Página 1 de 17
SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO
ACTA Nº 16/25.02.2016
========================
En el Salón de Plenos de las Casas Consistoriales del Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla, siendo las
dieciocho horas del día veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, DOÑA
FIDELA VELÁZQUEZ MANUEL, se reúne en primera convocatoria el Ayuntamiento Pleno, concurriendo los Señores
Concejales siguientes:
DON CAYETANO JOSÉ SILVA HERNÁNDEZ (PSOE)
DOÑA PRISCILA DÍAZ BETHENCOURT (PSOE)
DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE)
DOÑA EULALIA TOLEDO HERNÁNDEZ (PSOE)
DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS)
DON JUAN RAMOS REYES (CC-AIS)
DON JONAY MÉNDEZ VARGAS (CC-AIS)
DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ (Grupo Mixto – PP)
DON BENITO RAMÓN GONZÁLEZ ABREU (Grupo Mixto –PP)
DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto – AUPSJR-SSP)
DON JOSE MANUEL BORGES PÉREZ (Grupo Mixto – AUPSJR-SSP)
DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD)
Se reúnen, asistidos por el Secretario, DON FERNANDO ALONSO DÍAZ, al objeto de celebrar sesión ordinaria, para
la cual han sido legalmente convocados.
Asiste también DON JUAN ANTONIO SIVERIO ALBELO, Interventor-Accidental de esta Corporación, en el
ejercicio de las funciones que reserva la Ley a dicho órgano.
Una vez comprobada por la Secretaría la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada la
sesión, por la Presidencia se declaró abierta la misma, pasándose seguidamente al tratamiento de los asuntos incluidos en el orden del día.
PARTE DECISORIA
I.- ACUERDO SOBRE APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES PLENARIAS DE FECHAS:
28.12.2015 (EXTRAORDINARIA) y 14.01.2016 (ORDINARIA).-
Pregunta la Sra. Presidenta si algún miembro de la Corporación, al amparo de lo establecido en el art. 91 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, tenía algún reparo u observación que formular respecto de las actas de las sesiones
plenarias de fechas 28.12.2015 (extraordinaria) y 14.01.2016 (ordinaria), de cuyo texto íntegro fueron entregados ejemplares a cada uno de los miembros de la Corporación.
Página 2 de 17
DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) dice que parecía haber alguna errata, cree que en la de diciembre, sin mayor concreción que permitiera la correspondiente subsanación en su caso.
Sin que se produjeran otras intervenciones, se sometió por la Presidencia a votación las citadas actas, obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (12)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (2) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 5 0 0
PP (2) (2) (0) (0)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (1) (0) (0)
Resultado de la votación 13 0 0
Consecuente con el resultado de la votación, EL PLENO, por UNANIMIDAD, ACORDÓ la aprobación de las actas de
las sesiones plenarias de fechas 28.12.2015 (extraordinaria) y 14.01.2016 (ordinaria), ordenándose su transcripción al correspondiente Libro de Actas.
II.- ACUERDO SOBRE DETERMINACIÓN DE LOS DOS DÍAS DE FIESTA LOCAL PARA EL PRÓXIMO
AÑO 2017.-
Se conoce el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Juventud, Mujer, Igualdad, Infancia y Familia, Animación
Sociocultural, Ferias, Festejos, Romerías, Sanidad y Consumo, de fecha 22.02.2016, del siguiente tenor literal:
“(…) Se da cuenta a continuación de la Propuesta de fecha 18.02.2016, suscrita por don Cayetano José Silva Hernández, Concejal con Delegación en el Área de Recursos Humanos, que transcrita literalmente dice:
“(…) Se examina el escrito que con R.S. nº. 69.335/12.02.2016 (R.E. nº 711/18.02.2016) remite la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, por el que comunica la próxima tramitación del proyecto de orden por la que se determinarán las
fiestas locales propias de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de la orden departamental sobre fiestas locales,
interesando a tal fin del Ayuntamiento la propuesta de las dos correspondientes a este municipio para el año 2017.
