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    EL DERECHO AL AGUA Y SU RELACIN CON EL MEDIO AMBIENTE

    Rodrigo Gutirrez rivas*

    sumario: I. Introduccin. II. Situacin en Mxico. III. Rela-cin del derecho al agua y el medio ambiente en la Constitu-cin. IV. Agua y medio ambiente en el derecho internacional.

    V. Bibliografa.

    i. introduccin

    Para poder abordar algunos los principales problemas que en la actualidad relacionan al agua con el medio ambiente, conviene comenzar sealando que la cantidad de lquido que existe en la tierra contina siendo la misma desde hace 3000 millones de aos. El 97.5% de esa agua es salada y slo el 2.5% restante es dulce. De este ltimo porcentaje, el 70% est conge-lada en glaciares y capas de nieve permanentes, el 29.4% en el subsuelo, el 0.35% en lagos y pantanos y slo el 0.01 en ros y corrientes. Como se desprende de estos datos, el porcentaje de agua dulce disponible es mucho menor que el de agua salada; aun as, los sistemas de agua dulce tienen una enorme relevancia para mltiples fenmenos meteorolgicos (regu-lacin de la temperatura y los climas) as como para la reproduccin de la vida en general. La supervivencia de los seres humanos, y la de miles de especies con las que compartimos el planeta, depende directamente de la conservacin de los ecosistemas de agua dulce; por ejemplo, de todas las especies de peces reconocidas hasta la fecha en el mundo, el 41% habita en el pequeo porcentaje de agua dulce superficial no congelada.1

    1 Abramovitz, Janet, Aguas amenazadas, futuro empobrecido: el declive de los eco-sistemas de agua dulce, Bilbao, Bakeaz, 1998, p. 7.

    * Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurdicas de la UNAM.

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    Por otra parte, los propios sistemas de agua dulce tanto los super-ficiales como los subterrneos tienen una estrecha relacin de depen-dencia con ecosistemas ms amplios como los bosques, las selvas o las llanuras. Entre otras mltiples razones, porque para que la tierra pueda capturar el agua (y despus pueda ser aprovechada a travs de pozos y manantiales), es necesario que cuando sta se precipite, encuentre un suelo receptivo capaz de generar infiltracin al subsuelo; en este proce-so son indispensables los rboles. Es gracias a ellos que gradualmente se van consolidando los suelos apropiados para que esto ocurra. En una tierra sin rboles no se fijan los suelos y por tanto el agua corre de for-ma superficial escapando hacia los mares y contribuyendo an ms a la erosin. Por tanto, cuando deforestamos montaas y valles estamos con-tribuyendo de forma importante a disminuir la capacidad de recarga de nuestros acuferos. En resumen, el ciclo del agua requiere de los bosques para su constante regeneracin, y a su vez, sin agua, los bosques son in-viables as como toda la biodiversidad que contienen.

    Sin embargo, en actitud contraria al sentido comn, y al de repro-duccin de la vida, tanto los ecosistemas de agua dulce como los que se relacionan con estos de forma estrecha, estn siendo modificados y de-gradados a un ritmo acelerado y peligroso por nuestras sociedades indus-trializadas y cada da ms urbanizadas. Por ello expertos en hidrologa de todo el mundo han ido construyendo, desde mltiples pticas, distintos diagnsticos sobre los problemas del agua en el planeta. Si bien la mayo-ra de ellos coinciden en que existe una crisis mundial del agua, no hay un consenso sobre su naturaleza. Para algunos se trata de un problema de escasez fsica del lquido;2 para otros el problema tiene que ver con la falta de acceso (la Organizacin Mundial de la Salud, calcula que 1100 millones de persona actualmente no tienen acceso a fuentes de abasto de agua segura, lo que provoca que dos millones de personas mueran al ao por enfermedades diarricas). Hay quienes consideran que la manifes-tacin ms grave, es la crisis de agua en el medio ambiente. Desde ese punto de vista, son los sistemas ecolgicos los que estn ms amenazados debido a las crecientes extracciones industriales, la contaminacin urba-na, las prcticas inadecuadas de la agroindustria, los cambios no susten-

    2 Raskin, P et al., Water futures: Assessment of long-range patterns and prospects, Instituto Ambiental de Estocolmo, 1997. En ese mismo sentido Ohlsson, L. Environment, scarcity and conflict: A study of Malthusian concerns, Departamento de Investigacin de la Paz y el Desarrollo, Universidad de Gteborg, 1999.

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    tables en el uso de la tierra o la construccin de mega obras,3 entre otras actividades.

    Mxico no est exento de todo lo anterior; la sobreexplotacin, la con-taminacin y otras formas de degradacin de nuestros recursos hdricos, y de los ecosistemas con los que se relacionan de forma estrecha, son muy graves. Frente a ello, preocupa saber que, a pesar de los impor-tantes avances del conocimiento cientfico sobre el ciclo del agua y sus delicados equilibrios, amplios sectores de la poblacin sobre todo los que viven en las ciudades continen teniendo poca conciencia de su importancia y su vulnerabilidad. En los grandes centros urbanos, donde no existe un contacto directo con dicho ciclo, el agua es concebida como un chorro que nace de la llave y es til para desalojar desechos a travs el drenaje. Sin embargo, lo que es mucho ms preocupante es que las propias autoridades sigan pensando en los ros, y otras fuentes de agua dulce, como reservas inagotables de un recurso que se requiere para faci-litar procesos industriales, generar electricidad o abastecer ciudades. En la actualidad, cuando surgen problemas de escasez de agua (circunstancia cada vez ms frecuente), las dependencias y funcionarios se limitan a bus-car nuevas fuentes del recurso, planeando el desvo de cauces o constru-yendo grandes presas que inundan miles de hectreas de selva o bosque, sin que nadie parezca reparar en el hecho de que el agua dulce existe gracias a ese sistema complejo de evaporacin y captura que depende de equilibrios delicados en los que se relacionan bosques, montaas, ros, climas, mantos acuferos, etctera.4

    Es importante tomar en cuenta que lo anterior se debe en importante medida a que el proyecto de la modernidad creci, desde hace dos siglos, imaginando a la naturaleza como una entidad que deba ser domesticada

    3 En este sentido se ha documentado que la construccin de presas ha producido la destruccin de 25 millones de kilmetros de sistemas ribereos. Cosgrove, W. J. y F. R. Rijsberman, World water vision: Making water everybodys business, Londres, Earth-scan, 2000.

