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1 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 13’30 trece horas
treinta minutos del día 11 once de septiembre del 2008 dos mil ocho,
se reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para
celebrar sesión ordinaria del H. Ayuntamiento, el C. Presidente
Municipal, L.A.E. Vicente Guerrero Reynoso y los integrantes del
mismo. Iniciada la sesión por el C. Presidente Municipal, el C.
Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. Francisco de Jesús García León,
pasa lista de presentes, asistiendo las siguientes personas: CC.
Síndicos Profra. Leticia Villegas Nava y L.A.E. Juan Eusebio Olague
Riva Palacio y los Regidores: Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden, Lic.
Hortensia de la Concepción Orozco Tejada, Lic. Ma. Esther Hernández
Becerra, Gabriel Villagrana García, Lic. José María Arias Rangel,
Arturo Ureña Ramos, Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, Lic. Sergio
Navarro Tejada, Lic. María Teresa Palomino Ramos, Lic. Fernando
Ávila González, José Gilberto Moreno Fuentes y Lic. Aarón Soto
Martínez, declarando que hay quórum. En seguida, el C. Secretario da
lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y declaración de
quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.- Aprobación del acta de la
sesión ordinaria celebrada el día 28 de agosto del 2008. IV.- Informe
de actividades del Patronato del Parque Explora. Comparecencia del
C. Lic. Luis Fernando Gómez Velázquez, Presidente del Consejo
Directivo del Patronato. V.- Designación de los integrantes del
Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable en Materia
Ambiental, Movilidad y Urbanismo. VI.- Informe de Comisiones. VII.-
Asuntos Generales. Habiendo pasado lista de presentes, con la
declaración de quórum y aprobado por unanimidad que fue el Orden
del Día, se tienen por desahogados los puntos I y II del mismo.
En el punto III del Orden del Día, el C. Presidente somete a
consideración la aprobación del acta de la sesión ordinaria celebrada
el día 28 de agosto del 2008, la cual es aprobada por unanimidad.
En el punto IV del Orden del Día, comparece el C. Lic. Luis Fernando
Gómez Velázquez, Presidente del Consejo Directivo del Patronato de
Explora, quien en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 129 de la
2 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, rinde informe
de actividades desarrolladas por el organismo que representa (se
anexa al apéndice del acta). En uso de la voz el compareciente, da un
mensaje introductorio, refiriendo entre otras cosas, su agradecimiento
al H. Ayuntamiento por la oportunidad que se le brinda para rendir el
informe del quehacer de Explora durante el periodo de octubre de
2006 a diciembre de 2007, lo cual hace en cumplimiento a la
normatividad aplicable, pero sobre todo por el gusto que le genera dar
cuentas a la sociedad leonesa a través de este cuerpo edilicio; agrega,
que en este informe se presentarán las principales líneas de trabajo de
Explora en su misión de fomentar un factor cada vez más importante
para la capacidad, la competitividad, y la calidad de vida de toda la
sociedad; y menciona que se podrán constatar los avances de la
cultura científica y tecnológica en cuanto a su innovación y desarrollo.
Agradece el apoyo que les ha brindado el H. Ayuntamiento y el
Patronato de la Feria para hacer posible el funcionamiento de Explora,
así como el brindado por el Gobierno Estatal para los proyectos de
renovación y desarrollo del Centro de Ciencias; además, reconoce el
talento y el esfuerzo del equipo de trabajo de Explora que cada día
hace realidad los objetivos por los cuales fue creada esa extraordinaria
institución. Finalmente, el Compareciente solicita anuencia al
Ayuntamiento a fin de que el C. Ing. Jorge Padilla González del
Castillo, Director General del organismo en cita, rinda mayores
detalles del informe. Acto continuo, en uso de la voz el Director
mencionado, manifiesta las actividades del organismo en cuestión,
destacándose las que enseguida se refieren: Por lo que hace a la
Operación del Centro de Ciencias, menciona que se tuvo un total de
239,684 visitantes durante el periodo que se informa, de los cuales 97,
514 fueron visitas escolares provenientes no solo del estado de
Guanajuato, sino de otros estados del país, como Querétaro, San Luis
Potosí, Michoacán, Jalisco y Aguascalientes, entre otros; lo que
posiciona a Explora como uno de los principales “productos turísticos
de la ciudad”; así mismo, refiere que en cuanto a las Exhibiciones
Interactivas y Demostrativas, el 87.9% de los visitantes tuvo
experiencias educativo-recreativas en cinco salas museísticas; y en
3 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
cuanto a la Proyección de Películas Imax, comenta que se proyectaron
6 películas, más otras 6 en dos festivales ante 190,436 visitantes, lo
que arroja un índice de captura al Imax del 79.5% como uno de los
más altos del mundo; refiere además, que en relación a las
Exposiciones Temporales, se llevaron a cabo 5 exposiciones
interactivas de diversos temas, acudiendo 67,578 personas; y respecto
al Programa de Popularización de Ciencia y Tecnología, menciona que
es uno de los quehaceres más importantes, dado que comprende una
amplitud de actividades tales como: Semanas Temáticas,
Conferencias y Charlas, Demostraciones y Exposiciones, Videos y
Multimedias, Experiencias y Shows de Ciencia y el Boletín mensual
“Eureka”; señalando que como componentes de este programa, fueron
realizados una vez al mes “Domingos Con-Ciencia”, reportándose 15
eventos con un público de 9,460 personas; 902 funciones en el
Planetario portable con un total de 28,327 usuarios y la presentación
de “Capsulas de Ciencia” en el Imax que fueron vistas por 110, 444
personas, entre otros. En relación a la Semana Nacional de la Ciencia
y la Tecnología, comenta que por noveno y decimo año consecutivo,
Explora coordinó el Comité Organizador de la Semana a nivel Estatal,
atendiéndose en el año 2006, en una semana a 107,818 personas en
25 municipios, y en el 2007 a 133,665 personas en 27 municipios.
