entre tierras- boletín sobre políticas migratorias y derechos humanos- octubre 2011

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entre tierras DESDE ADENTRO 1 Boletín sobre Políticas Migratorias y Derechos Humanos Editorial in duda alguna la división polí ca de los países del mundo responde a procesos históricos de carácter cultural, polí co, económico y social. No obstante, esta división ha permi do crear un sinn de fronteras entre las personas y los Estados que, en muchos casos, se han conver do en un obstáculo para la libre movilidad del ser humano, lo que no ha impedido la migración de incontables trabajadores de un país a otro, en busca de mejores condiciones de vida. Estas trabas de po polí co han ocasionado que los derechos de muchos trabajadores/as migratorios/as se hayan visto vulnerados, no sólo al momento de atravesar las fronteras, sino en el intento de conseguir un trabajo estable lejos de su país de origen. La violación a los derechos de los/as trabajadores/as migratorios/as se produce cuando éstos/as no consiguen un trabajo decente; cuando no reciben un salario justo por las acvidades que desempeñan; cuando no se respeta su jornada de trabajo; cuando no enen acceso a la seguridad social, a prestaciones sociales, a seguridad en el trabajo; cuando no pueden organizar, ni formar parte de un sindicato; cuando sus documentos de idendad son retenidos; cuando la discriminación y la xenofobia de la población de des no no permite la plena integración de estos/as trabajadores/as a la sociedad; entre otras formas de vulneración de sus derechos. Frente a esta realidad, varios Estados y organismos internacionales han adoptado una serie de convenios y programas a favor de la migración laboral, pues muchos han logrado comprender que las migraciones permiten desarrollar una serie de dinámicas en benecio del país de origen y desno de las mismas, dinámicas que no sólo se producen por la llegada de trabajadores/as migratorios/as jóvenes a países que poblacionalmente enen un alto porcentaje de adultos mayores, sino que han permido dinamizar la economía, la políca y la cultura, entre otras áreas de la sociedad. Entre los convenios y programas más importantes a favor de los/as trabajadores/as migratorios/as se encuentra la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que no ha sido suscrita ni racada por los países de alto Índice de Desarrollo Humano (IDH). En el ámbito de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) también ha desarrollado el Marco Mul lateral para las Migraciones, que incluye varias recomendaciones a los Estados sobre buenas práccas migratorias; y, el Programa de Trabajo Decente de la OIT a favor del diálogo social triparto, úl en el contexto de la migración laboral, entre otros. Por su parte, en la Región Andina, es de suma importancia destacar la Decisión 545, la Decisión 548, la Decisión 583 y la Decisión 584, como parte del Derecho Comunitario Andino, que hacen referencia a la migración laboral, a la seguridad social y a la salud en el trabajo. Todos estos convenios, acuerdos y decisiones internacionales a favor de las y los trabajadores/as migratorios/as y sus familias, no sólo deben ser racados por los países, sino que enen que ser respetados dentro de sus fronteras nacionales y puestos en prácca, lo cual se puede lograr a través de la voluntad polí co ins tucional de los Estados y los gobiernos, y mediante la formulación de polí cas públicas. En el marco de la adopción del Convenio N o 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domés cos, Entre Tierras ha decidido dedicar su vigésimo segundo número a la Migración laboral y los derechos humanos, tema de reexión que pretende contribuir a la formulación de polí cas públicas en la materia. Esta edición cuenta con el aporte de una central sindical, la colaboración de varias organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales, la vocería del Estado ecuatoriano y español, una sección de tes monio y una de avance, que anuncia su próximo número dedicado a las Trabajadoras migratorias en fronteras y derechos humanos. S Migración laboral y derechos humanos - Octubre/2011 CONSEJO CONSULTIVO / MTML Waldo Albarracín Sánchez Ex Defensor del Pueblo La Paz, Bolivia Francisco Carrión Mena Miembro del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares Ginebra, Suiza Galo Chiriboga Zambrano Fiscal General del Estado Quito, Ecuador Nelsa Curbelo Directora de la Corporación SER PAZ Guayaquil, Ecuador Clementina González Espinoza Profesora-Investigadora de la Universidad de Cuenca Cuenca, Ecuador Francisco Obrador Moratinos Delegado Regional para África del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD-UGT) Casablanca, Marruecos Jorge Rojas Rodríguez Presidente de Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) Bogotá, Colombia Ricardo Soberón Garrido Director Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) Lima, Perú Andrés Vázquez Director Ejecutivo de VersionBeta.org Asunción, Paraguay Pablo A. de la Vega M. Secretario Técnico Ad-Hoc de la MTML Coordinador Regional de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD) 1 Editorial 2 Coyuntura 4 Reflexión 5 Género 6 Derechos 7 A Fondo 11 Políticas 12 Cooperación 13 Testimonio 14 Noticias 15 Análisis 16 Agenda/Recursos/Buzón/Avance

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La Mesa de Trabajo para las Migraciones Laborales de Ecuador, en la que participa ISCOD-Ecuador, ha editado el número de esta publicación correspondiente a octubre de 2011. El boletín se edita con la colaboración de ISCOD a través del Proyecto Migración Laboral y Gobernabilidad Migratoria, financiada por el Gobierno de Navarra, y cuenta con apoyo también de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a través de la línea de migraciones del Convenio para el fortalecimiento de las organizaciones sindicales 2008-2011

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entretierras

DESD

E AD

ENTR

O

1

B o l e t í n s o b r e P o l í t i c a s M i g r a t o r i a s y D e r e c h o s H u m a n o s

Editorialin duda alguna la división políti ca de los países del mundo responde a procesos históricos de carácter cultural, políti co, económico y social. No obstante, esta

división ha permiti do crear un sinfí n de fronteras entre las personas y los Estados que, en muchos casos, se han converti do en un obstáculo para la libre movilidad del ser humano, lo que no ha impedido la migración de incontables trabajadores de un país a otro, en busca de mejores condiciones de vida.

Estas trabas de ti po políti co han ocasionado que los derechos de muchos trabajadores/as migratorios/as se hayan visto vulnerados, no sólo al momento de atravesar las fronteras, sino en el intento de conseguir un trabajo estable lejos de su país de origen. La violación a los derechos de los/as trabajadores/as migratorios/as se produce cuando éstos/as no consiguen un trabajo decente; cuando no reciben un salario justo por las acti vidades que desempeñan; cuando no se respeta su jornada de trabajo; cuando no ti enen acceso a la seguridad social, a prestaciones sociales, a seguridad en el trabajo; cuando no pueden organizar, ni formar parte de un sindicato; cuando sus documentos de identi dad son retenidos; cuando la discriminación y la xenofobia de la población de desti no no permite la plena integración de estos/as trabajadores/as a la sociedad; entre otras formas de vulneración de sus derechos.

Frente a esta realidad, varios Estados y organismos internacionales han adoptado una serie de convenios y programas a favor de la migración laboral, pues muchos han logrado comprender que las migraciones permiten desarrollar una serie de dinámicas en benefi cio del país de origen y desti no de las mismas, dinámicas que no sólo se producen por la llegada de trabajadores/as migratorios/as jóvenes a países que poblacionalmente ti enen un alto porcentaje de adultos mayores, sino que han permiti do dinamizar la economía, la políti ca y la cultura, entre otras áreas de la sociedad.

Entre los convenios y programas más importantes a favor de los/as trabajadores/as migratorios/as se encuentra la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que no ha sido suscrita ni rati fi cada por los países de alto Índice de Desarrollo Humano (IDH). En el ámbito de las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) también ha desarrollado el Marco Multi lateral para las Migraciones, que incluye varias recomendaciones a los Estados sobre buenas prácti cas migratorias; y, el Programa de Trabajo Decente de la OIT a favor del diálogo social triparti to, úti l en el contexto de la migración laboral, entre otros. Por su parte, en la Región Andina, es de suma importancia destacar la Decisión 545, la Decisión 548, la Decisión 583 y la Decisión 584, como parte del Derecho Comunitario Andino, que hacen referencia a la migración laboral, a la seguridad social y a la salud en el trabajo.

Todos estos convenios, acuerdos y decisiones internacionales a favor de las y los trabajadores/as migratorios/as y sus familias, no sólo deben ser rati fi cados por los países, sino que ti enen que ser respetados dentro de sus fronteras nacionales y puestos en prácti ca, lo cual se puede lograr a través de la voluntad políti co insti tucional de los Estados y los gobiernos, y mediante la formulación de políti cas públicas. En el marco de la adopción del Convenio No 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésti cos, Entre Tierras ha decidido dedicar su vigésimo segundo número a la Migración laboral y los derechos humanos, tema de refl exión que pretende contribuir a la formulación de políti cas públicas en la materia.

Esta edición cuenta con el aporte de una central sindical, la colaboración de varias organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales, la vocería del Estado ecuatoriano y español, una sección de testi monio y una de avance, que anuncia su próximo número dedicado a las Trabajadoras migratorias en fronteras y derechos humanos.

S

Migración laboral y derechos humanos - Octubre/2011

CONSEJO CONSULTIVO / MTML

Waldo Albarracín SánchezEx Defensor del PuebloLa Paz, Bolivia

Francisco Carrión MenaMiembro del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus FamiliaresGinebra, Suiza

Galo Chiriboga ZambranoFiscal General del EstadoQuito, Ecuador

Nelsa CurbeloDirectora de la Corporación SER PAZGuayaquil, Ecuador

Clementina González EspinozaProfesora-Investigadora de la Universidad de CuencaCuenca, Ecuador

Francisco Obrador MoratinosDelegado Regional para África del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD-UGT)Casablanca, Marruecos

Jorge Rojas RodríguezPresidente de Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES)Bogotá, Colombia

Ricardo Soberón GarridoDirector Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA)Lima, Perú

Andrés VázquezDirector Ejecutivo de VersionBeta.orgAsunción, Paraguay

Pablo A. de la Vega M.Secretario Técnico Ad-Hoc de la MTMLCoordinador Regional de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD)

1 Editorial 2 Coyuntura 4 Reflexión 5 Género 6 Derechos 7 A Fondo11 Políticas12 Cooperación13 Testimonio14 Noticias15 Análisis16 Agenda/Recursos/Buzón/Avance

entretierras

Cuáles fueron los principales moti vos

que impulsaron a la CUT a tratar el

tema migratorio dentro de sus líneas

de trabajo?

La agresión del modelo políti co y del

económico ha obligado a que los trabajadores,

en diferentes expresiones, se organicen.

En la actualidad, se enti ende el hecho

migratorio sólo como la salida de un grupo de

trabajadores a otro país, pero en realidad la

migración también sucede de manera interna.

Este ti po de migración quizás fue la que

impulsó incluso la formación de los sindicatos.

En Colombia, hace muchos años, las grandes

empresas trasnacionales concentraban

grandes masas de trabajadores, lo que llevó

a la necesidad de conformar sindicatos para

luchar por los derechos más elementales de

éstos, como educación, salud, vivienda, un

salario justo, entre otras reivindicaciones. Más

tarde con la globalización, el neoliberalismo, la

agudización de la pobreza y las desigualdades

sociales (en Colombia existen más de 20

millones de pobres, 8 millones de indigentes,

un desempleo que está aproximadamente en

el 12%. Es el primer país en inequidad social

de América Lati na) muchos trabajadores,

hombres, mujeres, familias enteras han tenido

que buscar mejores expectati vas en otros

países. A ello hay que sumarle, en nuestro

país, la confrontación armada de grupos que

buscan imponer ciertos procesos, dando lugar

al surgimiento de innumerables refugiados.