    4 El caso reciente del proyecto de construccin de la presa La Parota es un claro ejemplo de lo anterior. Frente a la escasez de agua en Acapulco, debida al crecimiento no sustentable de la zona urbana y del turismo, as como frente a la supuesta necesidad de generar mayor electricidad, la opcin que impuls el gobierno fue la construccin de una megaobra que inundara 17 mil hectreas de selva caduciflea y acabara con la vida del ro papagayo, as como de todos los ecosistemas que dependen de l. Vase Un movimiento social frente a la Parota: construyendo los derechos econmicos, sociales y culturales desde abajo, Revista Ce-Acatl, Revista de la Cultura de Anahuac, Mxico, nm. 107, 2007.

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    y que estaba slo al servicio de las necesidades humanas. El resultado de ello es el avance de diversos procesos sobre espacios ambientales que de forma paulatina han ido mermando la capacidad de recuperacin de ciclos naturales, degradando hdrica y biolgicamente a la tierra a un ritmo creciente. Este modelo de apropiacin y dominio de los espacios ambientales tuvo un gran impulso a partir de la Segunda Guerra Mun-dial, cuando la idea de desarrollo qued fuertemente vinculada a las de industrializacin, produccin y crecimiento econmico. El multicitado discurso del presidente estadounidense Harry Truman evidencia lo an-terior. En 1949, al tomar posesin de su cargo, ley ante la Cmara de Representantes lo que puede considerarse su proyecto para reconstruir la economa mundial a partir del final de la guerra. De acuerdo con la visin de Truman era indispensable

    ... lanzar un programa audaz para mantener el crecimiento de las regio-nes subdesarrolladas... Ms de la mitad de la poblacin mundial vive en condiciones cercanas a la miseria... Su alimentacin es insuficiente, son vctimas de enfermedades... Su vida econmica es primitiva y estanca-da, su pobreza constituye una desventaja y una amenaza, tanto para ellos como para las regiones ms prsperas... Los Estados Unidos deben poner a disposicin de los pueblos pacficos las ventajas de su reserva de co-nocimientos tcnicos a fin de ayudarlos a realizar la vida mejor a la que ellos aspiran... Con la colaboracin de los crculos de negocios, del capital privado, de la agricultura y del mundo del trabajo en Estados Unidos, este programa podr acrecentar en gran medida la actividad industrial de las dems naciones y elevar sustancialmente su nivel de vida... Una mayor produccin es la calve de la prosperidad y de la paz...5

    Desde esta mirada economicista del desarrollo, se consider que slo aquellos pases con capacidad para acumular capital, invertir y expandir mercados podran ser considerados desarrollados; aquellos que no la tu-vieran seran subdesarrollados. Por lo tanto, para alcanzar el desarrollo, los segundos, tendran como nica va para el progreso, la generacin de riqueza y acumulacin de capital para el impulso de la tecnologa, la construccin de infraestructura y la explotacin de recursos. En ese sentido, los pases subdesarrollados slo dejaran de serlo hasta que sus habitantes pudieran aumentar su capacidad adquisitiva y a partir de ello

    5 Extractos del punto IV traducidos por Rist, G., Le developpement. Historie dune croyance occidentale, Pars, Presses Universitaries de Sciences Po, 1996, pp. 116-121.

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    expandir los mercados. En relacin con la explotacin masiva y desmedi-da de los recursos que derivara de lo anterior, se supona que los avances de la ciencia y la tecnologa se encargaran de ir ofreciendo alternativas para que las economas pudieran continuar con su marcha ascendiente y permanente.

    Sin embargo, dichas soluciones no parecen llegar, cuando menos no a tiempo. Cada da existen mayores evidencias que muestran las distintas formas de sobre carga del planeta en mltiples frentes. Las advertencias sobre el calentamiento global son las que reciben mayor atencin por parte de la opinin pblica; sin embargo, los datos relativos a la crisis hdrica son igualmente preocupantes. Hoy parece claro que si continua-mos pensando que en nombre del desarrollo se puede seguir alterando el cauce natural de las aguas, o que la escasez y contaminacin de stas se resolvern slo con el avance de la tecnologa, o que la desaparicin de algunas especies forma parte de la historia biolgica del planeta y sus ciclos naturales, corremos el riesgo de provocar una destruccin irrever-sible de nuestros espacios vitales medioambientales.

    Frente a ello, un nmero creciente de comunidades, organizaciones y acadmicos continan denunciando esta circunstancia e impulsando estrategias y alternativas para frenar los procesos destructivos. En el te-rreno de lo jurdico cada da hay mayor insistencia en la necesidad de fortalecer el discurso de los derechos fundamentales en su vnculo con el medio ambiente y los recursos naturales, incluida el agua. Los graves impactos que en los ltimos treinta aos ha provocado la apertura de los mercados de las tierras, aguas y bosques sobre los espacios territoriales de los pueblos y comunidades campesinas, han impulsado con fuerza un debate sobre la exigibilidad de los derechos sociales y ambientales, as como de los derechos de los pueblos. No puede olvidarse que las ini-ciativas de defensa de los derechos fundamentales aparecen con mayor intensidad cuando ciertas necesidades e intereses, que son fundamentales para la vida, comienzan a escasear o a estar en peligro. A partir de ello, la ciudadana lucha por proteger aquello que es ms importante para poder tener una vida digna, intentando traducirlo a un lenguaje de derechos o bien aprovechando los que ya existe en las Constituciones o en el dere-cho internacional de los derechos humanos. Algunos de estos derechos son ya prcticamente incuestionables, por ejemplo: tener la seguridad de poder movernos para lo cual es indispensable tener vas de comunica-cin o medios de transporte, pero tambin salud fsica, y alimentacin;

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    la seguridad de poder expresar una opinin y de poder participar en las decisiones colectivas que nos afectan para lo que es necesario tener informacin, espacios pblicos para manifestarnos, elecciones o medios electrnicos de comunicacin; as mismo una educacin bsica, un es-pacio que nos permita refugiarnos de la lluvia y del fro, as como el acceso a un determinado nivel de salud, lo que incluye una adecuada ali-mentacin y el acceso al agua potable.

