enrÍquez lozano y cÍa., s.c. reformas fiscales 2005
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ENRÍQUEZ LOZANO Y CÍA., S.C.
REFORMAS FISCALES 2005
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REFORMAS ESTRUCTURALES
• REFORMA ENERGETICA. Disminución de los costos de las fuentes de energía e
incremento en la calidad de dichos insumos, para ofrecer precios competitivos.
Promoviendo una mayor participación del sector privado en la industria.
• REFORMA LABORAL. Nueva cultura que aliente la productividad de la mano de
obra. Marco regulatorio flexible que promueva y agilice la
contratación de trabajadores y al mismo tiempo, conduzca a remuneraciones más elevadas.
• REFORMA FISCAL. Corregir diversidad de tasas y exenciones que limitan la
capacidad de recaudación
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• REFORMA AL SISTEMA DE PENSIONES
Déficit de flujo de caja insostenible. Aumento de pensionados. Trabajadores actuales pagan
las pensiones de los jubilados. 65 años en 1975 a 75 años de vida en 2000.
Crear un Sistema Nacional Pensiones – Cuentas Individuales-Pensión Mínima Garantizada.
• REGIMEN FISCAL DE PEMEX. Actual régimen, delicada situación financiera. N.R. Eleve la inversión en nuevos proyectos explotación
y exploración, Similar a mercados internacionales REFORMAR DE ASIGNACION DE RECURSOS.
Procedimientos definidos, para el caso de caída de ingresos e utilización de ingresos excedentes.
REFORMAS ESTRUCTURALES
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2005 2004
PRODUCTO INTERNO BRUTO 3.8% 3.1%
INFLACION ESPERADA 3.0% 3.0%
TIPO DE CAMBIO PROMEDIO $11.60 11.20
PRECIO BARRIL DE PETROLEO 27.usd 20.00
DEFICIT PUBLICO 0.1% 0.3%
CRITERIOS DE POLITICA ECONOMICA
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LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
Recargos 1.5% por prórroga y 2.25% por mora. Podrían ser menores las Tasas.
Tasa de retención intereses 0.5% sobre el capital del sistema financiero.
Estímulos iguales excepto el del agave.
Censo Fiscal del RFC.
Dictamen fiscal de 2005 en junio de 2006, excepto contribuyentes sector agropecuario, pesquero y de autotransporte 31 de agosto 2006.
Extinción de créditos –Imposibilidad práctica de cobro.No automático cancela 2500 udis.
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LEY DE INGRESOS ESTIMULOS FISCALESIMPUESTO AL ACTIVO
Sectores agropecuario y forestal. Acreditamiento de inversión realizada contra IA.)Transporte aéreo y marítimo.(Activos arrendados o
de su propiedad) Almacenes Generales de Depósito. (Determinación del IA sobre los inmuebles de su propiedad utilizados para el almacenamiento por el factor del 0.2Pequeños contribuyentes. Exención del IA.
Contratistas del Gobierno Federal. No considerar para efectos del IA, las cuentas por cobrar. Estímulo del 30% de los gastos e inversiones en
investigación o desarrollo de tecnología contra ISR.
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Agricultura,ganadería,pesca y minería.Adquisición de Diesel para consumo final.Acreditamiento vs ISR, IA o Solicitar Devolución.100%
Contribuyentes-transporte público o privado
de personas o carga. Carreteras o caminos.Adquieran diesel –Acreditamiento vs ISR IA -Precio Texas-
Contribuyentes-Transporte de carga o pasaje.
La cuota pagada por la utilización de la Red de autopistas. Acreditamiento del 50% del gasto VS.ISR.
( Ingreso Acumulable)
LEY DE INGRESOS ESTIMULOS FISCALES
ACREDITAMIENTO-IEPS-
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LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
PERSONAS MORALES
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Disminución gradual de la tasa general de ISR del 30% al 28%, en un punto porcentual cada año.
Año Tasa ISR
2005 30%
2006 29%
2007 28%
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Efecto en los factores a aplicar por pago de dividendos y reducción de capital.
