dto-83 exento_05-feb-2015

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Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 01-Jun-2015 Tipo Norma :Decreto 83 EXENTO Fecha Publicación :05-02-2015 Fecha Promulgación :30-01-2015 Organismo :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Título :APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA Tipo Versión :Unica De : 05-02-2015 Inicio Vigencia :05-02-2015 Id Norma :1074511 URL :http://www.leychile.cl/N?i=1074511&f=2015-02-05&p= APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA Núm. 83 exento.- Santiago, 30 de enero de 2015.- Considerando: Que el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 20.370, con las Normas no Derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación, establece en sus artículos 22 y siguientes que la educación especial o diferencial es aquella modalidad educativa que posee una opción organizativa y curricular dentro de uno o más niveles educativos de la educación regular, proveyendo un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de aprendizaje, procurando dar respuesta a requerimientos específicos de aprendizaje personales o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación. Que asimismo el artículo 34 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, establece que en el caso de la educación especial o diferencial, corresponderá al Ministerio de Educación, previa aprobación del Consejo Nacional de Educación, conforme al procedimiento establecido en el artículo 86, definir criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidades educativas especiales, así como criterios y orientaciones de adecuación curricular que permitan a los establecimientos educacionales planificar propuestas educativas pertinentes y de calidad para estos alumnos, sea que estudien en escuelas especiales o en establecimientos de la educación regular bajo la modalidad de educación especial en programas de integración. Que de acuerdo al artículo 36 de la Ley Nº 20.422, que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e inclusión Social de Personas con Discapacidad, los establecimientos de enseñanza regular deberán incorporar las innovaciones y adecuaciones curriculares, de infraestructura y los materiales de apoyo necesarios para permitir y facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos o niveles existentes, brindándoles los recursos adicionales que requieren para asegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional. Que el concepto de necesidades educativas especiales implica una transición en la comprensión de las dificultades del aprendizaje, desde un modelo centrado en el déficit hacia un enfoque propiamente educativo, que implique el desarrollo integral de las características individuales de los estudiantes, proporcionando los apoyos necesarios, para que pueda aprender y participar en el establecimiento educacional. Que para la modalidad educativa especial o diferencial existen planes y programas específicos, los que debido a la entrada en vigencia de la Ley Nº 20.422 y el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, se encuentran desactualizados y desfasados en relación a dicha normativa educacional. La normativa descrita son los decretos exentos Nº 89, de 1990; Nº 637, de 1994; Nº 86, de 1990; Nº 87, de 1990; Nº 1.398, de 2006, los cuales señalan planes y programas diferenciados de acuerdo al déficit del estudiante e impiden a los mismos seguir el currículum nacional, restringiendo a las escuelas la posibilidad de planificar propuestas educativas de calidad, flexibles, pertinentes y relevantes de acuerdo a la realidad de cada estudiante. En este sentido, ya que la educación especial es una modalidad de la educación y en ella se desarrollan todos los niveles educativos, con el instrumento de criterios y orientaciones de adecuación curricular, los establecimientos educacionales podrán adecuar las bases curriculares de párvulos y básica, logrando finalmente asegurar que los estudiantes con necesidades educativas especiales puedan acceder, participar y progresar en su

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    Tipo Norma :Decreto 83 EXENTO Fecha Publicacin :05-02-2015 Fecha Promulgacin :30-01-2015 Organismo :MINISTERIO DE EDUCACIN Ttulo :APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICA Tipo Versin :Unica De : 05-02-2015 Inicio Vigencia :05-02-2015 Id Norma :1074511 URL :http://www.leychile.cl/N?i=1074511&f=2015-02-05&p=

    APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CONNECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICA

    Nm. 83 exento.- Santiago, 30 de enero de 2015.- Considerando: Que el decreto con fuerza de ley N 2, de 2009, del Ministerio de Educacin,que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N 20.370, con lasNormas no Derogadas del decreto con fuerza de ley N 1, de 2005, del Ministerio deEducacin, establece en sus artculos 22 y siguientes que la educacin especial odiferencial es aquella modalidad educativa que posee una opcin organizativa ycurricular dentro de uno o ms niveles educativos de la educacin regular,proveyendo un conjunto de servicios, recursos humanos, tcnicos, conocimientosespecializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedanpresentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de suescolaridad, como consecuencia de un dficit o una dificultad especfica deaprendizaje, procurando dar respuesta a requerimientos especficos de aprendizajepersonales o contextuales, con el propsito de garantizar la igualdad en el derechoa la educacin. Que asimismo el artculo 34 del decreto con fuerza de ley N 2, de 2009, delMinisterio de Educacin, establece que en el caso de la educacin especial odiferencial, corresponder al Ministerio de Educacin, previa aprobacin delConsejo Nacional de Educacin, conforme al procedimiento establecido en el artculo86, definir criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presentennecesidades educativas especiales, as como criterios y orientaciones de adecuacincurricular que permitan a los establecimientos educacionales planificar propuestaseducativas pertinentes y de calidad para estos alumnos, sea que estudien en escuelasespeciales o en establecimientos de la educacin regular bajo la modalidad deeducacin especial en programas de integracin. Que de acuerdo al artculo 36 de la Ley N 20.422, que Establece Normas SobreIgualdad de Oportunidades e inclusin Social de Personas con Discapacidad, losestablecimientos de enseanza regular debern incorporar las innovaciones yadecuaciones curriculares, de infraestructura y los materiales de apoyo necesariospara permitir y facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos oniveles existentes, brindndoles los recursos adicionales que requieren paraasegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional. Que el concepto de necesidades educativas especiales implica una transicin enla comprensin de las dificultades del aprendizaje, desde un modelo centrado en eldficit hacia un enfoque propiamente educativo, que implique el desarrollo integralde las caractersticas individuales de los estudiantes, proporcionando los apoyosnecesarios, para que pueda aprender y participar en el establecimiento educacional. Que para la modalidad educativa especial o diferencial existen planes yprogramas especficos, los que debido a la entrada en vigencia de la Ley N 20.422y el decreto con fuerza de ley N 2, de 2009, del Ministerio de Educacin, seencuentran desactualizados y desfasados en relacin a dicha normativa educacional.La normativa descrita son los decretos exentos N 89, de 1990; N 637, de 1994; N86, de 1990; N 87, de 1990; N 1.398, de 2006, los cuales sealan planes yprogramas diferenciados de acuerdo al dficit del estudiante e impiden a los mismosseguir el currculum nacional, restringiendo a las escuelas la posibilidad deplanificar propuestas educativas de calidad, flexibles, pertinentes y relevantes deacuerdo a la realidad de cada estudiante. En este sentido, ya que la educacinespecial es una modalidad de la educacin y en ella se desarrollan todos los niveleseducativos, con el instrumento de criterios y orientaciones de adecuacincurricular, los establecimientos educacionales podrn adecuar las bases curricularesde prvulos y bsica, logrando finalmente asegurar que los estudiantes connecesidades educativas especiales puedan acceder, participar y progresar en su