Respecto a los Cursos de Verano, menciona que en el 2007 se tuvo el
mejor año en cuanto a inscripciones, evaluaciones y resultados
financieros, con 818 niños inscritos en el Centro de Ciencias y 1,137
en los Centros del Saber. De igual manera, el Director en comento,
refiere que fueron realizados Eventos Especiales para diversos
públicos de los cuales se destacan: 12 Conferencias Magistrales, las
Noches Astronómicas, la Posada para 364 niños de albergues y casas
hogar, entre otros. En relación a la Operación de los Centros del
Saber, señala que en los 5 Centros, durante el periodo que se informa,
fueron atendidos 167,072 usuarios, de los cuales el 82% fueron
estudiantes; y en cuanto a Actividades y Programas Relevantes,
señala que se realizó la 13ª y 14ª Semanas Nacionales de la Ciencia y
la Tecnología, Talleres y Charlas diversas, Programas “Niños Calle”
con DIF y Valdoco, el Programa Educación para Adultos y Clubes de
4 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Ciencia. Por otra parte, en relación a Programas y Actividades
Extramuros, comenta que se atendieron fuera de las instalaciones de
Explora a 183,861 personas, en diversos programas y servicios de
alcance regional, tales como: las Exposiciones Itinerantes “¿Que Onda
con el SIDA?”, presentada en Tuxtla Gutiérrez, Ciudad Victoria y León,
y “¡Aguas con el agua!, presentada en Saltillo y Querétaro; además
de Muestras de Explora en Irapuato y en Pedro Escobedo Querétaro,
entre otras. Aunado a lo anterior, el Director en cita hace referencia a
participaciones y colaboraciones que se han tenido con organismos y
otros estados para el desarrollo de diversos proyectos, señalando que
la RED POP- UNESCO otorgó a Explora el Premio Latinoamericano
de Popularización de Ciencia y Tecnología 2006-2007, como
reconocimiento a sus servicios, calidad, innovaciones e impacto social;
del cual destaca que es el reconocimiento más importante en
Latinoamérica. Finalmente, en relación a los principales proyectos de
Renovación y Desarrollo, menciona que se concluyó la obra civil del
nuevo Salón de Usos Múltiples, la obra civil de la Sala de las
Inteligencias, la nueva exhibición en el Parque Explora: Avión Vultee
BT-13, el equipamiento complementario del Taller de Tecnologías
Emergentes “Tecnotron” y la remodelación de los baños para el
público; y comenta, que siguen en proceso la renovación parcial de la
Sala del Cuerpo Humano, la optimización de la Sala del Planeta Agua,
la Sala de las Inteligencias=Zona-i, la exposición itinerante sobre
Energía y la reingeniería de la Sala del Espacio que será la futura Sala
de Innovación. Acto seguido, hace uso de la voz el C. Ing. Luis Rafael
Palacios Orozco, Tesorero del Patronato de Explora, quien expone las
finanzas del Centro de Ciencias y sus Centros del Saber, informando
en primer término, que a nivel mundial los centros de este tipo no son
autosustentables, pero en el caso de Explora sí lo es en un 54.5%
cuando el promedio nacional es del 47% y el internacional es del 41%;
por otra parte, refiere que en relación al resultado de ingresos y
egresos de enero a diciembre de 2007, englobando al Centro de
Ciencias y los Centros del Saber, se tiene un total de ingresos de 27
millones 652 mil pesos y respecto a los egresos se tuvo un total de 28
millones 052 mil pesos; derivándose un déficit de 400 mil pesos.
5 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Concluye, señalando que respecto a los patrocinios en el ciclo de
octubre 2006 a diciembre 2007, se tuvo un equivalente total a
$5’032,866.00. En uso de la voz la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas
Nava, señala que tal y como fue manifestado en el informe, es difícil
mantener el equilibrio financiero en centros como Explora,
cuestionando la situación de los gastos operativos. En contestación el
C. Lic. Luis Fernando Gómez Velázquez, refiere que los gastos de
operación contemplan los sueldos, prestaciones y otros, para abrir un
Centro de Ciencias al público, mismos que se suman a los 19 millones
de pesos que tienen de egresos; agrega , que el ingreso lo obtienen
en parte de la taquilla, del subsidio que el Municipio les da, así como
del apoyo de la Feria; pero que les cuesta operar, más de esos 19
millones. Al respecto el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo,
manifiesta que muchos de los Centros de Ciencias, como lo es el
Papalote, obtienen sus recursos de fundaciones como Banamex y
Telmex, pero precisa, que no es lo mismo patrocinar un museo que
está en una ciudad de 20 millones de habitantes a una de 1 millón 300
mil, por lo cual señala, es difícil obtener patrocinadores; agrega, que
considerando el alto costo de las exposiciones dado el nivel que las
mismas tienen, es necesario apoyar a este organismo, más aún
cuando es un icono para los niños de la ciudad. En intervención la C.
Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, cuestiona si los subsidios y los
apoyos a la infraestructura de proyectos que se reportaron son todos
los patrocinios que se recibieron. Al respecto el C. Lic. Luis Fernando
Gómez Velázquez, contesta que sí y agrega que en caso de requerir
mayor información de algún tema se proporcionará con gusto. A
continuación la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, pregunta sí es
común que estos centros no tengan apoyos. Al respecto el C. Ing.
Jorge Padilla González del Castillo, contesta que por la participación
que ha tenido en la Asociación Mexicana de Museos y en otros
organismos internacionales, se ha dado cuenta de que ningún centro
de ciencias del mundo es autosuficiente, aún los que lo presumen,
como Papalote, ya que en realidad reciben apoyo de Bimbo y de otras
empresas, pero desgraciadamente aquí no se da esa situación;
agrega ,que como fue referido, el 55% de Explora es autosuficiente y
6 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
el otro 45% viene de los subsidios de la Feria, del Municipio y de los
donativos que se obtienen tanto en apoyo como en efectivo. En uso
de la voz la C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, refiere que
solo quiere felicitarlos por el esfuerzo que están realizando, pues
considera que no hay mejor manera de enseñar que a través de este
tipo de espacios y les reitera su apoyo. En uso de la voz el C. Reg. Lic.
Fernando Ávila González, externa su felicitación por el trabajo
realizado, pues señala que el Centro de Ciencias Explora es pionero
en la región y modelo de los de entre su tipo; comenta además, que
entienden que todos los centros de ciencias al igual que los museos, al
no tener un fin lucrativo sino eminentemente cultural, social y de
divulgación, en este caso científica y tecnológica, no pueden tener
autosuficiencia financiera; pero que no obstante ello, es muy loable ver
las cifras que les presentan aún con las limitaciones que pueden tener;
así mismo, menciona que ojalá este Ayuntamiento siga siendo
sensible para tratar de apoyarlos en sus necesidades, incluso las
recientemente acontecidas por algunas contingencias naturales; y
finaliza comentando, que deben aplaudir la labor realizada por el
Compareciente, el Director y el Tesorero antes citados, por el trabajo
que han venido desarrollando, pues no le cabe la menor duda que los
pueblos que hoy son poderosos en el mundo, se han desarrollado a
través de la divulgación de la ciencia y la tecnología y los supra
mencionados realizan un titánico esfuerzo en ese sentido. En uso de
la voz el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo, refiere que solo
quiere hacer un llamado a la Comisión de Educación Cultura y
Deporte, en relación a que como se tiene conocimiento, Explora
administra los Centros del Saber, de los cuales comenta, es un orgullo
ver que otras ciudades se fijan en este proyecto para llevarlo a cabo,
sin embargo, hace tiempo que aquí no se construyen dichos centros y
no obstante que sabe la situación de los sindicatos, solicita se vea la
manera en que puedan construirlos ya que mucha gente los pide e
inclusive hay universidades que quieren apoyarlos. En uso de la voz el
C. Presidente agradece la presencia del Compareciente, del Director,
del Tesorero y otros miembros del Patronato del Centro de Ciencias,
7 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
por la labor realizada y les manifiesta que seguirán contando con su
apoyo.
En el punto V del Orden del Día, el C. Presidente, solicita al C.
