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Edita: bolunta l agencia para el voluntariado y las asociacionesC/ Ronda, s/n, 48005 Bilbao.Tfno.: 94 416 15 [email protected]ª edición: julio de 2006.Diseño: Suspergintza Elkartea.Impresión: Berekintza.Dep. Legal:

Pueden utilizarse los contenidos de esta publicación siempre que se cite la fuente.

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1 Introducción .................................................................................................................................. 42 Qué es el voluntariado ................................................................................................................... 63 Qué es una organización de voluntariado ....................................................................................... 84 Obligaciones de las organizaciones ................................................................................................ 125 Principios éticos ............................................................................................................................ 166 Marco normativo .......................................................................................................................... 207 Bibliografía ................................................................................................................................... 238 Anexo: ¿Somos una organización de voluntariado? ........................................................................ 24

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El voluntariado existe desde siempre. No es nuevoque las personas se agrupen libremente y sinremuneración alguna para satisfacer necesidadessociales o para trabajar en favor de colectivosdesfavorecidos. Sin embargo, el términovoluntariado como tal es relativamente recienteasí como la generalización de su uso. Desde finalesde los ochenta del pasado siglo, el concepto devoluntariado y su importancia en el desarrollo delas modernas sociedades ha ido calando entre laopinión pública y entre las instituciones hastadesembocar en su desarrollo normativo con el finde regularlo e impulsarlo.

Curiosamente, este camino hacia el reconocimientosocial ha corrido paralelo a cierta vulgarizacióndel concepto, que no ha logrado superar muchosde los mitos, prejuicios e incorrecciones en tornoal significado y al alcance de la acción voluntaria.Es más, no existe todavía una definiciónconsensuada que establezca lo que es y lo que no

es voluntariado. Como consecuencia, hay muchaspersonas que, participando en todo tipo deasociaciones, no saben responder a la pregunta desi son o no voluntarias; y lo que es aún másllamativo, muchas entidades sociales sonigualmente incapaces de determinar si son o nouna entidad de voluntariado. No es de extrañar,por tanto, que la identificación de personas yorganizaciones con el voluntariado sea tan desigualque genere paradojas como que habiendo dosasociaciones con los mismos objetivos, estructuray formas participativas, una se defina como entidadde voluntariado y la otra no.

En muchas ocasiones, esta identificación va adepender más de la sensibilidad de la organizacióno de sus componentes hacia el fenómeno delvoluntariado, que de la asunción de un imaginariocolectivo estandarizado sobre la base de unas pautascomunes y bien delimitadas. Esta indefinición esgrave en la medida en que crea dos importantes

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disfunciones. Por un lado, iniciativas claramenteparticipativas, que trabajan por el bien general,sin ánimo de lucro y con mayoría de personal noremunerado viven el concepto de voluntariadocomo algo lejano y sin reconocerse como tales, locual les incapacita, por ejemplo, para acceder adeterminado tipo de recursos creados exprofeso.Por otro lado, hay grupos que no practican laintervención solidaria, cuyos fines sonexclusivamente particulares o en los que laparticipación de personas voluntarias es testimonialy que se proclaman entidades de voluntariadoañadiendo más confusión aún.

Con este manual bolunta quiere entrar en el debateaportando ideas y directrices que ayuden a aclarardudas, establecer fronteras, deslindar ámbitos, fijarconceptos y, en definitiva, contribuir desde suexperiencia a definir con claridad lo que es y loque no es una organización de voluntariado y laacción social voluntaria.

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El voluntariado es una forma de participaciónsocial. Ahora bien, existen muchas formas departicipar, todas válidas en la medida en quesupongan el afianzamiento de la democracia, laconvivencia, el progreso y la prosperidad desdeparámetros de justicia, pero... no todas sonvoluntariado.

