elementos impuestos

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INTRODUCCION En esta unidad se hablará de los instrumentos para el cumplimiento de las contribuciones, lo cual un instrumento es una herramienta de lo que nos servimos para conseguir un objeto, un fin determinado en este caso para lograr obtener los recursos necesarios que necesita el estado para las mejoras públicas. Hacienda se encarga de la recaudación de los impuestos a través de varias obligaciones que nos impone a pagar para nuestro propio beneficio. Esta misma Secretaría nos informa de diferentes formas la manera en que se nos va a recabar dichos impuestos y lo hace de manera clara y precisa, esto es para que no nos quede alguna duda de cómo hacer la declaración de impuestos y en caso de que nos quedara alguna duda, podemos acudir al miso establecimiento teniendo ahí personal capacitado para la atención ciudadana. En la actualidad estas contribuciones deben de tener fundamento jurídico en la ley, y las hacemos de una manera “voluntaria-obligatoria”, teniendo así una obligación de cumplir pagando a HACIENDA por los servicios públicos que nos ofrece, un

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HACIENDA Y SUS ELEMENTOS

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ELEMENTOS INSTRUMENTALES DE LAS CONTRIBUCIONES

INTRODUCCIONEn esta unidad se hablar de los instrumentos para el cumplimiento de las contribuciones, lo cual un instrumento es una herramienta de lo que nos servimos para conseguir un objeto, un fin determinado en este caso para lograr obtener los recursos necesarios que necesita el estado para las mejoras pblicas.

Hacienda se encarga de la recaudacin de los impuestos a travs de varias obligaciones que nos impone a pagar para nuestro propio beneficio. Esta misma Secretara nos informa de diferentes formas la manera en que se nos va a recabar dichos impuestos y lo hace de manera clara y precisa, esto es para que no nos quede alguna duda de cmo hacer la declaracin de impuestos y en caso de que nos quedara alguna duda, podemos acudir al miso establecimiento teniendo ah personal capacitado para la atencin ciudadana.

En la actualidad estas contribuciones deben de tener fundamento jurdico en la ley, y las hacemos de una manera voluntaria-obligatoria, teniendo as una obligacin de cumplir pagando a HACIENDA por los servicios pblicos que nos ofrece, un porcentaje por determinados bienes o ciertas riquezas que tenemos.

Con el presente trabajo, entenderemos un poco ms acerca de cmo funciona dicha dependencia en cuanto a la recaudacin de impuestos.

RESUMEN

REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Y DEMAS OBLIGACIONES: Este es un punto muy importante el cual al hablar de un registro es reconocer que tenemos una obligacin con alguien ms, en este caso es el estado, el cual se encarga de recordarnos el compromiso que tenemos con l mismo a travs de nuestros impuestos; El Registro Federal de los contribuyentes equivale al control de la Secretara de Hacienda hacia los ciudadanos, tanto para exigir como para vigilar el cumplimiento de las mismas.Para dicho registro es necesaria la asignacin de una clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la cual es nica para la inscripcin, la cual debe contener 10 caracteres, la de las personas Morales contienen 3 letras y 6 dgitos y las personas Fsicas 4 letras y 6 dgitos; una vez asignada la clave a 10 dgitos, la autoridad fiscal generar dos para la clave diferenciadora de homonimia y una para el dgito verificador. La clave completa consta de 13 posiciones. REGISTRO Y CONTROL DE VEHICULOS: Cabe mencionar que pagamos impuestos de diferentes maneras, una de ella es a travs de nuestros vehculos, en la siguiente direccin de internet: http://www.pagafacil.gob.mx/pagafacil/faq-cv.html, se muestra de manera sencilla los pasos a seguir para el registro de nuestros automviles y los requisitos de los mismos tanto para personas Morales como Fsicas, por mencionar algunos: Datos del vehculo, marca, modelo, ao, nmero de cilindros, origen o procedencia, nmero de motor, nmero de placa, entre otros.El Registro Nacional de Vehculos se encuentra fundamentado en la Ley, como lo hemos mencionado en temas anteriores, si no existe fundamentacin es imposible que el Estado te forc a contribuir.

