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EL COLEGIO, LA PROFESIÓN Y LA FUNCIÓN PÚBLICA Lunes, 28 de enero de 2019 Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

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EL COLEGIO, LA PROFESIÓN Y LA FUNCIÓN PÚBLICA

Lunes, 28 de enero de 2019 Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos

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Mapa de la Función Pública y

Acceso al empleo público en la Administración Local

Félix Ruiz Rabadán Secretario de la Demarcación de Castilla-La Mancha

[email protected]

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ÍNDICE MAPA DE LA FUNCION PÚBLICA: - Elaboración - Resultados LA ADMINISTRACION LOCAL - Competencias - Baja empleabilidad - El ICCP en la Administración Local - Acceso

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Elaboración del Mapa de la Función Pública

CODIGO DENOMINACIONDEPARTAMENTO /

SERVICIO RPT GRUPO TITULACION PLAZ. PlazasPlazas

sólo ICCPOcupada por ICCP Vacante

Carreteras F-52-163-0020J.Serv. Carreteras

2017 A ICCP 1 1 1 0 1

Agua Jefe de Servicio de Hidrogeología 2017 A Ing. Agr. 1

3.24.001 J. Departamento Vías y Obras e Infraest.

Vías y Obras e Infraest.2018 A1 ICCP 1 1 1 0 1

3.24.002 J. Serv. Carreteras Adjunto Departamento

Servicio de Carreteras2018 A1 ICCP 1 1 1 1 0

3.24.142 J. Sec. Carreteras Adjunto Servicio Servicio de Carreteras2018 A1 ICCP 1 1 1 0 1

3.24.019 J. Servicio Conserv. y Exp. Vías Locales

Servicio de Carreteras2018 A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 1

3.25.001 Jefe de Servicio Agua y Medio Amb. 2018 A1 Superior 1 1 03.25.002 Jefe de Sección Agua y Medio Amb. 2018 A1 Superior 1 1 0

3.23.049 J. Sección de Proyectos ArquitecturaA1/A2

Arq.Sup./Arq.Tec./Aparej.

1

3.24.007 J. Serv. Cooperación Supramunicipal

Cooperación a municipios

A1 Ing. Superior 1 1

3.24.009 J. Sección Servicios Supramunicipal

Cooperación a municipios

A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 0 1

CUENCA Carreteras 7.1.01 Jefe de Servicio Obra provinciales 2017 A1 ICCP 1 1 1 1 0

40 J. Servicio Infraestructura Provinciales

2012 A1 ICCP 1 1 1 0 1

1016 Adjunto Jefe de Servicio Infraestructura Provinciales

2012 A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 0 0

49 Jefe de Sección Obras y Señalización

Infraestructura Provinciales

2012 A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 0 0

55 Jefe de Sección Proyectos y Dirección de Obra

Proyectos2012 A1/A2 ICCP/ITOP 2 2 1 1

Otros J. Serv. Centros Comerciales, Mantenimiento/Taller

2012 1

Infraestructura J.Serv. Infraestructura Viaria Infraestructura viaria 2017 A1 ICCP 1 1 1 0 1J.Serv. Infraestructura Hidraúlica Infraestructura

Hidraúlica2017 A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 0 0

J. Sección Proyectos y Obras Hidraúlicas

Infraestructura Hidraúlica

2017 A1/A2 ICCP/ITOP 1 1 0 0

18 7 6 7

RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO PERSONAL FUNCIONARIO DIPUTACIONESICCP

CIUDAD REAL

Carreteras

Otros

ALBACETE

Agua

GUADALAJARAInfraestructura

D.G.AguaTOLEDO

RPT

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Ministerio de FOMENTO: 249 Plazas ICCP

Ministerio para la TRANSICIÓN ECOLÓGICA: 134 Plazas ICCP 103 Plazas compartidas

Mapa de la Función Pública. Administración General del Estado -Reserva de plazas a ICCP y Plazas compartidas con otras profesiones-

39 Plazas compartidas

249

39

134

103

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GALICIA: 46 ICCP 42 compartidas