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    proceso de enseanza en condiciones similares a las que acceden los estudiantes sinestas necesidades. Que el Consejo de Educacin, a travs del Acuerdo N 073/2013, de 2013,aprob los criterios y orientaciones de adecuacin curricular para estudiantes deeducacin parvularia y bsica con necesidades educativas especiales, y

    Visto: Lo dispuesto en los artculos 32 N 6 y 35 de la ConstitucinPoltica de la Repblica de Chile; en la Ley N 18.956, que reestructura elMinisterio de Educacin Pblica; en el decreto con fuerza de ley N 2, de 2009,del Ministerio de Educacin, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizadode la Ley N 20.370 con las Normas no Derogadas del decreto con fuerza de ley N 1,de 2005, del Ministerio de Educacin; en el decreto supremo N 289, de 2001, delMinisterio de Educacin; en los decretos supremos N 40, de 1996; N 257, de 2009;N 439, de 2011; N 433, de 2012, y N 614, de 2013, todos del Ministerio deEducacin; en los decretos exentos N 89, de 1990; N 637, de 1994; N 86, de1990; N 87, de 1990; N 1.398, de 2006, todos del Ministerio de Educacin; en elAcuerdo N 073/2013, del Consejo Nacional de Educacin, y en la resolucin N1.600, de 2008, de la Contralora General de la Repblica.

    Decreto:

    Artculo 1.- Establcense los siguientes criterios y orientaciones deadecuacin curricular para la educacin parvularia y la educacin general bsica,cuyo texto se acompaa en Anexo que forma parte integrante del presente decreto, conel propsito de favorecer el acceso al currculo nacional de los estudiantes connecesidades educativas especiales.

    Artculo 2.- Los criterios y orientaciones sealados en este decreto estndirigidos a los establecimientos de enseanza regular, con o sin programas deintegracin escolar, bajo modalidades educativas, tradicionales, especial, deadultos y a los establecimientos educacionales hospitalarios.

    Artculo 3.- Los establecimientos educacionales que impartan modalidadeducativa especial y aquellos que tengan proyecto de integracin (PIE) que atiendena estudiantes con necesidades educativas especiales, debern implementar loscriterios y orientaciones de adecuacin curricular a que se refiere el presentedecreto en los niveles de educacin parvulario y educacin general bsica.

    Artculo 4.- Los establecimientos educacionales que, de acuerdo a loscriterios y orientaciones establecidos en este decreto, implementen adecuacionescurriculares para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales,debern aplicarles una evaluacin de acuerdo a dichas adecuaciones, accesible a lascaractersticas y condiciones individuales de los mismos. Una vez finalizado este proceso de evaluacin, el establecimiento educacionalentregar a todos los estudiantes una copia del certificado anual de estudios queindique las calificaciones obtenidas y la situacin final correspondiente. Los resultados de la evaluacin, calificacin y promocin de los estudiantescon necesidades educativas especiales quedarn registrados en los instrumentos queel Ministerio de Educacin establezca para todos los estudiantes del sistemaescolar, de acuerdo a la normativa especfica y al reglamento de evaluacin de cadaestablecimiento.

    Artculo 5.- Continuarn vigentes los decretos exentos N 89, de 1990; N637, de 1994; N 86, de 1990; N 87, de 1990, todos del Ministerio de Educacin,slo en lo que se establezca para el ciclo o nivel de formacin laboral, y hasta latotal tramitacin del acto administrativo que apruebe los criterios y orientacionesde adecuacin curricular para la educacin media.

    DISPOSICIN TRANSITORIA Artculo Primero: Los criterios y orientaciones de adecuacin curricular paralos estudiantes con necesidades educativas especiales de educacin parvularia y

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    educacin bsica que trata el presente decreto, entrarn en vigencia gradualmenteen el ao escolar 2017 para el nivel de educacin parvularia, 1 y 2 aobsico; en el ao escolar 2018 para 3 y 4 ao bsico y para el ao escolar2019, 5 ao bsico y siguientes. No obstante lo anterior, aquellosestablecimientos educacionales que deseen aplicar los criterios y orientaciones,podrn hacerlo a partir de la publicacin de este decreto.

    Antese y publquese.- Nicols Eyzaguirre Guzmn, Ministro de Educacin.

    CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADESEDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICA

    Documento presentado a aprobacin del Consejo Nacional de Educacin

    DIVISIN DE EDUCACIN GENERAL UNIDAD DE CURRCULUM Y EVALUACIN MINISTERIO DE EDUCACIN MINISTERIO DE EDUCACIN

    Santiago, octubre 2013

    CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CONNECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES PARA EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICAPRESENTACIN El presente documento responde a la Ley General de Educacin N 20.370/20091,que establece que el Ministerio de Educacin deber definir criterios yorientaciones de adecuacin curricular que permitan planificar propuestas educativaspertinentes y de calidad para los estudiantes con necesidades educativas especiales2de la educacin parvularia y bsica. Los fundamentos de esta propuesta se basan en la consideracin de la diversidady buscan dar respuesta a las necesidades educativas de todos los estudiantes,considerando la autonoma de los establecimientos educacionales, promoviendo yvalorando las diferencias culturales, religiosas, sociales e individuales de laspoblaciones que son atendidas en el sistema escolar. A partir de estos criterios y orientaciones se garantiza la flexibilidad de lasmedidas curriculares para estos estudiantes, con el propsito de asegurar susaprendizajes y desarrollo, a travs de la participacin en propuestas educativaspertinentes y de calidad.

