era dar cumplimiento a su deber constitucional de “from time to...

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1 EL ENUNCIADO DE LOS DERECHOS HUMANOS. HACIA EL 10 DE DICIEMBRE DE 1948 En la tarde del 6 de enero de 1941 compareció el Presidente Franklin D. Roosevelt ante el Congreso de los Estados Unidos para rendir su informe sobre el estado de la Unión. La reunión tenía un doble fin: por una parte ratificar el triunfo electoral de Frankiln D. Roosevelt para un tercer periodo que comenzaría el 20 de enero siguiente y el segundo era dar cumplimiento a su deber constitucional de “from time to time give to the Congress Information on the State of the Union...” 1 El ambiente seguramente era de gran expectación. 2 Aunque el país no se encontraba en guerra, el gobierno impulsaba un mayor compromiso con las democracias occidentales y con China que se expresaría a las pocas semanas en la firma de la Ley de Préstamo y Arriendo (Lend-Lease), y que convertiría a los Estados Unidos en el arsenal de la democracia, según palabras del mismo Roosevelt. La simpatía de la administración estadounidense por la lucha en solitario del imperio británico contra el Eje era amplia y los esfuerzos que hacía por derribar los prejuicios aislacionistas de la opinión pública norteamericana eran muchos y constantes. Por ello el discurso de 1941, año que a la postre será fatídico para el bando aliado por las derrotas británicas en los Balcanes y en el norte de África, la invasión a la Unión Soviética y el ataque a Pearl Harbour, estuvo plagado de referencias a la guerra y a la paz. La pieza oratoria de poco más de media hora fue cuidadosamente medida. Los primeros párrafos se refirieron a la historia del país que había sabido preservarse lejano desde su fundación de los conflictos mundiales 3 . Ni en las guerras napoleónicas, ni con el desembarco de Maximiliano en México, y tan sólo brevemente durante la primera guerra mundial, el país se había salido de su línea de no intervención. Sólo los conflictos internos, principalmente los cuatro años de guerra civil, habían perturbado la paz del país 4 . Pero la situación de 1941 era diferente y el riesgo de sufrir un ataque directo parecía inminente a no ser por la protección de la Armada Británica. Sin embargo, el discurso de Roosevelt sobre la relativa tranquilidad interior de los Estados Unidos fue más allá de buscar una explicación militar. No eran los extensos océanos o la potencia de sus fuerzas armadas lo que había producido el milagro de más de siglo y medio de desarrollo en paz, sino era el tipo de política interna basada en el respeto de los derechos y la dignidad de todos los conciudadanos dentro de sus fronteras lo que, según el presidente, explicaba la paz y, por tanto, ésa debiera ser la ruta de la política exterior: 1 U.S. Const., Art. II, Sec. 3. 2 Una crónica del suceso fue elaborada por John Q. Barrett Four Freedoms (January 6, 1941). http://www.stjohns.edu/media/3/82b5d0dea7494ab6a9656e6199a6c0b8.pdf?d=20110106 3 Salvo los que ella misma provocaba como la guerra con México en 1846 o con España en 1898. 4 No mencionó tampoco las guerras con las naciones indígenas del Centro y Oeste de los Estados Unidos.

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1

EL ENUNCIADO DE LOS DERECHOS HUMANOS. HACIA EL 10 DE DICIEMBRE DE 1948

En la tarde del 6 de enero de 1941 compareció el Presidente Franklin D. Roosevelt ante el

Congreso de los Estados Unidos para rendir su informe sobre el estado de la Unión. La

reunión tenía un doble fin: por una parte ratificar el triunfo electoral de Frankiln D.

Roosevelt para un tercer periodo que comenzaría el 20 de enero siguiente y el segundo

era dar cumplimiento a su deber constitucional de “from time to time give to the Congress

Information on the State of the Union...”1 El ambiente seguramente era de gran

expectación.2 Aunque el país no se encontraba en guerra, el gobierno impulsaba un mayor

compromiso con las democracias occidentales y con China que se expresaría a las pocas

semanas en la firma de la Ley de Préstamo y Arriendo (Lend-Lease), y que convertiría a los

Estados Unidos en el arsenal de la democracia, según palabras del mismo Roosevelt. La

simpatía de la administración estadounidense por la lucha en solitario del imperio

británico contra el Eje era amplia y los esfuerzos que hacía por derribar los prejuicios

aislacionistas de la opinión pública norteamericana eran muchos y constantes. Por ello el

discurso de 1941, año que a la postre será fatídico para el bando aliado por las derrotas

británicas en los Balcanes y en el norte de África, la invasión a la Unión Soviética y el

ataque a Pearl Harbour, estuvo plagado de referencias a la guerra y a la paz.

La pieza oratoria de poco más de media hora fue cuidadosamente medida. Los primeros

párrafos se refirieron a la historia del país que había sabido preservarse lejano desde su

fundación de los conflictos mundiales3. Ni en las guerras napoleónicas, ni con el

desembarco de Maximiliano en México, y tan sólo brevemente durante la primera guerra

mundial, el país se había salido de su línea de no intervención. Sólo los conflictos internos,

principalmente los cuatro años de guerra civil, habían perturbado la paz del país4. Pero la

situación de 1941 era diferente y el riesgo de sufrir un ataque directo parecía inminente a

no ser por la protección de la Armada Británica.

Sin embargo, el discurso de Roosevelt sobre la relativa tranquilidad interior de los Estados

Unidos fue más allá de buscar una explicación militar. No eran los extensos océanos o la

potencia de sus fuerzas armadas lo que había producido el milagro de más de siglo y

medio de desarrollo en paz, sino era el tipo de política interna basada en el respeto de los

derechos y la dignidad de todos los conciudadanos dentro de sus fronteras lo que, según

el presidente, explicaba la paz y, por tanto, ésa debiera ser la ruta de la política exterior:

1 U.S. Const., Art. II, Sec. 3.

2 Una crónica del suceso fue elaborada por John Q. Barrett Four Freedoms (January 6, 1941).

http://www.stjohns.edu/media/3/82b5d0dea7494ab6a9656e6199a6c0b8.pdf?d=20110106 3 Salvo los que ella misma provocaba como la guerra con México en 1846 o con España en 1898.

4 No mencionó tampoco las guerras con las naciones indígenas del Centro y Oeste de los Estados Unidos.

2

“decent respect for the rights and dignity of all nations, large and small. And the justice of

morality must and will win in the end” (parágrafo 30).5

81 In the future days, which we seek to make secure, we look forward to a world founded upon four essential human freedoms.

82 The first is freedom of speech and expression—everywhere in the world. 83 The second is freedom of every person to worship God in his own way—

everywhere in the world. 84 The third is freedom from want—which, translated into world terms, means

economic understandings which will secure to every nation a healthy peacetime life for its inhabitants—everywhere in the world.

85 The fourth is freedom from fear—which, translated into world terms, means a world-wide reduction of armaments to such a point and in such a thorough fashion that no nation will be in a position to commit an act of physical aggression against any neighbor—anywhere in the world.6

Los historiados de la declaración de los derechos humanos dan a este discurso un carácter

fundacional.7 La preparación de los Estados Unidos para romper el aislacionismo que

caracterizaba su actitud ante la guerra suponía la dotación de objetivos políticos de amplio

alcance que fueran más allá de la protección de sus costas y fronteras. El discurso por ello

fue recordado como el de “las cuatro libertades” y lejos de marcar un programa para la

guerra lo hacía más bien para la paz.

El texto que tiene en sus manos el lector considera los derechos humanos desde una

perspectiva simbólica más que jurídica. Ambas visiones son imposibles de separar, pero el

énfasis que propongo radica prioritariamente en lo primero. Los derechos humanos se

5 De hecho, el intervencionismo americano ha contado como estandarte principal tanto la seguridad

nacional como la imposición del respeto a los derechos fundamentales. La Pax americana, interpretada al estilo como lo hizo en su discurso del 6 de enero de 1941, es decir sostenida en libertades consideradas naturales o fundamentales (“Freedom means the supremacy of human rights every where”, parágrafo 89, 06-Jan-1941) ha seguido siendo hasta la fecha la razón por la que el intervencionismo se vuelve imperioso desde la perspectiva estadounidense. 6

Franklin D. Roosevelt Annual Message to the Congress, 1941, January 6, 1941,

http://newdeal.feri.org/speeches/1941a.htm 7 Este texto considera los derechos humanos desde una perspectiva simbólica más que jurídica. Ambas

visiones son imposibles de separar, pero el énfasis que me propongo radica prioritariamente en lo primero. Los derechos humanos se constituyeron a partir de la década de los cuarenta en una narrativa donde los principales protagonistas fueron los países anglosajones y específicamente los Estados Unidos. Los casi doscientos años anteriores que desde la Ilustración alimentaron la declaración de 1948 parecen quedar en el olvido como los muchos esfuerzos de países o regiones del mundo que antes incluso al discurso de Roosevelt de 1941 ya habían puesto manos a la obra en el trabajo de elaborar una declaración de alcance universal sobre los derechos humanos. Puede verse en este punto el trabajo de Glendon, Mary Ann (2003) “The Forgotten Crucible: The Latin American Influence on the Universal Human Rights Idea” Harvard Human Rights Journal / Vol. 16: 27-39. Este texto se encuentra en español como un capítulo del libro de la misma autora titulado Un mundo nuevo. Eleanor Roosevelt y la Declaración Universal de Derechos Humanos, 2011.