    Y no slo al agua, hoy, por razones ms que evidentes, tambin esta-mos obligados a reflexionar sobre la necesidad de poder contar con espa-cios ambientales adecuados y sanos para poder vivir. Si las personas no cuentan con todo ello, las posibilidades que tienen para desarrollar sus propios planes de vida con libertad se reducen de forma drstica. A con-tinuacin haremos un anlisis de las problemticas ms importantes de la relacin entre el agua y el medio ambiente en Mxico e identificaremos el marco jurdico general de referencia que aborda dicha relacin.

    ii. situacin en mxico

    Como se seal en prrafos superiores, en Mxico la crisis del agua en su relacin con el medio ambiente es innegable. El ritmo al que lo explotamos y corrompemos, el recurso est sobrepasando en muchos ca-sos la capacidad de renovacin natural del ciclo hidrolgico, tanto en cuerpos de agua superficial (ros, lagos, lagunas, etctera) como en los acuferos subterrneos. Los problemas son mltiples y se encuentran in-terrelacionados de forma compleja. Con el objeto de intentar clarificar el entreverado tejido de conflictos que se producen en la realidad, aqu enunciaremos de forma diferenciada cuatro grandes problemas que agru-pan muchos otros que estn siendo permanentemente denunciadas por las propias poblaciones, por algunos tericos especialistas en la materia, e incluso por las autoridades encargadas de gestionar los recursos hdricos. Estas problemticas son: contaminacin, sobreexplotacin, discrimina-cin y privatizacin. Con base en estas cuatro categoras se intentar ex-plicar la complejidad del universo problemtico.

    1. Contaminacin

    Esta es una de las problemticas ms urgentes en el pas si se toman en cuenta las graves consecuencias que se derivan de ella en trminos de

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    salud pblica. De acuerdo con los datos aportados por la Comisin Na-cional de Agua (CNA), en Mxico slo el 6% de los acuferos superficia-les estn libres de contaminacin; del 94% restante, 20% son aceptables, 51% estn poco contaminados, 16% estn contaminados, y el ltimo 6% est altamente contaminado.6 Como es obvio, a todo ello contribuyen en gran medida los procesos de industrializacin y creciente urbanizacin, en un contexto en el que el tratamiento de aguas residuales es de apenas 31% del total del volumen recolectado. Frente a ello, las autoridades ad-ministrativas en materia de salud, medio ambiente y agua han emitido un conjunto de normas oficiales (NOMs), con el objetivo de enfrentar el tema. Sin embargo, como lo han sealado investigadores especialistas en calidad del agua en Mxico, estas normas siguen siendo insuficientes; muchas de ellas ignoran importantes aspectos biolgicos y siguen sendo muy laxos en el monitoreo de parmetros fisicoqumicos. En ese sentido se ha insistido en la necesidad de poder contar con instrumentos jurdi-cos que exijan evaluaciones del agua ms completas y con mtodos ms modernos.

    2. Sobreexplotacin

    La sobreexplotacin implica el uso irracional y el aprovechamiento no sustentable del recurso, este hecho se manifiesta en la reduccin de los niveles de agua subterrnea y en la desaparicin de numerosas fuentes de agua superficial. En relacin con las aguas subterrneas, el pas, para fines de administracin, se ha dividido en 653 acuferos, la sobreexplo-tacin de los mismos ha ido en peligroso aumento: de 32 acuferos sobre explotados en 1975, pasamos a 80 en 1985 y a 101 en 2007.7 Al observar estas cifras, a nadie debera sorprender que en los ltimos sesenta aos hayamos pasado en Mxico de una disponibilidad natural media de agua per capita de 18,035 metros cbicos por habitante al ao, a slo 4,312,8 lo que supone una disminucin de cerca del 70% del agua disponible. De continuar esta tendencia decreciente, dentro de 20 aos estaremos en una condicin de disponibilidad baja con 3, 788 m3/hab/ao. Ello es grave

    6 Carabias, Julia y Landa, Rosalva, Agua, Medio Ambiente y Sociedad. Hacia la ges-tin integral de los recursos hdricos en Mxico, Mxico, UNAM, Colegio de Mxico, 2005, p. 74.

    7 Estadsticas del Agua en Mxico, Semarnat-Conagua, 2008, p. 42.8 Ibidem, p. 24

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    si tomamos en cuenta que actualmente 38 ciudades del pas tienen ya importantes problemas de abasto y cerca de 11 millones de mexicanos no tienen acceso al agua potable.

