Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Particular “Tratamiento Térmico de Residuos Peligrosos”
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- Capítulo I - 1 de 4
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DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y
DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
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CAPÍTULO I: DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL CONTENIDO
I.1 Proyecto.
I.1.1 Nombre del Proyecto. 3
I.1.2 Ubicación del Proyecto. 3
I.1.3 Tiempo de vida útil del Proyecto. 3
I.1.4 Duración total. 3
I.1.5 Presentación de la documentación legal. 4
I.2 Promovente
I.2.1 Nombre o razón social. 4
I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente. 4
I.2.3 Nombre y cargo del representante legal. 4
I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal para
recibir u oír notificaciones. 4
I.3 Responsable de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental
I.3.1 Nombre o razón social. 4
I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente. 4
I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio. Registro Federal
de Contribuyentes o CURP. Número de Cédula Profesional. 4
I.3.4 Dirección responsable técnico del estudio. 4
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I.1 Proyecto. El proyecto se ubica en el Km. 07 de la carretera ISIDRO FABELA, PARAJE ISIDRO FABELA, en la comunidad de EL CERRILLO en el Municipio de Lerma, Estado de México. I.1.1 Nombre del Proyecto. “Tratamiento Térmico de Residuos Peligrosos” I.1.2 Ubicación del Proyecto. ISIDRO FABELA S/N, PARAJE ISIDRO FABELA, EL CERRILLO, LERMA, ESTADO DE MÉXICO. I.1.3 Tiempo de vida útil del Proyecto. El tiempo de vida útil del proyecto serán 20 años. I.1.4 Duración total. El proyecto se contempla construir en una sola etapa y su duración total será de igual manera de 20 años. Por otra parte, el proyecto no llevará acabo actividades altamente riesgosas debido a que no se sobrepasa la cantidad de reporte, por lo que no se ingresa un Estudio de Riesgo Ambiental. I.1.5 Presentación de la documentación legal. CONTRATO DE COMPRAVENTA (ANEXO 1) I.2 Promovente I.2.1 Nombre o razón social. INGENIERIA AMBIENTAL INTEGRAL, S.A. DE C.V. I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente. IAI991011GI3 I.2.3 Nombre y cargo del representante legal.
I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones.
Proteccion de Datos LFTAIPG
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I.3 Responsable de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental I.2.1 Nombre o razón social.
I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente.
I.2.3 Nombre del responsable técnico del estudio. Registro Federal de Contribuyentes o CURP. Número de Cédula Profesional.
I.2.4 Dirección responsable técnico del estudio.
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DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
CAPÍTULO II: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. CONTENIDO II.1 Información General del Proyecto. 3
II.1.1 Naturaleza del Proyecto. 3
II.1.2 Selección del Sitio. 5
II.1.3 Ubicación Física del Proyecto y Planos de Localización. 5
II.1.4 Inversión Requerida. 7
II.1.5 Dimensiones del Proyecto. 7
II.1.6 Uso Actual del Suelo y/o Cuerpos de agua en el sitio del
Proyecto y sus colindancias. 7
II.1.7 Urbanización del Área y descripción de Servicios requeridos. 8
II.2 Características Particulares del Proyecto. 8
II.2.1 Descripción de obras principales del proyecto. 8
II.2.1.1 Datos particulares. 9
II.2.1.2 Capacidad de manejo de residuos peligrosos. 21
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II.2.2 Programa General de Trabajo. 23
II.2.3 Preparación del Sitio 24
II.2.4 Descripción de obras y actividades provisionales del
proyecto. 24
II.2.5 Etapa de construcción. 24
II.2.6 Etapa de operación y mantenimiento. 25
II.2.7 Otros insumos. 28
II.2.8 Descripción de obras asociadas al proyecto. 28
II.2.9 Etapa de abandono del sitio. 28
II.2.10 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos,
líquidos y emisiones a la atmósfera. 29
II.2.11 Infraestructura adecuada para el manejo y disposición
adecuada de los residuos. 29
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II.1. INFORMACION GENERAL DEL PROYECTO. II.1.1. NATURALEZA DEL PROYECTO.
El proyecto “Tratamiento Térmico de Residuos Peligrosos”, surge como una
respuesta a las necesidades del mercado regional, así como a la adaptación de
la empresa a esas necesidades; como es de conocimiento de las autoridades,
el incremento en la actividad industrial en la zona lleva inevitablemente de la
mano el incremento en la generación de residuos, muchos de los cuales por
sus características y de acuerdo a la normatividad vigente son considerados
como peligrosos y por lo mismo sujetos a la regulación Federal.
Los residuos que se pretenden tratar térmicamente son todos los residuos
considerados por la normatividad vigente como peligrosos, es decir, todos los
residuos considerados en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-
2005, con excepción de los explosivos plásticos, pólvoras en todas sus
variedades y materiales radioactivos.
Sin embargo e independientemente de la actividad específica a la que se
someta un residuo, y en lo particular un residuo peligroso, lo realmente
importante para el ambiente y la salud humana, es el poder evitar que estos
residuos generen debido al mal manejo de los mismos impactos irreversibles
en la naturaleza.
De ahí la importancia que cobra el desarrollo de este proyecto, ya que al estar
establecido en una zona industrial, como se muestra en la siguiente fotografía,
podrá cumplir con las disposiciones ambientales y de seguridad aplicables,
tales como el uso de suelo, además esto reducirá en mucho el impacto social
que suele involucrar este tipo de instalaciones por estar alejado de zonas
habitacionales y de servicios, mismas que son socialmente muy sensibles.
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Figura 2.1
El promovente del proyecto actualmente lleva a cabo la actividad de
almacenamiento de residuos peligrosos en un área colindante donde se
pretende llevar a cabo el proyecto, para lo cual cuenta con autorización por
parte del Estado en materia de impacto ambiental. Dicho predio tiene un área
ya construida (Figura 2.3) y con una nave, como se puede apreciar en la Figura
2.1, para lo cual, el promovente cuenta con las autorizaciones locales y
estatales. El proyecto se pretende ubicar dentro de la nave ya construida, por
lo que no se requerirá de preparación del sitio.
El proyecto implica la instalación y operación de un horno rotatorio en el cual se
llevará a cabo la incineración controlada de los residuos peligrosos, dicho
horno operará a promedio de 1100°C, además de contar con sistemas de
control de emisiones tales como un sistema colector de polvos y un lavador de
gases.
La capacidad instalada inicialmente será de 1093 kilogramos por hora de
residuo, al cual le corresponden en promedio 3,445,000 kilocalorías por
kilogramo de poder calorífico, el Horno Rotatorio de las siguientes
características:
Dimensiones: Diámetro: 1.4 metros.
Longitud: 2.7 metros.
Temperatura máxima: 1260°C
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Temperatura de operación: 1100°C.
Temperatura de trabajo en pared salida: 250 °C
Figura 2.2
La vida útil de este proyecto, se ha estimado sea de 20 años, sin embargo, esto
dependerá del cuidado en la operación del equipo así como del mercado de los
residuos que se pretenden incinerar.
II.1.2. SELECCIÓN DEL SITIO. El principal criterio utilizado en la selección del sitio se basa en el uso de suelo,
ya que de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo Urbano, el predio en donde
se pretende llevar a cabo el proyecto tiene una clasificación de uso de suelo en
la categoría de Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la
mezcla de vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H),, por lo que es
totalmente compatible con el proyecto, tal y como se analiza en el capítulo III,
cumpliendo así con todas las disposiciones legales aplicables minimizando el
impacto social que pudiera tener el presente proyecto. Por otra parte, el
promovente ya lleva a cabo actividades de almacenamiento de residuos
peligrosos en el mismo predio, para lo cual ya cuenta con autorizaciones a nivel
local y estatal.
II.1.3. UBICACIÓN FÍSICA DEL PROYECTO Y PLANOS DE LOCALIZACIÓN.
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El proyecto se ubica en el Km. 07 de la carretera Isidro Fabela, Paraje Isidro
Fabela, en la comunidad de El Cerrillo, en el Municipio de Lerma, Estado de
México.
Las coordenadas geográficas de la poligonal del predio en donde se ubicará el
proyecto son las siguientes:
Tabla 2.1
Punto Latitud N Longitud W
1 19° 18’ 53.32” 99° 31’ 40.14”
2 19° 18’ 51.68” 99° 31’ 52.40”
3 19° 19’ 07.00” 99° 31’ 55.22”
4 19° 19’ 08.60” 99° 31’ 43.66”
5 19° 18’ 56.23” 99° 31’ 53.23”
6 19° 18’ 57.64” 99° 31’ 41.27”
Figura 2.3
TERRENO VALDIO AREA CONSTRUIDA
CANAL DE AGUA
PROPIEDADPRIVADA
CAMINO
PROPIEDAD PRIVADA
16
5
4
3 2
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II.1.4. INVERSIÓN REQUERIDA.
Para el desarrollo del presente proyecto, se estima efectuar una inversión total
de aproximadamente $ 2’500,000 (dos millones quinientos mil pesos)
correspondiendo esto a la inversión por concepto de adquisición y puesta en
operación de equipos de proceso, además de la adecuación del predio en
donde se desarrollará.
En lo que hace a los costos necesarios para la aplicación de las medidas de
prevención y mitigación de impactos, estos se incluyen dentro de los gastos
operativos de la planta; por lo que el periodo de recuperación del capital de
inversión, se estima de entre 4 a 5 años a partir del inicio de operaciones.
II.1.5. DIMENSIONES DEL PROYECTO.
Las dimensiones que ocupará el proyecto son 4500 metros cuadrados en total,
distribuidos de la siguiente forma:
Área de proceso térmico: 400 m².
Área de almacenamiento de residuos peligrosos: 1700 m².
Área de carga y descarga de residuos peligrosos: 300 m².
Área de almacenamiento de gas: 50 m².
Área de almacenamiento de insumos: 50 m².
Área para actividades administrativas: 200 m².
Área libre: 1500 m².
Área de tanques de almacenamiento 300 m²
II.1.6. USO ACTUAL DE SUELO Y/O CUERPOS DE AGUA EN EL SITIO DEL PROYECTO Y EN SUS COLINDANCIAS.
De acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo Urbano, el predio en donde se
pretende llevar a cabo el proyecto tiene una clasificación de uso de suelo en la
categoría de Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la
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mezcla de vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H), por lo que es
totalmente compatible con el proyecto, tal y como se analiza en el capítulo III,
cumpliendo así con todas las disposiciones legales aplicables.
II.1.7. URBANIZACIÓN DEL ÁREA Y DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS REQUERIDOS.
Los servicios que serán requeridos para la operación del proyecto no son
mayores a los requeridos en la zona por otras industrias, tales como:
• Acceso carretero, el cual esta disponible de acuerdo a lo antes
mencionado.
• Corriente eléctrica, la cual será utilizada tanto en el área de proceso
como en las actividades administrativas asociadas.
• Agua y drenaje, el cual será utilizado únicamente por las actividades
administrativas.
• Red Telefónica, para los servicios administrativos.
II.2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO.
II.2.1. DESCRIPCIÓN DE OBRAS PRINCIPALES DEL PROYECTO.
El proyecto implica la instalación y operación de un horno rotatorio en el cual se
llevará a cabo la incineración controlada de todos los residuos considerados en
la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, con excepción de los
explosivos plásticos, pólvoras en todas sus variedades y materiales
radioactivos.
De acuerdo a lo anterior y para la construcción de esta planta, el proyecto
contempla la adecuación de la nave existente para el establecimiento de la
siguiente infraestructura, lo que implica la cimentación necesaria para el equipo
que se pretende instalar:
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Área de proceso térmico: 400 m².
Área de almacenamiento de residuos peligrosos: 1700 m².
Área de carga y descarga de residuos peligrosos: 300 m².
Área de almacenamiento de gas: 50 m².
Área de almacenamiento de insumos: 50 m².
Área para actividades administrativas: 200 m².
Área libre: 1500 m².
Área de tanques de almacenamiento 300 m²
II.2.1.1. DATOS PARTICULARES.
a) TIPO DE ACTIVIDAD O PROCESO QUE SE PRETENDE LLEVAR A
CABO.
La actividad que se realizará en este proyecto, será la incineración de todos los
residuos considerados en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-
2005, con excepción de los explosivos plásticos, pólvoras en todas sus
variedades y materiales radioactivos.
b) TIPO DE RESIDUOS QUE SERAN RECIBIDOS PARA SU
TRATAMIENTO.
Los residuos que se pretenden recibir son todos los residuos considerados en
la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, con excepción de los
explosivos plásticos, pólvoras en todas sus variedades y materiales
radioactivos.
c) NOMBRE, DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DE CADA UNO DE
LOS PROCESOS QUE SE PRETENDE REALIZAR EN EL CASO DE
TRATAMIENTO, ESPECIFICANDO LOS EQUIPOS DONDE SE
GENERAN CONTAMINANTES AL AIRE, AGUA Y SUELO, ASI COMO
AQUELLOS QUE SON DE MAYOR RIESGO.
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Los residuos serán recolectados por la propia empresa o una subcontratada,
ambas debidamente autorizadas por las autoridades competentes para realizar
esa actividad, la recolección se realizará en tambos metálicos de 200 litros, en
los cuales se depositarán los residuos hasta un promedio del 80% de su
capacidad, dichos tambos serán cerrados con tapa metálica.
Para la recolección se seguirán las siguientes etapas:
1. Acuerdo con el generador, en cuanto al tipo y cantidad de residuos a
enviar, envío de muestras y análisis de los parámetros establecidos en el
laboratorio, dichos parámetros serán de manera enunciativa y no limitativa:
poder calorífico, viscosidad, punto de inflamación y densidad. Una vez
establecida una relación comercial con el cliente, los análisis se realizarán
sólo hasta que los residuos lleguen a la planta.
2. El generador presenta la solicitud formal del servicio.
3. La empresa transportista a la cual se subcontratará realiza la recolección
del residuo y lo presenta en las instalaciones de la planta.
4. Se verifican los datos del manifiesto y se hace una inspección visual de los
residuos.
5. Se realizan los análisis de laboratorio correspondientes.
6. Se pesan los tambos y se toma el dato tanto para la etiqueta del tambo
como para la bitácora del almacén, así como para la comparación con lo
indicado en los manifiestos.
7. La bitácora del almacén en donde se anotará cada entrada de residuos
contendrá los siguientes datos: generador, número de envase, peso del
envase, número de control interno; fecha y hora de llegada a la planta.
8. En caso de no tener ningún inconveniente con el manifiesto o los análisis,
se procede a descargar los tambos en el almacén, no colocar la etiqueta
correspondiente.
El almacenamiento de los residuos se realiza con la intención de tenerlos en
una zona adecuada en el tiempo que se determina su incineración, dicha zona
de almacenamiento cubre las disposiciones legales necesarias tales como:
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• Esta aislada del resto de la planta
• Canaletas de retención
• Luz a prueba de explosión
• Zonas delimitadas para permitir el acceso de montacargas
En la siguiente fotografía se muestra la “nave” de almacenamiento, haciendo
hincapié en que ésta se adecuará para que cumpla con los requerimientos
citados anteriormente.
Figura 2.4
Posteriormente se determina de acuerdo a las características de los residuos,
principalmente su poder calorífico, la secuencia en la que los residuos serán
incinerados, por lo que deben ser retirados del almacén en ese orden, dejando
registro de esto en la bitácora del almacén; los residuos serán retirados con
montacargas o con “diablos” y serán llevados a la zona de incineración para ser
alimentados.
El proceso particular de incineración se divide en algunas etapas, en general
consiste en la oxidación térmica de los residuos por medio de la aplicación de
calor. Incineración.
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Los residuos una vez en la zona de alimentación son vaciados en la banda de
alimentación, esta banda cuenta con un cabezal magnético para capturar los
metales que pudieran estar dentro de la corriente de los residuos; el flujo de
alimentación al horno será de 4,200 Kg por cada 240 minutos.
Las condiciones mínimas de operación para permitir la alimentación al
incinerador son:
• Temperatura pared del rotatorio: > 500°C
• Presión de vacío en el postcombustor.
• Extractor en funcionamiento.
• Flujo de agua en el enfriador
• Sistema de lavado de gases operando
La banda de alimentación lleva a los residuos a la tolva de alimentación de
donde son ingresados al horno rotatorio, la velocidad de rotación del horno
puede variar, con lo cual se puede ajustar el tiempo de residencia de los
residuos dentro del horno.
Se dispone básicamente de cuatro parámetros fundamentales que son:
• Temperatura: De 900 a 1100 °C.
• Volumen: Tiempo de residencia para carga
máxima de 2.5 segundos.
• Atmósfera oxidante: 10% Oxígeno en gas.
• Radiación infrarroja: Llama de dos quemadores más el
refractario al rojo.
Enfriamiento de los gases.
Previo a que los gases pasen por las diferentes etapas de control de
emisiones, y para operar a una temperatura menor al umbral de formación de
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dioxinas, aún cuando no se considera que los residuos puedan tener un alto
contenido de cloro, se comienzan a enfriar, esto se realiza en un
intercambiador de calor con agua, lo cual permite que la temperatura de los
gases baje de 300°C a la salida del horno, hasta 100°C. La cantidad de agua
que recirculará en este sistema de enfriamiento es de 48 m3.
Lavado de gases.
Figura 2.5
Para eliminar los componentes ácidos de los gases con contenido de cloro,
azufre, etc., éstos se pasan a través de un lavado con solución de sosa
cáustica por medio de una tecnología basada en la dispersión molecular, con
dos etapas de lavado, habiendo al final de cada una, unos platos de lavado
para lograr una mezcla íntima gas-solución.
La solución se mantiene con un pH alrededor de 10, añadiendo sosa de forma
intermitente y a la vez, purgando parte de la solución para que se incremente el
contenido de las sales. Los arrastres de gotas a la salida de este lavado, se
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separan por medio de filtros de malla inoxidable. La purga continua va a la
Planta de Tratamiento Físico-Química. Tecnología del Equipo Hevac –Italia.
Chimenea. Será de 8 metros de altura con un diámetro de 40 cm, disponiendo de
plataforma para realizar los muestreos correspondientes. Así mismo de
instalarán los equipos necesarios para realizar los monitoreos continuos que
establece la NOM-098-SEMARNAT-2002.
En el proceso, como entradas los siguientes:
- Gas L.P. a quemadores.
