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3-VI-92 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 4487 Esta Consejerfa de Industria, Turismo y Empleo, en uso de las atribuciones conferidas por el R.D. 4.100/1982, de 29 de diciembre, de acuerdo con 10 dispuesto en los Decretos 2.617 y 2.619/66, de 20 de octubre; Ley 10/66, de :e de mar- zo; Decreto 1.775/67, de 22 de julio; R .D . 3.275/82, de 1:' de noviembre; Ordenes del Ministerio de Industria y Energfa de 6-7-84 y 18-10.84, YDecreto 3.151/68, de 28 de noviembre, ha resuelto: Autorizar la instalaci6n electrica solicitada. Aprobar el proyecto de la instalaci6n resefiada . Declarar la utilidad publica en concreto de la misma a los efectos de la imposici6n de la servidumbre de paso en las con- diciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamento de la Ley 10/66, aprobado por Decreto 2.619/66. Oviedo, a once de mayo de mil novecientos noventa y dos o-P .D . Resoluci6n de 23-3-92 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 9-4-92), la Direc- tora Regional de Industria y Comercio.-{j.904(2). -e- Cumplidos los tramites reglamentarios en el expediente 75711/AT-4808, incoado en esta Consejerfa a instancia de Electra del Esva, S.A. , solicitando autorizaci6n administra- tiva y aprobaci6n de proyecto de la instalaci6n cuyas caracte- rfsticas principales son las siguientes : Peticionario: Electra del Esva , S.A. Instalaci6n: 0,007 Km. de linea de alta tensi6n a 10120 KV., aerea, trifasica, sobre apoyos metalicos y conductor tipo LA-56 . - Un centro de transformaci6n, tipo intemperie, con una potencia total de 100 KVA. Relaci6n lo.201B2 KV. - Linea de baja tensi6n en apoyos de hormig6n y cable aislado RZO,6/1 KV, 3 x 50 mm. AI. + lx54,6 mm.?Aim. Emplazamiento: En las proximidades del barrio del Carri6n del pueblo de Barres. T.M. de Castropol. Objeto: Dotar de enerfa electrica suficiente a la estaci6n de tratamiento de aguas que actualmente se construye en las proximidades de Barres (Castropol) y su zona de influencia . Esta Consejerfa de Industria, Turismo y Empleo, en uso de las atribuciones conferidas por el R.D . 4.100/1982, de 29 de diciembre , de acuerdo con 10 dispuesto en los Decretos 2.617 y 2.619/66, de 20 de octubre; Ley 10/66, de 18 de mar- zo; Decreto 1.775/67, de 22 de julio; R oD. 3.275/82, de 12 de noviembre; Ordenes del Ministerio de Industria y Energfa de 6-7-84 y 18-10-84,YDecreto 3.151/68, de 28 de noviembre, ha resuelto: Autorizar la instalaci6n electrica solicitada. Aprobar el proyecto de la instalaci6n resefiada . Oviedo, a trece de mayo de mil novecientos noventa y dos.-P.D. Resoluci6n de 23-3-92 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de la Provincia de 9-4-92), la Direc- tora Regional de Industria y Comercio.-{j.904(3). -e- RESOLUC/ON de 13 de mayo de 1992, de la Conse- jerta de Industria, Turismo y Empleo, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso numo 589 de 1991. Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecah 8 de abril de 1992 por la Sala de 10 Contencioso-Adrninistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso contencioso-administrativo mim. 589de 1991, promovido por la entidad ERCOA, S.A. (Electras Reunidas del Centro y Oriente de Asturias, Sociedad An6nima) contra la resoluci6n de la Consejeria de Industria, Comercio yTurismo del Prin- cipado de Asturias, de fecha 21 de agosto de 1990, asf como la confirmatoria del Consejo de Gobiemo del Principado producida por via de silencio. Considerando