es copia fiel del original · de caudales escalonados y a continuación un ensayo de declinatoria...

3
2 2 MAY 2015 Viedma, VISTO: el Expediente N" 85.137-SAYDS-2015 del registro de la Secretaría General, caratulado "AUDITORIA AMBIENTAL CONVERSION DE POZO PFO X-6 A INYECTOR Y TENDIDO DE LINEA DE INYECCION.CHEVRON ARG. SRL. RENGLÓN 6765", presentado por la empresa CHEVRON ARG. SRL, la Ley M N° 3266, el Decreto Reglamentario M N° 656/04, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes obrados se tramita la Auditoría Ambiental correspondiente al proyecto de Conversión de Pozo PFo-6 a inyector y tendido de línea de inyección, a ejecutarse en el Yacimiento Puesto Flores Oeste de la Provincia de Río Negro; Que, se constata que la Consultora Ambiental, "CONFLUENCIA AMBIENTE Y SEGURIDAD.", se encuentra inscripta en el Registro de Consultores Ambientales de la Provincia para el año en curso, cumplimentando así con lo establecido por la Resolución N" 028/04 y a lo que prescribe la Ley M N° 3266; Que, obra Dictamen elaborado por el área técnica del organismo, el cual realiza un amplio análisis de la documentación presentada al expediente. Se hace saber que el proyecto consiste en describir el estado actual del pozo PFO.x-6 y evaluar los impactos ambientales que puedan generarse a causa de las actividades previstas. Así mismo, se contempla el tendido de una línea de inyección desde la Batería Puesto Flores hasta vincularse con el pozo PFO.x-6, siendo su longitud total de 415 m. La misma estará soterrada y paralela a caminos existentes durante todo el trazado. Se excluyen las etapas de construcción de la locación, camino de acceso y perforación, debido a que fueron ejecutadas con anterioridad a la elaboración de la Auditoría Ambiental. Que, se aclara en el mencionado dictamen, que la conversión del pozo PFO.x-6 a inyector se debe a que ha disminuido su productividad por depletación del reservorio, por lo que con la conversión dará soporte al área del yacimiento mencionado. Los pozos más cercanos que recibirán el soporte de presión serán PFO- 4, PFO-16, PFO-12, PFO-8 y PFO-14. Que, prosigue el informe, el pozo a convertir se encuentra actualmente en producción. El estado de perdidas. Las tareas para la conversión ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL imiento es bueno, no se observan 'éOTernplan: entrada/Con equipo de DINA/lNAMIGANl SECRETARIA PROVINCIA DE RIO NEGRO

Upload: others

Post on 27-Mar-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL · de caudales escalonados y a continuación un ensayo de declinatoria de la presión. Además en el Estudio de Impacto Ambiental, se describen las diferentes

2 2 MAY 2015 Viedma,

VISTO: el Expediente N" 85.137-SAYDS-2015 del registro de la Secretaría General, caratulado "AUDITORIA AMBIENTAL CONVERSION DE POZO PFO X-6 A INYECTOR Y TENDIDO DE LINEA DE INYECCION.CHEVRON ARG. SRL. RENGLÓN 6765", presentado por la empresa CHEVRON ARG. SRL, la Ley M N° 3266, el Decreto Reglamentario M N° 656/04, y;

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes obrados se tramita la Auditoría Ambiental

correspondiente al proyecto de Conversión de Pozo PFo-6 a inyector y tendido de línea de inyección, a ejecutarse en el Yacimiento Puesto Flores Oeste de la

Provincia de Río Negro;

Que, se constata que la Consultora Ambiental, "CONFLUENCIA AMBIENTE Y SEGURIDAD.", se encuentra inscripta en el Registro de Consultores Ambientales de la Provincia para el año en curso, cumplimentando así con lo establecido por la Resolución N" 028/04 y a lo que prescribe la Ley M N° 3266;

Que, obra Dictamen elaborado por el área técnica del organismo, el cual realiza un amplio análisis de la documentación presentada al expediente. Se hace saber que el proyecto consiste en describir el estado actual del pozo PFO.x-6 y evaluar los impactos ambientales que puedan generarse a causa de las actividades previstas. Así mismo, se contempla el tendido de una línea de inyección desde la Batería Puesto Flores hasta vincularse con el pozo PFO.x-6, siendo su longitud total de 415 m. La misma estará soterrada y paralela a caminos existentes durante todo el trazado. Se excluyen las etapas de construcción de la locación, camino de acceso y perforación, debido a que fueron ejecutadas con anterioridad a la elaboración de la Auditoría Ambiental.