- Residuos autorizados.
- Agua.
- Solución de sosa cáustica.
- Aire a quemadores y hornos.
Asimismo, solamente tiene como salidas al exterior lo siguiente:
- Gases CO2 y vapor de agua por la chimenea.
- Escorias y cenizas del horno rotatorio.
- Lodos del sistema de lavado de gases.
d) CARACTERISTICAS GENERALES FISICAS, QUIMICAS Y/O
BIOLOGICAS DE LOS RESIDUOS QUE SERAN RECIBIDOS Y
SOMETIDOS AL PROCESO DE TRATAMIENTO.
Como se mencionó anteriormente las características de los residuos podrán
variar, sin embargo se consideran peligrosos por sus características CRETI,
particularmente por Inflamables y en algunos casos Tóxicos.
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e) RESTRICCIONES PARA RECIBIR RESIDUOS PELIGROSOS.
CRITERIOS DE RECHAZO.
Las restricciones para la recepción de residuos peligrosos se basan en:
• Coincidencia con los residuos establecidos en el Manifiesto.
• Que las características de los mismos coincidan con la corriente de
residuos referida en el inciso b)
• El alto contenido de cloro en los mismos.
• Restricciones establecidas en la Ley General para la Prevención y
Gestión Integral de los Residuos.
f) DESCRIPCION DE TODOS LOS PROCESOS. APOYAR CON
DIAGRAMA DE FLUJO.
Los residuos serán recolectados por una empresa subcontratada y
debidamente autorizada por las autoridades competentes para realizar esa
actividad, la recolección se realizará en tambos metálicos de 200 litros, en los
cuales se depositarán los residuos hasta un promedio del 80% de su
capacidad, dichos tambos serán cerrados con tapa metálica.
Para la recolección se seguirán las siguientes etapas:
1. Acuerdo con el generador, en cuanto al tipo y cantidad de residuos a
enviar, envío de muestras y análisis de los parámetros establecidos en el
laboratorio, dichos parámetros serán de manera enunciativa y no
limitativa: poder calorífico, viscosidad, punto de inflamación y densidad.
Una vez establecida una relación comercial con el cliente, los análisis se
realizarán sólo hasta que los residuos lleguen a la planta.
2. El generador presenta la solicitud formal del servicio.
3. La empresa transportista a la cual se subcontratará realiza la recolección
del residuo y lo presenta en las instalaciones de la planta.
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4. Se verifican los datos del manifiesto y se hace una inspección visual de
los residuos.
5. Se realizan los análisis de laboratorio correspondientes.
6. Se pesan los tambos y se toma el dato tanto para la etiqueta del tambo
como para la bitácora del almacén, así como para la comparación con lo
indicado en los manifiestos.
7. La bitácora del almacén en donde se anotará cada entrada de residuos
contendrá los siguientes datos: generador, número de envase, peso del
envase, número de control interno; fecha y hora de llegada a la planta.
8. En caso de no tener ningún inconveniente con el manifiesto o los análisis,
se procede a descargar los tambos en el almacén, no colocar la etiqueta
correspondiente.
El almacenamiento de los residuos se realiza con la intención de tenerlos en
una zona adecuada en el tiempo que se determina su incineración, dicha zona
de almacenamiento cubre las disposiciones legales necesarias tales como:
• Esta aislada del resto de la planta
• Canaletas de retención
• Luz a prueba de explosión
• Zonas delimitadas para permitir el acceso de montacargas
Posteriormente se determina de acuerdo a las características de los residuos,
principalmente su poder calorífico, la secuencia en la que los residuos serán
incinerados, por lo que deben ser retirados del almacén en ese orden, dejando
registro de esto en la bitácora del almacén; los residuos serán retirados con
montacargas o con “diablos” y serán llevados a la zona de incineración para ser
alimentados.
El proceso particular de incineración se divide en algunas etapas, en general
consiste en la oxidación térmica de los residuos por medio de la aplicación de
calor.
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- Capítulo IV - 21 de 17
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Incineración.
Los residuos una vez en la zona de alimentación son vaciados en la banda de
alimentación, esta banda cuenta con un cabezal magnético para capturar los
metales que pudieran estar dentro de la corriente de los residuos; el flujo de
alimentación al horno será de 4,200 Kg por cada 240 minutos.
Las condiciones mínimas de operación para permitir la alimentación al
incinerador son:
• Temperatura pared del rotatorio: > 500°C
• Presión de vacío en el postcombustor.
• Extractor en funcionamiento.
• Flujo de agua en el enfriador
• Sistema de lavado de gases operando
La banda de alimentación lleva a los residuos a la tolva de alimentación de
donde son ingresados al horno rotatorio, la velocidad de rotación del horno
puede variar, con lo cual se puede ajustar el tiempo de residencia de los
residuos dentro del horno.
Se dispone básicamente de cuatro parámetros fundamentales que son:
• Temperatura: De 900 a 1100 °C.
• Volumen: Tiempo de residencia para carga
máxima de 2.5 segundos.
• Atmósfera oxidante: 10% Oxígeno en gas.
• Radiación infrarroja: Llama de dos quemadores más el
refractario al rojo.
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Enfriamiento de los gases.
Previo a que los gases pasen por las diferentes etapas de control de
emisiones, y para operar a una temperadita menor al umbral de formación de
dioxinas, aún cuando no se considera que los residuos puedan tener un alto
contenido de cloro, se comienzan a enfriar, esto se realiza en un
intercambiador de calor con agua, lo cual permite que la temperatura de los
gases baje de 300°C a la salida del horno, hasta 100°C, la cantidad de agua
recirculando en este sistema de enfriamiento es de 48 m3.
Lavado de gases. Para eliminar los componentes ácidos de los gases con contenido de cloro,
azufre, etc., éstos se pasan a través de un lavado con solución de sosa
cáustica por medio de una tecnología basada en la dispersión molecular, con
dos etapas de lavado, habiendo al final de cada una, unos platos de lavado
para lograr una mezcla íntima gas-solución.
La solución se mantiene con un pH alrededor de 10, añadiendo sosa de forma
intermitente y a la vez, purgando parte de la solución para que se incremente el
contenido de las sales. Los arrastres de gotas a la salida de este lavado, se
separan por medio de filtros de malla inoxidable. La purga continua va a la
Planta de Tratamiento Físico-Química. Tecnología del Equipo Hevac –Italia
Chimenea. Será de 8 metros de altura con un diámetro de 40 centímetros, disponiendo de
plataforma para realizar los muestreos correspondientes. Así mismo de
instalarán los equipos necesarios para realizar los monitoreos continuos que
establece la NOM-098-SEMARNAT-2002.
En el proceso, como entradas los siguientes:
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- Gas L.P. a quemadores.
- Residuos sólidos.
- Agua.
- Solución de sosa cáustica.
- Aire a quemadores y hornos.
Asimismo, solamente tiene como salidas al exterior lo siguiente:
- Gases CO2 y vapor de agua por la chimenea.
- Escorias y cenizas del horno rotatorio.
- Lodos del sistema de lavado de gases.
g) CAPACIDAD DE DISEÑO.
La capacidad instalada será de 1093 kilogramos por hora de residuo, al cual le
corresponden en promedio 3,445,000 kilocalorías por kilogramo de poder
calorífico, el Horno Rotatorio (del cual se muestra el área de entrada de los
residuos en la siguiente fotografía) de las siguientes características:
Dimensiones: Diámetro: 1.4 metros.
Longitud: 2.7 metros.
Temperatura máxima: 1260°C
Temperatura de operación: 1100°C.
Temperatura de trabajo en pared salida: 250 °C
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Figura 2.6
La vida útil de este proyecto, se ha estimado sea de 20 años, sin embargo, esto
dependerá del cuidado en la operación del equipo así como del mercado de los
residuos que se pretenden incinerar.
h) SERVICIOS QUE SE REQUIEREN PARA EL DESARROLLO DE LAS
OPERACIONES Y/O PROCESOS.
Los servicios que serán requeridos para la operación del proyecto no son
mayores a los requeridos en la zona por otras industrias, tales como:
• Acceso carretero, el cual esta disponible de acuerdo a lo antes
mencionado (y se muestra en la siguiente fotografía).
• Corriente eléctrica, la cual será utilizada tanto en el área de proceso
como en las actividades administrativas asociadas.
• Agua y drenaje, el cual será utilizado únicamente por las actividades
administrativas.
• Red Telefónica, para los servicios administrativos.
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Figura 2.7
i) DESCRIPCION DEL SISTEMA PARA SISTEMA DE REUTILIZACION
DE AGUA.
El sistema de enfriamiento, como ya se mencionó, consta de un flujo cerrado
de agua, a dicha agua, se le agregan aditivos para la conservación del sistema
de enfriamiento, sin embargo y a pesar de ser un sistema cerrado, se tienen
pérdidas de agua por evaporación y arrastre de agua en la torre de
enfriamiento, cantidad que es repuesta con agua corriente.
j) SEÑALAR SI SE INCLUYEN SISTEMAS PARA LA COGENERACION
Y/O RECUPERACION DE ENERGIA.
No se incluyen sistemas para la cogeneración y/o recuperación de energía.
II.2.1.2. CAPACIDAD DE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS. La capacidad instalada de este proyecto para el manejo de residuos esta
íntimamente relacionada con la capacidad del equipo principal, que es el horno
rotatorio y que como se menciono antes será de 1093 kilogramos por hora de
residuo.
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a) VOLUMEN ESTIMADO DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS QUE SE
PRETENDEN TRATAR.
De acuerdo a los datos referidos en el punto anterior, se tendrá una capacidad
de recepción e incineración de 720 toneladas mensuales de residuos
peligrosos, lo que equivaldrá a 8,640 toneladas anuales.
b) VOLUMEN ESTIMADO DE LA PRODUCCION TOTAL ANUAL Y
PROMEDIO MENSUAL CUANDO SE TRATE REUSO O RECICLAJE
DE R. P.
No aplica.
c) CAPACIDAD INSTALADA DE LA PLANTA.
La capacidad instalada de este proyecto para el manejo de residuos esta
íntimamente relacionada con la capacidad el equipo principal, que es el horno
rotatorio y que como se menciono antes será de 1093 kilogramos por hora de
residuo.
d) CAPACIDAD DE RECEPCION INSTALADA POR MES.
De acuerdo a los datos referidos en el punto anterior, se tendrá una capacidad
de recepción e incineración de 720 toneladas mensuales de residuos
peligrosos, lo que equivaldrá a 8,640 toneladas anuales.
e) PRODUCCION TOTAL Y DESGLOSADA DE LOS SUBPRODUCTOS
OBTENIDOS.
No aplica, por no tener productos ni subproductos, debido a la naturaleza de
las operaciones a realizar.
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II.2.2. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO.
Las actividades planteadas para el desarrollo de este proyecto, se han
planteado de tal forma que se tenga el tiempo suficiente en cada una de ellas
para poder cumplir con todos los requerimientos legales, operativos y de
seguridad necesarios.
De manera general, el programa de trabajo para la puesta en marcha de este
proyecto, se estima en 16 semanas, en las que se pretenden desarrollar las
siguientes actividades:
Tabla 2.2
Semanas Actividades 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16
Obtención de los permisos y autorizaciones necesarios a nivel Municipal, Estatal y Federal
Adecuación del almacén de residuos
Adecuación del edificio administrativo
Instalación del Horno Rotatorio y los equipos de control
Montaje de instalación de servicios
Puesta en marcha
Una vez instalada la planta, y habiendo iniciado la operación regular de la
misma, se pondrá en marcha el programa de mantenimiento, el cuál se
mantendrá en funciones durante todo el desarrollo del proyecto.
Así mismo, cuando la vida útil del proyecto se cumpla, se podrán tomar dos
determinaciones, en caso de que el proyecto pueda seguir, se deberán de
tomar las medidas necesarias para garantizar la operación segura de la planta,
incluyendo los cambios y modificaciones en los equipos en los que se
considere pertinente, por otro lado, en caso de determinar el fin del proyecto y
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el subsecuente abandono del sitio, se deberá implementar un plan de
desmantelamiento de la planta, en el que se incluirá la disposición de los
residuos que no se hayan incinerado, el desmantelamiento de la planta y la
caracterización del sitio.
II.2.3. PREPARACIÓN DEL SITIO.
No se llevará a cabo ninguna preparación del sitio como tal, ya que como se
mencionó anteriormente, el proyecto se pretende desarrollar en una zona
industrial, y ya se cuenta con una nave construida, que será adecuada para la
ejecución de todas las actividades.
Derivado de lo anterior, es importante mencionar que no se realizará ninguna
actividad de desmonte, despalme ni de nivelación.
II.2.4. DESCRIPCIÓN DE OBRAS Y ACTIVIDADES PROVISIONALES DEL PROYECTO. Conforme a lo expuesto anteriormente, el proyecto se realizará en una nave ya construida dentro de una zona industrial, por lo que no habrá actividades provisionales de construcción. II.2.5. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN. Como se mencionó antes, el proyecto se realizará en una nave ya construida
dentro de una zona industrial, por lo que no habrá una etapa de construcción,
solamente se adecuará dicha nave para la ejecución del proyecto, es decir, se
llevará a cabo la cimentación necesaria dentro de la nave para la instalación de
los equipos, adecuación del almacén de residuos, del edificio administrativo, y
la instalación del horno rotatorio, equipos de control y servicios.
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II.2.6. ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO.
a) DESCRIPCION GENERAL DEL TIPO DE SERVICIOS QUE SE
BRINDARAN EN LAS INSTALACIONES.
Como ya se ha mencionado, la actividad que se realizará en este proyecto,
será la incineración de todos los residuos considerados en la Norma Oficial
Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, con excepción de los explosivos
plásticos, pólvoras en todas sus variedades y materiales radioactivos.
b) TECNOLOGIAS QUE SE UTILIZARAN.
Como se mencionó anteriormente, para la realización del presente proyecto se
pretende instalar un Horno Rotatorio en el cual se llevará a cabo la incineración
controlada de los residuos peligrosos, dicho horno operará a promedio de
1100°C, además de contar con sistemas de control de emisiones tales como un
sistema colector de polvos y un lavador de gases.
La capacidad instalada inicialmente será de 1093 kilogramos por hora de
residuo, al cual le corresponden en promedio 3,445,000 kilocalorías por
kilogramo de poder calorífico, el Horno Rotatorio de las siguientes
características:
Dimensiones: Diámetro: 1.4 metros.
Longitud: 2.7 metros.
Temperatura máxima: 1260°C
Temperatura de operación: 1100°C.
Temperatura de trabajo en pared salida: 250 °C
c) TIPO DE REPARACIONES A SISTEMAS, EQUIPOS, ETC.
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Las reparaciones que se realicen en el sistema de incineración podrán deberse
a diferentes razones, sin embargo como ya se ha planteado se pretende
instaurar un sistema de mantenimiento que permita una operación segura y
continua de los equipos.
Sin embargo, es importante mencionar que en etapas de mantenimiento o por
contingencias la alimentación de los residuos será suspendida, de acuerdo a
las limitantes operativas marcadas en la NOM-098-SEMARNAT-2002, lo
anterior para proteger al medio ambiente de emisiones por arriba de lo
establecido en la citada norma y por protección de los equipos de la planta.
d) VOLUMEN Y TIPO DE AGUA QUE SERA EMPLEADA.
Como se mencionó anteriormente, el uso del agua en la planta tendrá
básicamente dos funciones, el de uso administrativo, el cual se estima tenga un
consumo de 48 m3 por mes; y el otro es en el sistema de enfriamiento de gases
provenientes del horno rotatorio, ya que a pesar que este sistema opera como
un circuito cerrado, se tienen pérdidas de agua por evaporación y arrastre de
agua en la torre de enfriamiento, cantidad que es repuesta con agua corriente,
en la que se estima un consumo de 150 m3 por mes.
e) RECURSOS UTILIZADOS, PERSONAL REQUERIDO, TIPO DE
MAQUINARIA Y EQUIPO Y CARACTERISTICAS DE ESTOS QUE
DERIVEN EN IMPACTOS
Los recursos que se utilizarán en el proyecto son el agua y combustible, sin
embargo son recursos que se utilizan en toda la zona con fines industriales, por
lo que no se considera que dichos consumos generen un impacto adicional al
ya generado por las actividades de la zona.
En cuanto al personal requerido, se contará con un total de 12 empleados, de
los operativos se contará con 8 empleados, mientras que en área
administrativa se contará con 4.
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Por lo que respecta a la maquinaria y equipo a utilizar en esta etapa, esta es la
que se ha indicado en el inciso II.2.1.1 de este capítulo y que consiste en lo
siguiente:
Un Horno Rotatorio de las siguientes características:
Dimensiones: Diámetro: 1.4 metros.
Longitud: 2.7 metros.
Temperatura máxima: 1260°C
Temperatura de operación: 1100°C.
Temperatura de trabajo en pared salida: 250 °C
Este horno, dispondrá de los siguientes equipos satélites:
• Banda transportadora (características)
• Tolva de alimentación
• Intercambiador de calor
• Lavador de gases
• Torre de enfriamiento
II.2.7. OTROS INSUMOS.
El principal insumo del proceso a desarrollar en este proyecto son los residuos
peligroso que se incinerarán en el horno rotatorio, sin embargo y como se ha
mencionado a lo largo de este Capítulo, para la operación de esta planta, se
utilizarán de manera general los siguientes insumos: Agua, Hidróxido de Sodio
y Gas L. P., de los cuales se puede considerar como insumo no peligroso al
agua y como insumo peligroso al gas y al hidróxido de sodio, en la siguiente
tabla se muestran la capacidad máxima de almacenamiento y el consumo
promedio mensual.
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Tabla 2.3
INSUMO CANTIDAD A ALMACENAR CONSUMO MENSUAL
Agua 48 m3 200 m3
Hidróxido de Sodio 3479 m3 3479 m3
Gas L.P. 1166 lts 1166 lts
II.2.8. DESCRIPCIÓN DE OBRAS ASOCIADAS AL PROYECTO.
Considerando que la obra principal del proyecto es el horno rotatorio y
tomándolo como un elemento aislado, las obras asociadas al proyecto serán:
• Almacén de Residuos Peligrosos
• Almacén de insumos
• Áreas administrativas
• Área de control de emisiones
II.2.9. ETAPA DE ABANDONO DEL SITIO.
