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EFICACIA JURIDICA DEL ARBITRAJE COMERCIAL COMO MEDIO
ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIAS DE DERECHO
EFICACIA JURIDICA DEL ARBITRAJE COMERCIAL COMO MEDI O ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
INSTITUCIÓN: ESCRITORIO JURÍDICO BENAVENTA MIRABAL
AUTOR:PEÑA FLORENCIA C.I.6.406.706
San Diego, Septiembre de 2014
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIAS DE DERECHO
EFICACIA JURIDICA DEL ARBITRAJE COMERCIAL COMO MEDI O ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
CONSTANCIADE ACEPTACIÓN
_________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico
__________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional __________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor metodológico
AUTOR:PEÑA FLORENCIA C.I.6.406.706
San Diego, Septiembre de 2014
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AGRADECIMIENTOS
Agradezco primeramente a Dios quien es el autor de este sueño tan anhelado en mi
vida, por darme valor, fuerza, sabiduría y constancia para alcanzarlo. A él sea la
gloria.
A mi madre por estar presente en cada momento de mi vida dándome su apoyo
incondicional y dándome fuerzas con su amor.
A mi hijo Pedro Antonio, por ser la fuerza que me impulsa cada día para seguir
progresando y preparándome en mi nivel profesional. Te amo, gracias por ser un hijo
tan maravilloso.
Al Escritorio Jurídico Benaventa Mirabal y Asociados, especialmente al Dr. José D.
Benaventa M, excelente abogado, el cual goza de mi admiración y respeto por ser una
persona de gran calidad humana y un ilustre en el área jurídica.
A todos los profesores de la Universidad José Antonio Páez, que me impartieron sus
conocimientos a lo largo de mi carrera, formándome como una profesional del
derecho.
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ÍNDICE GENERAL
Pp.
CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN………………………………………………....iii
AGRADECIMIENTOS………………………………………………………………iv
INDICE………………………………………………………………………………..v
RESUMEN……………………………………………………….…...……...……...vii
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………….1 I. LA INSTITUCIÓN
1.1 Nombre………………………….…….…………………………………..3
1.2 Ubicación…………………….……….…………………………………...3
1.3 Objeto….……………………..……….…….……………………………..3
1.4 Estructura Organizativa……..………….…………………………………4
1.5 Misión……………………………………………………………………..4
1.6 Visión………..…….……………………………...………….……………4
1.7 Valores………………………………………………………………….…5
1.8 Actividades Desarrolladas durante la Pasantía…...……………………….5
II. EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema…………………….…………….....………..6
2.2 Formulación del Problema…………………….…………..…...…..….......8
2.3 Objetivo General……………………………………..……………………8
2.4 Objetivos Específicos……………………………………..………......…..8
2.5 Justificación y Alcance………………………………...………………….9
2.6 Limitaciones del Estudio……………………………………….….....…10
III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
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3.1 Antecedentes………………………………………..………..…….....….11
3.2 Bases Teóricas…………………………………...………..…..…………12
3.3 Bases Legales……………………………………………………….....…17
3.4 Definición de Términos Básicos………………………………………....18
IV. MARCO METODOLÓGICO
4.1 Tipo y Nivel de Investigación…………………….………………….…..20
4.2 Diseño de la Investigación……………………….………….………..….21
4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos………………………22
4.4 Fases Metodológicas……………………………….……………….……22
V. RESULTADOS CONCLUISIONES Y RECOMENDACIONES
5.1 Resultados, Conclusiones y Recomendaciones………………………….23
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ……………………………………………32
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
COORDINACIÓN DE PASANTIAS DE DERECHO EFICACIA JURIDICA DEL ARBITRAJE COMERCIAL COMO MEDI O
ALTERNATIVO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Autor: Peña Florencia Tutor: Prof. Verónica Salamanca
Fecha: Septiembre 2014
RESUMEN La aplicación del derecho en estos nuevos tiempos exige mayor agilidad, eficiencia, economía y la búsqueda de un equilibrio de forma y de fondo que permita conseguir, de una manera rápida y menos onerosa, la soluciónde los conflictos que plantean la interpretación y aplicación de las normas. A lo largo de la historia, el fenómeno del conflicto se ha abordado desde diferentes puntos de vista y disciplinas. Y aunque en la sociedad, los conflictos están cada vez más presentes. Así, desde esta perspectiva, se destaca la solución de conflictos. El arbitraje es uno de los medios alternativos de resolución de conflictos mediante el cual dos o más personas acuerdan, bajo el principio de la autonomía de la voluntad de las partes, someter sus controversias a uno o varios árbitros directamente elegidos por las partes, para así lograr la solución de una controversia jurídica determinada, siempre y cuando el conflicto no verse sobre alguna materia en la cual no cabe transacción. El presente trabajo expresa como propósito fundamental, analizar el arbitraje comercial como medio alternativo de solución de conflictos con eficacia jurídica. De igual modo se desarrolló la figura jurídica del arbitraje comercial, como la constitución de una vía extrajudicial para solventar los problemas suscitados en las relaciones comerciales, la cual es admitida en el ordenamiento jurídico y las partes en común acuerdo, sometiéndose tales las controversias, presentes o eventuales, al conocimiento de un árbitro, en este sentido se excluye la jurisdicción ordinaria y en consecuencia, el laudo debe ser ejecutado y respetado. En cuanto a la estructura metodológica, la investigación es de tipo y nivel documental bajo un diseño bibliográfico, que permitió cumplir con el aporte universal del trabajo de pasantía.
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Descriptores: Eficacia Jurídica, Arbitraje Comercial, Medio de Resolución de Conflictos
INTRODUCCIÓN
En un mundo globalizado con el incremento de los intercambios comerciales,
a nivel nacional e internacional, por parte de los operadores económicos, hay la
posibilidad latente de que existan, como secuelas de estas transacciones, disputas
entre las partes intervinientes. En consecuencia, debido a la dinámica de las
relaciones contractuales, un proceso arbitral les puede ofrecer múltiples ventajas a los
comerciantes, bien sea individual o comercial.
Asimismo toda relación humana está expuesta a conflictos de múltiples índole
en el que están en juegos diversos. A medida que el hombre ha ido evolucionando ha
tratado de encontrar diversos medios para solucionar sus diferencias, hasta llegar al
ordenamiento jurídico para garantizar condiciones de vida y normas de conducta
dentro de la sociedad, con el fin de mantener la fuerza y evitar la violencia como
métodos orientados a la administración de justicia, a través de un tercero imparcial
que dirima sus confrontaciones.