Frente a esta realidad, es imposible que la

CUT no haya tomado en cuenta entre sus

líneas prioritarias el tema de la migración en el

proceso laboral.

En el marco del trabajo decente y de la

feminización de las migraciones, ¿cuáles

considera usted que son las principales

problemáti cas que deben afrontar las y los

trabajadores domésti cos?

El trabajo domésti co es un trabajo sumamente

maltratado, una labor que se realiza con una

concepción esclavista. Una persona que se

desempeña en el servicio domésti co debe

realizar una gran canti dad de ofi cios: lavar,

planchar, hacer el aseo, cuidar a la familia, entre

otras acti vidades. Todas ellas sin un horario

fi jo y sin días de descanso, muchos patrones

incluso todavía dejan con llave al/a trabajador/a

domésti co/a cuando salen de casa. El abuso

en las horas laborales e incluso las prácti cas

de trabajo forzoso, han ocasionado severos

daños fí sicos y, en algunos casos, emocionales

a las trabajadoras domésti cas, no se veía

compensado ni con un salario justo, menos

aún con todos los derechos de seguridad

social y seguridad en el trabajo, como mínimo.

Estas son algunas de las problemáti cas que

deben enfrentar las trabajadoras domésti cas,

un trabajo que en su mayoría es ejercido por

trabajadoras mujeres. En la actualidad, este

ti po de problemas están siendo tratados por

el movimiento sindical y ya se han logrado

grandes avances. Además, con el apoyo de

las centrales sindicales internacionales se ha

conseguido que la Organización Internacional

del Trabajo (OIT) adopte el Convenio sobre

el trabajo decente para las trabajadoras y

trabajadores domésti cos.

Debido a la dinámica propia del trabajo

domésti co es compleja la organización social

de las trabajadoras migratorias domésti cas.

En este senti do, ¿cuáles son las acciones

que deben emprender las organizaciones

sindicales para apoyar o incenti var los

procesos organizati vos de las trabajadoras del

hogar?

Debido a la carga horaria y al ritmo de trabajo

que desempeñan las y los trabajadores

domésti cos es muy difí cil lograr su

organización. Para comprender esta difi cultad

hay que entender que muchas trabajadoras/es

domésti cas/os no han tenido la oportunidad

de acceder a una educación de calidad; por lo

tanto, para lograr su organización es necesario,

primero; educar a las/os trabajadoras/es

domésti cas/os sobre sus derechos y, segundo;

cómo la organización social les permite,

de forma mancomunada, defender sus

2

¿

Coyuntura

El Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésti cos: Avances y desafí os

Entrevista a Tarsicio MoraPresidente de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT)

3entretierras

Coyuntura

derechos humanos y laborales. Otra forma

de educar a estas trabajadoras es a través de

medios educati vos alternati vos que tomen en

cuenta sus costumbres y cultura; por ejemplo,

telenovelas que muestren la realidad que ti enen

que vivir las trabajadoras/es domésti cas/os,

ritmos musicales que transmitan mensajes

con sus derechos; y, mensajes radiofónicos que

permitan educar y enseñar derechos. Antes de

empezar con todo este proceso comunicati vo

sería perti nente censar a las/os trabajadoras/os

domésti cas/os para saber dónde están y de esta

manera hacer que las autoridades garanti cen sus

derechos. Por últi mo, apoyar como sindicatos

la organización no sólo de las trabajadoras

domésti cas, sino de la mujer trabajadora en

general.

La OIT fi rmó en julio pasado el Convenio sobre

el trabajo decente para las trabajadoras y

trabajadores domésti cos ¿qué pasos deben

seguir los Estados para ponerlo en prácti ca?

La fi rma de este importante Convenio se logró

gracias a la unión del movimiento sindical a nivel

internacional, donde es grato nombrar la labor

de la Confederación Sindical Internacional (CSI)

y la Confederación Sindical de las Américas

(CSA). Sin embargo, es necesario expresar que

la fi rma de este Convenio tuvo que superar

una serie de difi cultades, pues no todos los

gobiernos y empleadores están de acuerdo con

este logro alcanzado, ya que deben respetar

ciertos derechos laborales como el horario de

trabajo, días de descanso, implementos para

que realicen su trabajo y seguridad social, entre

otros derechos. Por su parte, los Estados deben

garanti zar que las y los empleadores respeten

estos derechos y, además, deben elaborar

toda una normati va consti tucional y legal de

los mismos y tecnifi car el servicio domésti co.

En este senti do, los Estados primero ti enen que

rati fi car este Convenio y hacer que la legislación

interna de cada uno de los países lo haga efecti vo,

para ello es necesario socializar este avance a

nivel mundial dentro de las fronteras nacionales,

dialogar con las y los trabajadores para conocer

sus problemáti cas reales y llegar a acuerdos.

Y, segundo, elaborar políti cas regionales que

visibilicen y dignifi quen la labor que hacen las/os

trabajadoras/es domésti cas/os.

Por últi mo, como CUT, ¿qué recomendarían

a los empleadores, a los Estados de la

Región Andina y a la sociedad, en general,

para evitar que las trabajadoras domésti cas

sean discriminadas o sean vulnerados sus

derechos?

A los Estados de la Región Andina les

recomendaría que, en conjunto con las

centrales sindicales, estudien la forma de

elaborar una normati va regional que evite los

abusos, la explotación y la discriminación hacia

las/os trabajadoras/es domésti cas/os. Que

pongan mayor empeño en hacer efecti vos los

Convenios que se encuentran vigentes en el

marco de la Comunidad Andina de Naciones

(CAN), para que todos los trabajadores

tengan las mismas oportunidades de acceso

al trabajo, por lo menos en los países que

conforman la CAN y no sean discriminados

por su etnia, religión, género y, menos aún,

por su lugar de procedencia. Que a las y los

trabajadores migratorios se les facilite el

traslado de sus pertenencias de un país a

otro, para que puedan retornar a su país de

origen con el patrimonio familiar que han

logrado levantar durante años de trabajo en

otro país. Que se brinde asesoría en materia

penal a las y los migrantes que se encuentran

en las cárceles. Que se construyan programas

y proyectos producti vos a nivel regional a

favor de las y los trabajadores migratorios

y sus familias, esto en el ámbito general. En

el ámbito parti cular del trabajo domésti co la

primera acción que deben realizar los países de

la Región Andina es rati fi car el Convenio 189

de la OIT referente al trabajo domésti co, que

concreti cen sus artí culos en políti cas públicas

y que hagan respetar los derechos de las/os

trabajadoras/es domésti cas/os. La segunda

acción sería organizar jornadas de tecnifi cación

y califi cación del trabajo domésti co, de esta

manera las/os trabajadoras/es domésti cas/os

podrán ofertar su trabajo con mayor facilidad

en diferentes lugares. La tercera acción debería

ir encaminada a educar a nivel regional,

sobre sus derechos, organizando campañas

de comunicación en la Región Andina que no

sólo las/os eduque a ellas/os, sino también a la

población en general, sobre la importancia

de la labor que realizan trabajadoras/es

domésticas/os y sobre los derechos que

poseen. A los empleadores les recomendaría

que conozcan los derechos de las/os

trabajadoras/es domésti cas/os, que les

doten de los utensilios indispensables para

evitar complicaciones en su salud, que

dignifi quen sus condiciones de vida, les

reconozcan un horario de trabajo justo, un

salario digno, horas de descanso y acceso

a la seguridad social. A los sindicatos

les recomendaría trabajar de forma

coordinada en la Región Andina, para

apoyar la lucha de las y los trabajadores

y colaborar en la construcción de políti cas

públicas, con énfasis en los derechos de

los/as trabajadores/as migratorios/as y

sus familias. A su vez, a la sociedad civil

le recomendaría conocer los derechos

de los/as trabajadores/as –para evitar

su vulneración– y, además, vigilar que

los Estados cumplan con sus deberes y

obligaciones.

4 entretierras

egún la Organización Internacional

del Trabajo (OIT), el diálogo

social comprende todo ti po de

negociaciones y consultas, incluso

el mero intercambio de información entre

representantes de los gobiernos, los

empleadores y los trabajadores sobre temas

de interés común relati vos a las políti cas

económicas y sociales. Para que exista

diálogo social el Estado, aún cuando no

parti cipe directamente en el proceso, ti ene

la responsabilidad de crear un clima políti co

y cívico que permita a las organizaciones

de empleadores y de trabajadores actuar

libremente. Debe apoyar las iniciati vas de las

partes, ofreciendo, entre otros, los marcos

jurídicos e insti tucionales necesarios para que

éstas puedan actuar con efi cacia.

La principal meta del proceso de diálogo

social es impulsar el logro de consensos y

la parti cipación democráti ca de todos los

interlocutores presentes en el mundo del

trabajo. Su buen funcionamiento puede

contribuir a resolver importantes problemas

económicos y sociales, alentar las prácti cas de

buen gobierno, favorecer la paz y la estabilidad

en el plano social y laboral, e impulsar el

desarrollo económico.

En España el diálogo social triparti to es

determinante a través de la parti cipación de las

organizaciones sindicales más representati vas

(Unión General de Trabajadores y Comisiones

Obreras), de las organizaciones empresariales

y de los funcionarios gubernamentales

responsables de elaborar y aplicar las políti cas

migratorias. En este senti do, el diálogo social

triparti to se arti cula en torno a la Comisión

Laboral Triparti ta de Inmigración, que es

un órgano de interlocución permanente de

carácter consulti vo en materia de gesti ón de

fl ujos migratorios dependiente de la Secretaría

de Estado de Inmigración y Emigración del

Ministerio de Trabajo e Inmigración de España,

que reconoce la opinión de los agentes sociales

como una opinión califi cada para asesorar al

Estado en materia de empleo y en políti cas de

inmigración regular.

Sus acti vidades se enmarcan en informar, tras

el debate, el diálogo y la concertación sobre

los diferentes aspectos que atañen al hecho

migratorio; por ejemplo, en la gesti ón de los

fl ujos migratorios y los procedimientos de

contratación de extranjeros no comunitarios,

en la propuesta de conti ngente desarrollada

en base al Catálogo de Profesiones de Difí cil

Cobertura, en las propuestas de concesión de

autorizaciones de trabajo por cuenta ajena o

en la presentación de propuestas que mejoren

la integración social y laboral.

En base a estos principios generales y al

modelo parti cular ejecutado en España;

desde ISCOD y parti endo de nuestra condición

de pertenencia a uno de los sindicatos más

representati vos en España, la Unión General

de Trabajadores (UGT), que es parte en la

Comisión Laboral Triparti ta de Inmigración,

entendimos la conveniencia de proponer a

los diferentes actores sociales en Ecuador,

así como a su gobierno a escala provincial,

la posibilidad de aplicar este modelo con

sus correspondientes adaptaciones a la

realidad migratoria ecuatoriana. De esta

manera, en el marco del Proyecto Migración

Laboral y Gobernabilidad Migratoria,

fi nanciado por el Gobierno de la Comunidad

Foral de Navarra y la Agencia Española de

Cooperación Internacional al Desarrollo

(AECID), decidimos desarrollar, en tres años,

en las provincias de Chimborazo, Loja, Los

Ríos y Manabí, un proceso triparti to ampliado.