3

constituyeron a partir de la década de los cuarenta en una narrativa donde los principales

protagonistas fueron los países anglosajones y específicamente los Estados Unidos.

Aunque hay autores que aportan información sobre muchas instituciones que se sumaron

o tuvieron una idea semejante a la del presidente Roosevelt, es muy probable que estas

propuestas carecieran de la coherencia con que el líder estadounidense las presentó aquel

enero de 1941.8 Los casi doscientos años anteriores que desde la Ilustración alimentaron

la declaración de 1948 parecen quedar en el olvido como los muchos esfuerzos de países

o regiones del mundo que antes incluso al discurso de Roosevelt de 1941 ya habían

puesto manos a la obra en el trabajo de elaborar una declaración de alcance universal

sobre los derechos humanos.9

Las “cuatro libertades” roosveltianas son en sí mismas un paradigma ético y cultural. El

discurso se convirtió en uno de los más importantes del político como luego lo fue tal vez

el discurso de Truman sobre el Desarrollo (1949) o el de Kennedy (1962) proponiendo a la

sociedad americana el reto de enviar un hombre a la luna en la década de los sesenta.

Muchas decisiones políticas y culturales ratifican la importancia del discurso y ponen de

manifiesto el interés por popularizar el mensaje dentro y fuera de los Estados Unidos.10

Durante la guerra se tuvo la intención de elaborar un emblema de las fuerzas aliadas

basado en la idea de las cuatro libertades consistente en una bandera con cuatro barras

verticales -que representaban a las cuatro libertades- como símbolo de las Naciones

Unidas.11 La propuesta fue más allá del diseño, pero nunca tuvo uso oficial.12 Por otra

8Johanes Morsink, por ejemplo, menciona que en 1941 La National Catholic Welfare Conference solicitó a la

esposa del presidente impulsar los derechos Humanos y que casi al mismo tiempo que se celebraba la reunión Roosevelt Churchill donde se discutía la Carta del Atlántico, en Buenos Aires una conferencia hacia otro tanto. Ese mismo año el Papa Pio XII abogaba por los derechos humanos y en Agosto de 1942 el clero francés leyó en los templos una carta abierta que hacía referencia a los derechos naturales del hombre (Morsink, 1) 9Puede verse en este punto el trabajo de Glendon, Mary Ann (2003) donde señala el injusto olvido de las

aportaciones latinoamericanas a la discusión de los derechos humanos, sobre todo en el campo de los derechos sociales. 10

Por ejemplo, en el frontis del palacio legislativo de Perú se encuentra una placa en bronce colocada en 1947 que menciona las cuatro libertades roosveltianas (http://es.wikipedia.org/wiki/Palacio_Legislativo_del_Per%C3%BA#Placas_de_Las_Cuatro_libertades_Rooseveltianas) 11

En ese tiempo, el término Naciones Unidas servía para nombrar a la coalición en lucha contra las potencias del eje. Esta denominación tiene su origen en la ratificación, el primero de enero de 1942, de los Estados Unidos, Reino Unido y la URSS, además de varios países beligerantes, de la Carta del Atlántico, documento que a partir de entonces se llamó Declaración de las Naciones Unidas. Ver http://www.un.org/en/aboutun/history/declaration.shtml 12

“Designed by Brooks Harding in October 1942, the flag was used from June 13, 1943 to c. 1948. It never served as an official flag of the United Nations” (http://en.wikipedia.org/wiki/United_Nations_Honour_Flag). Consultar también el texto de Marguerite Sitgreaves, (By Secretary of the United Nations Honor Flag Committee) “A Brief History of the Honour Flag”, publicado en la primera edición de la World Flag Encyclopedia by Brooks Harding and

4

parte, el pintor Norman Rockwell desarrolló cuatro cuadros sobre las cuatro libertades

que tuvieron gran éxito propagandístico y que hoy se pueden contemplar en el museo

Norman Rockwell en Massachusetts donde se conserva la obra y el conjunto de piezas

inspiradas en las cuatro libertades.13 En el Memorial de Roosevelt en Washington están

grabadas las cuatro libertades buscando con eso perpetuar su memoria y la identificación

del político con esa declaración. Finalmente, en 1982 se instituyó el premio “Four

Freedoms” bajo el auspicio de la instituto Franklin and Eleanor Roosevelt de Nueva York

que anualmente reconoce a personas destacas por la defensa o el ejercicio de las cuatro

libertades enunciadas por FDR en 1941: Freedom of Speech, Freedom of Worship,

Freedom from Want, Freedom from Fear. Por cierto que los mexicanos Carlos Fuentes

(2006, premio Freedom of Speech) y Ernesto Zedillo (2002 premio Freedom from Fear)

han sido honrados con ese reconocimiento.14

En cuanto a la influencia de la definición de Roosevelt sobre la declaración de los derechos

humanos la relación es directa. El segundo preámbulo de la declaración universal, por

ejemplo, cita casi textualmente, las definiciones de Roosevelt:

“Whereas disregard and contempt for human rights have resulted in barbarous acts which have outraged the conscience of mankind, and the advent of a world in which human beings shall enjoy freedom of speech and belief and freedom from fear and want has been proclaimed as the highest aspiration of the common people,”

que en la versión castellana queda ligeramente obscurecida:

“Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias”.

Es interesante el encuadre de los derechos universales que Roosevelt desarrolló en su

discurso. Las libertades de expresión y de culto formaban parte de la tradición americana,

pero no es sólo la tradición del May Flower lo que puede explicar su preminencia. Jürgen

(http://www.fotw.net/flags/uno_honr.html).El emblema constaba de cuatro barras verticals sobre un campo blanco. 13

Ver: http://www.nrm.org/ai1ec_event/four-freedoms-forums-a-series-of-town-hall-meetings-at-the-norman-rockwell-museum/?instance_id= 14

Fuentes ha expresado en varias ocasiones su admiración como política a Franklin Roosevelt de quien dijo que fue el político más grande del siglo XX. Ver El País “El estadista del siglo” 26 de octubre de 1999 y “El premio Roosevelt” 18 de mayo de 2006.

5

Habermas (2003) hace una reflexión de gran interés sobre la conexión entre la tolerancia

(que en un principio es un concepto referido claramente al campo religioso) y los derechos

humanos y culturales. Llama la atención de que si bien el origen de la tolerancia religiosa

ocurre en el nacimiento de la época liberal en Europa, su trascendencia en la reflexión de

los derechos humanos y culturales se encuentra en su condición clara de ser un derecho

basado en la reciprocidad (20003: 4 y 5). Habermas trata de poner en claro este giro

citando a Pierre Bayle (1647-1706):

“Si al muftí le viniera en gana enviar algunos misioneros a tierras cristianas, del

mismo modo que el papa los despacha a la India, no creo que se estuviera

facultado para castigarles cuando posteriormente estos misioneros turcos fueran

sorprendidos entrando en nuestras casas para cumplir con su tarea proselitista….”

(op. cit. P. 4)

La propuesta del filósofo alemán es que la tolerancia religiosa va más allá de ser una

concesión de la autoridad, ni es sólo el resultado de una limitación de los derechos del

soberano, sino supone una cambio de visión de los derechos del pueblo: la tolerancia

religiosa es una condición de vida que los ciudadanos se otorgan mutuamente y, por lo

mismo, más que una disposición paciente o transigente de un ciudadano con respecto a

quien profese una religión diferente supone más bien una “virtud política de los

ciudadanos” (op. cit 7). Es decir, la tolerancia se puede sancionar y exigir legalmente, pero

es en el trato cotidiano de los ciudadanos, donde en verdad se puede observar si hay o no

tolerancia. En ese sentido, reflexiona Habermas, “la tolerancia sólo puede comenzar más

allá de la discriminación” (ídem).