En el momento que por razones operativas, administrativas o de mercado se
determine el abandono del sitio se deberá implementar un plan de
desmantelamiento de la planta, en el que se incluirán los siguientes puntos:
• La disposición de los residuos peligrosos que no se hayan incinerado.
• El desmantelamiento de la planta, considerando para la disposición de
los equipos aquellos que pudieran estar contaminados con residuos
peligrosos y aquellos que no.
• Disponer de los insumos catalogados como peligrosos (Gas L.P. e
Hidróxido de Sodio), que pudiera tenerse almacenado.
• Caracterización del sitio, considerando las zonas críticas tales como
almacén de residuos peligrosos, zona de alimentación al incinerador,
etc.
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II.2.10. GENERACIÓN, MANEJO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, LÍQUIDOS Y EMISIONES A LA ATMÓSFERA.
Este proyecto tiene por propósito el manejo de todos los residuos considerados
en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, con excepción de
los explosivos plásticos, pólvoras en todas sus variedades y materiales
radioactivos; sin embargo derivado de dicha actividad se generarán residuos
tales como escorias, cenizas y lodos.
Las escorias y las cenizas se generarán en el horno rotatorio, estas se
depositan en tambos, para ser almacenadas y posteriormente dispuestas como
residuos peligrosos.
Los lodos acuosos provenientes del sistema de lavado de gases, se enviarán a
incineración en el horno rotatorio, o en su caso se podrán almacenar en tambos
y se dispondrán de acuerdo a la peligrosidad que se determine de acuerdo a lo
establecido en la normatividad vigente.
Así mismo, se tendrán emisiones a la atmósfera, las cuales serán expulsadas
en la chimenea, dichas emisiones tanto en lo que se refiere al tipo y frecuencia
de los monitoreos así como los límites y parámetros a monitorear están
reguladas por la NOM-098-SEMARNAT-2002.
II.2.11. INFRAESTRUCTURA PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN
ADECUADA DE LOS RESIDUOS. En lo referente a la infraestructura para el manejo adecuado de los residuos, se
reitera que la actividad principal de este proyecto será precisamente para esta
actividad.
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En lo que se refiere a la suposición de los residuos generados y como se
mencionó en el punto anterior la disposición de los residuos se realizará de
acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:
Tabla 2.4
Residuo Origen Disposición
Escorias y ceniza Horno Rotatorio
Disposición final en un
confinamiento de
residuos peligrosos
Lodos Sistema de lavado de
gases Horno Rotatorio
Emisiones Chimenea
Emisión a la atmósfera
de acuerdo a la NOM-
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VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON
LA REGULACIÓN SOBRE USO DEL SUELO
CAPÍTULO III: VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN SOBRE USO DEL SUELO. CONTENIDO
III.1 Análisis de los Ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental 3
III.1.1 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. 4
III.1.2 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. 5
III.1.3 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto
Ambiental.
7
III.1.4 Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos. 10
III.1.5 Normas Oficiales Mexicanas. 13
III.2 Análisis de la Regulación sobre uso del suelo. 20
III.2.1 Programa de Desarrollo Urbano 20
III.2.2 Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio. 23
III CA
PÍT
ULO
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III.3 Análisis de las Declaratorias de Áreas Naturales Protegidas. 29
III.4 Conclusiones. 29
CAPITULO III
VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON
LA REGULACIÓN SOBRE USO DEL SUELO
III.1 Análisis de los Ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental El Proyecto, tal y como se describió en el capítulo II, incluye la construcción y
operación de un horno rotatorio en el cual se llevará a cabo la incineración
controlada de los residuos peligrosos. Derivado de lo anterior, las obras y
actividades que se pretenden llevar a cabo corresponden a aquellas citadas las
fracción IV del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LeyGEEPA) así como el inciso M fracción II del
Reglamento de la LeyGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental,
lo que significa que son competencia de la Federación para su evaluación en
materia de impacto ambiental. Es por lo anterior, que en estricto cumplimiento
con lo establecido en la legislación federal ambiental, se elaboró la presente
manifestación de impacto ambiental modalidad particular para obtener la
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autorización en materia de impacto ambiental para el proyecto.
La LeyGEEPA establece en su Artículo 35 que la Secretaría revisará que la
solicitud de autorización de impacto ambiental se ajuste a las formalidades
previstas por la misma ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas
aplicables, y se sujetará a lo que establezcan a su vez los programas de
desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias
de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten
aplicables. La ley es clara en el sentido de la responsabilidad de la autoridad
de revisar que el proyecto se ajuste a la legislación ambiental, así como que se
sujete a lo previsto en otros ordenamientos, por lo que a continuación se
presenta un análisis de la vinculación del proyecto con dichos ordenamientos
jurídicos establecidos por la Ley, con los que el proyecto en evaluación deberá
cumplir:
III.1.1 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo Contenido Cumplimiento
28
La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:
Se presenta la manifestación de impacto ambiental modalidad particular del proyecto, en cumplimiento de este artículo, para obtener la autorización en materia de impacto ambiental.
Fracc. IV Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radiactivos.
El proyecto se ajusta a los supuestos de la fracción IV del artículo 28.
30 Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual
En cumplimiento de esta artículo, se presenta la manifestación de impacto ambiental modalidad
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deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
particular, considerando el conjunto de los elementos que conforman el ecosistema en donde se encuentra, así como las medidas preventivas y de mitigación que se presentan mas delante en los capítulos correspondientes.
35
Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría iniciará el procedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades previstas en esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, e integrará el expediente respectivo en un plazo no mayor de diez días. Para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28, la Secretaría se sujetará a lo que establezcan los ordenamientos antes señalados, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. Asimismo, para la autorización a que se refiere este artículo, la Secretaría deberá evaluar los posibles efectos de dichas obras o actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación. (…)
Aún cuando el artículo se refiere específicamente a las obligaciones de la Secretaría en relación al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, el actual capítulo III de la manifestación de impacto ambiental modalidad particular atiende lo establecido en el capítulo 35 en lo referente a la vinculación del proyecto con la LeyGEEPA, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. En relación al tercer párrafo del mismo artículo, los posibles efectos que el proyecto pudiera ocasionar se presentan en el capítulo V de la presente manifestación.
III.1.2 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Artículo Contenido Cumplimiento
50 Se requiere autorización de la Secretaría para: V. La incineración de residuos peligrosos;
Una vez emitida la Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental,
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para el presente proyecto, se solicitará la Autorización correspondiente ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
61
Tratándose de procesos de tratamiento por incineración y tratamiento térmico por termólisis, la solicitud de autorización especificará las medidas para dar cumplimiento a las normas oficiales mexicanas que se expidan de conformidad con los convenios internacionales de los que México sea parte.
El cumplimiento que dará el proyecto a la NOM-098-SEMARNAT-2002, se establece en la vinculación del proyecto con la citada norma.
62
La incineración de residuos, deberá restringirse a las condiciones que se establezcan en el Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes, en las cuales se estipularán los grados de eficiencia y eficacia que deberán alcanzar los procesos, y los parámetros ambientales que deberán determinarse a fin de verificar la prevención o reducción de la liberación al ambiente de sustancias contaminantes, particularmente de aquellas que son tóxicas. En los citados ordenamientos se incluirán especificaciones respecto a la caracterización analítica de los residuos susceptibles de incineración, así como de las cenizas resultantes de la misma, y al monitoreo periódico de todas las emisiones sujetas a normas oficiales mexicanas, cuyos costos asumirán los responsables de las plantas de incineración. La Secretaría, al establecer la normatividad correspondiente, tomará en consideración los criterios de salud que al respecto establezca la Secretaría de Salud.
EL ordenamiento legal al que hace alusión es artículo corresponde a la NOM-098-SEMARNAT-2002, para la cual ya se ha expuesto el cumplimiento correspondiente.
63
La Secretaría, al reglamentar y normar la operación de los procesos de incineración y co-procesamiento de residuos permitidos para tal efecto, distinguirá aquellos en los cuales los residuos estén sujetos a un co-procesamiento con el objeto de valorizarlos mediante su empleo como combustible alterno para la generación de energía, que puede ser aprovechada en la producción de bienes y servicios. Deberán distinguirse los residuos que por sus características, volúmenes de generación y acumulación, problemas ambientales e impactos económicos y sociales que ocasiona su manejo inadecuado, pudieran ser objeto de co-procesamiento. A su vez, deberán establecerse restricciones a la incineración, o al co-procesamiento mediante combustión de residuos susceptibles de ser valorizados mediante otros procesos, cuando éstos estén disponibles, sean ambientalmente eficaces, tecnológica y económicamente factibles. En tales casos, deberán
Actualmente no se han emitido restricciones a la incineración de residuos peligros salvo la que se atenderá más adelante del artículo 67 de la LGPGIR, sin embargo, como se desarrollo en el Capítulo II de esta Manifestación de Impacto Ambiental, sin embargo para los residuos que se pretenden incinerar en el desarrollo del presente proyecto, no existe otra opción de manejo para los mismas que este disponible, sea ambientalmente eficaz, tecnológica y económicamente factible, por lo que el desarrollo del
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promoverse acciones que tiendan a fortalecer la infraestructura de valorización o de tratamiento de estos residuos, por otros medios.
presente proyecto es viable bajo estos principios.
67
En materia de residuos peligrosos, está prohibido: IX. La incineración de residuos peligrosos que sean o contengan compuestos orgánicos persistentes y bioacumulables; plaguicidas organoclorados; así como baterías y acumuladores usados que contengan metales tóxicos; siempre y cuando exista en el país alguna otra tecnología disponible que cause menor impacto y riesgo ambiental.
En el desarrollo del proyecto no se contempla la incineración de ningún compuesto orgánico persistente ni bioacumulable, tampoco se incinerarán plaguicidas clorados, baterías ni acumuladores.
III.1.3 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental Artículo Contenido Cumplimiento
5 Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:
Se presenta la manifestación de impacto ambiental modalidad particular del proyecto, en cumplimiento de este artículo, para obtener la autorización en materia de impacto ambiental.
M)
INSTALACIONES DE TRATAMIENTO, CONFINAMIENTO O ELIMINACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS, ASÍ COMO RESIDUOS RADIACTIVOS: II) Construcción y operación de plantas para el tratamiento, reuso, reciclaje o eliminación de residuos peligrosos, con excepción de aquellas en las que la eliminación de dichos residuos se realice dentro de las instalaciones del generador, en las que las aguas residuales del proceso de separación se destinen a la planta de tratamiento del generador y en las que los lodos producto del tratamiento del generador y en las que los lodos producto del tratamiento sean dispuestos de acuerdo con las normas jurídicas aplicables…
El proyecto, de acuerdo a lo descrito en el capítulo II de la presente manifestación de impacto ambiental, se ajusta con los supuestos del inciso M fracción II del artículo 5 del Reglamento, debido a que se trata de la construcción y operación de un incinerador de residuos peligrosos que implica la eliminación de los mismos y la infraestructura y servicios necesarios y ya descritos.
9
Los promoventes deberán presentar ante la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita autorización. La Información que contenga la manifestación de impacto ambiental deberá referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del proyecto.La Secretaría proporcionará a los promoventes
En cumplimiento de este artículo, se presenta la manifestación de impacto ambiental modalidad particular para que la Secretaría realice la evaluación del proyecto. La información contenida en la presente manifestación se refiere a las circunstancias
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guías para facilitar la presentación y entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. La Secretaría publicará dichas guías en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.
relevantes vinculadas con la realización del proyecto y que se presentan en sus diferentes capítulos. Se consultó la guía correspondiente publicada por la Secretaría para la elaboración de la manifestación de impacto ambiental, sin que la información se limitara a la misma.
10
Las manifestaciones de impacto ambiental deberán presentarse en las siguientes modalidades: I. Regional, o II. Particular.
La manifestación de impacto ambiental del proyecto se presenta en su modalidad particular en función a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento.
11
Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de: I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas; II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento;III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada, yIV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.
La manifestación de impacto ambiental del proyecto se presenta en su modalidad particular en función a lo establecido en el presente artículo, ya que el mismo no se ajusta a los supuestos señalados en las fracciones I, II, III o IV de dicho artículo, por lo que por exclusión cae en el supuesto del último párrafo del mismo artículo 11.
12
La manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, deberá contener la siguiente información: I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental; II. Descripción del proyecto;
El desarrollo de los capítulos de la presente manifestación de impacto ambiental corresponde a las fracciones establecidas en el Artículo 12.
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III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo;IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto; V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales; VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales VII. Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas, y VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.
17
El promovente deberá presentar a la Secretaría la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, anexando: I. La manifestación de impacto ambiental; II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental, presentado en disquete, y III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes. Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley, deberá incluirse un estudio de riesgo.
La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental que se presenta anexa la manifestación de impacto ambiental, el resumen del contenido de la misma presentado de manera electrónica y la copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes. Para el caso del presente proyecto, no se pretenden llevar a cabo actividades consideradas como altamente riesgosas debido a que en ningún caso se sobrepasan las cantidades de reporte establecidas en el primer y segundo listado de actividades altamente riesgosas.
19
La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, sus anexos y, en su caso, la información adicional, deberán presentarse en un disquete al que se acompañarán cuatro tantos impresos de su contenido. ...
La presente solicitud de autorización en materia de impacto ambiental se presentan de manera electrónica acompañándose de cuatro tantos impresos de su contenido.
35 Los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo podrán ser elaborados por los interesados o por cualquier persona física o moral.
La presente manifestación de impacto ambiental fue elaborada por el responsable establecido
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en el capítulo I de la misma.
36
Quienes elaboren los estudios deberán observar lo establecido en la Ley, este reglamento, las normas oficiales mexicanas y los demás ordenamientos legales y reglamentarios aplicables. Asimismo, declararán, bajo protesta de decir verdad, que los resultados se obtuvieron a través de la aplicación de las mejores técnicas y metodologías comúnmente utilizadas por la comunidad científica del país y del uso de la mayor información disponible, y que las medidas de prevención y mitigación sugeridas son las más efectivas para atenuar los impactos ambientales.La responsabilidad respecto del contenido del documento corresponderá al prestador de servicios o, en su caso, a quien lo suscriba. Si se comprueba que en la elaboración de los documentos en cuestión la información es falsa, el responsable será sancionado de conformidad con el Capítulo IV del Título Sexto de la Ley, sin perjuicio de las sanciones que resulten de la aplicación de otras disposiciones jurídicas relacionadas.
Tal y como ya se ha mencionado anteriormente, para la elaboración de la presente manifestación se observó lo establecido en la LeyGEEPA, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resultasen aplicables.
III.1.4 Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Artículo Contenido Cumplimiento
49
La información relativa a la actividad para la cual se solicita autorización describirálo siguiente:
VI. Para la prestación de servicios de incineración de residuos peligrosos: a) El proceso que se empleará
para incinerar residuos peligrosos, mencionando las capacidades nominal y de operación, anuales, de los equipos a instalar, incluyendo el balance de materiay energía e indicando los parámetros de control del proceso;
b) Las temperaturas de proceso, eficiencia del equipo, eficiencia de destrucción de los residuos que puede alcanzar el sistema, tiempo de residencia de los
La mayor parte de la información establecida en este artículo ya esta integrada en la presente Manifestación de Impacto Ambiental, sin embargo se integrará a la solicitud de Autorización correspondiente ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
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gases y las concentraciones de los contaminantes que genera el equipo;
c) El sistema de alimentación de residuos peligrosos, así como las operaciones realizadas en esta actividad;
d) Los combustibles utilizados para la incineración de residuos, incluyendo su almacenamiento y forma de alimentación durante la operación, y
e) El sistema de control y monitoreo de emisiones, incluyendo su operación y puntos de muestreo.
Lo previsto en esta fracción aplica para pirólisis, plasma y gasificación.
51
Además de la documentación señalada en los artículos anteriores, de acuerdo con la actividad que se pretenda realizar, se anexará la siguiente:
I. Para la incineración de residuos peligrosos, la propuesta de protocolo de pruebas específico para esta actividad. Lo previsto en esta fracción aplica para pirólisis, plasma y gasificación;
La propuesta del protocolo de pruebas se presentará, al solicitar la Autorización correspondiente ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
55
Los plazos de resolución para las autorizaciones, atendiendo a la actividad respecto de la cual se solicite autorización de la Secretaría, serán los siguientes:
III. Para la utilización de residuos peligrosos en incineración y co-procesamiento, treinta días hábiles, y
En el tiempo de desarrollo del proyecto, se toman en cuenta los tiempo necesarios para la resolución de los distintos trámites que se deben de realizar, bajo el entendido que el proyecto no operará hasta en tanto no cuente con todas las Autorizaciones correspondientes.
57
En tanto no se expidan las normas oficiales mexicanas que regulen tecnologías o procesos de reciclaje, tratamiento, incineración, gasificación, plasma, termólisis u otros, la Secretaría podrá solicitar al prestador de servicio el proyecto ejecutivo y desarrollo de un protocolo de pruebas, siempre que:
I. La tecnología o el proceso sea innovador y no exista experiencia al respecto;
II. Existan antecedentes de que la citada tecnología o proceso no es eficaz para los residuos peligrosos
La propuesta del protocolo de pruebas se presentará, al solicitar la Autorización correspondiente ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
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que se pretenden manejar; III. Se pretenda realizar incineración
de residuos, o IV. Se pretenda manejar compuestos
halogenados u orgánicos persistentes.
El protocolo de pruebas se realizará de acuerdo con lo establecido en la norma oficial mexicana correspondiente.
58
La vigencia de las autorizaciones en materia de manejo de residuos peligrosos será:
II. Para la reutilización, reciclaje, co-procesamiento, tratamiento, gasificación, plasma, termólisis, incineración, operación de centros de acopio o transporte, diez años.
En el tiempo de desarrollo del proyecto, se toman en cuenta los tiempos necesarios para la resolución de los distintos trámites que se deben de realizar, bajo el entendido que el proyecto no operará hasta en tanto no cuente con todas las Autorizaciones correspondientes.
71
Las bitácoras previstas en la Ley y este Reglamento contendrán:
II. Para el monitoreo de parámetros de tratamiento, incineración, reciclaje y co-procesamiento de residuos peligrosos: a) Proceso autorizado; b) Nombre y características del
residuo peligroso sujeto a tratamiento;
c) Descripción de los niveles de emisiones o liberaciones generadas durante el proceso, incluyendo su frecuencia e intensidad, y
d) Condiciones de temperatura, presión y alimentación del proceso.