El Estado crea el derecho para justificar el carácter público de la entidad
jurisdiccional, toda vez que al imponer la obligación debe respetarla, lo que se
traduce en una acción coercitiva de imposición, así pues en las organizaciones
sociales modernas el estado tiene la facultad de promover los órganos que resolverán
esas situaciones de conflictos que alteran el orden social, para mantener la
tranquilidad pública.
El arbitraje puede ser una de las formas a través de la cual las personas
encuentren el acceso a una justicia eficiente administrada por las mismas partes,
dentro de su esfera de libertad y en el marco de sus derechos disponibles. Si bien es
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Cierto que descongestionaría la pesada carga procesal. No se puede concebir como un
competidor de la vía judicial sino más bien como una vía complementaria en el
entendido que el arbitraje no es válido para cumplir clases de litigio o bajo cualquier
circunstancia.
Para abordar lo anteriormente expuesto la investigación se conformó por
capítulos para lo cual se detallan el contenido de cada uno de la siguiente forma: En
el Capítulo I describe la Institución donde se realizó la pasantía, sus objetivos misión
y visión así como las actividades desarrollas durante el periodo de pasantía, desde
enero 2014 al mes de abril del 2014. Seguidamente, el Capítulo II . Comprende la
problemática presente como punto de partida en la investigación. En este capítulo se
enfoca el planteamiento del problema, su formulación, objetivo general y específico,
justificación y la limitación de la investigación.
En el Capítulo III. Se incluye el Marco Conceptual, además contiene algunas
investigaciones que describen los antecedentes, así como también las bases teóricas
que fundamentan el tema estudiado; constituyendo la recopilación de datos
procedentes de diferentes y confiables fuentes de información, también las bases
legales donde se pueden observar los aspectos esenciales que conforman la columna
vertebral de dicha investigación y la definición de algunos e importantes términos
básicos asociados con el tema expuesto para su compresión por parte de lectores no
familiarizados.
En el Capítulo IV . Se desarrolla el Marco Metodológico, utilizando los
procedimientos metodológicos para definir la modalidad de la investigación, su tipo,
el diseño de la misma y las técnicas e instrumento de recolección de datos; todos
estos elementos metodológicos son de gran utilidad y ayuda en la investigación
realizada, ya que permitieron lograr la construcción y desarrollo de los objetivos. Y
Finalmente el Capítulo V se estableció los resultados obtenidos, conclusiones y
recomendaciones en la presente investigación.
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CAPÍTULO I
LA INSTITUCIÓN
1.1 Nombre
Escritorio Jurídico Benaventa Mirabal
1.2Ubicación
Urb. Morro II, Avenida 140, Casa N° 1812. Municipio San Diego. Estado Carabobo.
1.3 Objeto
- Analizar la situación que se presenta, para buscar la mejor solución que permita
resolver el problema existente.
- Explicar al cliente los pasos a seguir, así como el beneficio que le reportará
seguir la solución recomendada.
- Optimizar la calidad del trato en la interacción con las personas que acuden a
esta institución.
- Facilitar a las personas la información necesaria, cuando asisten solo por
asesoría, para la resolución de dudas que tengan en cuanto a determinado caso.
- Ayudar a aquellas personas de bajos recursos, que necesiten de los servicios de
un Abogado, estableciendo la forma de pago más adecuada de acuerdo a sus
circunstancias.
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1.4 Estructura Organizativa
1.5 Misión
Benaventa Mirabal cuenta con áreas especializadas en la prestación de
servicios jurídicos, principalmente en la rama Civil, Mercantil, Penal, Laboral y
Administrativa prestando servicio a personas jurídicas y personas naturales a
brindarles soluciones a cada caso planteado asesoramiento, representación en fases
de conciliación en aras de garantizar que se cumpla con una justa y adecuada
administración de justicia brindando el mejor servicio adecuado y leal a los clientes.
1.6 Visión
Se perfila hacia un modelo de gran prestigio y reconocimiento, donde todos
nuestros clientes se sientan satisfechos por el servicio prestado donde existe la
confianza y lealtad. Donde cada día aumenten más nuestros número de clientes a
nivel nacional gracias a las recomendaciones de nuestros propios clientes sintiendo
DEPARTAMENTO
DEL AREA PENAL
DEPARTAMENTO
DEL AREA CIVIL
OFICINA DEL
AREA LABORAL
OFICINA PRINCIPAL
ESCRITORIO JURIDICO BENAVENTA MIRABAL
DEPARTAMENTO DEL
AREA MERCANTIL
DEPARTAMENTO DEL
AREA ADMINISTRATIVO
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todos los que en este bufete trabajamos satisfacción personal y profesional , logrando
con el tiempo establecer mayor número de oficinas a nivel nacional , como también
lograr desarrollar un área de especialización en derecho internacional .
1.7 Valores
• Respeto
• Ética
• Honestidad
• Excelencia
• Trabajo en Equipo
• Responsabilidad
• Prestar Servicio de Atención al Cliente
• Igualdad
• Justicia
1.8 Actividades desarrolladas durante la pasantía
• Realizar múltiples actividades propias del ejercicio del derecho tales como:
Redactar contratos mercantiles donde se constituía una compañía anónima con
capitales variados y diferentes objetos.
• Elaborar contratos de compra venta de vehículos. • Elaborar Poderes a personas jurídicas y naturales. • Acudí en tres oportunidades a la ciudad de Valencia a un embargo y secuestro
de bienes muebles.
• Realizar lecturas de expedientes • Redactar diligencias y escritos • Revisar de expedientes
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CAPÍTULO II
EL PROBLEMA
2.1 Planteamiento del Problema
Con el nacimiento del Estado y la organización socio política de los pueblos
surge en la civilización humana el concepto de la jurisdicción, como función y
monopolio del Estado para resolver las controversias entre particulares mediante
órganos propios e investidos de autoridad.
Por tal motivo, es práctica común recurrir a las vías judiciales tradicionales
para poner fin a las controversias suscitadas, entre las cuales cabe destacar las
emergidas por vínculos comerciales. Tomando en consideración que la función de
administrar justicia le corresponde al Estado, a través de los órganos que conforman
el Poder Judicial.
Sin embargo, desde hace algún tiempo se ha manifestado la imperiosa
necesidad de implementar mecanismos alternativos para la solución de conflictos.
Reconociendo la capacidad de las partes con o sin intervención de un tercero para
resolver las disputas, bien a través de los clásicos medios de autocomposición, o
mediante otros mecanismos distintos a la vía judicial.
El arbitraje es una de las formas alternativas, al cual las partes deciden acudir
precisamente para excluir la intervención judicial, mediante una cláusula arbitral para
resolver eventuales problemas con ocasión de sus relaciones jurídicas. Así reduciendo
la participación de los tribunales al mínimo posible, teniendo igualmente la
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Posibilidad de optar por las normas de derecho positivo que a su juicio deben
aplicarse, o señalar el procedimiento que les parezca más conveniente.