Que, se aclara en el mencionado dictamen, que la conversión del pozo PFO.x-6 a inyector se debe a que ha disminuido su productividad por depletación del reservorio, por lo que con la conversión dará soporte al área del yacimiento mencionado. Los pozos más cercanos que recibirán el soporte de presión serán PFO-4, PFO-16, PFO-12, PFO-8 y PFO-14.

Que, prosigue el informe, el pozo a convertir se encuentra

actualmente en producción. El estado de

perdidas. Las tareas para la conversión

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

imiento es bueno, no se observan 'éOTernplan: entrada/Con equipo de

D I N A / l N A M I G A N l SECRETARIA

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Page 2: ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL · de caudales escalonados y a continuación un ensayo de declinatoria de la presión. Además en el Estudio de Impacto Ambiental, se describen las diferentes

terminación o reparación de pozos, prueba de liermeticidad de la cañería de aislación, ampliación de punzados de la formación Punta Rosada y Lajas y ensayos de presión y de caudales escalonados y a continuación un ensayo de declinatoria de la presión. Además en el Estudio de Impacto Ambiental, se describen las diferentes etapas del proyecto: etapa de conversión del pozo productor a inyector y tendido de la línea de inyección.

Que, analizado el Dictamen Técnico, surge del mismo que de acuerdo al marco legal delimitado por las Resoluciones N° 105/92 y 25/04 de la Secretaría de Energía de la Nación, se sugiere la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto de conversión del pozo PFO.x-6 a inyector y tendido de línea de inyección;

Que, el sitio en el que se realizará la reconversión se encuentra

en el Yacimiento Puesto Flores Oeste de la Provincia de Río Negro;

Que, la Asesoría Letrada manifiesta que se han cumplimentado

los recaudos legales exigidos por la Ley M N° 3.266 y normativa reglamentaria;

Que, atento que tanto desde el análisis técnico como del legal no surgen observaciones u objeciones a efectuar al Estudio presentado, y habiéndose cumplimentado el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, corresponde proceder a autorizar la actividad de la referencia de conformidad con lo establecido en la Ley M N° 3266;

Que, la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable es

competente para el dictado de la presente en función de la Ley de (Vllnisterios N°

4.794, y el Decreto N° 1155/14, por medio de la cual se la designa autoridad ambiental

de la provincia;

Por ellof

LA S E C R E T A R I A DE AMBIENTE Y D E S A R R O L L O S U S T E N T A B L E R E S U E L V E :

ARTICULO 1°: Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto

de Conversión de Pozo PFO.x-6 a inyector y tendido de línea de

inyección, a ejecutarse en el Yacimiento Puesto Flores, operado por la empresa

CHEVRON ARGENTINA S.R.L., con los condicionantes enunciados en los artículos

ES COPIA FIEL DEL GRiGíNAL

Page 3: ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL · de caudales escalonados y a continuación un ensayo de declinatoria de la presión. Además en el Estudio de Impacto Ambiental, se describen las diferentes

subsiguientes de la presente.-

ARTICULO 2°: La empresa operadora deberá acreditar en forma fehaciente ante esta Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable las autorizaciones

respectivas de los superficiarios como condición sine qua non y, presentar copia de la documentación pertinente a los ensayos realizados al pozo y cañerías y, a los análisis efectuados al agua destinada a inyección.-

ARTÍCULO 3°: La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable se reserva las facultades que, como Autoridad de Aplicación de la Ley M N° 3266,

de efectuar el control y verificación de las obras, así como de realizar las correcciones o solicitar las modificaciones que estime convenientes, en función de la conveniencia ambiental y a efectos de mitigar los impactos que puedan surgir en el transcurso de las tareas a ejecutar.-

ARTICULO 4°: Regístrese, notifíquese a la parte interesada, tome conocimiento el

Área Técnica, cumplido, archívese.-