Download - Snip
El Sistema Nacional de Inversión
Pública
Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio
de Economía y Finanzas
LEY 27783, LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
ARTÍCULO 10 [...] LAS NORMAS TÉCNICAS REFERIDAS A LOS SERVICIOS Y BIENES PÚBLICOS, Y LOS
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO, REFERIDOS A PRESUPUESTO, TESORERÍA, CONTADURÍA, CRÉDITO PÚBLICO, INVERSIÓN PÚBLICA, CONTRATACIONES Y
ADQUISICIONES, PERSONAL Y CONTROL, POR SU NATURALEZA SON DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO
OBLIGATORIO PARA TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO.
LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO
SistemasAdministrativ
os
LEY 27867, LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
ARTÍCULO 33 [...] LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL SE EJERCE BAJO UN SISTEMA GERENCIAL Y SE
SUSTENTA EN LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN, EJECUCIÓN, EVALUACIÓN
Y CONTROL, DENTRO DEL MARCO DE LAS NORMAS EMITIDAS POR LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
NACIONALES.
LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
ARTÍCULO VIII.- LOS GOBIERNOS LOCALES ESTÁN SUJETOS A LAS LEYES Y DISPOSICIONES QUE, DE MANERA GENERAL Y DE CONFORMIDAD CON LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, REGULAN LAS ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL SECTOR PÚBLICO; ASÍ COMO A LAS NORMAS TÉCNICAS
REFERIDAS A LOS SERVICIOS Y BIENES PÚBLICOS Y A LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO QUE
POR SU NATURALEZA SON DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO.
Presupuesto
Tesorería
Inversiones
Contaduría
Control
Contrataciones y Adquisiciones
ANTECEDENTES
En el año 2000 se crea el SNIP para mejorar la calidad de la Inversión. En ese momento no se incluyeron a los Gobiernos Locales.
En el año 2002 la Ley de Bases de Descentralización, dispone el desarrollo progresivo del SNIP en los Gobiernos Locales en su condición de Sistema Administrativo del Estado.
2000Ley del SNIP
(excluía a Gobiernos Locales)
2002Ley Bases Desc.
(incluye a Gobiernos Loc. al SNIP)
Retroalimentación
Fin
Post-Inversión
Operación y Mantenimiento
Inversión
Estudios Definitivos/Expediente
Técnico
Ejecución
Pre Inversión
Perfil
Pre factibilidad
Factibilidad
Idea
PROCEDIMIENTOS: CICLO DEL PROYECTO
*
*La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la
fase de preinversión a la fase de inversión.
EvaluaciónEx post
Toda intervención limitada en el tiempo
Que utiliza total o parcialmente recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad reductora de bienes o servicios (de la Entidad) Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto
¿Qué es un Proyecto de Inversión Pública (PIP)?
¿QUÉ ES UN PROYECTO VIABLE?
Un proyecto se declara viable cuando a través del estudio de preinversión ha demostrado ser:
Socialmente rentable,
Sostenible
y Compatible con las
políticas sectoriales nacionales.
costos
beneficios
Recursos para operación y mantenimiento, aceptación de la comunidad, etc.
Enmarcadosen los esfuerzosy prioridades
del país (educación inicial,
electrificación rural, etc.)
PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN
ESTUDIO DE PREINVERSIÓN OPI DGPM
PERFIL 30 20
PREFACTIBILIDAD
45 30
FACTIBILIDAD 45 30
Expresados en días hábiles:
DELEGACIONES VIGENTESResolución Ministerial 372-2004-EF-15
EN GENERAL SIN MONTO.
EXCEPCION: HASTA S/.3’000,000.00 PIPs FINANCIADOS CON CTI NO REEMBOLSABLE
OPI GOBIERNO LOCAL
PIP de ENERGIA ó TRANSPORTE TERRESTRE HASTA
S/.6’000,000.00OTROS PIPs HASTA
S/.4’000,000.00
OPI GOBIERNO REGIONAL
PIP de ENERGIA ó TRANSPORTE TERRESTRE HASTA
S/.8’000,000.00OTROS PIPs HASTA
S/.6’000,000.00
OPI GOBIERNO NACIONAL
UF - GL UF-GR UF-GL, GR, GN
NIVEL DE ESTUDIOS PARA USAR DELEGACIONES
PERFIL
hasta S/3’500,000 hasta S/2’000,000Prog 035: Energía; Prog 052: Transporte Terrestre ó Subprog 034: Irrigación
Demás Programas y Subprogramas del Clasificador Funcional Programático
PREFACTIBILIDAD
> S/3’500,000 hasta S/8’000,000 > S/2’000,000 hasta S/6’000,000Prog 035: Energía; Prog 052: Transporte Terrestre ó Subprog 034: Irrigación
Demás Programas y Subprogramas del Clasificador Funcional Programático
FACTIBILIDAD
> S/8’000,000 > S/6’000,000Prog 035: Energía; Prog 052: Transporte Terrestre ó Subprog 034: Irrigación
Demás Programas y Subprogramas del Clasificador Funcional Programático
DELEGACIONES A EMPRESAS MUNICIPALES DE SANEAMIENTO
Pertenecer a más de un Gobierno Local,
PIP debe enmarcarse en la Función 14: Salud y Saneamiento, Programa 047: Saneamiento y Subprograma 0127: Saneamiento General,
Monto de inversión del PIP, a precios de mercado, igual o menor a S/.3’000,000.00.