ANDALUCÍA: 29 ICCP; 32 compartidas

MURCIA: 19 ICCP; 2 compartidas

ARAGÓN: 19 ICCP

ASTURIAS: 24

BALEARES: 7 ICCP

CASTILLA-LEÓN: 5 ICCP; 27 compartidas

C. VALENCIANA: 41 ICCP; 55 compartidas

LA RIOJA: 9 ICCP

CANARIAS: 24 ICCP; 2 compartidas

CANTABRIA: 19 ICCP ; 30 compartidas

Mapa de la Función Pública. Comunidades Autónomas

-Reserva a ICCP- -Compartidas

NAVARRA: 5 ICCP

MADRID: 24 ICCP; 73 compartidas

CASTILLA-LA MANCHA: 23 ICCP; 54 compartidas

CATALUÑA: 28 ICCP; 168 compartidas

EXTREMADURA: 5 ICCP ; 4 compartidas

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GALICIA: 17 ICCP; 24 compartidas

ARAGÓN: 24

ASTURIAS: 5

CASTILLA-LA MANCHA: 16 ICCP; 27 compartidas

CASTILLA-LEÓN: 40

Mapa de la Función Pública. Administración Local

ANDALUCÍA: 30 ICCP; 23 compartidas

BALEARES: 28 ICCP; 28 compartidas

CANARIAS: 17 ICCP; 2 compartidas

CANTABRIA: 13

-Reserva a ICCP- -Compartidas

NAVARRA: 0

EXTREMADURA: 8 ICCP; 7 compartidas

LA RIOJA: 0

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GALICIA: 88

ANDALUCÍA: 114 MURCIA: 21

ARAGÓN: 43

ASTURIAS: 29

BALEARES: 63

CASTILLA-LA MANCHA: 120

CASTILLA-LEÓN: 72

C. VALENCIANA: 96

LA RIOJA: 9

CANARIAS: 45

CANTABRIA: 62

Mapa de la Función Pública. Ministerios y Administración autonómica y local -Plazas totales reservadas y compartidas-

Ministerio de FOMENTO: 288 Plazas

Ministerio para la TRANSICIÓN ECOLÓGICA: 237 Plazas

NAVARRA: 5

CATALUÑA: 194

EXTREMADURA: 9

MADRID: 97

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GALICIA: 98

ANDALUCÍA: 206 MURCIA: 50

ARAGÓN: 41

ASTURIAS: 38

BALEARES: 39

CASTILLA-LA MANCHA: 46

CASTILLA-LEÓN: 78

C. VALENCIANA: 112

LA RIOJA: 10

CANARIAS: 55

CANTABRIA: 30

Mapa de la Función Pública. Ministerios y Administración autonómica y local -Puestos ocupados por ICCP-

Ministerio de FOMENTO: 313

Ministerio para la TRANSICIÓN ECOLÓGICA: 224

NAVARRA: 9

MADRID: 126

CATALUÑA: 170

EXTREMADURA: 26

PAÍS VASCO: 80

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GALICIA: 5,6

ANDALUCÍA: 1,8 MURCIA: 3,1

ARAGÓN: 2,2

ASTURIAS: 3,4

BALEARES: 1,8

CASTILLA-LA MANCHA: 6,5

CASTILLA-LEÓN: 1,6

C. VALENCIANA: 7,9

LA RIOJA: 3,2

CANARIAS: 3,7

CANTABRIA: 11,5

Mapa de la Función Pública. Comunidades Autónomas -Plazas totales por 1.000 efectivos-

NAVARRA: 1,1

MADRID: 4,6 CATALUÑA: 6,6

EXTREMADURA: 0,7

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GALICIA: 1,6

ARAGÓN: 1,3

ASTURIAS: 0,6

CASTILLA-LA MANCHA: 1,1

CASTILLA-LEÓN: 1,2

Mapa de la Función Pública. Administración Local - Plazas totales por 1.000 efectivos-