Para que la participación social pueda definirsecomo “voluntariado”, ha de cumplir los siguientesrequisitos:

l ha de ser libre,surgida de la iniciativa de los y las participantesy ejercida consciente y voluntariamente;

l ha de ser autónoma,independiente de los poderes públicos y deintereses económicos;

l ha de ser justa,ejercida desde el respeto a los derechos humanos;

l ha de ser organizada,

desarrollada junto con otras personas en el marcode una entidad social mínimamente estructurada,sin ánimo de lucro y que lleve a cabo un trabajoplanificado y en equipo;

l ha de ser solidaria,en favor de la persona y con intencióntransformadora;

l ha de ser desinteresada,sin objetivos particulares y con el interés generalcomo horizonte;

l ha de ser gratuita,sin retribución económica, sin relación laboral,mercantil o funcionarial y sin que sea fruto deobligaciones personales o deberes jurídicos;

l ha de ser complementaria,no sustituirá a servicios profesionalesremunerados ni a la acción de las institucionespúblicas.

Así, consideraremos voluntaria a toda persona que,libremente, decide dedicar gratuita ydesinteresadamente su tiempo a trabajar

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solidariamente por el bien común desde unaorganización social autónoma y sin ánimo de lucro.Este bien común o interés general puededesarrollarse en múltiples ámbitos de la acciónsocial, que van desde la transformación globalhasta el trabajo con colectivos concretos.

El voluntariado es un cauce de participación enel espacio público, una participación cercana,inclusiva y satisfactoria para quien la ejerce; unaparticipación que responde a necesidades socialesdesde una postura crítica y una actitud creativa,en una relación de compromiso con su entornoque renueva y crea permanentemente tejido social.

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En la Comunidad Autónoma Vasca existe unagran variedad de organizaciones sociales que noson otra cosa que el reflejo de la complejidad detoda sociedad moderna. Estas entidades abarcanun amplísimo abanico de ámbitos de intervencióncon una no menos extensa gama de objetivos,formas organizativas, dimensiones, planteamientosideológicos, volumen de actividad y recursos. Másallá de valoraciones de carácter ético sobre labondad de cada una de estas entidades, sí nos esobligado distinguir entre aquellas que pueden serconsideradas como organizaciones de voluntariadoy las que no deben detentar este nombre.

Para comenzar, podemos partir, lógicamente, delos requisitos que obligaban al voluntariado. Así,en un paso inicial, nos encontramos con unaentidad social...... sin ánimo de lucro,... dotada de una estructura formal,... inspirada en principios solidarios y respetuosa

con los derechos humanos,... autónoma de los poderes públicos y privados,... que facilita la participación libre y gratuitade sus miembros,... que persigue el interés general, bien desde laacción transformadora global o bien desde laintervención con grupos o en problemas socialesespecíficos,... y que complementa la acción de los y lasprofesionales y de las instituciones públicas.

Pero para que esta definición nos sirva para describirlo que realmente es una “organización devoluntariado”, hemos de añadir al menos treselementos nuevos.

1 Son de carácter privado,nacen de la iniciativa de personas particulares,de un grupo de ciudadanos y ciudadanas que seunen en torno a un fin común y con voluntadde permanencia.

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2 La mayoría de sus componentes son personasvoluntarias;en la entidad puede convivir personalremunerado con voluntariado, pero los y lasvoluntarias han de ser el grueso de laorganización.

3 La mayor parte de su actividad es desarrolladapor voluntariado,y en caso de que exista personal remunerado,éste desempeñará labores logísticas y auxiliaresde mantenimiento de la estructura, pero el pesode las actividades ha de recaer sobre elvoluntariado.

En relación a lo puntos 2 y 3, es necesario aclararque voluntario o voluntaria no es sinónimo desocio o socia y ambas categorías van a tenerdiferentes derechos y deberes. Las personasvoluntarias son las que desempeñan alguna labordentro de la entidad, permanente u ocasionalmente;

las personas asociadas son aquellas que pagancuota y tienen el derecho de participar en elgobierno de la organización. Es decir, se puede servoluntaria sin estar asociada y, por lo tanto, sinvoz ni voto en las decisiones estratégicas, y sepuede ser socia sin tomar parte en ningunaactividad de la entidad en labores de voluntariado.