Como padrn de registro de los habitantes a una entidad administrativa contamos con diferentes tipos los cuales son:

Al momento de declarar nuestros impuestos es necesario guardar nuestros comprobantes ya que el Cdigo Fiscal de la Federacin (CFF), exige esa medida de precaucin en caso de alguna anomala que se pudiese presentar, al momento de contar con nuestro registro completo ante la SHCP, es necesario tenerlo a la mano en caso de ser requerido o de que la misma dependencia realice una visita al negocio.Para esto es necesario revisar que nuestra documentacin al momento de ser impresa traiga todos nuestros datos correctos, algunos de los datos que nos exige la SHCP para la inscripcin son:

Contener impreso el nombre, denominacin, razn social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida.

Contener impreso el nmero de folio.

Lugar y fecha de expedicin.

Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Entre otros.Es recomendable que se contrate a una persona especializada para no cometer errores al momento de hacer nuestras declaraciones ante dicha dependencia, habiendo oficinas autorizadas por la Secretara para exentar impuestos.Algunos auxiliares de la administracin fiscal son:

La declaracin de impuestos es un mandato que hace la autoridad por decreto de la misma Ley; se deben de hacer de manera oficial y en la actualidad todo es electrnico, es decir a travs de internet se rinden dichas declaraciones y se deben de hacer de manera peridica, realizndose en las oficinas que autorice la SHCP, esta dependencia est obligada a:1. Recibir las declaraciones como se exhiban

2. En caso de omitir una declaracin, informar al contribuyente

3. Presentar avisos y solicitudes complementarios

4. Si no seala plazo, se tendr por establecidos 15 das al hecho que se trate.

La SHCP cuenta con dos tipos de declaraciones, las cuales son informativas y complementarias, en las primeras llevara el registro de los contribuyentes y en las segundas podrn ser modificadas hasta 3 veces siempre y cuando no haya incremento de ingresos, disminucin o deduccin variablemente de impuestos y otros.

La determinacin de las contribuciones las pueden hacer los mismos contribuyentes dndosele a esto el nombre de autodeterminacin impositiva, dentro de esta autodeterminacin tenemos:

La competencia de las Autoridades Fiscales es la de determinar, cobrar y administrar los ingresos Pblicos, lo cual se le exige que tengan un trato armnico con los particulares, ya que se puede decir que los beneficios deben ser recprocos.

Las facultades del Ejecutivo Federal = Presidente, aplicar el derecho como instrumento de cambio para mejorar la calidad de vida del ser humano, intervencin en la economa, polticas de comercio y financiera entre otros; las facultades del ejecutivo federal en el mbito estrictamente fiscal son:

1. Presentar iniciativas de leyes

2. Formular iniciativa de Ley de ingresos

3. Preparar y presentar proyectos de presupuesto de egresos federales.

4. Establecer la poltica fiscal que aplicara la SHCP, la cual establece diferentes actividades como:a) Proyectar y coordinar la planeacin, el desarrollo, los ingresos

b) Estudiar y formular los proyectos de leyes

c) Vigilar, organizar, planear el sistema bancario

d) Organizar y dirigir los servicios aduanales, etc.

Como la SHCP no puede a la vez estar gestionando a todos los ciudadanos la autoridad administrativa les comparte responsabilidades, las cuales a travs de tcnicas legales les atribuye competencia; esta creacin de autoridades puede hacerse de dos maneras, las cuales son:

Que la misma ley les de existencia

Mediante facultad reglamentaria que tiene el ejecutivo federalEstas tcnicas consisten en delimitar con exactitud la materia de que se trate, un claro ejemplo lo tenemos en la comprobacin, que su principal funcin es la de realizar visitas domiciliarias, la recaudacin: dedicada principalmente a recibir avisos, declaraciones entre otros por mencionar algunos; como autoridades competentes para la administracin fiscal tenemos las siguientes:FEDERAL: SHCP, SAT