De igual manera, para los tribunales, la utilización del arbitraje suele
representar una significativa reducción de la sobrecarga de trabajo, y por ende, su
descongestionamiento. Como secuela de la aplicación de este medio alterno, se
cumplen los propósitos básicos de esta institución, los cuales en primer lugar, el
término expedito de los conflictos, es deciruna forma de arbitraje en la cual se
introducen ciertas modificaciones a fin de asegurar que el arbitraje puede ser llevado
a cabo y rendir un fallo en un período de tiempo abreviado y en segundo lugar, evitar
los retrasos evidentes de los procedimientos judiciales.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagrar en el
artículo 26 la tutela judicial efectiva, y así como “Toda persona tiene derecho de
acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e
intereses, incluso los colectivos o difusos…”, asimismo debe obtener con prontitud la
decisión correspondiente. Por tal motivo el Estado está obligado a garantizar, según el
precepto constitucional, una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea,
transparente, responsable y equitativa siempre en beneficio de la celeridad procesal.
No obstante, en conformidad con el artículo 253 de Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, primera aparte, “Corresponde a los órganos del
Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los
procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias”.
En relación a lo antes mencionado genera incertidumbre en relación al papel
del árbitro, el cual al conocer de determinada causa y siguiendo un procedimiento,
decide la controversia mediante una resolución. Por consiguiente, las partes delegan
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el conocimiento de las causas a los árbitros, en búsqueda de una solución rápida a las
desavenencias presentes o futuras, en razón de la aglomeraciones de trabajo en los
tribunalesy el retardo procesal consecuente. En consecuencia, las partes en litigio
deben respetar y acatar la decisión adoptada por los árbitros designados. Conforme a
lo descrito anteriormente, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la
investigación, se formuló la siguiente interrogante:
2.2 Formulación del Problema
¿Cuenta el arbitraje comercial como medio alternativo de solución de
conflictos con eficacia jurídica?
2.3 Objetivo General
• Analizar el arbitraje comercial como medio alternativo de solución de
conflictos con eficacia jurídica.
2.4 Objetivos Específicos
• Determinar la eficacia jurídica del arbitraje comercial como medio alternativo
de solución de conflictos.
• Verificar el procedimiento para el cumplimiento de la cláusula arbitral según
el ordenamiento legal.
• Establecer los efectos legales que produce el laudo dictado por los árbitros
designados, al aplicar el arbitraje como mecanismos alterno para solventar los
problemas suscitados en razón de las relaciones jurídicas que emergen en el
ámbito comercial.
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2.5 Justificación y Alcance
El presente tiene como relevancia investigativa la eficacia jurídica del
arbitraje comercial como medio alternativo de solución de conflictos ya que permite
analizar documentalmente el régimen establecido en la normativa vigente, de la
misma manera encuentra su justificación en diferentes ámbitos.
En el ámbito académico: sirve como material de apoyo para los estudiantes de
Derecho, que cursen estudios de pregrado, en lo que respecta a las consecuencias
jurídicas que emergen de la suscripción de un acuerdo de arbitraje, así como de la
aplicación del arbitraje comercial como medio alternativo de conflictos.
Asimismo, es un punto de partida que persigue la creación de un Centro de
Arbitraje en la Universidad José Antonio Páez, con la finalidad de contribuir a la
solución de controversias mediante la institucionalización del procedimiento arbitral
y a la divulgación del arbitraje como medio opcional para poner término a los
conflictos presentados en el día a día, dictando cursos para la capacitación de árbitros,
así como elaborando y presentando propuestas que se consideren conveniente en la
materia, el órgano nacional encargado de legislar, entre otras actividades.
En el ámbito profesional; se busca que los abogados en ejercicio, incentiven el
uso del arbitraje comercial en pro de una decisión pronta en beneficio de las partes,
tomando en cuenta que las relaciones comerciales son dinámicas y su paralización
puede ocasionar graves perjuicios a las partes, incluso a terceros ajenos a las
relaciones jurídicas. Además es indispensable la celeridad de la administración de
justicia, para que ésta sea efectiva, plena y verdadera.
En el ámbito social; trata de promover la aplicación de las formas alternas
para la resolución de controversias, en especial del arbitraje, al despejar las dudas
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latentes sobre la obligatoriedad de verificar lo estipulado en el laudo emitido, de
manera voluntaria o forzosa, y a través del acuerdo entre las partes se delega la
función jurisdiccional de los árbitros.
2.6 Limitaciones del Estudio
Con la presente investigación se aporta un análisis de la legislación vigente y
posiciones doctrinales que se relaciona con dicho tema, para determinar la eficacia
jurídica del arbitraje comercial, como procedimiento discrecional al que pueden
acudir las partes en conflictos para solucionar sus diferencias, en busca de una pronta
solución.
Por lo que se refiere a la limitación, el obstáculo principal es el factor tiempo,
debido a las actividades laborales, para lograr cumplir a cabalidad con los plazos
establecidos. No obstante, se hizo el esfuerzo necesario para cumplir con el objetivo
trazado.
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CAPÍTULO III
MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL
3.1 Antecedentes de Investigación
Es oportuno señalar, sobre el objeto de estudio, algunos trabajos de
investigación relacionados a la temática que representa una inquietud del
investigador; los cuales sirven de herramienta para determinar la eficacia jurídica del
arbitraje comercial como medio de alternativo de solución de conflictos, entre éstas
cabe señalar las siguientes:
En primer lugar, Vallejo P (2013) abordó un estudio titulado “El Arbitraje Y
Los Ordenamientos Jurídicos En Latinoamérica: Un Estudio Sobre
Formalización Y Judicialización”, para optar al título de abogado en la Universidad
de San Carlos de Guatemala. Describió el estado del arte en materia deformalización
y judicialización del arbitraje en algunos ordenamientosde América Latina. Para estos
efectos, abordó temas como la definiciónde la naturaleza jurídica del arbitraje, las
estructuras legislativasmonistas y dualistas, la constitucionalización de la figura y el
fenómenode la intervención judicial.
La relación del presente informe con la investigación citada está basada el
estudio de la naturaleza del arbitraje no debetomar como punto de partida la relación
o el contrato existenteentre las partes y los árbitros designados, sino más bien la
funciónmisma que estos desarrollan. En este orden de ideas, cuando laspartes
designan árbitros se comprometen a someterse a su decisión,admitiendo su
obligatoriedad; por su parte, los árbitros resuelvenuna controversia jurídica, no
económica.
