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UNIVERSIDAD NACIONAL XXXXXXXXXX
Facultad de XXXX
E.A.P. XXXXXXXX
Cambiar Logo de la Universidad
Ensayo
¿DEBEMOS HACER JUSTICIA CON NUESTRAS PROPIAS MANOS?
Autores:
XXXXXX
Año de Estudios:
1er. Año
Curso:
XXXXXXXXX
Docentes:
XXXXXXXXXXXXX
Fecha de Presentación:
XXXXXX
Tacna- Perú
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ÍNDICE
I. Introducción .................................................................................................................. 3
II. Fundamento Teórico .................................................................................................... 3
III. Conclusiones ............................................................................................................... 9
IV. Referencias ................................................................................................................ 10
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I. Introducción
Este ensayo trata acerca de un tema polémico, que está abarcando a muchos
sectores de la población de Arequipa y de todo el Perú. ¿Debemos hacer justicia con
nuestras propias manos?
Trataremos ambos puntos de vista, tanto como los que estén a favor y los que
estén en contra, para tener un mejor panorama de la situación que está viviendo
actualmente la población peruana. Esta medida inicio desde mucho tiempo atrás, la
población hacia justicia con sus propias manos, pero hace algunos meses atrás con una
Campaña iniciada en el Facebook “Chapa tu choro” se fomentó de manera masiva hacia
todo el País. Buscaremos recopilaciones de trabajos anteriores y opiniones de diferentes
autores para el desarrollo de este Ensayo. Para las conclusiones finales de este ensayo
daremos nuestro punto vista y posición al respecto de este tema.
II. Fundamento Teórico
Para poder desarrollar este ensayo viene a mi mente las siguientes interrogantes:
En ese sentido, prestamos atención a una serie de preguntas relevantes:
¿Cuál es el marco de referencia sobre el que se debate la seguridad ciudadana hoy
en el Perú y en América Latina? ¿Qué se entiende en el Perú y en América Latina por
seguridad ciudadana? ¿Estamos ante un concepto consensuado o más bien debatido?
¿Qué enfoques han adoptado las estrategias de seguridad ciudadana en otros países?
¿Cuál es la relación entre régimen político y estrategias de seguridad? ¿Qué factores
estructurales explican “la ola de inseguridad” en el Perú y Latinoamérica en los últimos
diez años? ¿Cuál ha sido la respuesta de los gobiernos a dicha constatación? ¿Cuáles
han sido los puntos críticos y los “cuellos de botella” de las estrategias de seguridad que
han adoptado los gobiernos del Perú en los últimos años?
Desde hace unos años, varias encuestas de opinión reflejan elevados índices de
percepción de inseguridad entre los peruanos. Si bien los porcentajes han variado desde
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2006 hasta hoy, el panorama general es concluyente: el Latinobarómetro, en su encuesta
de 2011, detectaba que un 60% de peruanos considera que vivir en el país es cada día
más inseguro (Dammert, 2012). Asimismo, LAPOP (Latin America Public Opinion
Project) —en su encuesta de 2012— encuentra que Perú registra el mayor promedio de
percepción de inseguridad en la región (con un promedio nacional de 53,8, en una
escala de 0 a 100) y en términos porcentuales el 50 por ciento declara sentirse muy o
algo inseguro.
Ilustración 1: Percepción de inseguridad 2014
(Porcentaje de encuestados que responde “muy bueno” o “algo inseguro”)*
Fuente: LAPOP. Barómetro de las Américas 2014.
Analizando esta gráfica, se ve claramente que la población peruana opina que la
inseguridad es muy alta, es una de los factores que incitan a que la población tome
partido en el asunto de ajusticiar por su propia mano.
Esta no es una particularidad exclusiva del caso peruano, Bergman (2006)
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sostiene que el recojo de datos en América Latina suele ser muy precario, basado
meramente en partes policiales a nivel de comisarías. Actualmente, Perú no cuenta con
un observatorio independiente de vigilancia a la seguridad ciudadana (Gushiken 2010),
como sí existe en otros países.
La falta de información fiable e independiente lleva a generar una visión
estereotipada de “territorios inseguros” (algunos distritos alrededor del centro de Lima,
el puerto del Callao, las ciudades de la costa norte, etc.) que contrasta con las cifras de
victimización disponibles. Por ejemplo, Costa y Romero (2011) encontraban
importantes tendencias de aumento de la delincuencia en las regiones del sur del país
(Arequipa, Puno, Madre de Dios), por encima de las estadísticas que muestran los
territorios tradicionalmente clasificados como inseguros. De igual manera, la Primera
Encuesta de Victimización de Ciudad Nuestra llevada a cabo en 2011 muestra una alta
victimización en Tacna y Huaraz (35,1% y 30% respectivamente). Asimismo, muestra
que en ciudades como Piura o Ayacucho la sensación de inseguridad es bastante alta:
bordea el 90% aquellos que declaran sentirse muy inseguros o algo inseguros. Sin
embargo, quizás, lo que más sorprende es la gran diferencia que existe entre la
percepción de inseguridad y la victimización. (Gushiken, 2010)
Iniciaré exponiendo lo que sostiene KELSEN, HANS, en su obra “que es la
justicia”, quien textualmente manifiesta lo siguiente, “Cuando Jesús de Nazaret, en el
interrogatorio ante el gobernador romano admitió que era un rey, dijo: “Yo he nacido y
he venido al mundo para dar testimonio de la verdad.” Entonces Pilatos pregunto: “que
es verdad?” evidentemente el escéptico romano no esperaba respuesta alguna a esta
pregunta y el justo tampoco dio ninguna. Él había nacido para dar testimonio de la
justicia, de esa justicia que Él quería realizar en el reino de Dios. Y por esta justicia
murió en la cruz.