    I. MARCO REFERENCIAL

    El desafo de definir "Criterios y Orientaciones de Adecuacin Curricular paraestudiantes con necesidades educativas especiales de la educacin parvularia yeducacin bsica" surge a partir de lo establecido en el artculo 34 de la LeyGeneral de Educacin, el cual mandata al Ministerio de Educacin que, por unaparte, defina criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presentennecesidades educativas especiales, y por otra, defina criterios y orientaciones deadecuacin curricular para que los establecimientos educacionales puedan planificarpropuestas educativas pertinentes y de calidad para los estudiantes que lo requieran,ya sea que estudien en establecimientos especiales o en establecimientos deeducacin regular con o sin Programas de Integracin Escolar. El decreto N 170/2009 de Educacin, en respuesta a este mandato, definecriterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidadeseducativas especiales, reglamentando los procedimientos de evaluacin diagnsticapara la identificacin de necesidades educativas especiales en los estudiantes, ascomo los profesionales competentes e idneos para realizarlas. Este decreto sealatambin que dicha evaluacin debe ser de carcter integral e interdisciplinario yconsiderar el mbito psicoeducativo y de salud. Por su parte, el presente documento tiene como propsito definir criterios yorientaciones de adecuacin curricular que permitan planificar propuestas educativasde calidad para los estudiantes de los niveles de educacin parvularia y bsica queas lo requieran. Las disposiciones y pautas que se definen y desarrollan en este documento estndirigidas a los establecimientos de educacin comn, con o sin programas deintegracin escolar, y a las escuelas especiales. Para su aplicacin se debe tener

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    como referente el currculum nacional, esto es, los Objetivos Generales descritos enla Ley General de Educacin, en su artculo 28 para los nios y nias deeducacin parvularia, y en su artculo 29 para los nios y nias de educacingeneral bsica, incluida la modalidad de adultos, y los conocimientos, habilidades yactitudes estipulados en las Bases Curriculares correspondientes.

    PRINCIPIOS Y DEFINICIONES QUE ORIENTAN LOS CRITERIOS Y ORIENTACIONES DEADECUACIN CURRICULAR Las disposiciones para la inclusin educativa en el sistema educacional chilenose inspiran en la Constitucin Poltica y en el ordenamiento jurdico de laNacin; en la Ley General de Educacin y en los objetivos generales de aprendizajepara el nivel de educacin parvularia y nivel de educacin bsica que staseala, as como en las Bases Curriculares que permiten su concrecin y logro; enlas Normas sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusin Social de Personas conDiscapacidad, as como en la concepcin antropolgica y tica que orientan laDeclaracin Universal de los Derechos Humanos y los tratados internacionalesvigentes y ratificados por Chile, como son la Convencin sobre los Derechos delNio y la Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Los principios que orientan la toma de decisiones para definir las adecuacionescurriculares son los siguientes: a) Igualdad de oportunidades. El sistema debe propender a ofrecer a todos losalumnos y alumnas la posibilidad de desarrollarse como personas libres, conconciencia de su propia dignidad y como sujetos de derechos, y contribuir a que todoslos estudiantes tengan la oportunidad de desarrollar plenamente su potencial,independientemente de sus condiciones y circunstancias de vida. Ello supone tenerpresente la diversidad en los aspectos fsicos, psquicos, sociales y culturalespropios de la naturaleza humana. En este sentido, la adecuacin curricular constituye una herramientapedaggica que permite equiparar las condiciones para que los estudiantes connecesidades educativas especiales puedan acceder, participar y progresar en suproceso de enseanza aprendizaje. b) Calidad educativa con equidad. El sistema debe propender, en la mximamedida posible, a que todos los estudiantes alcancen los objetivos generales queestipule la Ley General de Educacin, independiente de sus condiciones ycircunstancias. Para conseguir una educacin de calidad, el currculum debe caracterizarse porser relevante y pertinente3. Bajo este principio, desde una perspectiva inclusiva, laadecuacin curricular permite los ajustes necesarios para que el currculumnacional sea tambin pertinente y relevante para los estudiantes con necesidadeseducativas especiales para que, de esta forma, puedan alcanzar los objetivos queestipula el actual marco legal. c) Inclusin educativa y valoracin de la diversidad. El sistema debe promovery favorecer el acceso, presencia y participacin de todos los alumnos y alumnas,especialmente de aquellos que por diversas razones se encuentran excluidos o ensituaciones de riesgo de ser marginados, reconociendo, respetando y valorando lasdiferencias individuales que existen al interior de cualquier grupo escolar. La adecuacin curricular es una manera de generar condiciones en el sistemaeducativo para responder a las necesidades y caractersticas individuales de losestudiantes y de sus procesos de aprendizaje, resguardando su permanencia y progresoen el sistema escolar. d) Flexibilidad en la respuesta educativa. El sistema debe proporcionarrespuestas educativas flexibles, equivalentes en calidad, que favorezcan el acceso,la permanencia y el progreso de todos los estudiantes. Esta flexibilidad esespecialmente valorada cuando se trata de aquellos que se encuentran en situacin demayor vulnerabilidad. La adecuacin curricular es la respuesta a las necesidades y caractersticasindividuales de los estudiantes, cuando la planificacin de clases (anconsiderando desde su inicio la diversidad de estudiantes en el aula) no logra darrespuesta a las necesidades educativas especiales que presentan algunos estudiantes,que requieren ajustes ms significativos para progresar en sus aprendizajes y evitarsu marginacin del sistema escolar.

