es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. es de...

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Es de periodicidad anual y grava el valor de la Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos.propiedad de los predios urbanos y rústicos.

Asi se consideran predios a los terrenos Asi se consideran predios a los terrenos incluyendo a los terrenos ganados al mar, a los incluyendo a los terrenos ganados al mar, a los ríos y otros espejos de agua.ríos y otros espejos de agua.

No se consideran predios a las No se consideran predios a las instalaciones portuarias fijas y instalaciones portuarias fijas y permanentes que se construyan permanentes que se construyan sobre el mar, como los muelles sobre el mar, como los muelles y canales de acceso.y canales de acceso.

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Sujeto pasivoSujeto pasivo ContribuyentesContribuyentes: las personas : las personas

naturales o juridicas propietarias naturales o juridicas propietarias

de los predios.de los predios.

ResponsablesResponsables:: - Solidarios: los copropietarios son Solidarios: los copropietarios son

responsables solidarios al pago responsables solidarios al pago del impuesto que recaiga sobre del impuesto que recaiga sobre el predio.el predio.

- Sustitutos: si la existencia del Sustitutos: si la existencia del propietario no puede ser propietario no puede ser determinada, serán responsables determinada, serán responsables del pago los poseedores o del pago los poseedores o tenedores del predio.tenedores del predio.

Sujeto activoSujeto activo Recae en la Recae en la

Municipalidad Distrital Municipalidad Distrital donde se encuntra donde se encuntra ubicado el predioubicado el predio

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Esta constituida por el valorEsta constituida por el valor total de los predios del total de los predios del contribuyente ubicados en contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital.cada jurisdicción distrital.

DeterminacionDeterminacion:: Para determinar el valor total de los predios se Para determinar el valor total de los predios se

aplicaran los valores arancelarios de terrenos y aplicaran los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificación vigentes valores unitarios oficiales de edificación vigentes al 31 de octubre del año anterior, y las tablas de al 31 de octubre del año anterior, y las tablas de depreciación que formula el CONATA.depreciación que formula el CONATA.

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El impuesto se calcula aplicando a la base imponible, El impuesto se calcula aplicando a la base imponible, la escala progresiva acumulativa siguiente:la escala progresiva acumulativa siguiente:

Las municipalidades estas facultadas para establecer un Las municipalidades estas facultadas para establecer un

monto mínimo de impuesto predial, equivalente 0.6% de la monto mínimo de impuesto predial, equivalente 0.6% de la UIT (S/. 21.30)UIT (S/. 21.30)

TRAMO DE AUTOVALUOTRAMO DE AUTOVALUO ALICUOTAALICUOTAHasta 15 UIT (S/.53 250)Hasta 15 UIT (S/.53 250) 0.2 %0.2 %

Mas de 15 UIT y hasta 60 UITMas de 15 UIT y hasta 60 UIT

(de S/. 51 001 y hasta S/. 213 000)(de S/. 51 001 y hasta S/. 213 000)0.6 %0.6 %

Mas de 60 UIT (S/. 213 001)Mas de 60 UIT (S/. 213 001) 1.0 %1.0 %

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Anualmente, el último día hábil del mes de febrero.Anualmente, el último día hábil del mes de febrero.

Cuando se efectúa cualquier transferencia de Cuando se efectúa cualquier transferencia de dominio de un predio. También cuando el predio dominio de un predio. También cuando el predio sufra modificaciones en sus características que sufra modificaciones en sus características que sobrepasen el valor de 5 UIT. En estos casos la sobrepasen el valor de 5 UIT. En estos casos la declaración se presentará hasta el ultimo día de declaración se presentará hasta el ultimo día de producidos los hechos.producidos los hechos.

Cobro por el servicio de emisión mecanizada de Cobro por el servicio de emisión mecanizada de Declaración Jurada. Las municipalidades cobran por Declaración Jurada. Las municipalidades cobran por dicho servicios no mas del 0.4% de la UIT. (S/.14.20)dicho servicios no mas del 0.4% de la UIT. (S/.14.20)

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Al contado, hasta el último día hábil del Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año.mes de febrero de cada año.