Este proceso inició con algunos eventos

abiertos a la sociedad de estas provincias

y fue incorporando a organizaciones de la

sociedad civil relacionadas con la migración,

junto a sindicatos, cámaras empresariales y

gobiernos provinciales. Como resultado se

están obteniendo una serie de conclusiones y

recomendaciones para la gesti ón políti ca del

hecho migratorio.

Este proceso fi nalizará este año con la

implementación de mesas de diálogo social

en las diferentes provincias implicadas, bajo

la modalidad triparti ta ampliada y el liderazgo

de los gobiernos provinciales. El compromiso

de ISCOD-UGT es insti tucionalizar estas

mesas a través del patrocinio de tres espacios

de confi guración, debate y consolidación,

para que se conviertan en una herramienta

consulti va que permita acometer políti cas

públicas en materia migratoria. La primera

experiencia desarrollada se llevó a cabo

en Riobamba (Chimborazo) con excelentes

resultados, pues la mesa está consolidando

su insti tucionalidad y ha realizado varias

reuniones sin el patrocinio de ISCOD-UGT.

El diálogo social es uno de los elementos clave

en el desarrollo económico y social de un país;

por lo tanto, las líneas de trabajo que ISCOD-

UGT planifi que a futuro en el Ecuador, sin

duda, tendrán al diálogo social como uno de

sus componentes más importantes.

Refl exión

S

Ángel González BascuñanaRepresentante Legal del Insti tuto de Cooperación Sindical al Desarrollo (ISCOD)

Buenas prácti cas de trabajo decente:Mesas triparti tas de diálogo social sobre migraciones

5entretierras

Migración internacional y división sexual del trabajo: Las mujeres y las migraciones

Género

a ineludible interrelación de los

derechos humanos con los procesos

migratorios y las relaciones

laborales que genera, obliga a ver

el tema no solamente desde un análisis

de las normas vigentes o de las políti cas

públicas implementadas por los Estados,

sino que también obliga a tomar en

cuenta un enfoque fi losófi co que permita

entender de qué manera esta interrelación

afecta a la dignidad de las personas (pues

la dignidad es el principal elemento

fi losófi co de los derechos humanos) y, en

especial, cómo es afectada la dignidad de

las mujeres inmigrantes al momento de

optar por uno u otro trabajo fuera de su

país de origen.

El proceso dignifi cador de los derechos

humanos aplicado a las relaciones del

trabajo, no debería ser un elemento

abstracto difí cil de ejemplifi car,

sino ser aplicable a todo proceso de

comprensión de cualquier derecho, a

fi n de ser debidamente implementado.

En esta línea, y desde la fi losofí a de los

derechos humanos, se debe asumir que

un trabajo digno es aquel que sati sface

a la persona en la esfera de lo moral y

en la esfera de lo material, es decir, este

trabajo debe sati sfacer económicamente

las necesidades de la persona (incluida

su familia) y, además, debe permiti r la

realización personal de quien lo ejecute.

En España la mayoría de las mujeres

inmigrantes bolivianas todavía se

encuentran obligadas a trabajar de

canguro (cuidadora de niños), en labores

de casa (limpieza, cocina, planchado,

entre otras acti vidades) o cuidando a

personas adultas mayores; todos estos

trabajos los realizan sin un límite de horas

establecidas. A esta realidad se suma

que, por necesidad, muchas mujeres han

incursionado en trabajos que antes sólo

estaban desti nados a los hombres, como

por ejemplo, el de paletas (albañiles).

Desde luego, el hecho de que las mujeres

incursionen en este ti po de laborales no

es negati vo, lo lamentable es que todas

estas acti vidades no son retribuidas con un

salario justo, que compense la magnitud

de su esfuerzo fí sico y/o mental, la carga

horaria de trabajo y el alto costo de vida.

Dicho en otros términos, el trabajo que

se ven “obligadas” a desempeñar las

mujeres inmigrantes rompe con la visión

fi losófi ca de un trabajo digno, no sólo

porque económicamente no es equitati vo,

sino porque se ven forzadas a desempeñar

cierto ti po de trabajos sólo por el hecho

de ser mujeres, trabajos en los cuales, de

forma consciente, aceptan ser explotadas

o abusadas laboralmente. Además, este

ti po de trabajos les exige asumir roles de

género impuestos por los empleadores o

les fuerza a recibir menores ingresos por

trabajos que, en su mayoría, son realizados

por hombres. Este escenario laboral dista

mucho de ser un escenario de trabajo

digno o de trabajo sati sfactorio, en su lugar,

se evidencia una realidad de explotación y

discriminación social en contra de la mujer

migrante.

El acceso de las mujeres inmigrantes

al mundo laboral internacional sin una

residencia legalmente establecida o en

situación de irregularidad, ha abierto la

posibilidad de una indigna división del

trabajo entre hombres y mujeres; pues

las labores que les son encomendadas a

ambos están diferenciadas de tal manera

que, por más calificada que sea la mano

de obra femenina, siempre estarán

relegadas a asumir papeles sociales

impuestos de forma discriminatoria.

En una lamentable realidad que viven

cerca de 400 mil bolivianos en España,

donde la mayoría no tiene una residencia

legalmente establecida, se genera un

entorno propicio para una serie de

abusos o mecanismos de explotación

laboral, los cuales desde luego se

intensifican en el caso de las mujeres.

Ellas encuentran una doble dificultad

para acceder a ciertos trabajos y,

además, se encuentran en una situación

de constante riesgo de ser violentadas;

por lo tanto, la “opción” de escoger

uno u otro trabajo se convierte en un

obligatorio camino sin retorno. Más que

una alternativa laboral esto, sin duda,

se traduce en una forma de exclusión

social, injusta e indigna para las mujeres

inmigrantes. Esta problemática social

exige que los gobiernos tomen cartas en

el asunto y tanto el país de origen de la

migración (en este caso Bolivia), como

el país de destino (en este caso España)

elaboren convenios a favor de las

trabajadoras migratorias y sus familias.

L

Rodrigo Gazauhi EspinozaRed de Profesionales Abogados en Derechos Humanos Capacitación y Derechos Ciudadanos (CDC)La Paz, Bolivia

6 entretierras

Artí culo 1

A los fi nes del presente Convenio:

a) la expresión trabajo domésti co designa

el trabajo realizado en un hogar u hogares o

para los mismos; b) la expresión trabajador

domésti co designa a toda persona, de

género femenino o género masculino, que

realiza un trabajo domésti co en el marco de

una relación de trabajo; c) una persona que

realice trabajo domésti co únicamente de

forma ocasional o esporádica, sin que este

trabajo sea una ocupación profesional, no se

considera trabajador domésti co; […]

Artí culo 3

2. Todo Miembro deberá adoptar, en lo que

respecta a los trabajadores domésti cos, las

medidas previstas en el presente Convenio

para respetar, promover y hacer realidad los

principios y derechos fundamentales en el

trabajo, a saber:

a) la libertad de asociación y la libertad sindical

y el reconocimiento efecti vo del derecho de

negociación colecti va;

b) la eliminación de todas las formas de

trabajo forzoso u obligatorio;

c) la abolición efecti va del trabajo infanti l; y

d) la eliminación de la discriminación en

materia de empleo y ocupación; […]

Artí culo 4

1. Todo Miembro deberá fi jar una edad

mínima para los trabajadores domésti cos

compati ble con las disposiciones del Convenio

sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), y el

Convenio sobre las peores formas de trabajo

infanti l, 1999 (núm. 182); […]

Artí culo 6

Todo Miembro deberá adoptar medidas

a fi n de asegurar que los trabajadores

domésti cos, como los demás trabajadores en

general, disfruten de condiciones de empleo

equitati vas y condiciones de trabajo decente,

así como, si residen en el hogar para el que

trabajan, de condiciones de vida decentes

que respeten su privacidad; […]

Artí culo 8

1. En la legislación nacional se deberá disponer

que los trabajadores domésti cos migrantes

que son contratados en un país para prestar

servicio domésti co en otro país reciban por

escrito una oferta de empleo o un contrato

de trabajo que sea ejecutorio en el país donde

los trabajadores prestarán servicio […], antes

de cruzar las fronteras nacionales con el fi n de

incorporarse al empleo domésti co al que se

refi ere la oferta o el contrato.

2. La disposición del párrafo que antecede

no regirá para los trabajadores que tengan

libertad de movimiento con fi nes de empleo

en virtud de acuerdos bilaterales, regionales o

multi laterales o en el marco de organizaciones

de integración económica regional.

3. Los Miembros deberán adoptar medidas

para cooperar entre sí a fi n de asegurar

la aplicación efecti va de las disposiciones

del presente Convenio a los trabajadores

domésti cos migrantes.

4. Todo Miembro deberá especifi car,

mediante la legislación u otras medidas, las

condiciones según las cuales los trabajadores

domésti cos migrantes ti enen derecho a la

repatriación tras la expiración o terminación

del contrato de trabajo en virtud del cual

fueron empleados.

Artí culo 9

Todo Miembro deberá adoptar medidas para

asegurar que los trabajadores domésti cos:

[…]; b) que residen en el hogar para el que

trabajan no estén obligados a permanecer en

el hogar o a acompañar a miembros del hogar

durante los períodos de descanso diarios y

semanales o durante las vacaciones anuales; y

c) tengan derecho a conservar sus documentos

de viaje y de identi dad.

Artí culo 10

1. Todo Miembro deberá adoptar medidas

con miras a asegurar la igualdad de trato entre

los trabajadores domésti cos y los trabajadores

en general en relación a las horas normales

de trabajo, la compensación de las horas

extraordinarias, los períodos de descanso

diarios y semanales y las vacaciones anuales

pagadas, en conformidad con la legislación

nacional o con convenios colecti vos; […]

Artí culo 14

1. Todo Miembro, teniendo debidamente

en cuenta las característi cas específi cas del

trabajo domésti co y actuando en conformidad

con la legislación nacional, deberá adoptar

medidas apropiadas a fi n de asegurar que

los trabajadores domésti cos disfruten de

condiciones no menos favorables que las

condiciones aplicables a los trabajadores en

general con respecto a la protección de la

seguridad social, inclusive en lo relati vo a la

maternidad; […]

Artí culo 16

Todo Miembro deberá adoptar medidas, de

conformidad con la legislación y la prácti ca

nacionales, a fi n de asegurar que todos los

trabajadores domésti cos, ya sea en persona

o por medio de un representante, tengan

acceso efecti vo a los tribunales o a otros

mecanismos de resolución de confl ictos en

condiciones no menos favorables que las

condiciones previstas para los trabajadores en

general; […]

Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésti cos1

Derechos

1 Separata del Convenio 189 de la OIT, adoptado el 16 de julio del 2011 en la Conferencia General de la OIT, convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 1 de junio del 2011 en su centésima reunión. Véase: http://www.ilo.org/ilolex/cgi-lex/singles.pl?query=012011189@ref&chspec=01

7entretierras

Adolfo Jiménez FernándezSecretario General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS)

La protección de los derechos sociales de los emigrantes: El Convenio Multi lateral Iberoamericano de Seguridad Social

mérica Lati na es una zona donde

las corrientes migratorias son

muy importantes. La tasa neta de

emigración se encuentra entre las

primeras del mundo. Según datos de la Comisión

Económica para América Lati na y el Caribe

(CEPAL), en 2005 se registraron 25 millones de

movimientos migratorios. Bien puede decirse que

Iberoamérica es una comunidad de emigrantes,

en donde la vida laboral de gran número de

ciudadanos, y por tanto sus carreras, de seguro,

transcurre generalmente entre varios países.