    Conceptualizacin de Necesidades Educativas Especiales (NEE) El concepto NEE implica una transicin en la comprensin de las dificultadesde aprendizaje, desde un modelo centrado en el dficit hacia un enfoque propiamenteeducativo, situando la mirada no slo en las caractersticas individuales de losestudiantes, sino ms bien en el carcter interactivo de las dificultades deaprendizaje. Se entender por alumno o alumna que presenta Necesidades Educativas Especiales

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    a aqul que precisa ayudas y recursos adicionales, ya sea humanos, materiales opedaggicos, para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje, y contribuir allogro de los fines de la educacin (LGE art. 23). Las necesidades educativas especiales pueden ser de carcter permanente otransitorio: Necesidades educativas especiales de carcter permanente Son aquellas barreras para aprender y participar, diagnosticadas porprofesionales competentes, que determinados estudiantes experimentan durante toda suescolaridad y que demandan al sistema educacional la provisin de apoyos y recursosadicionales o extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar. Por lo general, las NEE de carcter permanente se presentan asociadas adiscapacidad visual, auditiva, disfasia, trastorno autista, discapacidad intelectualy discapacidad mltiple. Necesidades educativas especiales de carcter transitorio Son dificultades de aprendizaje que experimentan los estudiantes en algnmomento de su vida escolar, diagnosticada por profesionales competentes, que demandanal sistema educacional, por una parte, la provisin de apoyos y recursos adicionaleso extraordinarios por un determinado perodo de su escolarizacin, para asegurar elaprendizaje y la participacin de estos en el proceso educativo, y por otra, eldesarrollo de capacidades en el profesorado para dar respuestas educativas de calidada los diferentes estilos de aprendizaje, ritmos, capacidades e intereses quepresentan los estudiantes. Las NEE de carcter transitorio pueden presentarse asociadas a dificultades deaprendizaje, Trastornos Especficos del Lenguaje (TEL), Dficit Atencional yCoeficiente Intelectual Limtrofe.

    MARCO LEGAL

    Los Criterios y Orientaciones de Adecuacin Curricular se sustentan en la LeyGeneral de Educacin N 20.370/2009, que en su artculo 3 establece que "laeducacin debe propender a asegurar que todos los alumnos y alumnas,independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivosgenerales y los estndares de aprendizaje que se definan en la forma que establezcala ley". Esta misma ley en su artculo 10 a) seala que los alumnos y alumnas tienenderecho "en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no serdiscriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respetomutuo, a expresar su opinin y a que se respete su integridad fsica, y moral, nopudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicolgicos." En este sentido, las adecuaciones curriculares constituyen una herramientaimportante que permite a los estudiantes acceder a los objetivos generales delcurrculum que seala la ley, en condiciones similares a las que acceden losestudiantes sin necesidades educativas especiales. Adems, la Ley 20.422/2010 que establece normas sobre la igualdad deoportunidades e inclusin social de las personas con discapacidad, en su artculo 3seala entre sus principios el Diseo Universal, el cual se entiende como laactividad por la que se conciben o proyectan, desde el origen, entornos, procesos,bienes, productos, servicios, objetos, dispositivos o herramientas de forma quepuedan ser utilizados por todas las personas o en su mayor extensin posible. En elmbito educativo, el Diseo Universal se expresa como Diseo Universal deAprendizaje (DUA), cuyos criterios buscan promover prcticas inclusivasconstituyendo el primer paso para responder a las diferencias individuales en elaprendizaje que presentan los estudiantes. As tambin, esta misma ley, en su artculo 36, seala que "el Ministerio deEducacin deber hacer las adecuaciones necesarias para que los alumnos y alumnascon necesidades educativas especiales puedan participar en las mediciones de lacalidad de la educacin". De esta forma, la adecuacin curricular favorece que losestudiantes con necesidades educativas especiales participen tambin en los procesosde evaluacin de la calidad de la educacin. Esto permitir obtener una visinms completa de los resultados del logro de los aprendizajes, realizar comparacionesms exactas, evitar prcticas de exclusin, y promover altas expectativas en losdocentes sobre el aprendizaje de estos estudiantes y su acceso al currculumnacional, beneficindolos adems con las reformas educativas que se implementen apropsito de estas evaluaciones.

    II. RESPUESTA EDUCATIVA A LA DIVERSIDAD

    Las estrategias para dar respuesta a la diversidad en el aula deben considerarla evaluacin diagnstica de aprendizaje del curso, la cual se realiza al iniciodel ao escolar, y proporciona informacin relevante al docente respecto delprogreso, estilo y ritmo de aprendizaje de todos los estudiantes de un curso y de