Por todo lo anterior, se PROPONE al Pleno, la adopción del siguiente ACUERDO: (…)”
Sin que se produjera debate, se sometió por la Presidencia a votación la Moción que ha quedado transcrita,
obteniéndose el siguiente resultado:
Total de miembros presentes: CINCO (5)
Votos a favor: CINCO (2 de PSOE; 1 de A.I.S.-C.C.; 1 del Grupo Mixto-AUPSJR-SSP y 1 del Grupo Mixto-VXT-CCD)
Votos en contra: Ninguno. Abstenciones: Ninguna.
Consecuente con el resultado de la votación, y por UNANIMIDAD, la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Protocolo y Comunicación, Participación Ciudadana, acordó elevar DICTAMEN al Pleno por el que se propone a dicho órgano la
adopción del siguiente ACUERDO: (…)”.
Sin que se produjeran intervenciones, por la Presidencia se sometió a votación el Dictamen emitido por la Comisión
Informativa de Juventud, Mujer, Igualdad, Infancia y Familia, Animación Sociocultural, Ferias, Festejos, Romerías, Sanidad y
Consumo, de fecha 22.02.2016, obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (13)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (3) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 5 0 0
PP (2) (2) (0) (0)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (1) (0) (0)
Resultado de la votación 13 0 0
Conforme al resultado de la votación, EL PLENO, por UNANIMIDAD, adoptó el siguiente ACUERDO:
Página 3 de 17
PRIMERO.- PROPONER a la Dirección General de Trabajo, dependiente de la Consejería de Empleo, Políticas
Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias los días que se dicen para su determinación como fiestas locales de este municipio,
inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, durante el próximo año 2017:
- 24 DE JUNIO DE 2017: FIESTAS DE SAN JUAN BAUTISTA.
- 11 DE SEPTIEMBRE DE 2017: FIESTAS DE SAN JOSÉ.
SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias y dar traslado
del mismo al Concejal delegado del Área de “Recursos Humanos”, a los efectos que respectivamente procedan.
III.- ACUERDO SOBRE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.-
Se conoce el dictamen emitido por la Comisión Especial de Cuentas, de fecha 22.02.2016, que en la parte necesaria se
transcribe a continuación:
“(…) Se da cuenta de la propuesta de fecha 15.02.2016, suscrita por don Cayetano Silva Hernández, Concejal delegado del área de Hacienda, que transcrita en la parte que interesa dice:
“(…) Es generalizada la consideración de que, entre diversas administraciones que integran el sector público, es la Administración Local la más cercana a los ciudadanos y, por consiguiente, aquella a la que dirigen en primer lugar sus pretensiones.
Dentro de los principios enunciados en el artículo 103 de la Constitución Española, que rigen la actividad de las administraciones públicas, la Administración Local ha de procurar ajustar su actuación a la agilidad y eficacia que demandan los
ciudadanos. Es por ello que, en ocasiones y para dar respuesta a los vecinos, la actuación administrativa no se ajusta estrictamente al
rígido procedimiento legal.
Se han llevado a cabo en este sentido en los ejercicios anteriores determinados gastos sin consignación presupuestaria,
correspondientes a suministros de bienes y prestaciones de servicios, todos ellos necesarios e indispensables para el normal desenvolvimiento de los distintos servicios municipales y la prestación de los servicios gestionados por este Ayuntamiento.
Aún llevados a cabo sin contar con el crédito presupuestario adecuado y suficiente, el Ayuntamiento está obligado al pago de los citados gastos, previa imputación de los mismos al Presupuesto Municipal. El propio legislador consciente de la
existencia de estas actuaciones “irregulares” pero en cualquier caso necesaria para la prestación de los servicios indispensables,
contempla la imputación de los citados gastos al Presupuesto corriente, imputación en un primer momento prohibida por el principio de anualidad presupuestaria, mediante la tramitación de un Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos.