    3. Discriminacin

    En trminos generales, discriminacin significa trato desigual no ra-zonable. Es decir, tratar a una persona o a un grupo de personas de for-ma distinta sin una razn justificada con base en cualquiera de los ras-gos prohibidos por las clusulas antidiscriminatorias incluidas en nuestra Constitucin, tratados internacionales y leyes en la materia (condicin social, gnero, edad, preferencia sexual, religin, origen tnico o nacio-nal, etctera). En nuestro pas existen permanentes denuncias sobre la desigualdad en la distribucin de los recursos hdricos y por tanto dis-criminacin a ciertos sectores de la poblacin. Existen grandes grupos, especialmente en las zonas rurales, marcados por su alta marginacin y pobreza, que carecen de infraestructura y servicios bsicos como salud, energa elctrica, vas de comunicacin y por supuesto acceso al agua. Si bien, ste parece ser un problema de carcter ms bien social, tiene tambin consecuencias ambientales. Gran parte de los trasvases que se deciden hacer para llevar agua a las ciudades impactan grandes espacios ambientales y territoriales de comunidades indgenas y campesinas que quedan en situacin de mayor escasez y destruccin de su entorno y em-pobrecen an ms a sus habitantes. Asimismo, la construccin de grandes presas, que dejan moribundos a los ros, suelen hacerse sobre territorios valiosos en trminos ambientales que desaparecen con la inundacin. Esto es muy grave en un contexto como el mexicano donde a la destruc-cin de los recursos hdricos se suma la muerte de otros ecosistemas que contribuyen al ciclo del agua. Si bien es cierto que no hay un acuerdo sobre la tasa de deforestacin en Mxico,9 de acuerdo con la FAO (por sus siglas en ingls Food and Agricultur Organization of the United Na-tions) el rango va de 350,000 a 650,000 hectreas por ao.10 Segn an-lisis recientes, se calcula que de 1976 a 1993 se destruyeron 29,765 km2 de bosque (superficie equivalente al estado de Guanajuato), mientras que

    9 Las cifras fluctan de 75, 000 hectreas al ao hasta 2,000,000. 10 Velzquez. A, et. al., Patrones y tasas de cambio del uso de suelo en Mxico,

    Gaceta Ecolgica no. 62, Mxico, Instituto de Ecologa, UNAM, 2002, p.23.

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    de 1993 a 2000 se perdieron 54,306 km2 (superficie equivalente al es-tado de Campeche).11

    4. Privatizacin

    Finalmente es necesario referirse a los procesos de privatizacin que se han ido extendiendo en Mxico como estrategias que se impulsan con el objetivo de resolver los problemas arriba enunciados. Independiente-mente de que se crea o no en los posibles beneficios que la apertura de los mercados del agua pueda traer a la poblacin, lo cierto es que en un pas como Mxico, las polticas de libre mercado en el marco de la globaliza-cin neoliberal12 han aumentado las desigualdades de ingreso y oportu-nidades, e incrementado la cantidad de personas que no tienen acceso a necesidades bsicas como salud, educacin, vivienda o agua. Esto ltimo lo ha expresado con rotundidad el relator especial de Naciones Unidas sobre Vivienda Adecuada al sealar que ...la globalizacin de las corpo-raciones y su clara expresin de la privatizacin de los servicios, es una de las mayores amenazas para el acceso universal al agua potable.13 En pases como Mxico, la privatizacin del agua se ha ido convirtiendo a su vez en un grave problema, al otorgar el manejo de los recursos a em-presas privadas, quienes se conducen bajo la lgica y los criterios de los negocios Ello provoca que aumente la presin sobre las fuentes de agua al intentar extraer la mayor rentabilidad posible del recurso en el menor tiempo. Los criterios del cuidado y la sustentabilidad de los recursos sue-le ser vencida por los de rentabilidad y ganancia.

    11 WWF, Deforestacin en Mxico, en http://www.wwf.org.mx/wwfmex/prog_bos-ques_deforestacion.php.

    12 De acuerdo con las categoras que utiliza Boaventura existe una globalizacin neo-liberal y una alternativa, la primera busca imponer un modelo hegemnico basado en la lgica del mercado y la segunda pretende construir una sociedad ms solidaria comen-zando por la radicalizacin de la democracia y el ejercicio de todos los derechos. Vase De Souza Santos, Boaventura, Globalizacin y democracia, Revista Memoria, nm. 175, septiembre de 2003.

    13 En el mismo documento dicho relator ha denunciado las malas experiencias en los procesos de privatizacin del agua y seala tres causas por las que esto se produce: 1) las empresas privadas ponen demasiado nfasis en el lucro y la recuperacin de los costos; 2) los servicios brindados a los grupos vulnerables son insuficientes y de mala calidad y; 3) los operadores privados no son responsables ante el pblico. Vase Kothari, Miloon, La privatizacin de los derechos humanos: el impacto de la globalizacin en el acceso a la vivienda, el agua y el saneamiento.

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    iii. relacin del derecho al aGua y el medio ambiente en la constitucin

    Frente a todos estos problemas, amplios sectores de la poblacin han insistido en la necesidad de que el agua sea considerada por los sistemas jurdicos como un derecho fundamental. Esta ha sido una lucha constante en Mxico durante la ltima dcada, puesto que en la Constitucin Mexi-cana este derecho no se encuentra explcitamente reconocido. Si bien es cierto que en los prrafos primero, tercero, cuarto, quinto, octavo y no-veno del artculo 27 se hace referencia expresa a los diferentes cuerpos y tipos de agua dentro del territorio nacional, en ningn caso se alude al acceso a este recurso como un derecho fundamental.

    El artculo 27 constitucional, ms bien establece la propiedad de las aguas comprendidas dentro del territorio, sealando que sta corresponde originariamente a la Nacin. sta ltima tiene el derecho de transmitir-la a los particulares para constituir la propiedad privada. En cualquier caso no conviene pasar por alto, que a lo largo del texto constitucional existen otras alusiones al tema del agua que nos permitiran sostener que ese derecho se encuentra implcitamente reconocido, y que por tanto de-bera ser explcitamente establecido por el constituyente permanente a partir de una reforma. En primer lugar, porque el derecho al agua guarda una relacin de interdependencia14 con otros derechos reconocidos en la Constitucin mexicana, como puede ser la salud, la vivienda y el medio ambiente (artculo 4o.), que son de imposible ejercicio si no se cuenta con una cantidad suficiente de agua disponible.15 En segundo lugar por-

    14 Esta relacin de dependencia que existe entre los derechos ha sido reconocida ju-rdicamente en el derecho internacional a travs de la nocin de interdependencia que se encuentra establecida en el punto 13 de la Declaracin de Tehern (1968) y reiterada en el punto 5 de la Declaracin de Derechos Humanos de Viena (1993).