En forma fraccionada hasta en 4 cuotas En forma fraccionada hasta en 4 cuotas trimestrales.trimestrales.

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El Gobierno Central, Regionales y Locales.El Gobierno Central, Regionales y Locales. Los Gobiernos Extranjeros,siempre que los predios Los Gobiernos Extranjeros,siempre que los predios se destine a residencia de sus representantes se destine a residencia de sus representantes

diplomáticos.diplomáticos. Las sociedades de beneficencia.Las sociedades de beneficencia. Las entidades religiosasLas entidades religiosas Entidades publicas que prestan servicios médicos.Entidades publicas que prestan servicios médicos. El cuerpo general de bomberosEl cuerpo general de bomberos Las Comunidades campesinas y nativas.Las Comunidades campesinas y nativas. Universidades y centros educativosUniversidades y centros educativos Los predios cuya titularidad corresponda a org. Políticas Los predios cuya titularidad corresponda a org. Políticas

como partidos, movimientos, etc.como partidos, movimientos, etc. Predio que correspondan a organizaciones de personas con Predio que correspondan a organizaciones de personas con

discapacidad.discapacidad.

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Los pensionistas propietarios, gozan de una de una Los pensionistas propietarios, gozan de una de una deducción equivalente a 50 UIT (S/. 177 500) a su deducción equivalente a 50 UIT (S/. 177 500) a su base imponible.base imponible.

Siempre que:Siempre que: - Sean propietarios de un solo predio a - Sean propietarios de un solo predio a nombre propio o de la sociedad conyugal.nombre propio o de la sociedad conyugal. - El ingreso bruto que recibe por su - El ingreso bruto que recibe por su pensión no debe exceder de 1 UIT mensual.pensión no debe exceder de 1 UIT mensual. - El predio debe ser destinado a vivienda.- El predio debe ser destinado a vivienda.

Si el uso del inmueble es con fines productivosSi el uso del inmueble es con fines productivos o comerciales, no afecta esta deducción.o comerciales, no afecta esta deducción.

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Ejemplo:Ejemplo: La pensionista Ana Nina es propietario de La pensionista Ana Nina es propietario de

un inmueble a nombre propio. Su predio un inmueble a nombre propio. Su predio esta valorizado según su autovalúo de esta valorizado según su autovalúo de S/.150 000. A esa base se le rebaja las 50 S/.150 000. A esa base se le rebaja las 50 UIT (S/. 177 500). UIT (S/. 177 500).

Entonces el pensionista no pagará impuesto Entonces el pensionista no pagará impuesto predial, pero si pagará los S/. 14.20 predial, pero si pagará los S/. 14.20 correspondiente al derecho de emisión. correspondiente al derecho de emisión.

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La señorita Iris Venegas bravo tiene un único predio La señorita Iris Venegas bravo tiene un único predio ubicado en Av. Manco Cápac 980-La Victoria, nos solicita ubicado en Av. Manco Cápac 980-La Victoria, nos solicita determinar el impuesto predial para el ejercicio 2010 del determinar el impuesto predial para el ejercicio 2010 del inmueble que tiene las siguientes características:inmueble que tiene las siguientes características:

Área de terreno Área de terreno : 900 m: 900 m22

Área de construcción Área de construcción : 700 m: 700 m22

Uso del predio Uso del predio : Casa habitación: Casa habitación Antigüedad Antigüedad : 30 años: 30 años Estado de Construccion Estado de Construccion : terminado: terminado Material estructural Material estructural : ladrillo: ladrillo Estado de conservación Estado de conservación : Regular: Regular

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Valor de la construcciónValor de la construcción Se aplica el valor de los precios oficiales de Se aplica el valor de los precios oficiales de

construcción aprobados por R.M. Como se trata de un construcción aprobados por R.M. Como se trata de un predio de dichas características se considerará una predio de dichas características se considerará una depreciación del 32%, conforme a la R.M de Vivienda. depreciación del 32%, conforme a la R.M de Vivienda. Con respecto a los valores del predio estos seránCon respecto a los valores del predio estos serán

