el mundo, san juan, p. r. - martes 21 de junio...

1
i«iL«i*a*uiwi ii^w ,i.> ' «itimw^npm^i^mppvmijipiiu - •ff^pwi» PM « EL MUNDO, SAN JUAN, P. R. - MARTES 21 DE JUNIO DE 193S. 15 » AGRICULTURA - INDUSTRIA - COMERCIO - NAVEGACIÓN - RADIO Programas que en la noche de hoy martes trasmitirán laa prlnelpalaa as- taclones de Europa y América: Radioemisoras de la NBC. (Circuito Rojo, hora de Puerto Rico) 7:30—Orquesta del Salón Cristal. 7:45—Chuca Shanks y Orquesta. 8:00—Orquesta de Rusa Montan. 8:30—Serenata de Lady Esther. 9:00—Entrevistas por la calle. 9 :S0— Dramatl ración. ''*o:00—Aunque Uated No lo Crea. 10:30—Chismea de Hollywood, por Jimmle Pldler. 10:45—Ritmos Sinfónicos. 11:00—Bailables. 11:30—Orquesta de Richard Hlmber. 13:30—Orquesta de Al Jahns. Radioemisora* de la NBC. (Circui- to Astil, hora de Puerto Rico) 7:00—Vivían della entesa, soprano. 8:00—Orquesta de Al Donahue. 8:W—BuKón de Preguntas y Res- puesta*. 9:00--Orquesta de Horace Heldt. 9 no—.Tamboree de la NBC. 10:30—Walter Kelsey con Orquesta 11:00—Orquesta de Reegi» Chllds. 11 :so—Orquesta de Lou Bréese. 12:^0—rrerfoi* Martin y Ornueata. Estación BBC. landres. (31.65 m. H«ra de Puerto Rico) 7 20—"Tónicos det Cía". Charla en fn<éa por Gerald Barry. 7:35 - El novador «le truchas en ae- r'ón. TTn comentarlo en Ingles so- bre ls fo'ms de lanisr la mosca rv.r un conocido pescador y mvtd I nr.t'on. rt»«de un arroyo de Shrop- | lilre. T:80—"Ti entre amt*os". Vano- | en miniatura, producido por Er- j r«t Ijonffstaffe. 8:20—"Court Leet". Reconstrucción fe uní sesión fíe este csmoterlstlco t-lMinal munlclpl del alelo 17". en el Payla ti' Bridlington. Vers'ón tn inelés de Oeorge Hardwlek. Produc- ción de Olive Shap'ey. 8:40—Noticias en ln«cles. Srfínt horaria érT Ob«cri*ifor'o fíe G-remiirh a las 12.45 a. m. p on Hora por el Ble Ben. Recital ele violln por Paul Makanovltjky. 9 30-^-Notlclas en cB«t»llanó. n .45—Noticias en inglés. ipon—pinsl. * Estaciones DJA. DJO. DJN. Berlín. I Mora de Puerto Rico) s-so— Apertura (alemán, castellano. # f>->rtuguéaV Canolón popular alema- 'na 5 -35—Saludos a nuestros oyentes. 8:00—De ls labor de la Juventud Hitleriana, (caat. y port.) 8:15—María Caronl canta cancio- nes da Werner Trenlcner. 6:30—Novedades da Alemania (por- tugués). 8:30—Tipos de la vida cotidiana: Ei presumido. 8:45—Lucas el sol con todo au es- plendor. Canciones del verano y del sol —asociación coral Rudolf Lamy. 9:30—Ecos de Alemania. 9:30—Oíd. brasileños de origen ale- mán!* 8:45—Una nación se rejuvenece. De la vtda de las Jóvenes de la nueva Alemania. Conversación con la di- rectora del departamento "Pe •• her- mosura". Clementlne V. Castell. 10:00—Noticias (alemán) 10:15—Música de baile. 11:30—Música de baile. 11:30—Noticias (castellano). 11:45—Saludos a nuestros oyente». Pin (alemán, castallano) \~1notHmwit& 'X rw. General ^ Electric SCHENECTADT, N. Y. 379.5 metras. "99 kiloeyeles. Los programas de la vVGY serán también trasmitidos diariamente por la Estación VV2XAF 81.48 metros de 5:M P. M. a 11:00 P. M. (hora de 'Nueva York), por la Estación WT»AO, a 19.50 metras diariamen- te excepto ios sAbades de 1:00 P. M. S:00 P. M. (hora de Nueva York). Las Estaciones de onda corta de WGT son dedicadas s fomentar el > desarrollo del radie, anidlend» roa programas ser eomhlnados o sup mi dos en cualquier momento. Martes, Junio 21. 1938. »rU 5 Servicio postal aéreo Hoy martes llega correo aéreo de la Repúbl'ea Dominicana. Haití. Cuba. Jamaica. Colombia. Panamá, Ecuador y Perú. Mañana miércoles sale correo aéreo para la República Dominica- na. Haití. Cuba y Mlaml, y llega de los mismos puntos. También lle- ga de Trinidad. Venezuela, laa Gua- yanns. Brasil. Paraguay. Uruguay y Argentina. Salidas y llegada» Hoy martes llega avión de la ru- ta Perú-San Juan. Mañana marcóles sale avión pa- ra la ruta San Juan-MIaml, y lla- ga de las "rutas Mlami-San Juan y Argentina-San Juan. -4» Mercado de azúcar Cablegrama» recibidos de nues- tras oficinas de Nueva York, junio 30, 1938: 10:09 A. M. La bolsa abrió Julio S1.77; Sept. $1.81; Enero $1.84; Marzo $1.88; Mayo $1.90. 10:50 A. M. > Mercado quieto. Se están ofre- ciendo cantidades moleraias a $2.71 para entrega en junio y principios de julio. 3:11 P. M. La bolsa cerró: Julio $1.76; Sept. $1.80; D!c. $1.84; Enero $1.85; Mar- zo $187; Mayo $1.90. 4:53 P. M. .Am*riraA,,3 u 8* r flnln *. Co - compró 3.000 toneladas de Flllp.nas a $2.66 para llegar en Junio 24. ** L. W. Minford á Co., Inc. W2XAD A. M. 11:90—Plática» sobre agronomía. 12:00—Noticias mundiales. 13:15—Cuarteto vocal —desde Chi- cago. P. M. 12:30—Programa musical. j( 1:00—Noticias mundiales en fran- cés. 1:15—El Arte en América en fran- cés. > 1:30—Programa para damas en francés. 2:00—Se anunciará. 2:30—Banda de la Marina de los Fstados Unidos —desde Washington. « W2XAD y W2XAP 3 oo—programas musicales varga- dos. 4 00—Noticias de los Estados üni- doe, 4:15-Música popular. 4:30—Bosqueje». 1:00—Noticias científicas. 6:15—Orquesta de baile —desde FU ladelfla. , 5:25—Noticias mundisles. 5:30—Plática lnofrmes de onda corta. W2XAP 6:00—Lecciones práetcas de Inglés. 6:15—Orupo coral de catorce vo- * re a —desde Clnclnnatl. 6:30—Noticias bursátiles y depor- tivas. , ñ 50—Noticias mund'e'ea e" «soafto' 7:00—Programa muaicst Orquesta &»•*« Morean y cantan tea. 7:30— Wayne Klng y su orquesta desde Colcago. 8:00- Programa para la América Latina. - „.« ^ «:30-Recital de piano por Gerardo Mírate. 9:00—"Increíble por certo" oor rto- bert L. Plpley; orquesta B. A. Kolfe ' rda T«e. cantante. g : so—"A través de mis gafas" Tóo'oo* oslcoióelcos. 0:45—Dale Carnsgle autor y co- r>entarlsta. 