Durante la operación del proyecto se tendrá disponible para la consulta de la Autoridad competente, una bitácora que contendrá los puntos señalados.
105
Conforme a lo ordenado en el artículo 67, fracción III, de la Ley, los compuestos orgánicos persistentes, incluyendo a los bifenilos policlorados, así como los residuos que los contengan, no podrán disponerse finalmente en confinamientos controlados o en cualquier otro sitio si contienen concentraciones iguales o superiores a cincuenta partes por millón.
Los compuestos orgánicos persistentes incluyendo a los bifenilos policlorados, los organohalogenados como los organofluorados, así como los residuos que los contengan, sólo podrán descontaminarse, tratarse o eliminarse de acuerdo con las normas oficiales
En el desarrollo del proyecto no se contempla la incineración de bifenilos policlorados, ni de compuestos organohalogenados ni organofluorados
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mexicanas correspondientes, entre otros, bajo cualquiera de los siguientes procesos:
I. Extracción líquido-líquido; II. Retrolavado; III. Químicos catalíticos; IV. Incineración, y V. Gasificación, plasma o pirólisis. En cualquier caso, será indispensable
para la obtención de la autorización para operar los procesos antes mencionados, la ejecución de un protocolo de pruebas.
III.1.5 Normas Oficiales Mexicanas El proyecto dará cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, en
particular a la NOM-098-SEMARNAT-2002.
Especificaciones aplicables de la NOM-098-SEMARNAT-2002 Cumplimiento
5.1 Los responsables de la instalación de incineración de residuos peligrosos deben presentar a la Secretaría un resultado del protocolo de pruebas dentro del plazo señalado en su autorización.
En el caso de incineración de residuos peligrosos, los resultados del protocolo de pruebas deben ser presentados en los términos y formalidades que establece el Trámite SEMARNAT-07-012 “Autorización para el manejo de residuos peligrosos que pretendan su reuso, reciclaje, tratamiento o incineración”, del Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios que aplica la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2003.
La propuesta del protocolo de pruebas se presentará, al solicitar la Autorización correspondiente ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
5.2 Las instalaciones de incineración deben operar en todo momento con un operador calificado en la operación del equipo.
El programa de capacitación correspondiente se presentará ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
5.3 La instalación de incineración debe contar con un sistema de registro de datos a través de bitácoras o archivos electrónicos, aplicables a la recepción,
Durante la operación del proyecto se tendrá disponible para la consulta de la Autoridad competente, una bitácora que contendrá los puntos señalados.
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almacenamiento, proceso de incineración incluyendo los sistemas de control de emisiones, monitoreo de contaminantes y disposición de residuos sólidos de acuerdo a lo que establezca la Secretaría.
5.4 Las bitácoras deben ser libretas foliadas, el registro también puede ser en archivos electrónicos, en ambos casos deben guardarse por un tiempo mínimo de 5 años.
Durante la operación del proyecto se tendrá disponible para la consulta de la Autoridad competente, una bitácora que contendrá los puntos señalados, la cual estará disponible con los datos correspondientes por 5 años.
5.5 No debe llevarse a cabo la incineración de residuos peligrosos que sean o contengan compuestos orgánicos persistentes y bio-acumulables; plaguicidas organoclorados; así como baterías y acumuladores usados que contengan metales tóxicos; siempre y cuando exista en el país alguna otra tecnología disponible que cause menor impacto y riesgo ambiental.
En el desarrollo del proyecto no se contempla la incineración de ningún compuesto orgánico persistente ni bioacumulable, tampoco se incinerarán plaguicidas clorados, baterías ni acumuladores.
6.1 Es requisito indispensable para la instalación que presta servicios a terceros para la aceptación de los residuos peligrosos, la presentación del Manifiesto de Entrega-Transporte-Recepción de Residuos Peligrosos.
Durante la operación del proyecto se solicitará como condición para la recepción de los residuos, el manifiesto de entrega, transporte y recepción de residuos, así mismo se verificara que los residuos coincidan con la establecido en el manifiesto correspondiente.
6.2 En el caso de residuos peligrosos y de la instalación de incineración que presta servicios a terceros, el responsable de la instalación de incineración, antes de aceptar el ingreso de este tipo de residuos a su establecimiento, debe verificar:
a) Si la composición física y química de los residuos peligrosos coincide con los descritos por el generador en el Manifiesto y si éstos son compatibles con el equipo de incineración;
b) La masa de los residuos; c) Las medidas adecuadas para su
almacenamiento y manejo conforme a las características de incompatibilidad que, en su caso, puedan presentar respecto de otros residuos peligrosos recibidos;
d) La empresa habrá de efectuar una medición por radiación, utilizando un detector de centelleo, en caso de que la lectura sea mayor a dos veces el fondo,
Durante la operación del proyecto, se realizará inicialmente una inspección visual de los residuos, posteriormente se verificará por medio de pruebas de laboratorio que las características de los mismos coincidan con lo establecido en el manifiesto, así mismo se verificará la cantidad en masa de los residuos, en caso contrario se regresarán los residuos al generador. En el caso de las medidas almacenar residuos incompatibles, es importante señalar que se recibirá sólo una corriente de residuos, por lo que no se recibirán residuos incompatibles, así mismo las características de almacén temporal son as adecuadas para dicho tipo de residuos.
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se dará aviso de inmediato a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias y se procederá siguiendo las instrucciones que indique la misma.
e) En caso de no satisfacer las condiciones mencionadas en el inciso a), los residuos peligrosos no deben ser recibidos en la instalación del incinerador.
6.3 Para el caso de los residuos considerados como no peligrosos, no es necesario cumplir con lo indicado en los incisos anteriores.
No se pretende incinerar residuos no peligrosos.
7.1 La instalación de incineración debe contar con un área de almacenamiento, de conformidad con los ordenamientos jurídicos aplicables; para los materiales y residuos, con una capacidad mínima de por lo menos dos veces la capacidad diaria de operación autorizada.
El proyecto contara con un almacenamiento de residuos peligrosos, el cual abarcará un área 1700 metros cuadrados, el cual cumplirá con los ordenamientos jurídicos aplicables, destacando las siguientes medidas de seguridad:
Esta aislado del resto de la planta Canaletas de retención Luz a prueba de explosión Zonas delimitadas para permitir el acceso de montacargas
7.2 La instalación de incineración debe contar con los sistemas de control o con una planta generadora de energía eléctrica para emergencias, que garanticen el paro seguro y la combustión completa de los residuos en caso de falla del suministro eléctrico.
El proyecto contará con una planta de energía eléctrica alterna, la cual tendrá la capacidad suficiente para garantizar el paro del equipo de una manera segura.
7.3 La instalación de incineración contará con un sistema para el pesaje de los residuos que se reciban.
El proyecto contará con una báscula para el pesaje de los residuos a la recepción de los mismos, así mismo se utilizará para tener un control de salidas del almacén.
7.4 Las empresas de servicios a terceros deben contar con un laboratorio dentro de sus instalaciones, el cual deberá realizar una evaluación presuntiva del contenido de cloro en cada lote de residuos admitidos, por cualquier método de análisis. Esto no aplica para residuos biológico-infecciosos.
El proyecto contará con un laboratorio, el cual tendrá el equipo necesario para verificar las características de los residuos a su recepción, sin embargo es importante señalar que dadas las características de los residuos que se pretende recibir, no se espera que tengan contenido de cloro.
7.5 El diseño, equipamiento y funcionamiento de las instalaciones de incineración deben permitir que la temperatura de los gases derivados de la incineración de los residuos se eleve, tras la última inyección de aire de combustión, de manera controlada y homogénea, aun
La temperatura de operación del incinerador es de 1100°C, así mismo el tiempo de residencia es de 2.5 segundos, por lo que, para ambos parámetros se cumple de manera satisfactoria, así mismo como se ha indicado anteriormente no se pretenden incinerar
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en las condiciones más desfavorables, hasta por lo menos 850°C, alcanzados en o cerca de la pared interna, de la cámara de combustión final, durante un tiempo mínimo de por lo menos dos segundos. En el caso de que se incineren residuos peligrosos que contengan más del 1% de sustancias organocloradas expresadas en cloro, la temperatura deberá elevarse hasta 1,100°C, y durante 2 segundos como mínimo.
Cuando se compruebe que por cuestiones tecnológicas, de eficiencia de los equipos y por la corriente de los residuos a incinerar, la temperatura de operación pueda ser menor a 1100ºC, con una eficienciade destrucción del 99.9999% para el compuesto organoclorado de mayor estabilidad térmica que se encuentre en dicha corriente de residuos, la Secretaría podrá autorizar la operación a una temperatura inferior a la señalada en este inciso, misma que no podrá ser menor a 850ºC y el tiempo de residencia será de dos segundos como mínimo.
Por el contrario, para aquellos residuos cuya temperatura de destrucción sea mayor a 1100ºC, la Secretaría podrá determinar la temperatura y tiempo de residencia a cumplir, para garantizar su destrucción.
En el caso de los equipos que incineren exclusivamente Residuos Peligrosos-Biológico Infecciosos (RPBI), el tiempo de residencia puede ser menor a dos segundos, siempre y cuando se cumpla con los límites de emisión que aparecen en la Tabla 1 de esta Norma Oficial Mexicana.
residuos con sustancias organocloradas.
7.6 Para evitar las emisiones fugitivas, la presión de operación de las cámaras de combustión del incinerador debe ser negativa.
La presión dentro del horno rotatorio será negativa.
7.7 La unidad de incineración debe estar equipada con quemadores que se pongan en marcha de manera automática cuando la temperatura descienda por debajo de la mínima establecida para su operación.
El incinerador tendrá un sistema de control, de tal forma que si la temperatura desciende por debajo de la temperatura de operación, se iniciará la alimentación de combustible, con lo que se mantendrá la temperatura de operación.
7.8 La unidad de incineración debe Como se mencionó anteriormente, el
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contar con un sistema de paro automático en la alimentación de residuos peligrosos el cual se acciona cuando:
a) Durante la puesta en marcha, no se alcance la temperatura mínima requerida;
b) No logre mantenerse la temperatura mínima de incineración requerida;
c) Las emisiones de monóxido de carbono (CO) sobrepasen los valores máximos permisibles;
equipo de incineración, tendrá un sistema de control que alimenta combustible para alcanzar y mantener la temperatura de operación, así mismo la alimentación se detendrá siempre que la temperatura sea menor a la de operación, y cuando las emisiones de CO sean mayores a las establecidas por esta misma norma.
7.9 El operador debe mantener un registro diario en bitácora foliada o archivos electrónicos, a disposición de la PROFEPA, en la cual registrará la siguiente información:
a) Tipo y cantidad de residuos incinerados, en el caso de las empresas de servicios a terceros, los resultados del análisis de cloro a que se refiere el párrafo 7.4 de la presente Norma;
b) Temperatura del equipo en las diferentes cámaras y equipos de control;
c) Tipo y cantidad de combustible consumido;
d) Arranques, paros y horas de operación del equipo;
e) Fallas y problemas presentados durante la operación del equipo, señalando las medidas correctivas adoptadas para el restablecimiento de las condiciones normales de operación;
f) Mediciones de los contaminantes especificados en las tablas de esta Norma; en el caso de mediciones continuas referenciar la localización de los registros;
g) Condiciones de operación del equipo de control de emisiones (presión, temperatura y tasa de alimentación);
h) Cantidad, tipo y destino final de los residuos generados por el incinerador, y
i) Nombre y firma del responsable de la instalación de incineración.
Durante la operación del incinerador se mantendrá disponible para la Autoridad competente, un registro de las variables de operación del mismo, el cual contendrá los datos correspondientes a este punto.
7.10 No se permite la alimentación manual del incinerador; la alimentación con una carga de residuos mayor o con residuos diferentes a los que han sido autorizados por la Secretaría.
El proyecto incluye la instalación de un sistema de alimentación automática, así mismo como se mencionó anteriormente no se recibirán residuos fuera de los establecidos.
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7.11 Las instalaciones de incineración deben de contar con un Programa para Atención a Contingencias y con los sistemas o procedimientos para prevenir y responder a incendios o explosiones, así como a fugas o derrames de residuos.
El programa de atención a contingencias correspondiente se presentará ante la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
7.12 Las cenizas y otros residuos sólidos que se generen durante los procesos de incineración, serán considerados como residuos peligrosos, por lo que su manejo deberá cumplir con lo establecido en los ordenamientos legales aplicables.
Las cenizas se dispondrán como residuos peligrosos, para lo cual se realizarán los arreglos comerciales correspondientes, mismos que se realizarán únicamente con empresas Autorizadas por la SEMARNAT.
7.13 Si el contenido de materia volátil en la ceniza es mayor al 10%, éstas deben ser realimentadas al incinerador.
En el caso que las cenizas contengan mas del 10% de material volátil serán realimentadas al incinerador, en caso contrario se dispondrán como residuos peligrosos.
7.14 Las descargas de aguas residuales procedentes de las instalaciones de incineración, deben cumplir con lo dispuesto en la normatividad aplicable o las condiciones particulares de descarga que, en su caso, establezca la autoridad competente.
Las descargas de agua, provendrán del sistema de lavado de gases, en este caso, previo a su descarga, se atenderán los ordenamientos jurídicos aplicables.
7.15 Las instalaciones de incineración que cuenten con autorización para llevar a cabo el tratamiento de bifenilos policlorados y compuestos organoclorados, según lo establecido en el apartado 7.5, deben demostrar anualmente una eficiencia de destrucción y remoción (EDR) de al menos 99.9999 por ciento, respecto al compuesto de mayor dificultad de destrucción presente en el residuo alimentado.
Para determinar el compuesto de mayor dificultad presente en el residuo alimentado, es necesario tomar como base el compuesto organoclorado con mayor estabilidad térmica que se encuentre en la corriente de residuos a incinerar.
En el presente proyecto no se pretenden incinerar bifenilos poiclorados ni compuestos organoclorados.
7.16 En caso de que por razones de fallas en los equipos de alimentación automática, medición continua, control de emisiones, o alguna otra falla que impida el funcionamiento de la operación autorizada del incinerador, se debe suspender la alimentación de los
Como se indicó anteriormente sólo se alimentaran residuos al incinerador cuando se tengan las condiciones necesarias para esto, en otro caso no se alimentarán residuos, así mismo la recepción de los residuos se continuará atendiendo siempre a la capacidad del
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residuos. La recepción de los mismos podrá continuar siempre y cuando no se rebase la capacidad del área de almacenamiento de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.1, de la presente Norma Oficial Mexicana.
almacén, la cual no se rebasará con lo que se evitarán riesgos innecesarios.
8.1 La instalación de incineración debe contar con sistemas para la medición continua de indicadores de buenas prácticas de operación y control, contando por lo menos con un equipo de monitoreo continuo para la temperatura de la cámara de combustión final y para las emisiones de monóxido de carbono (CO) y oxígeno (O2), a la salida de los gases de chimenea.
El proyecto incluirá un sistema de medición continua para CO y para O2, en la chimenea y como se mencionó anteriormente, las lecturas de CO, serán determinantes para la alimentación de residuos al equipo.
8.2 Para llevar a cabo la medición de las emisiones a la atmósfera, los incineradores deben contar con plataforma y puertos de muestreo en el ducto de salida de los gases de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 fracción III del Reglamento de la Ley en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera y de acuerdo a lo especificado en la Norma NMX-AA-009/1993-SCFI, referida en el punto 3 de esta Norma Oficial Mexicana.
El puerto de muestreo que se pretende instalar en la chimenea del incinerador, cumplirá con lo establecido en los ordenamientos jurídicos aplicables.
9.1 Los límites máximos permisibles de emisiones son los establecidos en la Tabla 1 de la presente Norma Oficial Mexicana.
Las emisiones a la atmósfera, provenientes del incinerador cumplirán con lo establecido en la presente norma, esto se demostrará con el desarrollará del protocolo de pruebas correspondiente, así como con los muestreos y análisis establecidos en la misma norma.
9.2 La temperatura máxima de los gases antes del equipo de control de emisiones cuando se utilicen lavadores secos debe ser menor a 250°C. En los demás casos, la temperatura de los gases a la salida de la chimenea no debe rebasar dicho valor.
Aún cuando la temperatura de operación será de 1100°C, la temperatura de salida de los gases se estima será de 100°C, lo cual se podrá obtener con el sistema de enfriamiento de los gases.
9.3 Los límites máximos permisibles de emisión, la frecuencia de medición y los métodos de evaluación son los establecidos en la Tabla 1 de esta Norma Oficial Mexicana y se aplicarán todo el tiempo para las instalaciones de incineración, excepto en periodos de arranque o paro de los equipos.
Las emisiones a la atmósfera, provenientes del incinerador cumplirán con lo establecido en la presente norma, esto se demostrará con el desarrollará del protocolo de pruebas correspondiente, así como con los muestreos y análisis establecidos en la misma norma.
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9.4 En caso de mal funcionamiento del equipo de medición continua, debe efectuarse al menos una medición diaria puntual hasta que el desajuste sea corregido y dar aviso de inmediato a la Secretaría, de la falla y el tiempo estimado para su ajuste, para que ésta determine lo conducente. La utilización de métodos de evaluación, distintos a los señalados en la Tabla 1 se sujetará a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.
En caso de que no sea posible llevar a cabo la medición diaria puntual se debe suspender la alimentación de los residuos al incinerador.
En caso de falla del sistema de monitoreo continuo, se podrán efectuar mediciones puntuales en el caso de que las necesidades de operación así lo requieran, sin embargo preferentemente se detendrá la alimentación de residuos hasta en tanto no se tenga el equipo funcionando adecuadamente.
9.5 El responsable de la instalación de incineración podrá quedar exento de realizar el análisis de alguno o varios de los parámetros establecidos en la Tabla 1 de esta Norma Oficial Mexicana, cuando demuestre a la Secretaría que por las características de los residuos a tratar no genera o concentra los contaminantes a exentar, manifestándolo a ella por escrito y bajo protesta de decir la verdad. En caso de falsedad, el responsable queda sujeto a los ordenamientos legales aplicables.
La disposición anterior no aplica para los parámetros relacionados con la calidad de la combustión (CO, NOx).