AÑO FACTOR2005 1.42862006 1.40852007 1.3889
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DISMINUCION DE LA PTU
Ingresos Acumulables
(-) Deducciones Autorizadas
(=) Utilidad Fiscal
(-) PTU pagada en el ejercicio
Base gravable de ISR
Notas: - A partir de la generada en 2005.
- No disminuirá de la propia base del Reparto la PTU.
- Incrementa las pérdidas fiscales por amortizar.
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LIQUIDACION DE SOCIEDADES
Efectuar pagos provisionales mensuales, y declaraciones anuales.
Disposición en vigor a partir del 1o. de julio de 2005.
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DEDUCCION DE ANTICIPOS A PROVEEDORES
No son deducibles los anticipos relacionados con la adquisición o elaboración del producto.
Deducibles los relacionados con gastos de operación.
DEDUCCION DE COMBUSTIBLESSerá deducible el combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, cuando:
Se pague con cheque nominativo.
Tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Monedero electrónico.
En vigor a partir del 1º de julio de 2005.
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DEDUCCION DE SUELDOS Y SALARIOS
Cumplir con las disposiciones que regulan los subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso. ( A partir de 2006)
Los subsidios sean efectivamente entregados a los trabajadores (No deducibles), y efectuar la retención ISR.
Inscribir en el IMSS a los trabajadores.
Inscripción al RFC o solicitar su clave.
Efectuar ajuste anual de ISR de sueldos.
Declaraciones informativas.( No se considerará incumplido el requisito si se presenta dentro de los 60 días después de notificación requerimiento.
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INVENTARIOS OBSOLETOS Deducción del inventario obsoleto.
Por adquisiciones a partir de enero de 2005.
INTERESES ENTRE PARTES RELACIONADAS
GENERALIDADES:
No deducibles si el monto de la deuda es superior al triple del capital contable.
Plazo de cinco años para disminuir su deuda en la proporción.
Si en cinco años no llegan a la proporción, no deducibles los devengados sobre el excedente desde 2005.
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MECANICA DE DETERMINACION:
Intereses devengados en el ejercicio
Entre: Promedio anual de las deudas
Igual: Resultado
Por: Monto de las deudas que excedan al tripe del capital contable
Igual: Monto de intereses no deducibles
Suma de los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio
Entre: Número de meses del mismo
Igual: Promedio anual de las deudas
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La limitante no es aplicable a:
Integrantes del sistema financiero.
Ni a contribuyentes que obtengan resolución de autoridades fiscales y presenten dictamen de estudio de precios de transferencia.
INTERESES ENTRE PARTES RELACIONADAS
GASTOS DIFERIDOSSe amplia definición; activos intangibles que permitan usar, disfrutar y explotar un bien. Se pretende que no se deduzcan en solo ejercicio inversiones que producen ingresos superiores a un año.
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INVERSIONES EN ACTIVO FIJO
Deducción al 100%:
Maquinaría y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables.-Reducir dependencia Petróleo y combustibles Fósiles que protejan medio ambiente. 5 años.
Adaptaciones a instalaciones que faciliten el acceso a personas con capacidades diferentes.
Maquinaría y equipo destinado a la producción cinematográfica nacional. No + del 3% del ISR a su cargo.
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COSTO DE VENTAS Es deducible el costo de ventas, en lugar de las
adquisiciones de mercancías.
Se puede utilizar el Sistema de Costos: a) Costos históricos ó Predeterminados (Estimados o estándar) ó b) Sistema de Costeo Directo.
Mismo procedimiento de determinación por un periodo de cinco años.
No efectos fiscales a la actualización de los inventarios y del costo de ventas.
Sistemas para dar salida a sus inventarios; PEPS, UEPS,PROMEDIO,IDENTIFICADO,DETALLISTAS. Mínimo 5 años.
Regla contable de valuación de inventarios- Costo o mercado el menor. Reposición, Realización, Neto de Realización.
Informar dentro del Dictamen ó Declaración anual, que costo se considero.