10:15-Orquesta de bstle "Klng's Je«ters" —desde Washington. 10:15—Oray Oor don y su orquesta de halle. 10:3O-Ruby Nexrman y su orquesta de naife. 11:00—Buenas noches. Martes »_ de junio de 1938. A. M. 7:00—Diario Hablado Matinal. 7:30—Música Popular (Lallande) 7:45—Néws ln English. 8:00—Concierto del Aire. 8:30—Programa de Patillas. 10:13—Programa de Cumpleaños (González Padln) 10:30—Novedades de Hollywood (Malzena Duryea) 11:00—Alice Brown's Hour. 12:00—Quinteto Alera (West Indies Adv. Co.) P. M. 1:30—Informaciones Hípicas. 1:45—Peticiones Escog'.dss. 3;00—Música Popular. 4:00-Música Clásica. 5:00—Hora del Té. 5:3fV-WPA Program. 5:45—Emulsión de Scott. 6:00—"Diario Hablado" (West Indies Adv. Cd>) 7:30— Don Nacho y su Conjunto (Llbby) 7:45—Don Quijote Vive Otra Vtz (Cocomalt) 8:00—Sra. Buscaglla (Kiim) 8:15VTrlo Izquierdo (Squibb) 8:30—Orq. Rafael Muñoz (Esso) 9:00—Programa "Cruz Roja". 10:00—Pnnorama Internacional (Colgate-Palmollve-Peet) 10:15—Noticias en Castellano (Rlcomalt) 10:30-Música Bailable. 11:00—Hora Oficial y Buenas Noches. (Sujeto a cambios sin pre- vio aviso) i Lo que \ (pcomalt da al niño CALIENTE O FRIÓ En el régimen dt todo ni ño que es- creciendo, deben figurar lósele- meatos que poses COCOMALT. Ests alimento científicamente elsboradoayudss aumentar ls ener- gía y a fortalecer huesos y dura, como lo prueba la experien- cia en consultorios y hospitales... y en si hogar. Coa él las cristu- ras adquieren energía y vitalidad, y sus mentes se activan. Pero no sólo«bueno sino us t*é* bueno. movin.i60To^-> kPOQTUÁmpr"; ? Hoy martes Sale el vapor "Beatriz" de Bal- tlmore, con carga general para los puertos de la Isla. Mañana miércoles Llega el vapor "Cóamo" proce- dente de la República Dominicana, con pasajeros, correspondencia y carga general. Llega el vapor "Puerto Rico" procedente de Nue- va York, con pasajeros, correspon- dencia y carga general. Sale el vapor "Angelina" hacia Nueva York, con carga general. Medio millón de caja» de jugo de toronja . La Asociación de Agricultores de Puerto Rico ha recibido informes de Washington en el sentido de que la Administración de Ajuste Agrí- cola, por conducto de la Federal Surplus Commodlties Commlaslon, ha decidido proceder a la compra de medio millón de cajas de jugo do toronja para su distribución co- mo medida de auxilio. £1 propósito de la compra es ayudar a loa pro- ductores de toronjas estimulando el consumo doméstico de la cre- ciente producción de dicha fruta. Habléndoae ya decidido definiti- vamente efectuar esta compra de medio millón de cajas de jugo de toronja, la Asociación de Agricul- tores se está dirigiendo al señor Miles H. Fairbank. administrador en funciones de la PRRA, y al se- ñor Francisco López Domínguez, Comisionado de Agricultura y Co- mercio, a fin de que realicen ges- tiones en el sentido de que parte de esas 500,000 cajas sean compra- das en Puerto Rico. En igual sen- tido la Asociación se ha dirigido a la Asociación de Fruteros de Puer- to Rico. Mercado de futuros Estuvo ayer activo el merca- do de valores neoyorquino Las acciones ganaron de uno a cinco puntos, registrándose gran mejoría. Cierre de los mercados de futu- ros ayer en Nueva York: Azúcar: Enero 1.84; marzo 1.87; mayo 1.90; julio 1.76; setiembre 1.80. Algodón: Enero 8.59; marzo 8.64; mayo 8.67; julio 8.52; octubre 8.56; diciembre 8.60. Café contrato D: Marzo 6.18; ma- yo 6.17; julio 5.96; setiembre 6.09; diciembre 6.16. Café de Río: Marzo 4.36; mayo 4.36; julio 4.28; setiembre 4.37; di- ciembre 4.35. Café extranjero: Rio 4-7|8; San- tos 7-38; Medeilin 10-38; Manían- les .9-7|8; Guatemala 9-3;4; Salva- dor 9-3Í4. Cobre: Éntrese Inmediata 9; ene- ro 7.92; marzo 7.95; mayo 7.99; ju- nio 7.73; julio 7.75; setiembre 7.82; octubre 7.85; noviembre 7.87; di- ciembre ".89. Ventas: 216 lotea. Estaño: Entrega Inmediata 41'a; junio 41.50; julio 41.55; agosto 41.60; setiembre 41.65; octubre 41.70; no- viembre 41.75; diciembre 41.80. ' Cierre del mercado de granos de Chicago. Precios para granos de nuevo contrato. Trigo: Diciembre 80-12; Julio 78-1 8: setiembre 79. Maíz: Diciembre 57-7,8; . julio 57-5|8; setiembre 57-5,8. Avena: Diciembre 27-3,4; Julio 27-1 ;8; setiembre 26-112. - Mercado de cambio NUEVA YORK, junio 20. (Pren- sa Unida) En la Bolsa de esta ciudad se registraron hoy lunes las siguientes cotizaciones sobre cambios extranjeros: Esterlina inglesa $4.9694; francés 2.7875; lira italiana 5.2637; franco belga 17.00; franco suizo 22.965; marco alemán 40.41; marco regis- trado 22.60; diñar yugoeslavo 2.34; florín holandés 55.475. La peseta española no fué coti- zada. TLoticíaA GÜFl cUiet GUERRA •The Lina of the América»" 2*0 Re. sintónica DOM ulIlJOTa vi VB 3TR* vía. Estación w K A Q Todoa loa matea a las 7:46 P. si. Uiatnouioores: B Pern andes * Hnos Suca f O Bo> Jtó flan Juan P. A. WN'EL i. Martes. Junio 21. 1938. 6:45—Church of the Air. 7:00—Noticias Locales. 8:00—Informaciones Transradio. 8:30—Programa de Peticione». 9:00—Hora Victor. 9:30—Juegos y Pasatiempos. 10:30—"Everybodys Program. 11.00—Música—Literatura. 12:00—Prog. Musical Informativo. 1:15—Comentarlos Hípicos. 1:30—Transradlo News. 1:45—Informaciones Transradlo. 2:00—Peop'.e's. Cholee. 2:30—Buenas Tardes. 5:00—Concierto Sinfónico. .VlO—Lydia E. Pinkham. 5:15—Servicio de Extensión. 6:00—Rafael Muñoz y su Orquesta. 8:00—Informaciones Hípicas. 8:30—Programa Variado. 8:45—Cuarteto Marcano. 9:00—Hora Kresto. 9:30—Conferencias. 10:00—Ultimas Noticias. 10:30—Last Minute News F'- ".