    15 As ha sido reconocido en el derecho internacional a travs de las Observaciones Generales aprobadas por el Comit DESC. De acuerdo con la Observacin General 4 (Vivienda adecuada) para poder determinar si una vivienda cumple con el concepto de adecuacin, es necesario que sta cuente con ciertos servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutricin. Todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberan tener acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable. En relacin con el derecho a la salud, la Observacin General 14 en su prrafo 4 establece que la referencia que se hace en el artculo 12 del PIDESC: al ms alto nivel posible de salud fsica y mental no se limita al derecho a la atencin de la salud. Por el contrario, el historial de la elaboracin y la redaccin expresa del prrafo 2 del artculo 12 reconoce que el derecho a la salud abarca una amplia gama de factores so-

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    que en diversos artculos de la Constitucin (2o., 4o. y 27) se establecen obligaciones hacia los poderes pblicos que estn relacionadas con el contenido mnimo esencial de ese derecho (cuando menos en los casos de pueblos indgenas y de nios y nias).16 Por ltimo porque este derecho ha sido reconocido en mltiples instrumentos internacionales firmados y ratificados por Mxico con los que la Constitucin tiene una estrecha relacin.

    Es quiz en al artculo 2o. de la Constitucin, relativo a los pueblos indgenas, donde podemos encontrar la relacin ms estrecha entre agua y medio ambiente. A partir de la reforma de 2001, en el apartado A, frac-ciones V y VI de dicho artculo se establecen un conjunto de normas para el uso y disfrute de los recursos naturales y su conservacin que estable-cen una importante relacin entre pueblos, agua y medio ambiente. En ese sentido la Constitucin determina que:

    A. Esta Constitucin reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indgenas a la libre determinacin y, en consecuencia, a la autonoma para:

    ...V. Conservar y mejorar el hbitat y preservar la integridad de sus tierras

    en los trminos establecidos en esta Constitucin.VI. Acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y

    tenencia de la tierra establecidas en esta Constitucin y a las leyes de la materia, as como a los derechos adquiridos por terceros o por integrantes de la comunidad, al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, salvo aquellos que co-rresponden a las reas estratgicas, en trminos de esta Constitucin. Para estos efectos las comunidades podrn asociarse en trminos de ley.

    De acuerdo con esta norma, los pueblos tienen acceso preferente a los recursos naturales, como son los minerales, los suelos o las aguas.

    cioeconmicos que promueven las condiciones merced a las cuales las personas pueden llevar una vida sana, y hace ese derecho extensivo a los factores determinantes bsicos de la salud, como la alimentacin y la nutricin, la vivienda, el acceso a agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas.

    16 Lo anterior no debera ser impedimento para que los ciudadanos puedan exigirlo y las autoridades, protegerlo y cumplirlo. De hecho, en situacin muy similar se encuentra el derecho a la vida que aunque no esta reconocido de forma expresa en ningn artculo constitucional, ha sido configurado a travs de la interpretacin de la Suprema Corte, sealando que est implcitamente reconocido.

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    Se trata de una disposicin de la mayor relevancia para la supervivencia de dichas comunidades, si se toma en cuenta que son las que tienen una relacin ms estrecha con el entorno ambiental. Sin embargo, es tambin de la mayor relevancia para la sustentabilidad de los ecosistemas, ya que como se ha ido documentando cientficamente en los ltimos aos, son las propias comunidades indgenas en Mxico las que han demostrado te-ner mayor capacidad en el manejo sustentable de la naturaleza. De acuer-do con las investigaciones realizadas por Boege, los pueblos indgenas que representan el 10% de la poblacin total de Mxico, se asientan en un territorio de 28 millones de hectreas (14.3% del territorio nacio-nal), donde se concentra la mayor riqueza biolgica y la mayor agrobio-diversidad del pas. Ms del 50% de las selvas medianas, perennifolias, mediana subcaducifolias y bosques mesfilos de montaa se encuentran en los territorios de estos pueblos donde en promedio se captan anual-mente 364,387.47 hectmetros cbicos de agua.17

    Por lo que se refiere a otros artculos constitucionales, no se puede pasar por alto el hecho de que en el artculo 4o. constitucional ya se ha reconocido explcitamente el derecho al medio ambiente que por obvias razones tiene un vnculo indisoluble con el agua y por tanto con el dere-cho fundamental al agua. Si bien es cierto que el objetivo de este ltimo tiene una orientacin de carcter social (que todas las personas puedan acceder a una cantidad de agua indispensable para su consumo personal y domstico), ello no puede separarse del conjunto de relaciones ambien-tales que se establecen entre medio ambiente y agua. De hecho, como se sealar ms adelante, la Observacin General nm. 15, que es la que ha establecido con mayor claridad el contenido del derecho fundamental al agua, alude en mltiples ocasiones a la relacin entre agua y sustentabi-lidad ambiental.

    Por ltimo tambin conviene hacer alguna referencia al artculo 25 de la Constitucin, que complementando al artculo 27 seala que:

    Corresponde al Estado la rectora del desarrollo nacional para garantizar que ste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberana de la nacin y su rgimen democrtico y que, mediante el fomento del crecimiento eco-nmico y el empleo y una ms justa distribucin del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitucin.

    17 Boege, Eckart, El patrimonio biocultural de los pueblos indgenas en Mxico, Co-misin Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indgenas en Mxico, 2008.

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    Como puede observarse el texto de este artculo reitera la necesidad de la justa distribucin de la riqueza y del ingreso, y lo condiciona a que se garantice el desarrollo nacional que conforme al texto debe ser integral y sustentable, estableciendo que es el Estado a quien corresponde este importante reto y compromiso constitucional.

    iv. aGua y medio ambiente en el derecho internacional

    Desde hace ya muchos aos se comenz a incorporar en diversos do-cumentos internacionales (declaraciones, convenciones, pactos, tratados, etctera) el tema del agua como un elemento indispensable para la reali-zacin y proteccin de otros derechos. Los diversos instrumentos inter-nacionales en materia de agua han abordado la problemtica mundial del recurso tanto desde la perspectiva de sustentabilidad en su relacin con la naturaleza, como desde el punto de vista del acceso al agua como nece-sidad vital. A continuacin destacaremos aquellos artculos de todos esos instrumentos en los que se relaciona agua y medio ambiente.