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COSTO DE VENTASREGIMEN DE TRANSICIÓN
No se podrán deducir los inventarios finales al 31 de diciembre de 2004. (Deducidos como compras hasta 2004)
Únicamente cuando se opte por acumularlos gradualmente, en un periodo de 4 y hasta 12 años, dependiendo del promedio de rotación de inventarios, Se podrá deducir el costo conforme se enajenen dichos inventarios.
En caso de que no se opte, se considera que lo primero en enajenar es lo primero que se adquirió.
Obligación de levantar Inventario físico al 31-12-2004.Válido inventario tomado con 30 días anteriores, conservar la documentación
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COSTO DE VENTASREGIMEN DE TRANSICIÓN
No se podrán deducir los inventarios finales al 31 de diciembre de 2004. (Deducidos como compras hasta 2004)
Únicamente cuando se opte por acumularlos gradualmente, en un periodo de 4 y hasta 12 años, dependiendo del promedio de rotación de inventarios, Se podrá deducir el costo conforme se enajenen dichos inventarios.
En caso de que no se opte, se considera que lo primero en enajenar es lo primero que se adquirió.
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DETERMINACION DEL VALOR TOTAL DEL INVENTARIO
ACUMULABLEInventario base al 31 de diciembre de 2004 (valuado mediante método PEPS)
(-) Saldo pendiente de deducir de inventarios al 31 de diciembre de 1986 ó de 1988
(-) Pérdidas fiscales pendientes de amortizar al 31 de diciembre de 2004
(-) La diferencia que resulte del promedio mensual de los inventarios de importación
del último cuatrimestre de 2004, contra el de 2003, siempre que el de 2004 sea mayor
(=) Valor total del inventario acumulable
Valor total del inventario acumulable (x) % de acumulación según tabla (=) Inventario acumulable en cada ejercicio.
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DETERMINACION DEL INDICE DE ROTACION DE INVENTARIOS
Por cada uno de los años de 2002 a 2004.Compras netas_______Promedio de inventarios*
*(II + IF)/2
DETERMINACION DEL INDICE DE ROTACION PROMEDIO DE
INVENTARIOS Se suman los índices de rotación de inventarios de los
tres ejercicios anteriores.
Se divide entre tres.
Posteriormente, el resultado se identifica en la tabla de “por ciento en que se acumulan los inventarios”
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EJEMPLO, DETERMINACION DEL INDICE DE ROTACION DE
INVENTARIOS2002 2003 2004
Compras netas 750,000 800,000 825,000Inventario promedio 64,000 69,000 75,000
Rotación de inventarios 11.7 11.6 11.0(11.7+11.6+11.0)/3=Indice promedio 34.31
3Indice promedio 11.44
CONCEPTO
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EJEMPLO, DETERMINACION DEL VALOR
TOTAL DE INVENTARIO ACUMULABLE
Inventario base al 31 de diciembre de 2004,
utilizando PEPS 80,000
(-) Saldo por deducir del inventario 1986 o 1988 0
1º de enero de 2005
(-) Pérdidas f iscales por aplicar al 31 de
diciembre de 2004
(-) Diferencias del promedio mensual de
importaciones directas (Diferencia
negativa)
(=) Invenatario acumulable total 80,000.00
(x) % de rotación de inventarios promedio 20.00%
de 2002 a 2004, de acuerdo a la tabla
de acumulación del inventario al 31
de diciembre de 2004
(=) Inventario acumulable en el ejercicio de 2005 16,000.00
Actualización del inventario acumulable
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EFECTO EN EL RESULTADO FISCAL DE 2005
ConceptoSin
acumulaciónCon
acumulación
de Inventarios de Inventarios
Ventas 80, 000 80,000
Menos:
Costo de ventas n/d 80,000
Más:
Acumulación de inventarios 16,000
Utilidad Fiscal 80,000 16,000
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CONSOLIDACIÓN FISCAL
Incrementa la participación consolidable del 60% al 100%.
Incluir en el dictamen fiscal de 2004, un anexo que contenga el ISR e IA diferido.(D.T. Art. tercero Fracc. X.)