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También Pérez (2008) “Propuesta para la Creación de un Centro de
Arbitraje en el Estado Táchira, una Visión del Sistema Legal
Venezolano”,trabajo de grado para optar al título de abogado en la Universidad
Católica del Táchira, en San Cristóbal. Concluyó que al identificar el arbitraje como
uno de los medios alternativos más importante para la justicia alternativa en la
legislación venezolana, constituye un mecanismo de solución de conflictos que surge
de la autonomía de la voluntad de las partes, quienes delegan en un tercero imparcial,
la resolución de su controversia, y éste en su condición de árbitro, decide un laudo
arbitral que es de obligatorio cumplimiento. La relación está basada ya que ambas
investigaciones son un aporte del estudio en cuestión y que en términos generales, el
arbitraje complementa el sistema de justicia venezolano y los laudos arbitrales son
decisiones extrajudiciales equiparables a las sentencias.
Asimismo, está García (2008) “Medidas Cautelares en el Proceso de
Arbitraje Comercial” , para optar al título de abogado en la Universidad Católica
“Andrés Bello”, Caracas. Analizó el valor del arbitraje, como pronto y eficaz método
alternativo de solución de conflictos, radica también y en gran medida en que se dote
a quienes tienen la facultad de dirimirlo, de unos instrumentos que aseguren el objeto
de la disputa, de suerte tal que dicho objeto no se frustre a la hora de pronunciar y
pretender ejecutar el laudo.
La relación que existe está, en que la potestad del árbitro en dirimir
controversias, en efecto al ser los árbitros parte del sistema judicial, en el sentido de
que además de resolver conflictos, materialice la decisión que allí se tome, pues de lo
contrario, el proceso no puede considerarse como concluido.
3.2 Bases Teóricas
Las bases teóricas construyen todo el contexto teórico formando la plataforma
sobre la cual se basará el análisis de los resultados en la investigación, presentandola
estructura sobre la cual se diseña el estudio.
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Conflicto. Definición: El conflicto se ha definido como un choque de
intereses, emociones, ideas, valores o acciones.
Se distinguen dos clases de conflictos:
• a) Los conflictos intrapersonales: son aquellos que ocurren dentro del
individuo.
• b) Los conflictos interpersonales: se refieren a las situaciones que ocurren
entre individuos o grupo de éstos.
El conflicto como fenómeno social inevitable: habitualmente la vida
cotidiana nos plantea situaciones ante las cuales debemos tomar una decisión, es
decir, nos enfrenta a la necesidad de elegir. La manera en que intentaremos resolver
el conflicto va a depender de nuestra experiencia cultural.
El conflicto: Un cambio de enfoque: El conflicto como una oportunidad
de cambio positivo: En principio, se suele tener una percepción negativa del
conflicto. Por ejemplo, podemos distinguir entre sus sinónimos a los siguientes
vocablos: combate, lucha, choque, encuentro, hostilidad, discrepancia, diferencia,
competencia, desacuerdo, oposición, entre otros.
En esta lista nos encontramos con los aspectos del conflicto y si acentuamos su
cualidad de lucha, choque, de hostilidad, es probable que ubiquemos en primer lugar
una imagen negativa del mismo pero si asociamos el conflicto con ideas de
diferencias, de discusión, de empeño, el carácter de búsqueda de soluciones
diferentes a la solución conflictiva.
Causas de un conflicto:
a) Los bienes: los bienes como causa del conflicto representa un valor material.
Ej.: dinero y propiedades.
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b) Los principios: este término se refiere a los principios abstractos que
constituyen elementos no materiales. Ej.: creencias religiosas, ideologías
políticas, valores morales, reputación personal.
c) El territorio: se refiere al territorio literal como el psicológico.
d) Las relaciones interpersonales implícitas:
• 1) Diferencias de poder: los desequilibrios de poder en las relaciones
terminan desembocando en un conflicto, exponiendo al más débil a la
posibilidad de ser reprimido por el más fuerte.
• 2) Expectativas dentro de las relaciones: se ha afirmado que los contratos
psicológicos están implícitos en las relaciones humanas. Estos contratos
psicológicos se basan en las "expectativas tácitas" e inconscientes que cada
uno tiene de los demás.
• 3) Choque de personalidades: significa que las personas en cuestión no se
llevan bien por no poder comprenderse mutuamente.
Comportamientos frente al conflicto:
a) Competir o contender: en ese caso tratamos de resolver el conflicto, manteniendo
nuestras aspiraciones y tratando de persuadir al otro para que ceda. Implica un alto
interés por la satisfacción de las necesidades y las aspiraciones propias y bajo interés
por las del otro.
b) Ceder o conceder: este caso supone que uno de los implicados renuncie a parte de
sus aspiraciones y a ese costo la otra parte satisface las suyas.
c) Convenir: en esta alternativa todas las personas involucradas en el conflicto ceden
parcialmente en sus necesidades, intereses y aspiraciones. Se satisfacen algunos de
los intereses propios y algunos de los ajenos.
d) Colaborar y resolver problemas: en esta clase de comportamiento todas las
partes tratan de obtener la satisfacción de la gran mayoría o todos los intereses reales
propios y ajenos. Para lograrlo trabajan juntos generando nuevas opciones de mutuo
beneficio.
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e) Evitar, no hacer nada o retirarse: constituye la inacción, implica la
manifestación de desinterés tanto por las necesidades y aspiraciones propias como por
las ajenas.
Los métodos alternativos de resolución de conflictos
Concepto: "Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos" a una gran gama de
herramientas utilizadas para solucionar conflictos sin necesidad de acudir al litigio
judicial. Los principales métodos son: la negociación, la mediación, la conciliaciónyel
arbitraje.
Necesidad de un Sistema de Resolución de Conflictos: un sistema de
resolución de conflictos (en sentido amplio, abarcando el proceso judicial y los
métodos alternativos) es eficiente cuando cuenta con numerosos mecanismos o
procedimientos que permiten prevenir los conflictos y resolverlos, en su mayor parte,
con el menor costo posible. Para ello debe partir de las necesidades e intereses de las
partes, sobre la base del principio de subsidiariedad. Este principio orienta a que las
cuestiones sean tratadas al más bajo nivel posible, en forma descentralizada; al más
alto nivel sólo se tratarán los conflictos cuyas características particulares así lo
requieran.
Marco conceptual de los Principales Métodos de Resolución de
Conflictos:
a) La Negociación: es voluntaria, informal, directa y permite a las partes tener
control sobre el proceso y la solución (Sin ayuda o facilitación de terceros).
b) La Mediación: se ha definido como un procedimiento no adversarial, en el cual
un tercero neutral facilita la comunicacióny ayuda a las partes a negociar para llegar a
un resultado mutuamente aceptable.
c) La Conciliación: supone avenimiento entre intereses contrapuestos; es armonía
establecida entre dos o más personas con posiciones divergentes.