Muros y columnas Muros y columnas 140.50 140.50 Techos Techos 203.20 203.20 Pisos Pisos 90.00 90.00 Puertas y Ventanas Puertas y Ventanas 50.00 50.00 Baños Baños 30.50 30.50 Instalaciones eléctricas y sanitarias Instalaciones eléctricas y sanitarias 70.0070.00 Valor unitario por mValor unitario por m22 S/. 584.20 S/. 584.20 Depreciación 32% Depreciación 32% (186.94)(186.94) VALOR UNITARIO NETO VALOR UNITARIO NETO S/. 397.26S/. 397.26

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Valor del área construidaValor del área construida

700 m700 m22 x S/. 397.26 = S/. 278 082.00 x S/. 397.26 = S/. 278 082.00

Valor del terrenoValor del terreno

El valor arancelario del plano básico del distrito de La Victoria aplicable es El valor arancelario del plano básico del distrito de La Victoria aplicable es de S/. 150. El arancel por mde S/. 150. El arancel por m22 asciende a: asciende a:

S/. 150 x 900 mS/. 150 x 900 m22 = S/. 135 000.00 = S/. 135 000.00

Valor de autovalúoValor de autovalúo

S/. 278 082.00 + S/. 135 000.00 = S/. 413 082.00S/. 278 082.00 + S/. 135 000.00 = S/. 413 082.00

La Base imponible del impuesto predial del 2006 asciende a la suma de La Base imponible del impuesto predial del 2006 asciende a la suma de S/. 413 082.00 sobre el cual se aplica la tasa en escala progresiva del S/. 413 082.00 sobre el cual se aplica la tasa en escala progresiva del impuesto:impuesto:

Base imponible 2010 : S/. 413 082.00Base imponible 2010 : S/. 413 082.00

Impuesto calculadoImpuesto calculado

Hasta Hasta (15 UIT)(15 UIT) S/. 53 250 S/. 53 250 x 0.2% : 106.50x 0.2% : 106.50

Por el exceso Por el exceso (45 UIT)(45 UIT) S/. 159 750 S/. 159 750 x 0.6% : 958.50x 0.6% : 958.50

Por el exceso : Por el exceso :

413 082.00 - 213 000 413 082.00 - 213 000 (60 UIT)(60 UIT) = S/.200 082 x 1.0% : = S/.200 082 x 1.0% : 2 000.822 000.82

Impuesto predial anual a pagarImpuesto predial anual a pagar : 3 : 3 065.82065.82

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El impuesto es de realización El impuesto es de realización inmediata y grava las transferencias inmediata y grava las transferencias de propiedad de inmuebles urbanos de propiedad de inmuebles urbanos y rústicos a titulo oneroso o gratuito.y rústicos a titulo oneroso o gratuito.

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Sujeto pasivoSujeto pasivo

Es sujeto pasivo en Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, calidad de contribuyente, el comprador o adquirente el comprador o adquirente del inmueble.del inmueble.

Sujeto activoSujeto activo Las municipalidades Las municipalidades

Distritales en cuya Distritales en cuya jurisdicción se encuentre el jurisdicción se encuentre el inmueble objeto de inmueble objeto de transferenciatransferencia

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EEs el valor de transferencias el valor de transferencia..

Ese valor Ese valor no podrno podráá ser menor al valor ser menor al valor de autovalde autovalúúo del predio o del predio correspondiente al ejercicio en que correspondiente al ejercicio en que se produce la transferenciase produce la transferencia

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Tramo de inafectaciónTramo de inafectación

Del 01.01.1994 Del 01.01.1994 al 31.12.2001al 31.12.2001

Del 01.01.2002 Del 01.01.2002 al 17.05.2003al 17.05.2003

Del 18.05.2003 Del 18.05.2003 hasta la hasta la

actualidadactualidad

Sobre la Sobre la base base

imponibleimponible

Sobre la base Sobre la base imponibleimponible

Sobre la base Sobre la base imponibleimponible

25 UIT25 UIT NingunaNinguna 10 UIT10 UIT

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La tasa del impuesto es del 3%, siendo de La tasa del impuesto es del 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador, sin admitir cargo exclusivo del comprador, sin admitir pacto en contrario.pacto en contrario.

