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DHTIC Desarrollo de Habilidades en el Uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación Unidad 4 Actividad Final: After the Draft Alma Delia Aragón Hernández 201420993

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Page 1: Ensayo Final-DHTIC

DHTIC

Desarrollo de Habilidades en el Uso de lasTecnologías de la Información y la

Comunicación

Unidad 4

Actividad Final: After the Draft

Alma Delia Aragón Hernández

201420993

Page 2: Ensayo Final-DHTIC

INDICE

I. Introducción

II.Desarrollo

III. Conclusión

IV.Bibliografía

V. Glosario

`

Page 3: Ensayo Final-DHTIC

REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

(REPECOS)

A REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL

(RIF)

Page 4: Ensayo Final-DHTIC

INTRODUCCION

En México el órgano encargado de aplicar la legislación fiscal y aduanera es el

Servicio de Administración Tributaria (SAT), es decir, fiscaliza a los contribuyentes

para que estos cumplan las disposiciones que son aprobadas cada determinado

tiempo. Ahora bien en teoría debería marchar todo correctamente, pero en el país

se ha observado una baja recaudación, por ejemplo de impuestos debido a

múltiples problemas referentes a su cobranza ya que en muchos casos se recurre

a la evasión fiscal debido a lo complicado que es cumplir con las normas

establecidas ademas de una falta de cultura tributaria teniendo como

consecuencia la complicación de las inversiones en el equipamiento económico y

físico de los programas designados para el mejoramiento del bienestar social de

los ciudadanos.

Atendiendo a esto el 8 de septiembre del año 2013, el Titular del Ejecutivo Federal

anuncio la iniciativa de Reforma Hacendaría por la cual se planteo la expedición

de una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) para el 2014. En el

comunicado que dio el titular destaco la trascendencia que poseía para el

crecimiento del país la propuesta del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal

(RIF), para personas físicas que tienen ingresos por actividades empresariales y

profesionales. Después de unos meses se confirmaron y publicaron los cambios

en la Reforma Fiscal para el 2014, siendo aceptados en un corto lapso de tiempo

dado que se tenia el respaldo de la mayoría de los parlamentos requeridos para

continuar.

Oficialmente el 31 de octubre de 2013 fue aprobado por el congreso de la unión el

paquete económico para el ejercicio fiscal 2014 siendo consecuentado por las

reformas al código fiscal de la federación que fueron publicadas el 9 de diciembre

de 2013, las reformas a LISR, LIVA, LIEPS que fueron publicadas en el DOF el 11

de diciembre de 2013 y la resolución de la miscelanea fiscal 2014 publicada en el

DOF el 30 de diciembre de 2013; siendo todas encontradas en el Diario Oficial de

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la Federación (DOF).

Retomando el establecimiento de el nuevo esquemo denominado Régimen de

Incorporación Fiscal (RIF) al cual pueden acceder las personas físicas con

actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos por un

periodo de 10 años, tuvo como consecuencia la desaparacion del Regimen de

Pequeños Contribuyentes (REPECOS) asi como la integracion de sus tributarios

al nuevo regimen. Lo cual me llevo a tener como objetivo describir las ventajas y

desventajas en el presente escrito tratando de ser objetiva sin dejar de expresar

mi inconformidad y desaprobacion de las reglas que se aprobaron para anexarse

al nuevo sistema de contribucion. Ademas de que sirva como una guia para

aquellas personas que se encuentran desinformadas sobre el tema como las

microempresas que en lugar de continuar con sus actividades han decidido dejar

de operar.

Page 6: Ensayo Final-DHTIC

DESARROLLO

En nuestro pais existen multiples problemas relacionados con la economia y uno

de ellos es la baja recaudación de impuestos que se puede explicar en parte por lo

conflictivo que se torna la cobranza o por la evasión fiscal que es producto de la

complejidad técnica del marco jurídico y la falta de una cultura tributaria, lo que en

consecuencia dificulta la inversión en la infraestructura necesaria para el

crecimiento económico y financiamiento de programas destinados a mejorar el

bienestar social de la población.

PricewaterhouseCoopers S.C. (2013) considero que con las diferentes medidas

aprobadas el gobierno federal estimaba obtener ingresos por 4.4 billones de pesos

que representaba un crecimiento del 12.82% con respecto a los ingresos

presupuestarios del 2013. Ademas de que la reforma hacendaria tuvo un fin

recaudatorio, enfocado principalmente a fortalecer la base del ISR que había sido

erosionada en los últimos años por diversos estímulos a la inversión, al ahorro o a

apoyar a sectores específicos.