Secretario dé lectura al escrito que con fundamento en lo dispuesto
en los Artículos 70 fracción XXIII de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, 3, 4, 5 y Quinto Transitorio del Reglamento del
Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable en Materia
Ambiental, Movilidad y Urbanismo en el Municipio de León,
Guanajuato, contiene la propuesta para designar a los integrantes del
Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable en Materia
Ambiental, Movilidad y Urbanismo. En uso de la voz el C. Secretario
da lectura al escrito que contiene dicha propuesta: PRIMERO.- Se
designan a las personas que se mencionan a continuación para
integrar el Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable en
Materia Ambiental, Movilidad y Urbanismo en el Municipio de León,
Guanajuato.
INSTITUCION TITULAR
1. Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción
1. Arq. Ricardo Gómez García
2. Consejo Coordinador Empresarial 2. Arq. Antonio Romo Fernández
3. Colegio de Arquitectos de León, A. C. 3. Arq. Luis Gerardo Ramírez Pérez
4. Colegio de Ingenieros Civiles de León, A. C.
4. Ing. Arturo Valencia Hernández
5. Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda
5. Arq. José de Jesús Hernández Villalpando
6. Cámara Nacional de Empresas de Consultoría
6. Ing. Julián Tejada Padilla
7. Universidad de Guanajuato 7. Arq. J. Jesús Octavio Hernández Díaz
8. Universidad Iberoamericana, plantel León
8. Mtro. Rafael Pérez Fernández
9. Universidad de la Salle Bajío 9. Arq. David Cabrera Ruiz 10. Instituto Tecnológico y de Estudios
Superiores de Monterrey (ITESM) 10. Dr. Luis Mario Sánchez Aguirre
11. Universidad de León 11. Arq. Joel Padilla Córdova 12. Universidad Tecnológica de León 12. Biol. Carlos Oliverio Pantoja 13. Centro de Innovación aplicada en
Tecnologías Competitivas (CIATEC) 13. Dr. Ricardo Guerra Sánchez
14. Consejo de Ciencia y Tecnología del
Estado de Guanajuato (CONCYTEG) 14. Dra. Ernestina Torres Reyes
15. Consejo Coordinador de Colegios Profesionistas
15. Lic. Luis Lorenzo Sandoval Ascencio
16. Patronato Grupo Ángel 16. Sr. Jorge Arena Torres Landa
8 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
En la inteligencia de que por ministerio del artículo 4, fracción I del
Reglamento del Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable en
Materia Ambiental, Movilidad y Urbanismo en el Municipio de León,
Guanajuato, el cargo de Presidente de este Consejo recaerá en el
titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable. SEGUNDO.- Se
instruye a la Secretaría de Desarrollo Sustentable para que lleve a
cabo el proceso de instalación del Consejo Consultivo para el
Desarrollo Sustentable en Materia Ambiental, Movilidad y Urbanismo
en el Municipio de León, Guanajuato. TERCERO.- Se aprueban todos
los actos jurídicos y administrativos que sean necesarios para la
ejecución del presente acuerdo. Acto seguido el C. Presidente somete
a consideración la propuesta anterior, la cual es aprobada por
unanimidad. Autorización que se otorga en los términos y condiciones
del dictamen respectivo.
En el punto VI del Orden del Día, relativo a Informe de Comisiones.
Una vez que la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura a un
dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública
(se agrega al apéndice del acta), por unanimidad se toma el siguiente
acuerdo: PRIMERO.- Se autoriza al Presidente Municipal para solicitar
al H. Congreso del Estado de Guanajuato, la reforma al decreto 144,
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 31 de
fecha 22 de febrero de 2008, por medio del cual se autorizó al
Ayuntamiento para contratar un crédito en cantidad de $30’000,000.00
(TREINTA MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para efectos de que
se amplié de seis a doce meses el plazo concedido al Ayuntamiento
para suscribir los contratos correspondientes. SEGUNDO.- Se autoriza
al Tesorero a realizar todos aquellos actos administrativos y contables
que sean necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo.
Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen
respectivo. Después de que el C. Reg. Lic. Diego Sinhué Rodríguez
Vallejo, da lectura a unos dictámenes de la Comisión de Desarrollo
Urbano (se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman
los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Se aprueba la Declaratoria de Asignación de uso de suelo de una Zona de Primer Ensanche
9 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
(ZPE), a Habitacional de Densidad Alta (H7), para la fracción de la
parcela No. 129 Z-2 P1/1 de la colonia Ejido La Joya del Municipio de
León, Gto., con una superficie de: 3-31-53.18 Has., y las siguientes
medidas y colindancias: Noreste: Línea que parte de noroeste a
sureste en 44.32 cuarenta y cuatro metros treinta y dos centímetros,
continua al sureste en 14.84 catorce metros ochenta y cuatro
centímetros, 54.75 cincuenta y cuatro metros setenta y cinco
centímetro, 12.02 doce metros dos centímetros; 6.18 seis metros
dieciocho centímetros con propiedad privada; Este: Línea que parte
de noreste a suroeste en 15.04 quince metros cuatro centímetros,
quiebra al sureste en 5.24 cinco metros veinticuatro centímetros,
continua en línea de norte a sur en varios tramos de 15.30 quince
metros treinta centímetros, 24.51 veinticuatro metros cincuenta y un
centímetros, 17.60 diecisiete metros sesenta centímetros, 18.35
dieciocho metros treinta y cinco centímetros, 17.95 diecisiete metros
noventa y cinco centímetros, 11.81 once metros ochenta y un
centímetros, 12.44 doce metros cuarenta y cuatro centímetros, 29.95
veintinueve metros noventa y cinco centímetros con resto del predio;
Sur línea que parte de oeste a este en 87.57 ochenta y siete metros
cincuenta y siete centímetros, quiebra en línea de sur a norte en 26.87
veintiséis metros ochenta y siete centímetros, 6.14 seis metros
catorce centímetros y 5.96 cinco metros noventa y seis centímetros,
quiebra en línea de oeste a este en 15.00 quince metros, 12.39 doce
metros treinta y nueve centímetros y 15.21 quince metros veintiún
centímetros con resto del predio. Oeste línea en varios tramos que
parten de sur a norte en 12.90 doce metros noventa centímetros, 8.20
ocho metros veinte centímetros, 6.15 seis metros quince centímetros,
5.85 cinco metros ochenta y cinco centímetros, 6.19 seis metros
diecinueve centímetros, 5.87 cinco metros ochenta y siete centímetros,
5.99 cinco metros noventa y nueve centímetros, 5.93 cinco metros
noventa y tres centímetros, 6.07 seis metros siete centímetros, 11.92
once metros noventa y dos centímetros, 6.02 seis metros dos
centímetros, 11.73 once metros setenta y tres centímetros, 6.12 seis
metros doce centímetros, 6.10 seis metros diez centímetros, 9.33
nueve metros treinta y tres centímetros, 6.64 seis metros sesenta y
10 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
cuatro centímetros, 12.82 doce metros ochenta y dos centímetros,
0.50 cero punto cincuenta centímetros, 3.26 tres metros veintiséis
centímetros, 9.62 nueve metros sesenta y dos centímetros, 12.26
doce metros veintiséis centímetros, 2.14 dos metros catorce
centímetros, 19.20 diecinueve metros veinte centímetros, 5.95 cinco
metros noventa y cinco centímetros, 12.11 doce metros once
centímetros, 6.03 seis metros tres centímetros, 12.87 doce metros
ochenta y siete centímetros, quiebra al este en 5.01 cinco metros un
centímetro, quiebra de sur a norte en 11.93 once metros noventa y
tres centímetros, quiebra al oeste en 2.99 dos metros noventa y
nueve centímetros, y quiebra por último en línea de sur a norte en 5.96
cinco metros noventa y seis centímetros, con propiedad privada.