Estas exenciones sólo podrán ser autorizadas por un plazo no mayor a 2 años, siempre y cuando los resultados de 3 años consecutivos de mediciones de los parámetros a exentar estén 25% por debajo de los límites máximos permisibles indicados en la Tabla 1.
En el caso de que derivado de los resultados del protocolo de pruebas y los análisis posteriores, se detecte que puede solicitarse la exención de algún parámetro de la Tabla No. 1, se solicitará a la Autoridad competente.
III.2 Análisis de la Regulación sobre uso del suelo
III.2.1 Programa de Desarrollo Urbano
El Municipio de Lerma cuenta con un Plan Municipal de Desarrollo Urbano. El
sitio del proyecto, de acuerdo a lo establecido en dicho plan, se clasifica como
área urbana de acuerdo al siguiente plano (E1: Clasificación del Territorio –
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ANEXO), es decir, el sitio del proyecto forma parte del área urbana que
comprende una superficie de 4216.43 hectáreas, que representan el 18.45 %
de la superficie total del municipio.
El área urbana actual comprende las áreas habitacionales consolidadas de la
ciudad de Lerma, sus 34 delegaciones, las áreas de uso industrial y
equipamientos.
Figura 3.1. Plano E1: Clasificación del Territorio (Plan Municipal de Desarrollo Urbano)
El sitio en donde se pretende desarrollar el proyecto, de acuerdo al Plan
Municipal de Desarrollo Urbano, tiene un uso de suelo en la categoría de
Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la mezcla de
vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H), de acuerdo a su localización en el
siguiente plano (E2: Usos de Suelo y Estructura Urbana – ANEXO):
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Figura 3.2. Plano E2: Usos de Suelo y Estructura Urbana (Plan Municipal de Desarrollo
Urbano)
El uso de suelo Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la
mezcla de vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H) establece los siguientes
usos generales:
Industriales mezclados con servicios financieros, bodegas y depósitos
múltiples con venta directa al público, instalaciones para la recreación y los
deportes, instalaciones para la procuración de justicia, manufacturera de
productos generales alimenticios, tabaco, papel, metálicos, no metálicos,
metálica básica, textiles, prendas de vestir, cuero y calzado, otras
manufactureras, comercio de productos y servicios básicos, y especializados.
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Se permitirá la construcción de industria no contaminante y con bajo consumo
de agua y energéticos, así como la mezcla con vivienda densidad H 100-A, 100
viv / ha.
El proyecto se ajusta a lo establecido en los usos generales para el uso de
suelo Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la mezcla de
vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H) en el que se establece ya que la
eliminación de residuos peligrosos a través de la incineración de los mismos se
considera un servicio especializado, además de que contará con las medidas
preventivas para evitar la contaminación de los componentes ambientales en
donde se ubica.
El uso de suelo en donde se ubicará el proyecto establece las siguientes
Normas de Uso:
Se podrán autorizar subdivisiones de predios en la industria, cuando las
fracciones resultantes tengan como mínimo 600 m2 de superficie y un frente de
cuando menos 25 metros lineales, altura máxima de construcción 15 metros; se
dejará como mínimo 25% de la superficie del lote sin construir.
El proyecto se ajusta a las anteriores normas de uso ya que no se tiene la
intensión de fraccionar.
III.2.2 Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio
El sitio del proyecto se ubica en el ámbito de aplicación del Programa de
Ordenamiento Ecológico del Territorio del Estado de México, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México. En dicho
ordenamiento, el Municipio de Lerma, en donde se ubica el proyecto, se
encuentra en la región VII y se divide en 15 unidades ecológicas, de las cuales,
el proyecto se localiza en la unidad número 13.4.2.978.223 con las siguientes
características:
Clave de la unidad: Ag-4-223
Uso predominante: Agricultura
Fragilidad Ambiental: Alta
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Política Ambiental: Conservación
Criterios de regulación ecológica aplicables: 1 al 28
Figura 3.2
El proyecto se ubica en la Unidad Ambiental Ag-4-223 con un uso
predominante agrícola, clasificado con una fragilidad ambiental alta y una
política de conservación, sin embargo tanto la fragilidad como la política se
refieren a las áreas de la Unidad Ambiental que sirven de áreas de
amortiguamiento a la unidad ambiental clasificada como área natural protegida
Proyecto
Proyecto
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en del mismo programa de ordenamiento (An-5-634) que se ubica dentro de la
Unidad Ambiental Ag-4-223, caso muy contrario al sitio en donde se localizará
el proyecto, mismo que se ubica en una zona ya impactada con componentes
ambientales no relevantes (se analiza a detalle en el capítulo IV) y en la parte
opuesta y mas alejada la unidad ambiental An-5-634, del otro lado del Río
Lerma que tiene un severo problema de contaminación como se analiza en el
capítulo IV, por lo que el proyecto se ajusta al espíritu de la clasificación de la
unidad ambiental en la que se ubica, además que como se mencionó en el
capítulo II, el predio ya se encuentra contraído con una nave en donde se
llevará a cabo el proyecto, y el promovente cuenta con las autorizaciones a
nivel local y estatal para las actividades que realiza actualmente, por lo que no
contraviene con el objeto del programa de ordenamiento.
Por otra parte, el proyecto cumple con los criterios del Programa de
Ordenamiento Ecológico del Territorio que le son aplicables como se muestra a
continuación:
Criterios de regulación ecológica aplicables: 1 al 28
Criterio Especificación Cumplimiento
1 Consolidación urbana de los centros de población existentes, respetando su contexto ambiental de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad.
No aplica. Sin embargo, el proyecto se ajusta a la normatividad ambiental aplicable, tal y como se analiza en este capítulo.
2 Promover la construcción prioritariamente de terrenos baldíos dentro de la mancha urbana.
No aplica. El proyecto, como se describió en el capítulo II, se llevará a cabo en una nave ya construida dentro del predio del promovente.
3 Evitar el desarrollo de asentamientos humanos en las áreas naturales protegidas.
No aplica. El proyecto no implica el desarrollo de asentamientos humanos, además de no ubicarse dentro de áreas naturales protegidas.
4 Promover la restauración ecológica y reverdecimiento de los asentamientos humanos hasta alcanzar el 12% mínimo
No aplica. El proyecto no implica el desarrollo de asentamientos humanos, sin embargo se respetará el criterio 24 de este
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de área verde del total de un predio. ordenamiento que establece que en todo proyecto de construcción se deberá dejar por lo menos un 12% de área jardinada.
5 Garantizar la conservación de áreas que, de acuerdo a sus características ambientales (flora, fauna, especies con estatus con valor histórico o cultura, entre otros), lo ameriten.
No aplica. Como se mencionó en el capítulo II y en el IV, el sitio en donde se ubicará el proyecto es una zona industrial previamente impactada y que no tiene elementos ambientales relevantes.
6 Conservar las áreas verdes como una zona de recarga y pulmón de la zona urbana, con énfasis en áreas de preservación.
El proyecto cumplirá con lo establecido en el criterio 24 de este ordenamiento que establece que en todo proyecto de construcción se deberá dejar por lo menos un 12% de área jardinada.
7 Toda nueva contrucción deberá incluir en su diseño lineamientos de acuerdo al entorno natural.
No aplica. No se pretende llevar a cabo una nueva construcción. El proyecto se ejecutará en una nave ya construida.
8 No se permitirá la construcción en lugares con alta incidencia de peligros naturales como zonas de cárcavas, barrancas, suelos con niveles superficiales de mantos freáticos, fracturas, fallas, taludes, suelos arenosos, zonas de inundación, deslave, socavones, minas, almacenamiento de combustible, líneas de alta tensión, o riesgo volcánico, así como infraestructura que representa un riesgo a la población a menos que se cuente con un proyecto técnico que garantice la seguridad de las construcciones.
No aplica. Como se ha venido analizando y se describió en el capítulo II, el proyecto no implica la construcción de nueva infraestructura, además que no se localizará en sitios con las características establecidas en el criterio. Finalmente el proyecto no se clasifica como actividad altamente riesgosa, sin embargo se contarán con todas las medidas que garantice la seguridad de la construcción actual.
9 Los municipios por conducto del estado, podrán celebrar convenios con la Federación o con otras entidades, en materia de protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico.
No aplica. Su cumplimiento es competencia y responsabilidad del municipio.
10 Los municipios por conducto del estado, podrán convenir con la Comisión Nacional del Agua la administración de las barrancas urbanas con el objeto de mantener el
No aplica. Su cumplimiento es competencia y responsabilidad del municipio.
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espacio verde y zonas de infiltración.
11 Prohibir todo tipo de obras y actividades en derechos de vía, zonas federales, estatales, y dentro o alrededor de zonas arqueológicas cuando no se cuente con la aprobación expresa de las dependencias responsables.
No se llevarán a cabo obras o actividades en derechos de vía, zonas federales, estatales, y dentro o alrededor de zonas arqueológicas.
12 Que toda autorización para el desarrollo urbano e infraestructura en el estado, esté condicionada a que se garantice el suministro de agua potable y las instalaciones para el tratamiento de aguas residuales.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción y ya cuenta con servicios.
13 Aplicación de diseño bioclimático (orientación solar, ventilación natural y uso de materiales de la región) en el desarrollo urbano, particularmente en espacios escolares y edificaciones públicas.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción.
14 Definir los sitios para centros de transferencia y/o de acopio para el manejo de residuos sólidos domiciliarios.
No aplica. El proyecto no implica a centros de transferencia y/o acopio. Su cumplimiento es competencia y responsabilidad del municipio.
15 Incorporar en los desarrollos habitacionales mayores a 10 viviendas, sistemas de captación de agua pluvial (lluvia), mediante pozos de normatividad.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción. No se trata de un desarrollo habitacional.
16 Se deberán desarrollar sistemas para la separación de aguas residuales y pluviales, así como el manejo, reciclado y tratamiento de residuos sólidos.
Aún cuando el proyecto se pretende llevar a cabo en una construcción ya existente, se propone el desarrollo de sistemas para la separación de aguas residuales y pluviales para el cumplimiento del criterio. El promovente hará un manejo adecuado de sus residuos sólidos.
17 Promover proyectos ecológicos de asentamientos populares productivos, con áreas verdes y espacios comunitarios.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción. La promoción es competencia del municipio.
18 En los estacionamientos al aire libre de centros comerciales y de cualquier otro servicio o equipamiento se utilizarán materiales permeables (adocreto,
Aún cuando el proyecto se pretende llevar a cabo en una construcción ya existente y con un estacionamiento ya en operación,
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adopasto, adoquín, empedrado, entre otros); se evitará el asfálto, cemento, y demás materiales impermeables y se dejarán espacios para áreas verdes sembrando árboles en el perímetro y por lo menos un árbol por cada 4 cajones de estacionamiento.
se propone el uso de materiales permeables para el cumplimiento del criterio.
19 En estacionamientos techados, en edificios y multifamiliares y estructuras semejantes, se captará y conducirá el agua pluvial hacia pozos de absorción.
No aplica. El estacionamiento no es techado.
20 Todo proyecto arquitectónico tanto comercial tanto de servicios deberá contar con sistema de ahorro de agua y energía eléctrica.
Aún cuando el proyecto se pretende llevar a cabo en una construcción ya existente, el proyecto contará con sistema de ahorro de agua y energía eléctrica.
21 Las vialidades contarán con vegetación arbolada en las zonas de derecho de vía, camellones y banquetas. Las especies deberán ser acordes a los diferentes tipos de vialidades, para evitar cualquier tipo de riesgo, desde pérdida de la visibilidad, hasta deterioro en las construcciones y banquetas, incluyendo la caída de ramas o derribo de árboles, con raíces superficiales por efecto del viento.
No aplica. El proyecto no contempla la construcción de vialidades.
22 En el desarrollo urbano se promoverá el establecimiento de superficies que permitan la filtración del agua de lluvia al subsuelo (en vialidades, estacionamientos, parques, patios, entre otros).
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción.
23 Se promoverá en los derechos de vías férreas dentro de las zonas urbanas, que se cuente con setos o vegetación similar, que ayuden a evitar el tránsito peatonal, mejorar la imagen urbana y preservar el medio ambiente.
No aplica. El proyecto no se ubica en derechos de vía. La promoción es competencia del municipio.
24 En todo proyecto de construcción se deberá dejar por lo menos un 12% de área jardinada.
El proyecto cumplirá con lo establecido en el criterio dejando por lo menos un 12% de área jardinada.
25 Evitar el desarrollo urbano en los 5 distritos de riego agrícola (033 Estado de México, 044 Xilotepec, 073 La
No aplica. El proyecto se ajusta al criterio.
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concepción, 088 Chiconautla y 096 Arroyo Zarco); en suelos de alta productividad.
26 Desarrollar instrumentos financieros en apoyo de quienes observen las acciones previstas en los criterios del 15 al 20.
No aplica. Es competencia del Municipio el desarrollo de dichos instrumentos.
27 Es necesario considerar en el desarrollo de infraestructura, las obras de ingeniería para evitar siniestros en las zonas de inundación.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción además de no ubicarse en una zona de inundación
28 En los casos de asentamientos humanos que se encuentren en las áreas de alta productividad agrícola, se recomienda el control de su crecimiento y expansión.
No aplica. El proyecto no implica una nueva construcción y no se trata de asentamientos humanos.
III.3 Declaratorias de Áreas Naturales Protegidas
El proyecto no se ubica dentro de ningún área natural protegida, ya sea Federal
o Estatal. El área natural mas cercana al proyecto es “Ciénegas de Lerma” que
se localiza a 3.6 y 5.6 km aproximadamente.
III.4 Conclusiones
El proyecto se ajusta a las formalidades previstas por la LeyGEEPA, y a su
Reglamento en los artículos que le son aplicables. De igual manera el proyecto
cumple y se ajusta a lo establecido en la Ley General para la Prevención y
Gestión Integral de los Residuos, así como su reglamento.
El proyecto cumplirá con las normas oficiales mexicanas que le aplican, en
particular con la NOM-098-SEMARNAT-2002.
El proyecto se ubica en el Municipio de Lerma, que cuenta con un Plan
Municipal de Desarrollo Urbano, mismo que establece un uso de suelo
Industria Pequeña No Contaminante en la que se permitirá la mezcla de
vivienda con densidad 100 viv/ ha, (I-MN-H), y el proyecto se ajusta a lo
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establecido en dicho instrumento de desarrollo urbano, ya que aún cuando el
proyecto es considerado un servicio especializado, mismo que es compatible
con el uso de suelo, éste contará con las medidas preventivas para evitar la
contaminación de los componentes ambientales en donde se ubica.
El Estado de México cuenta con un Programa de Ordenamiento Ecológico del
Territorio y es proyecto se ubica en la Unidad Ambiental Ag-4-223 con un uso
predominante agrícola, clasificado con una fragilidad ambiental alta y una
política de conservación, sin embargo tanto la fragilidad como la política se
refieren a las áreas de la Unidad Ambiental que sirven de áreas de
amortiguamiento a la unidad ambiental clasificada como área natural protegida
en del mismo programa de ordenamiento (An-5-634) que se ubica dentro de la
Unidad Ambiental Ag-4-223, caso muy contrario al sitio en donde se localizará
el proyecto, mismo que se ubica en una zona ya impactada en la parte opuesta
y mas alejada la unidad ambiental An-5-634 y del otro lado del Río Lerma que
tiene un severo problema de contaminación como se analiza en el capítulo IV.
Aunado a lo anterior el proyecto cumple con los criterios del Programa de
Ordenamiento Ecológico del Territorio que le son aplicables.
Finalmente, el proyecto no se ubicará dentro de algún área natural protegida,
por lo que el mismo se ajusta y cumple con la normatividad ambiental vigente.
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Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de
influencia del proyecto.
CAPÍTULO II: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. CONTENIDO IV. Sistema Ambiental. 3
IV.1 Concepto de sistema ambiental. 3
IV.2 Sistema Ambiental. 4
IV.2.1 Hidrología 7
IV CA
PÍT
ULO
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IV.2.2 Calidad del agua. 10
IV.2.3 Suelos. 12
IV.2.4 Flora. 14
IV.2.5 Fauna 15
IV.2.6 Situación actual del Sistema ambiental. 15
Problemática específica. 16
Conclusión. 17
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IV. Sistema Ambiental IV.1 Concepto de sistema ambiental.
En atención a lo requerido en el Artículo 12, numeral IV del Reglamento en la
materia, se debe realizar la identificación, delimitación, descripción y análisis
del sistema ambiental donde se desarrollará el proyecto. Para tal efecto, se
adoptó para la presente MIA un enfoque ecosistémico para la determinación
del sistema ambiental, teniendo en cuenta lo indicado por el Artículo 30 de la
LGEEPA respecto a presentar una descripción de los posibles efectos en el o
los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se
trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos
ecosistemas.
En este sentido, el primer aspecto a atender fue la definición de sistema
ambiental, y dado que no existe una definición legal de concepto, se interpretó l
mismo entendiendo la definición semántica de sistema (Conjunto de elementos
que, ordenadamente relacionadas entre sí, contribuyen a determinado objeto),
el cual aplicado al ámbito ambiental se define como:
Espacio finito constituido por el conjunto de componentes naturales (estructurales y procesos) que existen en territorio determinado y dentro del cual se aplicará un análisis de los problemas, restricciones y potencialidades ambientales y de aprovechamiento.
Esta noción permite identificar y evaluar las interrelaciones e interdependencia
que caracterizan el funcionamiento de dicho conjunto y efectuar previsiones
respecto de los efectos de las interrelaciones entre el ambiente, la población y
su actividades. 1
1 Manual de gestión ambiental de centrales térmicas convencionales para generación de energía eléctrica. Subsecretaría de Energía. Argentina. Marzo 1990. http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/archivos/manuales_gestion_ambiental/Centrales%20Termicas.doc.
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En un análisis más detallado del concepto, existen escuelas que conciben al
sistema ambiental como todo aquello que interacciona con el sistema humano,
y que a su vez está conformado por tres sub-sistemas: humano, construido y
natural. El componente humano se refiere a las demás personas que no son
parte del sistema humano inicialmente reconocido. De igual manera, el
construido engloba casas, calles, ciudades o áreas cultivadas, que son paisajes
modificados o realizados por el ser humano. Finalmente, el natural incluye a los
bosques y ríos, montañas y praderas, y la fauna y flora que albergan. 2.