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Se efectúa al contado hasta el último Se efectúa al contado hasta el último día hábil del mes siguiente a la fecha día hábil del mes siguiente a la fecha de efectuada la transferencia.de efectuada la transferencia.

Sin considerar la forma en que hayan Sin considerar la forma en que hayan el pago del precio de venta.el pago del precio de venta.

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El seEl seññorita Ccahuana de la cruz Jessica desea orita Ccahuana de la cruz Jessica desea vender un inmueble de su propiedad, para lo cual vender un inmueble de su propiedad, para lo cual celebra un contrato de compraventa con la Srta. celebra un contrato de compraventa con la Srta. Karina JoKarina Joñño. La venta se lleva a cabo el 11 de o. La venta se lleva a cabo el 11 de abril de 2010, pactando como precio de venta del abril de 2010, pactando como precio de venta del inmueble la suma de S/. 230 000, el cual se inmueble la suma de S/. 230 000, el cual se efectuara al contado. El valor del autovalefectuara al contado. El valor del autovalúúo del o del inmueble es de S/. 186 300 valor correspondiente inmueble es de S/. 186 300 valor correspondiente al aal añño 2010.o 2010.

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SolucionSolucion EEn este caso el valor de transferencia n este caso el valor de transferencia

equivalente a S/. 230 000 es mayor que el equivalente a S/. 230 000 es mayor que el valor de autovalúo equivalente a S/. 186 300 valor de autovalúo equivalente a S/. 186 300 por lo que se va a considerar el valor de la por lo que se va a considerar el valor de la transferencia.transferencia.

Valor de la Mínimo no Base Transferencia imponible (10 UIT) Imponible S/. 230 000 - 35 500 = S/. 194 500  Base Impuesto Imponible Tasa AlcabalaS/. 194 500 * 3% = S/. 5835 

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El impuesto al patrimonio vehicular, El impuesto al patrimonio vehicular, es de periodicidad anual.es de periodicidad anual.

Grava la propiedad de los vehículos, Grava la propiedad de los vehículos, fabricados en el país o importados.fabricados en el país o importados.

Con una antigüedad no mayor a 3 Con una antigüedad no mayor a 3 años.años.

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Sujeto pasivoSujeto pasivo

Son contribuyentes Son contribuyentes las personas las personas naturales o jurídicas naturales o jurídicas propietarias de los propietarias de los vehículos.vehículos.

Sujeto activoSujeto activo

La prestacion La prestacion tributaria se cumple a tributaria se cumple a favor de la favor de la municipalidades municipalidades provinciales.provinciales.

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Se deberá tomar en cuenta el valor original de Se deberá tomar en cuenta el valor original de adquisición importación, según conste en el adquisición importación, según conste en el comprobante de pago, incluidos los impuestos y comprobante de pago, incluidos los impuestos y demás gravámenes que afecten a la venta o demás gravámenes que afecten a la venta o importación de dichos vehículos. importación de dichos vehículos.

En ningún caso la base imponible será menor al En ningún caso la base imponible será menor al valor referencial contenido en la tabla que valor referencial contenido en la tabla que anualmente aprueba el MEF.anualmente aprueba el MEF.

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Vehículos adquiridos por remateVehículos adquiridos por remate Se considera como valor de adquisición el monto Se considera como valor de adquisición el monto

pagado en el remate.pagado en el remate.

Vehículos adquiridos en moneda extranjeraVehículos adquiridos en moneda extranjera Dicho valor será convertido en Moneda nacional, Dicho valor será convertido en Moneda nacional,

aplicando el tipo de cambio publicado, en el aplicando el tipo de cambio publicado, en el ultimo dia del mes en que fue adquirió el ultimo dia del mes en que fue adquirió el vehículo.vehículo.