Los sistemas de seguridad social suelen

exigir, para tener derecho a las prestaciones

económicas contributi vas, tener cubiertos

períodos mínimos de coti zación. Estos periodos

de “carencia”, en el supuesto de la pensión de

vejez, son especialmente amplios en los países

iberoamericanos1, siendo para la población

migrante muy difí cil o imposible cumplir

plenamente con estos requisitos.

Esta circunstancia puede suponer, con frecuencia,

la pérdida de derechos de seguridad social a

pesar de haber coti zado durante toda la vida

profesional en todos y cada uno de los sistemas

contributi vos obligatorios. Para evitar esta

pérdida los países suscriben convenios bilaterales

que ti enen una limitación territorial de aplicación

a dos países. Pero en el mundo actual la migración

cada vez es más multi lateral, por lo que exige

instrumentos internacionales de seguridad social.

Por ello, la Organización Iberoamericana

de Seguridad Social (OISS) en su Congreso

del 2004, planteó la idea de disponer de un

convenio multi lateral de seguridad social a

nivel iberoamericano. Un año después, a

propuesta de España, esta idea se plasmó

en una decisión políti ca, adoptada en la V

Conferencia Iberoamericana de Ministros y

Máximos Responsables de Seguridad Social

(Segovia),2 propuesta que contó con el apoyo

y la colaboración de la OISS y de la Secretaría

General Iberoamericana (SEGIB). En el 2007, en

la VI Conferencia Iberoamericana de Ministros

y Máximos Responsables de Seguridad Social

(Iquique), se llegó a un pleno acuerdo sobre su

contenido y, en el 2009, fue aprobado por todos

los parti cipantes. Para su aplicación efecti va es

necesario que los países fi rmen el Convenio,

lo rati fi quen, depositen el instrumento de

rati fi cación en la SEGIB y suscriban el Acuerdo de

Aplicación3.

¿Qué consecuencia tiene el que puedan acogerse

al Convenio los migrantes que hayan cotizado en

los países que vayan suscribiendo el Acuerdo de

Aplicación? El Convenio afecta a los trabajadores

dependientes o no dependientes que hayan

cotizado en los distintos países iberoamericanos,

así como a sus familiares y sobrevivientes. No

modifica ni sustituye las legislaciones nacionales,

pero sí las coordina de modo que queda

garantizado el derecho contributivo de los

trabajadores migrantes, estableciendo:

a) La igualdad de trato con independencia de la

nacionalidad.

b) La totalización de los períodos de cotización

acreditados en los distintos Estados, permitiendo

acumular todos los períodos acreditados para

determinar el cumplimiento de la carencia exigida.

c) La garantía de la conservación de los derechos

adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por

trasladarse a otro país.

d) La legislación aplicable a la que estará sujeto el

trabajador, rigiendo el principio de lex loci laboris

con algunas excepciones, clarificando la situación

de los trabajadores que prestan sus servicios o

realizan su actividad temporalmente fuera del

país de origen.

e) La aplicación de las disposiciones más

favorables al trabajador en el caso de que existan

otros convenios.

f) La colaboración administrativa y técnica entre

instituciones gestoras para facilitar la gestión a los

beneficiarios y entre instituciones gestoras.

El Convenio Multilateral Iberoamericano de

Seguridad Social constituye una experiencia

inédita, porque por primera vez se plantea lograr

una acuerdo en materia de seguridad social entre

países con modelos muy distintos, en un ámbito

en el que no existe una previa asociación política

que facilite el sustrato jurídico que podría darle

apoyo, razón por lo que ha exigido la participación

de todas y cada una de las partes y su ratificación,

o en su caso adhesión, precisa su incorporación

como legislación interna de cada uno de los

Estados parte a través de los procedimientos

constitucionales y legales que les sean propios.

El Convenio es directamente reclamable ante los

tribunales, constituyendo una respuesta desde la

seguridad social a algunos efectos no deseados de

la globalización.

A

A Fondo

1 Por ejemplo, Costa Rica exige 30 años de cotización para tener derecho a la pensión de jubilación, Uruguay 25, España 15 y Ecuador 30 ó 15, según se acceda con 60 ó 65 años. 2 En esta reunión se acordó por unanimidad “iniciar el proceso de elaboración de un Convenio Multilateral de Seguridad Social de la Comunidad Iberoamericana…que permita contar con un instrumento único de coordinación de las legislaciones nacionales en materia de pensiones que, con plena seguridad jurídica, garantice los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, protegidos bajo los esquemas de Seguridad Social de los diferentes Estados Iberoamericanos”.3 En la actualidad el Convenio ha sido rubricado por 14 países, en once de ellos ya lo han ratificado sus órganos legislativos: Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Portugal, Uruguay y Venezuela, de los cuales ocho ya han depositado el instrumento de ratificación, habiendo suscrito el Acuerdo de Aplicación: Bolivia, Brasil, Ecuador, España y Uruguay en donde ya está en vigor el Convenio. La previsión es que se vayan incorporando progresivamente el resto de los países de la Comunidad Iberoamericana.

8 entretierras

A Fondo

a libre movilidad del ser humano es un

derecho natural que, paradójicamente,

con los procesos de la globalización

y el verti ginoso avance de las

comunicaciones, se ha visto restringido en

disti ntos países1 que, sin tomar en cuenta las

consideraciones básicas que pueden llegar

a originar la necesidad de movilizarse de las

personas (por cuesti ones de sobrevivencia,

mejoras económicas o para precautelar la

vida), fomentan mecanismos de discriminación

en contra de las y los trabajadores migratorios.

Las difi cultades para el acceso profesional,

diferencias en cuanto a las condiciones

contractuales, pocos benefi cios como la

seguridad social, impedimentos de pertenecer

a alguna organización sindical, entre otros

aspectos, son algunas de las formas de

discriminación que ti enen que enfrentar las y

los trabajadores migratorios.

El Ecuador, mediante su Consti tución aprobada

en septi embre del 2008, garanti za derechos a

las y los migrantes y sus familias. En el capítulo

segundo de las ciudadanas y ciudadanos,

artí culo 9, determina: “Las personas

extranjeras que se encuentren en el territorio

ecuatoriano tendrán los mismos derechos y

deberes que las ecuatorianas, de acuerdo con

la Consti tución”. Así mismo, en el capítulo

tercero, sección tercera, de movilidad humana,

artí culo 40, señala: “Se reconoce a las personas

el derecho de migrar. No se identi fi cará ni se

considerará a ningún ser humano como ilegal

por su condición migratoria”.

Con el de fi n de cumplir con este mandato

consti tucional y de atender a los disti ntos

sectores de la población con un criterio de

equidad social, el Gobierno ecuatoriano

elaboró el Plan Nacional para el Buen Vivir,

en el que se establecen importantes objeti vos

nacionales entre los que se encuentra el

objeti vo número 6 que hace referencia al

“trabajo estable, justo y digno en sus diferentes

formas”. Tomando en cuenta este objeti vo

y los lineamientos de la Políti ca No 6 de este

Plan2, el Ministerio de Relaciones Laborales

(MRL) realiza disti ntos programas y proyectos

a nivel nacional.

Entre estos programas y proyectos se

encuentra la iniciati va denominada Migración,

género y juventud, que el MRL junto a Naciones

Unidas y a otros organismos internacionales se

encuentran desarrollando. Esta iniciati va ti ene

como fundamentos básicos el apoyar acciones

que promuevan el desarrollo local, el empleo y

el fortalecimiento insti tucional.

Así mismo, el MRL trabaja de manera conjunta

con el Ministerio de Relaciones Exteriores,

Comercio e Integración, el Ministerio del

Interior y otros organismos, en la aplicación del

Estatuto Migratorio Permanente Ecuatoriano

- Peruano, cuyo objeti vo es la regularización

laboral y migratoria de los ciudadanos

peruanos, población que se encontraba en

condiciones de vulnerabilidad.

El MRL también lleva adelante el programa

Mi Primer Empleo. Esta iniciati va es una de

las experiencias más exitosas en términos

de empleo para la juventud, consiste en que

estudiantes universitarios de los últi mos años

realicen pasantí as en el sector público, como

su primera experiencia laboral. En retribución

a las acti vidades desarrolladas reciben una

prestación económica, la misma que es cubierta

con recursos del Estado. Este programa les

permite, a futuro, mejorar sus condiciones de

empleabilidad y sus conocimientos. En esta

misma línea, el MRL trabaja en la Red Socio-

Empleo, que facilita la inserción laboral de

las personas mediante procesos técnicos de

selección de recursos humanos, capacitación

y otros.

En suma, gesti onar con efi cacia las migraciones

laborales, de manera que benefi cien a las

y los trabajadores, especialmente a los

jóvenes en los países de origen y de desti no.

Garanti zar políti cas de empleo nacionales,

con miras a promover el pleno empleo

producti vo y libremente elegido, habida

cuenta de las importantes repercusiones

sociales y económicas de las migraciones,

precautelando que estas políti cas integren las

cuesti ones de género y aborden los problemas

de abusos específi cos a los que se enfrentan

a menudo los jóvenes y las mujeres en los

procesos de migración. Analizar las relaciones

migraciones-desarrollo y migraciones para el

desarrollo, comercio internacional, el proceso

de construcción de sociedades multi culturales

y poli-étnicas, el tráfi co de migrantes, los

derechos humanos, la modernización de las

administraciones migratorias y los mecanismos

multi laterales sobre el tema; consti tuyen

alternati vas válidas para ponerlas en vigencia.

L

La reducción de la migración juvenil:Protección integral a las y los jóvenes, alternati vas de empleo y políti cas públicasJorge León Albán Coordinador de la Unidad de Migración y ColocaciónLaboral del Ministerio de Relaciones Laborales

1 “El dogma de la soberanía, así como la vieja idea de la razón del Estado, no pueden ser considerados intocables, cuando hay en juego intereses superiores como la vida y la dignidad de las personas, que deben prevalecer”.2 La Política No 6 del Plan Nacional para el Buen Vivir se refiere a: “Valorar todas las formas de trabajo, generar condiciones dignas para el trabajo y velar por el cumplimiento de los derechos laborales”.

9entretierras

l Estatuto Migratorio Permanente

Ecuatoriano-Peruano suscrito el 25 de

octubre del 2008 y rati fi cado por la

Asamblea Nacional en octubre del 2010,

entró en vigencia el 3 de febrero del 2011. La libre

movilidad de personas se encuentra enmarcada

en este instrumento bilateral que contempla

también una movilidad en el ámbito laboral.