Considerando necesario y obligado atender los gastos incurridos para evitar el perjuicio de los terceros contratantes con la Administración y el correlativo enriquecimiento injusto o sin causa de ésta; considerando igualmente que la imputación de los
gastos del ejercicio corriente, visto el estado actual de la ejecución presupuestaria, no causará perjuicio en la atención de las
necesidades del ejercicio corriente; considerando la efectiva prestación de los servicios y suministro de bienes por parte de terceros acreedores, constando facturas acreditativas de cada uno de los gastos debidamente conformada por los responsables de los distintos
órganos gestores del gasto; PROPONGO (…)”
Se da cuenta asimismo del informe emitido por la Interventor municipal, de fecha 17.02.2016, que se transcribe
seguidamente:
“(…) En cumplimiento de la Providencia de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 15 de febrero de 2016, en la que se
solicitaba Informe de esta Intervención Municipal de Fondos, a los efectos de indicar si procede el Reconocimiento Extrajudicial de
Créditos por la existencia de Facturas Pendientes de Pago, correspondiente al ejercicio 2014 y anteriores y que se adjuntan al presente escrito, y de conformidad con el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se emite el siguiente
I N F O R M E
PRIMERO.- Según lo dispuesto en el artículo 176.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en virtud del principio presupuestario de «Especialidad Temporal», «con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto, sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de
adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio
presupuestario».
El artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, establece la posibilidad del Reconocimiento de Obligaciones
correspondientes a ejercicios anteriores que, por cualquier causa, no lo hubieren sido en aquel al que correspondían, atribuyendo al
Pleno de la Corporación tal Reconocimiento, siempre que exista dotación Presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o
concesiones de quita y espera, mediante la asignación puntual y específica de Obligaciones procedentes de ejercicios anteriores al
Presupuesto vigente.
De esta manera, excepcionalmente podrán imputarse al Presupuesto en vigor, Obligaciones correspondientes a ejercicios anteriores, previo Reconocimiento de las mismas. Con lo que, está admitido el sistema del Reconocimiento de Obligaciones durante
el ejercicio presupuestario, provengan tales Obligaciones de cualquier otro ejercicio, y ello a pesar de lo dispuesto en el artículo 176
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
SEGUNDO.- La Legislación aplicable es la siguiente:
Página 4 de 17
Artículo 4.1.a) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Artículos 163, 169.6, 173.5, 176 a 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículos 25.1, 26.1, 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
TERCERO.- No obstante lo dispuesto en los artículos 25.2, del R.D. 500/1990 y 173.5 del TRLHL, a cuyo tenor “no podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo
nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las
responsabilidades a que haya lugar”; el impago, con el pretexto de falta de consignación presupuestaria, produciría un enriquecimiento injusto o sin causa que no debe crearse y que impone a esta administración la compensación del beneficio
económico recibido.
CUARTO.- El Expediente a instruir para llevar a cabo el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, deberá constar de la
siguiente documentación:
Propuesta suscrita por el Concejal-Delegado de Hacienda, justificativa de la necesidad de tramitación del Expediente y
en el que se acredita que la imputación de los Gastos, no causará perjuicio ni limitación alguna para la realización de las atenciones
del ejercicio corriente, Propuesta a la que acompañará una relación detallada de las Facturas – conformadas por los distintos Órganos gestores – cuya imputación al Presupuesto corriente se pretende.
Informe de la Intervención Municipal de Fondos.
Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas.
QUINTO.- Se presentan en esta Intervención Municipal de Fondos, una relación de Facturas emitidas de forma legal, que
detallan las prestaciones llevadas a cabo por diversos Proveedores, que originan una Obligación para proceder a su abono.
Las mismas se incorporan como ANEXO a este Informe, detallándose la Aplicación Presupuestaria, Tercero/Proveedor,
Número de Factura, Fecha, Concepto/Denominación e Importe. Examinada la tramitación del Expediente, se comprueba los siguientes aspectos:
La mayor parte de las Obligaciones que se quieren Reconocer, descritas en el listado ANEXO a este Informe, se incorporan al Expediente de Reconocimiento Extrajudicial, por alguno o varios de los siguientes motivos;
Tramitación tardía de la Propuesta de Gastos por el área responsable que ha encargado con el Proveedor la realización de
la obra o prestación del servicio o suministro. Tramitación sin crédito adecuado o suficiente en el ejercicio presupuestario en que se efectúa el gasto.