ANDALUCÍA: 0,4

BALEARES: 3,7

CANARIAS: 0,7

CANTABRIA: 1,8

EXTREMADURA: 0,6

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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO: 5,1

COMUNIDADES AUTÓNOMAS: 4,0

ADMINISTRACIÓN LOCAL: 1,0

Mapa de la Función Pública. Administración General del Estado, C. Autónomas y A. Local - Plazas totales por 1.000 efectivos-

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Composición

Los distintos entes que integran la Administración Local son: De existencia obligatoria - El municipio. El Ayuntamiento realizará el gobierno y la administración, a través del Alcalde y Concejales. - La provincia. El Gobierno y la administración le corresponde a la Diputación. - La isla, cuyo Gobierno y Administración se circunscribe en torno a los consejos insulares (Baleares) y los cabildos insulares (Canarias). De existencia opcional - La comarca, agrupación de varios municipios. - El área metropolitana, agrupación de núcleos urbanos de varios municipios. - La mancomunidad, asociación de municipios para fines concretos.

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Competencias MUNICIPIO

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) Artículo 25. (...) 2. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación. b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad. (...) g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano. (...) j) Protección de la salubridad pública.

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Competencias MUNICIPIO

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) Artículo 26 de la LRBRL. 1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes: a) En todos los Municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas. b) En los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, además: parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos. c) En los Municipios con población superior a 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público. d) En los Municipios con población superior a 50.000 habitantes, además: transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano. (...) 2. En los municipios con población inferior a 20.000 habitantes será la Diputación provincial o entidad equivalente la que coordinará la prestación de los siguientes servicios: a) Recogida y tratamiento de residuos. b) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. c) Limpieza viaria. d) Acceso a los núcleos de población. e) Pavimentación de vías urbanas. f) Alumbrado público.

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Competencias DIPUTACIÓN

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) Artículo 36 de la LRBRL. 1. Son competencias propias de la Diputación o entidad equivalente (...) las siguientes: a) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31. (Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.) b) La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. (...) c) La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal y el fomento o, en su caso, coordinación de la prestación unificada de servicios de los municipios de su respectivo ámbito territorial. En particular, asumirá la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes, y de prevención y extinción de incendios en los de menos de 20.000 habitantes, cuando éstos no procedan a su prestación. (...) 2. A los efectos de lo dispuesto en las letras a), b) y c) del apartado anterior, la Diputación o entidad equivalente: a) Aprueba anualmente un plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en cuya elaboración deben participar los Municipios de la Provincia. (...) b) Asegura el acceso de la población de la Provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y a la mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal. (...) d) Da soporte a los Ayuntamientos para la tramitación de procedimientos administrativos y realización de actividades materiales y de gestión, asumiéndolas cuando aquéllos se las encomienden.

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Empleabilidad

Las formas de acceso legal al empleo en la administración local: • Funcionario de carrera • Funcionario interino • Contrato laboral • Contrato de servicio según la Ley de Contratos del Sector Público

Y no legal: • Arquitectos honoríficos

Sentencia 99/16 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha: “La figura del arquitecto honorario no existe en nuestro ordenamiento y supone una clarísima -y grave - trasgresión de la reserva de legal del desarrollo de funciones públicas, como es las de informar previamente las licencias (no sólo las urbanísticas, también las de actividad, funcionamiento o «ambientales») a cargo necesariamente no ya de empleados públicos, sino de funcionarios, art. 9.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público , a la sazón, vigente.”