PROYECTOS DECLARADOS VIABLES EN EL MARCO DEL SNIP
Fuente: Banco de Proyectos, DGPM, MEF
Actualmente, los 26 Gobiernos Regionales y 300 municipalidades aplican el SNIP.
Número de PIPs declarados viables en el marco del SNIP
378 510
1794
3331
8335
0
2000
4000
6000
8000
10000
2001 2002 2003 2004 2005
El MEF le otorga la viabilidad sólo al 1% de los Proyectos de Inversión Pública
Viabilidad Descentralizada
8335 PIP'S DECLARADOS VIABLES EN EL 2005 SEGÚN DELEGACIÓN
Fuente: Banco de Proyectos, DGPM, MEF
OPI GR; 2085; 25%
OPI GL; 4358; 51%
OPI GN; 464; 6%DGPM; 45; 1%
PLIEGOS; 1383; 17%
EL PIP MENOR
PROYECTOS MENORES A
S/. 100,000.00
Llena Formato
Unidad Formuladora
Evalúa y declara la viabilidad
Oficina de Programación e Inversiones del Gobierno
Local
PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIAS
Consejo de Ministros aprueba Plan de prevención, atención o rehabilitación.
Unidad Formuladora
Llena Formato
Verifican causalidad y declaran elegibilidad
INDECI/DGPM
¿TODAS LAS MUNICIPALIDADES ESTÁN SUJETAS AL SNIP?
No
ESTE ES UN PROCESO PROGRESIVO QUE SE HACE A TRAVÉS DE:
1. Una incorporación normativa.
2. Una incorporación voluntaria. ACUERDO DE CONCEJO
Resolución Directoral de la DGPM
NÚMERO DE MUNICIPALIDADES INCORPORADAS
51,6%VOLUNTARIA 40,8%
NORMATIVA
7,6%OBLIGATORIA
Normativa = 129
Obligatoria = 24
Voluntaria = 163
Normativa:- Directiva N°
004-2003-EF/68.01
- RD N° 005-2005-EF/68.01
Obligatoria:
PIP mayor a S/. 750 000
Voluntaria:
Acuerdo de Concejo Municipal
En algún momento todos los Gobiernos Locales serán incorporados al ámbito de aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Deben cumplir como mínimo:
1. Acceso a internet.2. Personal capacitado en el SNIP.3. Compromiso del Concejo Municipal de apoyar
fortalecimiento técnico en su Gobierno Local.
REQUISITOS PARA INCORPORAR AL SNIP A NUEVOS GGLL
No.
Los Gobiernos Locales incorporados al SNIP deben hacer estudios de preinversión sólo en sus proyectos nuevos.
¿ UN GOBIERNO LOCAL RECIÉN INCORPORADO DEBE HACER PERFILES DE
TODOS SUS PROYECTOS ?
Los que al 31.12.03 o 31.12.05:No se encontraban en ejecución óNo tenían un expediente técnico en
elaboración
En el caso de incorporación posterior la fecha antes señalada se extiende hasta el pedido de incorporación
FINANCIAMIENTO DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN Y DEFINITIVOS
PERFILPara los GR y GL: hasta el 5% del 20% de lo percibido por Canon y Regalía Minera
PREFACTIBILIDAD, FACTIBILIDAD Y DEFINITIVOS
Con cargo a su Presupuesto Institucional autorizado en el Grupo Genérico de Gastos 5 Inversiones
USOS DEL CANON Y REGALÍA MINERA
Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20% de los recursos de Canon y Regalía Minera para:
Mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local,
Financiar los gastos generados por los procesos de selección para la ejecución de PIPs.
USOS DEL CANON Y REGALÍA MINERA
Los GR y GL utilizarán estos recursos en el financiamiento o cofinanciamiento de PIPs que:
Se orienten a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad,
Se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y
Sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales.
Los PIPs no podrán considerar intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.