Comparación con la tabla de valores Comparación con la tabla de valores referencialesreferenciales

El valor determinado será comparado con el El valor determinado será comparado con el valor referencial asignado al vehículo en la tabla valor referencial asignado al vehículo en la tabla de valores que aprueba el MEF.de valores que aprueba el MEF.

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La tasa del impuesto es del 1% La tasa del impuesto es del 1% aplicable sobre la base imponible.aplicable sobre la base imponible.

El impuesto resultante en ningún El impuesto resultante en ningún caso podrá ser menor al 1.5% de la caso podrá ser menor al 1.5% de la UIT (S/. 53.25)UIT (S/. 53.25)

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AnualmenteAnualmente El ultimo dia hábil del mes de febrero.El ultimo dia hábil del mes de febrero. En caso de transferencia de dominioEn caso de transferencia de dominio Es hasta el ultimo dia hábil del mes siguiente Es hasta el ultimo dia hábil del mes siguiente

de producido tal hecho.de producido tal hecho. En caso de adquisiciones de vehiculos nuevosEn caso de adquisiciones de vehiculos nuevos Deberan presentar dentro de los 30 dias Deberan presentar dentro de los 30 dias

posteriores a la fecha de adquisicion.posteriores a la fecha de adquisicion. En caso de sucesiones indivisasEn caso de sucesiones indivisas

Page 31: Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad

En caso destruccion, En caso destruccion, siniestro y otros:siniestro y otros:

Dentro de los 60 días Dentro de los 60 días posteriores ocurridda la posteriores ocurridda la destrucción o cualquier destrucción o cualquier hecho que disminuya hecho que disminuya en mas de un 50% del en mas de un 50% del valor del vehículo.valor del vehículo.

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Al contado, hasta el último día hábil del Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año.mes de febrero de cada año.

En forma fraccionada hasta en 4 cuotas En forma fraccionada hasta en 4 cuotas trimestrales.trimestrales.

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El Gobierno Nacional, las regiones y El Gobierno Nacional, las regiones y Municipalidades.Municipalidades.

Los Gobiernos extranjeros y organismos Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionalesinternacionales

Entidades religiosasEntidades religiosas Cuerpo general de bomberos Cuerpo general de bomberos

voluntariosvoluntarios Universidades y centros educativos.Universidades y centros educativos.

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La Srta. Ana Nina es propietaria de un La Srta. Ana Nina es propietaria de un Vehículo cuyas características son las Vehículo cuyas características son las siguientes:siguientes:

Marca Marca : Ferrari: Ferrari

Fecha de adquisición : 07.09.10Fecha de adquisición : 07.09.10

Modelo Modelo : F 355 GTS : F 355 GTS

Fecha de inscripción en el registro: 09.09.10Fecha de inscripción en el registro: 09.09.10

Valor original del automóvil : $ 180 000Valor original del automóvil : $ 180 000

Año de fabricación : 2010Año de fabricación : 2010

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$ 180 000 x 2.89 = S/. 520 200$ 180 000 x 2.89 = S/. 520 200

El monto obtenido se compara con el El monto obtenido se compara con el valor asignado a dicho vehículo según valor asignado a dicho vehículo según la Tabla de valores referenciales S/. la Tabla de valores referenciales S/. 703 150. 703 150.

Tomamos el valor mayor.Tomamos el valor mayor.

S/. 703 150 x 1% = S/. 703 150 x 1% = S/. 7 031.50S/. 7 031.50

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Grava la realizacion de actividades Grava la realizacion de actividades relaciondas con los juegos tales relaciondas con los juegos tales como loterias, bingo y rifas.como loterias, bingo y rifas.

Asi como la obtencion de premios Asi como la obtencion de premios en juegos de azar, tales como: en juegos de azar, tales como: biengos, rifas y sorteos.biengos, rifas y sorteos.