Informar en declaración anual, la información que permita determinar su utilidad ó pérdida fiscal como si no consolidara.
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DEDUCCION INMEDIATA DEBIENES NUEVOS DE ACTIVO FIJO
Se podrán deducir los activos fijos de procedencia extranjera utilizados fuera de las áreas del D.F., Guadalajara y Monterrey. Al ejercicio siguiente de su adquisición o importación.
Empresas que no requieren uso intensivo de agua.
Empresas limpias con certificado. No para adquisición de Autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques.
ESTIMULO FISCAL POR CONTRATACION DE PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES
Disminuir de sus ingresos acumulables el ISR que les hubieran retenido.
ESTIMULO FISCAL PARA DESARROLLADORES INMOBILIARIOSDeducir compra de terrenos, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Se destinen a construcción de desarrollos.- Los ingresos de su actividad sea el 85%.- Acumular la totalidad del ingreso cuando enajenen el inmueble.
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DECLARACIONES INFORMATIVAS CLIENTES Y
PROVEEDORES Se reincorpora la obligación de presentarla.
15 de febrero.
DONATARIAS AUTORIZADAS Mantener a disposición del público, el uso y destino de
los donativos recibidos.
INTERESES PAGADOS A ENTIDADES FINANCIERAS EXTRANJERAS
Vigente tasa de retención de 4.9% por concepto de intereses pagados a Bancos del extranjero.
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LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
PERSONAS FISICAS
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TARIFAS PARACALCULO DEL ISR
Eliminación de tablas de subsidio y crédito al salario. Vigentes todavía durante 2005.
Simplificación de la Tarifa. Dos niveles únicamente. Exclusión general de $ 76,000. y la incorporación de un subsidio al empleo y un subsidio nivelador del ingreso.
Tasa máxima del 28% (Reducción gradual en uno porciento 30% y 29% en 2005 y 2006, respectivamente).
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DETERMINACION DEL ISR DE SUELDOS
Ejemplo Ejemplo
Concepto A B
Ingreso mensual bruto 15,000 300,000
(-)Impuesto Local (4%)
retenido 600 12,000
(-) Exclusión general 6,333 6,333
(=) Ingreso Gravable 8,067 281,667
Impuestos Cedulares, Lo pueden aplicar las Entidades Federativas. La Tasa no debe exceder del 5%.
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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Notificar al empleador que les aplique la exclusión general ($ 6,333.33), o
Prestaciones exentas. Notificar si presta servicios a otro empleador. En el caso de jubilados, se deberá considerar las
prestaciones exentas.
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES Entregar en efectivo los subsidios. Declaración anual del crédito al salario pagado en
2004 (15 de febrero 2005).
Presentar declaración anual informativa relativa a los subsidios.
Proporcionar constancias informando del monto del impuesto local deducido y retenciones efectuadas.
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ESTIMULO DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
El patrón deberá entregar a sus empleados un subsidio que mensualmente le corresponda, conforme a la tabla. Salarios superiores a $ 6,333.34, no tendrán derecho a subsidio para el empleo.
Se podrán acreditar contra el ISR a cargo o el retenido a terceros. Sustituye al Crédito al Salario.
No aplicable a:
o Ingresos por separación laboral.o Asimilados a salarios (excepto obtenidos por
Federación, Entidades Federativas y Municipios).
o En vigor a partir de 2006.
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ESTIMULO PARA LA NIVELACION DEL INGRESO
Se otorga un subsidio para la nivelación del ingreso, mismo que estará vigente a partir del 2006 y hasta el 2015, como sigue:
• Aquellos trabajadores que al 31 de diciembre de 2005, hubieran prestado sus servicios.
• Entregar la diferencia entre el ISR determinado con procedimiento vigente en 2005 vs nuevo procedimiento.
• Se disminuirá en 10% cada año hasta llegar al 2015.• Aplicable a trabajadores que en el mes de enero de
2006, hayan tenido ingresos hasta de 10 SMGM.• Perderá el derecho el empleador:
- Si rebasa de 10 SMGM.- Si deja de trabajar .