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d) El Arbitraje: se ha definido como un procedimiento mediante el cual las personas
puede someter, previo convenio, a la decisión de uno/a o varios/as árbitros/as las
cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir en materias de su libre disposición
conforme a derecho.
Arbitraje Comercial
En relación a lo que ha de entenderse por arbitraje, Henríquez R, (2004), la
define como aquella institución jurídica por la cual una jurisdicción privada conoce,
en forma exclusiva y excluyente, las controversias transigibles sometidas a ella
mediante acuerdo de arbitraje, cuya decisión tiene la autoridad de cosa juzgada y
causa ejecutoria.
Con base a esto, Meza y Navarro (2004), sostiene que el arbitraje goza de una
doble naturaleza. Por una parte se le reconoce una naturaleza contractual o
convencional, porque como mecanismo de resolución de controversias tiene su origen
en un acuerdo de voluntades. Al mismo tiempo, se acepta que el arbitraje tiene una
naturaleza jurisdiccional porque mediante él, se determina el derecho de dos o más
partes en conflictos o se dirimen las controversias de relevancia jurídica que entre
ellas existan mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, lo cual no excluye la
intervención de los tribunales, a quienes compete por lo general lo relacionado con
la ejecución del laudo arbitral.
De esta manera el arbitraje comercial, conservando su esencia, es considerado
un medio extrajudicial entre las partes, las cuales mediante una manifestación de
voluntad expresa convienen en forma anticipada, despojar del conocimiento del Poder
Judicial todas las diferencias que por la ejecución, desarrollo, interpretación o
terminación de un negocio jurídico, puedan sobrevenir o existen para el conocimiento
de la suscripción del acuerdo arbitral y las cuales conllevan a las partes a
solucionarlas a través de esta institución.
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3.3 Bases Legales
En relación a la normativa legal que fundamenta la presente investigación,
cabe destacar lo siguiente:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
El artículo 253, de donde emana la facultad del Estado de administrar justicia,
de manera expresa, a los medios alternativos de justicia de la siguiente manera: La
potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en
nombre de la República por autoridad de la ley.
Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos
de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o
hacer ejecutar sus sentencias.
El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los
demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública,
los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias
de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los
ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la
ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio.
A su vez el artículo 258, señala que dichos medios alternos para administrar
justicia, no agotando los mismos en los ya conocidos, sino dejando abierta la
posibilidad de aplicar cualquier otro, así: La ley promoverá el arbitraje, la
conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución
de conflictos.
Ley de Arbitraje Comercial (1998)
Es aplicable sin menoscabo de cualquier tratado multilateral o bilateral
vigente, por mandato del artículo 1. Esta ley establece, en términos generales, las
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materias susceptibles a ser objeto de arbitraje, incluyendo de manera taxativa aquella
que están excluidas; las formas de arbitraje y las clases de árbitros; el procedimiento
arbitral; todo lo relativo al arbitraje institucional e independiente; obligaciones de los
árbitros; del reconocimiento y ejecución del laudo arbitral y recursos que proceden
contra éste.
También en el artículo 2. El arbitraje puede ser institucional o independiente.
Es arbitraje institucional el que se realiza a través de los centros de arbitraje a los
cuales se refiere esta Ley, o los que fueren creados por otras leyes. Es arbitraje
independiente aquel regulado por las partes sin intervención de los centros de
arbitraje.
De igual manera, referente a los árbitros, denota que éstos pueden ser de dos
categorías, en el artículo 8 señala lo siguiente: Los árbitros pueden ser de derecho o
de equidad. Los primeros deberán observar las disposiciones de derecho en la
fundamentación de los laudos. Los segundos procederán con entera libertad, según
sea más conveniente al interés de las partes, atendiendo principalmente a la equidad.
Si no hubiere indicación de las partes sobre al carácter de los árbitros se entenderá
que decidirán como árbitros de derecho.
Los árbitros tendrán siempre en cuenta las estipulaciones del contrato y los
usos y costumbres mercantiles.
3.4 Definición de Términos Básicos
Acuerdo: es en Derecho, una decisión tomada en común por dos o más
personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto,
tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.
Arbitraje : es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción
ordinaria. Es una estrategia de resolución de conflictos junto a la negociación,
mediación y conciliación.
Comerciante: es, en términos generales, la persona que se dedica
habitualmente al comercio. También se denomina así al propietario de un comercio.
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Conciliación: es un medio alternativo para solucionar conflictos, a través del cual las
partes resuelven directamente un litigio con la intervención o colaboración de un
tercero.
Conflicto: es una situación en que dos o más individuos con intereses contrapuestos
entran en confrontación, con el objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte
rival, incluso cuando tal confrontación sea verbal, para lograr así la consecución de
los objetivos que motivaron dicha confrontación.
Consentimiento: es un concepto jurídico que hace referencia a la exteriorización de
la voluntad entre dos o varias personas para aceptar derechos y obligaciones.
Constitución oCarta Magna: Acción o efecto de constituir. Formación o
establecimiento de una cosa o un derecho. Ordenamiento, disposición esta voz
pertenece de modo especial al Derecho Político, donde significa la forma o sistema de
gobierno que tiene adoptado cada Estado. Acto o decreto fundamental en que están
determinados los derechos de una nación, la forma de su gobierno y la organización
de poderes públicos de que éste se compone.
Derecho: es el orden normativo e institucional de la conductahumana en
sociedadinspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales
existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas
dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten
resolver los conflictos inter subjetivos. Cada individuo de una sociedad posee el
derecho de realizar todo lo que quiera siempre y cuando no invada el derecho de otro
individuo.
Intercambio Comercial: es, uno de los términos más utilizados en marketing y,
además, uno de sus objetos de estudio, es el acto de comunicarse con otro para
obtener algo de él, que tiene un valor y es útil, ofreciendo a cambio también algo
valioso y útil. Juez: es la autoridad pública que sirve en un Tribunal de justicia y que se encuentra
investido de la potestad jurisdiccional para aplicar la ley y las normas jurídico
29
CAPITULO IV
MARCO METODOLÓGICO
El marco metodológico constituye un espacio en el que se prevé los
procedimientos lógicos, técnicos operacionales que envuelven al proceso
deinvestigación con el propósito de descubrir yanalizar los hallazgos de
lainvestigación.En este mismo orden de ideas, Tamayo y Tamayo (2007),
sostienenquela metodología constituye la meduladel plan, se refiere a la descripción
de unidades de análisis y la recolección de datos, los instrumentos, los
procedimientos y las técnicas de análisis (p.113).
