 12.3 yse fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.

La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

13.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del siguientemodo:

a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamientode Murcia, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29-2732010010.

b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de laempresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», sucintadescripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.

13.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberádepositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a losmodelos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, ReglamentoGeneral de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el

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término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamientode Murcia".

13.4 Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, deconformidad con lo establecido en el art. 96.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en lacláusula 12.3.

En este supuesto, el importe correspondiente a la garantía definitiva se deducirá de laprimera factura o certificación y, en el supuesto de que con ésta no se completara dichoimporte, se deducirá de la segunda y, en su caso, de las sucesivas, de modo que el abono aladjudicatario del precio del contrato en los términos que legalmente procedan sólo tendrálugar una vez que la garantía definitiva haya sido íntegramente constituida.

14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

14.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego deCondiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documentoadministrativo, sin perjuicio de lo establecido en al art. 156 del Real Decreto Legislativo3/2011, Ley de Contratos del Sector Público, transcurridos QUINCE DÍAS hábiles desdela notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Una vez transcurrido dichoplazo sin que se hubiera interpuesto el recurso especial en materia de contratacióncontemplado en el art. 40 de la mencionada Ley, se requerirá al adjudicatario para queformalice el contrato en un plazo no superior a CINCO DÍAS a contar desde el siguiente aaquél en que hubiera recibido el requerimiento para ello.

14.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.

15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

15.1 La relación de personal adscrito a la ejecución del contrato propuesto por la empresaadjudicataria vinculará a la misma, siendo dicho personal el único autorizado para prestar elservicio.

En consecuencia, el adjudicatario deberá comunicar al responsable del contrato, con ladebida antelación, cualquier variación o sustitución que en este sentido pudiera producirse, aefectos de su comprobación en relación con los requisitos exigidos en el contrato a dichopersonal o comprometidos en su oferta.

15.2 El adjudicatario deberá presentar ante el Servicio promotor del expediente y fiscalizador desu ejecución una declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresamediante la cual ponga de manifiesto que para el servicio contratado han realizado laevaluación de riesgos y la planificación de su acción preventiva, así como que han cumplidosus obligaciones en materia de formación e información respecto de los trabajadores que

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vayan a prestar sus servicios.

La documentación acreditativa del cumplimiento de este requisito será remitida por losrespectivos Servicios Municipales al Servicio de Contratación para su incorporación alexpediente, junto con la primera factura que se presente.

Asimismo, el Ayuntamiento hará entrega al adjudicatario, con el correspondiente acuse derecibo, de una copia del documento de “Evaluación de Riesgos” de la dependencia;poniendo asimismo a su disposición un ejemplar del “Plan de Medidas de Emergencia” dedicha dependencia.

15.3 De conformidad con lo establecido en el art. 7.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre,modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismoy reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos deltabaco, se prohibe terminantemente fumar, además de en aquellos lugares o espaciosdefinidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los Centros y Dependenciasde las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público. Asimismo, según loestablecido en el art. 5.a) de la mencionada Ley, queda prohibida la venta y suministro deproductos del tabaco en los centros anteriormente mencionados.

15.4 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lodispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a lasórdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, elcual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor delexpediente.

15.5 De conformidad con lo establecido en el art. 52 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órganode contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá supervisar suejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurarsu correcta realización.

15.6 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidosen el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas mensualmente por la empresaadjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipalcorrespondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en lasBases de Ejecución del Presupuesto.

El adjudicatario tiene la obligación de presentar la factura que haya expedido por losservicios prestados o bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo, parasu oportuna tramitación. A tal efecto, el órgano de gestión económico financieradenominado Tesorería General Municipal ejercerá la función de contabilidad.

Asimismo, en la factura correspondiente se identificará el órgano de contratación, siendoéste la Junta de Gobierno Local, y el Servicio u Oficina Municipal destinatario del objeto del

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contrato, siendo de aplicación lo establecido el Reglamento Regulador del Registro Generalde Facturas del Ayuntamiento de Murcia, publicado en el Boletín Oficial de la Región deMurcia Nº 282 de fecha 5 de diciembre de 2012.