íes. 11:00—S'*n Off. Buenas Noches. Este programa asta sujeto a alteraciones. NUEVA YORK, Junio 20 <PU)— El mercado de acciones estuvo hoy activo, subiendo de uno a más de cinco puntos en la mejor sesión re- gistrada desde el día 9 de abril. Los bonos estuvieron fuertes. El algodón subió y el trigo ganó un centavo en fanega. El "American Iron Steel Inatltute" Informó un aumentp de un punto en las opera- clones del acero. El café subió tam- bién. Los futuros de Santos cerra- ron de siete a diez y nueve puntos altos, con ventea de 64 contra- toa Las opciones de Rio sobieron de uno a catorce puntos, con ven- tas de 52 contratos. El azúcar bajó de 1 a 2 puntos. El de entrega In- mediata se rran-uvo tnalterado en 2 70 centavos libra. El algodón su- bió cerca de 50 centavos en paca, las pieles subieron de 28 a 42 pun- tos. Promedios de Dow Jones: 30 Industriales, 118.61. alza 5.38. 20 ferroviarias, 20.70, alza .97. 15 de servicios públicos, 19.36, ai- ra .82. 65 acciones, 38.39, alza 1.74. 40 bonos, 84.49, alza .90. 10 ferroviarios, primera clase, 85.49. alza 1.71. 10 ferroviarios, segunda clase, 42 36, alza 1.59. 10 de servicios públicos, 104.48, alsa .22. 10 Industriales, 105.63. alza .08 Ventas totales: 1.090.000 acciones. Air Reduction 50 18 Alaska Juneau Gold 10 34 Allied Chem. & Dye 152 Alus Chalmers Mfg. 42 34 Am. Car ét Foundry 17 18 Am. Bank Note 17 Am. Can 90 14 Am. St For. Power 312 Am. Locomotive 15 38 Am. Mach. & Foundry 13 12 Am. Metals Ltd. 31 12 Am. Rad. & Std. San. 11 58 Am. Rolllng Mili 16 14 Am. SmelL A Ref. 38 34 Am. Sugar Ref. 21 34 Am. Tel. * Tel. 132 5 8 Am. Tobacco (B.) 73 34 Am. Water Wks. & Elect 8 5 8 Am. Woolen 4 38 Anaconda Copper 26 14 Anchor Hocking Glass 14 Andes Copper , 12 Armour ADel.) Pf. 90 Armour & Co. (111) 4 58 Armour & Co. (111.) P. Pí. 35 34 Atch. T. A S. Fe. 26 14 Atlantic Reflnlng 21 Atlas Corp. 6 58 Avlatlon Corp. (Del.) 3 34 Balt. & Ohio 4 78 Bendix Avlatlon 11 14 Best A Co. 32 12 Bethlehem Steel 48 Blaw Knox 13 Brldgeport Brass 7 34 Briggs Mfg. 18 7 8 Lutler Bros. 6 12 Byron Jackson 15 12 Calumet A Hecla 6 34 Canadlan Pac. 5 34 Carrlers A Gen. Corp. 2 34 Case (J. I.) 81 34 Caterpillar Tractor . 43 34 Central Agulrre Assoc. 22 Central Foundry 2 78 Cerro de Pasco Cop. 36 12 Ches. A Ohlo 24 Chile Copper —unquottd Chrysler Corp. 45 14 Coca-Cola 130 Colgate-Palm. Peet 9 34 Colum. Gas A Elect 6 38 Colum. Plctures 11 34 Commercial Solvents 7 78 Commonwealth ¿ Southern 114 Congoleum-Nalrn 17 34 Congress Cigar 7 34 Consolidated Cigar 6 34 Cons. Edison N. Y. 25 Consolidated 011 9 Cont. Baklng "A" 16 Cont. Can 40 14 Cont OH (Del.) 29 58 Corn. Prod. Ref. 65 34 Crucible Steel 25 34 Cuban Am. Sugar 3 12 Curtlss-Wrlght Corp. 4 34 Del. & Hudson Co. .9 38 Douglas Alrcraft 46 Du Pont de N. 101 12 Eastman Kodak 354 12 Elect Auto-Lite. 16 18 Elect. Pwr. & Llght ¿ti Erle R. R. 2 Ex Cello O. Corp. 13 5 8 Flreatone Tire A R. 17 18 Fostcr Wheeler Corp. 15 Freeport Sulphur Co. 12 Gen. Am. - ransport 38 12 Gen. Asphalt lf 14 Gen. Electric 36 Gen. Foods 29 7 8 Gen. Motors 31 Gen. Rail Signal 15 34 Gillette Safety Razor 7 Precios ayer de produc- tos de primera necesi- dad en Nueva York Harina, 'Standard Sprlng Pats", barril de 196 libras, 85.40 a 85.70. Harina da maíz blanca, saco de 100 libras, 81.90. Maíz, por fanega, .71-3 8c. Oleomargarlna, por libra 14 Vic, Manteca, por libra, .0880c a .0870c. Tocino, por barril (Export) 827.37 V4c. Jamones de 8 a 10 libras, 20c. a 21c. Jamones "Picnic". 15*e a ISttc. Jamones "Boston Butts", 18c a 194c. Queso fresco de Nueva York, 1514 c a 15lac. Queso fresco de Wlsconsln, 14 Uc a 15c. Mantequilla, extra de lechería, .25-7,80. Huevos, "standard Mlxed", 22-3 8c. Papas, "Maine", sacos de 150 li- bras, $1.70 a $1.85 Habichuelas, "marrow jumbo", sa- cos dt 100 libras, $8.25 a $8.50 Garbanzos mejicanos; impuesto pagado, $7.25 a 89.0o Guisantes "black eye, $3.75 Goodrich Co. 13 18 Goodyear T. A R. 18 7 8 Grand Union 114 G't Northern Rail Pf. 15 7 8 G't Western Sugar —unquottd Grttn (H. L.) Co. 17 14 Greyhound Corp. 9 34 Hercules Motor Corp. 12 12 Howe Sound Co. 37 12 Hudson Motor Car 6 Illinois Central 8 18 Insplratlon Copper 10 7 8 Interlake Iron 9 18 Int Business Mach. 149 Int. Harvest er 54 18 Int Mere. Marine 3 14 Int. Nickel of Can. 44 34 IntPaper fe P'wr. (A) 7 14 Int Tel. * Tel. 9 14 Johns Manvllle Corp. 74 12 Kennecott Copper 32 18 Kresge (S. H.) * Co. 17 38 Kroger Groe, ét Bank. 13 34 Llggett A Myers (B.) 98 Lambert Co. 11 18 Lehman Corp. 25 12 Loew's Inc. 43 12 Lone Star Cernen t 42 14 Lorlllard (P.) Co. 16 14 Mack Trucks, Inc. 19 38 Maey (R. H.) Co. 31 Magma Coper Co. 24 12 Math. Alkall Wks. 24 34 McKesson A Robblns 5 34 Montgomery Ward 34 58 Murray Corp. 5 78 Nash-Kelvlnator Co. 7 18 Nat Biscuit 24 3 4 Nat Cash Reg. 16 12 Nat. Dalry Prod. 14 Nat. Dlstlll. Prod. 19 14 Nat Lead Co. 21 12 Nat P'wr & Llght 6 58 Nat. Supply of Pa. 9 38 New York Central 12 18 North American Co. 19 78 North Am. Avlatlon 9 58 Northern Pacific 8 18 Ohlo OH Co. 10 14 Otls Elevator Co. 19 18 Otis Steel Co. 8 14 Pac. Gas & Elect. 27 5 8 Packard Motor Car 3 34 Paramount Pict. Inc. 7 12 Patino MIn. A Enter. 10 Petrol. Corp. of Am. 10 Pennsylvania R. R. 15 12 Phillpis Pet 34 58 Pressed Steel Car -6 38 Pub. Serw of N. J. 28 18 Pullman Inc. 25 14 Puré OH Co. m 10 14 Rdio Corp. of Am. 5 58 R. K. O. 2 Remlngton-Rand <> 11 12 Republic Steel Corp. "' 14 Reynolds Metals Co. 11 Reynolds (R. J.) Tobac. (B) 37 34 Schenley Distlllers 15 12 Seaboard OH of Del. 21 Sears Roebuck 60 Shell Union OH . 13 18 Slmmons Co. 17 18 Socony-Vacuum Olí 14 South P. R, Sugar 17 12 South. Cal. Edison 21 7 8 South. Pac. Co. 11 12 South Rail 7 14 Sperry Corp. 21 12 Standard Brands 7 14 Stand. Gas * Elect. 