4.1 Tipo y Nivel de Investigación
La presente investigación estáenmarcada dentro de la modalidad
deinvestigación documental. La misma permite obtener, entre otros aspectos, los
antecedentes, conformados por aquellos trabajosde investigación realizados por otros
autores, donde destacan aspectos que conforman el objeto de la presente
investigación. Asimismo, las bases teóricas y legales que llegaron a determinar la
eficacia jurídica del arbitraje comercial como medio alternativo de resolución de
conflictos.
En cuanto a la investigación documental la Universidad Pedagógica
Experimental Libertador (2006), establece que éstas se consideran como: el estudio
de problema con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su
naturaleza, con apoyo, principalmente, en trabajos previos, información y datos
divulgados por medios impresos, audiovisuales o electrónicos, la originalidad del
30
estudio se reflejaen el enfoque, criterios, conceptualización, reflexiones,conclusiones,
recomendacionesy, engeneral, en elpensamiento del autor.
Por su parte la Universidad Santa María (2007), define la investigación
documental como aquella que: se ocupadel estudio de problemas planteados en el
ámbito teórico; la información requerida para aprobarlos se encuentra básicamente en
materiales impresos, audiovisuales y/o electrónicos.
En este sentido, se considera que en el trabajo desarrollado, la investigación
documental contribuye a ampliary profundizar el conocimientosobre la
eficaciajurídica del arbitraje
4.2 Diseño de laInvestigación
En cuanto al diseño de la investigación, Palella S y Martín F (2004), exponen
que éste se define como: el plan global de investigación que integra de un modo
coherente y adecuadamente correcto, técnicas de recogida de datos a utilizar. El
diseño de una investigación intenta dar de una manera clara y no ambigua respuesta a
las preguntas planteadas.
Se puede acotar que el diseño de la investigación es el que orienta la selección
de las formas y maneras en que se recogió la información para el posterior análisis,
con el propósito de dar respuesta a los objetivos específicos planteados.
En tal sentido, en la presente investigación se elige como diseño de
investigación; el diseño bibliográfico.
Para Hernández R (2003), el diseño bibliográfico se pone de manifiesto
cuando los datos se obtienen a partir de la técnica documental en los informes de otra
investigación donde se recolecta datos a través de las diversas fuentes documentales.
31
4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Para Méndez C. (1993) citado por Arias (2006). “La información es la materia
prima por lo cual puede llegarse a explorar, describir y explicar hechos o fenómenos
que definen un problema de investigación”. Es por ello, que se hace necesario
estructurar técnicas de recolección de datos para así construir los instrumentos que
permitan obtener tales datos de la realidad.
Tomando en consideración la modalidad de la investigación, se utilizó
principalmente la técnica de revisión bibliográfica, análisis y síntesis de la
información contenida en textos ubicados en bibliotecas, hemerotecas y archivos. Por
otra parte, los instrumentos de la recolección vienen a ser aquellos que utiliza el
investigador para armar su base de datos, utilizando las fichas técnicas, resumen y
subrayado donde la investigadora recogió situaciones similares o diferentes de las
normas que rigen la materia que constituye el objeto del análisis.
4.4Fases Metodológicas
Las fases metodológicas se definen como un procedimiento reflexivo,
sistemático, controlado, metódico y crítico que conduce hacia el descubrimiento en
cualquier campo del conocimiento. Muñoz, C. (1998), citado por Arias (2006) explica
que “procedimiento es el modo ordenado de actuar con el propósito de alcanzar un fin
definido.” (p. 202).
Fase I Determinar la eficacia jurídica del arbitraje comercial como medio alternativo
de solución de conflictos.
Fase II. Definir si es obligatorio el cumplimiento de la cláusula arbitral consentida
por las partes voluntariamente.
Fase III. Establecer los efectos legales que produce el laudo dictado por los árbitros
designados, al aplicar el arbitraje como mecanismos alterno para solventar los
problemas suscitados en razón de las relaciones jurídicas que emergen en el ámbito
comercial.
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CAPÍTULO V
RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIOONES
5.1 Resultados, Conclusiones y Recomendaciones
Fase IDeterminar la eficacia jurídica del arbitraje comercial como medio
alternativo de solución de conflictos.
Resultado. En Venezuela el arbitraje comercial, se presenta como un medio alterno
deresolución de conflictos, cuyo principal aporte de acuerdo con Henríquez La
Roche,(2000) “...reside en la celeridad procesal, en la certeza y en la seguridad jurídica
querepresenta, respecto al aseguramiento de los derechos y su satisfacción.
Avances se ven materializados en la Constitución de la RepúblicaBolivariana de
Venezuela de 1999, en su artículo 258, donde se consagra y sepromueve el arbitraje, la
conciliación, la mediación y cualquier otro medio alternativo deresolución de conflictos y
en la Ley de Arbitraje Comercial de Venezuela, publicada el de abril de 1998,Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.430.Hasta la fecha de
promulgación de esta Ley, la institución de arbitraje, se encontrabareconocida en
legislación interna y en la internacional.
Conclusión. Se concluye que la Ley de arbitraje comercial venezolana
conjuntamente con la Constitución dela República Bolivariana de Venezuela en sus
disposiciones han plasmado ungran avance en lo que a métodos alternos de resolución de
conflictos se refiere.
Entre uno de estos métodos encontramos el arbitraje, el cual ha tenido un notable
crecimiento en los últimos tiempos con la implementación de la Ley que la regula, no
33
obstante la Ley presenta ciertas deficiencias que han arrojado comoconsecuencia
inconsistencias en la práctica y discrepancias doctrinarias.
Estas deficiencias pueden ser corregidas en futuras reformas, pues la Ley
deArbitraje Comercial más que un instrumento criticable debe vérsele comoperfectible y
apto para regular el arbitraje comercial,haciéndose necesaria deigual forma la labor
jurisprudencial que ayude en la interpretación de esta Ley.
Recomendación. El derecho comparado es una fuente que ofrece abundantes
conocimientos yexperiencias en lo que a métodos alternos de resolución de conflictos se
refiere,en especial al arbitraje comercial.
Así que, se recomienda a quienes estudian esta materia, realizar estudios
exhaustivos dederecho comparado, en busca de resultados positivos existentes en las
diversaslegislaciones, en miras a futuras reformas de la ley arbitral para hacer másefectiva
su aplicación.
Fase II. Definir si es obligatorio el cumplimiento de la cláusula arbitral consentida por
las partes voluntariamente.