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Sujeto PasivoSujeto Pasivo Recae en la empresa o Recae en la empresa o

institución que realiza las institución que realiza las actividades. Asimismo actividades. Asimismo califican como contribuyente califican como contribuyente a las personas que obtengan a las personas que obtengan el premio.el premio.

Agentes de retencion Las empresas o personas organizadoras

actuaran como agentes retención de impuestos que recaiga sobre los premios.

Sujeto activo En el caso de juego de bingo, rifas, sorteos, juegos de pimboll, de

video, electrónicos, la prestación tributaria será en las Municipalidades Distritales.

En el caso de juegos de lotería y otros juegos de azar serán en las Municipalidades Provinciales.

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Juegos de bingo, rifas sorteosJuegos de bingo, rifas sorteos Es el valor nominal de los cartones de juego o Es el valor nominal de los cartones de juego o

de los boletos de juegode los boletos de juego

Juegos de pimboll, de video y electrónicosJuegos de pimboll, de video y electrónicos Es el valor de la ficha o cualquier otro medio Es el valor de la ficha o cualquier otro medio

utilizado en funcionamiento o alquiler de los utilizado en funcionamiento o alquiler de los juegos juegos

Loterías y otros juegos de azarLoterías y otros juegos de azar Es el monto o valor de los premios. En caso de Es el monto o valor de los premios. En caso de

premios en especie se utilizara como base premios en especie se utilizara como base imponible el valor del marcado del bien.imponible el valor del marcado del bien.

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La tasa del impuesto es del 10% La tasa del impuesto es del 10% aplicable sobre la base imponible.aplicable sobre la base imponible.

Page 41: Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad

El impuesto es de periosidad El impuesto es de periosidad mensual y se cancelara dentro de los mensual y se cancelara dentro de los doce (12) días hábiles del mes doce (12) días hábiles del mes siguientesiguiente

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Page 43: Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad

Es un impuesto de periodicidad Es un impuesto de periodicidad mensual, que grava los ingresos de mensual, que grava los ingresos de las entidades organizadoras de las entidades organizadoras de eventos hipicos y similares. eventos hipicos y similares.

Con excepcion de los casinos de Con excepcion de los casinos de juego los mismos que se rigen por juego los mismos que se rigen por sus normas especiales .sus normas especiales .

Page 44: Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad

Sujetos pasivos Sujetos pasivos

La calidad de La calidad de contribuyente de contribuyente de este impuesto este impuesto recae en las recae en las empresas o empresas o instituciones que instituciones que realizan los realizan los eventos hipicos o eventos hipicos o similares .similares .

Sujeto ActivoSujeto Activo

La prestacion tributaria La prestacion tributaria se cumple a favor de se cumple a favor de la municipalidad la municipalidad provincial donde se provincial donde se encuentre ubicada la encuentre ubicada la sede de la entidad sede de la entidad organizadora organizadora

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Esta constituida por la diferencia Esta constituida por la diferencia resultante del ingreso total percibido resultante del ingreso total percibido en un mes por concepto de en un mes por concepto de apuestas y el montto total de apuestas y el montto total de premios otorgados el mismo mes premios otorgados el mismo mes

Page 46: Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad de los predios urbanos y rústicos. Es de periodicidad anual y grava el valor de la propiedad

la tasa porcentual del impuesto a la tasa porcentual del impuesto a las apuestas es de 20%las apuestas es de 20%

La tasa porcentual del impuesto a La tasa porcentual del impuesto a las apuestas hipicas es de 12%las apuestas hipicas es de 12%

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los contribuyentes del impuesto los contribuyentes del impuesto deberan presentar mensualmente deberan presentar mensualmente una declaracion jurada dentro de los una declaracion jurada dentro de los 12 dias habiles del mes siguiente en 12 dias habiles del mes siguiente en la que consignara el monto total de la que consignara el monto total de los ingresos percibidos durante el los ingresos percibidos durante el mes por cada tipo de apuesta y el mes por cada tipo de apuesta y el monto total de los premios atorgados monto total de los premios atorgados durante en el mismo mes . durante en el mismo mes .

