el seguro de vida riesgo especial para las ffaa y fcse
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El Seguro de Vida Riesgo especial para las FFAA y FCSE. Gestión de Riesgos Militares División Militar de Consulting Europeo de Riesgos. AVISO IMPORTANTE. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
© Consulting Europeo dE Riesgos – PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL
El Seguro de Vida Riesgo especial para las FFAA y FCSE
Gestión de Riesgos MilitaresDivisión Militar de Consulting Europeo de Riesgos
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AVISO IMPORTANTE
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Objetivos del SEGURO DE VIDA:
•Compensar la pérdida económica que sufre:1. Un individuo cuando deja de percibir una
remuneración por su actividad laboral (debido a una invalidez o una incapacidad) o
2. La familia cuando fallece uno de los progenitores
•Complementar los capitales que ofrece el Seguro Colectivo de las FFAA y el RD 8/2004 a través del Ministerio de Defensa
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Seguros Mº DEFENSA para el personal FFAA
SegurosFallecimien
to
Doble Capital:
Fallecimiento por
ACCIDENTE
Invalidez Permanente y Absoluta
(IPA)
Doble capital: IPA por
ACCIDENTE
Incapacidad Permanente
por ACCIDENTE
(total y parcial)
Prima Cía
Colectivo FFAA
23.200 € 46.400 € Gratuito Generali
Real Decreto Ley 8/2004
140.000 € 96.000 € 48.000 €36.000 €
Gratuito Estado
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Seguros de Vida: otros seguros comparados
SegurosFallecimien
to
Doble Capital:
Fallecimiento por
ACCIDENTE
Invalidez Permanente y Absoluta
(IPA)
Doble capital: IPA por
ACCIDENTE
Incapacidad Permanente
por ACCIDENTE
(total y parcial)
Prima Cía
Colectivo FFAA
23.200 € 46.400 € Gratuito Generali
Real Decreto Ley 8/2004
140.000 € 96.000 € 48.000 €36.000 €
Gratuito Estado
Compañías Privadas // Capitales MáximosUnirasa 150.000 € 150.000 € 240 Generali
GRM 50.000 € 100.000 € 50.000 € 100.000 € 50.000 € En función de la Edad
Murimar Vida
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Aclaraciones sobre Seguros Vida
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Asegurador: Murimar VidaCorredor: Consulting Europeo de Riesgos a través de su División Militar: Gestión de
Riesgos Militares
Murimar: MUTUA DE RIESGOS MARÍTIMOS
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¿A quién aseguramos?
•MIEMBROS DE LAS FFAA y FCSE▫Misiones de Paz▫Maniobras▫Explosivos
•RESTO DE MIEMBROS DE LAS FFAA
y FCSE▫Todos los que no realicen
actividades del grupo I•CÓNYUGES y/o PAREJAS de TODOS
LOS ANTERIORES
Grupo I
Grupo II
Grupo III
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Grupo I: misiones – maniobras - explosivos
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Capital Base Máximo
Contratación
Fallecimiento 50.000 Obligatoria
Fallecimiento por accidente
50.000 Complementaria
IA P(Invalidez Absoluta y Permanente)
50.000 Complementaria
IA P(Invalidez Absoluta y Permanente por accidente)
50.000 Complementaria
IP ( Invalidez Permanente Total o Parcial)
50.000 Complementaria
ACLARACIONES GRUPO I
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• La garantía obligatoria de fallecimiento IMPLICA fallecimiento POR CUALQUIER CAUSA (enfermedad, accidente o suicidio).
• La garantía complementaria de fallecimiento por accidente IMPLICA que, si además de fallecer, la causa que motiva el fallecimiento es un accidente, se le abonará un capital adicional.
• La garantía complementaria de IAP, IMPLICA invalidez absoluta y permanente POR CUALQUIER CAUSA (enfermedad o accidente).