Resultado. Es importante conocer, lo que ha de entenderse por cláusula arbitral, lo
que al respecto la Ley de Arbitraje Comercial (1998), establece en el artículo 5 lo siguiente:
El "acuerdo de arbitraje" es un acuerdo por el cual las partes deciden someter a arbitraje todas o algunas de las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una relación jurídica contractual o no contractual. El acuerdo de arbitraje puede consistir en una cláusula incluida en un contrato, o en un acuerdo independiente. En virtud del acuerdo de arbitraje las partes se obligan a someter sus controversias a la decisión de árbitros y renuncian a hacer valer sus pretensiones ante los jueces. El acuerdo de arbitraje es exclusivo y excluyente de la jurisdicción ordinaria
En conformidad con el artículo 6, este acuerdo de arbitraje deberá constatar por
escrito, para así evitar lugar a dudas respecto a la voluntad de las partes de someterse el
arbitraje. Asimismo establece la manifestación de voluntad de someter el contrato a
arbitraje y deberá hacerse en forma expresa e independiente.
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En relación a la manifestación de la voluntad plasmada en una cláusula
compromisoria de arbitraje incluida dentro de un contrato o mediante la celebración de un
acuerdo independiente, debido a que la respuesta y solución se encuentra en la propia teoría
general del arbitraje. En razón de ello y en protección del débil jurídico es indispensable
identificar si se trata de contratos de adhesión.
En este mismo orden de ideas, los requisitos esenciales para la existencia del
contrato es el consentimiento de las partes, en conformidad con el artículo 1141 del Código
Civil Venezolano, el cual lo nombra de manera taxativa entre las condiciones requeridas
para considerar el contrato existente en el ámbito jurídico. Por lo que el contrato que deja
de reunir alguna condición o elemento esencial a la existencia, no tiene existencia jurídica y
por tanto no produce efecto alguno.
Sin embargo, no basta con que el contrato concurran los elementos esenciales para
la existencia del mismo (consentimiento, objeto y causa lícita), ni que la persona que
manifestó aparentemente su voluntad, sea capaz; es imprescindible como condición sine
qua non que el consentimiento sea válido. Esto explica que la manifestación de las partes
contratantes esté exenta de irregularidades, anormalidades o vicios que invaliden el
consentimiento otorgado por ellas.
Estos vicios del consentimiento son: el error, el dolo y la violencia. Los cuales se
deducen del artículo 1146 del Código Civil Venezolano, al señalar: “Aquel cuyo
consentimiento haya sido dado a consecuencias de un error excusable, o arrancado por
violencia o sorprendido por dolo, puede pedir la nulidad del contrato.
Así que en materia de resolución de conflictos por vía arbitral, tiene plena vigencia
el principio de la autonomía de la voluntad de las partes, por lo que el contrato es ley entre
las partes, pero es condición indispensable que el arbitraje tenga un fundamento
convencional y no unilateral. De esta manera, si una de las partes no aceptó el arbitraje
como medio alterno de solución de conflictos no puede ser impuesto por la contraparte.
35
Además, en relación a la cláusula de arbitraje, ésta es autónoma, en analogía con el
contrato que la contiene, lo cual sostiene Matute (2002), como una regla indiscutible del
derecho de arbitraje comercial internacional, de manera que el acuerdo compromisorio está
incluido en el acto jurídico al que se refiere o ya se haya concluido por separado de éste,
tiene siempre, salvo circunstancias excepcionales, una completa autonomía jurídica,
excluyéndose que pueda verse afectado por una posible invalidez de este acto.
Asimismo, es ratificado en el artículo 7 de la Ley de Arbitraje Comercial (1998), al
determinar que dicho acuerdo compromisorio de someter al arbitraje determinados asuntos
y que forma parte de un contrato se considerará como un acuerdo independiente de las
demás estipulaciones del mismo. La decisión del tribunal arbitral de que el contrato es nulo
no conlleva la nulidad del acuerdo de arbitraje. Dándole al mismo tiempo, competencia al
tribunal arbitral para decidir acerca de su propia competencia, incluso sobre las excepciones
relativas a la existencia o a la válidez del acuerdo de arbitraje.
En cuanto a las cláusulas arbitrales que sometan la mencionada materia al arbitraje,
el artículo 3 establece lo siguiente:
Podrán someterse a arbitraje las controversias susceptibles de transacción que surjan entre personas capaces de transigir. Quedan exceptuadas las controversias: a) Que sean contrarias al orden público o versen sobre delitos o faltas, salvo sobre la cuantía de la responsabilidad civil, en tanto ésta no hubiere sido fijada por sentencia definitivamente firme; b) Directamente concernientes a las atribuciones o funciones de imperio del Estado o de personas o entes de derecho público; c) Que versan sobre el estado o la capacidad civil de las personas; d) Relativas a bienes o derechos de incapaces, sin previa autorización judicial; y e) Sobre las que haya recaído sentencia definitivamente firme, salvo las consecuencias patrimoniales que surjan de su ejecución en cuanto conciernan exclusivamente a las partes del proceso y no hayan sido determinadas por sentencia definitivamente firme.
Por último, el acuerdo arbitral, constituye una renuncia a la actuación de los
tribunales estatales y su decisión de someter sus controversias al procedimiento de
arbitraje, ello se materializa en la cláusula compromisoria arbitral o acuerdo arbitral, el
cual es un acuerdo de voluntades que se celebra casi siempre conjuntamente con uno o
36
varios negocios jurídicos y en donde las partes declaran de antemano su decisión de
someter cualquier controversia que pudiera resultar de la interpretación o ejecución de
dichos negocios, a la exclusiva jurisdicción de árbitros.
Conclusión. Se concluye, que el arbitraje nace normalmente a partir de la voluntad
de las partes que deciden excluir lajurisdicción judicial, remitiendo determinadas cuestiones
litigiosas a la decisión de particulares.Ese acuerdo de voluntades -que genéricamente se
denomina "acuerdo arbitral" o "pacto de arbitraje" puede hallarse representado en un solo
acto, o bien dividirse en dos actos sucesivos.
Asimismo, el acuerdo arbitral se consolida con la voluntad de las partes de
someterse a arbitraje, esta voluntad debe ser expresa e inequívoca para que este acuerdo
tenga plena validez; de igual forma las partes deben tener plena capacidad para
comprometerse en arbitraje.
Además, para el legislador la cláusula arbitral y compromiso arbitral están definidos
como acuerdo arbitral. La Ley de Arbitraje Comercial cónsona con las orientaciones
modernas, distingue el acuerdo arbitral o contrato de arbitraje, en consecuencia, ya sea que
la manifestación de voluntad haya sido declarada antes de que surja controversia alguna e
integrando una cláusula de un contrato cualquiera o bien que se acuerde el Arbitraje con
motivo de la existencia de un conflicto suscribiendo un contrato a tal efecto, siempre se está
en presencia de un acuerdo arbitral.