ESTATAL: Secretara de Finanzas o su homloga

DISTRITO FEDERAL: Secretara de Finanzas o su Tesorera

MUNICIPALES: Tesorera Municipal

Existen por otro lado tambin los organismos autnomos los cuales son para el beneficio Pblico, teniendo derechos y obligaciones como todo en derecho, un ejemplo de estos organismos son:

Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)

Los patrones tienen obligaciones segn la Ley del Seguro Social, entre las cuales esta registrar al trabajador, comunicar sus altas o bajas, determinar cuotas obrero-patronales, permitir inspecciones o visitas domiciliarias, etc.Los patrones tienen obligaciones de registrar a sus trabajadores en el INFONAVIT, realizar las aportaciones a dicha dependencia, llevar a cabo los descuentos de sus trabajadores de sus salarios segn la Ley correspondiente, etc.

COLABORACIN ADMINISTRATIVA ENTRE AUTORIDADES FISCALES EN EL PLANO INTERNACIONAL Y EN EL DERECHO INTERNO

Al relacionarnos con el derecho internacional y el derecho interno a veces suele darse una confusin que nos conlleva a la doble tributacin, esto es debido a que las naciones tienen el deseo de cobrar tributaciones a los extranjeros, el organismo que regula esta doble tributacin es regido por La Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) surgiendo convenios bilaterales entre los Estados, a travs del tiempo se han venido haciendo estudios para que la doble tributacin no sea empleada llevndose a cabo jornadas de derecho tributario internacional para evitarlas, mismas que se encargan del estudio de la doble imposicin internacional, dndoles una solucin mediante firmas de tratados; quedando de este modo las autoridades competentes para intercambiar informacin relativa a cualquier impuesto, estando esta informacin de manera confidencial entre los particulares que firmaron los acuerdos.

Cabe mencionar que en 1990 Mxico y Estados Unidos firm un acuerdo para el intercambio de informacin tributaria mediante el cual el objetivo es facilitar la el intercambio de informacin con relacin a la recaudacin de impuestos, brindndose asistencia mutua para cualquier cuestin relevante, esto con el fin de no cobrar doble tributacin, en el cual se desglosaban los impuestos comprendidos que se iban a realizar, definindose los conceptos de autoridad competente, nacional, persona, impuesto, entre otros establecindose las facultades que ambos estados tenan.

A continuacin se hace mencin de los convenios de colaboracin administrativa entre autoridades fiscales federales y las de entidades federativas y municipios: ley de coordinacin fiscal, reglamento del artculo 9 de la ley citada, leyes estatales de coordinacin fiscal.

CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES INSTRUMENTALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONESEl Artculo 27 del Cdigo Fiscal de la Federacin hace mencin de los requisitos que se necesitan para el registro de los contribuyentes, tanto de personas fsicas como Morales o extranjeros, para la presentacin de declaraciones se deben utilizar formas autorizadas por la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, notificando a dicho establecimiento todos los cambios que se hagan, si son Sociedades o cambio de nombre, denominacin social, etc. Al momento de quedar inscrito se les dar una serie de requisitos que deben de cumplir para la expedicin de facturas y otro tipo de recibos, teniendo que cumplir con todos y cada uno de ellos para que sea vlido dicho documento, quedando desde ese momento obligadas a contribuir con el gasto pblico conforme a las leyes fiscales respectivas, como lo es obligacin de comprobar los hechos, facturar, determinacin de la contribucin entre otros. Por otro lado cabe mencionar que para la correcta comprobacin de los elementos esenciales de la causacin de las contribuciones y determinarlas, es posible que se puedan presentar de varias posibilidades unas de ellas son las visitas domiciliarias, (para que sean legales deben de presentar una serie de requisitos) revisin de Gabinete, inspeccin de instalaciones, etc.