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En un hecho inéditO en la historia del país las

tripulaciones de varias embarcaciones de crudo, cerca

de 40 tanque ros entre los pertenecientes a la Aota de

Pdvsa y buques de Aotas extranjeras, se conjugaro n

para avivar las acciones de los opositores: los primeros

negándose a descargar el combustible necesario para

el abastecimiento nacional, y los segundos bajo el ar­

gumento de que no se abastecerían en pucrtos vene­

zolanos por un supuesto temor a la inexperiencia de

quienes en aquel entonces intentaban recuperar las

operaciones de industria petro lera.

Tres buques, en especial, se convirtieron en em­

blema tanto para los promotores del paro como para

las autoridades: dos con nombres de misses, C0l110 el

Pilín León y el Susana Duijm, y Otro con nombre del

cacique indígena Yavire.

Previamente a toda esta conAictividad, el 10 de

diciembre de 2002 se suscitó en el país la mayor tra-

gedja en un centro nocturno do nde unas 50 personas,

perdieron la vida al incendiarse el bar nig ht club "La

Goajira" ubicado en pleno centro de Caracas. Hubo

poco interés en resaltar esta desgracia.

Para todos los medios de comunicació n social ,

que se uniero n al llamado paro nacio nal o huelga gene­

ral, lo fundamental era la búsqueda de la vía para des­

alojar a Hugo Chávez de la Presidencia.

En el marco del Derecho Labo ral se define el

concepto de huelga a toda perturbación encrada en

e l proceso productivo, principalmente la cesació n

temporal, acordada por los trabajado res, para la de­

fensa )' pro moció n de un o bj etivo labo ral o socioe­

cÓ no m¡co.

A raíz de esa premisa jurídica, quedó claro que

ese sabo taje petrolero, golpe petrolero o paro cívico na­

cional, nunca tuvO una fundamentació n es tric tamente

labo ral.

Carmen Josefina león

La c:\pcncncla de abnl dc 1002 , la poca cfcctl\' l­

(.I.ld dc lo, militan: .. al7ado\ dc ... dc cl12 de ocrubre en la

Plan \1I.1111Ira. Jn(lIcaba a los promOlorc\ del paro que

er.l mCjOf c"'pcrar <." el Pn:'l(lcmc optaba por renunciar

() '1 ,c n:all/abil el rcfcrcndo cO!l'uhIYO COIl\'OGIUO ile­

galmente. p:1r" febrero dc 2003. por una dl\,!(hda dlrcc­

tI\.1 del Con,CJo Nacional Elcclor:11.

I', n 1981, la rcprc ... cntantc dc \ 'ene/uda, Car­

men .lo'din,1 León Crespo, mejor cO!1oClcb como 1'1-

1m I .eón, ObtuH) el reinado del ~(¡ ... , ¡\ (undo. Con c ... c

nombre fue bautll:ldo d buque Pl' tTO!CTO. al I~al (llIe

otro, t¡lIe lamblt.:n fueron ,unl.1do, a l." ;lCcio!1c, tic '.1

bot:1ll' como el :\I.UItI3 Sa\'.llcTO \ el Bubara P.lbcIO ....

I n el ca ... o del Plhn León, el C.tpll.1n Dalllcl \1

f.uo onknc') a ... u trlpUbCIOll la parall/acHHl dc 1.1' aClI

\'ld.llk, \' con 44 ITIlllonc, de luro, dc combu,uulc. lo

fondeo 4.: 11 el I .ago de Maracl.Ibo dur.lnlc 1'" tll.I'. ¡U11l0

(on lo, I.Hltlw.:ro, ¡\Ioruy y i\ lonlh.ll.

I 22 I Mlnlllerlo Publico Il* felMUón de los buques

Al ser abordado mediante orden judicial, se com­

probó técnicamente que se había saboteado parte del

sistema de navegación. Con gran esfuer7o. el buque fue

conducido el domingo 22 de diciembre hasta un puerto

í'uliano, donde fue descargado.