Para su adecuada implementación, el Ministerio

de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración,

diseñó tres fases: a) Jornadas de capacitación

a nivel nacional para los funcionarios públicos

encargados de la aplicación del mismo; b)

Difusión de los contenidos del Estatuto, sus

benefi cios y el conocimiento sobre sus derechos;

y, c) Aplicación prácti ca de las modalidades

contempladas en el propio convenio, como es la

regularización de las y los ciudadanos peruanos

en el Ecuador y lo referente al régimen laboral.

La difusión a nivel nacional se realizó mediante

jornadas coordinadas por las autoridades locales

de las diferentes provincias y la arti culación

interinsti tucional de la Cancillería, el Ministerio

del Interior, el Ministerio de Relaciones

Laborales, la Secretaría Nacional del Migrante

(SENAMI), la Dirección Nacional de Migración

y el apoyo permanente de la Organización

Internacional del Trabajo (OIT) -mediante el

Proyecto MIGRANDINA- y el Insti tuto Sindical

de Cooperación al Desarrollo (ISCOD), que se

consti tuyeron en un valioso soporte. Hay que

destacar también la sustanti va colaboración que

se recibió de parte de diferentes organismos

como la Mesa de Trabajo sobre Migraciones

Laborales (MTML), la Pastoral Social y CARITAS

del Ecuador, entre otros.

Mediante Acuerdo Ministerial número 00022,

de 15 de marzo del 2011, fi rmado por el

Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio

e Integración, se expidió el instructi vo para

la aplicación de la regularización mediante

la concesión de la visa 9-VII de carácter

permanente y sin costo para aquellas

ciudadanas y ciudadanos peruanos que

se encuentren en situación irregular en el

territorio ecuatoriano hasta el 3 de febrero del

2011 y cuyo proceso durará ciento ochenta

días.

En cuanto a la parte laboral, se contempla el

permiso para el desarrollo de acti vidades bajo

relación de dependencia o sin ella por 180 días

y los requisitos mínimos para la obtención de la

visa de trabajo a parti r de los 180 días y con un

costo simbólico de dos dólares.

Este Estatuto Permanente fi rmado entre

los dos países ti ene implicaciones positi vas

para la inserción laboral de los trabajadores,

habida cuenta, entre otros, de los benefi cios

de orden salarial y social que se contemplan.

En ese marco, la sola posibilidad de propiciar

una permanencia regular para ciudadanas y

ciudadanos peruanos que han permanecido

por muchos años en suelo ecuatoriano, que

han creado vínculos mediante el matrimonio

y la procreación de hijos, signifi ca brindarles

una seguridad no solamente migratoria, sino

personal, laboral, emocional, familiar y hasta

psicológica.

Otro benefi cio es que los trabajadores peruanos

reciban el mismo salario contemplado para

el trabajador ecuatoriano, esto evitará que

perciban remuneraciones inferiores a las

legalmente esti puladas. Todo lo anterior

incenti vará a que empleadores y cámaras de

comercio, industria y turismo, puedan contratar

trabajadores migratorios regulares y, de esta

manera, contar con la mano de obra requerida.

En el Ecuador el empleador ti ene la obligación

de afi liar al trabajador temporal o permanente

al sistema de seguridad social, de esta forma

los trabajadores migratorios pueden acceder

a benefi cios en materia de salud, atención,

medicinas y otras prestaciones importantes

para el desarrollo de sus condiciones de vida y

salubridad.

Los Gobiernos del Ecuador y del Perú, se

inspiraron y así consta en el preámbulo del

Estatuto bilateral, en las disposiciones del

Instrumento Andino de Migración Laboral

(Decisión 545) y el Instrumento Andino de

Seguridad Social (Decisión 583), que han

permiti do una inserción laboral plena del

trabajador migratorio.

El Ecuador ha dado vigencia prácti ca a los

principios de libre movilidad y ciudadanía

universal contemplados como preceptos en

la Consti tución de la República. El Estatuto

Migratorio Permanente Ecuatoriano- Peruano es

una muestra de que el concepto de integración

humana interconecta el conocimiento y la

relación entre nuestros pueblos y países,

brindando, de esta forma, vigencia real al libre

tránsito de seres humanos. Con ello, además,

se logran grandes avances respecto al principio

sudamericano de integración, para crear un

espacio regional de libre movilidad de personas.

El Estatuto Migratorio Permanente Ecuatoriano-Peruano y sus implicaciones en el proceso de inserción laboral de las y los trabajadores de Ecuador y Perú

E

A Fondo

Embajador Fernando Flores Macías Director de Migración y Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

10 entretierras

A Fondo

s la falta de perspecti vas de futuro

la que ocasiona que las personas se

desplacen a otros países en busca de

empleo; por lo tanto, el fenómeno de la

migración implica tanto a los países de origen

como a los de desti no y ti ene importantes

repercusiones en los sistemas de organización

socio-laboral y también en la convivencia diaria.

España ha pasado en poco ti empo, apenas

quince años, de ser un país de emigración a

converti rse en desti no destacado de los fl ujos

migratorios mundiales y además lo ha hecho

a un ritmo inusitado.1 En este escenario, el

Gobierno de España apostó en el año 2004

por una nueva políti ca de inmigración que

incorporaba dos elementos claves que hoy

conti núan plenamente vigentes. Por un lado,

el deseo de construir una políti ca global e

integral en la materia, que cuente con el

mayor consenso social y políti co posible. Por

otro, el reconocimiento de los benefi cios

de la inmigración para el país y la sociedad

receptores, no sólo como factor esencial de

desarrollo económico sino también como

fuente de riqueza socio-cultural en una

sociedad cada vez más diversa.

Con estas premisas, la estrategia del Gobierno

de España en materia de inmigración ha

descansado en el desarrollo de cuatro

elementos básicos: 1) El refuerzo de los

instrumentos de lucha contra la inmigración

clandesti na; 2) La vinculación de los fl ujos

migratorios a la realidad del mercado laboral,

dado que la inmigración que registra España

responde fundamentalmente a moti vos

económicos; 3) Una decidida apuesta por las

políti cas de integración de los inmigrantes

en la sociedad de acogida; y, 4) Un fi rme

compromiso con la cooperación al desarrollo

de los países de los que procede nuestra

inmigración.

Dentro de esta políti ca global de inmigración,

en el que se ha desarrollado la políti ca de

integración de la población inmigrante en

España, se destaca el Plan Estratégico de

Ciudadanía e Integración 2007-2010 (PECI),

aprobado por el Consejo de Ministros en

febrero del 2007 y con una dotación económica

de 2.700 millones de dólares. El PECI se

estructuró en torno a doce áreas de actuación

en las que se defi nen objeti vos, programas y

medidas: acogida, educación, empleo, vivienda,

servicios sociales, salud, infancia y juventud,

igualdad de trato, mujer, parti cipación,

sensibilización y codesarrollo. Su evaluación,

que se está realizando en la actualidad, arroja

unos resultados altamente sati sfactorios en

cuanto a cumplimiento.2 Cabe señalar que

los ejes a los que se han dedicado mayores

recursos han sido educación, empleo y acogida.

En estos momentos el nuevo PECI 2011-2014

está siendo someti do a socialización y está

abierto a posibles aportes. En su elaboración

han intervenido insti tuciones, organizaciones

sociales, agentes sociales y expertos del mundo

académico.

Otro elemento fundamental para las políticas

migratorias en España ha sido la reforma de la

Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los

Extranjeros en España y su Integración Social, así

como su Reglamento de desarrollo, aprobado

recientemente.

Para definir esta nueva Ley es oportuno recoger

las palabras de la ex - Secretaria de Estado de

Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, quien

afirmaba que: “pasamos de una Ley de Extranjería

a una Ley de Inmigración”. Así podría resumirse

en pocas palabras el espíritu de una reforma que

respondía, en su origen, entre otros criterios, a

la voluntad política de ampliar el alcance de la

legislación precedente a otros ámbitos para dar

así sustento a la nueva política migratoria de los

años venideros.

La nueva reforma proporciona una amplia

protección y refuerza las garantías de los más

vulnerables, en particular los menores no

acompañados, las víctimas de malos tratos, las

víctimas de la trata de personas y las víctimas

de la explotación laboral. Mejora, además,

la institución de la reagrupación familiar

ampliándola a las parejas de hecho y facilitando el

derecho al trabajo de los familiares reagrupados

desde el mismo día de su llegada a España.

La reforma incluye también nuevos y destacados

instrumentos de política de integración, al

tiempo que reconoce derechos fundamentales

consagrados por el Tribunal Constitucional

como el derecho de asociación, sindicación,

manifestación, asistencia jurídica gratuita y el

derecho pleno a la educación hasta los 18 años.

Lograr una verdadera integración y convivencia a

través de la construcción de una sociedad plural

y diversa, integrada tanto por nacionales como

por extranjeros, en la cual los valores y principios

constitucionales de libertad, igualdad, respeto

a la ley y a los derechos de los demás aseguren

la convivencia, ha sido y es el objetivo de las

políticas y reformas legales en materia migratoria

desarrolladas por el Gobierno de España en los

últimos años.

E

La actual políti ca migratoria de España

Alberto de la Calle García Ministro ConsejeroEmbajada de España en Ecuador

1 Son más de 5 millones los extranjeros empadronados en España, lo que representa casi el 12% de la población del país.2 En conjunto se estima que se han cumplido cerca del 90% del total de objetivos del PECI, pudiendo hablarse de cumplimiento total en el 69% de sus apartados específicos.

11entretierras

o cabe duda que en las últi mas

décadas se han logrado importantes

avances en materia de protección

de los derechos de los trabajadores

migrantes. A nivel del marco normati vo

internacional se destaca la Convención

Internacional sobre la protección de los derechos

de todos los trabajadores migratorios y de sus

familiares (1990).1

En el marco de la Organización Internacional

del Trabajo (OIT) existen dos instrumentos

fundamentales en la materia, el Convenio sobre

los trabajadores migrantes de 1949 (núm. 97)2;

y, el Convenio sobre los trabajadores migrantes

de 1975 (núm. 143), los dos convenios con las

recomendaciones (86 y 151) correspondientes.

Sin embargo, estos instrumentos adolecen

de importantes limitaciones, cuando los

principales países receptores de trabajadores

migrantes, tanto de la región (Canadá y

Estados Unidos) como extrarregionales, no han

rati fi cado ninguno de los convenios.

De igual manera, dentro del Sistema

Interamericano, hay que destacar la existencia

del Programa Interamericano para la

Promoción y Protección de los Derechos

Humanos de los Migrantes, Incluyendo a los

Trabajadores Migratorios y sus Familias, cuyos

objeti vos son, entre otros, promover y proteger

los derechos humanos de los migrantes

mediante el desarrollo de acciones de

cooperación y mejores prácti cas. El Programa

establece cerca de 70 acti vidades que son

responsabilidad de los Estados miembros de la

Organización de los Estados Americanos (OEA)

y otros actores del Programa. En este contexto,

el Programa Migración y Desarrollo (MiDE) ha

creado una base de datos que permite hacer

seguimiento de los avances en materia de

legislación y marcos normati vos migratorios

del hemisferio.3

En 1997 se estableció, en el marco de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos, la

Relatoría Especial de Trabajadores Migratorios

y Miembros de sus Familias. Al igual que el

Programa, la creación de esta Relatoría surge

por la preocupación de la OEA de brindar una

adecuada atención a un grupo expuesto a

eventuales violaciones de sus derechos humanos.