Noroeste línea que parte de suroeste a noreste en 4.86 cuatro
metros ochenta y seis centímetros, 10.09 diez metros nueve
centímetros, 8.04 ocho metros cuatro centímetros, 18.06 dieciocho
metros seis centímetros, 5.88 cinco metros ochenta y ocho
centímetros, y 9.34 nueve metros treinta y cuatro centímetros, con
propiedad privada y calle Valle de San Raúl. SEGUNDO.- La
autorización estará sujeta al cumplimiento de las condicionantes que
como anexo único se adjuntan al presente, mismas que forman parte
integral del presente acuerdo. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Se
autoriza el uso de suelo para Estación de Servicio de Gasolina y/o
Diesel al inmueble ubicado en Avenida Olímpica esquina Boulevard
Delta número 1501 colonia Praderas de Agua Azul, con una superficie
de 597.27 M2., el cual mide y linda: Al norte 27.77 metros con resto del
predio; al sur 16.32 metros con Avenida Olímpica y 17.79 metros de
pancoupé de Avenida Olímpica con Boulevard Delta; al oriente 16.33
metros con Boulevard Delta; y al poniente en dos líneas de norte a sur
en 12.57 metros con resto del predio y 4.99 metros con resto del
predio. Superficies, medidas y colindancias que quedan sujetas al
deslinde en campo que al efecto practique la Dirección General de
Urbanismo. SEGUNDO.- La autorización referida en el punto de
acuerdo anterior queda condicionada a que el inmueble objeto del
cambio de uso del suelo, cumpla con lo siguiente: 1.- Normatividad
11 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
aplicable en materia de Uso del Suelo y Construcción. 2.- Resolución
de Impacto Ambiental emitida por la Dirección General de Protección
al Ambiente. 3.- Visto Bueno emitido por el H. Cuerpo de Bomberos.
4.- Dictamen Vial emitido por la Dirección General de Movilidad.
TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Dirección General de
Urbanismo para que por conducto de la Dirección de Control del
Desarrollo, informe del contenido del presente Acuerdo al
representante legal de “AKAPANA”, S.A. de C.V. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. De igual
forma, la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura a un
dictamen del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agrega al apéndice del acta),
por mayoría con dos votos en contra emitidos por los CC. Regidores
Lic. María Teresa Palomino Ramos y José Gilberto Moreno Fuentes,
se toma el siguiente acuerdo: 1.- PRIMERO.- Se autoriza la
adquisición en propiedad para la ejecución del proyecto denominado
Plaza Expiatorio, de los cuatro inmuebles que se describen en el
anexo 1, el cual forma parte del presente acuerdo; bajo el acto jurídico
que resulte idóneo; así mismo, se autoriza cubrir por cada uno de
ellos, las cantidades que aparecen reflejadas en el propio anexo,
según los avalúos comerciales practicados por peritos autorizados,
que de igual manera se agregan al presente instrumento como anexo
2; lo anterior condicionado a que dichos inmuebles se encuentren
libres de gravamen y se cuente con la suficiencia presupuestal
proveniente del Gobierno del Estado con destino al citado proyecto.
SEGUNDO.- Se Instruye y faculta a las Secretarías de Economía y de
Obra Pública, para que realicen todas las gestiones y actos
administrativos necesarios a fin de cumplir con el primer punto de
acuerdo. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal para que
realice los movimientos presupuestales y contables que resulten
necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo, y en su
momento se proceda a dar de alta en el padrón inmobiliario municipal
los inmuebles adquiridos. CUARTO.- Se autorizan todos los actos
jurídicos y administrativos que resulten necesarios para cumplir el
12 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
presente acuerdo de conformidad con la normatividad aplicable,
salvaguardando los intereses del Municipio. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. Así
mismo, la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas Nava, da lectura a unos
dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agregan al apéndice del acta),
por unanimidad mediante votación nominal se toman los siguientes
acuerdos: 2.- PRIMERO.- Se autoriza la desafectación del dominio
público del inmueble ubicado en la calle De los Colines, colonia
Jardines del Valle de esta ciudad, con una superficie de 5,165.20 M2,
(cinco mil ciento sesenta y cinco punto veinte metros cuadrados) que se desmembra de una superficie mayor de 10,658.00 M2 y cuenta
con las medidas y colindancias siguientes: Al nororiente 74.00 mts.,
con calle De los Colines; al surponiente 74.00 mts., con límite del
fraccionamiento; al norponiente 69.80 mts., con resto del predio
propiedad municipal; y al suroriente 69.80 mts., con límite del
fraccionamiento, ahora Boulevard Ibarrilla. La superficie, medidas y
colindancias que se precisan quedarán sujetas al deslinde en campo,
que al efecto realice la Dirección General de Urbanismo. SEGUNDO.- Se autoriza la donación del inmueble descrito en el punto anterior, a
favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Gto., DIF–León, para que forme parte de la
infraestructura de dicho organismo, y que se encuentra destinado
actualmente como oficinas administrativas, donde se ubica un
CENAVI, Centro de Atención para la Violencia Intrafamiliar y un
autolavado. TERCERO.- El bien inmueble donado se revertirá al
Patrimonio Municipal en el caso de que se actualice alguno de los
supuestos aplicables en el artículo 177 A fracciones I y II de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, sujetándose al
procedimiento señalado en el artículo 177 B de dicho ordenamiento
legal. CUARTO.- Se aprueban todos los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para la ejecución del presente
acuerdo; se instruye a la Tesorería Municipal, para que proceda a dar
de baja del padrón de inmuebles, el bien de que se trata. QUINTO.-
13 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato y en la Gaceta del H. Ayuntamiento de
León, para los efectos del Artículo 185 A de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo. 3.- PRIMERO.- Se
autoriza la desafectación del dominio público del inmueble ubicado en
calle Del Cormoran, fraccionamiento Paraíso Real en esta ciudad, con
una superficie de 3,000.32 M2, (tres mil punto treinta y dos metros cuadrados) el cual se desmembra de una superficie mayor de
4,697.46 M2, y cuenta con las medidas y colindancias siguientes: Al norte en línea recta de 26.23 mts., con propiedad particular; al suroriente en línea recta de 117.08 mts., con resto del predio
propiedad municipal; al surponiente en línea recta de 25.55 mts., con
calle Del Cormoran; y al norponiente en línea recta de 120.64 mts.,
con CONALEP. La superficie, medidas y colindancias definitivas,
quedarán sujetas al deslinde en campo, que al efecto realice la
Dirección General de Urbanismo. SEGUNDO.- Se autoriza la donación
del inmueble descrito en el punto anterior, a favor del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, SAPAL, para que se
construya un tanque de almacenamiento de agua potable.