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    cada uno en particular, lo que permite planificar estrategias diversificadas quefavorezcan el aprendizaje de todos. Esta evaluacin es relevante porque aportainformacin de los factores que favorecen o dificultan el aprendizaje, y enconsecuencia, para el diseo de respuestas educativas ajustadas a la diversidad. El Diseo Universal para el Aprendizaje es una estrategia de respuesta a ladiversidad, cuyo fin es maximizar las oportunidades de aprendizaje de todos losestudiantes, considerando la amplia gama de habilidades, estilos de aprendizaje ypreferencias. Los principios que orientan el Diseo Universal de Aprendizaje son lossiguientes: a) Proporcionar mltiples medios de presentacin y representacin. Losestudiantes, en general, difieren en la manera en que perciben y comprenden lainformacin que se les presenta, por lo cual no existe una modalidad derepresentacin que sea ptima para todos. Bajo este criterio el docente reconoce yconsidera diversas modalidades sensoriales, estilos de aprendizaje, intereses ypreferencias. Por lo anterior, la planificacin de clases debe considerar diversasformas de presentacin de las asignaturas escolares, que favorezcan la percepcin,comprensin y representacin de la informacin a todos los estudiantes. Porejemplo, las personas con discapacidad sensorial (ceguera o sordera) o las personascon dificultades de aprendizaje, procedentes de otras culturas, entre otras, puedenrequerir modalidades distintas a las convencionales para acceder a las diversasmaterias (uso de lengua de seas chilena, textos en Braille, proponer actividadescon apoyo de materiales que consideren contenidos culturales de los pueblosoriginarios, uso de textos hablados, aumentar la imagen y el texto, el sonido,aumentar el contraste entre el fondo y el texto, contraste de color para resaltardeterminada informacin, etc.). b) Proporcionar mltiples medios de ejecucin y expresin. El docenteconsidera todas las formas de comunicacin y expresin. Se refiere al modo en quelos alumnos ejecutan las actividades y expresan los productos de su aprendizaje. Losestudiantes presentan diversidad de estilos, capacidades y preferencias paradesenvolverse en un ambiente de aprendizaje y expresar lo que saben, por lo que noexiste un nico medio de expresin que sea ptimo o deseable para todos. Alproporcionar variadas alternativas de ejecucin de las actividades y de lasdiferentes tareas, permitir a los estudiantes responder con los medios deexpresin que prefieran. Para proporcionar variadas alternativas de ejecucin delas actividades y de las diferentes tareas, es necesario que se concreten en laplanificacin de clases, a travs de estrategias para favorecer la expresin ycomunicacin. Por ejemplo, las personas con discapacidad motora, o quienes presentandificultades en la funcin ejecutiva, o quienes presentan barreras con el idioma,entre otras, pueden demostrar su dominio en las diferentes tareas de modo muydiverso. Algunos pueden expresarse bien en la escritura, pero no en el discurso oral,y viceversa. Asimismo, algunos estudiantes para demostrar lo que saben o para laexploracin y la interaccin, requieren de ilustraciones, de la manipulacin demateriales, de recursos multimedia, msica, artes visuales, escultura, utilizartecnologas de apoyo, tales como conversores de textos de voz, Jaws, entre otros. c) Proporcionar mltiples medios de participacin y compromiso. El docenteofrece distintos niveles de desafos y de apoyos, tales como: fomentar trabajoscolaborativos e individuales, formular preguntas que guan a los estudiantes en lasinteracciones, y proporcionar estrategias alternativas para: activar losconocimientos previos, apoyar la memoria y el procesamiento de la informacin. Aludea las variadas formas en que los alumnos pueden participar en una situacin deaprendizaje y a los diversos modos en que se motivan e involucran en ella. Alplanificar, los profesores deben asegurarse que todos los estudiantes participen enla situacin de aprendizaje con un adecuado nivel de desafo. Por ejemplo: promoverla toma de decisiones y la autonoma, en aspectos tales como: el contexto o elcontenido utilizado para la prctica de habilidades; los instrumentos utilizadospara la recogida de informacin o la produccin, la secuencia y tiempo para larealizacin de las tareas, variando las actividades y fuentes de informacin a finde que puedan ser personalizadas y contextualizadas a las experiencias de vida de losestudiantes; ofrecer a los estudiantes oportunidades de participacin en el diseode actividades educativas e involucrarlos en la definicin de sus propios objetivosde aprendizaje; resguardar la pertinencia y autenticidad en el diseo deexperiencias de aprendizaje, cautelando que las actividades se distingan por sersocialmente relevantes, pertinentes a la edad y capacidades, apropiadas para losdiferentes grupos raciales, culturales, tnicos, gnero, etc. y que en su diseose considere la demostracin de resultados de desempeo en contextos reales porparte del o los estudiantes. Estas diferentes alternativas de participacin sern tiles para todos losestudiantes, favoreciendo adems la autonoma, para lo cual se debern considerarestrategias para captar la atencin y el inters, de apoyo al esfuerzo y lapersistencia y para el control y regulacin de los propios procesos de aprendizaje.

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    Cuando las estrategias de respuesta a la diversidad basadas en el DiseoUniversal de Aprendizaje no permitan responder a las necesidades de aprendizaje dealgunos estudiantes, es necesario que se realice un proceso de evaluacindiagnstica individual4 para identificar si estos presentan necesidades educativasespeciales y si requieren medidas de adecuacin curricular.

    III. CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR Los criterios y orientaciones de adecuacin curricular planteados en estedocumento estn orientados al nivel de educacin parvularia y de educacin generalbsica, en establecimientos de enseanza comn, y en escuelas especiales. Cadanivel podr ajustar estos criterios, segn los aprendizajes, conocimientos,habilidades y actitudes esperados, de acuerdo a la etapa de desarrollo de losestudiantes, sus necesidades educativas especiales, y a las orientaciones que definael Ministerio de Educacin para estos efectos. Las adecuaciones curriculares se entienden como los cambios a los diferenteselementos del currculum, que se traducen en ajustes en la programacin del trabajoen el aula. Consideran las diferencias individuales de los estudiantes connecesidades educativas especiales, con el fin de asegurar su participacin,permanencia y progreso en el sistema escolar. Las adecuaciones curriculares deben responder a las necesidades educativasespeciales de los alumnos y alumnas, permitiendo y facilitando el acceso a los cursoso niveles, con el propsito de asegurar aprendizajes de calidad y el cumplimiento delos principios de igualdad de oportunidades, calidad educativa con equidad,inclusin educativa y valoracin de la diversidad y flexibilidad en la respuestaeducativa. El uso de adecuaciones curriculares se debe definir buscando favorecer que losestudiantes con necesidades educativas especiales puedan acceder y progresar en losdistintos niveles educativos, habiendo adquirido los aprendizajes bsicosimprescindibles establecidos en las bases curriculares, promoviendo adems eldesarrollo de sus capacidades con respeto a sus diferencias individuales. Las adecuaciones curriculares que se establezcan para un estudiante se debenorganizar en un Plan de Adecuaciones Curriculares Individualizado (PACI), el cualtiene como finalidad orientar la accin pedaggica que los docentes implementarnpara apoyar el aprendizaje del estudiante, as como tambin llevar un seguimientode la eficacia de las medidas curriculares adoptadas. El proceso implicado en esteplan se define a partir de la planificacin que el docente elabora para el grupocurso y su informacin debe registrarse en un documento que permita el seguimiento yevaluacin del proceso de implementacin de stas, as como de los resultados deaprendizaje logrados por el estudiante durante el tiempo definido para suaplicacin. La decisin de implementar adecuaciones curriculares para un estudiante debetener presente que: a) Las prcticas educativas siempre deben considerar la diversidad individual,asegurando que todos los estudiantes alcancen los objetivos generalesindependientemente de sus condiciones y circunstancias. b) La decisin de implementar adecuaciones curriculares debe considerar comopunto de partida toda la informacin previa recabada, durante el proceso deevaluacin diagnstica integral e interdisciplinaria de necesidades educativasespeciales, considerando en el mbito educativo la informacin y los antecedentesentregados por los profesores, la familia del estudiante o las personas responsablesde este, o el propio alumno, segn corresponda; y en el mbito de la salud, loscriterios y dimensiones de la Clasificacin del Funcionamiento de la Discapacidad yde la Salud (CIF) y las orientaciones definidas por el Ministerio de Salud. c) Las adecuaciones curriculares deben asegurar que los estudiantes connecesidades educativas especiales puedan permanecer y transitar en los distintosniveles educativos con equivalentes oportunidades de recibir y desplegar unaeducacin de calidad, que les permita desarrollar sus capacidades de forma integraly de acuerdo a su edad. d) Las adecuaciones curriculares se deben definir bajo el principio de favorecero priorizar aquellos aprendizajes que se consideran bsicos imprescindibles dado suimpacto para el desarrollo personal y social de los estudiantes, y cuya ausenciapuede llegar a comprometer su proyecto de vida futura y poner en riesgo suparticipacin e inclusin social. e) El proceso de definicin e implementacin de adecuaciones curriculares deberealizarse con la participacin de los profesionales del establecimiento: docentes,docentes especialistas y profesionales de apoyo, en conjunto con la familia delestudiante, de modo que stas sean pertinentes y relevantes para responder a lasnecesidades educativas especiales detectadas en el proceso de evaluacindiagnstica individual. (Segn DS N 170/2009). TIPOS DE ADECUACIONES CURRICULARES Y CRITERIOS PARA SU APLICACIN

