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Presentados por: María Camila Londoño Aylin Lupan Kevin Murillo Ángela Yaqueno Zabala Lady MEDICAMENTOS ESENCIALES Y MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL

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Presentados por:María Camila LondoñoAylin Lupan Kevin Murillo Ángela YaquenoZabala Lady

MEDICAMENTOS ESENCIALES Y MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL

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Medicamento esencial (ME) según la OMS son aquellos medicamentos que satisfacen las necesidades prioritarias de salud en la población. La selección viene dada por: pertinencia para la salud pública, prueba de su eficacia y seguridad, y su eficacia comparativa en relación a su costo. La OMS recomienda que los ME estén disponibles en los sistemas de salud en todo momento, en cantidades suficientes, en la presentación farmacéutica adecuada, con las garantías de calidad e información y a un precio que los pacientes y la comunidad puedan pagar.

MEDICAMENTOS ESENCIALES

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.Define, aclara Y Actualiza Integralmente El Pos. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente acto

administrativo tiene como objeto la definición, aclaración y actualización integral del Plan Obligatorio de Salud – POS, de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, que deberá ser garantizado por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a sus afiliados en el territorio nacional, en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente.

RESOLUCION 5521 DE 2013

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CONTRAINDICACIONES:

INDICACIONES:La lista complementaria contiene los medicamentos esenciales para las enfermedades prioritarias que requieren medios especializados de diagnóstico o de vigilancia, asistencia médica por parte de un especialista o formación especializada.

EFECTOS SECUNDARIOSEl más frecuente es la intolerancia digestiva: sabor metálico, náuseas, vómitos y diarreas

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MEDICAMENTOS ESENCIALESCODIGO MEDICAMENTO (ATC) DESCRIPCION

CODIGO ATCNOMBRE DE LA

TECNOLOGIA EN SALUDCONCENTRA

CIONFORMA

FARMACEUTICA

INDICACION USO PROGRAMAS ACLARACION

J05AF06 Abacavir Abacavir 20 mg/mL Solución oral VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AF06 Abacavir Abacavir 300 mg Tableta VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AE08 Atazanavir Atazanavir 300mg Cápsula VIH-SIDA AmbulatorioSegún las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH/SIDA.

J05AE08 Atazanavir Atazanavir 150 mg Cápsula VIH-SIDA AmbulatorioSegún las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH/SIDA.

J05AE08 Atazanavir Atazanavir 200 mg Cápsula VIH-SIDA AmbulatorioSegún las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH/SIDA.

J05AF02 Didanosina Didanosina 400 mg Cápsula de liberación programada

VIH-SIDA AmbulatorioSegún las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH/SIDA.

J05AF02 Didanosina Didanosina 100 mg Cápsula o tableta VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AF02 Didanosina Didanosina 25 mg Cápsula o tableta VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AG03 Efavirenz Efavirenz 200 mg Cápsula VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AG03 Efavirenz Efavirenz 50 mg Cápsula VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AG03 Efavirenz Efavirenz 600 mg Tableta o tableta recubierta

VIH-SIDA AmbulatorioSegún las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes con VIH/SIDA.

J05AF04 Estavudina Estavudina 30 mg Cápsula VIH-SIDA Ambulatorio  

J05AF04 Estavudina Estavudina 40 mg Cápsula VIH-SIDA Ambulatorio  J05AF04 Estavudina Estavudina 1 mg/mL Solución oral VIH-SIDA Ambulatorio  

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Los Medicamentos de Control Especial (M.C.E.) son los que por su potencial de causar abuso y dependencia son restringidos en su comercialización por lo que su venta es exclusivamente bajo fórmula médica y se distinguen por una franja violeta que llevan en su empaque con la inscripción medicamento de control especial. Estos medicamentos son usados inadecuadamente para fines diferentes a los terapéuticos por lo que puede llegar a constituirse en un riesgo para la salud y un problema de salud pública.

MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL.