Por otro lado antes de continuar hablando sobre el nuevo regimen debo tomar en

cuenta a su antecesor conociendo un poco mas sobre este ademas de cuales

eran sus condiciones para seguir en vigor. El Regimen de Pequeños

Contribuyentes o REPECOS contenia entre sus ventajas:

Acceso a sus tributarios a diversas facilidades administrativas que el

Gobierno Federal y Estatal implementaron a través de los años.

Dichas facilidades abarcaban tanto el aspecto contable como el pago de

sus impuestos ya que las personas o negocios vislumbraban una manera

sencilla por la cual cumplían con sus obligaciones fiscales.

El objetivo principal de este régimen opcional siempre fue incorporar a mas

gente dentro del registro federal de contribuyentes, logrando así el aumento

de la recaudación tributaria que provenía de esto.

Mantuvo siempre bajos costos.

Page 7: Ensayo Final-DHTIC

Mencionado lo anterior se logro que poco mas del 90% de los trabajadores

independientes se clasificaban dentro de ese regimen lo cual se justifica

señalando que en ese año no existían restricciones sobre el giro de actividad de

las microempresas y también el límite máximo para poder clasificarse como

REPECO era mayor.

Ahora bien como todo regimen tenia sus desventajas las cuales eran a mi parecer

minimas como:

✗ Los ingresos de las microempresas y grandes empresas debían

permanecer limitados, ya que el monto para continuar en este régimen era

limitado.

✗ Ya que su mercado era el público en general, si deseaban ampliar su

actividad tendrían que abandonar este régimen para tributar en el Régimen

de Actividades Empresariales y Profesionales. Todo conforme a la sección I

“Régimen de Actividades Empresariales” o en la sección II “Régimen

Intermedio” y dar cumplimiento ahora según lo establecidos en cualquiera

de los dos regímenes en materia contable y fiscal.

Si bien los REPECOS nacieron como respuesta al objetivo de incorporar a la

mayoría de los vendedores que operaban en menor escala y de los cuales

demasiados se encontraban en el sector informal de la economía, al mismo tiempo

que se les brindaban beneficios a los contribuyentes en el aspecto administrativo y

fiscal (ya que realmente no se llevaba un registro de sus movimientos de acuerdo

con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), ni tampoco tenían

que realizar cálculos demasiados complejos para determinar el pago de sus

impuestos) durante los años 2000 y 2010 se registro un alto nivel de evasión fiscal

superior al 96% por lo que se decidio que fuera sometió a un estudio.

Recordemos que siempre se encuentra observado el potencial de recaudación

que tienen los regímenes, resultando los REPECOS con un nivel demasiado bajo

ni siquiera alcanzando 1 punto del PIB durante el 2010 en comparación de su total

de contribuyentes dados de alta.

Page 8: Ensayo Final-DHTIC

Debido a la casi nula recaudación de impuestos por parte de los REPECOS

resultaron afectadas algunas entidades federativas ya que se les destinaron

menos recursos.

Aunque no deja de ser digno de observarse que según el INEGI en el 3er

Trimestre del año 2012 la tasa de empleo informal, respecto de la población

económicamente activa fue de un 29,2%, es decir, que los contribuyentes que

antes pertenecían a REPECOS representaban una fuerte cantidad dentro de los

registros activos según información brindada por el SAT.

Finalmente gracias a las personas que por ejemplo evadieron su carga fiscal al

pertenecer al extinto esquema el gobierno actuo realizando propuestas y cambios

en la reforma hacendaria aplicables para el año en curso, siendo uno de los mas

importantes la incorporación de los pequeños contribuyentes al régimen de

incorporación fiscal.

Retomando el Regimen de Incorporacion nos volvemos a encontrar con algunos

beneficios como lo son:

Los contribuyentes que opten por este régimen podrán permanecer en el

durante 10 años.

Descuentos del 100% en el pago del ISR durante el primer año, el cual irá

disminuyendo paulatinamente a lo largo de los siguientes diez años para

finalmente pagar la totalidad del ISR a partir del décimo primer año de su

incorporación al régimen general de personas físicas con actividades

empresariales y profesionales.

Los pagos se realizarán de manera bimestral, lo que permitirá que los

contribuyentes tengan liquidez al mismo tiempo que se reduce la carga

administrativa tanto por lo simplificado del esquema como porque se reduce

el número de veces en que el contribuyente tiene que destinar tiempo para

cumplir con sus obligaciones fiscales

Page 9: Ensayo Final-DHTIC

El SAT colocara una herramienta dentro de su página de Internet donde

podrán calcular y enterar el pago tanto del ISR, como del IVA. La

herramienta permitirá que la declaración se encuentre pre-llenada con la

información de ingresos y gastos realizados por el contribuyente abriendo.