TERCERO.- La construcción de las instalaciones deberán iniciar en un
periodo no mayor de un año y no deberá exceder de dos años,
contados ambos términos a partir de la publicación del presente
acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato; además dicha donación queda condicionada a que se le
dé el uso para el cual fue solicitado. CUARTO.- El bien inmueble
donado se revertirá al patrimonio municipal en el caso de que se
actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 177 A de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, sujetándose al
procedimiento señalado en el artículo 177 B de dicho ordenamiento
legal. QUINTO.- Se aprueban todos los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para la ejecución del presente
acuerdo; y se instruye al Tesorero Municipal para que proceda a dar
de baja en su registro e inventario el bien inmueble de que se trata.
SEXTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del
14 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Gobierno del Estado de Guanajuato y en la Gaceta del H.
Ayuntamiento de León, para los efectos del Artículo 185 A de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. De la
misma manera, el C. Sínd. L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio,
da lectura a un dictamen del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agrega al apéndice del acta),
que contiene la siguiente propuesta: 4.- PRIMERO.- Se aprueba
otorgar en comodato a favor de “Fútbol Soccer Lobos”, S.A. de C.V., el uso y goce temporal del inmueble propiedad municipal, conocido
como Estadio León, ubicado en Blvd. Adolfo López Mateos No. 1810
oriente, colonia La Martinica de esta ciudad, con una superficie de
54,189.31 M2, identificado como fracción “B” en la escritura pública
9,496 de fecha 10 de marzo del 2008, protocolizada ante la fe del Lic.
Sergio Cano Castro, Notario Público Número 10 de este Partido
Judicial de León, con el fin de que se lleven a cabo partidos de fútbol
soccer y las prácticas o entrenamientos respectivos, en los términos
del documento anexo, el cual forma parte integral del presente
instrumento. SEGUNDO.- Se autorizan todos los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para el cumplimiento del
presente acuerdo de conformidad con la normatividad aplicable,
salvaguardando los intereses del Municipio. En uso de la voz la C.
Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, manifiesta que de la
lectura que se dio al dictamen se habla de un contrato de comodato,
por lo que cuestiona los términos del mismo ya que los desconoce
puesto que no pertenece al Comité de Adquisiciones, además, refiere
que si bien está de acuerdo con la celebración de un contrato que da
certeza jurídica, es necesario conocer los términos y condiciones del
mismo a fin de aprobarlo. En intervención el C. Secretario, manifiesta
que eso es materia y función del Comité de Adquisiciones. A lo que la
C. Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, contesta que está de
acuerdo, pero dado que no se ha socializado el documento,
seguramente porque lo vieron en esta misma semana, para ella sí le
resulta importante saber los términos, pues de otra manera sólo lo
15 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
aprobaría en la parte general, por lo que sugiere se proponga a
votación la lectura de los términos y condiciones del contrato. En uso
de la voz el C. Secretario, manifiesta como moción de orden, que de
tenerse que dar lectura a este contrato, en este mismo sentido todos
los contratos de comodato que celebra el municipio también tendrían
que leerse y agrega, que en la sesión anterior se celebró un contrato
de comodato de una pintura y no fue leído, acordándose por el
Ayuntamiento no desafectar la pintura del dominio público, situación
que tampoco acontecería en el caso concreto por tratarse de un bien
que es del dominio privado, pero si así se desea se puede dar lectura
al contrato en cuestión. Al respecto, la C. Regra. Lic. María Teresa
Palomino Ramos, refiere que este asunto ha tenido muchas aristas y
problemas, por lo cual sería irresponsable de su parte aprobar los
términos del convenio sin conocerlos, primero, porque es abogada y
segundo, porque es miembro del Ayuntamiento; por lo tanto, no puede
a ciegas aprobar un contrato del cual no conoce sus condiciones y de
no autorizarse la aprobación de la lectura del mismo en este momento,
ya se votará en consecuencia. En intervención el C. Reg. Lic. Aarón
Soto Martínez, refiere que en aras de ser transparente no ve
inconveniente para que se de la lectura al contrato. A lo que el
Secretario señala que no existe problema si así lo decide el
Ayuntamiento. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila
González, señala que en el sentido que comentan los Regidores
Licenciados María Teresa Palomino Ramos y Aarón Soto Martínez,
sería conveniente que se leyera solo el clausulado para no leer todo el
documento y que ello se realizara como un caso de excepción pues
efectivamente este asunto es coyuntural e importante y solo con la
lectura del clausulado se pueden conocer las condiciones generales.
En uso de la voz el C. Presidente somete a consideración la propuesta
para que se de lectura a las clausulas del contrato materia del
presente dictamen. Propuesta que es aprobada por mayoría con un
voto en contra emitido por el C. Reg. Lic. Sergio Navarro Tejada. Acto
seguido el C. Sínd. L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio,
procede a dar lectura a las cláusulas del contrato de comodato en
cuestión, mismas que en obvio de repeticiones se tienen por
16 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
reproducidas en los términos señalados en el anexo que forma parte
del dictamen que se analiza en este punto. En uso de la voz la C.
Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, solicita se le expliquen los
alcances del párrafo segundo de la cláusula tercera del contrato a la
cual una vez que da lectura comenta que le parece incongruente
porque cómo van a permitir que después de terminado el contrato les
pongan una condición. Al respecto, el C. Presidente menciona que es
durante el tiempo en que va a estar jugando el Club León, propiedad
de Pegasso y si ellos tuvieran una oportunidad en ese tiempo de traer
un equipo de primera lo dan por aprobado. En contestación la C.
Regra. Lic. María Teresa Palomino Ramos, comenta que ahí se refiere
que para el caso de que al término de este instrumento no suba el
equipo se dará tal o cual condición, pero ella se refiere a que sí ya se
terminó el contrato como van a poder establecer una obligación futura.
En ese sentido, el C. Secretario refiere que se establece al final del
segundo párrafo que está sujeto a la celebración del acto jurídico que
se acuerde, es decir, ya se terminó el convenio y si no suben y no
traen otro equipo, el Municipio tiene la facultad de traer otro equipo de
primera división y ellos podrán seguir jugando si así se acordara en un
contrato siguiente, en un contrato nuevo y la parte fundamental es que
se tiene la facultad de traer un equipo de primera división para jugar,
en caso de que ellos no lo traigan. En intervención la C. Regra. Lic.