que la mencionada sentencia tiene caracter firme y que, en orden a su ejecuci6n, han de observarse los tramites establecidos en el Decreto del Principado 140/84, de 28 de diciembre, por el que se establece el procedimiento a seguir para la ejecuci6n de las sentencias recafdas en proce- sos contencioso-administrativos en los que sea parte la Admi- nistraci6n del Principado de Asturias. Esta Consejerfa dispone la ejecuci6n, en sus propios ter- minos, de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es' como sigue: Fallo En atenci6n a todo 10 expuesto, la Secci6n Primera de la Sala de 10 Contencioso-Administrativo ha decidido: Estimar sustancialmente la demanda interpuesta por ERCOA, S.A. y, en consecuencia, declarar la nulidad formal de la resolu- ci6n recurrida, por ser contraria a Derecho, debiendo repo- nerse las actuaciones al momenta de instrucci6n del expe- diente, en el que se dara audiencia a las dos entidades electri- cas interesadas y, en definitiva, se dictara resoluci6n, de acuerdo con la normativa contenida en el Reglamento de Verificaciones Electricas y demas disposiciones aplicables al caso, sin expresa declaraci6n en cuanto a las costas. Oviedo, a trece de mayo de mil novecientos noventa y dos.-EI Consejero de Industria, Turismo y Empleo, VIctor Zapico Zapcio.-7.061. CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y. URBANISMO: ACUERDO adoptado por la permanente de la Comision de Urbanismo y Ordenacion del Territorio de Asturias (CUOTA) , en su sesion de fecha 14 de mayo de 1992, relativo a la modificacion del Plan General de Ordenacion Urbana en Lugones (Expte. CUOTA 423/92). Por el Ayuntamiento de Siero y en orden a un desarrollo mas adecuado de la Unidad de Actuaci6n AL-18 y de la Casa de la Cultura y su entomo se tramita modificaci6n de planea- miento, dado que la soluci6n pretendida comporta incremen- tos de altura respecto a las previstas por el Plan. Por otra parte, y al alterarse el emplazamiento de las construcciones a efectuar, se produce una reubicaci6n de los espacios libres previstos en la Unidad de Actuaci6n que obliga a determinar si la modificaci6n implica una diferente zonificaci6n de dichos espacios y por tanto ha de someterse al procedimiento del art. 50 de la Ley del Suelo. A tal efecto, la Comisi6n considera que no resulta precise someterse a las exigencias del referido artfculo y ella porque: a) Las condiciones especfficas de disefio, desarrollo yeje- cuci6n de cada unidad vienen recogidas en la correspondiente ficha, la cual contiene la regulaci6n particularizada del area. b) Resulta claro que la intenci6n del Plan es definir los espacios libres de la unidad en funci6n de la edificaci6n que se lleve a cabo , en calidad de "terrenos extemos a las alinea- ciones exteriores" y asf se sefiala textualmente en la ficha de la unidad , sin que, por tanto, el grafiado contenido en el plano tenga mas valor que el puramente indicativo y, en con- secuencia, la ordenaci6n propuesta no signifique diferente zonificaci6n de espacios libres sino simple concreci6n de los mismos dentro de las posibilidades que al respecto establece la ficha reguladora. Por tanto, se aprueba definitivamente, por unanimidad, y de conformidad con 10 dispuesto en los arts. 35 y 49.1 de la Ley sobre Regimen del Suelo y Ordenaci6n Urbana, 132.3 del Reglamento de Planeamiento y 13.1 del Decreto 52/88, de 14 de abril, la modificaci6n puntual del Plan General de Ordenaci6n Urbana de Siero referente ala UA-AL-18 y a la