15.7 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendráplazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 222 del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyde Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servicio, el Jefe delServicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde lafinalización de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, queserá remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para ladevolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentarioexpediente.

15.8 De conformidad con lo establecido en el art. 301.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público; en ningún caso podrá producirse, a la extinción del contrato, laconsolidación del personal que haya realizado los trabajos objeto de contratación comopersonal de la entidad contratante.

16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

16.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación solamente podráintroducir modificaciones en el mismo dentro de los límites y con sujeción a lo establecidoen el Título V del Libro I de la mencionada Ley.

16.2 De acuerdo con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, lasposibles modificaciones previstas para el presente contrato son las siguientes:

Si por razones de organización de las Escuelas de Verano, en alguna de ellas fuese necesariaa criterio municipal la ampliación del horario establecido en la cláusula 4.2 del Pliego dePrescripciones Técnicas y se sobrepasase el cómputo horario total previsto para la Zona deque se trate, se realizará la correspondiente ampliación del gasto de acuerdo al importe delprecio/hora adjudicado.

El precio/hora será el resultado de dividir el importe adjudicado por el número de horas delcorrespondiente lote.

La ampliación supondrá una modificación del contrato y su importe no podrá superar el 20%del precio de adjudicación del Proyecto Escuela de Verano del Lote o Lotes que resultenafectados.

16.3 Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 del Real Decreto Legislativo3/2011, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones no previstas en elcontrato para atender a causas imprevistas, solamente cuando concurra alguna de las

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circunstancias señaladas en dicho artículo.

17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

17.1 El adjudicatario se obliga al estricto cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigenteen materia laboral, tanto de ámbito general como sectorial para el sector de actividad a quecorresponde el contrato que se licita; de seguridad social, de integración social deminusválidos y de prevención de riesgos laborales en todos sus aspectos y regulaciones,quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabilidad porincumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por eladjudicatario.

Lo establecido en la presente cláusula tendrá el carácter de obligación contractual esencial.

17.2 De conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésimo sexta del RealDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley de Contratos del Sector Público; el adjudicatario queda obligado al cumplimientoíntegro de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo, en relación con losdatos de carácter personal a los que tenga acceso o le sean comunicados por elAyuntamiento para la correcta ejecución del contrato, no pudiéndolos aplicar a ningún otrofin distinto que no sea la correcta prestación del servicio, ni comunicarlos, ni siquiera parasu conservación, a otras personas.

Una vez cumplida la prestación contractual, dichos datos deberán ser destruidos o devueltosal Ayuntamiento.

Lo establecido en la presente cláusula tendrá el carácter de obligación contractual esencial.

17.3 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquieresfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrárepercutirse como partida independiente.

17.4 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizartodos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contratoadjudicado, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público.

17.5 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial ycomercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que parala misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastosderivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.

17.6 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de17 de diciembre, así como en el art. 60.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

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Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que seaprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; laempresa contratista tendrá la obligación de aportar, con anterioridad al vencimiento de lavalidez de los certificados inicialmente aportados y hasta la finalización del contrato, asícomo en caso de prórroga del mismo, y sin que medie reclamación alguna por parte de estaAdministración, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El incumplimientode dicha obligación tendrá el carácter de infracción leve.

18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA

El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable delcontrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista,podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 212 del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyde Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifican:

18.1 INFRACCIONES:

Faltas Leves:

� El incumplimiento de la obligación contenida en la cláusula 17.6 de aportar, conanterioridad al vencimiento de la validez de los certificados inicialmente presentados yhasta la finalización del contrato, así como en caso de prórroga del mismo, nuevascertificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de susobligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

� El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en los Pliegos y que noconstituyan infracción grave o muy grave.

� Retraso injustificado en el cumplimiento de los horarios.

� Retrao injustificado en la presentación de proyectos y memorias trimestrales.

� No comunicar modificaciones en los horarios y/o actividades previstas.

Faltas Graves:

� No comunicar variaciones de monitores o su ausencia si se produce.

� No comunicar variaciones en los días previstos de actuación.

� No cuidar o usar incorrectamente los espacios, materiales y medios puestos a disposicióndel adjudicatario or parte del Ayuntamiento.