    En primer lugar interesa destacar la Declaracin de Estocolmo de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el medio humano de 1972. Esta declaracin contiene varios principios que conviene resaltar:

    Principio 1. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igual-dad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligacin de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras...

    Principio 2. Los recursos naturales de la Tierra, incluidos el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representa-tivas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante una cuidadosa planificacin y ordenacin, segn convenga.

    En segundo lugar tambin es importante aludir a la Declaracin de Dubln sobre el agua y el desarrollo sostenible de 1992. Este instrumen-to hace referencia a la relacin entre desarrollo, medio ambiente y agua. De acuerdo con su principio nmero 1, el agua dulce es un recurso fini-to y vulnerable, esencial para sostener la vida, el desarrollo y el medio ambiente:

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    Dado que el agua es indispensable para la vida, la gestin eficaz de los recursos hdricos requiere un enfoque integrado que concilie el desarrollo econmico y social y la proteccin de los ecosistemas naturales. Sin em-bargo, conviene destacar que esta Declaracin tambin ha sido duramente criticada debido a que fue el documento que a nivel internacional estable-ci que el agua tambin debera ser considerado un recurso con un valor econmico, lo que indirectamente abre las vas para comerciar con este bien comn indispensable para la vida.

    En tercer lugar no puede dejar de mencionarse la Conferencia de Na-ciones Unidas sobe el Medio Ambiente y el Desarrollo que se celebr en Ro de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992 (tambin conocida como Cumbre de Ro o Cumbre de la Tierra). Esta conferencia dio como resul-tado la Declaracin de Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que a su vez dio lugar a la Agenda 21 (o Programa 21) donde se detallan las acciones que deben ser acometidas por los Estados en materia ambiental. Los temas principales de la Agenda estn organizados con base en 40 ca-ptulos y el nmero 18 est dedicado explcitamente a los problemas de agua y medio ambiente. En el punto 18.2 se determina que:

    El agua se necesita en todos los aspectos de la vida. El objetivo general es velar por que se mantenga un suministro suficiente de agua de buena calidad para toda la poblacin del planeta y preservar al mismo tiempo las funciones hidrolgicas, biolgicas y qumicas de los ecosistemas, adaptan-do las actividades humanas a los lmites de la capacidad de la naturaleza y combatiendo los vectores de las enfermedades relacionadas con el agua.

    Por otra parte, en 1994, la ONU tambin convoc en el Cairo a una Conferencia internacional sobre la poblacin y el desarrollo, que tambin incluy estrategias relativas al problema de las poblaciones, el agua y el medio ambiente. En el punto 9.18 se establece que: Los gobiernos de-beran fomentar la formulacin y la aplicacin de estrategias eficaces de ordenacin del medio ambiente para las aglomeraciones urbanas, pres-tando atencin especial a las actividades de ordenacin relativas al agua, a los desechos y a la atmsfera.

    En 1996, tuvo lugar la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos en Estambul (Habitat II) en cuyo pun-to nmero 2 se estableci la exigencia de: adoptar medidas para preve-nir y controlar la contaminacin del aire, el agua y el suelo y reducir los niveles de ruido.

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    Dos aos despus, de la Conferencia Internacional sobre Agua y Desa-rrollo Sostenible deriv la Declaracin de Pars 1998, algunos de cuyos sealamientos ms relevantes fueron que:

    Los recursos hdricos son esenciales para la satisfaccin de las necesida-des humanas bsicas, la salud, la produccin de energa y de alimentos y la preservacin de los ecosistemas, as como para el desarrollo econmico y social; Asimismo que La proteccin de los ecosistemas es imprescindible para el mantenimiento y la rehabilitacin del ciclo hidrolgico natural con miras a una gestin sostenible de los recursos de agua dulce...

    Como puede observarse existe un conjunto amplio de conferencias y declaraciones internacionales que relacionan de forma expresa el tema del agua y el medio ambiente. A ellos conviene sumar aquellos pactos y con-venios internacionales con valor vinculante que Mxico ha firmado y rati-ficado y que tambin establecen una relacin entre el derecho al agua y el medio ambiente.

    En primer lugar interesa aludir a la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer que en su artculo 14 establece que:

    1. Los Estados Partes tendrn en cuenta los problemas especiales a que hace frente la mujer rural y el importante papel que desempea en la superviven-cia econmica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no moneta-rios de la economa, y tomarn todas las medidas apropiadas para asegurar la aplicacin de las disposiciones de la presente Convencin a la mujer en las zonas rurales. 2. Los Estados Partes adoptarn todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacin contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participa-cin en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarn el derecho a:

    h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las es-

    feras de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abasteci-miento de agua, el transporte y las comunicaciones.

    Si bien la relacin que dicha Convencin establece entre el medio am-biente y derecho fundamental de las mujeres no es explcito, el hecho de que aluda a los problemas que enfrentan las mujeres en el mbito rural y las obligaciones que los Estados adquieren frente a ellas, permite es-

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    tablecer un vnculo entre ellas, medio ambiente y agua. No puede olvi-darse que en la mayora de los pases en desarrollo, son las mujeres las responsables de la gestin del agua a nivel domstico y comunitario. En una gran parte de las comunidades rurales, las mujeres son responsables de buscar las fuentes de agua, identificar su calidad, calcular la cantidad que se necesita para las actividades domsticas y en muchas ocasiones acarrearla hasta el hogar. En ese sentido, el papel de las mujeres en la relacin entre agua y medio ambiente es fundamental; son ellas quienes llegan a tener la relacin ms estrecha y de vida cotidiana con los proble-mas de disponibilidad y contaminacin del recurso.