Las denominaciones que designan a las entidadesque trabajan en lo social son variadas y suelendiferenciarse en función del aspecto en el quehagan hincapié. Por ejemplo, “organización” primalo estructural y “asociación” lo comunitario. Si seincide sobre la autonomía frente a los poderespúblicos se hablará de ONG (Organización NoGubernamental) a la que se le añadirá una D(ONGD) si la entidad se dedica al desarrollo.Finalmente, para destacar la ausencia de lucro seemplearán bien ONL (Organización No Lucrativa)o ESAL (Entidad Sin Ánimo de Lucro). Otrostérminos usados son red, plataforma, fundación,

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grupo, coordinadora, federación... Ninguna de lasdenominaciones es excluyente con respecto a lasdemás y todas ellas pueden ser organizaciones devoluntariado, pero siempre que se ajusten a lospuntos anteriormente enumerados.

Bajando al campo normativo, la ley vasca delvoluntariado define a las organizaciones devoluntariado como aquellas sin ánimo de lucroque realizan labores de interés general, integradasmayoritariamente por personas voluntarias quienes

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desarrollan la mayor parte de sus programas deacción. La ley entiende por “actividades de interésgeneral” las asistenciales, de servicios sociales,cívicas, educativas, culturales, científicas, deportivas,sanitarias, de cooperación al desarrollo, de medioambiente, de economía social, de investigación,de promoción de la participación, de promocióndel voluntariado u otras de naturaleza análoga.

Si bien una entidad que cumpla con los requisitosmencionados puede considerarse una organizaciónde voluntariado con independencia de la ley, locierto es que la regulación exige la inscripción enel registro correspondiente de toda entidad quequiera ser reconocida como tal y acceder a losrecursos que pongan a su servicio las institucionespúblicas. Esto implica contar con los respectivosestatutos, régimen interno de funcionamiento,órganos de gobierno, etc. Las formas jurídicas envigor que por ley pueden acoger a una organizaciónde voluntariado son las admitidas como nolucrativas, a saber: asociación y fundación.

La ley vasca también establece los tipos de actuaciónque pueden desempeñar las organizaciones devoluntariado. Son los siguientes:

l Cooperación y desarrollo: ayuda humanitaria,proyectos de ámbito internacional, sensibilizaciónsobre relaciones norte-sur, etc.

l Medio ambiente: defensa del medio ambiente,la naturaleza y los animales.

l Social: trabajo en favor de colectivos con algúntipo de problemática social.

l Comunitario: mejora de la comunidad máscercana (barrio, pueblo...) y de sus integrantes.

l Cultural: fomento y protección de cualquieraspecto relacionado con el arte y la cultura.

l Cívico: voluntariado inespecífico que participaen todo tipo de actividades, especialmenteeventos sociales, culturales o deportivos.

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Como ya hemos indicado, la normativización delfenómeno social del voluntariado ha traído comoconsecuencia la necesidad de cumplir con unaserie de requerimientos a la hora de que unaentidad sea legalmente reconocida. Conforme aley, las principales obligaciones por parte de lasorganizaciones de voluntariado se pueden resumiren los puntos que vemos a continuación.

1 Estatuto Interno del Voluntariado

El voluntariado ha de estar regulado por eldenominado Estatuto Interno del Voluntariado oCarta del Voluntariado. En él se contienen losprincipios y normas que van a inspirar y regularla participación de las personas voluntarias en laentidad. Recoge los derechos y deberes delvoluntariado y los criterios de admisión y exclusión.Se recomienda que contenga aspectos ideológicoscomo la concepción del voluntariado, su razón deser en la entidad, etc. Este documento es diferente

a los Estatutos de la organización, en los cuales seregula la participación de socios y socias que, comoya vimos, tienen diferentes derechos y obligacionesque las personas voluntarias.

2 Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil yAccidentes

El voluntariado realiza actividades que puedencomportar riesgo. Por ello, se exige a la entidadque suscriba una póliza que garantice a las personasvoluntarias la cobertura por asistencia sanitaria,muerte e invalidez, por accidentes sufridos durantela acción voluntaria, así como por los daños yperjuicios que pudieran ocasionar a terceros en elejercicio de su actividad.

3 Procesos de atención al voluntariado

Como el voluntariado no puede acogerse a loscanales de participación que los estatutos prevén

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para las personas socias (asambleas, elecciones...),se exige que la entidad establezca mecanismos paraque las personas voluntarias puedan participaractivamente en la asociación garantizando lainformación, la formación, la orientación, el apoyoy el seguimiento necesarios para su labor. Esconveniente designar personas de referenciaresponsables de los procesos de acogida ydinamización del voluntariado.