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Las Las apuestasapuestas constarán en tickets o boletos constarán en tickets o boletos cuyas características serán aprobadas por la cuyas características serán aprobadas por la entidad promotora del espectáculoentidad promotora del espectáculo , la que , la que deberá ponerlas en conocimiento del públicodeberá ponerlas en conocimiento del público..

DDentro de los quince (15) días siguientes a entro de los quince (15) días siguientes a su aprobación o modificación.su aprobación o modificación.  

La emisión de tickets o boletos, será puesta La emisión de tickets o boletos, será puesta en conocimiento de la Municipalidad en conocimiento de la Municipalidad Provincial respectivaProvincial respectiva ..

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El pago del impuesto debera El pago del impuesto debera realizarse mensualmente en la realizarse mensualmente en la Municipalidad Provincial respectiva Municipalidad Provincial respectiva el monto que le corresponda dentro el monto que le corresponda dentro de los 12 dias habiles del mes de los 12 dias habiles del mes siguiente .siguiente .

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El monto que resulte de la aplicación El monto que resulte de la aplicación del impuesto se distribuirá conforme del impuesto se distribuirá conforme a los siguientes criterios:a los siguientes criterios:  

    a) 60% se destinará a la a) 60% se destinará a la Municipalidad Provincial.Municipalidad Provincial.  

b) 40% se destinará a la b) 40% se destinará a la Municipalidad Distrital donde se Municipalidad Distrital donde se desarrolle el evento. desarrolle el evento. 

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Jokey club del Perú organiza eventos Jokey club del Perú organiza eventos hípicos (carreras de caballos) el evento se hípicos (carreras de caballos) el evento se llevo a cabo el día 23 de setiembre del llevo a cabo el día 23 de setiembre del 2010 y se recaudó S/. 25000 soles con las 2010 y se recaudó S/. 25000 soles con las apuestas de 20 personas que comenzaron apuestas de 20 personas que comenzaron a inscribirse desde el 2 de setiembre del a inscribirse desde el 2 de setiembre del 2010 ,otorgando al ganador el monto S/. 2010 ,otorgando al ganador el monto S/. 20000 soles ¿Cuanto de impuesto a las 20000 soles ¿Cuanto de impuesto a las apuestas deberá pagar el contribuyente a apuestas deberá pagar el contribuyente a la municipalidad provincial ?.la municipalidad provincial ?.

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Base Imponible = (Ingreso total percibido por las apuestas –Base Imponible = (Ingreso total percibido por las apuestas –monto total de premios otorgados ) en un mesmonto total de premios otorgados ) en un mes

Tasa porcentual a apuestas hípicas = 12% Tasa porcentual a apuestas hípicas = 12% Ingreso total percibido en el mes de setiembre = 25.000soles Ingreso total percibido en el mes de setiembre = 25.000soles Monto total de premios = 20.000 soles Monto total de premios = 20.000 soles Base imponible =25000-20000 =5000Base imponible =25000-20000 =5000 el monto de impuesto a pagar= 5000 X12% = 600 el monto de impuesto a pagar= 5000 X12% = 600

El rendimiento de impuesto se distribuye:El rendimiento de impuesto se distribuye:

60% Mun. Prov. = 60% X S/.600 = 36060% Mun. Prov. = 60% X S/.600 = 360

40% Mun. Dist. = 40% X S/.600 = 24040% Mun. Dist. = 40% X S/.600 = 240

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Grava el monto que se abona por Grava el monto que se abona por concepto de ingreso a los concepto de ingreso a los espectaculos publicos no deportivos espectaculos publicos no deportivos en locales o parques cerrados con en locales o parques cerrados con excepcion de los espectaculos en excepcion de los espectaculos en vivo de teatro ,floklore vivo de teatro ,floklore nacional ,opera, circo ya que son nacional ,opera, circo ya que son calificados por el Instituto Nacional calificados por el Instituto Nacional de Cultura .de Cultura .