3 34 Standard OH (Cal.) 27 14 Standard Ofl (Ind.) 29 Standard OH (N. J.) 48 Sterllng Pi'od. Inc. 62 12 Stewart-Warner 7 14 Stone & Webster 8 38 Studebaker Corp. (Del.) 4 12 Swift ét Co. 16 12 Swift Intl. 25 14 Texaa Corp 40 Texaa Gulf Sulph. 31 38 Texas Pac. CAO. 9 14 Tlmkln Roller Bearlng 35 3 8 Twéntieth Ctnt Fox 22 14 Union Carb. ét Carb. 68 3 4 Union Pac. R. ft. 63 12 United Aircraft Corp. 26 3 4 United Corp. 2 12 United Frult 59 34 United Gaa Improv. 9 34 U. S. Ind. Alcohol 17 34 U. S. Leather Co. 4 12 U. S. Rubber Co. 29 U. S. Smelt Ref. <* M. 61 1 2 U. S. Steel Co. 45 18 Vanadium Corp. 15 14 Walworth Co. 6 12 Warner Broa Plct 4 34 Western Union Telec. 22 7 8 Westlnghouse Air 19 7 8 Westtnghouse Elect. 80 14 Weston Elect Inst. 14 Westvaeo Chlorine 13 Woolworth (F. W.) 43 7 8 Worthlngton P. A M. (Del.) 15 34 NEW YORK CURB EXCHANGE Aluminum Co. of Am. 75 Am. Cyanamid <B) 18 1 3 Am. Gas & Elect 28 12 Atlas Corp. 6 78 Brazilian T. L. & P. 11 Carribean Synd. Ltd. 1 Carrier Corp. 23 5 8 Cities Service. 8 12 Consolidated Coppermine 4 12 Creóle Petrol. 20 1,2 East Sugar Assoc. unquoted Elect Bond & Share 7 3 8 Ford of Canadá 16 5 ; á Grand Raplds Varnlsh unquoted PGulf OH Corp. 39 Hudson Bay Mining & S. 28 3 3 Imp. Oil Ltd. 24 Int'1 Petrol. Ltd. 15 7]8 McWÍhims Dredglng 15 Molybdcnum Corp. 4 12 Nat. Bellas Hess 1116 Nat Tranalt 7 1|4 Newmont Mining 56 12 Niágara Hudson P'wr 7 14 Pan American Air. 13 7 8 Pantepec OH of V. 5 1¡4 Sulltvan Mach. unquoted Texon 011 ét Land 4 1'8 United Gal Corp. 3 3|8 BANK STOCKS Bankers Trust Chase National First Nat. Boston National City 42 12 29 35 3,4 24 Compre "Puerto Rico Ilustrado", ia Revista del hogar (Continuación dt 1* página) mercio entre los distintos Estados, corregir y eliminar tan rápidamen- te como sea posible las condicio- nes mencionadas arriba en tales industrias sin reducir substancial- mente lo* empleos o la capacidad para derivar sueldos. Definiciones Sec. 3. De acuerdo con esta ley —(a) "Persona" significa un Indi- viduo, una sociedad, asociación, cor- poración, "trust" Industrial, repre- stntante legal o cualquier grupo organizado de penonas. (b) "Comercio" significa tráfico, comercio, transportación, transmi- sión o comunicación entre los dis- tintos Estados o dt algún Estado a cualquier sitio fuera del mismo. (c) "Estado" significa cualquier Estado de los Estados Unidos o <el Distrito de Colombia o cualquier territorio o posesión dt Estados Unidos. (d) "Patrono" Incluye cualquier persona qut actúe directamente o indirectamente en Interés de un patrono en relación con un emplea- do pero no incluirá a los Estados Unidos o a cualquier Estado o sub- división política de un Estado, o cualquiera organización obrera (aparte de cuando actúe como pa- trono) o alguien que actúe en la capacidad de oficial o agente de dicha organización obrera. (e) "Empleado" Incluye cualquier individuo empleado por un patro- no. (f) "Agricultura" incluye la agri- cultura en todas sus ramas y entre otras cosas incluye el cultivo y la- branza del suelo, la lechería, la producción, cultivo y cosecha de cualquier producto agrícola y hor- tícola (Incluyendo los productos de primera necesidad definido* como productos agrícolas en la aección 15 (g) de la ley de mercado agrícola, enmendada) la crianza de ganado, abejas, animales lanares o aves, o cualesquiera prácticas (Incluyendo operaciones en la selvicultura) que realice cualquier* agricultor o en una finca como parte de o conjun- tamente con tales operaciones agrí- colas, incluyendo la preparación para la venta, entrega o almacena- je o para la transportación al mer- cado. (g) "Empleo" s lncluyt consentir o permitir trabajar. (h) "Industria" significa un ne- gocio, industria o ramal, o un gru- po de industrias en que haya indi- viduos empleados a sueldo. (1) "Artículos" significa artícu- los (incluyendo barcos y equipos marítimos), mercancías, productos o artículos sujetos al comercio de cualquier naturaleza, o cualquier parte o Ingrediente de los mismos, pero no incluye artículos después qut sean entregados a la posesión del último consumidor, aparte del productor, manufacturero o elabo- rados (J) "Producido" significa producl do, manufacturado, manejado o en cualquiera otra manera trabajado en un Estado; y a los fines de esta ley un empleado se considerará co- mo qu« ha estado dedicado a la producción de artículos si el tal em- pleado se dedicó a producir, manu- facturar, manejar, transportar o trabajar en cualquiera otra forma en tales artículos, o en cualquier proetso u ocupación necesaria para la producción de los mismos, en cualquier Estado. (k) "Venta" o "vender" Incluye cualquier venta, Intercambio, con- trato para vender, consignación pa- ra la venta, embarque para la ven- ta o cualquier otra disposición. (1) "Labor opresiva de menores" significa una condición de empleo bajo la cual (1) cualquier emplea- do menor de 16 afios esté empleado por algún patrono (que no sea su padre o una persona que esté en lu- gar de su padre y que emplee a ru nroplo hijo o a un menor que esté bajo su custodia en una ocupación fuera de la Industria fabril o en minas) en cualquier ocupación, o (2) cualquier empleado entre las edades de 16 y 18 aftos que esté em- pleado ñor un patrono en cualquier ocupación que el Jefe del Negocia- Ho Infantil del Departamento del Trabajo encuentre y declare que es perludlrlal a la salud o bienes- tar de nlftos entre dichas edades: pero no se entenderá qu* la labT ooreslva de menores existirá en virtud del emoleo en cualquier oeu- nación de alguna oersona con res- perto a la cual el oatrono tendrá radicado un certificado sin expirar emitido n> acuerdo con las disposi- ciones establecidas por el Jefe do' Negociado Infantil, certificando