4 Cobertura de gastos

La aportación de la persona voluntaria a laorganización consiste en el tiempo dedicado a latarea. Cualquier gasto derivado de la preparacióny ejecución de las actividades debe ser asumidopor la entidad. En el caso de que la organizaciónno tenga recursos suficientes para correr con estosgastos, tendrá que comunicárselo previamente alvoluntariado y consensuar su participación en loscostos.

5 Registro de altas y bajas

Ha de llevarse registro de las personas que colaborancomo voluntarias. La ley da libertad a la hora degestionar y organizar este registro, pero establecela obligatoriedad de recoger la filiación completade cada persona voluntaria y su situación de altao baja con fecha actualizada.

6 Compromiso escrito entre la organización yla persona voluntaria

Es necesario formalizar la relación entre la personavoluntaria y la entidad para poder exigir losderechos y deberes de cada una de las partes. Serealizará mediante un escrito donde consten losdatos de la entidad, los de la persona voluntariay los términos de la relación entre ambas(dedicación, derechos y deberes, duración delcompromiso...).

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7 Expedición de certificados de colaboración voluntaria

Es derecho de la persona voluntaria la constanciapública de la pertenencia o la colaboración conuna entidad. La organización expedirá elcorrespondiente documento a solicitud delvoluntario o la voluntaria certificando la existenciade la colaboración, su duración y características.

8 Cumplir los acuerdos

La organización adquiere el compromiso de respetarcualquier acuerdo escrito o verbal establecido conlas personas voluntarias.

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La creciente pluralidad de organizaciones devoluntariado hace aconsejable la existencia de unosprincipios éticos que guíen su actividad, un marcoque garantice la transparencia, la democraciainterna y la austeridad en su actuación. Laconveniencia de impulsar estos principios radicaen la necesidad de preservar el carácter social,participativo, no lucrativo y solidario que debeestar presente en todas y cada una de estas entidades.

Enumeramos a continuación los más importantes.

1 La acción ha de fundamentarse en elasociacionismo y la participación democrática.

2 Voluntad de transformación social desdecriterios de solidaridad, igualdad, justicia socialy de respeto a la dignidad y los derechosinviolables de la persona.

3 Defensa de los derechos humanos y socialesdesde una postura crítica, denunciando lassituaciones de vulneración de derechos y

reivindicando la solidaridad, la paz, la justicia,el desarrollo sostenible, la tolerancia, laigualdad…

4 Actuar conforme a la ley y contar con unmínimo grado de estructura.

5 Esta estructura ha de ser abierta y participativacon mecanismos democráticos para la elecciónde cargos.

6 No poseer ánimo de lucro, ni perseguir finesmercantiles o similares.

7 Promover la coordinación, la corresponsabilidady el protagonismo de todos sus componentes.

8 Transparencia en la gestión, sobre todo en lascuestiones de tipo ideológico, económico,recursos humanos y programas de actuación;dar cuenta de los resultados económicos asocios y socias, donantes y contrapartes.

9 Garantizar los procesos de atención alvoluntariado con recursos de información,formación, seguimiento y apoyo a las personasvoluntarias.

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10 Establecer criterios de calidad para el desarrollode un trabajo bien hecho.

11 Facilitar recursos formativos a sus componentesy potenciar el desarrollo de sus capacidadespara dotarles de las actitudes y las técnicasnecesarias en su labor.

12 Participar activamente en la mejora de lasociedad desarrollando actividades de interésgeneral con un compromiso en favor de lapersona.

13 Trabajar desde la cooperación con otrasentidades y agentes sociales promoviendo lacreación de redes con el objetivo de aunaresfuerzos y generar acciones y servicios comunes.

14 Conocer los propios límites y nocomprometerse en aquello que supere susposibilidades o sobrepase sus objetivos o sumarco de actuación.

15 Llevar a cabo las actividades fundamentalmentecon personas voluntarias.

16 En ningún caso el voluntariado sustituirá a

personal profesional remunerado.17 Estructuras abiertas a la integración de nuevas

personas voluntarias.18 Informar periódicamente de forma completa

y veraz sobre líneas de actuación, recursos,objetivos, programas, composición de losórganos de gobierno, resultados…

19 Informar y sensibilizar a la población sobre lasrealidades en que se interviene evitando caeren el paternalismo, el catastrofismo, elsentimentalismo o visiones idílicas.

