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ACTIVIDADES GDJE U.D.1 Realizado por Efrén Gordillo Viñas
1. Código: pág. 11. GDJE.
- La CE: estructura de la CE de 1978. Indica los títulos que la componen.
La Constitución consta de 169 artículos, cuatro Disposiciones Adicionales, 9
Transitorias, una Derogatoria y una Final, además del preámbulo.
La Constitución cuenta con 10 artículos:
1) Título I. De los derechos y deberes fundamentales.
2) Título II. De la Corona.
3) Título III. De las Cortes Generales.
4) Título IV. Del Gobierno y de la Administración.
5) Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
6) Título VI. Del Poder Judicial.
7) Título VII. Economía y Hacienda.
8) Título VIII. De la Organización Territorial del Estado.
9) Título IX. Del Tribunal Constitucional.
10) Título X. De la reforma constitucional.
2. Código: pág. 12. GDJE.
- Esquema, sobre Título I: De los derechos y deberes fundamentales, incluyendo la
descripción del capítulo y sección (indicando el número de los artículos). Ej. Capítulo I
(arts. 11 al 13) De los españoles y extranjeros.
El Título I, de los derechos y deberes fundamentales, trata los artículos del 10
(incluido en el Título I) al 55.
Capítulo primero. De los españoles y extranjeros Art. 11 a 13.
Capítulo segundo. Derechos y libertades Art 14.
a) Sección 1ª. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas Art.
15 a 29.
b) Sección 2ª. De los derechos y deberes de los ciudadanos Art. 30 a 38.
Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica Art.
39 a 52.
Capítulo cuarto. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
Art. 53 y 54.
Capítulo quinto. De la suspensión de los derechos y libertades Art. 55.
3. Código: pág. 15. Actividad propuesta 1.5. GDJE.
- El congreso de los Diputados aprueba una Ley de Bases mediante la que delega en el
gobierno la elaboración de un R.D. Legislativo para modificar la Ley Orgánica del Régimen
electoral. La ley de bases tiene diversos artículos que indican las directrices que ha de
seguir el Gobierno para desarrollarla.
a) ¿Es adecuado el contenido de dicha norma para ser aprobado mediante decreto
legislativo?
No, dado que la potestad de una ley Orgánica, solo puede ser modificada,
aprobada, elaborada o denegada por el poder Legislativo. Además, la ley sugerida,
entra dentro de la definición del ámbito de competencia de las leyes orgánicas; el
poder Ejecutivo no tiene potestad para actuar sobre ellas.
b) ¿Es adecuada la forma en la que se ha hecho la delegación?
Si hablamos del procedimiento seguido, dejando aparte el hecho de que está
prohibida la delegación en materia de ley orgánica, sería correcto, ya que el
procedimiento dice que el Legislativo tiene que habilitar una ley de bases, para dar
permiso al Gobierno; Además la ley de bases muestra un marco de referencia y
dicta los límites para el Gobierno de cara a la delegación que deben efectuar de
manera obligatoria.
Si hablamos del procedimiento de forma concreta, no es adecuada, ya que es
ilegal.
4. Código: pág. 20. Actividad propuesta 1.8. GDJE.
- El proyecto de reforma de una Ley Orgánica obtiene en el Congreso de los Diputados 170
votos a favor, una abstención y 123 votos en contra. ¿Puede considerarse aprobado?
No estaría aprobado, ya que para la aprobación de una ley organica, se necesita la
mayoría absoluta, esto supone que si hay actualmente 350 diputados, tiene que
haber a favor 175 votos + 1, es decir 176. En el supuesto cita que hay 170, por lo
que faltarían 6 votos a favor.
5. Código: pág. 20. Actividad propuesta 1.9. GDJE.
- En el caso anterior el proyecto ha obtenido 325 votos a favor en el congreso de los
Diputados. Sin embargo, cuando el proyecto pasa al Senado este decide vetarlo. En el
siguiente trámite en el Congreso de los diputados, se obtienen 154 votos a favor y 189 en
contra. En esta situación:
a) ¿Resulta aprobada la ley?
