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EDUCACIN CVICA:EDUCACIN CVICA:
DERECHOS DE LAS PERSONAS YDERECHOS DE LAS PERSONAS Y
CONSTITUCIN POLTICACONSTITUCIN POLTICA
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Historia Constitucional
Chilena
A comienzos del siglo XIX, Chile formaba parte de lascolonias que el Reino de Espaa mantena enAmrica, poca en que stas organizan gobiernosautnomos, en la forma de Juntas de Gobierno. El 18
de septiembre de 1810, se forma en Chile la primeraJunta de Gobierno. Reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva
provisoria de Chile de 1811 Considerado como unos de los primeros ensayos
constitucionales del pas. Estableca un gobierno Ejecutivo de tres miembros, y Congreso
unicameral, establecido el 4 de julio de 1811, que desde elmomento de su instalacin, la Junta queda disuelta, por lo queel Congreso ejerce las funciones ejecutivas y legislativas, conuna marcada tendencia conservadora leal al Rey de Espaa
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Jos MiguelCarrera
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Reglamento Constitucional
Provisorio de 1812
Sancionado el 26 de octubre, que deroga elReglamento de 1811, y que establece un PoderEjecutivo de tres personas y un Legislativo
unicameral de siete (Senado Consultivo). Se destaca por:
Ser el primer reconocimiento a la soberana de Chile ya la autonoma de sus gobernantes
Proteger las libertades pblicas Consagrar la libertad de imprenta
Establecer la garanta de los derechos individuales
Poner lmites a los gobernantes, entre otros.
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Reglamento para el Gobierno Provisorio
de 1814
Crea un Ejecutivo unipersonal, con el nombrede Director Supremo, al cual se asignanamplias atribuciones con el objeto de hacerfrente el problema blico existente.
Mantiene al mismo tiempo, un Senadointegrado por siete personas.
Como Director supremo, es nombrado elcoronel Francisco de la Lastra, gobernador deValparaso.
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Bernardo
OHigginsRiquelme
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Constitucin de 1818 Establece:
Un ejecutivo unipersonal en la forma de Director Supremo, al cualse asignan amplias atribuciones, y dado que no se fija la duracindel mandato, ste cuenta con un plazo indefinido para ejercer susfunciones.
Se nombra un Senado de 5 miembros permanentes e igualnmero de suplentes, nombrados todos por el Director Supremo.
Se establece los derechos y deberes del hombre en la sociedad
Determina las facultades y lmites del ejecutivo
Establece una autoridad judicial, creando un Tribunal Superior; Establece una administracin provincial de tres provincias
(Coquimbo, Santiago, y Concepcin); y
Fija como religin del Estado, la Religin Catlica.
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Constitucin de 1822
La Separacin de los tres poderes del Estado.
Fija un plazo para la duracin del mandato
presidencial Propone un sistema legislativo, y
Crea los ministerios de Relaciones Exteriores,
Hacienda, y Guerra y Marina.
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La Constitucin de 1823 Elaborada por el Juan Egaa,
Es conocida como la constitucin moralista, por sumarcada tendencia conservadora y autoritaria, en la quese mezclaban elementos polticos, religiosos y morales.
Se reconoce al Ejecutivo como el gran poder del Estado,cuyo mandato sera ejercido por un Director Supremo porun perodo de cuatro aos, reelegible por una sola vez;
Poder Legislativo, ste estaba constituido por un Senadoy una Cmara Nacional.
Se desarroll en Chile, un proyecto de implantacin de unrgimen federal, que hizo que el Congreso aprobaradistintas leyes de carcter constitucional que loanticipaban, por lo que, el 14 de julio de 1826, se declaraque la Repblica de Chile se constituye como un rgimen
federal. Luego, se organiza el sistema municipal, dividiendo elpas en 8 provincias, y determinando la eleccin popularde los Cabildos. Cada una de las provincias tendraadems, una Asamblea de eleccin popular con carcterlegislativo.
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Constitucin de 1828
Aprobada por el Congreso el 6 de agosto.
Confeccionada por el Diputado Melchor de SantiagoConcha Cerda y el Ministro del Interior subrogante JosJoaqun de Mora.
Esta norma de principios liberales, considerada como la
ms completa y de contenido superior a lasconstituciones promulgadas hasta la fecha noresponde, sin embargo, a la realidad social y cultural delpas.