Sin duda, con esa lravesía ex itosa el paro cornen­

/ó a desmoronarse. La embarcación fue puesta a na\'e­

gar y rebauti7ada como el Negra ~ l atea.

El ~ I inlsteno Público comisionó desde el mismo

momento del hecho a cinco fiscales, quienes presen­

taron al capitán Daniel ,\ lfaro ante el Tnbunal 10· de

Control del estado Zulia, instanCia que acordó la apli­

caCión de medlda'i cautelares de presentación periód.ica

y prohIbICIón de ,""da del país.

Igualmente, se le Imputó el delito de \'erudo

ilícito de sustancia en grado de tentau\'a, abuso gené­

rico de funcione ... y apoderamiento ilegítimo de na\'es

r su carga.

U 21 de enero de 2003, los integrantes de la Sala

de la Cone de ApelaCIones del estado Zulia, acordaron

el "'obreo;;elmiento de la cauo;;a, deCISión que fue apelada

por el ~lInisteno Publico.

~ I edlante una aCCión de amparo que fue acor­

dada por la Sala Conl.,uruClonal del Tribunal upremo

de Jusucla, ,c re\'oco la deCisión y se rernO\'Jeron dos

de los jueces de la Corte de l\pelacioncs. i\l tercero

se le lubtló.

Al final, el proceso ludlctal se cxonguió debIdo a

lo e'lablecido en el articulo 1, ordinal " 1" del Decreto

con Rango, Valor y I"ucrl"a de Ley E,'pecial de Amni,ria

de fecha 31 de d,c,embre de 200-.

De Susana a Josefa

1.1 06 de dICIembre, el capllan del buque tanque

!:Iu,",," DUI)m Olam,do hO\ .Io,ef., CamelO), :llauro

VentuTa t'err:uro Parad.l, con¡l1ntal1l~me con un gru­

po de pcr,onac;,. uecltlló ,umar-.c al paro y fonuetr la

referida embarc;lción, del.lOdo de de,caI)...mr apn1\Jma

&Ullcntc 100 11"lIl barnlc, dc ga,olltlil en el Termtn.\l

i\ 1.uiumo dc ('.\tIa La i\L1r, e,tado \ 'arg:\',

En virtud de eUo, el 10 de diciembre de 2002,

el ~ I inis tcrio Público solicitó a un tribunal de Control

del estado Vargas el traslado de la embarcació n a fin

de verificar las circunstancias que diero n o rigen al fon­

deo costa afuera, específicamente al no rte de Punta de

~ I ula tos.

Luego de esa inspección y de varias acnmcio ncs,

la fiscal 6° co n competencia nacio nal , Luisa Onega

Diaz, co n apoyo de la Fiscalia 10 del estado Vargas, en

junio de 2004, imputó al capitán y a seis lripu lantes del

referido buque por la presunta comisió n de los delitos

de interrupción del suministro de bienes o produclOS

de utilidad pública l' apropiación indebida )' calificada.

Las personas imputadas fuero n el capitán de la

~ I arina ~I ercante) l\ 1:1uro Vcnrura Fcrrairo, }' los tril u­

lantes ésar ~ Iorillo O choa, G uSta,·o hang L'li, Jesús

arcia, G amaliel Leó n ~ l a rruccl, G iancarlo ~ Io reno

amino)' Ramó n II ernánde7 Brito.

El ~ I ini s te rio Público solicitó un mandato de

conducción conlra OtrOS dos intcgranres de la tripu-

lación del bu lue, Rafael I\larcano Ramo. y Fredcrlck

rbina V¡lIegas, pues no habían comparecido a b~ di

versas citaciones rca li i'ada~.

El 27 de septiembre de 2005, el Minislerio Públi­

co presentó la acu::,ación contra el capirán )' ocho lrl ­

pulantes del buque, por lo~ del i lO~ dc agavilbmicl"n ,

irHerrupclón del suminJ (j tro de bienes y sumini o;tro de

W's, apodernmicllto de carga, cooperación inmedi:Ha en

el del ito dc rebelión)' apropIación indebida cali ficada,

,odos contemplados en el Código Penal.