Desde luego que las reflexiones de Habermas las escribe más de 60 años después del

discurso del Roosevelt, pero conviene reconocer tanto el peso, como fidelidad de estos

principios generales de derechos humanos con la tradición americana. En efecto, colocar

los derechos de expresión y de culto en el primer lugar de su breve lista, es reconocer el

papel mítico que la libertad religiosa ocupa en la historia de los Estados Unidos que

identifican el origen de la colonización con el viaje de los peregrinos en busca de una tierra

donde pudieran expresar en libertad su fe. Podría ser igualmente relevante la libertad de

“desear” que se identificaba con una visión del desarrollo: Freedom from want es el deseo

de librarse de la miseria o la pobreza, aunque Glen Johnson es más preciso al decir que

Roosevelt aceptó esta denominación a sugerencia de un periodista y la pensó como la

remoción de aquellas barreras culturales en primer lugar, pero económicas en segundo

término, existentes entre naciones:

6

“He accepted a reporter's suggestion of the label, Freedom from Want, for what Roosevelt was then describing as "the removal of certain barriers between nations, cultural in the first place and commercial in the second place." In the State of the Union address, he more formally described it as meaning "understandings which will secure to every nation a healthy peacetime life for its inhabitants-everywhere in the world, "l' but it is clear that his main concern was with a traditional U.S.” (Johnson 1987: 21)

También podemos encontrar en esta expresión un eco lejano del jeffersoniano derecho de

la búsqueda de la felicidad, pues identificar el estar libre de la pobreza con la libertad de

desear sugiere una continuidad entre necesidad y placer. Finalmente la libertad del miedo

toca la sensibilidad precisa del momento en que fue escrito ese discurso.

Sin embargo un punto que inmediatamente va a ocupar un papel relevante en la

búsqueda de un reconocimiento universal de los derechos humanos es la organización

internacional que habría de salir de la contienda y que tendría, entre muchas otras de sus

finalidades, la de preservar la paz. Es decir si la paz debía basarse en el respeto de

derechos de todos los seres humanos, debía tener un sustento institucional: “The world

order which we seek is the cooperation of free countries, working together in a friendly,

civilized society” (parágrafo 88). El cambio definitivo entre el espíritu de la Sociedad de

Naciones y la Organización de las Naciones Unidas es que se introducirá al discurso del

respeto a la soberanía el discurso de los derechos de los ciudadanos15 y no sólo el respeto

a las naciones y que se intentará construir un sistema que permita la defensa de estos

derechos.

De este modo, el discurso roosveltiano sobre el régimen que habría de garantizar la paz en

el futuro se distinguen claramente tres elementos:

15

Como se verá más adelante, la disposición de un tribunal internacional a escuchar alguna queja de un ciudadano ocurre por vez primera con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, en 1959. Tras este organismo, Tanto la Comisión de Derechos Humanos, como la Comisión de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del mismo organismo pudieron, a partir de su aprobación en 1976, atender quejas individuales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos tuvo esa misma capacidad a partir de 1979.

7

Fuente: Elaboración propia.

Si, como trato de demostrar en este texto, los derechos humanos son una narrativa que

supone actores y cualidades que interactúan para producir un resultado, éste relato se

compone de diversos elementos entrelazados: 1) definición de los derechos o libertades,

2) identificación de los derechos y libertades con el sistema económico y 3) creación de

instrumentos que haga efectivos esos derechos. Por tanto es difícil entender el despliegue

de la ideología y el sistema de los derechos humanos sin estos tres elementos.

Para el 6 de enero de 1941, hablando ante las dos cámaras reunidas en sesión solemne, lo

más relevante para el presidente Roosevelt era la búsqueda de apoyos políticos y

financieros por parte del Congreso y, por ello, más que hablar de la guerra lo hizo a

nombre de la paz. A la fracción aislacionista de la legislatura le propuso un plan basado en

los derechos y en la común dignidad de todos los seres humanos. Sin embargo, para la

historia de los derechos humanos hay que precisar que la estrategia política que el

Presidente desarrolló durante los siguientes años y hasta su muerte, estuvo más orientada

a la construcción de la futura organización de las Naciones Unidas que en la definición de

los derechos de los seres humanos, dos elementos relacionados pero muy diferentes en

cuanto a las estrategias para alcanzar unos y otra.

Las cuatro libertades rooseveltianas:

expresión, culto, pobreza, paz.

La existencia de un régimen de

cooperación (una organización

internacional) que haga efectivas estas

libertades.

La identificación de la libertad de pobreza

con el consumo económico.

TRES COMPONENTES DE LAS LIBERTADES HUMANAS A PARTIR DEL DISCURSO DE ROOSEVELT, 6 DE ENERO DE 1941

8

Las cuatro libertades y la Carta del Atlántico

Uno de los documentos que marcó la estrategia a seguir durante la contienda fue la Carta

del Atlántico acordada el Reino Unido y los Estados Unidos en agosto del mismo año de

1941. Los acontecimiento en tiempo de guerra se precipitaban si miramientos y en los

ochos meses que median entre el “Discurso de las cuatro libertades” y la “Carta de

Atlántico” tiene lugar el cambio de status de los Estados Unidos que pasó, con la firma de

la ley de Préstamo y Arriendo, de una situación de “neutralidad” a otra de “no

beligerancia”.

La Carta del Atlántico fue el documento que marcó los objetivos de las naciones aliadas en

su lucha contra las potencias del Eje y hasta cierto punto abandonó la expresión

doctrinaria que formuló Roosevelt en enero de 1941. El documento fue una iniciativa del

Presidente Roosevelt aunque la primera versión de la Carta la escribió el premier británico

y, por tanto, contenía los intereses con que Churchill impulsaba la gran alianza contra

Alemania e Italia. El 22 de junio de ese año, Hitler había invadido la Unión Soviética y

Churchill se había apresurado a ofrecer su colaboración a los soviéticos. Por otra parte, la

batalla del Atlántico, es decir el intento de los alemanes de ahogar materialmente a las

islas británicas al impedir el suministro de armamento y materias primas, estaba

alcanzando su máximo nivel. Es por ello que la reunión de Churchill con el presidente

Roosevelt en las aguas de Terranova tenía un sentido especial: La definición de los

objetivos político-militares de la contienda.

Churchill en sus memorias dice alegremente que a pesar de su amplia fama de

reaccionario, le enorgullecía que Roosevelt no hubiera hecho mayores enmiendas al

borrador del documento pero, no obstante ello, la desconfianza que animaba a las dos

democracias anglosajonas era mucha. De hecho, comenta Churchill, el gabinete de guerra

británico no veía mayor interés en ese documento salvo el hacer que los Estados Unidos

dieran un paso más en su papel de país no beligerante. Los Estados Unidos, por su parte,

veían con desconfianza la negativa del imperio británico hacía la apertura económica

mundial. Tres temas son los que están tratados en la carta: la renuncia a reivindicaciones

territoriales y la defensa de la libertad de las naciones, el acceso a las materias primas “sin

discriminación y en igualdad de condiciones” y la propuesta de crear una organización

para la salvaguarda de la paz en la posguerra, objetivo que según Churchill sería

decepcionante para la opinión pública británica en caso de no estar incluido en el

documento (Churchill, VI-61).

La identificación de la fórmula de las cuatro libertades de Roosevelt con los ocho

principios de la Carta del Atlántico no es fácil. De hecho, un asesor de Roosevelt señaló las

9

pérdidas que había sufrido la filosofía presidencial frente al impulse imperialista del

premier británico: "One immediate reaction worth reporting is feeling on part of some

that we have lost two of our four freedoms since no mention was made in the eight points

of freedom of religion or freedom of speech and press"16, ya que el énfasis no estaba en

los derechos humanos, sino en la soberanía de las naciones y en el importante acuerdo de

no exigir reparaciones territoriales después de la guerra.

Both countries agreed not to seek territorial expansion; to seek the liberalization of international trade; to establish freedom of the seas, and international labor, economic, and welfare standards. Most importantly, both the United States and Great Britain were committed to supporting the restoration of self-governments for all countries that had been occupied during the war and allowing all peoples to choose their own form of government (Milestones: 1937-1945)17.

¿Qué tan grandes fueros las pérdidas de los derechos humanos en la Carta del Atlántico?