Se establece una clara independencia de los tres
poderes del Estado, determinando que la Repblicasera gobernada por un Presidente elegido por votacinindirecta de electores, a razn de tres por cadamiembro del legislativo
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El gobierno durara cinco aos, posibilitando lareeleccin despus de un perodo de otros cincoaos
El Poder Legislativo reside en dos cmaras: Senado yCmara de Diputados, que como poder del estado,tiene la facultad de nombrar a los ministros de laSuprema Corte de Justicia; dictar el presupuesto;suprimir y crear puestos de empleo; aprobar
ascensos de jefes superiores del ejrcito y ministrosen el extranjero, etc.
La divisin del pas en 8 provincias, que semanejaran con independencia del poder central
Se establece la tolerancia religiosa y su cultoprivado;
Se establece la libertad de imprenta sin censuraprevia
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Diego
Portales
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Constitucin de 1833 Bajo el gobierno de Joaqun Prieto Vial (1831-1841), se dicta la
del 25 de mayo, que recoge las ideas de Portales y deMariano Egaa, y que rige con modificaciones hasta el ao1925.
Se determina un perodo presidencial por cinco aos,permitiendo la reeleccin inmediata por igual perodo,otorgando amplias facultades al Presidente de la Repblicapara el mantenimiento de la seguridad pblica, incluido elestado de sitio;
Se establece por primera vez el principio de fijar los lmitesterritoriales
Se otorga la facultad fiscalizadora a la Cmara de Diputados,a la que adems se da la atribucin de aprobar el presupuestode la Nacin;
Se garantizaba la igualdad ante la ley, la inviolabilidad de laspropiedades, la libertad de imprenta y la seguridad personal.
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Arturo
AlessandriPalma
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Constitucin de 1925
Durante la presidencia de Arturo Alessandri Palma aprobada
en julio de ese ao mediante plebiscito nacional. Aumenta el perodo presidencial de cinco a seis aos, con
eleccin directa;
Priva a la Cmara de Diputados de la facultad de censura a losministerios, pero la facultad para acusar a los ministros y al
Presidente de la Repblica por abusos al poder; Establece la incompatibilidad de los cargos de ministro con el
de parlamentario;
Determina la separacin del Estado de la Iglesia y garantiza lalibertad de culto y conciencia;
Crea el Tribunal Calificador de Elecciones; y Crea el Banco Central.
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Constitucin Poltica (1980)
La Constitucin Poltica de Chile es elcuerpo legal que establece las basesy principios esenciales de la
Repblica. La Constitucin vigente en Chile es la
promulgada el 8 de agosto de 1980
que remplaz a la Constitucin de1925 bajo el Decreto Supremo N1.150 de 1980.
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Nace producto de un quiebre institucional, queculmin con un golpe de Estado el ao 1973.
A partir de ese ao, a pocos das delpronunciamiento militar, y sobre bases yprincipios que iba definiendo la Junta Militar de
Gobierno, se inicia el estudio del proyecto parauna nueva Constitucin, a cargo de unaComisin, la que comenz a reunirse el 24 deSeptiembre de 1973.
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En el plebiscito de 1980 se vot laConstitucin aludida, siendoaprobada, segn los resultadosoficiales, por ms de un 65% de losvotantes.
Se promulg el 21 de Octubre de1980, y public el 24 de Octubre deese mismo ao para entrar en
vigencia el 11 de Marzo de 1981. Cuenta de catorce Captulos, en los
que se van desarrollando lasinstituciones ms relevantes delEstado de Derecho Chileno.
La Constitucin ha sufrido sucesivasreformas.
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Nacionalidad
Las fuentes naturales de la nacionalidad, que otorgan lacalidad de chileno a travs del nacimiento en territorionacional o el parentesco con padres chilenos, son dos:
Jus Solis: Son chilenos quienes nacen en el territorio de Chile.
Jus Sanguinis: Existen dos casos:
Los hijos de padre y madre chilenos nacidos en el
extranjero, cuando cualquiera de stos se encuentre enservicio actual de la Repblica, y
Los hijos de padre y madre chilenos nacidos en elextranjero, cuando han vivido en Chile por ms de un ao.
Concepto:
Es "el vnculo jurdico que une a una persona con un
Estado" y da lugar a una serie de derechos y deberes delindividuo hacia el Estado y viceversa.