Así surge la pregunta de Pilatos: “que es verdad?” y de la sangre del crucificado
otra pregunta mucho más importante, la pregunta eterna de la humanidad: que es la
justicia?
La historia nos hace reflexionar que todos los tratadistas, Filósofos, pensadores,
aportaron de alguna manera para que podamos convivir en un habiente justo, equitativo
de todas las personas que habitamos en una sociedad, y para que se pueda llevar a cabo
esta situación se han creado una serie de leyes preceptos que las personas debemos
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cumplir, sin que podamos afirmar que la sociedad haya llegado a ser justa.
Según Platón referente a la Justicia sostiene: “La República, la mayor obra
política de Platón, trata de la cuestión de la justicia y por lo tanto de las preguntas ¿qué
es un Estado justo? y ¿quién es un individuo justo? (MORA., 1979)
Las definiciones clásicas de Ulpiano coinciden con la de Hormaeche y sostiene lo
siguiente: “Justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”
(JULIAN, 1954)
Santo Tomas expresa que “La justicia es el hábito por el cual se da, con una
voluntad constante y perpetua, su derecho de cada uno”.
CICERO dice: “Justicia es un hábito del alma, observado en interés común, que
da cada cual según su dignidad”.
El Diccionario Círculo Enciclopedia Universal referente a justicia: “Una de las
cuatro virtudes cardinales que indica lo que le corresponde o pertenece”.
Luis María Olaso, en su libro Introducción al Derecho, en lo referente a la justicia
general o legal dice: “Es la que exige a cada uno de los miembros de la comunidad,
ordenar adecuadamente su conducta al bien de la misma comunidad”.
Carlos Mauchet, considera “Como virtud moral, como ordenamiento jurídico y
como ideal al que tiende o debe tender el derecho”.
Luego de haber extraído algunos conceptos sobre justicia, tomados de una serie de
libros, diccionarios, páginas Web, Internet, entre otros; me atrevo a dar mi más modesto
criterio sobre justicia: primeramente debo manifestar que de todas las citas
bibliográficas anteriormente copiadas textualmente debemos darnos cuenta de que los
autores concuerdan en que es el de dar a cada ser humano lo que le corresponde, pero
esto en derecho podemos decir que el hecho de que se haga justicia imponiendo una
pena a un ser humano no siempre va hacer justo porque para unos puede ser justo pero
para otros puede ser injusto según del lado en que se encuentre.
Podemos decir también que la justicia es una virtud moral, es subjetiva porque
solo le interesa sobre todo al hombre para ver como practica la justicia.
El descubrimiento de que todo hombre es persona y, por lo tanto, un elemento
esencial de las relaciones de justicia, es una conquista reciente en la historia humana y
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va unida al descubrimiento de todo hombre como prójimo. La historia demuestra que el
egoísmo es restrictivo y simple a encontrar pretexto para ignorar al prójimo y cercenar
sus derechos. Por eso son múltiples las barreras que han impedido el fortalecimiento de
la dignidad humana; alguno de ellos sigue desgraciadamente, en nuestros días con
notable intensidad.
El grupo ético está conformado por dos grupos tales como el factor bibliográfico y
el factor cultural; a este orden pertenece el clan, la tribu, la nación. En este ambiente
nace la mentalidad sectaria, según la cual, prójimo es tan solo quien participa de este
factor común a todos los miembros del grupo. Los seres que no participan de ese factor
comunitario son considerados como extraños y enemigos, es un pensamiento muy
corriente en pueblos antiguos y salvajes. El extranjero es un ser que puede ser cazado,
esclavizado o eliminado sin que ello implique injusticia. El matar a los miembros del
propio grupo es considerado como asesinato, digno de castigo, pero la muerte de quien
pertenece a otro clan o tribu, es considerada como un acto laudable; he aquí la frontera
étnica destruyendo la universalidad de la justicia al destruir la universalidad del
prójimo.
Antes de explicar la tipología de mecanismos de manejo de conflicto en nuestro
país y de sus respectivos alcances, sería oportuno un breve acercamiento al tema del
entendimiento del conflicto en nuestra realidad y como se enlaza con los métodos
alternativos de solución de conflictos.