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Page 1: :e · KV., aerea, trifasica, sobre apoyos metalicos y conductor tipo LA-56. ... diente, en el que se dara audiencia a las dos entidades electri

3-VI-92 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 4487

Esta Consejerfa de Industria, Turismo y Empleo, en usode las atribuciones conferidas por el R.D. 4.100/1982, de 29de diciembre , de acuerdo con 10 dispuesto en los Decretos2.617 y 2.619/66, de 20 de octubre; Ley 10/66, de :e de mar­zo; Decreto 1.775/67, de 22 de julio; R .D . 3.275/82, de 1:' denoviembre; Ordenes del Ministerio de Industria y Energfa de6-7-84 y 18-10.84, YDecreto 3.151/68, de 28 de noviembre, haresuelto:

Autorizar la instalaci6n electrica solicitada.Aprobar el proyecto de la instalaci6n resefiada .Declarar la utilidad publica en concreto de la misma a los

efectos de la imposici6n de la servidumbre de paso en las con­diciones, alcance y limitaciones que establece el Reglamentode la Ley 10/66, aprobado por Decreto 2.619/66.

Oviedo, a once de mayo de mil novecientos noventa ydoso-P.D . Resoluci6n de 23-3-92 (BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia de 9-4-92), la Direc­tora Regional de Industria y Comercio.-{j.904(2).

-e-

Cumplidos los tramites reglamentarios en el expediente75711/AT-4808, incoado en esta Consejerfa a instancia deElectra del Esva , S.A. , solicitando autorizaci6n administra­tiva y aprobaci6n de proyecto de la instalaci6n cuyas caracte­rfsticas principales son las siguientes :

Peticionario: Electra del Esva , S.A.Instalaci6n: 0,007 Km. de linea de alta tensi6n a 10120

KV., aerea, trifasica, sobre apoyos metalicos y conductortipo LA-56.

- Un centro de transformaci6n , tipo intemperie, con unapotencia total de 100 KVA. Relaci6n lo.201B2 KV.

- Linea de baja tensi6n en apoyos de hormig6n y cableaislado RZO,6/1 KV, 3 x 50 mm. AI. + lx54,6 mm.? Aim.

Emplazamiento: En las proximidades del barrio delCarri6n del pueblo de Barres. T.M. de Castropol.

Objeto: Dotar de enerfa electrica suficiente a la estaci6nde tratamiento de aguas que actualmente se construye en lasproximidades de Barres (Castropol) y su zona de influencia .

Esta Consejerfa de Industria , Turismo y Empleo, en usode las atribuciones conferidas por el R.D . 4.100/1982, de 29de diciembre , de acuerdo con 10 dispuesto en los Decretos2.617 y 2.619/66, de 20 de octubre; Ley 10/66, de 18 de mar­zo; Decreto 1.775/67, de 22 de julio; R oD. 3.275/82, de 12 denoviembre; Ordenes del Ministerio de Industria y Energfa de6-7-84 y 18-10-84,YDecreto 3.151/68, de 28 de noviembre, haresuelto:

Autorizar la instalaci6n electrica solicitada.Aprobar el proyecto de la instalaci6n resefiada .

Oviedo , a trece de mayo de mil novecientos noventa ydos.-P.D. Resoluci6n de 23-3-92 (BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia de 9-4-92), la Direc­tora Regional de Industria y Comercio.-{j.904(3).

-e-

RESOLUC/ON de 13 de mayo de 1992, de la Conse­jerta de Industria, Turismo y Empleo, por la que sedispone el cumplimiento de la sentencia dictada en elrecurso numo 589 de 1991.

Visto el testimonio de la sentencia dictada con fecah 8 deabril de 1992 por la Sala de 10 Contencioso-Adrninistrativodel Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recursocontencioso-administrativo mim. 589 de 1991, promovido porla entidad ERCOA, S.A. (Electras Reunidas del Centro yOriente de Asturias, Sociedad An6nima) contra la resoluci6nde la Consejeria de Industria, Comercio y Turismo del Prin­cipado de Asturias, de fecha 21 de agosto de 1990, asf como

la confirmatoria del Consejo de Gobiemo del Principadoproducida por via de silencio .

Considerando que la mencionada sentencia tiene caracterfirme y que , en orden a su ejecuci6n, han de observarse lostramites establecidos en el Decreto del Principado 140/84, de28 de diciembre, por el que se establece el procedimiento aseguir para la ejecuci6n de las sentencias recafdas en proce­sos contencioso-administrativos en los que sea parte la Admi­nistraci6n del Principado de Asturias.