20 Independencia de organismos públicos yprivados, teniendo capacidad de fijar librementesus objetivos, estrategias, elección decontrapartes, etc. Hacer visible cualquier tipode vinculación o dependencia de institucioneso posicionamientos ideológicos.

21 Evitar cualquier tipo de instrumentalización oconvertirse en agentes publicitarios de terceroscuando estos persigan desarrollar estrategias ointereses comerciales o similares.

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22 Reivindicar el derecho a participar en losprocesos de planificación, implementación yevaluación de las políticas sociales y, enparticular, de las políticas de participaciónciudadana, solidaridad y voluntariado.

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La regulación legislativa del voluntariado es unhecho general desde mediados de los noventa,tanto en el ámbito estatal como en las diferentescomunidades autónomas. Y junto con las leyes sehan ido redactando planes y programas de acciónencaminados a reconocer y promocionar la acciónvoluntaria. Los objetivos de este desarrollonormativo han sido tres: reivindicar la acción socialvoluntaria como medio de compromiso yparticipación ciudadana; garantizar los criteriosmínimos que rijan la relación entre el voluntariadoy sus organizaciones; y, finalmente, asumir laobligación de los poderes institucionales dereconocer, promover e impulsar la acciónvoluntaria.

En el País Vasco, la norma que rige en esta materiaes la Ley 17/1998 de 25 de Junio, del Voluntariado.Afecta a todas las organizaciones sin ánimo delucro, que cuentan con personal voluntario y quedesarrollan actividades de interés general. Además

de lo referente a las organizaciones de voluntariado,la ley dicta las obligaciones de la administraciónpública en el fomento de la acción voluntaria,siempre en el ámbito de sus competencias y deacuerdo con sus disponibilidades presupuestarias.De estas obligaciones podemos subrayar lasdestinadas a facilitar recursos a las organizacionesque cuentan con voluntariado mediantesubvenciones, convenios, formación,asesoramiento, etc. Igualmente, impulsa a laadministración a desarrollar investigación sobrevoluntariado así como a difundir sus valores ypromocionar la participación social voluntaria.

Posteriormente, esta ley se complementó consendos decretos, el 169/2000 de 1 de Septiembrey el 30/2003 de 18 de Febrero. El primero de lostextos recoge el reglamento de funcionamientodel Censo General de Organizaciones delVoluntariado, un nuevo registro que pretendeagrupar a las entidades que cuenten con personal

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voluntario para la realización de sus fines sociales.Figurar en este censo, que ha de ser posterior a lainscripción en el correspondiente registro deasociaciones o de fundaciones, abre la posibilidadde acceder a los programas de subvenciones yfomento propuestos en exclusiva para lasorganizaciones de voluntariado. Igualmentecapacita para formar parte en el Consejo Vascodel Voluntariado.

Es precisamente el funcionamiento del ConsejoVasco del Voluntariado lo que regula el segundode los decretos. Se trata de un órgano cuya funciónprincipal es articular el espacio de relación entrelas administraciones públicas, las organizacionesde voluntariado y otros agentes sociales. Es unente consultivo con representación paritaria de laadministración y de las organizaciones sociales.Fruto de la ley y del trabajo del Consejo ha sidola elaboración y aprobación del I Plan Vasco deVoluntariado en 2003, que ha venido a ordenar,

aunar esfuerzos y aprovechar sinergias de cara arecoger todas las sensibilidades e intereses de losagentes implicados en el desarrollo del voluntariado,a materializar sus oportunidades de consolidacióny crecimiento, a mejorar los procesos de formación,acompañamiento y participación del voluntariado,a fortalecer las organizaciones de voluntariado y,en definitiva, a mejorar la calidad de la acciónvoluntaria.