Obras, servicios y/o suministros realizados por diversos Proveedores, prescindiendo del procedimiento legalmente
establecido, y sin haberse fiscalizado previamente los actos que dan lugar al Reconocimiento de las Obligaciones derivadas de tales prestaciones.
SEXTO- El importe total al que asciende el Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, es de CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (123.599,44
euros), existiendo crédito adecuado y suficiente dentro vigente Presupuesto para el ejercicio económico de 2016 (…)”.
Tras el correspondiente debate, se sometió el asunto a votación por la Presidencia, obteniéndose el siguiente resultado:
Total de miembros presentes: CINCO (5)
Votos a favor de la Propuesta: TRES (3) (2 de los representantes del PSOE y 1 de AIS-CC) Votos en contra de la Propuesta: NINGUNO
Abstenciones: DOS (2) (1 del Grupo Mixto – PP y 1 del Grupo Mixto AUPSJR-SSP)
Consecuente con el resultado de la votación, la Comisión Informativa Especial de Cuentas, por mayoría, acordó elevar DICTAMEN al Pleno por el que se propone a dicho órgano la adopción del siguiente ACUERDO: (…)”
Abierto el debate, DON CAYETANO JOSÉ SILVA HERNÁNDEZ (PSOE), dice que dentro de la hoja de ruta y de acuerdo con el plan de estabilidad se trata de saldar facturas pendientes, añadiendo que el crédito para ello se aprobó con el
presupuesto de 2016. Dice que este reconocimiento extrajudicial de créditos es para evitar llegar al Juzgado, y que se puede estar de
acuerdo o no pero se trata de evitar gastos como costas judiciales, etc.
DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto AUPSJR-SSP), pregunta el porqué de esos importes, por
ejemplo, el porqué del exceso en la Obra de La Fuentita; suministro de productos de limpieza; el mantenimiento de SINPROMI del Campo de Fútbol; Insertel por gasto en la radio y el de un levantamiento topográfico.
DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ (Grupo Mixto – PP), dice que no entendía por qué se traía a Pleno si ya estaba en el presupuesto de 2016 y se une también a lo que cuestiona el Sr. Siverio González.
DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD), reitera lo dicho por la Sra. Falcón Pérez, sobre que no entiende que se traiga a Pleno si ya estaban aprobados los créditos con el Presupuesto.
DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) dice que supone que el Interventor preferirá que sea el Pleno quien dé la conformidad por una cuestión de mayor transparencia, etc.; se refiere a la pregunta formulada acerca de la obra de La
Fuentita, manifestando que surgieron una serie de inconvenientes que produjeron esas diferencias y está justificado por exceso de
obra acreditado por la Oficina Técnica municipal, y que se trae a Pleno porque hay que pagarlo.
DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE), dice que lo de traerlo a Pleno, tal como ya se trató en la
Comisión Informativa, es porque el Interventor lo ha considerado conveniente.
Página 5 de 17
Interviene entonces, con permiso de la Presidencia, DON JUAN ANTONIO SIVERIO ALBELO, Interventor Accidental,
para decir que, si bien es cierto que los créditos se aprobaron con el Presupuesto, ahora está todo más detallado y se consideró
conveniente elevarlo a pleno de acuerdo con el Concejal de Hacienda. Añade que la ley pide la relación detallada de facturas y que lo que se llevó al Presupuesto no tenía ese detalle.
DON CAYETANO JOSÉ SILVA HERNÁNDEZ (PSOE) dice que tal como se dice en el informe de Intervención, la Ley exige que se detalle la relación de facturas y que cuando se aprobó el presupuesto municipal se llevaron los créditos necesarios
sin más detalles, lo que llevó a considerar la conveniencia de traer el asunto al Pleno. Se refiere a la antigüedad de alguna factura, de
2008, que si fuera a reclamarse judicialmente resultaría muy gravoso por el pago de los intereses generados.
DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD) dice que cuando se presentaron las facturas por levantamientos
topográficos por valor de 370 y 560 euros, no se pagaron porque, tal como se vio con el Interventor y la Abogada no constaba encargo municipal sino que el encargo lo hizo un arquitecto que estaba en el Ayuntamiento. Interviene entonces nuevamente el Sr.
Silva Hernández para decir que las facturas figuran en el expediente y la Sra. Alcaldesa Presidenta exhibe las facturas 28 de
septiembre de 2012 correspondientes a dichos levantamientos topográficos.
El Sr. Abreu Oramas (CC-AIS) dice que lo importante es que hay dinero para pagar y eso le parece bien y le demuestra
que no hicieron las cosas tan mal. El Sr. Domínguez González (PSOE) toma la palabra para agradecer lo dicho por el Sr. Abreu Oramas “teniendo en cuenta que sólo tienen dos concejales liberados”, interviniendo entonces El Sr. Abreu Oramas para aclarar que
no se refería a la gestión del actual equipo de gobierno sino a cuando ellos gobernaron.
El Sr. Siverio González (Grupo Mixto AUPSJR-SSP) dice que le parece bien que se liquiden las deudas y pide que no
vuelva a ocurrir este retraso y que cualquier gobierno que entre tenga la responsabilidad de pagar lo que queda pendiente. Añade que
la liquidez dice mucho de los gobiernos, es dinero de los vecinos, no de los partidos políticos y pide que las cosas comiencen a funcionar de otra manera, por responsabilidad. Se inicia entonces una discusión entre el Sr. Siverio González y el Sr. Abreu Oramas
(CC-AIS) sobre la gestión de gobierno de su grupo, a la que se suma el Sr. Domínguez González (PSOE), para señalar que en
Canarias sólo son tres los ayuntamientos intervenidos por Hacienda, pero que ese no es el debate, y pide que se centre la discusión en el punto que se trata, invitando a todos a consultar los expedientes para solucionar dudas. Interviene don Cayetano José Silva
Hernández (PSOE) para hacer un llamamiento a la responsabilidad añadiendo que ningún proveedor tiene la culpa de disputas
políticas y que los que entran deben atender los pagos pendientes. Finalmente, la Sra. Alcaldesa habla del principio de solidaridad de los acuerdos adoptados, y de que no se pueden adoptar acuerdos fuera de la legalidad; que independientemente de que a un grupo le
guste o no el gasto que haga otro, el ayuntamiento debe pagarlo, porque el que encarga no es el partido político sino la
Administración. Añade que siempre surgen necesidades no previstas, recuerda que estos encargos son vinculantes y dice que siempre va a haber reconocimientos extrajudiciales porque siempre surgen necesidades que no están previstas en el presupuesto
inicial. Termina manifestando que lo que retrasa el cumplimiento con Hacienda no es el déficit, sino el período medio de pago a
proveedores, y que al haber facturas pendientes de 2008, eso rompe la media del período de pago exigido.