A la vuelta de varios años es entendible la frustración que el documento generaba en las

dos naciones firmantes. Por el lado americano, la carta no enfrentaba las objeciones de los

aislacionistas que veían en la franca coincidencia de intereses de Roosevelt con Churchill

un enorme peligro. De hecho, esta situación sólo se superó unos meses más tarde con el

ataque a Pearl Harbour y eso hasta cierto punto, pues la división entre Pacifistas y

Atlantistas, es decir, entre los que veían que el frente principal de los Estados Unidos

estaba en el Pacífico y los que asumían la tesis de Churchill de que era necesario derrotar

en primer lugar a Alemania, no hizo fáciles las cosas para los tomadores de decisión en

Washington. Por el lado Británico, la carta no contenía ningún compromiso preciso de los

Estados Unidos con el esfuerzo del Reino Unido. Por una parte, el gabinete de guerra

británico, según escribe Churchill en sus memorias, consideraba que ponía en serio riesgo

la pervivencia del Imperio. Por otra parte, la propuesta quinta de la carta que señalaba el

interés de extender el estado de bienestar a todos los países (“asegurar a todos mejoras

en los sistemas de trabajo, en la economía y en la seguridad social”) tampoco resultaba de

gran interés a un país precisamente caracterizado por poseer las peores condiciones en

esas materias.

En contrapartida, la Carta del Atlántico, fijó los objetivos de guerra de las Naciones Unidas

que unos meses después firmaron, como ya he mencionado, todas las naciones aliadas y

estableció criterios que convocaron con más claridad a la unidad de todos aquellos

dispuestos a enfrentar la agresión de los países del Eje, principalmente la renuncia a

16

Citado por M. Glen Johnson “The Contributions of Eleanor and Franklin Roosevelt to the Development of

International Protection for Human Rights “ Human Rights Quarterly, Vol. 9, No. 1 (Feb., 1987)19-48, p. 22 17

The Atlantic Conference & Charter, 1941http://history.state.gov/milestones/1937-1945/AtlanticConf

10

reivindicaciones territoriales y el reconocimiento de la necesaria anuencia de las naciones

para confirmar cualquier cambio político o territorial. 18 Pero más allá de los objetivos

tácticos de cada uno de los documentos –romper el aislacionismo americano o unificar los

esfuerzos militares contra la Alemania nazi- las ausencias son notables: En la breve

historia americana que Roosevelt reseña en su discurso del 6 de enero de 1941 nada se

dice de las luchas contra los nativo-americanos o la segregación racial. Tampoco se

establece una clara referencia, en la Carta del Atlántico, contra el colonialismo, que en ese

momento era parte del horizonte político del momento. De hecho, Churchill tuvo que

pactar casi de manera individual con los dominios del Imperio el nuevo estatus político

posterior a la guerra que fue en gran medida el acicate de la cooperación de éstos con la

metrópoli.

Hacia la Organización de las Naciones Unidas

Con todo, la Carta del Atlántico establecía en uno de sus puntos que la lucha contra la

tiranía nazi implicaba la construcción de una nueva organización internacional que diera

seguridad a todos los países dentro de sus fronteras y en todos los océanos y, de hecho, la

administración Roosevelt trabajó con gran ahínco para crear las condiciones que la

hicieran posible. En la conferencia de Quebec de agosto de 1943, los responsables

británico y estadounidense de las relaciones exteriores ratificaron el compromiso de crear

una organización internacional basada en el principio de una igual soberanía de todas las

naciones. En Julio de 1944, tuvo lugar la reunión de Bretton Woods que fijó el orden

económico que marcó el derrotero del mundo hasta los años setenta. Es curioso que en la

detallada y autojustificatoria historia de la segunda guerra mundial que escribió W.

Churchill no hablara de esta reunión que tuvo consecuencias trascendentes para el mundo

en los años inmediatos de la posguerra. Pero dedica, en cambio, varias páginas a la

reunión de Dumbarton Oaks que diseñó orgánicamente la Organización de las Naciones

Unidas.

Tanto la cita de Bretton Woods como la de Dumbarton Oaks tuvieron lugar una vez

realizados los desembarcos aliados en la costa norte francesa y con ello se estableció

firmemente el ansiado segundo frente demando por Stalin desde tres años antes. Un

cierto equilibrio en el esfuerzo de guerra se había establecido y por ello era factible que

los aliados anglosajones impusieran algunos puntos de vista.

18

La Carta se propuso en enero de 1942 a los 26 países que en ese tiempo luchaban contra el Eje convirtiéndose así en el programa de los países aliados o naciones unidas tanto para la guerra como para el periodo de paz.

11

Sin embargo, para agosto de 1944 el interés y el alcance de una posible organización

mundial internacional eran vistos de modos muy diferentes por los tres grandes líderes

aliados. Roosevelt mantenía con firmeza que la ONU sería la única garantía de la paz y que

para ello tenía que convencer tanto a los aliados como a sus propias fuerzas políticas

aislacionistas que fueron incapaces de comprender la importancia de la Sociedad de

Naciones propuesta precisamente por otro líder estadounidense, el presidente Wilson.

Por su parte Churchill y Stalin fueron atenuando su entusiasmo conforme el fin de la

guerra se acercaba. La ilusión británica de preservar su imperio y el afán soviético de

asegurar sus fronteras manteniendo sus fuerzas en los territorios que empezaba a ocupar

en su combate contra los ejércitos fascistas, desdibujaban claramente el sentido de la

carta del Atlántico y dejaban en muy malas condiciones el nacimiento de las Naciones

Unidas.19

La conferencia de Dumbarton Oaks fue un trabajo de refinada diplomacia, es decir, los

líderes de las grandes potencias no asistieron a la cita y sí, en cambio, diplomáticos de

probada experiencia y, por ello mismo, el documento final tenía mucha mayor sustancia

que lo que pudiera esperarse de una declaración política. Los documentos producidos

detallaron los principales organismos de la futura organización, especialmente del Consejo

de Seguridad compuesto por los cuatro grandes aliados (Estados Unidos, Reino Unido,

Unión Soviética y China) como miembros permanentes y por 6 miembros no

permanentes. También se estableció la creación de la Asamblea General y de posibles

organismos especializados que tendrían misiones muy precisas.20 Los documentos

producidos en esa reunión son de gran interés.21 Sin embrago, como lo señala Mary Ann

Glendon (2011) prácticamente no hay ninguna referencia al tema de los derechos

humanos salvo en la descripción que se hace sobre la forma como deben arreglarse los

conflictos internacionales que deberán hacerse promoviendo el respeto de los derechos

19

En la historia de Mary Ann Glendon sobre la declaración de los derechos humanos señala el desprecio con que los tres grandes aliados veían la participación de las naciones “pequeñas” en la nueva organización. Por ejemplo, el británico Alexander Cadogan escribe en una carta privada el malestar que le ocasionaban las pequeñas naciones: “Tendremos a todos los chiquillos gritándonos en el cuello y no será fácil. Por supuesto que podemos sonar el látigo y decirles que si no les gusta nuestra propuesta entonces no habrá ninguna Organización Mundial. Pero creo que lo que hagamos; hemos de actuar con mucho tacto” (48). 20

En la Conferencia de Teherán se estableció el diseño básico de la ONU y la creación de organismos que asistirían al cumplimiento de las tareas de esta organización. En esos años se pensó en la Food and Agricultural Organization (Mayo de 1943), La United Nations Relief and Rehabilitation Administration (Noviembre de 1943), La United Nations Educational, Scientific, and Cultural Organization (Abril de 1944), El International Monetary Fund, el World Bank (Julio de 1944), y la International Civil Aviation Organization (Noviembre 1944). 21

Dumbarton Oaks Washington Conversations on International Peace and Security Organization (1944) Proposals for the Establishment of a General International Organization, October 7, http://www.ibiblio.org/pha/policy/1944/441007a.html

12

humanos y las libertades individuales.22 En cambio, la discusión del diseño de las Naciones

Unidas estuvo marcada por un marcado autoritarismo de las tres grandes potencias las

cuales, por una parte, querían evitar el fracaso de la Sociedad de Naciones otorgándose

poderes que superaban a los del conjunto de los miembros de la organización (el famoso

derecho de veto), pero también pesaban los intereses y preocupaciones que dieron origen

a la guerra fría (la ocupación de los países de Europa del Este, la imposición en esos países

de gobiernos afines a Moscú, la propaganda de los partidos comunistas de Occidente

contra las políticas de reconstrucción de Europa, la existencia de una sola potencia nuclear

-pues la URSS estalla su primera bomba atómica en 1949- y la restructuración del mundo a

partir de la descolonización de África y Asia, entre otros factores) que hacía que alguna

potencia utilizara las demandas de las pequeñas naciones para crear problemas a las otras

potencias, como fue el caso de la demanda de algunos países a favor de la soberanía

efectiva que ponía en aprietos la política colonial británica. Ya podremos imaginar el

galimatías que supuso la redacción del primer artículo de la carta de la ONU que reconoce

la autodeterminación de los pueblos en lugar de una aséptica idea de “gobierno propio”

como deseaban los británicos:

2. To develop friendly relations among nations based on respect for the principle of equal rights and self-determination of peoples, and to take other appropriate measures to strengthen universal peace;

La sociedad civil estadounidense.