Con las expcrucia(j y pruebas recabadas, se corro·

boró el presumo extravío de tres radios transmisores,

dalios a los equipos de computación, y la desaparición

de 10 mIllones de bo lh'ares)' mIL dólares que forma­

ban parte de la caja chica del buque tangue.

En ese sentido, los tripulames César 1\ 10 rlllo

Ochoa, Gamaliel León ~brrucci, Giancarlo ~ I orcno

Camino)' Fredcrick Urbina Villegas, )' el capitán ~ Iauro

Ventura Fermiro no se pusieron a derecho por lo que si·

guen vigentes las órdene~ de aprehcn ~ ión en o;;u contra.

lA reb.nÓ" d. los buqU" 1 Mi"iste rio Publico ( 23 )

Un cacique en altamar

Yavuc, nombre de uno de Jos grandes caciques

canbes de la región guap.ncsa, a qUlcn se le atribuye la

ullIhcaclón de las tribus de la 7.ona del Caroní, también

es el nombre de uno de los buques tanques pcncnc­

( Iemes a la cmprc~a PDV-~lann:l, que en (lIcicmbre de

2002, al mando del capitán Aulio I"miro Bcrmúde7, fue

fondeado en agua~ del estado Aní'o:tlcgul, en Puerto La

CfU 'l, frente a la Bahía de Pozuelos,

lO! 06 de diciembre de 2002, la Fiscalía 3° del

~ filll ..,tc rio Público en el c\lado J\n 7o:t lcgui iniCIÓ la

100'csugaClón sobre el caso del t:lnqucro, al {cner cono­

Cimiento de parle de la D efensoría del Pueblo de una

sllu3C1ón que estaba causando alarmit en b población )'

que fue encuadrada clernfo de lo previsto en el ultimo

apane del artículo 344 dc Cócllgo Penal. En consecuen·

Cla, el rcprc"cmantc del ~ l lIlI'HenO Público sohCltó al

Jue/ de control de guardia, en recha 07 de diCIembre de

2002, una Inspección de seguridad manuma I or \'in de

prueba anticipada.

( 24 I M lnlSlerlo Publico II.lI rebelión de los buques

Sin embargo, no se pudo hacer efectiva la entrada

al buque ante la negativa del capitán Bermúdez, quien

se negó a colaborar), fue advertido sobre la presunta

comisión por su parte de un hecho ilícito, tipificado

dentro de los delitos contra la conservación de los inte­

reses públicos)' privados, al apoderarse ilegítimamente

de una nave al serVIcio público del Esmdo y ser de ca­

rácter esufltégico y vital para la 1 ación.

Para el 10 de diciembre de 2002, fue aprehendido

en Aagrancia el capit:in Bcrmudez )', en consecuencia,

puesto a borden dell\Linisterio Público. Posteriormen­

te, el 12 de diCiembre, se realizó en el mismo buque la

audiencia de declafflción de imputados, en un acto cuya

presentación esru\'o rt crtrgo de los entonces fiscales 60

nacional, Luisa Orteg:t Ola,; 3° de nzoátegui, ~ugu I

Angel Torres, )' 'u auxiliar, Katiuska Boh""r.

El capitán Bermudez fue IInpu,,\do por los delito,

de interrupción de sutninasrro de gas y apoderamiento

ilegítimo de nave o aeronave, y se pidió la medid. de

privnción de libertad.

Años más tarde, el lO de enero de 2008, el j\[j­

nisrerio Público solicitó el sobreseimiento del capitán

Bermudez, )' se está a la espera de 'lue el Tribunal 10

de Control de Anzoátegui notifique la fecha para la ce­

lebración de la audiencia en la cual se decidirá sobre

dicha solicitud. •