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RESOLUCION 1478 DE 2006 Fondo Nacional de Estupefacientes es la UAE-Unidad Administrativa Especial del

Ministerio de la Protección Social que tiene como objeto la vigilancia y control sobre la importación, exportación, distribución y venta de materias primas de control especial o sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos que las contengan y las de monopolio del Estado a que se refiere la Ley 30 de 1986 y demás disposiciones que expida el Ministerio de la Protección Social, así como apoyar los programas para prevenir la farmacodependencia que adelante el Gobierno Nacional;

Que al ser sustancias y medicamentos que crean dependencia; su uso inadecuado conlleva al manejo ilícito de los mismos, por lo que es necesario fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y control.

NORMATIVIDAD

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CLASIFICACIONEn Colombia existen básicamente dos tipos de medicamentos de control especial teniendo como parámetro su comercialización:

1. Medicamentos de control especial monopolio del Estado.Dado su mayor potencial de causar dependencia y abuso el Estado tiene el monopolio exclusivo sobre todas las presentaciones de los medicamentos cuyos principios activos son la Morfina, Hidromorfona, Meperidina, Metadona, Metilfenidato y Fenobarbital, haciéndose responsable único de su fabricación y distribución. 2. Medicamentos de control especial comercializados

por la industria farmacéutica.A este grupo pertenecen todos los demás medicamentos de control especial que son fabricados y comercializados por la industria farmacéutica los cuales se venden exclusivamente con fórmula médica.Existe otro tipo de Medicamentos que contienen materias primas de control especial pero no son franja violeta

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indicacionesFENOBARBITAL. Su uso es anticonvulsivante y ansiedad A dosis bajas actúa como sedante sin poderse descartar su efecto hipnótico.

HIDROMORFONA. Analgésico narcótico utilizado para aliviar el dolor.

MORFINA. Analgésico narcótico, principal alcaloide del opio es un potente supresor del dolor y produce efectos somníferos, utilizada en el tratamiento de dolores severos en enfermedades terminales.

MEPERIDINA. Analgésico narcótico empleado Para reducir dolores de parto, así como antes y después de operaciones quirúrgicas.

METADONA. Analgésico narcótico empleado en el tratamiento del dolor crónico severo y tratamientos en la desintoxicación de adictos.

METILFENIDATO. Estimulante del sistema nervioso central, el tratamiento de niños hiperactivos.

Efectos secundarios somnolencia dolor de cabeza Mareos vomito

PRECAUCIONES alteraciones cardiovasculares graves, diabetes, enfermedades respiratorias, epilepsia, Depresión, glaucoma en ángulo estrecho, retención urinaria , insuficiencia, parkinsonismo, síndrome de reye,embarao,lactando,alergico al medicamento.

BENZODIAZEPINAS. Dentro de las cuales se encuentran Lorazepam, Flunitrazepam, Bromazepam, Clonazepam, Diazepam, Midazolam, Triazolam, Alprazolam.

Se emplean en el alivio contra la ansiedad, reducen la tensión causada por el estrés, en la abstinencia alcohólica aguda, en el manejo de varios tipos de convulsiones epilépticas y ansiedad preoperatorio.

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Formula medicamentos control especial

.

El Recetario Oficial debe contener Como mínimo los siguientes datos:

1. Codificación.2. Nombre del prescriptor, dirección y teléfono.3. Fecha de expedición de la prescripción.4. Nombre del paciente, dirección y número del

documento de identidad si es el caso.5. Diagnóstico.6. Denominación Común Internacional del

medicamento, concentración y forma farmacéutica, cantidad total en números y letras y dosis diaria (frecuencia de administración), vía de administración y tiempo de tratamiento.

6. Firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional.

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PROHIBICIONES

1. La distribución de muestras de materias primas o sustancias sometidas a fiscalización.

2. La distribución nacional de muestras de medicamentos sometidos a fiscalización FRANJA VIOLETA.

3. La entrega de medicamentos sometidos a fiscalización FRANJA VIOLETA al personal de salud como estrategia de mercadeo.

4. La comercialización de sustancias o medicamentos sometidos a fiscalización, no podrá realizarse a través de Internet, correo u otro medio similar.

5. La publicidad masiva en cualquier medio de comunicación de los medicamentos de control especial FRANJA VIOLETA.

REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL:

Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social o al Fondo Rotatorio de Estupefacientes

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