¿Cómo se relacionan la propuesta del reconocimiento universal de los derechos humanos

con los acuerdos para la construcción de las Naciones Unidas?

Muchas instituciones estadounidenses se mostraron muy interesadas en la propuesta del

presiente Roosevelt de enero de 1941 y no esperaron a que fueran los gobiernos aliados

los que respondieran a la iniciativa presidencia.23 El American Law Institute (ALI) describió

22

Chapter IX. Arrangements for International Economic and Social Cooperation. Section A. Purpose and

Relationships. 1. With a view to the creation of conditions of stability and well-being which are necessary for peaceful and friendly relations among nations, the Organization should facilitate solutions of international economic, social and other humanitarian problems and promote respect for human rights and fundamental freedoms. Responsibility for the discharge of this function should be vested in the General Assembly and, under the authority of the General Assembly, in an Economic and Social Council. 23

La importancia de la participación de muchas ONGs, -la mayoría estadounidenses- en la discusión de los derechos humanos es señalada por varios investigadores entre ellos por Glen Johnson (1994) The Universal Declaration of Human Rights 45th Anniversary 1948-1993, Paris, UNESCO: “From the beginning, American NGOs had prodded the State Department to take human rights seriously indeed as it worked to develop a charter for a new international organization. Members of the State Department’s Planning Group were frequent participants in the deliberations of groups such as the American La Institute and the Commission to Study the Organization of Peace” (28).

13

los problemas que planteaba la elaboración de un documento de alcance internacional

sobre los derechos humanos y el Director del Instituto en ese tiempo, William Draper

Lewis, presentó en abril de 1942 un resumen sobre las grandes dificultades que suponía la

elaboración de una Carta de esa naturaleza. Apunto algunas de ellas que, por supuesto,

estuvieron en la mesa de discusión en los años siguientes:

Los derechos individuales en la tradición americana se dividen en dos tipos:

- La progresiva conciencia de lo que se le debe a un individuo en una sociedad

democrática, como libertad de religión, de expresión, de prensa y de reunión.

- Otros derechos que tienen que ver con los gobiernos democráticos que tienen por

finalidad asegurar a los ciudadanos una actuación mesurada y contenida hacia sus

ciudadanos como el derecho a un juicio justo, o a no ser privado de la vida o de la

libertad sin un debido proceso.

Estos derechos se habían vivido en la tradición norteamericana prácticamente desde su

nacimiento, pero con humildad Lewis recuerda que fue necesario establecer estos

derechos en forma de enmiendas varios años después de aprobaba la Constitución para

que estuvieran claramente reconocidos tanto por los ciudadanos como por las diversas

ramas del Estado.

Una pregunta que se hace a sí mismo el ALI en 1942 fue qué tan dispuestas estarían las

naciones que se enfrentaban en ese momento a las potencias del Eje a firmar un

documento internacional de derechos. Obviamente no podía tener ninguna certeza sobre

una respuesta positiva a esta interrogante pero sí, al menos, se podría proponer realizar

estudios sobre las siguientes materias:

1. Si podría haber acuerdo en que hay ciertos derechos que debieran ser velados por

instancias externas a los propios estados nacionales. “This is the primary task

which the Institute desires to undertake. If it is found that there are such rights it

will be time to discuss the possibility and the desirability of their enforcement by

some extra-national judicial or executive body or whether their interpretation and

enforcement should be left to each nation” (op. cit. 446).

2. Otra dificultad es quién debiera formar parte del grupo de especialistas que

elaboraran el documento. En opinión de Lewis, el grupo debiera ser pequeño, pero

abarcando una representación amplio y diversa en bagajes culturales no solo de

América, sino de China, Rusia o la India. Más aún, este grupo de especialistas no

debiera estar formado sólo por abogados, sino también debería incorporar a

políticos, científicos sociales y economistas. “The group of advisers, while

14

comparatively small, should represent as wide a diversity of cultural backgrounds

as practicable; if possible, not only western Europe and the Americas, but also

Russia, China, and India. Further-more, they should not all be lawyers, even

lawyers who have thought and worked in the field of international law. The group

should include those whose work has been in the field of political and social

science and economics”(op. cit. 447).

3. Un último problema es que no había total certeza sobre los temas que había que

incluir. Había claridad en que el derecho a la libertad de expresión, al culto

religioso o a la enseñanza, pero cabía la duda en cuanto el derecho a la emigración

y a la inmigración.24 En este terreno podía no haber total claridad en su inclusión

como derechos.25 Lo mismo sucedía con ciertos derechos de tipo económico o

social, como el derecho al trabajo o a la vivienda. ”There are of course some

subjects which we may feel certain will be considered, as freedom of speech and

freedom of religious worship and teaching. To those of us born in the traditions of

the English-speaking countries, it is natural to expect their inclusion. On the other

hand, while we would expect rights protective of minorities, such as the right of

emigration from a country of one's nationality and even the right of immigration,

to be considered, we might be doubtful of their ultimate inclusion. Again, there are

certain rights of an economic character, like the right to work and receive a living

wage, which may or may not be given consideration by the advisory group.”

En realidad estas tres dificultades planteadas por el director del ALI en 1942 -¿Hasta

dónde universalizar la experiencia anglosajona? ¿Cómo incorporar otras tradiciones

jurídicas? y ¿Qué hacer con los derechos sociales?- campearon en los trabajos que tuvo a

bien iniciar el propio instituto y que luego volvieron a surgir cuando la ONU, a través de la

Comisión Económica y Social que creó la comisión encargada de la elaboración de la

declaración de los derechos humanos.

Es necesario mencionar que el ALI consiguió los fondos para elaborar una declaración

sobre los derechos humanos a partir de las directivas que en 1942 propuso Lewis. Con un

apoyo de 5 mil dólares logró reunir un grupo internacional de especialistas residentes en

los Estados Unidos con los que elaboró un documento que tuvo gran resonancia, sobre

24

Como veremos más adelante este derecho dio lugar a múltiples disputas entre los dos bandos de la guerra fría en los meses y años inmediatos al fin de la segunda guerra mundial. 25

El derecho de asilo, por ejemplo, está establecido en la Carta de Derechos Humanos de 1948 (artículo 14) pero no es tratado con especificidad en ninguno de los dos convenios internacionales sobre derechos civiles y políticos o derechos económicos, sociales y culturales.

15

todo fuera de los Estados Unidos. 26 El comité estuvo compuesto por 24 personas de las

que 10 eran estadounidenses y el resto de otras nacionalidades, aunque residentes en ese

país. Con gran sinceridad, Lewis informa que no se pudo contar con ningún miembro

soviético sino con una persona americana muy próxima a la Agencia Tass.

Lo más notable del proyecto de declaración de derechos humanos elaborado a iniciativa

del ALI fue su intento de conciliar varios problemas que después fueron tema central de

las comisiones que elaboraron la declaración de derechos humanos.

La declaración de la ALI estaba constituida por 18 artículos. Los cinco primeros hacían

referencia a las garantías individuales de religión, opinión, expresión, reunión y asociación.

Cuatro artículos se referían a las garantías procesuales de los ciudadanos: a la no

interferencia del Estado o autoridades en sus personas, hogar, reputación, privacidad y

propiedad; a ser sujeto de un juicio justo; a no ser detenido arbitrariamente y a no ser

sentenciado por algún crimen o por alguna violación de un ley si ésta no está

debidamente legislada en el momento en que se cometiera la falta.

Los artículos décimo al décimo sexto trataban cuestiones sociales: propiedad, educación,

trabajo, condiciones razonables de trabajo, alimentación y vivienda adecuadas. El más

debatible fue el que tocaba a la propiedad. A pesar de que no formó parte de la comisión

de los 24 especialistas ningún miembro de la Unión Soviética el tema de la propiedad fue

tratado con la conciencia de que en la Unión Soviética era visto de una manera diferente a

la visión de Occidente. La redacción de la declaración establecía que “Cada persona tiene

el derecho a la propiedad bajo los términos de la ley. El Estado no puede privar a nadie de

la propiedad excepto en los casos de objetivos públicos y con justa compensación”. En

otras palabras, como derecho humano es incorrecto poner limites a la propiedad en

cuanto a contenido y monto, sin embargo Lewis hace el siguiente comentario: Según los

redactores de la declaración esta fórmula se ajusta a la que está en práctica en cincuenta

países y llega a considerar como un derecho humano básico “adquirir, usar o disponer de

una gran variedad de bienes y, por el contrario, que es una grave violación del Estado

limitar sin razón los bienes que un ciudadano puede poseer.”