María Teresa Palomino Ramos, señala que en el dictamen se
establece que se faculta a la Secretaría para realizar los cambios de
redacción y estilo, por lo que solicita que la involucren para platicar
más sobre esta situación, porque ella tiene la idea de si se trata de
una condición suspensiva o resolutoria y en todo caso ella lo
plasmaría bajo esa condición en el propio contrato, de acuerdo al
Código Civil; ello por cuestión de tiempo, a fin de no retrasar más este
asunto. Sobre el particular, el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González,
refiere que la duda que planteó la C. Regra. Lic. María Teresa
Palomino Ramos, fue la misma que él manifestó en la sesión del
propio Comité, ya que también desde su punto de vista creé que se
pudiera estar pactando una condición que tendría efectos jurídicos
más allá del contrato, pues le parece que están poniendo inscrito las
17 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
bases para una prorroga tácita del propio contrato en la forma en que
está redactado y por eso era la duda de la C. Regra. Lic. María Teresa
Palomino Ramos; agrega, que si bien él en el Comité dio su voto a
favor de este contrato, fue porque creé que es el momento de que le
den certeza jurídica a este acto, pero insiste que este es un punto que
a él también le genera confusiones y no obstante que el Lic. Luis
Pérez Romero, Director General de Gobierno estuvo con ellos en la
Comisión en donde se discutió ampliamente el asunto el día que se
sometió a votación, no quedó del todo convencido y sigue teniendo la
misma duda, pero creé que lo más sano es que se celebre el acto
jurídico y se tenga la certeza en esta ocasión dando el visto bueno
para el comodato. Al respecto, la C. Sínd. Profra. Leticia Villegas
Nava, comenta que está de acuerdo con la C. Regra. Lic. María
Teresa Palomino Ramos, pues si el espíritu del contrato es uno
determinado, pero queda alguna duda en cuanto a la terminología y su
redacción, se tendrá que plasmar de forma clara y sin lugar a dudas.
Acto seguido, el C. Presidente somete a consideración el presente
asunto, mismo que es aprobado por mayoría calificada mediante
votación nominal, con un voto en contra emitido por la C. Sínd. Profra.
Leticia Villegas Nava. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. Igualmente, el C. Sínd. L.A.E.
Juan Eusebio Olague Riva Palacio, da lectura a un dictamen del
Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios, relacionados con Bienes Muebles e
Inmuebles del Municipio, (se agrega al apéndice del acta), por
unanimidad mediante votación nominal se toma el siguiente acuerdo:
5.- PRIMERO.- Se autoriza la desafectación del dominio público del
inmueble propiedad municipal, ubicado en la calle Magna esquina con
calle Esquisito del fraccionamiento Pedregales de Echeveste de
esta ciudad, con una superficie de 2,445.69 M2, (dos mil cuatrocientos
cuarenta y cinco punto sesenta y nueve metros cuadrados) con las
medidas y colindancias siguientes: Al norponiente línea en dos
tramos de surponiente a nororiente inicia en 15.35 mts., con calle
Esquisito y termina en línea curva de 4.47 mts., con la intersección
que forman las calles Esquisito y Magna; al suroriente 50.80 mts.,
18 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
con escuela primaria; al nororiente 67.25 mts., con calle Magna; y al surponiente 78.59 mts., con límite del fraccionamiento. La superficie,
medidas y colindancias que se precisan, quedarán sujetas al deslinde
en campo, que al efecto realice la Dirección General de Urbanismo.
SEGUNDO.- Se autoriza la donación del inmueble descrito en el
punto anterior a favor de la “Asociación Leonesa de la Familia del Niño”, A.C., con el fin de que realice la construcción de una casa
hogar que resguarde a niños que así lo requieran. TERCERO.- La
construcción de las instalaciones deberán iniciar en un periodo no
mayor de un año y no deberá exceder de dos años, contados ambos
términos a partir de la publicación del presente acuerdo en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato; además dicha
donación queda condicionada a que se le dé el uso para el cual fue
solicitado. CUARTO.- El bien inmueble donado se revertirá al
patrimonio Municipal en el caso de que se actualice alguno de los
supuestos previstos en el artículo 177 A de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, sujetándose al procedimiento señalado
en el artículo 177 B de dicho ordenamiento legal. QUINTO.- Se
aprueban todos los actos jurídicos y administrativos que resulten
necesarios para la ejecución del presente acuerdo; y se instruye al
Tesorero Municipal para que proceda a dar de baja en su registro e
inventario el bien inmueble de que se trata. SEXTO.- Publíquese el
presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato y en la Gaceta del H. Ayuntamiento de León, para los
efectos del Artículo 185 A de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. Una vez que la C. Regra. Lic.
Hortensia de la Concepción Orozco Tejada, da lectura a unos
dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agregan al apéndice del acta),
por unanimidad mediante votación nominal se toman los siguientes
acuerdos: 6.- PRIMERO.- Se autoriza la desafectación del dominio
público del inmueble ubicado entre la calle Machu Pichu y el andador
Cajamarca de la colonia Popular Inca en esta ciudad, con una
19 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
superficie de 1,623.52 M2 (mil seiscientos veintitrés punto cincuenta y dos metros cuadrados), con las medidas y colindancias
siguientes: Al norte 22.25 mts., con lotes 7 al 10 de la Manzana 11;
al sur 30.44 mts., con propiedad privada; al oriente 62.00 mts.,
con lote 17 de la Manzana 1, andador Cajamarca, lotes 15 y 5 de la
Manzana 2, y calle Machu Pichu; y al poniente 61.55 mts., con límite
del fraccionamiento, y con las calles Alcocer y Rómulo Figueroa del
fraccionamiento Constituyentes de Guanajuato. La superficie, medidas
y colindancias definitivas, quedarán sujetas al deslinde en campo, que
al efecto realice la Dirección General de Urbanismo. SEGUNDO.- Se
autoriza la donación del inmueble descrito en el punto anterior, a favor
de Gobierno del Estado de Guanajuato, con destino a la Secretaría de Educación para que se construya un jardín de niños. TERCERO.- La construcción de las instalaciones deberán iniciar en un periodo no
mayor de un año y no deberá exceder de dos años, contados ambos
términos a partir de la publicación del presente acuerdo en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato; además dicha
donación queda condicionada a que se le dé el uso para el cual fue
solicitado. CUARTO.- El bien inmueble donado se revertirá al
patrimonio municipal en el caso de que se actualice alguno de los
supuestos previstos en el artículo 177 A de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, sujetándose al procedimiento señalado
en el artículo 177 B de dicho ordenamiento legal. QUINTO.- Se
aprueban todos los actos jurídicos y administrativos que resulten
necesarios para la ejecución del presente acuerdo; y se instruye al
Tesorero Municipal para que proceda a dar de baja en su registro e
inventario el bien inmueble de que se trata. SEXTO.- Publíquese el
presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato y en la Gaceta del H. Ayuntamiento de León, para los
efectos del Artículo 185 A de la Ley Orgánica Municipal para el Estado
de Guanajuato. Autorización que se otorga en los términos y
condiciones del dictamen respectivo. 7.- PRIMERO.- Se autoriza la
desafectación del dominio público del inmueble ubicado entre las
calles Molino de Agua, Molino de León, Molino del Pípila y Molino de la
Independencia del fraccionamiento Paseos del Molino, con una
