Download - Testamentos Especiales
T E S T A M E N T O P R I V A D O
T E S T A M E N T O M I L I T A R
T E S T A M E N T O M A R Í T I M O
D E R E C H O C I V I L I I
A L E X I S A Y A L A
B R E N D A H E R N A N D E Z
J U L I O C . H E R N A N D E Z
M A N U E L C A S T I L L O
M A E S T R O , L I C J O R G E R O M O M U R G U Í A
M A R T E S 3 0 D E J U L I O D E L 2 0 1 3
t
Índice
Introducción
Testamento Privado
Testamento Militar
Testamento Marítimo
Conclusión
Bibliografía
Introducción
En lo que respecta de las formas del testamento, el privado,
militar y marítimo, son tres de las cuatro formas especiales
de testamento señaladas en nuestro Código Civil (Art. 1577).
Nos podremos dar cuenta que estas formas de testamento
solamente se dan bajo ciertas circunstancias y cumpliendo
con requisitos que son imprescindibles para su legítimo
cumplimiento. Estos señalados desde el artículo 1641 hasta
el 1668 del mismo Código.
Testamento Privado
• El Testamento Privado sólo se puede otorgar en los siguientes casos:
1. Cuando el testador enferma repentinamente de una enfermedad gravísima
que no le de tiempo de presentarse ante notario a presentar testamento.
2. Cuando no haya notario o juez que actúe para recibir testamento.
3. Cuando sea imposible o muy difícil que concurra el otorgamiento del
testamento aunque haya notario o juez.
4. Cuando militares o asimilados al ejército se encuentren prisioneros de guerra
o en campaña.
• El testador debe de estar imposibilitado para hacer testamento ológrafo.
• Deberá de haber cinco testigos idóneos y uno deberá escribir la voluntad del
testador. Si ninguno supiere escribir, o en caso de suma urgencia no será
necesario redactarlo por escrito.
Testamento Privado
En casos de suma urgencia bastarán tres testigos idóneos.
El juez debe de considerar si los testigos son idóneos al hacer éstos las siguientes declaraciones:
I. Lugar, día, mes y año en que se otorgó el testamento.
II. Si reconocieron, vieron y oyeron claramente al testador.
III. El tenor de las disposiciones del testamento.
IV. Si el testador estaba cuerdo y libre de coacción.
V. El motivo por el que se otorgó el testamento privado (circunstancias)
VI. Si sabe que el testador falleció o no de la enfermedad o de la situación de peligro en que se encontraba.
Si alguno de los testigos muere, bastará con los restantes, mientras sean al menos tres.
Testamento Militar
Este testamento se otorga cuando el militar o asimilado del ejército entra en acción de guerra o se encuentra herido en el campo de batalla. Se requerirá, además:
• Al menos dos testigos;
• A estos dos testigos les declarará su voluntad, o bien, les podrá dejar un testamento ológrafo.
• Se entregará o manifestará al jefe de la corporación, quien lo remitirá al secretario de la SEDENA y éste a la autoridad judicial competente.
Testamento marítimo
Todos los que naveguen en un buque de bandera nacional, sea de guerra o mercante, pueden usar esta forma de testamento, sin distinguir entre tripulación o pasajeros.• Se necesita de al menos dos testigos y el capitán de la tripulación.• El capitán de la tripulación es esencial en estos casos.• Las formalidades del testamento marítimo son las siguientes:I. Debe ser por escrito.II. Debe ser firmado por el testador.III. Debe ser firmado por dos testigos y por el capitán.IV. Todo lo anterior deberá hacerse en duplicado.V. Deberá ser anotado todo en el cuaderno de bitácoras entre los papeles más
importantes.• El testamento deberá ser entregado a las personas correspondientes.• El testamento sólo surtirá efectos si el testador muere en altamar o dentro de
un mes contado desde su desembarque en algún lugar donde haya podido ratificar u otorgar su última nueva disposición.
Conclusión
Como vemos, estas formas especiales de testamento
tienen formalidades parecidas a las del testamento
público abierto en donde tiene que haber cierto número
de testigos, por ejemplo.
Las formalidades requeridas para este tipo de
testamento son absolutamente necesarias para
comprobar la veracidad de la última voluntad del
testador dadas las circunstancias para cada caso.
Bibliografía
Código Civil Para el Estado de Sonora
Formas del Testamento, Biblioteca Jurídica de la UNAM, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3270/18.pdf
Testamento marítimo http://es.slideshare.net/CarlosMarin25/testamento-martimo-sucesiones-2012