La ley no estaría aprobada, debido a lo expuesto en el ejercicio anterior, se
necesita mayoría absoluta para ratificar una ley orgánica tras pasar por el senado
en caso de que este la vete.
Pasados dos meses desde el veto propuesto por el senado, se podría volver a votar
el supuesto y en este caso, se podría aprobar por mayoría simple.
b) ¿Qué hubiese ocurrido si en lugar de vetarlo el senado hubiese introducido una serie
de enmiendas?
El procedimiento hubiera sido en mismo, solo que se habrían sometido a votación
las enmiendas, pudiendo estas ser aprobadas o no por mayoría simple.
6. Código: pág. 27. Actividad resuelta 1.5. GDJE.
- Adrián Cano es trabajador de una empresa de telecomunicaciones ubicada en Priego,
cuenca, en la que ocupa un puesto de director al frente del departamento de ventas
desde el año 2008 hasta la actualidad. Recientemente le han comunicado que le van a
trasladar a las oficinas que dicha empresa tienen en Cuenca capital realizando funciones
de director del Dpto. de RRHH, lo que considera que es ilegal. Antes de actuar, Adrián
querría conocer ante qué tribunal tendría que presentar su demanda en caso de acudir a
la vía judicial.
Por un lado, Adrián podría ir al Juzgado de primera Instancia para presentar su
demanda, ya que en caso de no poder ser tramitada en este juzgado, este la
remitiría al inmediatamente superior, que sería la Audiencia Provincial.
Por otro lado, es frecuente que en capitales de provincia existan Órganos
Jurisdiccionales profesionales, en este caso, Cuenca cuenta con un Juzgado de lo
Social, por lo que recurrir a este juzgado sería la mejor opción.
7. Código: pág. 28. Actividad propuesta 1.12. GDJE.
- Y en caso de que no quedara conforme con la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social
de su provincia. ¿Ante qué órgano podría plantear su recurso?
Podría plantearlo en el tribunal Superior de Justicia que le corresponda, o en caso
extremo ante la Audiencia Nacional, con sede en Madrid.
8. Código: pág. 31-32-33. Actividad de comprobación GDJE.
9. Código: pág. 33. Actividad de aplicación GDJE:
- 1.41. ¿En qué se diferencian un real decreto de un real decreto legislativo?
Un real decreto se trata de un reglamento, por lo que es una norma sin rango de
ley, mientras que el R.D. Legislativo es una Norma con rango de ley.
- 1.42. Define los 3 poderes del estado y en que institución residen.
Poder Legislativo: Reside a nivel estatal por las Cortes Generales, que son el
Congreso de los Diputados y el Senado, y a nivel autonómico por Las Asambleas
Legislativas de las CC.AA.
Ostenta la potestad Legislativa, esto supone la capacidad de elaborar, modificar,
aprobar y derogar leyes.
El poder Ejecutivo: Reside a nivel estatal por El Gobierno y Los Ministerios, a nivel
autonómico por los Órganos de Gobierno de las CC.AA y a nivel local por los
Ayuntamientos.
Tiene la potestad de aplicación de leyes, así como capacidad para crear normas
con o sin rango de ley.
Poder Judicial: Reside en los Tribunales y los jueces.
Tiene la facultad de administrar o impartir justicia.
- 1.44. ¿En qué se diferencia una ley orgánica de una ley ordinaria? ¿Por qué una ley
orgánica necesita la mayoría absoluta para ser modificada y la ordinaria solo mayoría
simple?
Una ley orgánica se diferencia de una ordinaria en el ámbito de aplicación.
Mientras que las orgánicas regulan temas referidas al desarrollo de las Libertades
Públicas y Derechos Fundamentales, aprobación de Estatutos de autonomía,
Régimen electoral general, y lo regulado en la constitución, las leyes ordinarias
solo pueden tratar temas que no interfieran o que no traten aspectos que son del
ámbito de las leyes orgánicas.