o«ie dicha oersona es mavor de edsd nrescrlta nar* el trábalo onres'vo *e menor*». El W e del Negociado In'antll Hlseondrá por regulación o ñor ori*«n nu* el »mn'eo de n»r- sonas entr» los 14 y 16 rflo» de edad «n p»»ti"">ionM fuera de la Indita- tr'a f«hH| n laa m'n*« no «f ron») -•ererá como constitutiva de traSa- 1o oor»slvo al. como nueda d»t»r> *n'n»Hn ai Jsfe o>l Nesoc'adn Tn- fan«". d'^hn emn'eo «e limita a nttr'nHo- on« n n 'nterf'e»"en con la asistencia de d'rhas personas em- Rrr/VVFIV r n0S al Hq/"' n»á» nn»ro de *,*•>««-• v««y H07H. FDISON l«no h*h*tari*n«i. «Mida "na roa BO h*Hn. dwh*. *eoá hela- V 4e circuí a to»-iii T»¥> ve ios Momeo* Admlnl**re*«» •«*»» lo* **Um<M dueflna. Vn«cfrr> -»nr«nnt)in*» •noar- p-ado «*»' r»enarta»w»nto TTIsna. r>« »• » atemore Hato nara re- cibirlo tan n«w»»n n>**mhar. one rail** 4* r 47 -" «tena<»wav. Cahlesrrafle •» "F««to»M»»*l" an r**wrv«HAn n cobrar EB*» M >II al Oe-ne-tomento OT«IMIWI rw feJWo picadas a la escuela y a condiciones que no. afectan su salud o bienes- tar. (m) "Salarlo" Incluye el precio razonable, como lo determine ti administrador, que representa al patrono el suministrar a su emplea- do hospedaje y otraa facilidades si dicho hospedaja u otra» facilida- des las proporciona regularmente dicho patrono a sus empleados. Administrador Sec. 4 (a) Por la presente se crea en el Departamento del Tra- bajo una División de Horas y Sa- larios qut tstará bajo la dirección de. un Administrador, que se cono- cerá como el Administrador dt la División dt Horas y Salarlos (en tsta Ity será mtnclonado como el "Administrador"). El Administra- dor será nombrado por el Presi- dente, con el consejo y consenti- miento del Senado, y recibirá re- muneración a razón dt diez mil dólares al ano. (b) El Administrador podrá, dt acuerdo con las leyes del servicio civil, nombrar los empleados qyt Juzgue necesarios para llevar a ca- bo sus funciones y deberes fijados por esta ley y señalará su com- pensación de acuerdo con la ley de clasificación de 1923, tal como fué enmendada. El Administrador podrá establecer y utilizar aque- llas agencias locales, regionales u otras, y utilizar aquelloa servicios voluntónos no compensados que puedan necesitarse de tiempo tn tiempo. Los abogados que fueren nombrados de acuerdo con esta sección podrán comparecer y re- presentar al Administrador en cual- quier litigio, peto todo dicho litigio estará sujeto a la dirección y con- trol del Procurador General. En .el nombramiento, la selección, cla- sificación y ascenso dt oficiales y empleados del Administrador, no se permitirá, ni dará consideración a, ninguna prueba política, sino qut todos tsos nombramientos y ascensos serán hechos a base de mérito y eficiencia. (c) La oficina principal del Ad- ministrador radicará en el Distrito de Columbia. pero 41 o sus repre- sentantea debidamente autorizados podrán ejercer cualquiera o todos sus poderes en cualquier «Itio. (d) El Administrador someterá anualmente en enero un informe al Congreso, cubriendo sus activi- dades durante el año anterior e in- cluyendo Información, datos y re- comendaciones que juegue pruden- tes para nueva legislación en co- nexión con los asuntos tratados por esta ley. Comités de industrias Sec. 5. (a) El Administrador nom- brará tan pronto como sea. prác- tico un comité Industrial para ca- da industria dedicada al comercio o a la producción dt artículos pa- ra el comercio. (b) Un comité Industrial será nombrado por el Administrador sin consideración de ningunas otras disposiciones de ley relacionadas con el nombramiento y compensa- ción de empleados de los Estados Unidos. Incluirá un número de per- sonas no Interesadas en represen- tación del público, una dt las cua- les designará el Administrador co- mo presidente; un número Igual de personas que representen a los empleados de la Industria, y otro número igual en representación de los patronos de la industria. En el nombramiento de las personas que representen cada grupo, el Administrador dará debida consi- deración a las reglones geográficas en que se desarrolle la Industria. (c) Dos terceras partes de los miembros del comité de una indus- tria constituirán "quorum" y la decisión del comité hará necesaria una votación de no menos de la mayoría de todos sus miembros. Los miembros dt un comité de in- dustria recibirán como compensa- ción por sus servicios una dieta ra- zonable, la cual prescribirá el Ad- ministrador de acuerdo con las re- glas y reglamentos estatuidos, por cada día dedicado a la labor del comité y además recibirán reem- bolso por gastos de viaje y de otra Índole cuando fuere necesario. El Administrador suministrará al co- mité toda la ayuda legal, esteno- gráfica, de oficina, etc., y trazará el procedimiento que seguirá el co- mité. (d) El Administrador someterá de vez en cuando a) comité indus- trial toda la Información que pue- de tener disponible sobre los asun- tos que se refieran al comité y hará que ante éste comparezcan en conexión con dichos asuntos los testigos que crea necesarios. Un comité de industria puede citar otros testigos o pedir al Adminis- trador que le suministre informa- ción adicional qut le ayude en sus deliberaciones. Salario mínimo Sec. 6¡» (a) Cada patrono pagará a cada uno de sus empleados de- dicado al comercio o a la produc- ción de artículos para el comercio salarios a loa tipos siguientes: (1) Durante ti primer a ft o de la fecha en que sea efectiva tata sección, no menoa dt veinte y cin- co centavos la hora. (2) durante los seis aflos siguien- tes a dicha fecha, no menos de treinta centavos la hora. (3) después dt txplrar los slttt aflos siguientes