Con base en el anterior marco conceptual, se desarrolló el sistema ambiental.
IV.2 Sistema ambiental.
El predio seleccionado se ubica en el municipio de Lerma, en el Estado de
México, el cual se localiza a 54 kilómetros de la ciudad de México y a 10
kilómetros de Toluca y cuenta con una extensión territorial de 228.64 km2
(Figura 4.1).
Figura 4.1. Ubicación del Municipio de Lerma, Edo. de Mex. 2 Gudynas E. y G. Evia. 1993. Ecología Social, Manual de Metodologías para Educadores Populares. Capítulo I. Editorial Popular, Madrid.
Toluca
Municipio de Lerma
Proyecto
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Sin embargo, los límites geopolíticos no se ajustan comúnmente al concepto de
sistema ambiental, ya que no corresponden a la distribución de los
componentes ambientales, por lo que, se consideró definir un sistema
ambiental en función de ecosistemas y éstos, se extienden más allá del propio
municipio. Por lo anterior, del análisis de la información existente para la zona
se identificó que el predio del proyecto se ubica dentro de la Región Hidrológica
Prioritaria No. 65 Cabecera del Río Lerma (RHP-65), de acuerdo a la
clasificación de CONABIO.
En este sentido, atendiendo el concepto de sistema ambiental y las
características que lo definen (límites y ecosistemas), se determinó seleccionar
como sistema ambiental a la RHP-65 (Figura 4.2), ya que corresponde a una
subcuenca3 la cual presenta un perímetro delimitado por el parteaguas de las
montañas, y al ser un área de escurrimiento y de recarga de agua superficial o
subterránea, se encuentra asociada a la ocurrencia de procesos y
componentes ecosistémicos.
La RHP-65 tiene una extensión de 2 460.13 km2, y abarca el diversos
municipios de la zona conurbada de Toluca y colindantes con el Distrito Federal
(Figura 4.2).
Adicionalmente, las regiones hidrológicas prioritarias determinadas por
CONABIO, tienen el objetivo de obtener un diagnóstico de las principales
subcuencas y sistemas acuáticos del país considerando las características de
biodiversidad y los patrones sociales y económicos de las áreas identificadas,
para establecer un marco de referencia que pueda ser considerado por los
diferentes sectores para el desarrollo de planes de investigación, conservación
uso y manejo sostenido.4 Hecho que reafirma, la selección de este espacio
como sistema ambiental en el que pretende ubicar el proyecto.
3 La subcuenca es la división de una cuenca y usualmente está determinada por puntos donde se unen ríos o puntos como presas, tomas de agua, etc.; de tal manera, que la cuenca puede estar formada por varias subcuencas dependiendo de la definición de los puntos de interés. 4 www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/hidrologicas.html
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Figura 4.2. Región Hidrológica Prioritaria No. 65 (CONABIO).
Una vez definido el sistema ambiental, y con base en la información existente
para la zona se seleccionaron los componentes que deben ser descritos para
comprender el funcionamiento del sistema ambiental, de forma tal que se
aporte la información suficiente para determinar la estructura y funcionamiento
de los ecosistemas y posteriormente evaluar el efecto del proyecto sobre la
integridad y capacidad de carga de los mismos.
En este sentido, se seleccionaron los siguientes componentes y factores: en el componente agua se describen la hidrología y la calidad del agua de los cuerpos superficiales, para suelo, los tipos existentes, para vegetación, la superficie forestal y de humedales (ciénegas, pantanos y vegetación riparia que permanece actualmente), para biodiversidad se analiza la riqueza en humedales, y para el componente aire, la calidad del mismo. Se debe aclarar, que existen componentes como clima o
geomorfología, que no son descritos ya que el proyecto por su extensión y el
tipo de impactos que generará, no es factible que tenga efectos sobre los
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mismos, por lo que no se analizán para evitar la presentación de información
no sustantiva.
IV.2.1. Hidrología
La RHP-65, también denominada Región Hidrológica de la Cuenca del Alto
Lerma, está conformada en buena parte por el Valle de Toluca, el cual tiene
una extensión de 4,500 km2 y es la planicie más elevada del país. En este
Valle nace el Río Lerma, y en tiempos históricos albergó una extensa red de
lagos y ciénegas alimentadas por manantiales localizados en los alrededores
de los poblados de Almoloya del Río, Santa Cruz Atizapán y Lerma. En los
años cuarenta del pasado siglo XX se construyó un sistema de obras
hidráulicas para abastecer con esta agua a la Ciudad de México, lo que acabó
secando este sistema lacustre. Hoy día sólo persisten 3,000 hectáreas de
ciénegas.5
El río Lerma es el eje hidrográfico del Valle, aunque poco caudaloso
actualmente, tiene un lecho extenso que forma algunos pantanos, se origina en
los manantiales de Almoloya del Río y atraviesa hacia el noreste del Valle. Sin
embargo, cabe mencionar que los humedales de las lagunas existentes en
Almoloya del Río, Lerma y San Bartola constituyen una zona lacustre en
avanzado proceso de senectud natural.
En esta subcuenca, la mayor parte de los aportes de agua provienen de los
escurrimientos de la Sierra de las Cruces, (Figura 4.3), formando arroyos
transitorios principalmente en época de lluvias, entre los que destacan: Salto de
Agua, Flor de Gallo, San Mateo, Río Seco y Peralta. Existen además, dos ríos
el San Lorenzo y el Zolotepec, localizados al norte, entre el municipio de
Xonacatlán y Lerma. Consecuentemente, una de las características principales
del sistema ambiental es que se encuentran distribuidos mas de cuarenta
cuerpos de agua, unos pasivos y otros activos, entre; manantiales, arroyos y
ríos, que en su conjunto ocupan alrededor de 2000 hectáreas de sin
considerar los humedales.
5 http://www.edomexico.gob.mx/sma/se/BIO_INTERNET/geografia.html
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Los arroyos más significativos son: Arroyo Salazar, Arroyo Seco, Arroyo San
Mateo y el Arroyo Jilguero. El primero tiene sus orígenes al este del Cerro El
Ángel, desciende de una altitud de 3,450 m.s.n.m, a 3.5 Km., de su nacimiento;
atraviesa la población de la Marquesa (zona sur- suroeste del sistema
ambiental) y a partir de aquí, toma el nombre de Río La Marquesa y sigue una
dirección oeste; dos kilómetros abajo, vierte sus aguas en la Laguna de
Salazar. Posteriormente de la confluencia con el Arroyo Texcalpa, este arroyo
recibe las aguas de la zona industrial y cambia en dirección oeste hasta
descargar sus aguas en el río Lerma, al sur de la población de Lerma de
Villada.
Figura 4.3. Hidrología superficial del sistema ambiental.
Predio del proyecto
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El Arroyo Seco tiene sus orígenes en un punto situado a cuatro kilómetros al
este de la población de San Miguel Ameyalco; desciende de una altitud de
3,100 m.s.n.m. con dirección noreste-suroeste; cinco kilómetros debajo de su
origen, pasa al sur de la población ya mencionada y sigue una dirección
noreste; en la localidad Cañada de Alférez este Arroyo recoge una serie de
escurrimientos hasta unirse con el Arroyo San Mateo a tres kilómetros de la
población de Santa Cruz Chignahuapan, mediante canales; descarga
finalmente sus aguas en el río Lerma cuatro kilómetros al norte de Lerma de
Villada.
El Arroyo de San Mateo tiene sus orígenes en las inmediaciones del Cerro La
Campana; desciende de una altitud de 3,050 m.s.n.m. en dirección suroeste;
continúa su recorrido en dirección oeste por San Mateo Atarasquillo y sigue por
una zona plana donde recibe los canales de las poblaciones de San Nicolás
Peralta y Álvaro Obregón antes de descargar sus aguas al río Lerma.
Por otra parte, los principales cuerpos lénticos son las presas Antonio Alzate e
Ignacio Ramírez, ciénega del Lerma (Figura 4.4), lagos, manantiales.
En relación al ciclo hidrológico, los
cuerpos lénticos, como las ciénegas
juegan un importante papel para el
almacenamiento y la infiltración del
agua hacia el acuífero de Toluca, y
sirven como vasos reguladores de
inundaciones. Su desecación
progresiva ha puesto en peligro a
miles de habitantes que, por malas
políticas de urbanismo, se han
asentado en la región de inundación,
por lo que han quedado expuestos a
anegamientos periódicos poco
predecibles. Figura 4.4. Vista de la zona de las Ciénegas de Lerma.
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Como es factible concluir, los cauces de los principales cuerpos lóticos
funcionan como sistemas de colecta de aguas residuales municipales e
industriales, la vez que ha ocurrido una disminución de los aportes naturales,
para el caso de los cuerpos lénticos, es decir, las zonas de ciénegas, han sido
sujetas a un proceso masivo de extracción de agua para consumo humano y a
la vez son áreas de descarga de aguas residuales, provocando con ambas
acciones una modificación sustantiva al ciclo hidrológico del sistema ambiental.
Finalmente, es importante
señalar, que tal y como se
observa en la Figura 4.3, el
predio seleccionado, no se
ubica cercano a ninguno de
los cuerpos lénticos
existentes en el sistema
ambiental y en específico se
ubica a más de cuatro
kilómetros del área de
ciénegas más cercanas
(Figura 4.5), ni sobre la
ribera de algunos de los ríos
o arroyos relevantes del
sistema hidrológico.
Figura 4.5. Ubicación del predio respecto a la zona de ciénegas.
4.2.2. Calidad del agua.
Las Ciénegas del Lerma, el río mismo y en general la zona presenta un
problema grave de contaminación por aguas negras de las poblaciones e
industrias químicas, agropecuarias, de alimentos, automotrices, de papel,
peleteras, entre otras.
Los desechos líquidos de ambos tipos son eliminados a surcos en la tierra a
cielo abierto. Estos surcos suelen ser de dos tipos: (1) los que forman parte de
una red precaria de zanjas, que finalmente se conectan a una arteria principal,
que acarrea los desechos líquidos a cuerpos de aguas de dos clases: lénticos o
4.21 km
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lóticos. En el caso de los cuerpos lénticos, el Río Chichipicas, que acarrea
líquidos y sedimentos de alta toxicidad provenientes de Ocoyoacac y Cholula,
es el responsable principal de contaminar la Ciénega Chimaliapan. En cuanto a
los cuerpos lóticos, el Río de Agua Puerca es un ejemplo de una profunda
zanja que acarrea agua únicamente de tipo industrial, proveniente de
Ocoyoacac, la cual es vertida directamente al Río Lerma. El otro tipo de
canalización (2) se trata de una sola zanja que va captando aguas industriales
o de servicios públicos por medio de pequeños tubos. Cabe notar que todas las
zanjas existentes, incluyendo las especificadas arriba, no tienen ningún tipo de
impermeabilización. Esta situación, aunado al hecho de que las industrias
vierten ilegal e indiscriminadamente desechos líquidos, lleva a la hipótesis de
que se están afectando directamente los acuíferos que proveen de agua a
varios millones de ciudadanos de la Región Metropolitana y del Estado de
México. Los canales de drenaje industrial que desembocan en el Río sin ningún
tratamiento, tienen olores a metano y ácidos corrosivos nauseabundos, lo que
delata un problema de contaminación. Todo esto es transportado por el Río
Lerma hacia el Norte del Estado de México, desembocando en la presa Alzate
y en el lago Chapala en Jalisco.6
Existen dos plantas de tratamiento de agua, una en la parte Occidente junto al
Río “Reciclagua”, y la otra al oriente de Cerrillo, pero no tienen la capacidad ni
operan con tecnologías limpias al menos para administrar los parques
industriales Toluca, Lerma y Cerrillo. Los parques industriales Santiago
Tianguistenco, Capulhuac, Tlazala, Ocoyoacac, y San Pedro Cholula, también
vierten sus desechos al Río, y no cuentan con una planta tratadora de aguas
industriales.7
Este escenario se replica en la mayoría de los municipios que integran Alto
Lerma; según datos de CNA8, el volumen de descarga de aguas residuales
6 CONANP. 2003. Ficha informativa de los humedales RAMSAR. Ciénegas de Lerma. En: http://ramsar.conanp.gob.mx/documentos/fichas/22.pdf 7 En el diagnóstico de: Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, Gobierno del Estado de México. 2003. Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Lerma. 8 Gerencia Regional Lerma Santiago Pacífico. 2004. Información de la Cuenca Lerma Chapala. Comisión Nacional del Agua, México. En: INE.2005 Acciones estratégicas para la recuperación
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municipales en la subcuenca es de aproximadamente 4811.66 l/s, de los cuales
el 68% (3272.73 l/s) se descarga sin tratamiento y sólo el 32% (1538.9 l/s) pasa
por alguna de las plantas tratadoras. Tal deficiencia se constata al observar el
incremento en los niveles de contaminación a lo largo de las planicies aluviales,
pues los datos sobre calidad de agua derivados de la red nacional de
monitoreo de CNA, reportan un incremento en los últimos años de los niveles
permisibles de indicadores tales como coliformes fecales, fosfatos, nitratos y
oxígeno disuelto, entre los más importantes.
Los altos niveles de contaminación en las descargas y la escasa capacidad de
tratamiento de esta subcuenca se deben no sólo a la falta de plantas de
tratamiento tanto en los municipios como en los parques industriales, sino a la
falta de una adecuada red de colectores de aguas residuales municipales, la
poca capacidad de monitoreo de las descargas industriales y la mala
planeación de las obras para saneamiento.
Es importante señalar que el proyecto, no generará aguas residuales, ya que al
ser un servicio para el correcto manejo y eliminación de residuos peligrosos, no
solo no se generan efectos adicionales al sistema ambiental, sino que
contribuirá a desarrollar la infraestructura necesaria para la mitigaci{on del
problema actual de contaminación.
4.2.3. Suelos.
Este componente ecosistémico ha sido afectado ampliamente en el sistema
ambiental de l RHP-65, aunque es un hecho que la pérdida de la cobertura
vegetal original es la causa asociada más importante para la afectación al
recurso suelo. Sin embargo, existen otros efectos derivados de las
características propias de cada unidad de suelo que por orden descendente
predominan en el sistema ambiental y que son:
Andosol.- es el más representativo ya que se localiza en la mayor parte del
territorio ocupando las partes altas, es decir, en las zonas accidentadas y
boscosas. Estos suelos se caracterizan por estar formados por materiales de
cenizas volcánicas, son suelos muy sueltos que presentan textura esponjosa y de la cuenca Lerma-Chapala: Recomendaciones técnicas para las diecinueve Subcuencas. http://ine.gob.mx/dgoece/cuencas/download/zonas_priritarias_lerma_chapala.pdf
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su vocación es únicamente forestal y en menor cantidad agrícola; suelen ser
muy susceptibles a la erosión cuando quedan desprovistos de vegetación.
Feozem.- ocupa la mayor parte de los terrenos planos y semiplanos; se
caracterizan por presentar una capa superficial obscura rica en materia
orgánica y en nutrientes, que favorece los altos rendimientos en agricultura de
riego y temporal, si son desprovistos de vegetación, y dependiendo de la
ubicación en la que se encuentren, tienden a ser erosionados con mucha
facilidad.
Vertisol.- se ubica en las faldas de la parte montañosa. Estos suelos se
caracterizan por las grietas anchas y profundas que aparecen en ellos en la
época de sequía, son suelos muy arcillosos, son pegajosos cuando están
húmedos y muy duros estando secos. A veces son salinos, características que
los condicionan para el desarrollo urbano, para la agricultura son suelos fértiles,
pero presentan problema para su manejo, ya que su dureza dificulta su
labranza.
Luvisol.- se localizan al sureste, norte y noreste, son suelos ricos en arcilla,
son fértiles y son de alta susceptibilidad a la erosión. En México muchos
luvisoles se hayan erosionados debido al mal manejo cuando el uso es agrícola
y pecuario.
Cambisol.- ubicados principalmente en las comunidades de San Agustín
Huitzizilapan. Son suelos jóvenes, poco desarrollados y se caracterizan por
presentar en el subsuelo una capa de roca, formando terrones. Además
pueden presentar acumulación de algunos materiales como arcilla, carbonato
de calcio, fierro, manganeso, entre otros, son de moderada a alta
susceptibilidad a la erosión.
El predio del proyecto pertenece a la clase de feozem, hecho que se corrobora
con la presencia de las zonas agrícolas circundante. En este sentido, si bien la
unidad de suelo pertenece a una categoría agronómica alta, en términos
ecológicos, el sitio ha perdido su cobertura vegetal original al igual que toda el
área colindante, donde actualmente no se soporta ninguna comunidad vegetal
natural.
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Los principales usos de suelo en el sistema ambiental son agrícola, uso
agrícola se localiza en la parte plana del municipio en la parte central, oeste y
noroeste, y en menor cantidad dispersa en la parte montañosa.
4.2.4.Flora
En el municipio encontramos desde asociaciones especiales de vegetación
hasta bosque templado. En la porción centro del municipio encontramos
asociaciones como: tular, pastos inducidos, sauce llorón, eucaliptos, entre
otros, en la porción este del municipio se encuentra bosque de encino, encino-
pino y con otras asociaciones arbustivas.
Figura 4.7- Vegetación ruderal circundante al predio.
Figura 4.6. Suelo agrícola contiguo al predio.
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El predio específicamente se ubica en un área agrícola colindante con un área
suburbana, razón por la cual, actualmente ya no existe cobertura vegetal
natural de ninguna clase, presentándose una cubierta de especies vegetales
ruderales anuales, propias de ambientes perturbados y consideradas como
malezas, las cuales no tienen un valor ecológico relevante, ya que son de
amplia distribución a nivel nacional
4.2.5. Fauna.
Aunque existen reportes de diversos grupos de fauna en el sistema ambiental,
incluyendo a todos los grupos de vertebrados, en la zona del proyecto, no se
presentan individuos de ninguna especies silvestre, resultado de la cercanía a
la zona urbana.
4.2.6. Situación actual del Sistema ambiental. En general se presenta un marcado problema de contaminación del agua; ésta
se debe a que la mayoría de las industrias depositan sus residuos en el río
Lerma. Los ríos más importantes dentro del municipio son el Mayorazgo y
Zolotepec, los cuales se encuentran contaminados, al recibir en su recorrido
por el territorio municipal, sobre todo en las partes bajas, residuos sólidos y
líquidos de los asentamientos humanos, asimismo la deforestación en las
partes altas causada por los cambios de uso de suelo, aunado a las lluvias
torrenciales, han provocado la sedimentación de partículas en las partes bajas,
y el azolve de estos cuerpos de agua, alterando con ello su capacidad de
volumen.