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se origina al momento del pago del se origina al momento del pago del derecho a presenciar el espectaculo derecho a presenciar el espectaculo

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Sujetos pasivos del Sujetos pasivos del impuestoimpuesto

las personas que las personas que adquieran entradas para adquieran entradas para asistir a los asistir a los espectáculos. espectáculos.

Son responsables Son responsables tributarios, en calidad de tributarios, en calidad de agentes perceptores del agentes perceptores del impuesto, las personas impuesto, las personas que organicen el que organicen el espectáculoespectáculo..

siendo responsable siendo responsable solidario al pago del solidario al pago del mismo el conductor del mismo el conductor del local local ..

Sujetos activos Sujetos activos La prestación La prestación

tributaria se tributaria se cumple a favor de cumple a favor de la Municipalidad la Municipalidad Distrital Distrital

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Valor de entrada para presenciar el Valor de entrada para presenciar el espectaculo .espectaculo .

El valor de la entrada para El valor de la entrada para presenciar el espectaculo incluye presenciar el espectaculo incluye otros servicios alimentos o bebidas otros servicios alimentos o bebidas la base imponible, en ningún caso, la base imponible, en ningún caso, será inferior al 50% de dicho valor será inferior al 50% de dicho valor total.total.

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El impuesto se aplicará con las El impuesto se aplicará con las siguientes tasas:siguientes tasas:  

      a) Espectáculos Taurinos: 5%a) Espectáculos Taurinos: 5%

      b) Carreras de caballos: 15%b) Carreras de caballos: 15%

      c) Espectáculos cinematográficos: c) Espectáculos cinematográficos: 10%10%

      d) Otros espectáculos: 15%d) Otros espectáculos: 15%  

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- El impuesto se pagará en la forma - El impuesto se pagará en la forma siguiente:siguiente:  

    a) Tratándose de espectáculos a) Tratándose de espectáculos permanentes, el segundo día hábil permanentes, el segundo día hábil de cada semana, por los de cada semana, por los espectáculos realizados en la espectáculos realizados en la semana anterior.semana anterior.  

b) En caso de espectáculos b) En caso de espectáculos temporales o eventuales, el segundo temporales o eventuales, el segundo día hábil siguiente a su realización.día hábil siguiente a su realización.  

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La recaudación y administración del La recaudación y administración del impuesto corresponde a la impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital en cuya Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice el jurisdicción se realice el espectáculo. espectáculo. 

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El señor Ramón Peralta realiza un El señor Ramón Peralta realiza un espectáculo en el local EL TAITA (en San espectáculo en el local EL TAITA (en San Juan de Lurigancho) el día 8 de Abril del Juan de Lurigancho) el día 8 de Abril del 2010 donde se presentan diversos 2010 donde se presentan diversos artistas nacionales el costo de las artistas nacionales el costo de las entradas generales es de entradas generales es de S/.S/.15 soles y 15 soles y ese día se vendió 5000 entradas cuanto y ese día se vendió 5000 entradas cuanto y cuando de prestación tributaria deberás cuando de prestación tributaria deberás pagar a lapagar a la MunicipalidadMunicipalidad

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Base imponible = valor de las entradasBase imponible = valor de las entradasLa tasa de impuesto para otros espectáculos = La tasa de impuesto para otros espectáculos =

15%15%Fecha del espectáculo :8-04-2010Fecha del espectáculo :8-04-2010Costos de entrada:Costos de entrada:S/.S/. 15 soles cada entrada 15 soles cada entrada El imp.=15%El imp.=15% X S/. X S/. 15 =2.25 soles de una 15 =2.25 soles de una

entrada entrada Para las 5000 entradas seria = 5000Para las 5000 entradas seria = 5000 X X 2.25 2.25

==S/.S/.11.250soles11.250solesY el monto total del impuesto Y el monto total del impuesto S/.S/.11.250 a pagar 11.250 a pagar y lo pagaría el 10-04-2010 en la y lo pagaría el 10-04-2010 en la

Municipalidad de san Juan de Lurigancho Municipalidad de san Juan de Lurigancho