a dicha fecha, no menos de cuarenta centavos la ho- ra, o el tipo (no menos de treinta centavos la hora) prescrito tn la orden aplicable del Administrador, expedida bajo la sección 8, y (4) en cualquier fecha después dt la vigencia de esta sección, no menos del tipo (no más de cua- renta centavos la hora) prescrito en la orden aplicable al Adminis- trador, expedida bajo la sección 8 (b) Esta sección tendrá efecto al expirar los ciento veinte diai siguientes a la facha tn qut st apruebe esta lty. Máximo de hora» Sec. 7. (a) Ningún patrono po- drá, excepto como tn contrario lo diaponga tsta sección, emplear cualquiera de sus empleados dedi- cados al comtrclo o a la produc- ción dt artículos para ti comercio, (1) por semana de trabajo en ex- ceso de cuarenta y qcho horas du- rante ti primer arto dt vigencia dt tsta sección, (2) por semana de trabajo en exceso de cuarenta y dos hora a durante el segundo ano después, da dicha fecha, o (3) por semana de trabajo tn exceso dt cuarenta horas después dt txplrar ti segundo afto siguien- te a dicha fecha, a menos qut di- cho empleado reciba compensación por su empleo en exceso dt 1 a horas arriba especificadas a un ti- po no menor de una ves y media el que se lt paga regularmente por su trabajo. (b) No st tntendtrá que patro- no alguno ha violado la substeelón (a) empleando cualquier empleado por semana de trabajo en exceso del tiempo especificado en dicha subsecclón s 1 n pagarle compensa- ción por su trabajo "overtlme" co- mo allí se dispone, si dicho em- pleado está colocado, . (1) de acuerdo con un convenio, concertado como resultado de re- gateo colectivo por representantes de los empleados y qut esté certi- ficado como "bona fidt" por la Junta Nacional de Relaciones Obreras,.que dispone que ninguna persona será empleada por más dt mil horas durante 'un periodo de veinte y seis semanas consecuti- vas, (2) sobre una base anual dt acutrdo con un convenio con su patrono, hacho como rtsultado dt regateo colectivo por repreatntan- tts de 1 o s empleados, certificado como "bona flde" por la Junta Na- cional de Relaciones Obreras, qut dispone qut el empleado no lo se- por más de dos mil horas du- rante cualquier periodo de cincuen- ta y doa semanas consecutivas, o 1 (3) por un periodo o periodos dt no más de catorce semanas dt tra- bajo en total en cualquier alio na- tural, en una Industria qut ti Ad- ministrador determine que es de naturaleza temporal, y si dicho empleado recibe com- pensación por su empleo en exce- so de doce horas tn cualquier dia de trabajo, o por su empleo tn exceso de cincuenta y seis horaa tn cualquiera semana 'de trabajo, como sea el caso, a un tipo no menor de una vez y media el tipo regular que se le paga. (c) En el caso de un patrono dedicado a la primera elaboración de leche, suero, leche desnatada o crema en la fabricación dt produc- tos lecheros, o a la desmotaclón y compresión dt algodón, o a la elaboración de la semilla de algo- dón, o a la elaboración de remola- cha de azúcar, melara dt remola- cha, cana de azúcar, meple, para la fabricación de azúcar (pero no azúcar refinado) o de "syrup", las disposiciones del subtitulo (a) no se aplicarán a sus empleados tn ningún lugar de empleo donde, es- tuviere dedicado a esa labor; y en el caso de un patrono dedicado a la primera elaboración dt, o al en- latado de pescado, frutas o vege- tales propensos a dañarse, o a la primera elaboración, dentro dtl área de producción (como la defi- na el Administrador), dt cualquier producto agrícola u hortícola da primera necesidad durante las ope- raciones temporales, o a la ma- tanza o aderezo de aves o ganado, 1 a s disposiciones de la subsecclón (a), durante un periodo o periodos de no más de catorce semanas de trabajo en total dentro de cual- quier afto natural, no serán apli- cables a sus empleados en ningún sitio de empleo donde estuviera de- dicado a dichos trabajos. (d) Esta sección estará tn vlgof al expirar los ciento veinte días siguientes a la fecha dt la apro- bación dt esta ley. Ordenes sobre salarios Sec. 8. (ae Con miras a llevar a la práctica la política dt esta ley, logrando, tan rápidamente como sea económicamente posible aln rt- d u c I r sustanclalmente el empleo, el objetivo de un salario mínimo universal de cuarenta centavos la hora en cada Industria dedicada al comercio o a la producción de artí- culos para el comercio, el Adminis- trador reunirá de tiempo en tiempo el comité industrial de cada un» de dichas industrias, y el comité in- dustrial recomendará de tiempo en tiempo un tipo o tipos mínimos dt salarlos qut deberán pagarse dt acuerdo con la sección 6 por loa patronos dedicados al comercio o a la producción dt artículos para el comercio en dicha industria. (b) Al reunir un comité Indus- trial, el Administrador le referirá la cuestión del tipo de salario mí- nimo a ser fijado para cada In- dustria. El comité Investigará las condiciones prevalecientes -en la industria y por su cuanta o me- diante un subcomlté autorizado por él, oirá declaraciones dt testigos y considerará evidencia que pueda ser necesaria o apropiada para per- mitir al comité cumplir tus debe- res y funciones dt acutrdo con ta- ta ley. El comité recomendará al Administrador los tipos más altos de salario que deberá pagar la In- dustria, prestando debida atención a las condiciones económicas y da competencia. (O El Comité industrial- para cualquier Industria recomendará ta- les clasificaciones razonables den- tro de cualquier Industria como pueda decidir que gen necesarias para el propósito do fijar para ca- da clasificación dentro de dicha In- continua en la página 17. Col. 2.) í