Uno de los principales problemas asociados al recurso suelo es la
sobreexplotación forestal, la utilización rebasa la producción; adicionado a la
deforestación de zonas boscosas que son empleadas como área de cultivo; lo
que genera problemas de erosión graves en distintas partes del sistema
ambiental. Además, el efecto erosivo del poblamiento de manera gradual,
irregular y dispersa en algunos valles de la parte montañosa o forestal es ideal,
casos concretos comunidades que en los últimos años han presentado un
incremento importante en su población como; Cañada de Alférez, Salazar, Las
Rajas Huitzizilapan, La Unidad Huitzizilapan y otras más. Cabe hacer mencion
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que las comunidades localizadas dentro del Parque Otomí-Mexica, están
sujetas a Plan Parcial, esto debido a los Asentamientos Humanos existentes.
Referente a la contaminación del Aire, se debe a los gases emanados por las
industrias, las cuales desprenden todos sus desechos en las noches para que
en el día no sean detectados, esta contaminación llega principalmente a la
cabecera del municipio y a sus localidades ubicadas en las partes altas del
Cerro de las Campanas.
Por otra parte, la contaminación que se presenta en el suelo, se debe
principalmente a tiraderos de basura clandestinos, los cuales se localizan
principalmente en cañadas y baldíos. En el municipio se recogen 40 toneladas
al día de desechos sólidos de las casas habitación, por lo tanto el lugar de
disposición final (se localiza cerca de la comunidad de Analco) solo tendría una
vida útil de 2 años aproximadamente.
Problemática específica (resumen):
Modificación del entorno, ocasionando un ambiente bastante degradado por
causas antropogénicas, principalmente:
1. Existe desforestación, erosión, desecación de las lagunas de Almoloya del
Río y contaminación. L apérdida de cubierta vegetal en los bosques de la
parte alta de la cuenca que alimenta a las ciénegas, causa erosión,
azolvamiento y una baja capacidad de infiltración. Estos factores
antropogénicos amenazan seriamente la existencia de las zonas de
humedales a largo plazo.
2. Contaminación: por aguas residuales domésticas e industriales,
agroquímicos y desechos sólidos. El Río Lerma actualmente no se
considera una fuente de abastecimiento, por ser ocupado como drenaje,
donde se descargan aguas residuales, tanto domésticas como industriales.
Los desechos líquidos son eliminados a surcos en la tierra a cielo abierto.
Estos surcos suelen ser de dos tipos: (1) los que forman parte de una red
precaria de zanjas, que finalmente se conectan a una arteria principal, que
acarrea los desechos líquidos a cuerpos de aguas de dos clases: lénticos o
lóticos. El otro tipo de canalización (2) se trata de una sola zanja que va
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captando aguas industriales o de servicios públicos por medio de pequeños
tubos. Cabe notar que todas las zanjas existentes, no tienen ningún tipo de
impermeabilización
3. Un problema fundamental de la región del Alto Lerma es la pérdida que han
sufrido las lagunas y ciénegas en las últimas décadas, en la que la
extensión original ha sido reducida en más del 90%. Actualmente quedan
alrededor de 3000 hectáreas inundadas total o parcialmente, con diferentes
grados de perturbación y fragmentación de hábitats. 9
4. Además de los problemas arriba mencionados los impactos ambientales
más importantes en la zona circundante de la reserva son el crecimiento
urbano e industrial irregular, desordenado y rápido.
Conclusión: Derivado de lo descrito para el sistema ambiental, es claro que se esta área se
encuentra sujeta a procesos de degradación por efecto de actividades
antropogénicas que han estado ocurriendo desde principios del siglo XX,
siendo los más relevantes; el crecimiento de las áreas agrícolas y urbanas
sustituyendo las zonas con vegetación natural y el uso irracional del agua en
términos de la extracción masiva de los humedales y la descarga no tratadas
de aguas residuales urbanas e industriales.
Por lo anterior, es factible aseverar que el sistema ambiental no presenta una
condición buena para el funcionamiento de los diversos ecosistemas que se
presentan, sin embrago, el objeto de desarrollo del proyecto, el tratamiento de
residuos no tiene una relación directa y negativa con los eventos que están
ocasioando a degradación del sistema ambiental.
9 Ficha informativa de los humedales RAMSAR. 2003. Ciénegas de Lerma. En: http://ramsar.conanp.gob.mx/documentos/fichas/22.pdf
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IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES
CAPÍTULO V:
V CA
PÍT
ULO
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IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES
CONTENIDO
V.1 Metodología para evaluar los impactos ambientales 1
V.1.1 Indicadores de impacto. 2
V.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto. 3
V.1.3 Identificación de impactos. 4
V.1.4 Evaluación de impactos. 6
V.1.5 Descripción de los impactos. 8
V.1.6 Criterios y metodologías de evaluación. 9
V.1.6.1 Criterios. 9
V.1.6.2 Metodologías de evaluación y justificación de la
metodología seleccionada. 9
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V.1.- Metodología para evaluar los impactos ambientales.
De acuerdo con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, impacto ambiental es la “Modificación del ambiente ocasionado por
la acción del hombre o de la naturaleza”, por lo que en el presente capítulo se
identificarán y valorarán los impactos ambientales que se prevé se podrán
generar por la construcción del proyecto, tomando como referencia la
caracterización del sistema ambiental descrito en el capítulo anterior, y las
obras y actividades descritas en el capítulo II.
Es de considerar que toda obra o actividad de este tipo efectuada por el
hombre sobre un ambiente similar al que prevalece en el sitio del proyecto,
tendrá impacto sobre los componentes ambientales mas relevantes, los cuales
podrán ser de carácter positivo o benéficos, entendiéndose como obras o
actividades que favorecerán la estabilidad del sistema ambiental, o negativos o
adversos que representarán afectaciones a algún (os) componentes (s)
ambiental (es) o proceso (s), tomando en cuenta su integridad dentro del
ecosistema.
Se identificaron y evaluaron los impactos ambientales potenciales que
ocurrirían por la ejecución del proyecto, a través de una combinación de
técnicas para la identificación y valoración de los impactos ambientales
potenciales a generarse, como una primera aproximación se empleo el método
de Lista de Checado, el cual nos permite relacionar las obras y actividades que
comprenderá el desarrollo con los factores ambientales sobre los cuales se
tendrá incidencia y posteriormente tomando en cuenta los resultados obtenidos
a través de esta técnica se utilizó una técnica matricial tipo Leopold para la
identificación de los impactos ambientales, es decir, las interacciones entre los
factores del sistema ambiental mas susceptibles a ser afectados y las obras y
actividades que inciden en los mismos.
Las técnicas antes mencionadas se consideraron tomando en cuenta que la
efectividad para la evaluación de los impactos ambientales depende del tipo de
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proyecto, de la cantidad de información ambiental con la que se cuente y sobre
todo de la identificación de los principales factores en los que incidirá el
proyecto en cada una de las obras y actividades que lo componen. Finalmente,
una vez identificados las interacciones proyecto/ambiente, se llevó a cabo la
evaluación de los mismos tomando en cuenta y en todo momento la calidad
ambiental de los componentes mas relevantes del sistema ambiental en donde
se localizará el proyecto, mismo que como se analizó en el capítulo IV, tiene
una baja calidad ambiental, además que el predio en donde se llevará a cabo el
proyecto ya se encuentra impactado por localizarse en un área industrial y una
nave ya construida.
V.1.1- Indicadores de Impacto Ambiental. Para los fines del presente análisis se entiende como “Indicador”, el elemento
del medio ambiente que será afectado o que potencialmente puede ser
afectado por un agente de cambio (Ramos, 1987), principalmente en cuanto a
su representatividad, relevancia, cuantificación y de fácil identificación.
Derivado de la naturaleza del sitio en donde se pretende llevar a cabo el
proyecto, es decir dentro de una nave ya construida, no habrá preparación del
sitio, por lo que las etapas en que se divide el proceso de desarrollo del
proyecto:
Etapa de Construcción.
Etapa de Operación y Mantenimiento.
En la etapa de construcción se llevará a cabo la cimentación necesaria dentro
de la nave para la instalación de los equipos, la adecuación del almacén de
residuos, del edificio administrativo, y la instalación del horno rotatorio, equipos
de control y servicios.
Posteriormente, y tomando en cuenta lo anterior, se elaboró un catalogo de
conceptos de acciones generales así como de acciones especificas que se
desarrollarán en cada una de las etapas descritas.
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Como resultado de ello, se identificaron 4 actividades u acciones especificas (la
generación y manejo de residuos se repite tanto en la etapa de construcción
como de operación y mantenimiento), que podrían causar un efecto negativo /
positivo, sobre algún componente o factor del medio ambiente, tal y como se
muestra en la siguiente tabla.
TABLA 5.1
Lista de chequeo de actividades generadoras de impactos ambientales
ACTIVIDADES ESPECIFICAS ETAPA ACCIÓN GENERAL
No. ACCIÓN U OBRA
Cimentación 1 Cimientos para equipo y colado de estructuras
Pruebas y arranque 2 Pruebas y arranque
Con
stru
cció
n
Generación de residuos 3 Generación y manejo de residuos
Operación 4 Incineración
Ope
raci
ón
y M
ante
nim
ient
o Mantenimiento 5 Generación y manejo de residuos
V.1.2- Lista indicativa de indicadores de Impacto Ambiental.
Posteriormente y con base en los resultados de la caracterización ambiental del
predio y detallado en el capitulo IV de la manifestación, se procedió a la
identificación de los factores ambientales relevantes del sistema ambiental y
aquellos que podrían ser afectados por el agente de cambio (actividad
generadora de impactos), reconociéndose un total de 5 componentes del
sistema ambiental, tal y como se muestra en la tabla 5.2. Cabe mencionar que
los componentes ambientales se analizaron en función de su relevancia a nivel
del sistema ambiental aún cuando el proyecto se llevará a cabo en un predio
previamente impactado, dentro de una nave ya construida.
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TABLA 5.2
Lista de factores ambientales que pueden ser afectados
MEDIO COMPONENTE FACTOR Calidad del agua
Agua Cantidad del agua
Suelo Calidad Abiótico
Aire Calidad
Cobertura vegetal forestal Vegetación
Vegetación riparia Biótico
Biodiversidad Biodiversidad
Considerando que en el diagnóstico del capítulo IV, de la tabla anterior, se
puede observar que los aspectos ambientales relevantes del sistema ambiental
seleccionado (RHP-65), es la hidrología superficial (cantidad y calidad de
agua), el tipo de suelo, la superficie cubierta con vegetación forestal, la
superficie de humedales (ciénegas, pantanos y vegetación riparia que
permanece actualmente), la biodiversidad en dichos humedales, de igual
manera se consideraron los componentes ambientales que si bien no son
relevantes en cuanto a su calidad en el sistema ambiental, son relevantes por
el efecto que pudiese ocurrir en ellos derivado de la ejecución del proyecto, es
decir la calidad del aire y suelo.
V.1.3 Identificación de impactos.
Considerando la información generada en las tablas 5.1 y 5.2, se procedió a
emplear una técnica matricial tipo leopold para identificar las interacciones
proyecto / ambiente, es decir, los impactos ambientales potenciales a
generarse por el desarrollo del proyecto (tabla 5.3), de lo cual, se identificaron 5
interacciones.
TABLA 5.3
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Matriz de identificación de impactos
ACTIVIDADES ESPECIFICAS
Agu
a
Sue
lo
Aire
Flor
a
Bio
dive
rsid
ad
No. ACCIÓN U OBRA
Cal
idad
Can
tidad
Cal
idad
Cal
idad
Cob
ertu
ra
fore
stal
Veg
etac
ión
ripar
ia
Bio
dive
rsid
ad
1 Cimientos para equipo
2 Pruebas y arranque
3 Incineración
4 Generación y manejo de residuos
De la matriz anterior, se puede observar que las interacciones entre el proyecto
y los factores ambientales que se pudieran ver afectados por el proyecto, son
mínimas ya que el proyecto se ubicará en una nave ya construida en un predio
previamente impactado por lo que generará impactos puntuales y las
interacciones con el ambiente serán muy específicas, mismas que serán
descritas posteriormente.
Adicionalmente se utilizó la técnica de grafos para corroborar las interacciones
identificadas en la matriz de leopold, debido a que ciertas interacciones no son
lineales, sino derivadas de relaciones entre las afectaciones originales, y no
pueden ser identificadas por el método matricial, de esta manera se obtuvo el
siguiente grafo (Figura 5.1). Derivado de la aplicación de dicha técnica, se
pudieron corroborar los impactos identificados en la matriz de leopold, además
de identificar otro dos impactos, aclarando que esta determinación se refiere a
efectos posibles que posteriormente se analizan y valoran en cuanto a su
ocurrencia y calificados en su relevancia respecto a la condición del área de
influencia.
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Figura 5.1
V.1.4 Evaluación de impactos: Componente
/ factor ambiental
Acción del proyecto
Condición del área de influencia
Condición del predio Relevancia
Aire / calidad
Emisión de contaminantes a la atmósfera
La cuenca atmosférica cuenta con una buena dispersión.
Las colindancias del predio se encuentran libres de actividades que coadyuven al incremento de emisiones.
NULA: debido a que aún cuando el proyecto podría generar emisiones contaminantes al atmósfera, se contará con un equipo de control de emisiones.
Agua / cantidad
Consumo de agua
Esta zona abastece de agua al D.F. y riega más de 10 mil ha para agricultura.
El predio cuenta con servicios de abastecimiento de agua.
BAJA: debido a que si bien la zona abastece de agua al D.F., el predio cuenta con servicios y la cuenca soporta la cantidad de agua que pretende utilizar el proyecto.
Agua / calidad
Emisión de contaminantes a la atmósfera
Contaminación: por aguas residuales domésticas e
Los cuerpos de agua cercanos (canal y río Lerma) se
NULA: toda vez que el proyecto no descargará aguas residuales de proceso,
Componente ambiental
Construcción
Efecto sobre el ambiente
Aire
Agua
Suelo
Biodiversidad
Flora
Operación
Emisión de contaminante
Consumo
Derrames accidentales de residuos
Acción del proyecto
Disminución de la calidad del aire
Disminución del volumen de agua
Disminución de la calidad del suelo
Afectación a poblaciones de
fauna
No hay efecto
Paisaje No hay efecto
Generación de residuos
Generación de residuos
Disminución de la calidad del agua
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industriales, agroquímicos y desechos sólidos. En época de secas el río Lerma sólo lleva aguas residuales, lo cual indica la necesidad de tratamiento intensivo de sus aguas.
encuentran contaminados por agroquímicos, desechos sólidos, descargas de aguas residuales domésticas e industriales.
ya que se encuentra en un circuito cerrado. La posible disminución de la calidad de agua se debería a la contaminación atmosférica y precipitación de dichos contaminantes en los cuerpos de agua cercanos, sin embargo, no es posible debido al establecimiento de equipo de control de emisiones, además que de ocurrir, el impacto sería muy bajo debido a la calidad actual de dichos cuerpos de agua.
Suelo / calidad
Generación y manejo de residuos
Modificación del entorno: bastante degradado por causas antropogénicas. Existe desforestación, y erosión.
El suelo es de un área agrícola abandonada con leves niveles de erosión.
BAJA: el predio no presenta ya características agroecológicas importantes, además que ya ha sido modificado previamente. Sin embargo, se cuentan con medidas para la prevención y mitigación del impacto derivado de un derrame accidental de residuos.
Biodiversidad / poblaciones fauna
Emisión de contaminantes a la atmósfera
Especies introducidas de carpas dorada Carassius auratus, herbívora Ctenopharyngodon idella y común Cyprinus carpio y del guppy Poecilia reticulata. Las faldas del Nevado de Toluca y valle de Toluca con un 80% de uso de suelo agrícola y 20% urbano. Violación de vedas a la
No existen poblaciones de fauna nativa ni introducida.
NULA: no hay una afectación directa a las poblaciones de fauna cercanos ni del sistema ambiental, ya que ésta se daría por la posible disminución de la calidad del aire por las emisiones del proyecto, sin embargo, el mismo cuenta con sistemas de control de emisiones.
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cacería de patos migratorios.
Derivado de lo anterior, se concluye que el proyecto no afecta a ninguno de los
componentes ambientales relevante identificados y descritos en el capítulo IV.
Por otro lado, los impactos identificados no se consideran relevantes o
significativos ya que tal y como se establece en la LeyGEEPA, dichos impactos
se refieren a “aquellos que resultan de la acción del hombre o de la naturaleza,
que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la
salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás
seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales”, es decir, que
del total de los impactos identificados, se definió su relevancia en función de la
cantidad y calidad de los recursos naturales que utilizan, de los habitats que
transforman y/o de los contaminantes que emiten las obras y actividades del
proyecto. En este sentido, la matriz refleja que no existen impactos relevantes. V.1.5 Descripción de los impactos.
1) Disminución de la calidad del aire: No se considera un impacto relevante debido a que aún cuando el proyecto podría generar emisiones contaminantes a la atmósfera, se contará con un equipo de control de emisiones, además que la cuenca atmosférica cuenta con una muy buena dispersión.
2) Disminución de la calidad del suelo: La disminución de la calidad del suelo es un impacto derivado de un evento no
deseado y del cual se carece de certeza, ya que se trata del derrame
accidental de residuos, por lo que aún cuando se cuenta con los
procedimientos para su adecuado manejo (medidas preventivas), en el caso de
que éste ocurriera, también se cuentan con medidas de mitigación que se
describen en el siguiente capítulo, por otro lado, el impacto sería puntual y no
relevante debido a que el predio no presenta ya características agroecológicas
importantes, además que ya ha sido modificado previamente.
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3) Disminución del volumen de agua: No se considera un impacto relevante debido a que si bien la zona abastece de
agua al D.F., el predio cuenta con servicios y la cuenca hidrológica soporta la
cantidad de agua que pretende utilizar el proyecto.