� El incumplimiento de las instrucciones impartidas por el responsable del contrato deacuerdo con las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones.

� El incumplimiento de las obligaciones impuestas al adjudicatario del contrato en el art.227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en relación con lasubcontratación.

Faltas Muy Graves:

� Variación o sustitución de los monitores comprometidos en su oferta sin la previa

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comunicación a la administración municipal para su comprobación en relación con losrequisitos exigidos.

� La inadecuada atención a los menores participantes en el desarrollo de las actividades.

� El incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el responsable delcontrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en los Pliegos de Condiciones.

� El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitadory que hayan sido objeto de valoración para su adjudicación.

� El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales delcontrato; en especial de las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo.

18.2 SANCIONES:

Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán en la siguiente forma:

� Las faltas leves se penalizarán bien con apercibimiento verbal o escrito, o bien unasanción económica de hasta el 2% del importe de adjudicación del contrato.

� Las faltas graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el 2%hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato.

� Las faltas muy graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el5% hasta el 10% del importe total del contrato, o con su resolución.

Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las certificaciones ofacturas correspondientes. En caso de que no puedan deducirse de las mismas, la garantíadefinitiva prestada responderá de la efectividad de dichas sanciones; debiendo eladjudicatario reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quincedías desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución, deconformidad con lo establecido en el art. 99.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico.

19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato deconformidad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismolas enumeradas en los arts. 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, con los efectos previstos en el art. 309.

20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatarioa un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sidorazón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitosestablecidos en el art. 226 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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T: 968 358 600(C.I.F. P-3003000A)

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20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamentepor el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial de laprestación, en las condiciones establecidas en los arts. 227 y 228 del mencionado RealDecreto Legislativo.

Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán excederdel 60% del importe de adjudicación del contrato.

El contratista está obligado a abonar a los subcontratistas o suministradores el preciopactado en los plazos y condiciones establecidas en el art. 228 del Texto Refundido de laLey de Contratos del Sector Público, teniendo dicha obligación el carácter de condiciónesencial de ejecución a los efectos previstos en el art. 212.1 y 223.f) del Texto Refundido dela Ley de Contratos del Sector Público.

21. CONFIDENCIALIDAD

De conformidad con lo establecido en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confidencial deaquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la quese hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de lainformación.

Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en elart. 223, apartado f) del mencionado Real Decreto Legislativo.

22. GASTOS

El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastosse ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.

El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.

23. INTERPRETACIÓN E INCIDENCIAS

De conformidad con lo dispuesto en el art. 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratosadministrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento con el procedimientoestablecido en el art. 211 del mencionado Real Decreto Legislativo, el cual será resuelto porla Junta de Gobierno Local previa audiencia al contratista. A este efecto, el responsable delcontrato y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, porescrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.

Los acuerdos en su caso adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio delderecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente.

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24. TRIBUNALES COMPETENTES

La Jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestioneslitigiosas relativas al contrato, conforme a lo previsto en el art. 2.b) de la Ley 29/1998reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 21 del Real Decreto Legislativo3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

25. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.

25.1 El anuncio de licitación, el presente Pliego y los documentos contractuales que establezcanlas condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en elprocedimiento de adjudicación, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamentesobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento oproduzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; así como elacuerdo de adjudicación que en su momento se produzca; serán susceptibles del recursoespecial en materia de contratación regulado en el art. 40 y siguientes del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyde Contratos del Sector Público, ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos

Contractuales.

25.2 Asimismo, podrá interponerse la cuestión de nulidad en los casos previstos en el art. 37.1 delReal Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ante dicho órgano.

25.3 Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 43 de dicho Real Decreto Legislativo, loslicitadores podrán solicitar la adopción de medidas provisionales para corregir lasinfracciones del procedimiento o para impedir que causen otros perjuicios a los interesesafectados.

Murcia, 29 de abril de 2014

LA JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN, SUMINISTROS YRESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Fdo.: Cristina Martínez-Iglesias Martínez

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CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA

CONTRATACION DEL SERVICIO PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO DE

ACTIVIDADES CON INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y ESCUELAS DE VERANO.