Upload: others

Post on 28-Dec-2019

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • i«iL«i*a*uiwi ii^w ,i.>■' «itimw^npm^i^mppvmijipiiu -■  •ff^pwi» PM «

    EL MUNDO, SAN JUAN, P. R. - MARTES 21 DE JUNIO DE 193S. 15

    ♦ » AGRICULTURA - INDUSTRIA - COMERCIO - NAVEGACIÓN - RADIO

    Programas que en la noche de hoy martes trasmitirán laa prlnelpalaa as- taclones de Europa y América:

    Radioemisoras de la NBC. (Circuito Rojo, hora de Puerto Rico)

    7:30—Orquesta del Salón Cristal. 7:45—Chuca Shanks y Orquesta. 8:00—Orquesta de Rusa Montan. 8:30—Serenata de Lady Esther. 9:00—Entrevistas por la calle. 9 :S0— Dramatl ración.

    ''*o:00—Aunque Uated No lo Crea. 10:30—Chismea de Hollywood, por

    Jimmle Pldler. 10:45—Ritmos Sinfónicos. 11:00— Bailables. 11:30—Orquesta de Richard Hlmber. 13:30—Orquesta de Al Jahns. Radioemisora* de la NBC. (Circui-

    to Astil, hora de Puerto Rico) 7:00—Vivían della entesa, soprano. 8:00—Orquesta de Al Donahue. 8:W—BuKón de Preguntas y Res-

    puesta*. 9:00--Orquesta de Horace Heldt. 9 no—.Tamboree de la NBC.

    10:30—Walter Kelsey con Orquesta 11:00—Orquesta de Reegi» Chllds. 11 :so—Orquesta de Lou Bréese. 12:^0—rrerfoi* Martin y Ornueata. Estación BBC. landres. (31.65 m.

    H«ra de Puerto Rico) 7 20—"Tónicos det Cía". Charla en

    fn Jtó flan Juan P. A.

    WN'EL i. Martes. Junio 21. 1938.

    6:45—Church of the Air. 7:00—Noticias Locales. 8:00—Informaciones Transradio. 8:30—Programa de Peticione». 9:00—Hora Victor. 9:30—Juegos y Pasatiempos.

    10:30—"Everybodys Program. 11.00—Música—Literatura. 12:00—Prog. Musical Informativo. 1:15—Comentarlos Hípicos. 1:30—Transradlo News. 1:45—Informaciones Transradlo. 2:00—Peop'.e's. Cholee. 2:30—Buenas Tardes. 5:00—Concierto Sinfónico. .VlO—Lydia E. Pinkham. 5:15—Servicio de Extensión. 6:00—Rafael Muñoz y su Orquesta. 8:00—Informaciones Hípicas. 8:30—Programa Variado. 8:45—Cuarteto Marcano. 9:00—Hora Kresto. 9:30—Conferencias.

    10:00—Ultimas Noticias. 10:30—Last Minute News F'- ".íes. 11:00—S'*n Off. Buenas Noches.

    Este programa asta sujeto a alteraciones.

    NUEVA YORK, Junio 20 ve ios Momeo*

    Admlnl**re*«» •«*»» lo* **Um -»nr«nnt)in*» •noar- p-ado «*»' r»enarta»w»nto TTIsna. r>« »•♦» atemore Hato nara re- cibirlo tan n«w»»n n>**mhar.

    one rail** 4* r 47 -" «tenaII al Oe-ne-tomento

    OT«IMIWI rw feJWo

    picadas a la escuela y a condiciones que no. afectan su salud o bienes- tar.

    (m) "Salarlo" Incluye el precio razonable, como lo determine ti administrador, que representa al patrono el suministrar a su emplea- do hospedaje y otraa facilidades si dicho hospedaja u otra» facilida- des las proporciona regularmente dicho patrono a sus empleados.

    Administrador Sec. 4 (a) Por la presente se

    crea en el Departamento del Tra- bajo una División de Horas y Sa- larios qut tstará bajo la dirección de. un Administrador, que se cono- cerá como el Administrador dt la División dt Horas y Salarlos (en tsta Ity será mtnclonado como el "Administrador"). El Administra- dor será nombrado por el Presi- dente, con el consejo y consenti- miento del Senado, y recibirá re- muneración a razón dt diez mil dólares al ano.

    (b) El Administrador podrá, dt acuerdo con las leyes del servicio civil, nombrar los empleados qyt Juzgue necesarios para llevar a ca- bo sus funciones y deberes fijados por esta ley y señalará su com- pensación de acuerdo con la ley de clasificación de 1923, tal como fué enmendada. El Administrador podrá establecer y utilizar aque- llas agencias locales, regionales u otras, y utilizar aquelloa servicios voluntónos no compensados que puedan necesitarse de tiempo tn tiempo. Los abogados que fueren nombrados de acuerdo con esta sección podrán comparecer y re- presentar al Administrador en cual- quier litigio, peto todo dicho litigio estará sujeto a la dirección y con- trol del Procurador General. En

    .el nombramiento, la selección, cla- sificación y ascenso dt oficiales y empleados del Administrador, no se permitirá, ni dará consideración a, ninguna prueba política, sino qut todos tsos nombramientos y ascensos serán hechos a base de mérito y eficiencia.

    (c) La oficina principal del Ad- ministrador radicará en el Distrito de Columbia. pero 41 o sus repre- sentantea debidamente autorizados podrán ejercer cualquiera o todos sus poderes en cualquier «Itio.

    (d) El Administrador someterá anualmente en enero un informe al Congreso, cubriendo sus activi- dades durante el año anterior e in- cluyendo Información, datos y re- comendaciones que juegue pruden- tes para nueva legislación en co- nexión con los asuntos tratados por esta ley.

    Comités de industrias Sec. 5. (a) El Administrador nom-

    brará tan pronto como sea. prác- tico un comité Industrial para ca- da industria dedicada al comercio o a la producción dt artículos pa- ra el comercio.

    (b) Un comité Industrial será nombrado por el Administrador sin consideración de ningunas otras disposiciones de ley relacionadas con el nombramiento y compensa- ción de empleados de los Estados Unidos. Incluirá un número de per- sonas no Interesadas en represen- tación del público, una dt las cua- les designará el Administrador co- mo presidente; un número Igual de personas que representen a los empleados de la Industria, y otro número igual en representación de los patronos de la industria. En el nombramiento de las personas que representen cada grupo, el Administrador dará debida consi- deración a las reglones geográficas en que se desarrolle la Industria.

    (c) Dos terceras partes de los miembros del comité de una indus- tria constituirán "quorum" y la decisión del comité hará necesaria una votación de no menos de la mayoría de todos sus miembros. Los miembros dt un comité de in- dustria recibirán como compensa- ción por sus servicios una dieta ra- zonable, la cual prescribirá el Ad- ministrador de acuerdo con las re- glas y reglamentos estatuidos, por cada día dedicado a la labor del comité y además recibirán reem- bolso por gastos de viaje y de otra Índole cuando fuere necesario. El Administrador suministrará al co- mité toda la ayuda legal, esteno- gráfica, de oficina, etc., y trazará el procedimiento que seguirá el co- mité.