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Ciudadana
Es la calidad que adquieren los nacidos enterritorio chileno una vez que cumplen 18 aos,
siempre que no hayan sido condenados a pena
aflictiva (ms de tres aos y un da).
La ciudadana da el derecho a votar, conducir un
auto, y postular a cargos pblicos y de eleccinpopular.
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Fuente: http://enlaces.ucv.cl/educacioncivica/
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Derechos y Deberes de las
personasDerechos Civiles
El derecho a la vida y a la integridad fsica y psquica de la persona.
El respeto y proteccin a la vida privada y pblica y a la honra de lapersona y de su familia.
La libertad de conciencia, la manifestacin de todas las creencias y el
ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las
buenas costumbres o al orden pblico.
La libertad de emitir opinin y la de informar, sin censura previa, en
cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los
delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en
conformidad a la ley, la que deber ser de qurum calificado.
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El derecho a reunirse pacficamente sin permisoprevio y sin armas.
El derecho de presentar peticiones a laautoridad, sobre cualquier asunto de interspblico o privado, sin otra limitacin que la de
proceder en trminos respetuosos yconvenientes;
El derecho de asociarse sin permiso previo.
La libertad de trabajo y su proteccin.
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Derechos Polticos
Derecho a sufragio y a optar a cargospblicos.
Derecho a organizar partidospolticos
Derecho a participar en la aprobacin
o rechazo de reformas
constitucionales.
http://images.google.cl/imgres?imgurl=http://www.udi.cl/udikids/udilitoejemplo/voto.jpg&imgrefurl=http://www.udi.cl/udikids/definicion.htm&h=246&w=329&sz=12&tbnid=irF_9xwGS-0J:&tbnh=85&tbnw=113&start=1&prev=/images%3Fq%3Dvoto%26hl%3Des%26lr%3D%26cr%3DcountryCL%26ie%3DUTF-8%26sa%3DN -
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Derechos Econmicos , Sociales y
Culturales
El derecho a la libertad personal y a la seguridadindividual.
El derecho a vivir en un medio ambiente libre de
contaminacin.
El derecho a la proteccin de la salud.
El derecho a la educacin.
El derecho a la seguridad social.
El derecho de sindicarse en los casos y forma queseale la ley.
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Fuente: http://enlaces.ucv.cl/educacioncivica/
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Derechos Humanos
Caractersticas de los Derechos Humanos
Los derechos humanos poseen ciertas caractersticas que los identifican:inherentes al ser humano, universales, inalienables e inviolables.
Inherentes al ser humano: significa que se generan o nacen de lanaturaleza humana;
Universales: significa que constituyen un bien y son posesin de todos ycada uno de los seres humanos por el solo hecho de ser personas.
Inalienables: quiere decir que los derechos humanos no se pueden
quitar, porque son parte de la propia naturaleza del ser humano.
Inviolables: significa que los derechos humanos no se pueden o no sedeben transgredir.
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Tratado FechaCarta de la Naciones Unidas y
Estatuto de la Corte
Internacional de Justicia.
San Francisco. 26 de Junio de 1945
Declaracin Americana de los
Derechos y Deberes del
Hombre
Aprobado en Novena Conferencia
Internacional Americana. Bogot,
Colombia. 1948.
Declaracin Universal de
Derechos Humanos
Adoptada y proclamada por la Asamblea
General en su resolucin 217 (III), de 10
de Diciembre 1948.
Convencin de salvaguardia de
los Derechos del Hombre y de
las libertades fundamentales
Roma, 04 Noviembre de 1950. Gobiernos
signatarios, miembros del Consejo de
Europa.
TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
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Pacto Internacional de
Derechos Econmicos,
Sociales y Culturales.
Adoptado y abierto a la firma,
ratificacin y adhesin por la
Asamblea General en su
resolucin 2200 A (XXI), de 16 de
Diciembre de 1966.
Pacto Internacional de
Derechos Civiles y
Polticos
Adoptado y abierto a la firma,
ratificacin por la Asamblea
General en su resolucin 2200
(XXI) del 16 de Diciembre de
1966
Convencin Americana
sobre Derechos HumanosPacto de San Jos de
Costa Rica.
Aprobada en la Conferencia de
los Estados Americanos de SanJos de Costa Rica 22 Noviem
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Fuente: http://enlaces.ucv.cl/educacioncivica/
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