De este modo iniciaron las expectativas tan altas otorgadas a este nuevo regimen

para logar con el cumplimiento apropiado de las obligaciones que tendran los

contribuyentes al ser incorporados. Dejando ver muy pronto las desventajas que

traia consigo dicho esquema como:

✗ Tributar en un régimen fiscal de ingresos acumulables y de deducciones

autorizadas.

✗ Adoptar el uso de herramientas electrónicas que en muchos casos no están

al alcance de los pequeños negocios. Inclusive hoy en día existen muchas

poblaciones y lugares que no cuentan con el servicio de Internet.

✗ Al no tener la tecnología necesaria, ni los conocimientos suficientes se

volvio casi imposible realizar al pie de la letra toda la carga fiscal.

✗ Dificultades para facturar electrónicamente y llevar registros electrónicos,

no obstante las grandes facilidades que las autoridades fiscales han puesto

a su disposición para cumplir estas obligaciones.

✗ Presentar declaraciones de impuestos que los REPECOS antes no

presentaban.

Dado esto los contribuyentes que trabajen con esa opción durante el periodo que

permanezcan en el régimen previsto deberán calcular el impuesto al valor

agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero,

marzo y abril, mayo y junio, julio y agosto, septiembre y octubre, y noviembre y

diciembre de cada año ademas de efectuar el pago del impuesto a más tardar el

Page 10: Ensayo Final-DHTIC

día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante una declaración

que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de

Administración Tributaria(SAT) en su página de Internet.

El pago bimestral será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de

las actividades realizadas en el bimestre por el que se efectúa el pago, a

excepción de las importaciones de bienes tangibles. Ademas de otros detalles,

como el que los contribuyentes de este régimen no estarán obligados a presentar

las declaraciones informativas siempre que presenten la información de las

operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

Recordando que en el RIF se pueden inscribir personas, microempresas o

empresas con ingresos hasta de 2 millones de pesos al año(a un inicio solo se

hablaba de un millon pero en la resolucion final se aprobaron los dos millones

como limite).

Al analizar los anteriores puntos podemos observar que si analizamos el problema

desde su raíz el gobierno no se puso a pensar que muchas personas o comercios

que se encontraban incorporados como REPECO no estaban en en condiciones

de cambiarse a un esquema más complejo de incorporación fiscal dado que a la

mayoría de estos contribuyentes se les complicaba calcular sus ventas y por ende

sus ganancias. Existían ademas pequeños contribuyentes que no contaban con

los conocimientos necesarios para la incorporación y esto solo derivo en mas

evasión de impuestos o el cierre definitivo de pequeños negocios. Los antes

llamados pequeños contribuyentes se están viendo obligados a pagar contadores

e invertir muchas horas en llevar cuentas.

Ahora les resulta complicado realizar los tramites correspondientes a los cuales

desde hace meses se han tenido que enfrentar con la entrada en vigor de este

nuevo régimen tributario o porque han observado las consecuencias dañinas

dentro de sus comercios, pasando por inadvertida la finalidad que en las

publicaciones sonaba razonable como lo es combatir la economía informal para

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evitar la evasión fiscal.

La reforma fiscal que aprobó el Congreso de la Unión pretende hacer creer que

habrá beneficios para el ya no existente régimen de los pequeños contribuyentes

(REPECOS), porque les condonarán el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Pero no

será así porque solo el primer año les condonaran el IVA, después se reducirá

gradualmente a lo largo de los siguientes cinco años, hasta que en el séptimo año

el descuento desaparecerá y las personas tendrán que pagar el 100% del ISR que

les corresponda.

Debido a lo anterior se vuelve difícil que a los empresarios se les someta a un

proceso de fiscalización porque a pesar de que los descuentos que ofrecen sean

atractivos, una persona que se encuentra en la informalidad nunca paga

impuestos.

No se dieron razones validas para someterse a un esquema que solo va a tener

una vigencia de 10 años y donde ahora de forma bimestral se han tenido que

presentar las declaraciones de pago e informativas para efectos del Impuesto

Sobre la Renta(ISR). En cambio solo se logro que la gente opte definitivamente

por el mercado informal y la disminucion tan grande de los negocios registrados

que se vera a largo plazo, ya que la gente esta optando por dar de baja cualquier

actividad registrada por que no tienen el musculo financiero para afrontar la carga

excesiva de obligaciones que se les impuso o porque sencillamente no quieren

lidiar con todos los puntos del RIF.

Y si desean aplicar sanciones solo van a lograr que mas gente se aleje de la

formalidad, de todas maneras lo que puedan recaudar (si es que la gente esta

dispuesta a pagar) no seria comparable con lo que hubieran ganado con todas las

personas de las cuales se tenia registro en el anterior regimen llamado REPECO.