Desafortunadamente la Relatoría y el Programa

son poco conocidos y por ende subuti lizados por

los Estados de la región.

En el ámbito del desarrollo de políticas públicas es a

nivel nacional donde, bajo el previo reconocimiento

del marco internacional mencionado, se han

logrando importantes avances en los últimos años,

entre los que merecen ser mencionados:

En materia de regulación de flujos. Los programas

de empleo temporal para trabajadores migrantes

y acuerdos de regulación de flujos, entre los

que cabe resaltar el Programa Canadiense de

Trabajadores Agrícolas por Estación (SAWP por sus

siglas en inglés).4

En materia de diálogo social. El Consejo Nacional

de Inmigración (CNIg) de Brasil integrado por

las entidades del gobierno que, de manera

transversal, están encargadas del tema, así como

de representaciones de sindicatos y organizaciones

de empleadores.

En materia de información y orientación

migratoria laboral y fortalecimiento institucional

de los Ministerios de Trabajo. La Dirección

de Migración Laboral del Perú, como órgano

encargado de la gestión migratoria laboral,

orientada a la promoción del empleo y tutela de

los derechos socio-laborales de los potenciales

migrantes. También sobresale el Servicio de

Información y Orientación al Migrante (Infomigra)

y el Sistema Virtual del Trabajador Migrante

Andino (SIVITMA).

Sin demérito de los logros, es necesario

refl exionar sobre los desafí os a enfrentar en el

desarrollo de políti cas públicas que ati endan

la complejidad y multi dimensionalidad de

la gesti ón de la migración laboral actual.

Es necesario opti mizar la comunicación

y relacionamiento entre las enti dades

encargadas del tema migratorio, fomentar

un mayor compromiso de los actores del

mercado laboral en el tema y el interés

de sindicatos, gobiernos y grupos de

empresarios para abordar el fenómeno como

factor fundamental en la políti ca laboral

y, por lo tanto, como un tema de diálogo

social. Así mismo, se requiere mejorar la

arti culación de políti cas a nivel nacional y

regional, los marcos normati vos, las políti cas

educati vas orientadas a la creación de

capacidades técnicas que respondan a las

exigencias del mercado laboral internacional,

y presupuestos signifi cati vos para avanzar en

la materia.

En este senti do, la OEA se ha propuesto el

desarrollo de una Red Interamericana de

Cooperación sobre Migración (RICOMI) que

permita identi fi car, sistemati zar y difundir

programas y estrategias de gesti ón migratoria,

fomentar el intercambio de experiencias,

facilitar la comunicación entre las autoridades

migratorias y fortalecer las capacidades de los

encargados de la formulación y desarrollo de

políti cas públicas.

Araceli Azuara, CoordinadoraAna Maria Lara, Especialista en Migración LaboralPrograma Migración y Desarrollo (MiDE)Departamento de Desarrollo Social y Empleo (DDSE)

La migración laboral y las políti cas públicas en el hemisferio: Logros y desafí os

Políti cas

1 Ratificado por 13 Estados de las Américas y firmado por dos Argentina, Belice, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Perú, y Uruguay. Firmada sin ratificación por Guyana y Paraguay. 2 Ratificado por 12 Estados, la mayoría con excepciones: Bahamas, Barbados, Dominica, Ecuador, Granada, Guyana, Jamaica, Santa Lucía, países que han ratificado pero han excluido las disposiciones de los anexos I-III; Belice, Brasil, Guatemala y Venezuela con ratificación plena. 3 Para mayor información consultar www.migracionoea.org/milex.4 En este programa participan Guatemala, México, y los países del Caribe. El MiDE ha creado el Mapa Interactivo de Programas de Empleo Temporal para Trabajadores Migrantes (www.migracionoea.org/minpet) donde se puede obtener mayor información sobre estas prácticas.

N

12 entretierras

n la últi ma década, América Lati na y el

Caribe se han converti do en una zona

cuya población es altamente propensa

a emigrar. Existen alrededor de 26,6

millones de personas nacidas en esta región

que viven fuera de sus respecti vos países.

Esta emigración de ciudadanos representa

aproximadamente el 15% de la emigración

internacional mundial.1 Al mismo ti empo, en la

actualidad casi todos los países de Lati noamérica

pueden ser catalogados simultáneamente

como países de origen, tránsito y desti no de la

migración, en diferentes grados.2

Países como Argenti na, Venezuela, Brasil,

Costa Rica, Ecuador y Chile encabezan los

10 países de desti no más importantes de la

emigración intrarregional, sin tomar en cuenta

aquella emigración de la región desti nada

hacia Estados Unidos, Canadá y varios países

europeos. Considerando esta nueva realidad

inmigratoria es que los nuevos países de

desti no de América Lati na y el Caribe deben

desarrollar sus capacidades para hacer frente

a la migración laboral. Los gobiernos ti enen la

obligación de proteger los derechos humanos

de los migrantes que habitan en sus territorios

en igualdad de condiciones que sus ciudadanos.

Si bien los temas de inmigración y emigración

pueden requerir de políti cas disti ntas, estas no

deberían estar desvinculadas. En este senti do,

el interés de los países de la región con respecto

a la migración laboral no debe solamente

limitarse a controlar la entrada y salida de

inmigrantes, sino a visibilizar los benefi cios de

una migración ordenada, planifi cada y segura

en benefi cio de los países de origen, países de

desti no, y de los trabajadores migrantes y sus

familias3.

Para lograr esto, se debe desarrollar una

políti ca integral de migración laboral que

tome en cuenta su coherencia con los planes

de desarrollo y las políti cas de planifi cación

laboral, demográfi ca y producti va de los

países; que garanti ce la protección de

trabajadoras y trabajadores migrantes4. Una

políti ca de migración laboral exitosa debe

estar en capacidad de proteger los derechos

de los trabajadores migrantes y opti mizar los

benefi cios de los fl ujos migratorios laborales.

Dicha gesti ón implica acuerdos de

colaboración conjunta entre diferentes

países de la región o acuerdos bilaterales

entre gobiernos que fomentan una migración

laboral ordenada, previniendo la migración

irregular y fomentando la protección de

los derechos humanos y laborales de los

migrantes.

Los acuerdos bilaterales de migración laboral

son los que han tenido mayor atención y

efecti vidad para opti mizar los benefi cios

de la migración y disminuir la migración

irregular. Un ejemplo de estos acuerdos, es el

Estatuto Migratorio Permanente Ecuatoriano

-Peruano5, rati fi cado por ambos países y

vigente desde febrero del 2011.

Las Cancillerías de Ecuador y Perú ti enen

el compromiso de difundir este Estatuto,

que contempla tres procedimientos

administrati vos para la obtención del visado

de trabajo y de permanencia en el país. El

primero, ti ene que ver con el proceso de

regularización de ciudadanos de ambos

países que residan en el otro país de manera

irregular; el segundo, la permanencia menor

a 180 días, con o sin relación de dependencia;

y la tercera, la estabilidad de 180 días bajo

relación de dependencia.

La Organización Internacional para las

Migraciones (OIM), la Organización

Internacional del Trabajo (OIT) y el Insti tuto

Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD),

se encuentran apoyando al Gobierno del

Ecuador en el proceso de difusión del Estatuto

Migratorio Permanente, a través de talleres con

funcionarios públicos de las insti tuciones que

implementan el Estatuto, la elaboración de una

carti lla informati va de los requisitos y benefi cios

para la población en general, la transmisión

de cuñas radiales; y, el acompañamiento en

talleres informati vos liderados por el embajador

Fernando Flores Macías, Director de Migración

y Extranjería del Ministerio de Relaciones

Exteriores, Comercio e Integración, dirigidos

a autoridades provinciales, asociaciones de

migrantes y público en general.

Se espera que un alto porcentaje de los cinco mil

ciudadanos peruanos, que se esti ma habitan en

el país, puedan acogerse al Estatuto con el fi n

de regularizar su calidad migratoria laboral

y mejorar sus condiciones de trabajo en el

Ecuador.

Cooperación

E

El Estatuto Migratorio Permanente Ecuatoriano – Peruano: Un instrumento que defi ende los derechos humanos y laborales de los migrantes

Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

1 OIM (2010). “Informe sobre las migraciones en el mundo 2010”, El Futuro de la Migración: Creación de capacidades para el cambio. Ginebra, p.27; 159.2 OIM (2010). Políticas públicas sobre migración laboral: herramientas y buenas prácticas. México, p .XVII.3 Ibid, p. 9.4 OSCE, IOM, ILO (2007). Handbook on establishing Effective labour Migration policies in Countries of Origin and Destination, p. 24.5 El Estatuto migratorio es “Un instrumento que tiene como objetivo el facilitar la regularización migratoria y la permanencia de las personas migrantes entre ambos países, con miras a eliminar la migración irregular sobre la base de principios de transparencia, coherencia, corresponsabilidad, la buena fe ciudadana y la defensa a los derechos humanos de las personas migrantes, bajo parámetros de trato justo y no discriminatorio”, OIM (2011). Cartilla Binacional para la Ejecución del Estatuto Migratorio Permanente Ecuatoriano-Peruano* Documento no impreso todavía, OIM Lima.

13entretierras

Cuáles fueron los principales moti vos

que impulsaron la formación

de FAMIGRACH y qué objeti vos

acompañan su trabajo organizati vo?

El hecho de que nadie se preocupaba por

quienes salían de nuestro país, la incerti dumbre

en la que quedan sus familias (padres, hijos

y conyugue), el hecho de que sus hijos/as

permanezcan al cuidado de otras personas que

no son sus padres, las remesas uti lizadas en

gasto corriente sin ningún ti po de canalización

al ahorro o la inversión, fueron los principales

moti vos que impulsaron que familiares de

migrantes, migrantes (internos y externos) y

retornados formemos FAMIGRACH. Nuestra

organización ti ene como principales objeti vos:

arti cular el trabajo con diferentes actores

sociales, gubernamentales y privados, para

brindar servicios de consejería legal, psicológica

y capacitación producti va que permita el

desarrollo políti co, económico y social de los

refugiados, desplazados, retornados, migrantes y

sus familias. Sensibilizar a la comunidad sobre el

hecho migratorio. Incidir en la toma de decisiones

en lo políti co social y económico. Capacitar a

sus integrantes en el manejo de herramientas

de derechos humanos y procesos migratorios.

Desarrollar nuestras destrezas y capacidades a

través de la formación de empresas.

Según la experiencia de las y los miembros de

su organización ¿que problemáti cas deben

enfrentar las y los trabajadores migratorios y sus

familias?

