el contrato social rousseau
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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA C.A.
ENSAYO EL CONTRATO SOCIAL JUAN JACOBO ROUSSEAU
ELABORADO POR
ZANDER ARAEL LOPEZ MORALES
201146405
16 DE AGOSTO DE 2,012.
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Introducción
Guatemala es una República Democrática y representativa, se determina
como república ya que está compuesta por tres organismo independientes que
equilibrar el actuar de la estructura estatal, la compone el organismo legislativo, el
organismo ejecutivo y el organismo judicial, se considera democrática por que
todos los ciudadanos tienen la facultad constitucional de elegir y ser electos, es
representativa ya que por medio del mandato representativa, da la potestad que
por medio del sufragio se otorgue el poder soberano a las personas que son
electas de manera democrática. El contrato social de Rousseau demuestra el
interactuar del ser humano como persona natural, llegando a la conversión de una
persona civil, que otorga su soberanía para el desarrollo de un estado con
diferentes formas de gobierno, por medio de un mandato representativo.
Desarrollando una investigación documental, por medio de un método de análisis
deductivo se desarrolla la relación de un contrato social dentro de la
supraestructura estatal de la República de Guatemala, para proporcionar al lector
la comprensión del funcionamiento del estado guatemalteco, el porqué de su
existencia y su forma de gobierno.
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Ensayo el contrato social de Juan Jacobo Rousseau
El hombre desde su concepción según lo interpretado en la legislación
guatemalteca en la parte dogmática de la constitución política de la república de
Guatemala, goza de los derechos (Rousseau, 2,008) “el hombre ha nacido libre y
vive en todas partes entre cadenas”.1
El hombre en su estado natural es libre de sus acciones, sin embargo por sí
mismo no es capaz de logar la supervivencia y la reproducción natural, por esa
razón el ser humano se ve obligado a asociarse con otros seres humanos para
lograr la búsqueda de un bien común que permitirá el desarrollo de grandes
sociedades que darán origen al Estado. El ser humano frente al Estado es como
una familia donde el padre de familia representa al estado y los hijos a los
habitantes que son tutelados por el Estado, sin embargo el padre de familia tiene
un gran amor hacia los hijos lo que hace que este siga aportando lo esencial para
la supervivencia de sus hijos, como alimentos, educación, salud. Etc. Sin embargo
el Estado no tiene este amor frente a sus habitantes y el se ve obligado a
proporcionar lo anterior a los habitantes ya que su desarrollo y existencia se debe
a cada uno de los aportes que realiza cada individuo que forma parte del estado.
Mientras que el hijo frente al padre de familia solo tiene la obligación moral de
ayudar y servir a su padre en agradecimiento a lo que el padre le ha otorgado, sin
embargo; en la relación con el estado se ejerce de manera coercitiva y se
interpone la obligación del ciudadano de contribuir al sostenimiento del estado,
1 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 1
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proporcionándole insumos para que este pueda asegurar y contribuir al desarrollo
de los hermanos, al entender esta analogía se comprende la relación del estado
con los individuos que lo conforman, de aquí se da el primer indició de cómo se
forman las primeras sociedades.
(Rousseau, 2,008)”la mas antigua de todas las sociedades y la única natural
es la familia”2. El desarrollo social se ha llevado a cabo para el aseguramiento del
desarrollo del ser humano al agruparse obtenían mejor producción de alimentos,
se encontraban más seguros, comienza a surgir la ciencia y más importante la
ciencia política, el estado de derecho y la mas importante la propiedad privada. Al
desarrollar la propiedad privada se definen el tipo de estado, la observancia de la
norma jurídica proteccionista a la propiedad privada regida por el sistema de
producción que desarrollaba la sociedad.
(Rousseau, 2,008) “El más fuerte no lo es jamás bastante para ser siempre el
amo o señor, si no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en deber”3 de
manera primitiva el ser humano ejercía de manera coercitiva la ley del mas fuerte,
con la observancia del estado de derecho social, la persona que era reconocida
como líder de la sociedad debía mantener su estatus de líder basado en normas
jurídicas que le dieran la potestad y atribución de presentarse como líder a través
de la creación de la legislación del mandato representativo que en la actualidad es
2 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 1
3 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 1
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la forma de delegar nuestra soberanía a nuestros representantes estatales, la
obediencia se norma a través de las norma jurídicas donde los habitantes deben
de ser sometidos a las normas jurídicas establecidas para regular el estado, en el
ámbito guatemalteco, se cuenta con normas constitucionales, normas ordinarias,
reglamentarias, especiales, etc. Que se encargan de establecer las relaciones
jurídicas entre los habitantes de la república y los soberanos elegidos de manera
democrática y representativa por todos los ciudadanos guatemaltecos.