1 .-OBJETO

De acuerdo al Programa Municipal de Infancia y Adolescencia, aprobado en Junta deGobierno de 21 de marzo de 2012 y en consonancia con los objetivos de la línea estratégica numero3 de Ocio y Tiempo Libre, de dicho programa. El objeto de este Pliego de Condiciones es lacontratación del Proyecto de Actividades con Infancia y Adolescencia, a desarrollar de enero a mayoy de octubre a diciembre , en horario extraescolar y el Proyecto de Escuelas de Verano a desarrollardurante los meses de julio o agosto, por el Servcio Municipal de Servicios Sociales, cuyo objetivoes ofrecer a los menores alternativas al ocio y tiempo libre, de carácter lúdico y educativo quefomenten su desarrollo personal y su participación activa, para prevenir, intervenir y detectarsituaciones de riesgo o de exclusión social de menores, propiciando relaciones interpersonalespositivas, hábitos saludables, a través del trabajo en equipo, el juego, la actividad física y el deporte,la cultura y la acción creativa.

El adjudicatario del contrato llevará a cabo actuaciones y desempeñará las tareas objeto delpresente Pliego con menores de 6 a 12 años desde primero de educación primaria, pudiéndoseampliar otros intervalos de edades en aquellos barrios y pedanías que se considere oportuno y deacuerdo a criterios objetivos que se establezca desde el Servicio Municipal de Servicios Sociales.

LOTE 1, ZONA NORTE: Se corresponde con la demarcación territorial del CentroMunicipal de Servicios Sociales Murcia Norte, se desarrollará, al menos en 11 pedanías de sudemarcación, a propuesta del Servicio Municipal de Servicios Sociales.

LOTE 2, ZONA SUR: Se corresponde con la demarcación territorial del Centro Municipalde Servicios Sociales Murcia Sur, se desarrollará, al menos, en 9 pedanías de su demarcación apropuesta del Servicio Municipal de Servicios Sociales.

LOTE 3, ZONA CIUDAD DE MURCIA: Se corresponde con la demarcación territorialdel Centro Municipal de Servicios Sociales Ciudad de Murcia, se desarrollará al menos, en 13barrios de su demarcación, a propuesta del Servicio Municipal de Servicios Sociales.

El Ayuntamiento de Murcia se reserva la posibilidad de modificar el número de barrios y opedanías en función de las necesidades u organización del Servicio Municipal de Servicios Sociales.Así mismo los proyectos en cada zona se adecuarán a las necesidades que se tengan desde losCentros de Servicios Sociales.

2.- OBJETIVOS.

Estos proyectos deberán dirigirse a la consecución de los siguientes objetivos:

2.1 Objetivos Generales

1.Promover actividades de contenido educativo no formal y espacios de participación y

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protagonismo infantil en el tiempo libre, de caracter lúdico, que desde la perpectiva de laprevención, promoción e integración, fomenten su desarrollo personal y propicien relacionesinterpersonales positivas, hábitos saludables y un óptimo desarrollo, a traves de una oferta deactividades de ocio y tiempo libre, a las distintintas necesidades de los menores, al objeto deprevenir situaciones de riesgo o de exclusión social, adecuadas a sus etapas evolutivas,caracteristicas y capacidades.

2.Realizar una oferta de actividades lúdicas, socioculturales, artisticas y deportivas,motivándoles y orientándoles hacia aquellas que sean acordes a sus intereses e inquietudes.

2.2 Objetivos Específicos:

1. Diseñar y realizar una programación de actividades centrada en el trabajo en equipo y la mejorade convivencia, habilidades para incrementar la autoestima e imagen personal, el respeto almedioambiente, educación para la salud, educación para la paz, actitudes tolerantes, la solidaridad,la igualdad de genero, la creatividad y la inclusión escolar.

2. Potenciar el tiempo libre educativo como un espacio de aprendizaje de y para la participaciónsocial y la dimensión comunitaria del proyecto.

3. Facilitar espacios de encuentros con las madres, padres y / o tutores, fomentando su implicacióny participación en el proyecto.

4. Promover actividades y espacios de participación y protagonismo infantil en fechas significativasy en períodos vacacionales, fomentando la implicación de la comunidad.

5.Favorecer un adecuado y el buen uso de las TIC´s, (nuevas tecnologias).