El hecho de estar fuera de su Patria, lejos de su

familia es uno de los obstáculos más difí ciles

que ti enen que enfrentar. La discriminación,

xenofobia, falta de documentos, falta de

trabajo por el hecho de no estar regularizado,

explotación laboral (trabajan hasta 20 horas

diarias por un salario que no representa ni la

mitad de una jornada legal), entre otros, son los

problemas que ti enen que sobrellevar. A ellos se

suma el hecho de que sus seres queridos quedan

desamparados en el Ecuador con la esperanza

de mejorar su situación económica, realidad que

ocasiona otro sin número de problemas como es

la deserción escolar, madres adolescentes, niños

abandonados y familias destruidas.

En el marco de la crisis mundial se ha puesto

sobre el debate el tema de la migración

de retorno, ¿algún/os miembro/s de su

organización han vivido esta experiencia?, ¿qué

canales han uti lizado para retornar las y los

migrantes que lo han hecho?

De las y los compañeros que han retornado

de España, muy pocos que han acogido a los

programas de retorno voluntario que ofrece el

Gobierno español y la Secretaría Nacional del

Migrante (SENAMI). Los compañeros que han

decidido regresar, pues no todos lo han hecho,

han optado por hacerlo por sus propios medios.

Tomando en cuenta la realidad parti cular que

vive el Ecuador ¿existen condiciones laborales

que permitan que las y los trabajadores

migratorios que retornan puedan reinsertarse

en el ámbito social, económico, cultural e

incluso familiar en el país?

Para quien retorna es muy difí cil conseguir

trabajo, muchas veces por su edad o por los

problemas de salud que le ocasionó el trabajo

forzoso. Las fuentes de trabajo son muy pocas

y la demanda amplia, seguimos padeciendo del

mismo mal que los obligó a salir de nuestra Patria,

la falta de oportunidades. Además, el hecho de

haber vivido en otros países nos hace adoptar

ciertos acentos, costumbres, formas de ser y de

pensar diferente, lo que hace muy complicado

adaptarse nuevamente a nuestro medio. En

cuanto a la familia los que parti eron con todos los

miembros de su hogar ti enen menos problemas

al retornar, pero si sólo salió el padre, la madre o

los dos, cuando regresan son vistos como visitas

o de lo contrario como “intrusos”, lo que afecta a

la relación familiar.

En este contexto ¿considera que las y los

trabajadores migratorios ecuatorianos le

deben apostar al retorno, como una solución

para escapar de la crisis económica mundial?

Muchos de los compatriotas que han regresado

han tenido sueños debido a la propaganda que

reciben de nuestro Gobierno en los países de

desti no, pero se dan cuenta que nada de esto es

cierto y hoy han pasado a ser un desempleado

más en su Patria. Hay compañeras y compañeros

que logran adquirir ti erras, construyeron su casa

y ahora son ellos los que están dando trabajo,

pero sino tuvieran estas pequeñas “inversiones”

no tuvieran en qué trabajar.

¿Qué políti cas deberían implementarse en el

Ecuador para lograr que las y los trabajadores

migratorios retornados se inserten en

el mercado laboral del país, sobre todo,

considerando las nuevas experiencias de

trabajo que traen consigo?

La educación es la base fundamental, pero debe

ir orientada a crear empresarios. El gobierno

también debe establecer programas para

capacitar a los retornados en emprendimientos

producti vos, facilitar el acceso a créditos,

asesorar para que las microempresas que se

instauren se fortalezcan, otorgar incenti vos

para que nuestros productos sean accesibles y

poder ser competi ti vos. Los ecuatorianos que

salieron del país son gente emprendedora en

busca de oportunidades, las mismas que antes

su país les negó. Es hora que el gobierno recoja

las experiencias que traen y los tome como un

puntal para mejorar la economía del Ecuador,

pues no se debe olvidar de los migrantes con

sus remesas fueron -y son- los que apuntalan

la dolarización y es hora que dejen de ser sólo

una estadísti ca más para ser llevados a foros,

conferencias, estudios en el que salen ganando

sólo los organizadores que reciben sus sueldos

en base a la tragedia que la migración produce.

Hoy vemos que se inauguran casas de migrantes

sin migrantes ni sus familias. Los involucrados

directos de la migración se encuentran sólo en

las estadísti cas y un porcentaje minúsculo se

ganó la lotería de la SENAMI.

¿

Entrevista a Susana Guevara Presidenta de la Asociación de Familiares deMigrantes y Retornados de Chimborazo (FAMIGRACH)

La inserción laboral de las y los migrantes en Chimborazo (Ecuador)

Testi monio

14 entretierras

Noti cias

MERCOSUR: Opinión consulti va ante la Corte Interamericana de DDHH

Durante el 92º período ordinario de sesiones

de la Corte Interamericana de Derechos

Humanos, celebrado en Bogotá, Colombia,

entre el 22 de agosto y 2 de septi embre, fue

presentado en audiencia con el pleno de la

Corte, una solicitud de opinión consulti va

sobre la protección de derechos de los niños,

niñas y adolescentes migrantes por parte

de los representantes de los gobiernos de

Argenti na, Brasil, Paraguay y Uruguay.

La solicitud de opinión consulti va, que surge

a instancias de la Comisión Permanente

Iniciati va Niñ@Sur, fue elaborada por el

Insti tuto de Políti cas Públicas de Derechos

Humanos del MERCOSUR (IPPDH) y aprobada

en la XIX Reunión de Altas Autoridades

de Derechos Humanos y Cancillerías del

MERCOSUR y Estados Asociados (RAADDHH),

celebrada en Asunción, en el mes de abril del

2011.

El proceso que se inicia con la presentación

signifi cará la oportunidad para la discusión

en profundidad de la situación de los

derechos de los menores migrantes por

parte de todos los Estados de la OEA, las

agencias internacionales, la academia y las

organizaciones no gubernamentales.

Fuente. htt p://www.observatoriomercosur.org.uy/

es/obsn212.php

FRONTEX: Migrantes expuestos a condiciones de abuso

El pasado 21 de septi embre, Human Rights

Watch (HRW) señaló que Frontex, la agencia

de vigilancia de las fronteras exteriores de

la Unión Europea (UE), está exponiendo

a los migrantes a condiciones inhumanas

y degradantes. Los migrantes capturados

a lo largo de la frontera terrestre greco-

turca son enviados a centros en Grecia con

un número de detenidos muy por encima

de su capacidad, dijo HRW en un informe

ti tulado “Las manos sucias de la UE: La

implicación de Frontex en el maltrato a

migrantes detenidos en Grecia”.

En diciembre del 2010, durante el

despliegue de los equipos de intervención

rápida en las fronteras (RABIT), HRW visitó

centros de detención en la región de Evros

y constató que las autoridades griegas

estaban reteniendo durante semanas

o meses a los migrantes, entre ellos

miembros de grupos vulnerables como

niños no acompañados, en condiciones

que consti tuían un trato inhumano o

degradante.

Las acti vidades de Frontex en Grecia

incumplen las normas esti puladas en la

Carta de Derechos Fundamentales de la

UE, obligatorias para Frontex, concluyó

HRW.

Fuente: htt p://www.hrw.org/es/

news/2011/09/21/ue-la-agencia-de-fronteras-

expone-los-migrantes-condiciones-de-abuso

ONU: Taller interregional sobre gesti ón de la migración internacional

Tuvo lugar durante los días 22 y 23 de

septi embre, en el Palais des Nati ons, en

Ginebra, Suiza, organizado conjuntamente

por la Comisión Económica para América

Lati na y el Caribe (CEPAL), la Comisión

Económica para Europa (CEE) y la

Comisión Económica para África (CEA), en

el marco del Proyecto de la Cuenta para el

Desarrollo sobre el “Fortalecimiento de las

capacidades nacionales para la gesti ón de

la migración internacional: maximizando

los benefi cios para el desarrollo y

minimizando los impactos negati vos”, que

se viene desarrollando desde 2009.

El objeti vo del taller fue contribuir

a incrementar las competencias y

capacidades de los responsables del diseño

de políti cas y programas en materia de

migración internacional, para la integración

de la temáti ca dentro de las estrategias

nacionales de desarrollo en una forma

prácti ca, aprovechando sus benefi cios y

minimizando los aspectos negati vos tanto

para los países como para las personas

migrantes. Invitado por la CEPAL parti cipó

en este taller el coordinador regional de

la Plataforma Interamericana de Derechos

Humanos, Democracia y Desarrollo

(PIDHDD) y secretario técnico Ad-Hoc de

la Mesa de Trabajo sobre Migraciones

Laborales (MTML), Pablo A. de la Vega M.

Fuente: htt p://www.eclac.org/celade/

SENAMI: Consejo Ciudadano Sectorial

El sábado 22 de octubre, la SENAMI realizó

la primera reunión del Consejo Ciudadano

Sectorial, que contó con la presencia de

sus 154 miembros, quienes conocieron a

detalle y de las principales autoridades, las

líneas estratégicas de acción y la agenda

programáti ca.

María Fernanda Maldonado, subsecretaria

general de la SENAMI, realizó una

exposición sobre los avances del trabajo

insti tucional en el marco de lo que

dispone la Consti tución de la República y

el Plan Nacional del Buen Vivir, que son

las herramientas legales esenciales para

su gesti ón. Anti cipó que próximamente

habrá una Ley de Movilidad Humana.

Para tal propósito, el Consejo Ciudadano

Sectorial aportará con sus propuestas a la

construcción de dicho marco legal.

Fuente: htt p://www.senami.gob.ec/noti cias-

consejo/1144-las-autoridades-exponen-ante-

los-miembros-del-consejo-.html

15entretierras

i bien la coyuntura histórica de crisis

y alarmismos no ha traído estrictas

novedades en el campo migratorio,

lo que se ha hecho más ostensible

es la inquietante paradoja de que mientras

más se debate y se visibiliza la migración,

más se problemati za a los migrantes y se

restringe la movilidad. Y la consecuencia

principal es la violación de derechos, puesta

a la orden del día en estos ti empos. Dicho de

otro modo, la desprotección y vulnerabilidad

generalizada de muchos migrantes que van al

mundo desarrollado, ya sea desde antes de su

parti da, durante sus travesías, en la llegada,

en la permanencia y hasta en la repatriación,

son uno de los signos más salientes de la

delicada situación que describe a la migración

contemporánea.

La movilidad humana sigue siendo necesaria

desde todo punto de vista y totalmente

legíti ma como opción para los seres

humanos, las comunidades, los países y las

sociedades, y hasta el propio capitalismo.

Además, el resguardo de los derechos de las

personas migrantes cuenta con un importante

sustento en el derecho internacional, en

acuerdos regionales y mundiales -así como

en iniciati vas nacionales-, y es acompañado

de una creciente e intensa movilización social

en muchos países de América Lati na. Todo lo

anterior no ha podido; sin embargo, encarar

la vulneración de derechos y aclarar la oscura

relación entre el ejercicio discrecional de

la soberanía de los Estados y las prácti cas

normati vas nacionales de resguardo de los

derechos. Todavía más, la migración es en

gran medida de carácter forzada, en tanto

no emana de una decisión voluntaria e

informada y se asocia a riesgos de desarraigo,

discriminación y altos costos personales.