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    a) Adecuaciones curriculares de acceso Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras a laparticipacin, al acceso a la informacin, expresin y comunicacin, facilitandoas el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones conlos dems estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Generalmente,las adecuaciones curriculares de acceso son utilizadas por los estudiantes tanto enel colegio como en el hogar y en la comunidad. Criterios a considerar para las adecuaciones curriculares de acceso: - Presentacin de la informacin. La forma de presentar la informacin debepermitir a los estudiantes acceder a travs de modos alternativos, que puedenincluir informacin auditiva, tctil, visual y la combinacin entre estos. Comopor ejemplo: ampliacin de la letra o de las imgenes, amplitud de la palabra o delsonido, uso de contrastes, utilizacin de color para resaltar determinadainformacin, videos o animaciones, velocidad de las animaciones o sonidos, uso deayudas tcnicas que permitan el acceso a la informacin escrita (lupa, recursosmultimedia, equipos de amplificacin de audio), uso de textos escritos o hablados,medios audiovisuales, uso de lengua de seas, apoyo de intrprete, uso de sistemaBraille, uso de grficos tctiles, presentacin de la informacin a travs delenguajes y signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles decomplejidad, entre otros. - Formas de respuesta. La forma de respuesta debe permitir a los estudiantesrealizar actividades, tareas y evaluaciones a travs de diferentes formas y con lautilizacin de diversos dispositivos o ayudas tcnicas y tecnolgicas diseadasespecficamente para disminuir las barreras que interfieren la participacin delestudiante en los aprendizajes. Por ejemplo, responder a travs del uso de unordenador adaptado, ofrecer posibilidades de expresin a travs de mltiplesmedios de comunicacin tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de seas,discurso, ilustracin, diseo, manipulacin de materiales, recursos multimedia,msica, artes visuales, escultura, persona que transcriba las respuestas delestudiante, uso de calculadora, ordenadores visuales, organizadores grficos, entreotros. - Entorno. La organizacin del entorno debe permitir a los estudiantes elacceso autnomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicacin, y lascondiciones en las que se desarrolla la tarea, actividad o evaluacin. Por ejemplo,situar al estudiante en un lugar estratgico del aula para evitar que se distraigay/o para evitar que distraiga a los otros estudiantes, o que pueda realizar lecturalabial; favorecer el acceso y desplazamiento personal o de equipamientos especiales;adecuar el ruido ambiental o la luminosidad, entre otros. - Organizacin del tiempo y el horario. La organizacin del tiempo debepermitir a los estudiantes acceso autnomo, a travs de modificaciones en la formaque se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o evaluaciones.Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluacin;organizar espacios de distensin o desfogue de energa; permitir el cambio dejornada en la cual se rinda una evaluacin, entre otros. Estas adecuaciones curriculares de acceso, aplicadas segn las necesidadeseducativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben sercongruentes con las utilizadas en sus procesos de evaluacin, de modo que, almomento de evaluar, sean conocidas por los estudiantes para que no constituyan unadificultad adicional. b) Adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje Los Objetivos de Aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares pueden serajustados en funcin de los requerimientos especficos de cada estudiante conrelacin a los aprendizajes prescritos en las distintas asignaturas del grupo cursode pertenencia. Los objetivos de aprendizaje expresan las competencias bsicas quetodo alumno debe alcanzar en el transcurso de su escolaridad. En consecuencia, debenadoptarse como resultado de un proceso de evaluacin amplio y riguroso y decarcter interdisciplinario. Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisin del uso deadecuaciones en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminacin de aquellosaprendizajes que se consideran bsicos imprescindibles para el desarrollo integraldel estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan msadelante. Las adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje pueden considerarlos siguientes criterios: - Graduacin del nivel de complejidad. Es una medida orientada a adecuar elgrado de complejidad de un contenido, cuando ste dificulta el abordaje y/oadquisicin de los aspectos esenciales de un determinado objetivo de aprendizaje, ocuando estn por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisicin deun estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduacin del nivel decomplejidad de los aprendizajes son los siguientes: . Conocer a cabalidad los aprendizajes que han alcanzado los estudiantes, as