6.Realizar actividades que faciliten la participación de menores inmigrantes o de contextossocialmente desfavorecidos y en situación de riesgo.

7.Facilitar la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral a través de la realización de actividades enhorario extraescolar y en el mes de Julio y/o periodos vacacionales que faciliten una mejor atencióna las responsabilidades familiares y laborales de los adultos responsables de los menores.

8. Promover actividades intergeneracionales en las zonas de actuación.

9.Apoyar la relación con otros proyectos de ocio y tiempo libre y la comunicación en red.

3.- ACTIVIDADES

Las actividades se han de programar atendiendo al perfil, necesidades e intereses de los menores yde acuerdo con las características y necesidades de la zona, acordes con los objetivos generales yespecificos de este pliego de condiciones. Se calendarizaran en función de centros de interés.

La programación ha de utilizar metodologías y contenidos que propicien la prevención y laintegración social mediante:

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- Actividades que promuevan la educación en valores, la igualdad de género, la multiculturalidad,la tolerancia, la educación para la paz, la colaboración social, actividades con voluntariado, elrespeto al medio ambiente, actividades comunitarias y actividades de barrio en coordinación conotras instituciones municipales, intergeneracionales y de actividad Interpai, los derechoshumanos y de la infancia.

- Actividades que tiendan a fomentar el juego, la convivencia, el ocio creativo y saludable.

- El trabajo en grupo y el fomento de habilidades de comunicación.

- El conocimiento de la ciudad, del barrio, pedanía y sus instituciones, las prácticas deportivas nocompetitivas y la manifestación de la expresiónartística, cultural y creativa.

- La organización de encuentros y actividades entre los proyectos de actividades con infancia yadolescencia y con otros proyectos de tiempo libre de la zona o del municipio de Murcia.

- El uso de espacios y recursos públicos.

- Actividades informativas y formativas dirigidas a madres, padres y tutores de los menores queparticipan en los proyectos.

- Actuaciones que propicien la presencia y la participación de los menores en actividades yproyectos, en su barrio, pedania o en el resto del municipio.

- Actividades intergeneracionales.

- Actividad interpai, de encuentro entre todos los menores que han participado en el proyecto,finales de mayo.

- El buen uso de nuevas tecnologías.

4.-TIEMPO DE REALIZACION Y HORARIO

En la ejecución del proyecto objeto de este pliego se estableceran dos periodos diferenciados:

4.1Proyecto Actividades con Infancia

El proyecto se desarrollará durante los meses de Enero a Mayo y de Octubre a Diciembre,siendo el total de horas mensuales que se realizaran en cada una de las zonas el siguiente:

LOTE 1, ZONA NORTE, es de 440 horas mensuales, distribuidas entre las pedanías quedesigne el Servicio Municipal de Servicios Sociales. Dichas horas se distribuirán en horaspresenciales de dos días a la semana, entre lunes y viernes, a concretar por el ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

LOTE 2, ZONA SUR, es de 360 horas mensuales, distribuidas entre las pedanías quedesigne el Servicio Municipal de Servicios Sociales. Dichas horas se distribuirán en horas

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presenciales de dos días a la semana, entre lunes y viernes, a concretar por el ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

LOTE 3, ZONA CIUDAD DE MURCIA, es de 520 horas mensuales, distribuidas entre los barrios/ pedanías que designe el Servicio Municipal de Servicios Sociales. Dichas horas sedistribuirán en horas presenciales de dos días a la semana, entre lunes y viernes, a concretarpor el Servicio Municipal de Servicios Sociales.

En todos los lotes, el proyecto que se desarrolle requerirá la presencia de dos monitores en cadabarrio y pedanía. Las actividades se desarrollaran en horario de tarde, existiendo la posibilidad deque excepcionalmente se desarrollen en horario de mañana a propuesta del Servicio Municipal deServicios Sociales en periodos vacacionales escolares.El horario de comienzo de las actividades seacordará con el Servicio Municipal de Servicios Sociales, así como los días de la semana deactuación en cada barrio / pedanía.

La empresa adjudicataria designará un coordinador/a por lote, que será el interlocutor y responsablede la coordinación con el Servicio Municipal de Servicios Sociales.