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Empleabilidad

Reglamento del Servicio de Asistencia a Municipios de Guadalajara Artículo 2.- Supuestos de asistencias. Los servicios a prestar por la Diputación Provincial a las Entidades Locales de su territorio objeto de regulación por este Reglamento, serán: a) Asistencia jurídica y defensa en juicio. b) Asistencia económico-financiera. c) Asistencia técnico-urbanística d) Asistencia para garantizar las funciones públicas necesarias Artículo 10.- La Asistencia técnico-urbanística abarcará: a) Contestación de consultas, emisión de dictámenes e informes técnicos en relación con las obras, construcciones e instalaciones que soliciten por los particulares a las entidades locales, así como emisión de informes técnicos en relación con obras, construcciones y servicios de competencia o propiedad municipal o local. b) Asistencia técnica en materia de actividades clasificadas. c) Apoyo en la tramitación de expedientes ante otros organismos públicos en materias de competencia municipal. d) Tasaciones, valoraciones e informes técnicos relacionados con las mismas. e) Visitas a los municipios con la finalidad de comprobación, toma de datos y verificación en los expedientes de licencia de primera ocupación, ruinas, adecuación a normativa, etc. Artículo 11.- Forma de prestación de la asistencia técnica urbanística. La asistencia técnica solicitada se prestará por los servicios propios del SAM de la Diputación Provincial, salvo que por la naturaleza de la cuestión planteada, se exija la intervención de técnicos ajenos a la Diputación (…)

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Empleabilidad

Sentencia 144/2018 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - El ICCP en la Administración Local

Plena competencia profesional de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en las materias de: • Urbanismo y Ordenación del Territorio • Medio Ambiente • Aguas • Transportes • Construcción faculta especialmente para la realización de: • estudios, informes y dictámenes • proyectos, planes y dirección de obras • Inspección y vigilancia, • mantenimiento, conservación y explotación de un gran número de Obras Municipales • gestión de los correspondientes Servicios Municipales

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Empleabilidad

Provisión de una plaza de ICCP vacante en la plantilla del personal del Ayto. de Aguilar de Campoo

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Empleabilidad

Sentencia 00399/2015 del Tribunal Superior de Justicia de Asturias

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - El ICCP en la Administración Local

Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Cuenca DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO: - Puesto G0401 - Jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo - Grupo A1 – Sin titulación – Pasa a titulación de ICCP/Arquitecto - Puesto G0401 - Jefe de Sección Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo - Grupo A1 – Arquitecto - Pasa a titulación de ICCP/Arquitecto - Puesto G0403 - Técnico Superior Arquitecto del Servicio de Planeamiento y Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo - Grupo A1 – Arquitecto - Pasa a titulación de ICCP/Arquitecto - Puesto G0501 - Jefe del Servicio de Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo - Grupo A1 – Sin titulación - Pasa a titulación de ICCP DEL AYUNTAMIENTO DE CUENCA - Puesto 9.Obr.2 - Jefe de Servicio de Movilidad del Servicio de Obras y Movilidad de del Ayuntamiento de Cuenca - Grupo A2 (se entiende jefe de servicio técnico) – Sin titulación - Pasa a grupo A1 y titulación de ICCP

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LA ADMINISTRACION LOCAL C - Acceso

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) - Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. La selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse a través del sistema de concurso, oposición o

concurso-oposición libre. Las pruebas de aptitud o de conocimientos a superar, con determinación de su número y naturaleza. En todo caso, uno de los

ejercicios obligatorios deberá tener carácter práctico. La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que

sea posible, el anonimato de los aspirantes. En las pruebas selectivas que se realicen por el sistema de concurso-oposición, la fase de concurso, que será previa a la de

oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición Los contenidos mínimos de los ejercicios teóricos serán:

A) Materias comunes: Constituirán, al menos, una quinta parte de dicho contenido y versarán necesariamente sobre: Constitución Española, Organización del Estado, Estatuto de Autonomía, Régimen Local, Derecho Administrativo General y Hacienda Pública y Administración Tributaria. B) Materias específicas: en las pruebas selectivas para el acceso a la Escala de Administración Especial, los programas contendrán cuatro quintas partes de materias que permitan determinar la capacidad profesional de los aspirantes, según la Escala, subescala o clase de funcionarios de que se trate, así como la normativa específica relacionada con las funciones a desempeñar.

El número mínimo de temas en que deberán desarrollarse los contenidos para el ingreso en la subescala del grupo A será de 90 temas

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Gracias por su atención

Félix Ruiz Rabadán Secretario de la Demarcación de Castilla-La Mancha

[email protected]