Y sin que se produjeran más intervenciones, por la Presidencia se sometió a votación el Dictamen emitido por la
Comisión Especial de Cuentas de fecha 22.02.2016, obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (13)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (3) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 2 0 3
PP (2) (0) (0) (2)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (0) (0) (1)
Resultado de la votación 10 0 3
Consecuente con el resultado de la votación, el PLENO, por mayoría absoluta del número legal de miembros que forman la Corporación, adoptó el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar el reconocimiento extrajudicial, expediente nº 01/2016, por un importe total de CIENTO
VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS
(123.599,44 €), de los créditos que a continuación se detallan:
Aprobar el reconocimiento extrajudicial, expediente nº 01/2016, por un importe total de CIENTO VEINTITRES MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (123.599,44 €) que a
continuación se detallan:
RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS PARA IMPUTAR AL PRESUPUESTO GENERAL
DEL EJERCICIO 2016.-
APLICACIÓN
PRESUPUES-
TARIA
TERCERO/
PROVEEDOR
Nº
FACTURA FECHA
CONCEPTO /
DENOMINACIÓN IMPORTE
1610 22101 Servicios de Aguas del
Valle, S.A. (SAVASA) 14/01125 30.09.2014
Stro. Agua mes
Septiembre 2014 12.438,54 €
1610 22101 Servicios de Aguas del 14/01431 31.10.2014 stro. Agua mes 12.226,60 €
Página 6 de 17
Valle, S.A. (SAVASA) Octubre 2014
1610 22101 Servicios de Aguas del
Valle, S.A. (SAVASA) 14/01521 30.11.2014
Stro. Agua mes
Noviembre 2014 12.404,87 €
1610 22101 Servicios de Aguas del
Valle, S.A. (SAVASA) 14/01537 31.12.2014
Stro. Agua mes
Diciembre 2014 12.459,87 €
1610 22101 Gestión de Aguas
2000, S.L. 14/03226 31.12.2014
Stro. Agua 2º
Semestre 2014 22.587,49 €
9200 21200 Materiales San José, S.L. 01-0000971 31.08.2014 Stro. Material ferretería
para edificios 11,66 €
9200 21200 Materiales San José, S.L. 01-0000979 31.08.2014 Stro. Material ferretería
para edificios 29,79 €
9200 21200 Materiales San José, S.L. 01-0001182 15.10.2014 Stro. Material ferretería
para edificios 90,85 €
9200 21200 Materiales San José, S.L. 01-0001391 30.11.2014 Stro. Material ferretería
para edificios 164,90 €
9200 21200 Materiales San José, S.L. 01-0001509 31.12.2014 Stro. Material ferretería para edificios
5,95 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001056 15.09.2014 Stro. Material ferretería
Alumbrado 33,85 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001247 31.10.2014 Stro. Material ferretería Alumbrado
55,51 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001382 30.11.2014 Stro. Material ferretería
Alumbrado 558,94 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001407 30.11.2014 Stro. Material ferretería Alumbrado
4,05 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001416 15.12.2014 Stro. Material ferretería
Alumbrado 10,00 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001421 15.12.2014 Stro. Material ferretería Alumbrado
10,80 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001429 15.12.2014 Stro. Material ferretería
Alumbrado 58,70 €
4500 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001498 31.12.2014 Stro. Material ferretería Alumbrado
85,00 €
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0000962 31.08.2014 Stro. Material ferretería
Parques y Jardines 42,25 €
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001044 15.09.2014 Stro. Material ferretería Parques y Jardines
47,35 €
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001129 30.09.2014 Stro. Material ferretería
Parques y Jardines 44,60 €
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001137 30.09.2014 Stro. Material ferretería Parques y Jardines
145,23€
9200 22799 Insertel 2013000008 06.02.2013
Serv. Transporte Audio
y Difusión Señal Radiofónica
588,50€
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001392 30.11.2014 Stro. Material ferretería
Parques y Jardines 173,70€
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001398 30.11.2014 Stro. Material ferretería Parques y Jardines
29,02€
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001418 15.12.2014 Stro. Material ferretería
Parques y Jardines 35,70€
1710 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001493 31.12.2014 Stro. Material ferretería Parques y Jardines
86,85€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0000576 31.05.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 40,08€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001050 15.09.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
150,70€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0000989 31.08.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 36,66€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001428 15.12.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
149,82€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001427 15.12.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 14,06€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001428 31.12.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
71,70€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001492 31.12.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 73,00€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001494 31.12.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
581,30€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001500 31.12.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 231,87€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001506 31.12.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
10,02€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001508 31.12.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 32,81€
Página 7 de 17
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001510 31.12.2014 Stro. Material ferretería Vías Públicas
71,10€
1532 21900 Materiales San José, S.L. 01-0001512 31.12.2014 Stro. Material ferretería
Vías Públicas 1.014,95€
9200 62300 Materiales San José, S.L. 01-0000195 29.02.2012 Stro. Frigorífico 156,00€
9200 62300 Materiales San José, S.L. 01-0001032 09.08.2012 Stro.dos
deshumificadores 940,80€
9200 22603 Boletín Oficial de la
Provincia 21243-08 05.05.2008
Anuncio Renting Mini
Bus 497,54€
9200 22603 Boletín Oficial de la
Provincia 27740-12 18.04.2012
Convocatoria Becas de
Colaboración 195,62€
4500 21900 Sinpromi, S.L. A/1017 30.03.2012 Mantº Campos Fútbol.