El horario de las actividades se podrá modificar a requerimiento del Servicio Municipal de ServiciosSociales proponiéndose otros horarios para las actividades ante determinados eventos o de formaexcepcional, sin superar en ningún caso el total de horas mensuales previstas.

La empresa adjudicataria participará en los actos generales de ocio y tiempo libre para la infanciaque organice el Servicio Municipal de Servicios Sociales, desde otros Servicios Municipales oentidades.

En el desarrollo de las actividades podrán participar un máximo de 35 menores, ampliable a 40menores cuando el Servico lo considere, de forma permanente por barrio o pedanía.

El Servicio Municipal de Servicios Sociales valorará la participación de los menores inscritos en elproyecto con patología o discapacidad que requiera una atención o apoyo específico.

La empresa adjudicataria mantendrá espacios de coordinación con el Servicio Municipal deServicios Sociales de acuerdo al desarrollo de las actividades, debiendo presentar, además,trimestralmente:

La programación trimestral, se presentará 15 días antes del inicio de cada trimestre.

La memoria de actividades realizadas y de la evolución de los menores, en base al modeloproporcionado por el Servicio Municipal de Servicios Sociales, que se entregará en los 10 díassiguientes a la finalización de cada trimestre.

La memoria se entregará en soporte informático compatible con las aplicaciones municipales. Asímismo del 1 al 5 de cada mes presentarán listados de asistencia de los menores participantes,especificando menores de libre acceso y menores derivados desde los servicios sociales.

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Los desplazamientos que se originen para las actividades programadas dentro del proyectoyaquellos para actividades puntuales, Interpai, Semana de Los Derechos del Niño y Niña que serequieran desde el Servicio Municipal de Servicios Sociales, irán a cargo de la empresaadjudicataria.

4.2 Proyecto de Escuela de Verano

Las escuelas de verano están orientadas a la prevención y como recurso para la intervencióndeaquellos menores en situación de vulnerabilidad o en riesgo social o de familias sinrecursos, con losque se trabaja desde los centros de servicios sociales, dando continuidad al trabajo que se realizacon ellos, tal como se recoge en las actuaciones de la línea estratégica número 3.1.2. del ProgramaMunicipal de Infancia.

Se desarrollaran escuelas de verano en las tres zonas de actuación que contempla este pliego decondiciones: ZONA NORTE, ZONA SUR Y ZONA CIUDAD DE MURCIA, en coordinación conotras iniciativas institucionales de carácter social.

Se realizarán durante el mes de Julio (pudiendo realizarse excepcionalmente alguna de ellas duranteel mes de agosto). Las fechas y plazas de las escuelas de verano las determinará el ServicioMunicipal de Servicios Sociales. La edad de los participantes es la que se establece en el objeto deeste pliego de condiciones.

En cada escuela de verano de 40 plazas habrá dos monitores, la ratio será de 1 monitor por unmáximo de 20 menores. Cada escuela de verano tendrá 160 horas,incluyéndose en ese computotanto las horas presenciales como las horas de preparación y coordinación.

Se procurará diversificar la oferta de plazas por grupos de edades.

El total de horas por Escuelas de verano a realizar en cada zona de actuación será el siguiente:

LOTE 1, ZONA NORTE con un máximo de 1.760 horas distribuidas en módulos de 160horas por cada escuela de verano. Los lugares de realización se determinaran por el serviciomunicipal de servicios sociales.

LOTE 2, ZONA SUR con un máximo de 1.440 horas distribuidas en módulos de 160 horaspor cada escuela de verano. Los lugares de realización se determinaran por el servicio municipal deservicios sociales.

LOTE 3, CIUDAD DE MURCIA con un máximo de 2.080 horas distribuidas en módulosde 160 horas por cada escuela de verano. Los lugares de realización se determinaran por el serviciomunicipal de servicios sociales.