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2007-2010 II Plan Vasco de Voluntariado(en proceso de elaboración)

Evolución del reconocimiento institucional y de la regularización del voluntariado

ÁMBITOS ESTATAL Y EUROPEO COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA

1983 Resolución del Consejo de Europa sobreVoluntariado

1986 Resolución de la Asamblea General delas Naciones Unidas sobre la importancia deltrabajo voluntario y establecimiento del DíaInternacional del Voluntariado

1996 Ley Española de Voluntariado

1997-2000 I Plan Estatal de Voluntariado

2001 AÑO INTERNACIONAL DEL VOLUNTARIADO

2001 Creación del Censo Vaco deOrganizaciones de Voluntariado

2001-2004 II Plan Estatal de Voluntariado

2002 Constitución Consejo Vasco delVoluntariado

2003-2006 I Plan Vasco de Voluntariado

2005-2009 III Plan Estatal de Voluntariado

1998 Ley del Voluntariado de la C.A.V.

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l Código de conducta de las ONGD, Coordinadora de ONGD-Euskadi, Bilbao 1998.l Declaración de principios y Código Ético del Euroforo Mediterráneo del Voluntariado, Observatorio

Mediterráneo del Voluntariado, Valencia 2000.l Código Ético de las Organizaciones de Voluntariado, Plataforma del Voluntariado de España, Madrid

2000.l Ser voluntaria o voluntario, bolunta, Bilbao 2002.l Ley Vasca 17/1998 del Voluntariado, de 25 de junio, BOPV de 13-07-1998.l Decreto 169/2000 de 1 de septiembre, del Censo de Organizaciones de Voluntariado, BOPV 29-09-2000.l Decreto 30/2003 de 18 de febrero de funcionamiento del Consejo vasco del Voluntariado, BOPV 27-02-

2003.l I Plan vasco de Voluntariado, Gobierno Vasco, Vitoria-Gasteiz 2003.l Manual de gestión asociativa, bolunta, Bilbao 2004.l Evolución del Asociacionismo en Bizkaia 1996-2005, bolunta, Bilbao 2006.

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Responde a las siguientes cuestiones para saber si sois una organización de voluntariado.

01 Somos una entidad sin ánimo de lucro.

02 Desarrollamos actividades de interés general, a favor de la sociedado de la persona.

03 Tenemos un planteamiento solidario y voluntad de transformaciónsocial.

04 Trabajamos bajo criterios de igualdad, justicia social y respeto a los derechos humanos.

05 Fundamentamos nuestra acción en principios de asociación y participación democrática.

06 Trabajamos en el ámbito social, comunitario, cívico, cultural, de cooperación al desarrollo, de protección al medio ambiente u otrode naturaleza análoga.

SÍ NO NS/NC

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07 Desarrollamos actividades asistenciales, de servicios sociales, cívicas,educativas, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de medio ambiente, de economía social,de investigación, de promoción de la participación, de promocióndel voluntariado u otras de naturaleza análoga.

SÍ NO NS/NC

08 Tenemos estructuras transparentes y abiertas.

09 Somos independientes y fijamos libremente nuestros objetivos y estrategias.

10 Realizamos labores de sensibilización sobre la realidad en la que intervenimos.

11 Entendemos el voluntariado como una oportunidad para la participación activa y consciente de la persona en la mejora de lasociedad.

12 Nuestra entidad está compuesta mayoritariamente por personas voluntarias, que son quienes desarrollan la mayor parte de los programas de acción.

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SÍ NO NS/NC

16 Tenemos personal responsable de la acogida y dinamización del voluntariado.

17 Garantizamos la participación de las personas voluntarias en la entidad.

18 Estamos abiertas a la integración de nuevas personas voluntarias.

Interpretación de los resultadosSi habéis respondido “sí” a todas las preguntas, sois sin la menor duda una organización de voluntariado.Si habéis respondido “no” a alguna de las preguntas 1, 2, 12 ó 13 no sois una organización de voluntariado.Si habéis respondido “no” o “ns/nc” a dos o más preguntas, no hay certeza de que seáis una organizaciónde voluntariado. Deberíais reflexionar sobre ello y resolver todas las dudas.

No ser una organización de voluntariado no implica que la labor asociativa sea menos importante o menosnecesaria. Simplemente, es una manera diferente de gestionar la participación.

14 Está definido el papel que juega el voluntariado y sus espacios dedecisión.

15 El voluntariado no desempeña funciones que han de ser realizadaspor personal remunerado.

13 No gratificamos a las personas voluntarias.