Si bien, al conflicto se lo define como una divergencia de intereses acerca de algo
específico, creo que al analizarlo en la realidad peruana no me detendré en diferencias
sustanciales sobre su concepción, voy hacerlo en relación con aspectos específicos, las
fuentes del derecho, la cultura y en general en el aspecto social.
El conflicto ha sido fuente del derecho en la medida en que únicamente cuando un
problema o un conflicto aparecen, entonces surge la necesidad de legislar para
resolverlo. En otras palabras, no tenemos leyes preventivas, sino más bien normas
coyunturales que pierden vigencia cuando aparecen nuevos o distintos conflictos;
apenas se ha iniciado un proceso para analizar a priori los conflictos, para
posteriormente legislar en base a ellos, eso implica que recién empezamos a comprender
que las fuentes del derecho no se centran exclusivamente a las leyes o normas positivas
sino que deben basarse en la realidad social, que es efectivamente una fuente originaria
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del derecho. (Dammert, 2012)
Las personas que creen que hay diferencias entre la justicia ordinaria y la justicia
popular, en el procedimiento para el juzgamiento de un delito, se fundamentan en que la
justicia ordinaria ya está constituida con un procedimiento para el juzgamiento de los
delitos, mientras que la justicia popular aún no tiene un reglamento, es oral, se la aplica
de acuerdo a la costumbre, al derecho consuetudinario, no existen normas, es algo
práctico que se da dentro de todas las comunidades y es ejercida por sus propios
autoridades las que son nombradas por todos los integrantes.
Después de todo lo presentado en este ensayo hago las siguientes preguntas:
1. ¿Cree usted que se debería establecer una ley que regule la justicia indígena?
Considero que si se debería crear una ley que permita regular la justicia popular
por cuanto en los actuales ajusticiamientos que realiza la población, violan los derechos
humanos ya que se toma la justicia por mano propia, existiendo abusos por parte de la
población en este sentido.
2. ¿Cree usted que la población confían más en practicar su propia justicia, para el
juzgamiento de un delito?
Sí, porque de acuerdo a sus creencias ellos estarían tomando justicia por un delito
de las personas transgresoras, así como también, los delitos no quedarían en la
impunidad, caso que ocurre cuando los delincuentes salen a pocas horas de ingresar a la
comisaría, por un fallo del juez o por ser primera vez, caso que indigna a la población
que espera justicia por parte de nuestras autoridades.
En líneas generales, la discusión en el Perú padece de varias limitaciones para
abordar el tema de la seguridad ciudadana. En primer lugar, siguiendo la crítica de
Carrión, tiene una pretensión holística de abarcar en el concepto todos los fenómenos
disruptivos del orden que se dan en el país (2009). Así, suelen confundirse temas tan
distintos y complejos como los conflictos sociales, la violencia política, la lucha contra
el narcotráfico y el terrorismo; y la seguridad ciudadana per se. En segundo lugar, no ha
logrado realizar un análisis de la seguridad según el tipo de núcleo poblacional del que
se trate (metrópoli, ciudad intermedia, centro poblado menor, etc.); solo priman los
estudios sobre Lima, que luego son extrapolados a otras partes del país. Esto es
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particularmente grave dada la particularidad demográfica de Perú (presencia de una
única gran metrópoli, diversidad de centros urbanos medios, aislamiento de las
poblaciones rurales, etc.).En tercer lugar, el interés por la seguridad ciudadana ha estado
confinado al trabajo voluntario de algunos académicos, sin ningún tipo de vínculo con
otro tipo de instituciones (Estado, partidos políticos, universidades) que puedan
implementar o dar continuidad a sus trabajos. (Marquardt, 2001)
III. Conclusiones
Ciertamente, la inseguridad está en la agenda pública; sin embargo, no existe
ningún grupo de presión interesado en viabilizarla en reformas institucionales: los
sectores altos apuestan por la seguridad privada y los sectores medios y bajos
combinan mecanismos participativos y municipales.
Si seguimos con la modalidad de tomar la justicia por nuestra propia mano entonces
decaeremos como sociedad y como Estado Peruano, ya que la violencia popular
ocasionará la pérdida de muchas vidas.
Sería necesario regular y establecer normas legales que las personas se restrinjan a
tomar la justicia por su propia mano.
Para que la población Peruana tenga de nuevo esa confianza a sus autoridades será
necesario que lo demuestren, no dando mano suelta a que los delincuentes tengan
beneficios por ser primera vez, la reducción de la pena carcelaria por buena
conducta entre otros, lo que ocasiona indignación por parte de la población.
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IV. Referencias
Dammert, L. M. (2012). La seguridad ciudadana. El problema principal de América
Latina.
Gushiken, A. (2010). ¿Por qué un observatorio del crimen y la violencia? Lima.
JULIAN, H. (1954). Philosophia Morales. edición privada, pág 108.
Marquardt, K. (2001). Participatory Security: Citizen Security, Participation, and the
Inequities of Citizenship. Ohio.
MORA., J. F. (1979). Diccionario de Filosofía. Madrid: Express.