Con todo, Lewis, añade un comentario personal muy interesante:

“El décimo artículo, uno que describe el derecho de propiedad, reconoce que el hombre libre debe tener el derecho a adquirir, usar y disponer de una gran

26

Committee of Advisers on Essential Human Rights, American Law Institute (1946) “Statement of Essential

Human Rights”The ANNALS of the American Academy of Political and Social Science Law Institute1946 243: 18 http://ann.sagepub.com/content/243/1/18.citationDOI: 10.1177/000271624624300107

16

variedad de bienes. Que es violatorio de este artículo evitar total o parcialmente la propiedad, pero éste no sería el caso del sistema soviético como lo expresa en su constitución que declara que no puede existir la propiedad privada de los bienes de producción, es decir, los bienes sobre los cuales las personas son empleadas para producir bienes que posteriormente son vendidos para el beneficio del empleador. Esta limitación es la piedra angular del sistema económico soviético, es lo que hace que el gobierno sea el productor de casi todo” (Lewis 1945: 1942: 489).27

Lewis también hace referencia al problema de cómo garantizar los derechos humanos.

Según él había tres métodos posibles: a través de los tribunales, a través de decisiones

administrativas o a través de la fuerza moral de las declaraciones solemnes. Ésta última

había sido la suerte de la declaración de derechos de los Estados Unidos contenida en la

Declaración de Independencia de 1774, un documento que sin ser una ley alcanzó un

tratamiento de esa naturaleza. Sin embargo, el mismo Lewis recordaba que pasados 168

años de la declaración de independencia de los Estados Unidos, no todos los hombres

eran igualmente libres ni tenían las mismas oportunidades legales a la vida, la libertad y la

búsqueda de la felicidad, y que aún había que avanzar en esa dirección: “Hemos dejado el

mercado de esclavos, aunque todos nosotros [seguimos] luchamos en gran medida por las

igualdades económicas” (Lewis 1945: 491).

Para muchos estadounidenses, derechos sociales como los propuestos en la declaración

de derechos humanos podrían ser algo extraño, señalaba Lewis, pero eso, según él, era

parte de la evolución del derecho. Cuando se escribió la Declaración de Independencia y la

Constitución de los Estados Unidos, muchos de esos derechos ni siquiera estaban

considerados. En 1942, en cambio, podía ya ser el momento de pensar en considerarlos

como derechos universales.

While today, 168 years after the adoption of the Declaration of Independence, all men in the United States are not equally free, neither do they have equal opportunity under law to life, liberty, and the pursuit of happiness, there has been a steady trend in that direction. We have done away with chattle slavery, while today all about us goes on the struggle for a greater degree of equality in economic opportunity. (Lewis 1945: 491)

27

Lewis, William Draper (1945) “The Statement of Essential Human Rights by Representatives of the Principal Cultures of the World” Proceedings of the American Philosophical Society, Vol. 89, No. 3 (Oct. 11), 489-494 “The tenth, one that relates to property rights, recognizes that to be free man must have the right to acquire, use, and dispose of a large variety of things. It would violate the article to prevent all or nearly all private ownership; but it would not prevent the adoption of the present Soviet system as ex- pressed in its Constitution which declares that private property cannot exist in production goods; that is, things on which persons are employed to produce other goods to be sold for the profit of the employer. This limitation is the cornerstone of the Soviet economic system; making as it does the government the producer of almost every- thing”. (489s)

17

De este modo, el ALI hace varias propuestas de como diseñar un acta universal de

derechos humanos y señala varios de los problemas a resolver, pero lo más notable es que

en los hechos diseña una ruta que poco tiempo más tarde iba a seguir la comisión de

derechos humanos creada por la ONU.

Estrategia de Universalización de los derechos humanos a partir de los criterios del ALI

Tipos de derechos humanos

Tipo de garantía a los derechos humanos

¿Quiénes debieran elaborar la carta?

Los derechos sociales

Derechos humanos y sistema económico

Derechos “naturales” de los individuos

Garantía judicial Juristas occidentales

Una carta reducida a los derechos civiles

¿Es el derecho de propiedad un derecho humano?

Derechos que el estado debe garantizar a los individuos. (Derechos procesales)

Garantía Administrativa

Juristas de todo el mundo

Una carta abierta a la incorporación de los nuevos derechos humanos

¿Los derechos sociales son derechos humanos?

Garantía Moral Juristas, filósofos, sociólogos, economistas de todo el mundo

Fuente: Elaboración personal.

Observar el desarrollo de los debates del ALI es de gran interés para comprender los que

tuvieron lugar en el seno de la comisión redactora de la declaración de los derechos

humanos ordenada por la Comisión Económico y Social de la ONU. Los puntos de cercanía

son muchos, pero al ser esta última comisión tanto un espacio de reflexión intelectual

como uno de discusión diplomática, los problemas se acrecentaron notablemente de tal

modo que haber logrado en el término de dos años el documento aprobado el 10 de

diciembre de 1948 por la Asamblea General de la organización es, en el pleno sentido de

la palabra, una hazaña intelectual.

La conferencia de San Francisco

Desde las reuniones preparatorias para la formación de la Organización de las Naciones

Unidas en Dumbarton Oaks, un primer problema a resolver fue la conveniencia o el

interés por contar con una Carta de Derechos Humanos o si éstos deberían estar

establecidos en el documento constitutivo de las Naciones Unidas o en un anexo de éste.

Como he mencionado más arriba, el interés de la Unión Soviética y el Reino Unido por la

18

carta de los derechos humanos se había enfriado28 cuando tuvo tugar la reunión de

Dumbarton Oaks en agosto de 1944 por lo que la mención tangencial de los derechos

humanos en el documento final pudo parecer un triunfo por parte de la delegación

estadounidense.29 De esta manera, la pobre mención de los derechos humanos en el

documento que proponía el modo de organización de las Naciones Unidas fue

básicamente un recordatorio de un compromiso adquirido, pero no marcaba ningún

programa de trabajo.

Por otra parte, se había emprendido un movimiento tanto en organizaciones no

gubernamentales como en organizaciones internacionales a favor de la declaración. En

1945, La Organización de Estados Americanos propuso la elaboración de una “declaración

internacional de los derechos y deberes del hombre” y algunos países latinoamericanos

insistieron en la misma Conferencia de San Francisco que el acta constitutiva de la

organización debiera contener algún tipo de declaración sobre los derechos humanos

(Samnoy: 4). La misma reunión consideró un avance importante la propuesta de elaborar

una carta universal de derechos humanos. De hecho, el documento elaborado ese mismo

año por el Comité Jurídico Interamericano fue presentado más tarde a la comisión de

derechos humanos creada por el Consejo Económico y Social de la ONU (ECOSOC).30

Panamá, por su parte, adoptó como propia la declaración de derechos elaborada por el

28

Según Samnoy el Reino Unido se oponía a una declaración internacional sobre derechos humanos bajo el argumento de que tal documento daría pie a una posible intervención en un país soberano, aunque, lo que en realidad temía, según Samnoy, era desestabilización de su sistema colonial. Por su parte los soviéticos sencillamente no consideraban que los derechos humanos jugaran un papel relevante en la organización que se estaba diseñando para garantizar la seguridad del mundo (Samnoy 1999: 4) 29

Los representantes de los Estados Unidos en las reuniones de Dumbarton Oaks y más tarde en la reunión de San Francisco tenían ideas muy diferentes sobre el contenido de los derechos humanos. Johnson menciona una posición radical sobre el derecho al trabajo y en particular al pleno empleo, posición que era rechazada por los representantes oficiales norteamericanos que preferían expresiones menos precisas como “alto y estable nivel de empleo”: But the U.S. delegation found itself on the other side of demands- more insistent in San Francisco than at Dumbarton Oaks-for the inclusion of reference to specific economic rights, especially the right to work and the right to full employment. Throughout the discussions, the U.S. delega- tion opposed the "full employment" phrasing, preferring the less precise "high and stable levels of employment!" In the end, the United States failed to exclude a reference to "full employment" but did manage to include phrasing which permitted an interpretation limiting obligations under this section to international action and rejecting any implication that theUnited Nations might examine the domestic policies of individual states in this matter.” (1987: 26s). 30

Este documento fue presentado a la Comisión de Derechos Humanos del ECOSOC como un aporte de la región a la discusión: Draft Declaration of the International Rights and Duties of Man Formulated by the Inter-American Juridical Comittee (E/CN.4/2, 8 de enero de 1947)

19

ALI.31 Otro tanto puede decirse de la Organización Internacional del Trabajo que tuvo una

participación muy activa en el impulso y la discusión del acta de derechos humanos.32