Recomendación. El acuerdo arbitral representa la voluntad de las partes de
someterse a arbitraje. Las partes son facultadas expresamente por la ley para diseñar su
propio procedimiento en dicho acuerdo. Por lo tanto, se recomienda en la redacción de la
cláusula arbitral incluir los siguientes aspectos:
• Tipo de arbitraje al cual las partes desean someterse.
• Señalar el número de árbitros, y el órgano encargado del respectivo nombramiento.
• Lugar del arbitraje, idioma del arbitraje.
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• Definir si será un arbitraje de derecho o de equidad.
• Señalar a la ley a la cual desean someterse las partes.
• De ser necesario, señalar normas procedimentales supletorias.
• Dictar pautas procedimentales diseñadas para el caso concreto, todo en busca de una
mayor eficacia y celeridad del procedimiento.
Fase III. Establecer los efectos legales que produce el laudo dictado por los árbitros
designados, al aplicar el arbitraje como mecanismos alterno para solventar los
problemas suscitados en razón de las relaciones jurídicas que emergen en el ámbito
comercial.
Resultado. Es preciso mencionar, el efecto más importante que produce la
aplicación del arbitraje comercial, que es la obligación de las partes de verificar lo dictado
en el laudo arbitral, al equipararse a las sentencias dictadas por los órganos judiciales, por
ende, es considerado como un acto coactivo para la realización de la práctica del interés
tutelado. Para Quintero y Prieto (2000), la obligatoriedad del mandato judicial es el
presupuesto del poder de ejecución que tiene la jurisdicción.
Al respecto, Hung mencionado por Meza y Navarro (2004) expresa que:
La adhesión que las partes han prestado de antemano, es decir, en el compromiso adquirido por las mismas, con carácter previo, en virtud del cual ha decidido someter sus diferencias a las decisión arbitral antes de conocerla, da lugar a que cualquiera que ésta sea, siempre que se mueva dentro de los límites del compromiso, se impondrá obligatoriamente.
Tras someter determinados conflictos al arbitraje comercial se pueden deducir del
texto de la ley que regula la materia, entre estas disposiciones legales se encuentra el único
aparte del artículo 5, el cual señala:
En virtud del acuerdo de arbitraje las partes se obligan a someter sus controversias a la decisión de árbitros y renuncian a hacer valer sus pretensiones ante los jueces. El acuerdo de arbitraje es exclusivo y excluyente de la jurisdicción ordinaria.
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De la disposición anteriormente citada se evidencia que al suscribir el acuerdo de
arbitraje, el mismo adquiere carácter vinculante para las partes, quienes por dicha
disposición renuncian a concurrir ante los órganos jurisdiccionales ordinarios a someter sus
conflictos y atribuyen competencia exclusiva a la jurisdicción arbitral.
Ahora bien, si fue voluntad de las partes incluir una cláusula arbitral con el
propósito de que en caso de existir diferencias entre ellas, éstas acudieran a la figura del
arbitraje, quedando por ellos excluido el conocimiento por parte de los tribunales de
cualquier controversia suscitada en relación con el contrato suscrito entre las partes, éstas
deben ejecutar lo preceptuado en el laudo.
Del mismo modo el artículo 48 de la Ley de Arbitraje Comercial (1998), establece
que:
El laudo arbitral, cualquiera que sea el país en el que haya sido dictado, será reconocido por los tribunales ordinarios como vinculante e inapelable, y tras la presentación de una petición por escrito al Tribunal de Primera Instancia competente será ejecutado forzosamente por éste sin requerir exequátur, según las normas que establece el Código de Procedimiento Civil para la ejecución forzosa de las sentencias. La parte que invoque un laudo o pida su ejecución deberá acompañar a su solicitud una copia del laudo certificada por el tribunal arbitral, con traducción al idioma castellano si fuere necesario.
En línea con la idea, dicha norma hace referencia a la ejecutoriedad de los fallos
arbitrales dictados en el ámbito nacional y extranjero, los cuales son ejecutables, incluso
por la fuerza pública a petición de la parte interesada, sin necesidad de declaratoria por
parte del tribunal. El artículo 49 de la Ley de Arbitraje Comercial (1998), establece que:
El reconocimiento o la ejecución de un laudo arbitral, cualquiera que sea el país que lo haya dictado sólo se podrá denegar: a) Cuando la parte contra la cual se invoca demuestre que una de las partes estaba afectada por alguna incapacidad al momento de celebrarse el acuerdo de arbitraje; b) Cuando la parte contra la cual se invoca el laudo no hubiere sido debidamente notificada de la designación de un árbitro o de las actuaciones arbitrales que así lo ameriten, o no ha podido por cualquier razón hacer valer sus derechos;
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c) Cuando la composición del tribunal arbitral o el procedimiento arbitral no se ha ajustado a la ley del país donde se efectuó el arbitraje; d) Cuando el laudo se refiera a una controversia no prevista en el acuerdo de arbitraje, o contiene decisiones que exceden del acuerdo mismo; e) Cuando la parte contra la cual se invoca el laudo demuestre que el mismo no es aún vinculante para las partes o ha sido anulado o suspendido con anterioridad, por una autoridad competente de acuerdo a lo convenido por las partes para el proceso arbitral; f) Cuando el tribunal ante el cual se plantea el reconocimiento o la ejecución del laudo compruebe que según la ley, el objeto de la controversia no es susceptible de arbitraje o que la materia sobre la cual versa es contraria al orden público; g) Que el acuerdo de arbitraje no sea válido en virtud de la Ley a la cual las partes lo han sometido.
Conclusión. Se concluye que el laudo es la decisión emanada de los árbitros que
pone fin al litigio, resolviendodefinitivamente el diferendo que las partes les habían
sometido. Tiene el carácter de unaverdadera sentencia, e impone a las partes una solución
para las diferencias que losseparaban, considerándose una auténtica resolución que los
árbitros expiden comoconsecuencia de la autoridad o poder de juzgar que las partes les
dieron. El laudo arbitral tieneidéntica eficacia jurídica que las sentencias judiciales,
ejecutándose por los mismos medios yprocedimientos.
Recomendación. Se recomienda al Escritorio jurídico BenaventaMirabal , para que
fomente a sus clientes esta manera de resolver controversias de una manera más eficiente y
expedita , así como también los gastos se minimizan a través de la figura del arbitraje
comercial.
40
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
TEXTOS
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Editorial Episteme. Caracas, Venezuela.
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TRABAJOS DE GRADO
García (2008) “Medidas Cautelares en el Proceso de Arbitraje Comercial” , Universidad
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Táchira, una Visión del Sistema Legal Venezolano”,Universidad Católica del Táchira,
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