Esta Consejerfa dispone la ejecuci6n, en sus propios ter­minos , de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es'como sigue:

Fallo

En atenci6n a todo 10expuesto, la Secci6n Primera de laSala de 10Contencioso-Administrativo ha decidido: Estimarsustancialmente la demanda interpuesta por ERCOA, S.A.y, en consecuencia, declarar la nulidad formal de la resolu­ci6n recurrida, por ser contraria a Derecho, debiendo repo­nerse las actuaciones al momenta de instrucci6n del expe­diente, en el que se dara audiencia a las dos entidades electri­cas interesadas y, en definitiva , se dictara resoluci6n, deacuerdo con la normativa contenida en el Reglamento deVerificaciones Electricas y demas disposiciones aplicables alcaso , sin expresa declaraci6n en cuanto a las costas .

Oviedo, a trece de mayo de mil novecientos noventa ydos.-EI Consejero de Industria, Turismo y Empleo, VIctorZapico Zapcio.-7.061.

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y.URBANISMO:

ACUERDO adoptado por la permanente de laComision de Urbanismo y Ordenacion del Territoriode Asturias (CUOTA), en su sesion de fecha 14 demayo de 1992, relativo a la modificacion del PlanGeneral de Ordenacion Urbana en Lugones (Expte.CUOTA 423/92).

Por el Ayuntamiento de Siero y en orden a un desarrollomas adecuado de la Unidad de Actuaci6n AL-18 y de la Casade la Cultura y su entomo se tramita modificaci6n de planea­miento, dado que la soluci6n pretendida comporta incremen­tos de altura respecto a las previstas por el Plan.

Por otra parte, y al alterarse el emplazamiento de lasconstrucciones a efectuar, se produce una reubicaci6n de losespacios libres previstos en la Unidad de Actuaci6n queobliga a determinar si la modificaci6n implica una diferentezonificaci6n de dichos espacios y por tanto ha de someterse alprocedimiento del art. 50 de la Ley del Suelo.

A tal efecto, la Comisi6n considera que no resulta precisesometerse a las exigencias del referido artfculo y ella porque:

a) Las condiciones especfficas de disefio, desarrollo yeje­cuci6n de cada unidad vienen recogidas en la correspondienteficha , la cual contiene la regulaci6n particularizada del area.

b) Resulta claro que la intenci6n del Plan es definir losespacios libres de la unidad en funci6n de la edificaci6n quese lleve a cabo , en calidad de "terrenos extemos a las alinea­ciones exteriores" y asf se sefiala textualmente en la ficha dela unidad , sin que, por tanto, el grafiado contenido en elplano tenga mas valor que el puramente indicativo y, en con­secuencia, la ordenaci6n propuesta no signifique diferentezonificaci6n de espacios libres sino simple concreci6n de losmismos dentro de las posibilidades que al respecto establecela ficha reguladora.

Por tanto, se aprueba definitivamente, por unanimidad, yde conformidad con 10 dispuesto en los arts. 35 y 49.1 de laLey sobre Regimen del Suelo y Ordenaci6n Urbana, 132.3del Reglamento de Planeamiento y 13.1 del Decreto 52/88,de 14 de abril, la modificaci6n puntual del Plan General deOrdenaci6n Urbana de Siero referente ala UA-AL-18 y a la

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4488 BOLETIN OFICIAL DEL PRINQPADO DE ASIURIAS Y DE LA PROVINCIA 3-VI-92

Casa de la Cultura y en entomo de Lugones con el contenidoy alcance establecidos en el acuerdo de aprobaci6n provisio­nal.

Contra este acuerdo se puede interponer, en el plazo dequince dfas, recurso de suplica ante el Consejo de Gobiemodel Principado de Asturias. No obstante , dentro del mismoplazo y si se entiende que concurren discrepancias referidasexclusivamente a razone s de hecho 0 criterios de planifica­cion, podra solicitar con caracter previo de la Comisi6n deUrbanismo y Ordenaci6n del Territorio de Asturias su recon­sideraci6n, aportando las pruebas y exponiendo las razonesque estime oportunas. La notificaci6n del acuerdo resoluto­rio de la solicitud de reconsideraci6n, 0 el transcurso de tresmeses desde su presentaci6n sin que se adopte resoluci6nexpresa , abrira de nuevo el plazo para la interposici6n delrecurso de suplica.