De esta manera surge el pacto social entre el soberano y los súbditos, el
hombre es soberano de todo lo que posee, para vivir en sociedad debe de realizar
un pacto social donde por medio de un mandato representativo atribuye a un ente
soberano y titular la facultar de ejecutar su soberanía, tal como lo establece
nuestra constitución política de la república de Guatemala en su parte dogmática
en lo relacionado con el estado. En este pacto social se establecen las formas de
gobiernos y las relaciones sociales y jurídicas que se desarrollan entre los
habitantes y el estado. Como se establece el estado será una persona jurídica al
igual que una persona individual, capaz de ejercer derechos y obligaciones, por lo
tanto es capaz de desarrollar pactos o contratos con las personas que lo
componen.
Regulando la interacción social, donde un ser natural pasa a ser un ser civil,
estableciendo los aspectos civiles de la vida de la persona dentro del marco
jurídico positivo y vigente en la república de Guatemala en el código civil
guatemalteco.
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En su segundo libro Rousseau habla con respecto a la soberanía, para
comprender como un ser natural pasa a ser un ser civil es necesario comprender
la soberanía. (Rousseau, El contrato social., 2,008.) “La soberanía es inalienable,
indivisible, se debe de mantener la voluntad general pero esta puede errar, los
límites del poder soberano radica en el pueblo normados por la ley.”4
La soberanía no puede ser quitada a ninguna persona es un derecho con el
que nace como ente natural, sin embargo para la transformación a un ente civil se
puede delegar esta soberanía, considerando que no puede ser dividida solo
multiplicada, con la finalidad de la obtención de un beneficio común,
transformándola en una soberanía mutua, en bienestar de todos los que en ella
intervienes y la delegan al estado, considerando mantener siempre la voluntad
general, para lo cual es necesario pensar si la mayoría se puede equivocar, por lo
que es necesario la intervención del estado para regular las actividades de todos
los ciudadanos por medio de la ley se deben de establecer los límites del poder
soberano que se le ha otorgado al estado. En Guatemala existe un ente
encargado de crear las leyes que se conoce como órgano legislativo, que es el
Congreso de la república de Guatemala, quien emite las leyes que regularan todas
las actividades de los habitantes de la república de Guatemala, considerando que
la única forma de mantener los límites soberanos es por medio de una buena
legislación, a través de la ley. En Guatemala se cuenta con un estado de derecho,
el cual es aceptado por todos sus habitantes de manera voluntaria y coercitiva,
con la finalidad de mantener una convivencia social, con la finalidad de la
4 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 2
![Page 7: El contrato social rousseau](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022072921/568bd6c11a28ab20349d3ea9/html5/thumbnails/7.jpg)
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obtención del bienestar común, que sobrepasa al bienestar particular. Es estado
es un ente tutelar que establece la garantía mínimas que tiene derecho un
habitantes de la república, dichas garantías son llamadas garantías
constitucionales establecidas en la parte dogmática de la constitución,
específicamente en los derechos individuales, como supremacía de ley la
constitución representa las garantía mínimas de las cuales un habitante tiene
derecho a exigir su cumplimiento al Estado guatemalteco, el cual ejerce esta
legislación y el poder de normar las conductas sociales siguiendo los principios
establecidos por Rousseau en su libro II relacionado a la soberanía.
(Rousseau, El contrato social, 2,008) “en un órgano estatal existen dos
elementos que le dan movilidad unos de ellos es la fuerza y el otro la voluntad” 5
En este contexto Guatemala tiene estos elementos ya que su forma de
gobierno es una república democrática y representativa, los elementos que
ejercen la fuerza son los organismos legislativos y judicial, ya que ellos se
encargan de mantener un estado de derecho y de emitir las normas necesarias
para garantizar la convivencia estatal de la mejor manera para la consecución del
bienestar común, mientras que el elemento de voluntad se establece en el
organismo ejecutivos, que le da acción al ente estatal a través de la acción de
todas las actividades necesarias para que funcione la maquinaria del estado en
conjunto con los habitantes se encarga de velar porque los habitantes de la
república cuenten con los elementos necesarios para desarrollar sus actividades
5 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 3
![Page 8: El contrato social rousseau](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022072921/568bd6c11a28ab20349d3ea9/html5/thumbnails/8.jpg)
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para lograr el bienestar común, por ejemplo, el organismo ejecutivo debe velar
porque las carreteras estén en buen estado para que todos los habitantes puedan
transitar, los empresarios puedan trasladar sus productos y pueda existir el
comercio, debe proporcionar la salud gratuita para que las personas se
encuentren saludables y puedan trabajar y contribuir al desarrollo económico del
país, debe de brindar educación para que las personas sean idóneas para
desarrollar actividades laborales y otras personas las puedan contratar y pagar por
sus servicios, ese es el motor estatal o lo que debería ser el estado.