20 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
superficie de 10,613.38 M2 (diez mil seiscientos trece punto treinta y ocho metros cuadrados), con las medidas y colindancias
siguientes: Al nororiente en dos tramos que partiendo de nororiente a
suroriente en línea recta 42.013 mts., y termina en línea curva
(pancoupé) de 9.42 mts., lindando con la calle Molino de León; al suroriente en dos tramos que partiendo de suroriente a surponiente
en línea recta 149.70 mts., y termina en línea curva (pancoupé) de
9.42 mts., lindando con la calle Molino de Pípila; al surponiente en
dos tramos que partiendo de surponiente a norponiente en 59.00 mts.,
y termina en línea curva (pancoupé) de 9.42 mts., lindando con la calle
Molino de la Independencia; y al norponiente en tres tramos que
partiendo de norponiente a nororiente en línea recta 62.64 mts.,
quiebra en línea recta de 89.80 mts., terminando en línea curva
(pancoupé) de 8.32 mts., lindando con la calle Molino de Agua. La
superficie, medidas y colindancias definitivas, quedarán sujetas al
deslinde en campo, que al efecto realice la Dirección General de
Urbanismo. SEGUNDO.- Se autoriza la donación del inmueble descrito
en el punto anterior, a favor de Gobierno del Estado de Guanajuato,
con destino a la Secretaría de Educación, para que se construya una
escuela secundaria. TERCERO.- La construcción de las instalaciones
deberán iniciar en un periodo no mayor de un año y no deberá exceder
de dos años, contados ambos términos a partir de la publicación del
presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato; además dicha donación queda condicionada a que se le
dé el uso para el cual fue solicitado. CUARTO.- El bien inmueble
donado se revertirá al patrimonio municipal en el caso de que se
actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 177 A de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, sujetándose al
procedimiento señalado en el artículo 177 B de dicho ordenamiento
legal. QUINTO.- Se aprueban todos los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para la ejecución del presente
acuerdo; y se instruye al Tesorero Municipal para que proceda a dar
de baja en su registro e inventario el bien inmueble de que se trata.
SEXTO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato y en la Gaceta del H.
21 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Ayuntamiento de León, para los efectos del Artículo 185 A de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. Después
de que el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González, da lectura a unos
dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agregan al apéndice del acta),
por unanimidad mediante votación nominal se toman los siguientes
acuerdos: 8.- PRIMERO.- Se autoriza desafectar del dominio público
del Municipio, la superficie de 2.25 M2 (dos punto veinticinco metros
cuadrados) contigua al inmueble señalado con el # 431 de la Avenida
Paseo del Moral esquina con Boulevard Campestre del
fraccionamiento Jardines del Moral de esta ciudad, con las siguientes
medidas y colindancias: Al norte 1.50 mts., con Avenida Paseo del
Moral; al sur 1.50 mts., con Avenida Paseo del Moral; al oriente 1.50
mts., con Avenida Paseo del Moral; y al poniente1.50 mts., con
propiedad de “Inmoventas”, S.A. de C.V. SEGUNDO.- Se autoriza la
venta fuera de subasta pública del inmueble descrito en el punto
anterior a favor del C.P. Jorge Carlos Obregón Serrano, por la
cantidad de $12,700.00 (DOCE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100
M.N.), misma que deberá cubrir en una sola exhibición a partir del día
siguiente en que se emita la certificación del presente acuerdo.
TERCERO.- Se autoriza la celebración de los actos jurídicos y
administrativos que resulten necesarios para el cumplimiento del
presente acuerdo; así mismo se instruye al Tesorero Municipal, para
que lleve a cabo el cumplimiento del punto que antecede y proceda en
su momento a dar de baja en su registro e inventario el bien inmueble
de que se trata al momento que resulte. CUARTO.- Publíquese el
presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en
la Gaceta del H. Ayuntamiento, para los efectos del artículo 185 A de
la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y 62 F del
Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e
Inmuebles para el Municipio de León, Guanajuato. Autorización que se
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. 9.-
22 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
PRIMERO.- Se autoriza desafectar del dominio público del Municipio,
el bien inmueble que formó parte del predio rústico denominado
Hacienda de Pompa, ahora ubicado en Boulevard Hermanos Aldama y
prolongación Boulevard Pompa, con una superficie de 316.94 M2,
(trescientos dieciséis punto noventa y cuatro metros cuadrados),
mismo que se desmembra de una superficie mayor de 1,275.78 M2 y
que cuenta con las siguientes medidas y colindancias: Al norte 8.709
mts., con prolongación del Boulevard Pompa (en proyecto); al sur 0.37
mts., con propiedad municipal; al sureste 72.207 mts., con propiedad
de la C. María de Lourdes Mena Franco; y al poniente 70.774 mts.,
con restricción de canal de aguas pluviales. SEGUNDO.- Se autoriza
la venta fuera de subasta pública del inmueble descrito en el punto
anterior, a favor de C. María de Lourdes Mena Franco, también
conocida como Ma. de Lourdes Mena Franco, en un precio de
$164,500.00 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad que deberá cubrir en una sola
exhibición al día siguiente en que se emita la certificación
correspondiente, condicionada a que toda construcción que pretenda
realizar en la superficie a adquirir, cuente previamente con el visto
bueno del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Público de León, SAPAL, toda vez que dicho organismo es el que da
mantenimiento a las tuberías del drenaje existentes en dicha
superficie, lo que deberá constar en la escritura pública
correspondiente. TERCERO.- Se aprueba la celebración de los actos
jurídicos y administrativos que resulten necesarios para el
cumplimiento del presente acuerdo; así mismo, se instruye al
Tesorero Municipal, para que lleve a cabo el cumplimiento del punto
segundo de este acuerdo y proceda en su momento a dar de baja en
su registro e inventario el bien inmueble de que se trata. CUARTO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en la
Gaceta del H. Ayuntamiento, para los efectos del artículo 185 A de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y 62 F del
Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e
Inmuebles para el Municipio de León, Guanajuato. Autorización que se
23 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. De igual
forma, el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez, da lectura a otros
dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios, relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Municipio, (se agregan al apéndice del acta),
por unanimidad mediante votación nominal se toman los siguientes
acuerdos: 10.- PRIMERO.- Se aprueba donar a la Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León, Guanajuato, 7 siete
vehículos de motor, los cuales se describen en el anexo que forma
parte integral del presente acuerdo, con el fin de facilitar la función y
administración de las 67 minideportivas en el Municipio, las cuales
tiene a su cargo, y así colaborar en el cumplimento del objeto que el
organismo persigue. SEGUNDO.- Los bienes donados se revertirán al
patrimonio municipal, en caso de que se actualice cualquiera de los
supuestos que establece el artículo 177-A fracciones I y II de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, sujetándose al
procedimiento que establece el artículo 177-B de la ley en cita.