Todo ello , de conformidad con 10previsto en el art . 20 delDecreto 52188, de 14de abril (BOLETIN OFICIAL del Prin­cipado de Asturias y de la Provincia num, 128, de 3 de jun io) ,por el cual se regulan la composici6n y funcionamiento de laCUOTA.

En Oviedo, a quince de mayo de mil novecientos noventay dos.-EI Secretario de la CUOTA.-7.055.

-e-

RESOLUCION de 12 de mayo de 1992, de la Conse­jerta de Medio Ambiente y Urbanismo, por la que sehace publico el acuerdo adoptado por el Consejo deGobiemo del Principado de Asturias en relacion conel recurso de suplica interpuesto por ASTURCOSAcontra la aprobacion definitiva del Plan General deOrdenacion Urbana de Oviedo.

En sesi6n de 7 de mayo de 1992, por el Consejo deGobiemo se ha adoptado el acuerdo cuya parte dispositivadice:

"Por 10 expuesto, el Consejo de Gobiemo acuerda esti­mar el recurso de suplica que interpone don Jose Luis MontesPortal, en nombre y representaci6n de ASTURCOSA, con­tra resoluci6n , de fecha 3-6-87, del Ilmo. Sr. Consejero deOrdenaci6n del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente ,aprobatoria del Plan General de Ordenaci6n Urbana deOviedo (Expte. CUOTA 443/86), que se modifica en el sen­tido expresado en el fundamento de De recho tercero in finedel presente acuerdo" .

A su vez, el aludido fundamento de Derecho terce ro dice:

"En tal sentido, procede la estimaci6n del recurso y lamodificaci6n de la resoluci6n recurrida en el extremo desuprimir la referencia, contenida en la Disposici6n I , C), 2 infine, de la citada resoluci6n aprobatoria del Plan General deOrdenaci6n Urbana de Oviedo, de 9-7-86, de la inclusi6n enel Catalogo correspondiente a edificios de la Ordenanza I delOviedo Hist6rico, del inmueble num. 4 de la Plaza de Ame­rica".

1.0 que se hace publico para general conocimiento, signifi­candose que el transcrito acuerdo agota la via administra tiva ,pudiendo interponerse contra el mismo recurso de reposi­ci6n, previa al contencioso-administrativo, y en el plazo deun mes, a contar desde el dfa siguiente a la fecha de inserci6nde la presente resoluci6n, de conformidad con 10 previsto enel art . 10 de la Ley 1182, de 24 de mayo , de Organizaci6n yFuncionamiento de la Administraci6n del Pricipado de Astu­rias.

Oviedo, a dace de mayo de mil. novecientos noventa ydos.-La Consejera de Medio Ambiente y Urbanismo.­7.057.

RESOLUCION de 20 de mayo de 1992, de la Conse­jerfa de Medio Ambiente y Urbanismo, por la que seregula el modelo de resultado de cacerias y gu fa decirculacion para piezas de caza mayor.

EI Reglamento de la Ley de Principado 2189, de 6 dejunio, de Caza , establece en el art. 791a creaci6n del CensoRegionalde Caza , que dispondra de los datos relativos a laspoblaciones cinegeticas, resultados de cacerfas y dafios, entreotros .

Para la recogida, analisis y divulgaci6n de los mismos, esconveniente normalizar y sistematizar la toma de datos , delos terrenos cinegeticos del Principado de Asturias .

Por otra parte, el art . 54 del mismo reglamento establecela gufa de circulaci6n para el transporte de piezas de cazamayor muertas en epocas habiles.

En su virtud y de conformidad con el Reglamento de laLey de Caza del Principado de Asturias,

RESUELVO :

1. Establecer el modele de resultado de cacerfa (AnexoI) para todas las cacenas a que se refiere el art . 66 apartado1 del Reglamento de la Ley de Caza .

2. Los titulares de terrenos cinegeticos remitiran al dfasiguiente de la celebraci6n de cada cacerfa el resultado decaza, debidamente cumplimentado , al 6rgano competente.

3. Para las piezas de caza mayor, una copia del anversode resultado de cacerfa servira de gufa de circulaci6n .

Oviedo, a veinte de abril de mil novecientos noventa ydos.-La Consejera de Medio Ambiente y Urbani smo.­7.258.

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