La ley orgánica necesita la mayoría absoluta porque los temas sobre los que trata
son más delicados que los que tratan las leyes ordinarias, mientras que los que
tratan las leyes ordinarias, son temas menos delicados, que no por ello menos
importantes.
- 1.45. Ordena según su jerarquía normativa las siguientes normas:
1 - Directiva de la U.E.
2 - Ley orgánica.
3 - Ley ordinaria.
3 - Real decreto ley.
4 - Orden ministerial.
10. Código: pág. 34. Actividad de aplicación GDJE:
- 1.52:
a) Es falsa, Son normas con rango de
ley, las aprueban Las cortes o el
ejecutivo bajo delegación o
autorización.
b) Es verdadera.
c) Es verdadera.
d) Es verdadera.
e) Es falsa. Un texto articulado es una
forma que toma el R.D. Legislativo,
en la ley de bases se fijan las
directrices que se han de seguir
para elaborar la ley ordinaria.
f) Es verdadera.
g) Es verdadera.
h) Es verdadera.
i) Es verdadera.
j) Es verdadera.
k) Es falsa, puede dictar normas con o
sin rango de ley.
l) Es verdadera.
11. Código: pág. 35. Actividad de enseñanza aprendizaje GDJE:
- 1. 60. Entra en la web del Congreso de los Diputados y realiza las siguientes actividades:
a) ¿Quién es el Presidente del Congreso y a qué partido político pertenece?
Es D. Jesús Posada, y pertenece al P.P.
b) Dentro de la sección Actualidad:
1) ¿Qué iniciativas legislativas se encuentran en plazo de enmiendas?
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de
23 de noviembre, del Código Penal.
PROYECTO DE LEY de desindexación de la economía española.
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de control de la actividad económico-financiera de
los Partidos Políticos, por la que se modifican la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio,
sobre financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio,
de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/ 1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas.
PROYECTO DE LEY reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración
General del Estado.
PROYECTO DE LEY en materia de concesión de la nacionalidad española a los
sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial
vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y se
establece una tasa para determinados procedimientos de adquisición de la
nacionalidad española.
PROYECTO DE LEY de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de
febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
PROYECTO DE LEY de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la
Administración de Justicia y del Registro Civil.
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA del Código Penal Militar.
PROYECTO DE LEY reguladora de la Biblioteca Nacional de España.
PROYECTO DE LEY de la Jurisdicción Voluntaria.
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA por la que se modifica la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010,
relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la
Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información
en los procesos penales.
PROYECTO DE LEY del Estatuto de la víctima del delito.
PROYECTO DE LEY de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas
Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.
PROYECTO DE LEY de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real
Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre).
PROYECTO DE LEY de fomento de la financiación empresarial.
PROYECTO DE LEY por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de
Pedagogos y Psicopedagogos.
c) Dentro del apartado Diputados:
1) Busca los resultados de las últimas elecciones, por grupos parlamentarios.
d) Dentro del apartado Iniciativas:
1) Elige un Proyecto de ley y una Proposición de ley en tramitación e indica su
situación actual.
Proyecto de Ley para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
(121/000121) // Presentado el 24/10/2014, calificado el 28/10/2014 Situación
Actual Comisión de Cultura Publicación
Proposición de Ley sobre jubilación anticipada. (122/000169) // Presentado el
13/08/2014, calificado el 02/09/2014 Situación Actual Pleno Toma en
consideración.
2) Dentro de las Iniciativas legislativas aprobadas selecciona una Ley, una Ley
Orgánica, un Real Decreto Legislativo y un Real Decreto Ley.
Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio, por la que se hace efectiva la abdicación de Su
Majestad el Rey Don Juan Carlos I de Borbón. (BOE, núm. 148, de 19 de junio de
2014).
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (BOE, núm. 83, de 05 de abril de
2014).
Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento
del empleo y la contratación indefinida. (BOE, núm. 52, de 01 de marzo de 2014).
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y
de su inclusión social. (BOE, núm. 289, de 03 de diciembre de 2013).