    Sin embargo, quienes ms padecen los problemas de escasez y conta-minacin del agua son los nios y nias. Por ello es importante destacar que tambin en la Convencin de los Derechos de los Nios de 1989 se establece una importante relacin entre el derecho al agua y el medio am-biente. En el artculo 24 de dicha Convencin se determina que:

    1. Los Estados Partes reconocen el derecho del nio al disfrute del ms alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfer-medades y la rehabilitacin de la salud. Los Estados Partes se esforzarn por asegurar que ningn nio sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. 2. Los Estados Partes asegurarn la plena aplicacin de este derecho y, en particular, adoptarn las medidas apropiadas para: a) Reducir la mortalidad infantil y en la niez; b) Asegurar la prestacin de la asistencia mdica y la atencin sanitaria que sean necesarias a todos los nios, haciendo hincapi en el desarrollo de la atencin primaria de salud; c) Combatir las enfermedades y la malnutricin en el marco de la atencin primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicacin de la tecno-loga disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contamina-cin del medio ambiente

    Ahora bien, de todas las normas internacionales con carcter vincu-lante, ha sido a travs del Pacto Internacional de Derechos Econmicos Sociales y Culturales (PIDESC) que se ha determinado con mayor pre-cisin el contenido del derecho humano al agua y las obligaciones que se desprenden del mismo para los Estados firmantes. En dicho Pacto se reconoce el derecho a un nivel de vida adecuado (artculo 11.1) y el dere-cho a la salud (artculo 12), de los cuales se desprende el derecho humano al agua. As lo ha expresado de forma rotunda el propio Comit de De-

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    rechos Econmicos Sociales y Culturales (Comit), que en el ao 2002 emiti la Observacin General nmero 15.

    Si bien es cierto que esta Observacin General protege principalmen-te el acceso de las personas al agua para su uso personal y domstico, el Comit alude en mltiples ocasiones a la importancia del recurso para la preservacin y sostenibilidad del medio ambiente. Por ejemplo, en el prrafo 28 de dicho instrumento se insiste en que los Estados firmantes deben adoptar estrategias y programas amplios e integrados para velar porque las generaciones presentes y futuras dispongan de agua suficiente y salubre. Entre esas estrategias el Comit seala que los Estados deben examinar las repercusiones que puedan tener ciertas medidas en la dispo-nibilidad del agua y en las cuencas hidrogrficas de los ecosistemas na-turales, tales como los cambios climticos, la desertificacin, la creciente salinidad del suelo, la deforestacin y la prdida de biodiversidad. Sobre esto ltimo la Observacin remite al Convenio sobre Biodiversidad Bio-lgica, a la Convencin de Lucha contra la Desertificacin y a la Conven-cin Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico.

    Por ltimo conviene decir que, al igual que todos los derechos huma-nos, el derecho al agua impone tres tipos de obligaciones a los Estados partes. Estas son las obligaciones de respetar, proteger y cumplir. Las tres tienen como objetivo general que el derecho al agua se convierta en una prioridad para los Estados partes y en una realidad para todas las personas.

    La obligacin de respetar exige que los Estados se abstengan de rea-a) lizar cualquier prctica o actividad que restrinja o deniegue el acce-so al agua potable de cualquier persona. Esto significa, entre otras cosas, que bajo ninguna circunstancia deber privarse a una persona del mnimo indispensable de agua para su uso personal y domsti-co. Esto incluye la obligacin, hacia el Estado, de no inmiscuirse arbitrariamente en los sistemas consuetudinarios o tradicionales de distribucin de agua. Tambin supone la prohibicin de contamina-cin de fuentes de agua por parte de instituciones pertenecientes al Estado o bien la de limitar el acceso a los servicios y la infraestruc-tura de suministro como medida punitiva o de coaccin comercial.La obligacin de proteger impone a los Estados el deber de impedir b) que terceros puedan menoscabar el disfrute del derecho al agua. El Estado queda obligado a controlar y regular a particulares, grupos,

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    empresas y otras entidades para que no interfieran con el disfrute del derecho de todas las personas. Se trata de una obligacin de enorme relevancia en contextos en los que se ha privatizado el agua. Esta obligacin exige que el Estado impida a aquellas empresas que controlan redes de distribucin, presas, pozos u otras fuentes menoscaben el acceso, por razones fsicas o econmicas, a recursos de agua suficientes, salubres y aceptables. En la Observacin Ge-neral 15 se exige de forma explcita que los Estados establezcan un sistema normativo eficaz y de conformidad con el PIDESC, para conseguir estos objetivos.La obligacin de cumplir se subdivide en obligacin de facilitar, c) promover y garantizar. Todas ellas obligan a los Estados partes a que, de forma progresiva pero utilizando el mximo de los recur-sos disponibles, dirijan sus esfuerzos para concretar el derecho al agua. La obligacin de facilitar exige a los Estados que adopten medidas positivas que permitan a todas las personas y comunidades ejercer el derecho. La obligacin de promover impone a los Esta-dos la exigencia de adoptar estrategias de difusin y comunicacin sobre el uso adecuado del agua y la proteccin de las fuentes. Por ltimo la obligacin de garantizar se traduce en el requerimiento a los Estados para que hagan efectivo el derecho en los casos en los que las personas, por circunstancias ajenas a su voluntad, no estn en condiciones de ejercer por si mismos ese derecho. La Observa-cin General 15 seala algunos ejemplos que permiten entender con mayor claridad la obligacin de cumplir. En primer lugar seala la necesidad de reconocer en grado suficiente este derecho en el orde-namiento jurdico a travs de las leyes; en segundo lugar la necesi-dad de velar por que el agua sea asequible para todos y en tercero; facilitar un acceso mayor y sostenible al agua en particular en zonas rurales y zonas urbanas desfavorecidas.