(Rousseau, El contrato Social, 2,008) “existen tres formas de gobierno la
aristocracia, la democracia y la monarquía”.6
La aristocracia es mantener el poder en solo un segmento de la población, la
democracia les da participación a todos los ciudadanos, la monarquía el poder
radica en una sola persona por legado, en Guatemala se establece el sistema
democrático ya que todos los ciudadanos tienen la capacidad de participar, emitir
sus opiniones y juicios. Por lo que deben de ser tomados en cuenta, su mandato
representativo por el cual delegan a los burócratas la capacidad de manejar su
soberanía lo emiten por medio del sufragio o voto, lo que les permite elegir con
representatividad a la persona que ejercerá el poder dentro de un periodo
determinado, esto se logra por medio de un mandato representativo que por medio
de un voto es firmado por el ciudadano y la persona que eligió para que lo
represente, en Guatemala el ciudadano tiene capacidad de elegir y ser electo lo
6 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 3
![Page 9: El contrato social rousseau](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022072921/568bd6c11a28ab20349d3ea9/html5/thumbnails/9.jpg)
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que le permite participar activamente en todos los organismos del estado, sin
embargo no hay una democracia social, ya que para Rousseau para que exista
una democracia total se deben de someter a consideración de todos cada una de
las actividades que realizara cada organismo, lo cual no sería viable, por ejemplo
para aprobar cada artículo de cada ley que se presente como iniciativa debería de
ser aprobado por la mayoría, aquí es donde radica la importancia del mandato
representativa que delega la soberanía de manera representativa para que un
organismo determinada decida por el bienestar común, en representación de
todos los ciudadanos que depositaron en él la potestad de ejercer su poder
soberano.
(Rousseau, El contrato social, 2,008.) “se debe de mantener la voluntad
general, por medio del sufragio en unas elecciones justas.”7
En Guatemala se establecen elecciones para elegir a las personas que serán
nuestros representantes en el organismo ejecutivo y en el organismo legislativo,
con el fin de facultarlos para que tomen decisiones en beneficio de la mayoría que
los eligió en un proceso democrático y justo, con representatividad legal, la
manera legar de hacerlo es por medio del sufragio, al cual tienen derecho los
ciudadanos de la república de Guatemala según lo establecido en la carta magna.
Donde se establece el derecho de elegir y ser electo. Por lo tanto los ciudadanos
tienen el derecho de elegir a las personas que los representaran en esos
organismos.
7 Juan Jacobo Rousseau, el contrato social, editorial maxtor. Edición 2008. México, D.F. libro No. 4
![Page 10: El contrato social rousseau](https://reader035.vdocuments.co/reader035/viewer/2022072921/568bd6c11a28ab20349d3ea9/html5/thumbnails/10.jpg)
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Conclusión.
El estado de Guatemala es un ente tutelar que garantiza la protección de la
persona en sus derechos naturales establecidos en la carta magna, brinda la
participación del ciudadano en la estructuración del estado con la finalidad de
lograr el bienestar común, el mecanismo estatal se forja con la participación activa
de todos los individuos que lo conforman, en este caso el estado guatemalteco se
base en un sistema de producción capitalista, brindando la protección a la
propiedad privada, que mueve todo el marco jurídico que regula la interacción de
todas las personas de la sociedad guatemalteca y de las que interactúan con ellas.
Por lo tanto es necesario que se conozcan las normas jurídicas que regulan el
estado de derecho en Guatemala para lograr una observancia legal positiva en el
actuar ciudadano.
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Bibliografía Rousseau, J. J. (2,008). El contrato social (Vol. III). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008). El contrato Social (Vol. I). México D.F.: Maxtor.
Normas APA (2,006). sexta edición Guatemala, Guatemala.
Trabajos citados Rousseau, J. J. (2,008). El contrato social (Vol. III). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008). El contrato Social (Vol. I). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008.). El contrato social (Vol. IV). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008.). El contrato social. (Vol. II). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008.). El contrato social (Vol. IV). México D.F.: Maxtor.
Rousseau, J. J. (2,008.). El contrato social. (Vol. II). México D.F.: Maxtor.