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    como tambin aquellos que no han logrado. . Plantear objetivos de aprendizaje que sean alcanzables y desafiantes al mismotiempo, basados en los objetivos de aprendizajes del currculum nacional. . Operacionalizar y secuenciar con mayor precisin (metas ms pequeas o msamplias) los niveles de logro con la finalidad de identificar el nivel de aprendizajeadecuado al estudiante. - Priorizacin de objetivos de aprendizaje y contenidos. Consiste enseleccionar y dar prioridad a determinados objetivos de aprendizaje, que seconsideran bsicos imprescindibles para su desarrollo y la adquisicin deaprendizajes posteriores. Implica, por tanto, jerarquizar a unos por sobre otros, sinque signifique renunciar a los de segundo orden, sino ms bien a su postergacin osustitucin temporal. Algunos de los contenidos que se deben priorizar porconsiderarse fundamentales son: . Los aspectos comunicativos y funcionales del lenguaje, como comunicacin oralo gestual, lectura y escritura. . El uso de operaciones matemticas para resolucin de problemas de la vidadiaria. . Los procedimientos y tcnicas de estudio. - Temporalizacin. Consiste en la flexibilizacin de los tiempos establecidosen el currculum para el logro de los aprendizajes. Este tipo de adecuacincurricular est preferentemente orientada a la atencin de las necesidadeseducativas especiales que afectan el ritmo de aprendizaje. Puede implicar ladestinacin de un perodo ms prolongado o graduado para la consecucin yconsolidacin de ciertos aprendizajes sin que se altere la secuencia de estos. - Enriquecimiento del currculum. Esta modalidad de adecuacin curricularcorresponde a la incorporacin de objetivos no previstos en las Bases Curriculares yque se consideran de primera importancia para el desempeo acadmico y social delestudiante, dadas sus caractersticas y necesidades. Supone complementar elcurrculum con determinados aprendizajes especficos, como por ejemplo, elaprendizaje de una segunda lengua o cdigo de comunicacin, como la lengua deseas chilena, lengua nativa de los pueblos originarios, el sistema Braille u otrossistemas alternativos de comunicacin, o profundizar en algn aspecto delcurrculo correspondiente al nivel, a travs de la estrategia de integracin deasignaturas o incorporando objetivos de aprendizaje, materiales y actividades querespondan a las necesidades de profundizacin de algunos estudiantes. - Eliminacin de aprendizajes. La eliminacin de objetivos de aprendizaje sedebe considerar slo cuando otras formas de adecuacin curricular, corno lasdescritas anteriormente, no resultan efectivas. Esta ser siempre una decisin atomar en ltima instancia y despus de agotar otras alternativas para lograr que elestudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisin deeliminar un aprendizaje son los siguientes: . cuando la naturaleza o la severidad de la necesidad educativa especial es tal,que los otros tipos de adecuacin no permiten dar respuesta a las necesidades deaprendizaje del estudiante. . cuando los aprendizajes esperados suponen un nivel de dificultad al cual elestudiante con necesidades educativas especiales no podr acceder. . cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para el desempeo delestudiante con necesidades educativas especiales en relacin con los esfuerzos quesupondra llegar a alcanzarlos. . cuando los recursos y apoyos extraordinarios utilizados no han tenidoresultados satisfactorios. . cuando esta medida no afecte los aprendizajes bsicos imprescindibles, talescomo el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemticas y todas aquellasque permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana. Las adecuaciones curriculares a utilizar para los estudiantes con necesidadeseducativas especiales no deberan afectar los aprendizajes bsicos imprescindibles;por lo tanto, es importante considerar en primera instancia las adecuacionescurriculares de acceso antes de afectar los objetivos de aprendizaje del currculo.Las adecuaciones curriculares de acceso a travs de mnimos ajustes posibilitan quelos estudiantes participen en el currculum nacional en igualdad de condiciones quelos estudiantes sin necesidades educativas especiales.

    PROCESO DE TOMA DE DECISIONES PARA LA IMPLEMENTACIN DE LAS ADECUACIONESCURRICULARES

    El proceso de toma de decisiones para identificar las adecuaciones curricularesms pertinentes para cada estudiante, segn sus caractersticas individuales y decontexto, requiere del cumplimiento de tres aspectos fundamentales:

    1. Evaluacin diagnstica individual La evaluacin diagnstica individual es un proceso de recogida y anlisis de

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    informacin relevante de las distintas dimensiones del aprendizaje, as como de losdistintos factores del contexto educativo y familiar que intervienen en el proceso deenseanza y aprendizaje. Este procedimiento se encuentra normado para losestudiantes con necesidades educativas especiales en el decreto N 170/2010. Dichodecreto establece adems que la informacin relevante del proceso de evaluacindiagnstica as como la definicin de las necesidades de apoyo del estudiante conNEE se registra en un Formulario nico de Ingreso o de Revaluacin5 que proporcionael Ministerio de Educacin a los sostenedores y profesionales competentesresponsables del proceso de evaluacin diagnstica integral. Esta evaluacin tiene como punto de partida toda la informacin previarecabada por los docentes en el proceso de evaluacin inicial. Constituye un procesocooperativo, sustentado en un abordaje interdisciplinario, que considera laparticipacin de profesores, de la familia y de profesionales especializados paraidentificar los apoyos y las adecuaciones curriculares que podran requerir losestudiantes. La evaluacin diagnstica individual considera los siguientes mbitos: En relacin al estudiante Su propsito es recabar informacin que permita conocer tanto sus dificultadescomo fortalezas en el aprendizaje, tales como: . Aprendizajes prescritos en el currculum: logros y aprendizajes previos delos estudiantes en cada ncleo de aprendizaje (educacin parvularia) o asignatura. . Potencialidades e intereses: comprenden aquellas fortalezas, habilidades ydestrezas que pueden ser consideradas como puntos de apoyo al aprendizaje, as comolas reas, contenidos y tipo de actividades en que los y las estudiantes demuestranmayor inters, se sienten ms cmodos y motivados. . Barreras al aprendizaje: alude al conocimiento de las condiciones personales,los factores y obstculos del contexto y las respuestas educativas que dificultan olimitan el pleno acceso a la educacin y las oportunidades de aprendizaje. . Estilos de aprendizaje: mtodo o tipo de estrategias que tienden a utilizarpara aprender. Estos estilos son el resultado de condiciones personales (edad,capacidades, intereses, motivaciones, entre otras), as como del entorno y de lasoportunidades que el estudiante haya tenido para desarrollar funciones y habilidadescognitivas necesarias para resolver problemas de manera eficaz. En relacin al contexto educativo y familiar El objetivo es identificar aquellos factores relacionados con las condiciones dela enseanza y de la vida en el hogar que influyen en el aprendizaje y desarrollodel estudiante. . Establecimiento educacional: considera los aspectos de gestin institucionalinvolucrados, lo que implica identificar los recursos y medios de apoyo con quecuenta la institucin educativa para atender las necesidades educativas especialesde los estudiantes. . Aula: considera aspectos relacionados con la gestin curricular a nivel desala de clases, como por ejemplo, la valoracin de las interacciones, laparticipacin, las actividades y estrategias metodolgicas, las ayudasdiferenciadas que proporciona el docente a los estudiantes, los recursos para elaprendizaje, la organizacin del aula, los agrupamientos y las condiciones fsicasambientales. . Contexto familiar: considera los antecedentes socioeconmicos, culturales ypsicoafectivos del contexto familiar del estudiante, con especial atencin en losapoyos, expectativas y vnculos con los diferentes miembros de la familia.