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CONCLUSION

La economía informal ha constituido para nuestro país un fenómeno complejo

originado por un alto crecimiento poblacional y la falta de satisfacción de las

necesidades básicas de la población. Dicha informalidad ha incidido en la baja

recaudación tributaria de nuestro país conjuntamente con la falta de una cultura

contributiva y la dificultad técnica del marco legal que no hacen fácil el pago de

impuestos.

Con la creación del RIF se pretende dar una solución al problema de la

informalidad estableciendo mejoras administrativas, administración de la

simplificación y apoyo a los sectores más pequeños que se ubiquen en los

supuestos de ley. Ademas se están generando incentivos económicos importantes

para atraer a la formalidad a las personas físicas que ya realizan una actividad

empresarial, enajenan mercancías o prestan servicios y no cumplen sus

obligaciones fiscales, otorgándoles descuentos en el pago del ISR, el acceso a la

seguridad social y acceso al financiamiento.

Mas sin embargo debemos ser consientes que en este nuevo régimen de

contribución y los resultados que ha estado arrojando hasta ahorita es imposible

pensar que sea una manera de preparar a los contribuyentes para alcanzar la

madurez y mucho menos conservar una buena estabilidad fiscal. Este nuevo

esquema solo se ha enfrentado con la falta de correspondencia entre los buenos

deseos del régimen de incorporación fiscal y su puesta en práctica en concreto.

Los objetivos del régimen no se van a alcanzar solos, deben tener un brazo

ejecutor que lamentablemente son los funcionarios del SAT que en su inmensa

mayoría han estado desde antes de la aprobación del régimen y que ademas no

se les conoce por sus buenos tratos a la ciudadanía.

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El SAT y sus directivos deberían cumplir con el precepto de ayudar al que menos

tiene, al tiempo de hacer efectiva la consigna del propio secretario de Hacienda, el

doctor Luis Videgaray Caso, de que los impuestos deben ser progresivos, es decir,

que pague más el que más tiene. Ojala que en la practica fuera así y se

distribuyera mejor lo que se recaude logrando asi un sistema eficaz, transparente

y progresivo.

Tal vez el mejor incentivo para que la gente pague impuestos es que descubra que

lo que otorga de su dinero es en beneficio hacia la mejora de su vida en concreto.

Page 14: Ensayo Final-DHTIC

BIBLIOGRAFIA

http://practifinanzas.com/2013/11/reforma-fiscal-hacendaria-como-me-

afecta-que-cambia/

http://www.slideshare.net/capacitacionpkfqueretaro/reforma-fiscal-2014-

28900983

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Boletines/2014/

Abril/29/3532-Solicitan-a-diputados-suspender-el-cambio-del-Regimen-de-

Pequenos-Contribuyentes-Repecos-al-de-Incorporacion-Fiscal-RIF

http://losimpuestos.com.mx/regimen-de-incorporacion-fiscal/

http://www.micontabilidadrif.com.mx/puntos-del-rif/

http://www.atiempo.mx/tag/repecos/

http://prezi.com/e5u87xv2pran/modelos-de-citacion-ml-y-apa/

http://practifinanzas.com/2013/11/reforma-fiscal-hacendaria-como-me-

afecta-que-cambia/

http://www.zocalo.com.mx/seccion/articulo/evaden-repecos-nuevo-regimen-

1408338158

Page 15: Ensayo Final-DHTIC

GLOSARIO

REGIMEN: procede del latín régimen y permite hacer referencia al sistema político

y social que rige un determinado territorio. Por extensión, el término nombra al

conjunto de normas que rigen una actividad o una cosa.

CONTRIBUYENTE: Es aquella persona física o jurídica en la que recae

el pago del impuesto o tributo y, por tanto, está obligada a cumplir y hacer cumplir

las obligaciones tributarias.

REPECO: Es un régimen opcional para las personas físicas de baja capacidad

económica y administrativa, con mínimas obligaciones fiscales por cubrir.

ISR: Ley del Impuesto Sobre la Renta, La ley del ISR establece en primer termino

las disposiciones preliminares aplicables en rasgos generales en materia de dicho

impuesto, y fija los tratamientos que corresponden a las personas morales

(empresas) y personas físicas.

IVA: impuesto que deben pagar los consumidores al Estado por el uso de un

determinado servicio o la adquisición de un bien.

PYME: es el acrónimo de pequeña y mediana empresa. Se trata de la empresa

mercantil, industrial o de otro tipo que tiene un número reducido de trabajadores y

que registra ingresos moderados