Es interesante observar el desarrollo de los trabajos de la comisión encargada de la

redacción del borrador de la Declaración Universal porque pone de manifiesto algunos de

los problemas que he señalados derivados tanto de la visión roosveltiana de los derechos

humanos como de las reflexiones del ALI. Sin embargo, parecen haber sido dos los

elementos que forzaron a la creación de la comisión justo en el momento en que se está

formando la Organización de las Naciones Unidas. La primera condición fue la capacidad

de la sociedad civil estadounidense que, como he señalado, había iniciado trabajos

relevantes de discusión en torno al contenido de una declaración universal de derechos.33

Un grupo amplio de organizaciones con un sello religioso y civil tuvieron la capacidad de

generar un looby capaz de entrevistarse con el secretario de Estado en los días en que

iniciaban los debates de la Conferencia de San Francisco para la fundación de la ONU. Una

narración de William Korey llena de dramatismo, detalla lo sucedido en la corta reunión

que el Secretario de estado Edward Stettinius otorgó a las ONGs americanas para discutir

la importancia de la declaración de los derechos humanos. Alrededor de 42

Organizaciones no Gubernamentales estadounidenses lograron encontrase unos minutos

con Stettinius en un cuarto de hotel para plantear la importancia de que en la Carta de la

ONU hubiera una referencia precisa a los derechos humanos. Durante escasos 25 minutos

(según Mary Ann Glendon 2011: 55) tuvieron lugar discursos elocuentes, demandas llenas

de urgencia, pero sobre todo, la clara asunción de una agencia activa e independiente de

los gobiernos, lo que llevó a Stettinius a convencerse que era indispensable que la ONU

contara con un documento específico sobre derechos humanos a pesar de los reparos de

las otras potencias:

“In turn, the loobying of the U.S. delegation was quite obviously effective. The three other great powers –Britain, France and even USSR- agreed to join the United States sponsoring the human rights proposals. It was on May 5, only three days after the copnsultans effectively have persuaded Stettinius to make human

31

Véase Conseil Economique et Social Statement of Essential Human Rights Presented by the Delegation of

Panama (E/HR/3, 26 de Abril 1946). 32

La aportación de la OIT a la discusión de los derechos humanos es trascendental. En el caso de América Latina, la OIT promovió dos reuniones para discutir los derechos de los trabajadores de la región. Tiene especial relevancia el impulso que dio a la discusión de la situación de los trabajadores indígenas que tuvo un punto culminante en el Primer Congreso Indigenista Interamericano en Pátzcuaro, México, en 1940, que dio lugar a la creación del Instituto Indigenista Interamericano. Sobre la influencia de la OIT en la discusión sobre la condición de la población indígena en el continente puede verse Marichal 2002 y OIT, 1949. 33

Korey William (2001) NGOs and the Universal Declaration of Human Rights: a curious grapevine. N.Y.

Palgrave.

20

rights a major item of the UN Charter that he publicly announced that the initiative of the NGO consultants had prevailed. The Unidet States, on behalf of the major European powers, would formaly submit the NGO proposals to the San Francisco conference. Stettinius aknowledged that the “asistance and advice of the consultants to the United States Delegation have been invaluable” (38).

Glen Johnson en “The Contributions of Eleanor and Franklin Roosevelt to the

Development of International Protection for Human Rights” (1987:25) cita en extenso el

testimonio de Walter Kotsching, en ese tiempo asesor del Secretario de Estado, y el efecto

inmediato que tuvo en su pensamiento político. Al salir de la reunión, según Kotsching,

Stettinius caminó por los corredores del hotel tratando de asimilar la posición que le

habían expresado las ONGs estadounidenses.

El segundo factor que influyó en la formación de una comisión efectiva que elaborara un

proyecto de Declaración de Derechos Humanos fue la experiencia de los juicios de

Nuremberg desarrollados entre el 20 de noviembre de 1945 y el 1 de agosto del año

siguiente.

La promesa-amenaza de que los líderes nazis serían llevados a juicio fue una de las más

antiguas que profirieron tanto el premier británico como el presidente Roosevelt, e

incluso de Stalin. Owen señala que el gabinete británico en 1942, al recibir información

sobre la masacre de judíos, había decidido crear una comisión de crímenes de guerra

junto con los norteamericanos, sin embargo, el primer documento que establecía el

acuerdo de juzgar los crímenes efectuados en los territorios ocupados por las fuerzas de

Alemania e Italia fue una declaración conjunta del gobierno británico y nueve países

europeos durante la III Conferencia Interaliada.34 Al año siguiente, en noviembre de 1943,

cuando Stalin, Churchill y Roosevelt se reunieron en Moscú, se anunció la iniciativa formal

de castigar los crímenes de guerra cometidos por el Eje” (Owen: 10).35

La voluntad de juzgar los crímenes de guerra tenía distintas motivaciones. Una de ellas era

desde luego el interés punitivo y de resarcimiento material por los daños infligidos a la

población civil y a las naciones ocupadas por los ejércitos del Eje. Otra era la de usar esta

decisión como recurso bélico bajo el supuesto de que las tropelías que los ocupantes

cometieran sobre la población civil podían mitigarse cuando los ocupantes supieran que

tales actos les acarrearían graves consecuencias. Sin embargo esta decisión no dejaba de

34

Se trata de la Declaración de St. James titulada “Inter Allied Declaration on Punishment of the War Crimes. After referring to the war crimes” Alfaro, Ricardo J. (1950) Question of International Criminal Jurisdiction, International Law Commission. Documents of the Second Session, Document A/CN.4/15*, p. 5 http://untreaty.un.org/ilc/documentation/english/a_cn4_15.pdf 35

En esa ocasión, los tres gobiernos acordaron la “Declaration on German Atrocities in Occupied Europe”, op. cit. p. 6.

21

enfrentarse al prurito de que la amenaza de llevar a juicio a los criminales de guerra era

una decisión tomada en el mismo momento en que estaban ocurriendo estas atrocidades

y por tanto era un ordenamiento jurídico ex post facto. Aun así los países aliados

decidieron seguir adelante con este acuerdo. En las proximidades del final de guerra e

incluso en los meses que siguieron a la rendición en Europa, se discutieron varias

alternativas de cómo llevar adelante el juicio a los criminales de guerra. Luego de que se

descartara la inmediata ejecución de la cúpula nazi como propuso Churchill en la

conferencia de Yalta, se analizaron varias soluciones. Una de las opciones estudiadas fue

el llamado “Plan Napoleón” es decir el de castigar a los criminales de guerra sin llevar a

cabo un juicio y en cambio deportarlos a un lugar aislado como se hizo con Napoleón en

Santa Elena. Otras opciones diferentes a la constitución de un tribunal militar aliado era la

composición de un tribunal por jueces de los países neutrales, opción que se rechazó por

ser muy pocos tales países o también la de dejar a un tribunal alemán la realización de los

juicios, propuesta que tampoco fue aceptada por la experiencia de los juicios posteriores a

la primera guerra mundial que había tenido resultados no satisfactorios (Heydecker y

Leeb: 89s).36

Había consenso en que los crímenes cometidos en los países ocupados debían ser

juzgados por los estados respectivos, pero ¿qué hacer con aquellos miembros de la cúpula

nazi cuyas decisiones no podían ser identificadas inmediatamente con un territorio? Más

aún, dado el enorme número de acciones criminales y de personas involucradas cómo

juzgarlas sin crear una imposible cadena de juicios imposible de llevar a cabo? El

presidente Roosevelt encargó a distintos asesores el estudio del problema muchas de las

acciones criminales fueron realizadas. En noviembre de 1944, los secretarios de Estado, de

Guerra y de Marina enviaron al presidente Roosevelt un memorándum que marcaba la

línea a seguir para superar las dificultades que he mencionado y que fue impulsada por

todos los actores políticos estadounidenses y finalmente fue impuesta en las discusiones

con los aliados:

To such a state of facts the well recognized principles of the law of criminal conspiracy are plainly applicable, and may be employed. An indictment upon a charge of conspiracy will properly include the leaders of State, the governmental and party agencies such as the SS and Gestapo, and other individuals and groups who during the time in questions have been in control of formulating and executing Nazi Policy. Under such charge, there would be properly admissible in evidence the acts of any of the conspirators done in preparation for, in furtherance of, and in consummation of the conspiracy, regardless of the fact that, separately considered, certain of these acts could not be prosecuted as war crimes in the accepted and most limited definition of that term. The pertinent proof would

36

Ver Heydecker J.J. y J. Leeb (1963) El proceso de Nuremberg [1958], Barcelona, Bruguera, p. 89s

22

include, among other things, the atrocities committed before there was a state of war, and those committed by the Nazis against their own nationals on racial, religious, and political grounds. 37