    Para la sobrevivencia de nuestra especie ser fundamental empezar a tomar en cuenta todas estas medidas, fundadas en la visin del agua como un derecho humano y estableciendo las necesarias relaciones con el dere-cho a un medio ambiente adecuado. A partir de este marco de relaciones se debe presionar para que las autoridades legislativas, administrativas y jurisdiccionales impulsen las leyes adecuadas as como las polticas p-blicas y las sentencias apropiadas que permitan asegurar la supervivencia

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    de nuestras fuentes hidrolgicas y a partir de ellas la supervivencia de la propia especie humana y de los millones de especies animales y vegeta-les con las que compartimos el planeta.

    v. biblioGrafa

    abramovich, V. et al. (comps.), Derechos sociales: instrucciones de uso, Mxico, Fontamara, 2003.

    y courtis, Christian, Los derechos sociales como derechos exigi-bles, Madrid, Trotta, 2002.

    nGeles, Alejandro, La sobreexplotacin de mantos acuferos en Mxi-co: efectos econmicos y a la salud, Mxico, Instituto de Investigacin Econmica y Social Lucas Alamn, 2004.

    arreGun, Felipe et al., Las grandes presas de Mxico y sus usos, En-cuentro Tcnico Agua energa y presas en Mxico, Mxico, Programa Agua Medio Ambiente y Sociedad, El Colegio de Mxico, UNAM.

    , Experiencia de Mxico en la participacin de la iniciativa pri-vada en los sistemas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, en tortajada, Cecilia (coord.), Precio del agua y participacin pblica-privada en el sector hidrulico, Mxico, Centro del Tercer Milenio para el Manejo del Agua-Miguel ngel Porra, 2004.

    barreda, Andrs, La privatizacin del agua y sus servicios en Mxico, Primer Taller Popular en Defensa del Agua, Mxico, CASIFOP, 2005.

    caldern, Fernando (comp.), Los movimientos sociales ante la crisis, Buenos Aires, Universidad de Naciones Unidas-CLACSO-IISUNAM, 1986.

    carabias, Julia y landa, Rosalva, Agua, medio ambiente y sociedad. Hacia la gestin integral de los recursos hdricos en Mxico, Mxico, UNAM, Colegio de Mxico, 2005.

    castellan, Enrique, La situacin del recurso hdrico en Mxico en barkin, David, Innovaciones mexicanas en el manejo del agua, Mxi-co, UAM-CTMMA-IWRA, 2001.

    chvez, Adolfo, La explotacin racional de las aguas subterrneas: comentarios sobre la situacin actual, en tortajada, Cecilia et al., Hacia una gestin integral del agua en Mxico: retos y alternativas, Mxico, Centro del Tercer Milenio para el Manejo del AguaMiguel ngel Porra, 2004.

  • RODRIGO GUTIRREZ RIVAS142

    de sousa santos, Boaventura, Globalizacin y democracia, Revista Memoria, nm. 175, septiembre de 2003.

    esteve daz, Hugo (coord.), Los movimientos sociales urbanos: Un reto para la modernizacin, Mxico, Instituto de Proposiciones Estratgi-cas, 1992.

    flores, Erasmo et al., Estudio Ambiental. Informe, en morales, Eduardo (coord.), Ambiente y derechos humanos, Mxico, Centro Fray Julin Garcs, 2004.

    Garca, Edgar, El negocio del agua embotellada en Mxico, Primer Taller Popular en Defensa del Agua, Mxico, CASIFOP, 2005.

    Gutirrez, Soledad et al., La privatizacin del agua en las ciudades y el campo, el gran negocio industrial, Primer Taller Popular en Defensa del Agua, Mxico, CASIFOP, 2005.

    hernndez navarro, Luis, Trampa, lucro y despojo. Banco Mundial, Mxico y proyectos hidrulicos, Agua, Mxico, La Jornada, 2005.

    huerta, Carla, Las Normas Oficiales Mexicanas en el ordenamiento ju-rdico mexicano, Boletn Mexicano de Derecho Comparado, Mxico, nueva serie, ao XXXI, nm. 92, mayo-agosto de 1998.

    Agua, Mxico, La Jornada, 2005.norandi, Mariana, Estn contaminados todos los acuferos superficia-

    les: expertos, Agua, Mxico, La Jornada, edicin especial, 2005. Pedroza de la Llave, Susana,y Garca, Omar (comps.), Compilacin de

    instrumentos internacionales de derechos humanos. Firmados y ratifi-cados por Mxico, Mxico, CNDH, 2003, ts. I y II.

    Pea, Alejandra, La privatizacin de los servicios pblicos de agua pota-ble, drenaje y saneamiento en Mxico, Primer Taller Popular en De-fensa del Agua, Mxico, CASIFOP, 2005.

    Pea, Alejandra, Los actores de la privatizacin mundial del agua, Pri-mer Taller Popular en Defensa del Agua, Mxico, CASIFOP, 2005.

    Pea, Francisco, Gestin local y control estatal del agua en regiones in-dgenas de Mxico, en Pea, Francisco (coord.), Los Pueblos Indge-nas y el Agua: desafos del siglo XXI, Colegio de San Luis, 2004.

    Perl cohen, Manuel, Guerra por el agua en el Valle de Mxico?, estu-dio sobre las relaciones hidrulicas entre el Distrito Federal y el estado de Mxico, Mxico, UNAM, 2005.

    Pisarello, Gerardo, Vivienda para todos: un derecho en (de)construc-cin, Barcelona, Icaria, 2003.

  • EL DERECHO AL AGUA 143

    rosenberGer, Horst et al., Agua, mercanca o bien comn, Barcelona, Alikornio ediciones, 2003.

    shiva, Vandana, Las guerras del agua. Privatizacin, contaminacin y lucro, Mxico, Siglo XXI, 2003.

    tortajada, Cecilia et al. (coords.), Hacia una gestin integral del agua en Mxico: retos y alternativas, Mxico, Miguel ngel Porra, 2004.

    vzquez, Vernica et al. (coords.), Gestin y cultura del agua, Mxico, IMTA-COLPOS, 2006, ts. I y II.