V.1.6 Criterios y metodologías de evaluación V.1.6.1 Criterios
La relevancia10 de los impactos ambientales se determinó tomando como
criterio el efecto sobre la integridad ecológica del Sistema Ambiental ya descrito
en el capítulo IV, entendiendo integridad ecológica como la estructura y
funciones que caracterizan a un ecosistema, misma que ya fue descrita en el
capítulo anterior, concluyendo que dicha integridad es muy baja.
V.1.6.2 Metodologías de evaluación y justificación de la metodología seleccionada.
Se llevó a cabo la identificación, y evaluación de impactos a través de técnicas
cualitativas así como el criterio de determinación de la relevancia de los
impactos en función a la integridad ecológica del sistema ambiental.
Para ello en primera instancia se identificaron las etapas en que se divide el
proceso de construcción del proyecto:
�Etapa de Construcción.
�Etapa de Operación y Mantenimiento.
10 Artículo 3 fracción IX del Reglamento de la LeyGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental: Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales;
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Posteriormente, se elaboró un catalogo de conceptos de acciones generales
así como de acciones especificas que se desarrollarán en cada una de las
etapas descritas.
Como resultado de ello, se identificaron 5 actividades u acciones especificas,
que podrían causar un efecto negativo / positivo, sobre algún componente o
factor del medio ambiente.
Posteriormente y con base en los resultados de la caracterización ambiental del
predio y detallado en el capítulo IV de la manifestación, se procedió a la
identificación de los factores ambientales que podrían ser afectados por el
agente de cambio (actividad generadora de impactos), reconociéndose un total
de 5 componentes del sistema ambiental.
Posteriormente se procedió a emplear una técnica matricial para identificar los
impactos ambientales potenciales a generarse por el desarrollo del proyecto,
de lo cual, se identificaron 4 interacciones.
Adicionalmente se utilizó la técnica de grafos para corroborar las interacciones
identificadas en la matriz de leopold, debido a que ciertas interacciones no son
lineales, sino derivadas de relaciones entre las afectaciones originales, y no
pueden ser identificadas por el método matricial. Derivado de la aplicación de
dicha técnica, se pudieron corroborar los impactos identificados en la matriz de
leopold, además de identificar otros dos impactos.
Finalmente, la relevancia de los impactos ambientales se determinó tomando
como criterio el efecto sobre la integridad ecológica del Sistema Ambiental,
misma que se considera como muy baja. Derivado de lo anterior, se determinó
que ninguno de los impactos identificados es relevante o significativo en los
términos que establece el Reglamento de la LeyGEEPA en materia de
Evaluación del Impacto Ambiental.
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Aún cuando los impactos identificados no son relevantes, en el siguiente
capítulo se proponen medidas de prevención, mitigación y compensación.
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MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES
CAPÍTULO VI: MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES CONTENIDO
Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por impacto ambiental.
3
VI.1 Medidas de prevención y mitigación en la etapa de construcción. 3
VI.2 Medidas de prevención y mitigación en la etapa de operación y mantenimiento. 5
VI.3 Impactos residuales. 7
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Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas. VI.1 MEDIDAS DE PREVENCION Y MITIGACION EN LA ETAPA DE CONSTRUCCION. Como ya se indicó en el capítulo anterior, en ésta etapa, no se identificaron impactos, sin embargo, se tendrán las siguientes medidas y acciones:
Durante el uso de maquinaria y equipo para las actividades en que sea necesario, se cuidará que el traslado de esta al sitio de la obra se realice por una ruta previamente establecida por la autoridad competente, S.C.T. o Municipio.
Los residuos líquidos que se generen por el uso de maquinaria y equipo, en
ningún momento se verterán en los cuerpos de agua superficiales aledaños, ni se derramen en el suelo.
La generación de residuos líquidos por el uso de maquinaria y equipo, serán
almacenados en recipientes portátiles de capacidad adecuada para su entrega a prestadores de servicio en recolección y transporte de los mismos para su posterior disposición final, reuso o reciclaje en su caso, correspondiendo esto a las empresas contratistas utilizadas.
Los desechos sólidos por el uso de maquinaria y equipo, se confinarán en
recipientes o contenedores, efectuándose una previa clasificación para los no peligrosos y se enviarán al depósito de basura Municipal más cercano, caso contrario en los que se clasifiquen como peligrosos, estos se recolectará por prestadores de servicios que se contraten.
La generación de emisiones de gases contaminantes a la atmósfera por el
uso de maquinaria y equipo: se exigirá en todo momento a los contratistas de las obras, para que vigilen que estos no rebasen los niveles máximos permisibles de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de aire como la NOM-041-SEMARNAT-1993, la NOM-044-SEMARNAT -1993, NOM-045-SEMARNAT-1993 y la NOM-050-SEMARNAT-1993, las que establecen los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación, que usan gasolina, diesel o gas licuado de petróleo o gas natural u otros combustibles alternos como combustibles, respectivamente.
Como medida de prevención y mitigación para reducir la generación de
emisiones de gases contaminantes a la atmósfera, producto de la combustión interna de los motores de unidades de transporte y maquinaria pesada, se exigirá y vigilará en todo momento a los responsables de cada unidad, a fin de que mantengan afinados y en condiciones óptimas de operación los motores de sus vehículos.
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Igualmente se vigilará que los niveles de ruido, no rebasen los permitidos
por la Norma Oficial Mexicana en materia de aire NOM-080-SEMARNAT-1993.
Para los casos en que los niveles de ruido que se generen rebasen los
niveles establecidos, se exigirá a los trabajadores de las empresas contratistas, la utilización de tapones auditivos para mitigar el ruido o bien la utilización de orejeras.
En el armado, cimbrado y colado de estructuras, los materiales sobrantes o
de desperdicio serán confinados en recipientes de 200 litros para ver la posibilidad de su reutilización en la misma obra o bien ser vendidos para su reciclaje a empresas que se dediquen a esto.
Concretamente los residuos metálicos, se confinarán en sitios dentro del
predio y posteriormente se realizará una clasificación para que, inicialmente se determine la posibilidad del reuso en la misma obra o posteriormente en las otras etapas, o en su caso para su posterior venta.
Para el relleno y la compactación de las excavaciones para la instalación de
estructuras, estos se realizarán únicamente en el sitio donde sea necesario e incluido en el proyecto.
El relleno se efectuará en capas de 20 centímetros y compactadas de
conformidad con las especificaciones establecidas, cuidando siempre que el material no lleve piedras o material de otras características que puedan causar daños a algunas instalaciones
Durante el proceso de relleno, se verificará permanentemente, que la
compactación sea la correcta, utilizando para ello el equipo más adecuado para tal fin.
Por último y con la finalidad de evitar siempre cualquier alteración en los
alrededores del predio, las actividades se efectuarán preferentemente en horarios diurnos, salvo en los que por necesidad se tenga que realizar en horario nocturno.
Cuando se haya terminado la obra, se realizará una limpieza general del
terreno con la finalidad de evitar entorpecer las actividades subsecuentes, así como también evitar el mal aspecto, disponiéndose los residuos en recipientes adecuados y confinándolos en algunas áreas para su disposición final en el sitio que se elija.
Las descargas de líquidos que se originen en la realización de pruebas, se
retornarán a la cisterna de almacenamiento de agua previamente construida, desde luego las que no contengan ningún contaminante de acuerdo al uso que se le de y en su caso, analizar la alternativa del reuso en otras actividades posteriores previamente programadas.
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En el caso de la generación de residuos peligrosos y para evitar las
infiltraciones de metales al subsuelo por lixiviados que se originen en el manejo de materiales de las instalaciones construidas, estos se confinarán de acuerdo a la normatividad correspondiente.
En caso de que haya transporte de los residuos peligrosos que se
generaron hacia otros sitios de disposición final, se llevará a cabo cumpliendo con la normatividad en la materia.
VI.2 MEDIDAS DE PREVENCION Y MITIGACION EN LA ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Aún cuando, como ya se determinó en el capítulo anterior, que los impactos derivados de esta etapa no se consideran significativos, se establecen medidas y acciones que se enfocan a prevenir que se generen dichos impactos por la operación general de las instalaciones, la misma recolección, transporte y tratamiento de residuos, así como el mantenimiento general de las mismas con la consiguiente generación de residuos, se tienen como las más importantes las que se proponen a continuación:
Tanto los residuos sólidos como líquidos, siempre van a estar en contenedores o en los tanques o en tambores, pero nunca al alcance directo del personal.
Los residuos sólidos que podrán aparecer envases, cartón, papeles, etc.,
estos serán confinados en cajas de cartón apropiadas, y serán reciclados por empresas dedicadas a ello.
Durante la incineración, las emisiones a la atmósfera, serán controladas a
través de con sistemas de control de emisiones tales como un sistema colector de polvos y un lavador de gases ajustándose al cumplimiento de la con la NOM-098-SEMARNAT-2002.
De igual manera se llevarán a cabo los monitoreos para verificar en todo
momento el cumplimiento con la NOM-098-SEMARNAT-2002.
Los lodos acuosos provenientes del sistema de lavado de gases, se enviarán a incineración en el horno rotatorio, o en su caso se podrán almacenar en tambos y se dispondrán de acuerdo a la peligrosidad que se determine de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.
Las escorias y las cenizas que se generarán en el horno rotatorio se
depositarán en tambos de 200 litros para ser almacenadas y posteriormente dispuestas como residuos peligrosos.
Para la operación de la planta se llevará a cabo el protocolo de pruebas
correspondientemente autorizado por la Dirección de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la SEMARNAT.
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Se llevarán a cabo procedimientos para evitar el derrame accidental de
residuos.
Dado el pequeño tamaño de la planta, de la nave y áreas de almacenamiento, cualquier contingencia es fácilmente detectada por el personal de operación.
El personal de operación llevará a cabo procedimientos para verificar la
inexistencia de cualquier contingencia.
Para las emisiones a la atmósfera de humos y gases propios de la combustión de los equipos propiedad de la planta, que incluyen los transportes que cargan y descargan materiales y/o residuos dentro de las instalaciones, estas se consideran mínimas y que estarán dentro de las normatividades existentes de acuerdo a los combustibles que estos utilizan, pero aún como medida de prevención, se exigirá a los operadores efectuar la revisión continua de sus unidades, programando y realizando las afinaciones de ellas con el único objetivo de continuar evitando que sus emisiones no rebasen los límites máximos permisibles de las Normas aplicables.
Desde antes del inicio de la operación de las instalaciones construidas, se
prevé que se tengan los señalamientos preventivos exigidos de acuerdo a las normas oficiales vigentes, los que contendrán los letreros requeridos específicamente para este tipo de actividades, incluyendo los teléfonos de emergencia para los casos en que se presenten problemas por distintas fallas comunes en las mismas.
Al término de cada turno o al inicio del próximo, se efectuarán
continuamente la limpieza general tanto de los equipos como de las instalaciones.
Las actividades de mantenimiento, estarán vinculadas con las de operación
de cualquier sistema o instalación, para lo cual se efectuarán actividades de vigilancia continua en todas las instalaciones de la planta.
Para llevar a cabo lo anterior, se programarán actividades de mantenimiento
y de vigilancia, cuyas periodicidades serán tentativas, debido a que estas no se pueden definirse permanentemente, puesto que dependen de diversos factores. Sin embargo, por considerarse como medida de prevención, éstas se programará de acuerdo a las necesidades de las mismas, lo se realizará diariamente, semanal, quincenal, mensual, semestral y anual.
La limpieza de los sitios donde se deban efectuar trabajos de
mantenimiento programado, deberá realizarse únicamente en las áreas que sean de utilidad para desarrollar la actividad específica y con la consiguiente autorización de la gerencia o personal responsable de dicha área.
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VI.2. IMPACTOS RESIDUALES. Derivado del análisis efectuado al proyecto, en ninguna de las etapas del proyecto se determinó la existencia de impactos ambientales residuales11.
11 Artículo 3 fracción X del Reglamento de la LeyGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental: Impacto ambiental residual: El impacto que persiste después de la aplicación de medidas de mitigación; VII C
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PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS
CAPÍTULO VII: PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS CONTENIDO
VII.1 Pronóstico del escenario. VII.2 Programa de Vigilancia Ambiental VII.3 Conclusiones
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CAPÍTULO VII
PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS
VII.1 Pronóstico del escenario. El Proyecto,
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IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS
METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS.
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VIII.1.- Metodología para evaluar los impactos ambientales. Tal y como se indicó en el capítulo V de esta MIA-P, se detalla la metodología
utilizada para la identificación de impactos.
De acuerdo con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, impacto ambiental es la “Modificación del ambiente ocasionado por
la acción del hombre o de la naturaleza”, por lo que en el presente capítulo se
identificarán y valorarán los impactos ambientales que se prevé se podrán
generar por la construcción del proyecto, tomando como referencia la
caracterización del sistema ambiental descrito en el capítulo anterior, y las
obras y actividades descritas en el capítulo II.
Es de considerar que toda obra o actividad de este tipo efectuada por el
hombre sobre un ambiente similar al que prevalece en el sitio del proyecto,
tendrá impacto sobre los componentes ambientales mas relevantes, los cuales
podrán ser de carácter positivo o benéficos, entendiéndose como obras o
actividades que favorecerán la estabilidad del sistema ambiental, o negativos o
adversos que representarán afectaciones a algún (os) componentes (s)
ambiental (es) o proceso (s), tomando en cuenta su integridad dentro del
ecosistema.
Se identificaron y evaluaron los impactos ambientales potenciales que
ocurrirían por la ejecución del proyecto, a través de una combinación de
técnicas para la identificación y valoración de los impactos ambientales
potenciales a generarse, como una primera aproximación se empleo el método
de Lista de Checado, el cual nos permite relacionar las obras y actividades que
comprenderá el desarrollo con los factores ambientales sobre los cuales se
tendrá incidencia y posteriormente tomando en cuenta los resultados obtenidos
a través de esta técnica se utilizó una técnica matricial tipo Leopold para la
identificación de los impactos ambientales, es decir, las interacciones entre los
factores del sistema ambiental mas susceptibles a ser afectados y las obras y
actividades que inciden en los mismos.
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Las técnicas antes mencionadas se consideraron tomando en cuenta que la
efectividad para la evaluación de los impactos ambientales depende del tipo de
proyecto, de la cantidad de información ambiental con la que se cuente y sobre
todo de la identificación de los principales factores en los que incidirá el
proyecto en cada una de las obras y actividades que lo componen. Finalmente,
una vez identificados las interacciones proyecto/ambiente, se llevó a cabo la
evaluación de los mismos tomando en cuenta y en todo momento la calidad
ambiental de los componentes más relevantes del sistema ambiental en donde
se localizará el proyecto, mismo que como se analizó en el capítulo IV, tiene
una baja calidad ambiental, además que el predio en donde se llevará a cabo el
proyecto ya se encuentra impactado por localizarse en un área industrial y una
nave ya construida.
VIII.1.1- Indicadores de Impacto Ambiental. Para los fines del presente análisis se entiende como “Indicador”, el elemento
del medio ambiente que será afectado o que potencialmente puede ser
afectado por un agente de cambio (Ramos, 1987), principalmente en cuanto a
su representatividad, relevancia, cuantificación y de fácil identificación.
Derivado de la naturaleza del sitio en donde se pretende llevar a cabo el
proyecto, es decir dentro de una nave ya construida, no habrá preparación del
sitio, por lo que las etapas en que se divide el proceso de desarrollo del
proyecto:
Etapa de Construcción.
Etapa de Operación y Mantenimiento.
En la etapa de construcción se llevará a cabo la cimentación necesaria dentro
de la nave para la instalación de los equipos, la adecuación del almacén de
residuos, del edificio administrativo, y la instalación del horno rotatorio, equipos
de control y servicios.
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Posteriormente, y tomando en cuenta lo anterior, se elaboró un catalogo de
conceptos de acciones generales así como de acciones especificas que se
desarrollarán en cada una de las etapas descritas.
Como resultado de ello, se identificaron 4 actividades u acciones especificas (la
generación y manejo de residuos se repite tanto en la etapa de construcción
como de operación y mantenimiento), que podrían causar un efecto negativo /
positivo, sobre algún componente o factor del medio ambiente, tal y como se
muestra en la siguiente tabla.
TABLA 8.1
Lista de chequeo de actividades generadoras de impactos ambientales
ACTIVIDADES ESPECIFICAS ETAPA ACCIÓN GENERAL
No. ACCIÓN U OBRA
Cimentación 1 Cimientos para equipo y colado de estructuras
Pruebas y arranque 2 Pruebas y arranque
Con
stru
cció
n
Generación de residuos 3 Generación y manejo de residuos
Operación 4 Incineración
Ope
raci
ón
y M
ante
nim
ient
o Mantenimiento 5 Generación y manejo de residuos
VIII.1.2- Lista indicativa de indicadores de Impacto Ambiental.
Posteriormente y con base en los resultados de la caracterización ambiental del
predio y detallado en el capítulo IV de la manifestación, se procedió a la
identificación de los factores ambientales relevantes del sistema ambiental y
aquellos que podrían ser afectados por el agente de cambio (actividad
generadora de impactos), reconociéndose un total de 5 componentes del
sistema ambiental, tal y como se muestra en la tabla 8.2. Cabe mencionar que
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los componentes ambientales se analizaron en función de su relevancia a nivel
del sistema ambiental aún cuando el proyecto se llevará a cabo en un predio
previamente impactado, dentro de una nave ya construida.
TABLA 8.2
Lista de factores ambientales que pueden ser afectados
MEDIO COMPONENTE FACTOR Calidad del agua
Agua Cantidad del agua
Suelo Calidad Abiótico
Aire Calidad
Cobertura vegetal forestal Vegetación
Vegetación riparia Biótico
Biodiversidad Biodiversidad
Considerando que en el diagnóstico del capítulo IV, de la tabla anterior, se
puede observar que los aspectos ambientales relevantes del sistema ambiental
seleccionado (RHP-65), es la hidrología superficial (cantidad y calidad de
agua), el tipo de suelo, la superficie cubierta con vegetación forestal, la
superficie de humedales (ciénegas, pantanos y vegetación riparia que
permanece actualmente), la biodiversidad en dichos humedales, de igual
manera se consideraron los componentes ambientales que si bien no son
relevantes en cuanto a su calidad en el sistema ambiental, son relevantes por
el efecto que pudiese ocurrir en ellos derivado de la ejecución del proyecto, es
decir la calidad del aire y suelo.