    (d) El Administrador someterá de vez en cuando a) comité indus- trial toda la Información que pue- de tener disponible sobre los asun- tos que se refieran al comité y hará que ante éste comparezcan en conexión con dichos asuntos los testigos que crea necesarios. Un comité de industria puede citar otros testigos o pedir al Adminis- trador que le suministre informa- ción adicional qut le ayude en sus deliberaciones.

    Salario mínimo

    Sec. 6¡» (a) Cada patrono pagará a cada uno de sus empleados de- dicado al comercio o a la produc- ción de artículos para el comercio salarios a loa tipos siguientes:

    (1) Durante ti primer a ft o de la fecha en que sea efectiva tata sección, no menoa dt veinte y cin- co centavos la hora.

    (2) durante los seis aflos siguien- tes a dicha fecha, no menos de treinta centavos la hora.

    (3) después dt txplrar los slttt aflos siguientes a dicha fecha, no menos de cuarenta centavos la ho- ra, o el tipo (no menos de treinta centavos la hora) prescrito tn la orden aplicable del Administrador, expedida bajo la sección 8, y

    (4) en cualquier fecha después dt la vigencia de esta sección, no menos del tipo (no más de cua- renta centavos la hora) prescrito en la orden aplicable al Adminis- trador, expedida bajo la sección 8

    (b) Esta sección tendrá efecto al expirar los ciento veinte diai

    siguientes a la facha tn qut st apruebe esta lty.

    Máximo de hora» Sec. 7. (a) Ningún patrono po-

    drá, excepto como tn contrario lo diaponga tsta sección, emplear cualquiera de sus empleados dedi- cados al comtrclo o a la produc- ción dt artículos para ti comercio,

    (1) por semana de trabajo en ex- ceso de cuarenta y qcho horas du- rante ti primer arto dt vigencia dt tsta sección,

    (2) por semana de trabajo en exceso de cuarenta y dos hora a durante el segundo ano después, da dicha fecha, o

    (3) por semana de trabajo tn exceso dt cuarenta horas después dt txplrar ti segundo afto siguien- te a dicha fecha, a menos qut di- cho empleado reciba compensación por su empleo en exceso dt 1 a ■ horas arriba especificadas a un ti- po no menor de una ves y media el que se lt paga regularmente por su trabajo.

    (b) No st tntendtrá que patro- no alguno ha violado la substeelón (a) empleando cualquier empleado por semana de trabajo en exceso del tiempo especificado en dicha subsecclón s 1 n pagarle compensa- ción por su trabajo "overtlme" co- mo allí se dispone, si dicho em- pleado está colocado,

    . (1) de acuerdo con un convenio, concertado como resultado de re- gateo colectivo por representantes de los empleados y qut esté certi- ficado como "bona fidt" por la Junta Nacional de Relaciones Obreras,.que dispone que ninguna persona será empleada por más dt mil horas durante 'un periodo de veinte y seis semanas consecuti- vas,

    (2) sobre una base anual dt acutrdo con un convenio con su patrono, hacho como rtsultado dt regateo colectivo por repreatntan- tts de 1 o s empleados, certificado como "bona flde" por la Junta Na- cional de Relaciones Obreras, qut dispone qut el empleado no lo se- rá por más de dos mil horas du- rante cualquier periodo de cincuen- ta y doa semanas consecutivas, o1

    (3) por un periodo o periodos dt no más de catorce semanas dt tra- bajo en total en cualquier alio na- tural, en una Industria qut ti Ad- ministrador determine que es de naturaleza temporal,

    y si dicho empleado recibe com- pensación por su empleo en exce- so de doce horas tn cualquier dia de trabajo, o por su empleo tn exceso de cincuenta y seis horaa tn cualquiera semana 'de trabajo, como sea el caso, a un tipo no menor de una vez y media el tipo regular que se le paga.

    (c) En el caso de un patrono dedicado a la primera elaboración de leche, suero, leche desnatada o crema en la fabricación dt produc- tos lecheros, o a la desmotaclón y compresión dt algodón, o a la elaboración de la semilla de algo- dón, o a la elaboración de remola- cha de azúcar, melara dt remola- cha, cana de azúcar, meple, para la fabricación de azúcar (pero no azúcar refinado) o de "syrup", las disposiciones del subtitulo (a) no se aplicarán a sus empleados tn ningún lugar de empleo donde, es- tuviere dedicado a esa labor; y en el caso de un patrono dedicado a la primera elaboración dt, o al en- latado de pescado, frutas o vege- tales propensos a dañarse, o a la primera elaboración, dentro dtl área de producción (como la defi- na el Administrador), dt cualquier producto agrícola u hortícola da primera necesidad durante las ope- raciones temporales, o a la ma- tanza o aderezo de aves o ganado, 1 a s disposiciones de la subsecclón (a), durante un periodo o periodos de no más de catorce semanas de trabajo en total dentro de cual- quier afto natural, no serán apli- cables a sus empleados en ningún sitio de empleo donde estuviera de- dicado a dichos trabajos.

    (d) Esta sección estará tn vlgof al expirar los ciento veinte días siguientes a la fecha dt la apro- bación dt esta ley.

    Ordenes sobre salarios Sec. 8. (ae Con miras a llevar a

    la práctica la política dt esta ley, logrando, tan rápidamente como sea económicamente posible aln rt- d u c I r sustanclalmente el empleo, el objetivo de un salario mínimo universal de cuarenta centavos la hora en cada Industria dedicada al comercio o a la producción de artí- culos para el comercio, el Adminis- trador reunirá de tiempo en tiempo • el comité industrial de cada un» de dichas industrias, y el comité in- dustrial recomendará de tiempo en tiempo un tipo o tipos mínimos dt salarlos qut deberán pagarse dt acuerdo con la sección 6 por loa patronos dedicados al comercio o a la producción dt artículos para el comercio en dicha industria.

    (b) Al reunir un comité Indus- trial, el Administrador le referirá la cuestión del tipo de salario mí- nimo a ser fijado para cada In- dustria. El comité Investigará las condiciones prevalecientes -en la industria y por su cuanta o me- diante un subcomlté autorizado por él, oirá declaraciones dt testigos y considerará evidencia que pueda ser necesaria o apropiada para per- mitir al comité cumplir tus debe- res y funciones dt acutrdo con ta- ta ley. El comité recomendará al Administrador los tipos más altos de salario que deberá pagar la In- dustria, prestando debida atención a las condiciones económicas y da competencia.

    (O El Comité industrial- para cualquier Industria recomendará ta- les clasificaciones razonables den- tro de cualquier Industria como pueda decidir que gen necesarias para el propósito do fijar para ca- da clasificación dentro de dicha In- continua en la página 17. Col. 2.)

    í