• La garantía complementaria de IAP por accidente IMPLICA que, si además de tener una invalidez , la causa que la motiva es un accidente, se le abonará un capital adicional.
• La Incapacidad Permanente
Pro
yect
o S
eguro
G
rupo I
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Grupo II: Resto FFAA Y FCSE
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Capital Base Máximo
Contratación
Fallecimiento 150.000 Obligatoria
IA P(Invalidez Absoluta y Permanente)
150.000 Complementaria
ACLARACIONES GRUPO II
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• La garantía obligatoria de fallecimiento IMPLICA fallecimiento POR CUALQUIER CAUSA.
• La garantía complementaria de IAP, IMPLICA invalidez absoluta y permanente POR CUALQUIER CAUSA.
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Grupo III: CONYUGES
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Capital Base Máximo
Contratación
Fallecimiento 150.000 Obligatoria
IA P(Invalidez Absoluta y Permanente)
150.000 Complementaria
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en la web se puede tarificar cualquier riesgo
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Coberturas (o garantías)
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La Garantía Principal: FALLECIMIENTO
1. FALLECIMIENTO: entendiéndose como tal la muerte del Asegurado, producida por cualquier causa y en cualquier lugar del mundo. Mediante esta garantía, el Asegurador abonará al beneficiario el capital establecido a tal efecto en las Condiciones Particulares de la póliza.
• Ejemplo: Capital = 50.000 Euros• Indemnización = 50.000 Euros
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Las Garantías Complementarias
2. Fallecimiento por Accidente: si el fallecimiento del Asegurado es consecuencia directa de un accidente, la Compañía abonará el doble del capital contratado por el Tomador para la garantía principal, es decir, el doble del capital por fallecimiento.
• Ejemplo anterior: Capital = 50. 000 Euros• Indemnización en caso 2 = 100.000 Euros
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Las Garantías Complementarias
3. Invalidez Permanente y Absoluta (IPA): se entiende por invalidez permanente y absoluta la situación física irreversible provocada por accidente o enfermedad originados, independientemente de la voluntad del Asegurado, determinante de la total ineptitud de éste para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional.
• Ejemplo: Capital = 50.000 Euros• Indemnización = 50.000 Euros
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Las Garantías Complementarias
4. Invalidez Permanente y Absoluta por Accidente: si la invalidez permanente y absoluta del Asegurado es consecuencia directa de un accidente, la Compañía abonará el doble del capital base contratado por el Asegurado para dicha garantía.
• Ejemplo anterior: Capital = 50. 000 Euros• Indemnización en caso 4 = 100.000
Euros
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Las Garantías Complementarias
5. Incapacidad Permanente por Accidente: es la consecuencia de un accidente que prive definitivamente (permanentemente) al Asegurado de todas o parte de sus capacidades físicas o psíquicas.
▫ TOTAL: se entiende por invalidez permanente total aquella que inhabilita al Asegurado para la realización de todas o de las fundamentales tareas para realizar su profesión habitual siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
▫ PARCIAL: es aquella incapacidad permanente que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución del rendimiento en su profesión habitual pero sin impedirle realizar las tareas fundamentales de la misma.
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Opciones de Contratación: coberturas susceptibles de contratación en el GRUPO I
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Opciones de Contratación: coberturas susceptibles de contratación en el GRUPO II y
III
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Beneficiarios: designación
•Redacción clara, sin tachones•En el caso de preferencias, establecer un orden•Si se deja en blanco, el capital será para los
Herederos Legales•Parentesco (cuidado cuando es susceptible de
cambio o de interpretación)•Cláusula Hipotecaria a favor de E. Bancaria▫Nombre de la Entidad▫Sucursal▫Nº de préstamo
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•Defensa Jurídica▫Profesional – ▫Particular – Vida Privada
•Seguros de Comunidad de Propietarios para viviendas de militares
•Seguros de hogar•Seguros de coche
Otros Seguros de GRM
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