Las horas correspondientes a cada zona, se distribuirán por escuelas de verano en talleres, piscinas,excursiones, reuniones de coordinación y otras actividades que se determinen por el ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

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Si por razones de organización de las escuelas de verano, a criterio del Servicios Municipal deServicios Sociales, fuese necesaria la ampliación del horario de alguna de ellas y se sobrepasase elcomputo horario total previsto para la Zona, se realizará la correspondiente ampliación del gasto deacuerdo al importe del precio hora adjudicado. El precio hora será el resultado de dividir el importeadjudicado por el número de horas del lote correspondiente. La ampliación supondrá unamodificación del contrato y su importe no podrá superar el 20% del precio de adjudicación delproyecto Escuela de Verano del Lote o Lotes que resulte afectado.

La duración de cada Escuela de verano será de 3 semanas de lunes a viernes, en horario de mañana,según las necesidades del Servicio Municipal de Servicios Sociales. En el presupuesto de escuelasde verano va incluido el transporte de 3 días de piscina, 2 excursiones de 4 horas y 1 excursión de6 horas por cada escuela de verano, asumiendo la empresa adjudicataria la contratación deltransporte necesario para la realización de las actividades, en el precio previsto en este pliego decondiciones.

La empresa adjudicataria ha de presentar en la primera quincena de mayo la programación deactividades enmarcadas en un centro de interés, hilo conductor de toda la escuela de verano. Alfinalizar la escuela de verano, antes del 31 de julio, aportará la memoria en soporte informáticocompatible con las aplicaciones municipales.

Las escuelas de verano se desarrollaran preferentemente en los mismos barrios que el proyecto deactividades con infancia, aunque pueden haber modificaciones, por necesidades del ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

5.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Serán obligaciones del Contratista:

5.1.Atendiendo a la especial vulnerabilidad del sector de población al que van dirigidas lasactuaciones objeto de la presente contratación, la empresa que resultase adjudicataria del contrato hade garantizar durante toda la vigencia del mismo, que los monitores adscritos al desarrollo delproyecto, incluyendo tanto el proyecto de actividades con infancia y adolescencia como las escuelasde verano, cuentan con trayectoria profesional en el trabajo con memores y adolescentes.

5.2 Adecuar y ejecutar el proyecto presentado a las necesidades de los menores, a travésdeprogramaciones trimestrales que recojan los objetivos, estrategias de trabajo, centros de interés ylas actividades a realizar en función de las indicaciones del Servicio Municipal de ServiciosSociales.

5.3 Realizar la difusión del proyecto en el bario/pedanía donde se desarrolle y captación de losmenores, asi mismo realizarán los modelos y soportes documentales para el buen desarrollo delproyecto.

5.4 La empresa adjudicataria asumirá el coste de la publicidad impresa, tanto para el proyecto deactividades con infancia como para las escuelas de verano, siempre bajo lasdirectrices y supervisióndel servicio municipal de servicios sociales.

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5.5 Dar a conocer el proyecto presentado a los monitores/as.

5.6 Fijar espacios de información, formación, y coordinación con los monitores y con el ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

5.7 Elaborar listados de los menores inscritos y listas de espera.5.8 Designar a un coordinador/a por zona que será la persona de referencia de la empresa que hade garantizar el adecuado funcionamiento del proyecto y será el interlocutor con el serviciomunicipal de servicios sociales, desarrollando las siguientes funciones y tareas:

a) Gestionar el cumplimento del proyecto de acuerdo a las directrices establecidas por el ServicioMunicipal de Servicios Sociales.

b) Adecuar y adaptar el proyecto presentado por la empresa a las necesidades e indicaciones delServicio Municipal de Servicios Sociales, a través de programaciones que recojan los objetivos,estrategias de trabajo, centros de interés y actividades a realizar.

c) Diseño de los soportes documentales y anexos que se de deriven del propio proyecto.

d) Proporcionar materiales didácticos y herramientas necesarias para la puesta en marcha ydesarrollo del proyecto y de aquellos centros de interés que se programen.

e) Coordinar, formar y asesorar a los monitores que llevan a cabo el proyecto.

f) Comunicar al Servicio Municipal de Servicios Sociales cualquier incidencia o modificaciónproducida en relación al proyecto: horario, contenido de actividades, incidencia en relación alespacio en el que se realiza el proyecto y cualquier otra que se produzca durante el desarrollo de laactividad.

g) Planificar actividades extraordinarias con los centros Municipales de Servicios Sociales y o elÁrea de Infancia, que se vean oportunas a lo largo del proyecto.