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TRABAJADOR TRABAJADOR
A B
A) CALCULO VIGENTE EN DICIEMBRE 2005:
SUELDO 12,500.00 5,000.00
ISR RETENIDO 1,378.21 18.30
CREDITO AL SALARIO - -
INGRESO NETO 11,121.79 4,981.70
B) CALCULO VIGENTE EN 2006:
SUELDO 12,500.00 5,000.00
ISR RETENIDO 1,416.67 -
SUBSIDIO PARA EL EMPLEO - 8.33
INGRESO NETO 11,083.34 5,008.33
DIFERENCIA B) MENOS A) (38.46) 26.63
SUBSIDIO POR NIVELACION DE
SUELDOS
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LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO
DEDUCCION DE DEUDAS
Promedio de activos
(-) Promedio de algunas deuda
(=) Base del IA_____________
(x) Tasa__________________
(=) Impuesto
Si se incluyen Deudas con Residentes en el Extranjeroy las del Sector Financiero.
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LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
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DETERMINACION DEL IVA ACREDITABLE
El IVA es acreditable cuando se utilicen exclusivamente en actos gravados.
• El IVA no es acreditableno es acreditable cuando se utilicen exclusivamente en actos exentos y no objeto de la Ley.
El IVA es acreditable en proporción cuando derive de actos gravados y exentos.
FACTOR DE ACREDITAMIENTO EN ACTIVIDADES MIXTAS
Se determina mensual.
Factor de acreditamiento:
Actos gravados Tasa 0%,10% y 15%_______
Total de actos Tasa 0%,10% , 15% y exentos.
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IVA ACREDITABLE DE INVERSIONES DE ACTIVO FIJO
Se debe considerar el destino habitual de las mismas.
El IVA es acreditable EN SU TOTALIDAD cuando se destine exclusivamente a actos gravados.
El IVA no es acreditable cuando se destine para actos exentos y no objeto de la Ley.
El IVA es acreditable en proporción cuando se destine a actos gravados y exentos.
Se establece una mecánica para realizar ajustes al factor de acreditamiento, cuando exista un cambio en el destino mayor del 3% a la alza o baja.
El procedimiento de acreditamiento deberá mantenerse cuando menos cinco años
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OPCION PARA DETERMINAR EL IVA ACREDITABLE EN
ACTIVIDADES MIXTAS
• Aplica en el caso de actos gravados y exentos.
• No se incluye IVA de inversiones.
• Se determina el factor de acreditamiento con datos del ejercicio anterior.
• La opción se debe aplicar por cinco años.
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RESUMEN DETERMINACION DEL IVA ACREDITABLE
Concepto
IVA de bienes, arrendamiento y servicios Identificado con actos gravados XIdentificado con actos exentos y no afectos XNo identificado con actividades XIVA de activo fijo y cargos diferidosDestinado a actos gravados XDestinado a actos exentos y no afectos XDestino no identificado XOpción de acreditamiento en act. mixtasNo se identifica (cifras de años anteriores) X
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Ejemplo, determinación del IVA en actividades mixtas
Una persona moral realizó en el mes de enero de 2005, los siguientes actos para efectos de IVA:
Ventas al 15% $1,500Ventas al 0% $2,000Ventas exentas $1,700Ingresos no afectos $1,300
Por otro lado, el IVA trasladado fue como sigue:
Iva identificado con actos gravados $700Iva identificado con actos exentos $500Iva no identificado $420
Determinar el impuesto a cargo del mes de enero de 2005.
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Ejemplo, Solución
Determinación del factor de acreditamiento:
Actos gravados $3,500 =.6730Total de actos $5,200
Iva no identificado $420 x .6730= $283
Determinar el impuesto a cargo del mes de enero de 2005.
IVA causado $225menosIVA identificado con actos gravados $700IVA por prorrateo $283IVA a favor del mes ($758)
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IMPUESTO CEDULAR
Tasa de entre 2% y 5% sobre ingresos.
Honorarios profesionales independientes.
Arrendamiento de bienes. Enajenación de bienes inmuebles y Actividades empresariales.