TERCERO.- Se autoriza la baja del padrón de bienes municipales los
vehículos a que se refiere el punto primero, y se instruye a la
Tesorería Municipal para que realice los trámites y gestiones
necesarias para cumplir con el presente acuerdo. CUARTO.- A fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 185-A de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se ordena la
publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado, así como en la Gaceta del H. Ayuntamiento. Autorización
que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.
11.- PRIMERO.- Se autoriza la enajenación en subasta pública de los
50 cincuenta vehículos de motor que se describen en el anexo número
1, al precio de venta propuesto en el mismo documento que forma
parte integral del presente acuerdo. SEGUNDO.- Se instruye al Comité
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de
Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Municipio
de León, Guanajuato, para que por conducto de su Secretario
Ejecutivo, desahogue el proceso de la venta en los términos del
Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
24 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Contratación de Servicios relacionados con Bienes Muebles e
Inmuebles para el Municipio de León, Guanajuato. TERCERO.- Se
autoriza para que en el momento que resulte oportuno, se den de baja
del padrón de bienes municipales, los vehículos de motor a que se
refiere el presente acuerdo y en caso de proceder, la desafectación de
los mismos. CUARTO.- Publíquese el presente acuerdo en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado para los efectos del artículo
185 A de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, así
como en la Gaceta Municipal. Autorización que se otorga en los
términos y condiciones del dictamen respectivo.
En el punto VII del Orden del Día, Asuntos Generales. En uso de la
voz el C. Reg. Lic. Sergio Navarro Tejada, menciona que tiene dos
asuntos, el primero, relacionado con las inundaciones suscitadas en la
ciudad, por lo que propone se solicite al Comité de Prevención de
Inundaciones rinda un informe a la fecha, de las actividades realizadas
en prevención y como corrección por el período de lluvias; en donde
se precise el número de reuniones realizadas, las fechas en que se
llevaron a cabo, la relación de los proyectos de obra con sus
porcentajes de avance, las acciones a realizarse y sus porcentajes de
avance; además de un diagnóstico de la situación que guarda el
Municipio en ese respecto; lo anterior, en razón de que si bien saben
que algunas inundaciones se dieron por situaciones de fuerza mayor
debido a las intensas lluvias, también se tiene conocimiento de
algunos casos en los cuales se responsabiliza al SAPAL o a Obra
Pública, por lo cual se debe informar las causas de las inundaciones y
si existen responsables, pues como se tiene conocimiento hubo
pérdidas materiales en algunas colonias de la periferia, como por
ejemplo Villas de San Juan; agrega, que se debe revisar la recepción
de las obras, si son correctos los niveles de las calles y de los
registros de las coladeras ya que en algunos noticieros se señalaba
que éstos estaban por encima del nivel de la calle. Acto seguido el C.
Presidente Municipal somete a consideración la anterior propuesta, la
cual es aprobada por unanimidad. De igual manera el C. Reg. Lic.
Sergio Navarro Tejada, menciona que el otro asunto tiene que ver con
25 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
que se haga una recomendación por parte del Ayuntamiento a la
Secretaría de Seguridad Pública, para que el próximo domingo en el
partido que habrá en el estadio León, se refuerce la seguridad y se
den instrucciones precisas para actuar con prudencia por parte de las
autoridades, pero también con firmeza para evitar el vandalismo,
puesto que hay algunos jóvenes que se dicen porristas, pero más bien
son “camorristas”, pues han tenido actuaciones vergonzosas, tal es el
caso del partido realizado en la ciudad de Zapopan el fin de semana
pasada. En otro orden de ideas, el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez,
refiere que en materia de la Ley del Deporte y Cultura Física del
Estado, la ley faculta al Ayuntamiento como autoridad deportiva y
dentro de las facultades que le otorgan están la de celebrar convenios
para el desarrollo del mismo deporte, con la Federación, el Estado y
los Municipios; por lo que su propuesta consiste en que puedan
facultar a la COMUDE para que celebre convenios con otros
Municipios del Estado, a efecto de seguir cumplimentando el
Programa y Proyecto Emblema que es la Activación Física y de esa
manera se puedan realizar un sinfín de actividades con otros
municipios. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Fernando Ávila González,
manifiesta que todo lo que fortalezca al deporte es positivo, pero que
le queda la duda de sí al ser la COMUDE una paramunicipal con
personalidad jurídica y patrimonio propio, requiere la autorización del
Ayuntamiento. En respuesta el C. Reg. Lic. Aarón Soto Martínez,
contesta que sí, puesto que la facultad en materia de deportes es del
Ayuntamiento y sólo el Consejo del Estado es el que tiene facultades
aún y cuando es independiente, pero en el caso de las COMUDES sí
se requiere el aval de los Ayuntamientos para estas circunstancias,
agrega que lo que propone es que el Ayuntamiento le reconozca a la
COMUDE el valor de participar e intercambiar con otros municipios
mediante la celebración de convenios, lo cual obviamente sólo sería
en materia deportiva, ya que no están hablando de recursos o de
ninguna otra circunstancia. En intervención el C. Secretario, manifiesta
que es facultad del Presidente Municipal y del Secretario del
Ayuntamiento el firmar los convenios, por lo cual la COMUDE firmaría
como parte integrante del propio convenio en el caso de que se
26 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
autorizara por este Ayuntamiento el celebrarlos. Acto seguido el C.
Presidente somete a consideración la anterior propuesta, misma que
es aprobada por unanimidad. En uso de la voz el C. Reg. Lic. Aarón
Soto Martínez, refiere que los hechos que sucedieron anoche deben
hacerlos reflexionar en cuestión de seguridad pública, pues ya se han
dado cuenta que esta materia no es única y exclusivamente
responsabilidad de la autoridad, por lo tanto hace una invitación a que
cierren filas en ese entorno para que León siga siendo una ciudad
tranquila; refiere además que la seguridad pública es de todos los días
y exhorta a la sociedad para que cada uno haga el trabajo que les
corresponda.
Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la sesión a las 15’29
quince horas veintinueve minutos del día de su fecha. Se levanta la
presente acta para constancia. Damos fe.
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
L.A.E. Vicente Guerrero Reynoso Lic. Francisco de Jesús García León
SINDICOS:
Profra. Leticia Villegas Nava L.A.E. Juan Eusebio Olague Riva Palacio
REGIDORES:
Lic. Carlos Ramón Romo Ramsden Lic. Hortensia de la Concepción Orozco Tejada
Lic. Ma. Esther Hernández Becerra Sr. Gabriel Villagrana García
Lic. José María Arias Rangel Sr. Arturo Ureña Ramos
Lic. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo Lic. Sergio Navarro Tejada
27 Documento publicado para fines de consulta.- Para usos legales deberá obtener copia certificada expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento en los términos señalados por el artículo 112 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Lic. María Teresa Palomino Ramos Lic. Fernando Ávila González
Sr. José Gilberto Moreno Fuentes Lic. Aarón Soto Martínez
Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha 11 de septiembre del 2008.