h) Dinamizar, apoyar y supervisar las actuaciones que se realizan en donde se desarrola el proyecto.

i) Hacer el seguimiento y visita a los proyectos con los educadores sociales del servicio municipalde servicios sociales.

j)Enviar al Área de Infancia y / o a los Centros de Servicios Sociales el vaciado de la ficha deinscripción a comienzo del proyecto.

k) Remitir mensualmente los estadillos nominales de asistencia, según indique el servicio Municipalde Servicios Sociales.

l) Mantener reuniones de coordinación con el Centro de Servicios Sociales y / o con el Área deInfancia.

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m) Programación, organización y participación de salidas y excursiones.

n) Búsqueda de recursos que sirvan de apoyo para el adecuado desarrollo del proyecto

o) Planificar con a los Educadores Sociales, espacios de encuentro y de formación con los padres.

5.8 Las funciones y tareas a desarrollar por los monitores son:

a) Recibir información al inicio del Proyecto por parte de los Técnicos de servicios sociales.

b) Remitir mensualmente a través del coordinador/a de zona, al Servicio Municipal de ServiciosSociales la relación nominal de menores participantes en la actividad para asegurarlos, así comolistados de asistencia diaria.

c)Informar a padres y madres del proyecto de actividades con infancia y de escuelas de verano,promoviendo su implicación y participación.

d) orientar y dar pautas socioeducativas a padres y madres e informar sobre los menores.

e) Estar informados de los menores participantes propuestos por los profesionales de ServiciosSociales.

f) Detectar, informar y derivar situaciones de riesgo de menores a los educadores sociales de losCentros Municipales de Servicios Sociales.

g) Conocer los recursos existentes en el barrio/ pedanía para coordinarse con ellos y darlos aconocer a los menores.

h) Realizar proyectos y memorias trimestrales aportando sus observaciones sobre. los espacios,actividades, caracteristicas y dinámica de los menores, etc, y haciendo propuestas de mejora.

i) Hacer un uso adecuado de los espacios y promover entre los menores el uso responsable de losmismos.

j)Mediar en la resolución de conflictos y en la mejora de las relaciones con el grupo de iguales.

k)Trasladar al coordinador cualquier incidencia que observe.

6.- CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

6.1 La empresa se coordinará con otras instituciones y/o entidades de la comunidad para el mejorcumplimiento de los objetivos con el visto bueno de dicho Servicio.

6.2 Para aquella actividad extraordinaria que sea preciso, la empresa aportará de forma puntual unmonitor de apoyo, a cargo de la empresa, que han de cumplir los mismo requisitos en cuanto aformación y experiencia que los requeridos para la realización del contrato. A partir de 30 menoresse reforzara con un monitor.

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6.3 Si por alguna circunstancia, debiera producirse una modificación de los monitores de laactividad o del coordinador de zona, ésta deberá ser previamente comunicada y autorizada conantelación suficiente por el Servicio Municipal de Servicios Sociales.

6.4Cualquier modificación en las actividades, horarios, etc., será comunicada y autorizada por elServicio municipal de Servicios Sociales.

6.5 Los datos de carácter personal relativos a los menores y participantes en la actividad, que puedaobtener la empresa adjudicataria por considerarlos necesarios para la correcta prestación delservicio, deberán ser tratados en la forma en que establece la legislación sobre protección de datosvigente, no pudiéndolos aplicar a ningún otro fin distinto que no sea la correcta prestación delservicio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.

La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesariasque garanticen la seguridad de los datos de carácter personal de los participantes en la actividad yeviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

Una vez terminada la relación contractual regulada en el presente pliego, la empresa adjudicatariadeberá destruir los datos o devolverlos al Ayuntamiento de Murcia, al igual que cualquier soporte enque conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.

Murcia, 24 de febrero de 2014

El Jefe del Servicio municipal de ServiciosSociales

La Jefa de Servicio de Administración deBienestar Social y Servicios Sociales

Fdo.: Andrés Duarte López Fdo.: María José Pérez Fernández

La Concejala Delegada de Bienestar Social y Sanidad

Fdo.: María del Carmen Pelegrín García