Con todo, el cargo de conspiración no alcanzó a satisfacer los interese de todos los aliados

por lo que el acuerdo que creó el tribunal militar amplió el tipo de crímenes que a la

postre fueron la materia del tribunal de Nuremberg. De este modo, en el documento que

establece los límites y atribuciones del tribunal militar que había de juzgar a los 24

jerarcas que representaban el régimen criminal nazi,38 se establecieron cuatro tipos de

acusaciones: conspiración (que es una entrada específica del primer cargo que se refiere a

los crímenes contra la paz y que, bajo el punto de vista americano, era la causa más

relevante pues “despersonalizaba” los crímenes cometidos), crímenes de guerra (donde se

incluyeron las persecuciones y maltratos que recibió la población ocupada de diversos

países) y los crímenes contra la humanidad que “trataba de los asesinatos de índole racial

que cometieron los nazis, dotando así el cargo de una connotación diferenciada que diera

idea de la magnitud y de la naturaleza sistemática de la matanza de otros pueblos” (Owen:

18).39

Los crímenes contra la humanidad no tenían en ese momento un reconocimiento

amplio.40 James Owen y muchos otros especialistas adjudican al abogado polaco Raphael

Lemkinel haber acuñado desde años antes de la guerra el término genocidio para aplicarlo

a la masacre del pueblo armenio,41 sin embargo el concepto “crimen contra la

37

Draft memorandum from Cordell Hull, Henry Stimson, and James Forrestal to Franklin D. Roosevelt, November 1944, War Crimes File, Rosenman Papers, Harry S. Truman Presidential Museum & Library, p. 2s http://www.trumanlibrary.org/whistlestop/study_collections/nuremberg/documents/index.php?documentdate=1944-11-00&documentid=8-11&studycollectionid=&pagenumber=1 38

Se trata de la Carta de Londres publicada el 8 de agosto de 1945. 39

Owen James (2007) Nuremberg. El mayor juicio de la historia [2006], Barcelona Crítica. El documento que define los cargos y los mecanismos con los que iban a ser juzgados los criminales de guerra es Constitution of the International Military Tribunal (http://avalon.law.yale.edu/imt/imtconst.asp). El documento fue ratificado por la naciente ONU y sirvió de base a los abogados de la acusación y la defensa. El Cargo de crímenes contra la humanidad estaba inicialmente concebido para juzgar los crímenes del régimen nazi contra su propio pueblo y por razones de “división del trabajo” la acusación corrió a cargo de los fiscales franceses y soviéticos. 40

De hecho, esto es uno de los argumentos del carácter ex post facto de la acusación. 41

Ver Lemkin, Raphael (1946) “Genocide” in American Scholar, Volume 15, no. 2 (April 1) 227-230. El libro

más relevante de Lemkin, The Axis Rule in Occupied Europe [1944], ha sido recientemente editado en castellano: El dominio del eje en la Europa ocupada (2009), Prometeo, Bs As. En una conferencia de 1933 Lemkin llamó a las ofensas contra el derecho de las naciones Crimen de Barbarismo (Crime of Barbarity). Diez años después propuso el término genocidio. Lemkin Raphael (1933) Acts Constituting a General (Transnational) Danger Considered as Offences Against the Law of Nations(Lecturer on comparative law at the Institute of Criminology of the Free University of Poland and Deputy Prosecutor of the District Court of Warsaw. Additional explications to the Special Report presented to the 5th Conference for the Unification of Penal Law in Madrid (14 -20 October 1933) http://www.preventgenocide.org/lemkin/madrid1933-english.htm

23

humanidad” fue introducido en la Carta de Londres con sólo la indicación de ser aplicado a

los crímenes contra el pueblo alemán cometidos durante la guerra. El presidente del

tribunal de Nuremberg hizo la siguiente consideración sobre los crímenes contra la

humanidad:

With regard to crimes against humanity, there is no doubt whatever that political opponents were murdered in Germany before the war, and that many of them were kept in concentration camps in circumstances of great horror and cruelty. The policy of terror was certainly carried out on a vast scale, and in many cases was organised (sic) and systematic. The policy of persecution, repression and murder of civilians in Germany before the war of 1939, who were likely to be hostile to the Government, was most ruthlessly carried out. The persecution of Jews during the same period is established beyond all doubt. To constitute crimes against humanity, the acts relied on before the outbreak of war must have been in execution of, or in connection with, any crime within the jurisdiction of the Tribunal. The Tribunal is of the opinion that revolting and horrible as many of these crimes were, it has not been satisfactorily proved that they were done in execution of, or in connection with, any such crime. The Tribunal therefore cannot make a general declaration that the acts before 1939 were crimes against humanity within the meaning of the Charter, but from the beginning of the war in 1939 war crimes were committed on a vast scale, which were also crimes against humanity; and insofar as the inhumane acts charged in the Indictment, and committed after the beginning of the war, did not constitute war crimes, they were all committed in execution of, or in connection with, the aggressive war, and therefore constituted crimes against humanity. (El énfasis es mío)42

Para los fines de entender los derechos humanos como narrativa, este pasaje permite

señalar las diferencias en cuanto al tratamiento de los crímenes contra la humanidad en

1946 y lo que ocurre en la actualidad. En primer lugar, en aquella época no había un

código que definiera con precisión qué se podía considerar crimen contra la humanidad

salvo las violaciones más graves contra la vida o la libertad de los ciudadanos. Por otra

parte y debido a la naturaleza del tribunal de Nuremberg sólo podían ser juzgados los

delitos cometidos durante la guerra, por lo que los crímenes contra la humanidad

anteriores a 1939 no serían objeto del tribunal. En otras palabras, los políticos

occidentales y soviéticos no consideraban la posibilidad de que existieran crímenes contra

la humanidad en tiempo de paz.43 Esta decisión, surgida de un principio general del

42

La referencia a los crímenes contra la humanidad, según se desprende del comentario del presidente del tribunal sólo tienen cabida en el ámbito de la guerra. http://avalon.law.yale.edu/imt/judlawre.asp 43

Como se verá en otro momento, La VIII Conferencia Interamericana que se llevó a cabo a fines de 1938 en

Lima, aprobó “Una declaración en defensa de los derechos humanos” que fue un verdadero hito en su momento, aunque con escasa repercusión dentro y fuera de América Latina. La breve declaración consideraba al igual que el tribunal militar de Nuremberg que los derechos humanos sólo se afectaban en

24

derecho que implicaba que una causa sólo podía ser promovida de acuerdo a una ley

vigente impedía pensar los crímenes contra la humanidad con la extensión y la

imprescriptibilidad con que ahora son considerados. Por último está el caso de la pena

que debiera ser aplicada a los que hubieran cometido un delito contra la humanidad que,

en principio, estaba contendida en todos los códigos penales de las naciones occidentales,

pero que el tribunal de Nuremberg, al extender las causas de la acusación, generaban un

vacío en el que los defensores alemanes sostenían la defensa de los acusados pues nullum

crimen sine lege, es decir que los crímenes que se les imputaba a los dirigentes

nacionalsocialistas no se encontraban codificados y, por lo mismo, no eran punibles.44

Para el tema de la definición de los derechos humanos, lo más notable es considerar que

los debates que inició la Organización de las Naciones Unidas a través de diversas

comisiones, suceden casi simultáneamente con el juicio de Nurembrerg donde van

aflorando las tragedias que gran parte de la humanidad desconocía. Fue durante los

juicios que la cifra de seis millones de judíos asesinados por el régimen nazi se hizo

conocida y cuando la misma denominación “holocausto” tomó el lugar relevante que

ahora tiene.

Por ello mismo, las primeras reuniones de la comisión formada para definir los términos

de referencia para la elaboración de una declaración o carta sobre los derechos humanos

–denominada Comisión Nuclear-, que tienen lugar en abril y mayo de 1946, se desarrollan

bajo un mandato que implicaba un cambio en la manera de entender los derechos

humanos.

tiempo de guerra por lo que llamaba a respetar “los derechos humanos no necesariamente comprometidos en las contiendas” “Declaración en Defensa de los Derechos Humanos”, VIII Conferencia Interamericana, Lima 1938 Conferencias Internacionales AmericanasPrimer suplemento 1938-1942.(Primer Suplemento)México, SRE (http://biblio2.colmex.mx/coinam/coinam_1_suplemento_1938_1942/base2.htm) 44

En 1955 se publicó el libro Nuremberg: German views of theWarTrials a cargo de Wilbourn E Benton y Georg Grimm (en español fue editado por Editorial Constancia, México, 1960). El libro recopila más de una docena de documentos escritos por juristas alemanes e incluso por los abogados defensores de los 24 criminales de guerra juzgados en Nuremberg. Predomina en casi todos los textos una sensación de culpa colectiva, pero también de reconocimiento de grandes vacíos, uno de ellos es la inconsistencia de un juicio llevado a cabo por un tribunal creado especialmente par esa función.