    2. Definicin del tipo de Adecuacin Curricular La definicin del tipo de adecuacin curricular constituye un proceso atravs del cual los profesionales del establecimiento, en conjunto con la familiadel estudiante, definen el o los tipos de adecuaciones curriculares ms apropiadaspara responder a sus necesidades educativas, detectadas en el proceso de evaluacindiagnstica integral. En este proceso de definicin del tipo de adecuacin curricular, el rol dedocente (de asignatura) es fundamental, junto con el profesor de educacin especialdiferencial, en consideracin a que las adecuaciones curriculares se definenteniendo presente la evaluacin diagnstica individual, el conocimiento que tieneel profesor regular del estudiante y la planificacin de clase que elabora eldocente para el grupo curso. En su elaboracin, se debe asegurar al mximo laparticipacin de los estudiantes con necesidades educativas especiales, de manera deque estos alcancen los aprendizajes bsicos imprescindibles. En este proceso de definicin, la edad y el nivel educativo del estudiante quepresenta necesidades educativas especiales son factores relevantes; los nios ynias de educacin parvularia preferentemente deberan cursar el nivel educativosin adecuaciones curriculares a los objetivos de aprendizaje y posiblemente requieranadecuaciones de acceso, tales como aquellos nios y nias que presentan NEEasociadas a discapacidad sensorial y motora.

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    En el nivel educativo de enseanza bsica ciertos tipos de necesidadeseducativas especiales requieren adecuaciones curriculares a los objetivos deaprendizaje, especialmente cuando se produce un desfase significativo respecto a sunivel educativo correspondiente a su edad cronolgica. En ambas situaciones, elresultado del proceso de evaluacin diagnstica individual les permitir a losequipos de profesionales tomar las decisiones ms acertadas, que faciliten laparticipacin y progreso del estudiante en sus aprendizajes.

    3. Planificacin y registro de las adecuaciones curriculares Una vez que se han definido las adecuaciones curriculares que requiere elestudiante, es necesario que se elabore el Plan de Adecuaciones Curricularescorrespondiente, considerando como mnimo los siguientes aspectos: - Identificacin del establecimiento. - Identificacin del estudiante y sus necesidades educativas individuales ycontextuales. - Tipo de adecuacin curricular y criterios a considerar. - Asignatura(s) en que se aplicarn. - Herramientas o estrategias metodolgicas a utilizar. - Tiempo de aplicacin. - Responsable(s) de su aplicacin y seguimiento. - Recursos humanos y materiales involucrados. - Estrategias de seguimiento y evaluacin de las medidas y acciones de apoyodefinidas en el Plan. - Evaluacin de resultados de aprendizaje del estudiante. - Revisin y ajustes del Plan. Este proceso deber ser realizado fomentando al mximo la participacin delos estudiantes y sus familias, de manera que estos alcancen los aprendizajesesenciales, debiendo registrarse en un formato que el Ministerio de Educacindispondr para estos efectos y que debe estar a disposicin de la familia y de lasupervisin y/o fiscalizacin por parte de los encargados del Ministerio deEducacin y/o Superintendencia de Educacin y/o Agencia de la Calidad de laEducacin, segn corresponda, con atribuciones para ello. El Plan de Adecuacin Curricular Individual del estudiante se constituye en undocumento oficial ante el Ministerio de Educacin y debe acompaar al estudiantedurante su trayectoria escolar siempre que lo requiera, aportando informacinrelevante para la toma de decisiones de los distintos profesionales (docentes y nodocentes y familia), respecto de los eventuales ajustes al Plan, tomando enconsideracin los procesos de evaluacin de aprendizaje y el desarrollo evolutivodel estudiante.

    4. Evaluacin, calificacin y promocin de los estudiantes con necesidadeseducativas especiales Desde la perspectiva de los principios que guan la toma de decisiones deadecuacin curricular, la evaluacin, calificacin y promocin de los estudiantesque presentan necesidades educativas especiales se determinar en funcin de loestablecido en el Plan de Adecuacin Curricular Individual (PACI), procedimiento quedebe estar sealado en el Reglamento de Evaluacin del establecimiento paraeducacin bsica y segn las bases curriculares para educacin parvularia. La promocin de los estudiantes se determinar en funcin de los logrosobtenidos con relacin a los objetivos de aprendizaje establecidos en el Plan deAdecuacin Curricular Individual (PACI). Por ltimo, respecto de la obtencin de la licencia de estudios al finalizarla educacin bsica, sta debe extenderse partiendo de la premisa de que, en tantose est hablando de enseanza obligatoria, todos los estudiantes deben recibir unacertificacin si han completado los aos de estudio establecidos en cada etapaeducativa, ya sea que la hayan cursado con o sin adecuaciones curriculares. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted,Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educacin.

    1 LGE, artculo 34: "en el caso de la educacin especial o diferencial,corresponder al Ministerio de Educacin, previa aprobacin del Consejo Nacionalde Educacin, conforme al procedimiento establecido en el decreto 53, definircriterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidadeseducativas especiales, as como criterios y orientaciones de adecuacionescurriculares que permitan a los establecimientos educacionales planificar propuestaseducativas pertinentes y de calidad para estos alumnos, sea que estudien en escuelasespeciales o en establecimientos de educacin regular bajo la modalidad deeducacin especial en programas de integracin". 2 LGE, artculo 23: "Se entender que un alumno presenta necesidades

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    educativas especiales cuando precisa ayudas y recursos adicionales, ya sean humanos,materiales o pedaggicos, para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje, ycontribuir al logro de los fines de la educacin". 3 Relevante, en el sentido de que promueva el aprendizaje de las competenciasnecesarias para responder a las demandas de la sociedad actual y participaractivamente en ella. Pertinente, en tanto se adapta a las necesidades ycaractersticas de los estudiantes y de los diversos contextos sociales y culturales(UNESCO, 2004). 4 Los criterios y especificaciones para esta evaluacin individual, segn lanecesidad educativa especial, estn definidos en el decreto 170/2010 del Ministeriode Educacin. 5 http://www.educacionespecial.mineduc.cl/index2.php?id portal=20&idseccion=3084&id contenido=12802