La crisis económica mundial ha venido a

exacerbar estos problemas, a la vez que

plantea otras urgencias no abordadas. Se

observa una vez más que las situaciones

de retracción económica e incerti dumbre

general suelen traer más desventajas para

los trabajadores migrantes y sus familias.

Si hasta mediados del 2011 la recesión no

parece haber terminado, todavía con mayor

fuerza cobran relieve sus nefastos impactos

sobre las personas migrantes que, además,

pueden durar muchos años más allá de

la recuperación económica. Las pérdidas

salariales y de empleos, aunadas a la menor

oferta de servicios públicos, han conllevado

dolorosas pérdidas de patrimonios y acti vos,

endeudamientos y difi cultades para una

persona migrante. Pero más allá en el ti empo,

cabe esperar que los trabajos se puedan

recuperar, por lo que la pregunta que vuelve

al ruedo es ¿qué pasará con los derechos?

En general, la recesión afectó al conjunto de la

fuerza laboral; sin embargo, los trabajadores

migrantes fueron golpeados con más agudeza

en los países desarrollados, principalmente

por el desempleo y la disminución de

los salarios, que se concentraron en los

sectores en que se emplean en su mayoría

(por ejemplo, en países como los Estados

Unidos). Hoy se sabe que el aumento de

los despidos directos de inmigrantes fue

proporcionalmente mayor que el de los

nacionales. En el 2011, la tasa de desempleo

entre los extranjeros en España ha superado

el 30%, frente al 18% para el total de los

españoles, persistentemente las más altas

tasas de la Unión Europea. En los Estados

Unidos la pérdida de empleos también fue

más severa para los inmigrantes que para

los nati vos desde el últi mo trimestre del

2007 y a la fecha supera el 11% entre los

lati noamericanos. Además, se ha hecho

notar que los recortes presupuestarios a los

servicios públicos y a los fondos de integración

de inmigrantes, implementados como

consecuencia de la crisis fi scal, harán que la

recuperación sea en extremo desafi ante.

Alejada la posibilidad del retorno, como

resulta imperati vo mantener o buscar

un empleo, los migrantes son personas

suscepti bles de sufrir el menoscabo de sus

derechos laborales. Ante ello, se aceptan

peores condiciones de trabajo, incluyendo

recortes salariales para mantener sus puestos.

Y para los que buscan empleo, el paso del

ti empo puede presionarlos a consenti r, de

igual modo, condiciones de trabajo peligrosas

o informales. Por otra parte, es muy sabido

que los migrantes manifi estan una gran

adaptabilidad a las condiciones cambiantes

del mercado de trabajo y los servicios

sociales, mostrando una mayor disposición

que los trabajadores nati vos a cambiar sus

sectores laborales o de residencia.

Es claro: la crisis ha venido a plantear

la necesidad de reforzar la atención

sobre la vulnerabilidad de los migrantes

lati noamericanos y garanti zar sus derechos en

una etapa de recuperación económica, para

que no se agraven aún más las condiciones de

por sí precarias en las que normalmente vive

una parte importante de esta población.

Los derechos de las personas migrantes ante la crisis económica mundial

Análisis

Jorge Martínez Pizarro Asistente de Investigación del Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE-CEPAL)

S

entretierras16

Coordinación General: Secretaría Técnica Ad-Hoc de la MTML Co-Edición: Lidia García y Susana Peñafi el A. Fotografía: COFAMIDE, CSA, El Hoy, El Liberal, El Tiempo, INATEC, ISCOD, Ivonne Dujmovic, La Hora, La Otra Opinión, la Voz, Marcos Vega, OISS, Radio Nederland Latinoamérica y SIPSE Diseño y Diagramación: Quinta Dimensión, [email protected] Impresión: Gráfi cas Iberia Versión digital: http://www.sedi.oas.org/ddse/espanol/cpo_MIDE_03.asp

Comentarios y sugerencias: [email protected] / Casilla Postal: 17-08-8069 / Quito - Ecuador

Con el aporte del Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM)

CONSEJO EDITORIAL: Felipe Adolf, Patricia Álvarez Navarrete, Rogelio Bernal, Claudia Detsch, Hernán Holguín, Carlos López Damm, Cornelio Marchán C., Silvia Irene Palma C., Jorge Parra, Karina Sarmiento, Julia Serrano Fernández y Luis Varese.

Los criterios vertidos en los artículos son de estricta responsabilidad de sus autores y no representan necesariamente el pensamiento de este boletín.

Avance

A lo largo de la historia de la humanidad los procesos migratorios se han visto esti mulados por varios moti vos: por mejorar las condiciones de vida, por estudio, por aventurarse a conocer nuevos lugares, por confl ictos armados que obligan a poblaciones enteras a abandonar sus hogares, por el cambio climáti co, por mega proyectos extracti vos o por el acaparamiento de la ti erra, entre otros moti vos. Todos estos factores ocasionan que hombres, mujeres -familias enteras-, no sólo se desplacen de un lugar a otro dentro de su territorio, sino que se trasladen a diferentes países de la región, en la que viven, y del mundo entero.

Inmersas en este movimiento migratorio, a nivel mundial, se encuentran las mujeres, quienes pese a la invisibilidad con la que todavía son tratadas, por el ti po de trabajo que muchas de ellas desempeñan, o por la condición migratoria que poseen (incontables trabajadoras migratorias son irregulares); hoy consti tuyen la mitad de la población migrante del mundo.

La labor que desempeñan las trabajadoras migratorias, en su mayoría, forma parte de la división sexual del trabajo y pese a los grandes avances en el ámbito de los derechos humanos, de los derechos de las mujeres, incluso de los derechos colecti vos, todavía se visibilizan prácti cas de discriminación vinculadas al “ser mujer”. Muchas trabajadoras migratorias se ven obligadas a reproducir ciertos roles de género, pues los nichos de trabajo que encuentran en el país de desti no se concentran en el ámbito del cuidado (servicio domésti co, cuidado de niños y personas de la tercera edad, labores ligadas a la cocina –servicio de restaurantes–, algunas incluso han tenido que incursionar en el trabajo sexual, mientras que otras son vícti mas de trata de personas). No todas las migrantes logran encontrar trabajos vinculados a su nivel de preparación, por ejemplo, o acti vidades donde no reproduzcan la división sexual del trabajo.

En este escenario, un gran número de trabajadoras migratorias transfronterizas deben realizar acti vidades que históricamente han sido vinculadas a las tareas que les corresponden ejecutar a las mujeres, con lo cual, lejos de que los roles de género cambien, la migración femenina ha permiti do que unas mujeres puedan incursionar en diversos mercados de trabajo, gracias a que otras, con un salario establecido, conti núan reproduciendo ciertas prácti cas relacionadas a lo femenino.

A esta reproducción de los roles de género hay que sumar que el trabajo del cuidado (en el que se desempeñan un gran número de trabajadoras migratorias) está intrínsecamente enlazado a lo privado, al trabajo dentro del hogar. Por lo tanto, las trabajadoras migratorias transfronterizas son más proclives a ser maltratadas fí sica y psicológicamente, y a ser explotadas no sólo en lo laboral (extensas jornadas de trabajo, sin un salario justo, sin seguro social ni prestaciones, sin días de descanso, realizando labores forzadas, con una vivienda en malas condiciones y mala alimentación, por ejemplo) sino también en lo sexual.

Pese a estas condiciones de vida que ti enen que enfrentar varias trabajadoras migratorias transfronterizas también es importante señalar que la migración femenina ti ene importantes aspectos positi vos que deben ser analizados. Las nuevas relaciones de la familia trasnacional, el envío de remesas más constante, la prioridad que empieza a tener el ahorro familiar, el incenti vo de proyectos familiares, la dinamización de la economía en el país de origen y de desti no de la migración, la recuperación de muchos sistemas de seguridad social en varios países de desti no, el fl uido intercambio cultural y la mayor independencia que muchas han logrado al reivindicar las labores que realizan, entre otros aspectos positi vos.

Frente a la realidad que afrontan las trabajadoras migratorias transfronterizas, es importante que los gobiernos en el ámbito nacional y regional elaboren políti cas públicas, con el propósito de visibilizar y valorar la labor de las mujeres migrantes y con el objeti vo de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de todas las mujeres, sin importar su lugar de procedencia.

Jornadas de la Sociedad Civil del V Foro Mundial sobre Migración y Desarrollo, FMMD (Ginebra, noviembre 29 y 30 del 2011)Informes: www.gfmdcivilsociety.org

VI Acción Global de los Pueblos sobre Migración, Desarrollo y Derechos Humanos (Ginebra, noviembre 29 a diciembre 2 del 2011)Informes: htt p://migrantwatch.org/pga2011/

Encuentro Internacional sobre Migración Laboral, Trabajo Decente y Derechos Humanos (Quito, diciembre 15 y 16 del 2011)Informes: [email protected] y [email protected]

La 100ª Conferencia de la OIT adoptó normas laborales para proteger a entre 53 y 100 millones de trabajadores domésti cos en el mundohttp://www.ilo.org/ilc/ILCSessions/100thSession/media-centre/press-releases/WCMS_157892/lang--es/index.htm

Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional (OIT/Cinterfor)htt p://www.oitcinterfor.org/

Derechos del Ciudadano Andino: Turismo, Migración y Trabajohtt p://www.comunidadandina.org/public/libro_133.htm

La crisis económica y la discriminación contra los trabajadores migranteshtt p://www.ilo.org/global/publicati ons/magazines-and-journals/world-of-work-magazine/arti cles/WCMS_165353/lang--es/index.htm

Protección social de migrantes en Lati noamérica y Europahtt p://eurosocialsalud.eu/fi les/docs/00598.pdf

Hacia un fortalecimiento de derechos laborales en el trabajo del hogar: algunas experiencias de América Lati nahttp://www.fes-ecuador.org/media/pdf/Hacia%20un%20fortaleciemto_DocumentoTrabajoDom%C3%A9sti co.pdf

Luchar contra la discriminación en el trabajo. Riesgo de avancehttp://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/documents/publicati on/wcms_165642.pdf

Migración y trabajo infanti l: Explorar las vulnerabilidades de los niños migrantes y de aquellos que se han dejado atrás htt p://www.ilo.org/ipecinfo/product/viewProduct.do?productId=15576

Internati onal Migrati on in the Americashtt p://www.oecd.org/dataoecd/50/36/48423814.pdf

La Secretaría Técnica Ad-Hoc de la MTML agradece a las siguientes entidades, entre otras, sus comunicaciones y reconocimientos institucionales a Entre Tierras: Representante de ONU Mujeres en Ecuador y Colombia, Secretario de Estado sin Cartera (Presidencia de la República Dominicana), Director Nacional de Migración de la Policía Nacional del Ecuador, Subsecretaría de Organismos Internacionales Supraregionales de la Cancillería ecuatoriana, Subsecretaría de Derechos Humanos y Cultos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Dirección de Capacitación de la Escuela de Fiscales y Funcionarios de la Fiscalía General del Estado, Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana, y Subsecretaría de Garantías Democráticas del Ministerio del Interior.

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Nuestro agradecimiento a:

Trabajadoras migratorias en fronterasy derechos humanos

Lidia García Díaz Centro de Documentación en DerechosHumanos “Segundo Montes Mozo S.J”