Reposición Cesped 500,00€
4500 21900 Sinpromi, S.L. A/3200 30.09.2012 Reposición Caucho 500,00€
4500 21900 Sinpromi, S.L. A/3551 31.10.2012 Mantº Campos Fútbol.
Mes octubre 2012 500,00€
4500 21900 Sinpromi, S.L. A/3916 30.11.2012 Mantº Campos Fútbol.mes noviembre
2012
500,00€
4500 21900 Sinpromi, S.L. A/4284 28.12.2012 Mantº Campos Fútbol. mes diciembre 2012
500,00€
9200 22799 Insertel 2012000104 12.12.2012 Instalacióm Mesa de
Mezclas 395,90€
9200 22799 Insertel 2012000113 31.12.2012 Cuota Alta Servicio Mantenimiento
1.070,00€
9200 22799 Insertel 2012000111 31.12.2012 Cuota alta Servicio
Transporte de Audio 1.070,00€
9200 22799 Insertel 2012000112 31.12.2012 Cuota alta Servicio Difusión de Señal
1.070,00€
9200 22110 Artproducts, S.L. 800.005 02.01.2013 Stro. Limpia suelos
ecológico 1.085,83€
9200 22110 Artproducts, S.L. 800.963 04.10.2013 Stro.Limpia suelos ecológico
1.085,83€
1532 61900 Construcciones Roelda, S.L.
Certificación 09.06.2015
Obra Mejora en Calle
La Fuentita (exceso de
obra)
10.032,57€
9430 46601 Amuparna Cuota anual 2013 Cuota año 2013 330,50€
1510 22706 Nehemias Herrera Dorta 120920 20.09.2012 Levantamiento
Topográfico 560,00€
1510 22706 Nehemias Herrera Dorta 120919 19.09.2012 Levantamiento Topográfico
370,00€
1532 61901 Isla del Valle Promociones
y Proyectos, S.L. 11-025 07.03.2011 Obra Camino el Pino 24.909,28€
TOTAL GASTOS RECONOCMIENTO EXTRAJUDICIAL: ………………………….. 123.599,44 €
SEGUNDO.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta o Concejal que legalmente le sustituya para la firma de cuantos documentos sean precisos en ejecución del presente acuerdo.
TERCERO.- Dar traslado de este acuerdo al Concejal proponente así como a la Intervención Municipal a los efectos correspondientes.
IV.- PROPUESTA DE DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, CONCEJAL CON
DELEGACIÓN EN EL ÁREA DE MODERNIZACIÓN MUNICIPAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, SOBRE
SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO CON EL CABILDO INSULAR DE TENERIFE PARA LA PLANIFICACIÓN Y
DESPLIEGUE DEL “ANILLO INSULAR DE TELECOMUNICACIONES DE TENERIFE”, EN LAS POBLACIONES
PERTENECIENTES A ESTE AYUNTAMIENTO.
Se conoce el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Desarrollo Local, Empleo y Formación, Estadística, Modernización Municipal y Nuevas Tecnologías, Parque Móvil y Transportes, de fecha 22.02.2016, que en la parte necesaria se
transcribe a continuación:
“(…) Se examina la propuesta que con fecha 15.02.2016, suscribe DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ,
Concejal con delegación en el Área de Modernización Municipal y Nuevas Tecnologías, que obra en el expediente, y que transcrita
literalmente dice:
“(…) Teniendo conocimiento que el Cabildo de Tenerife, en el marco de su estrategia de desarrollo de nuevas áreas de la
economía insular está implantando a través del proyecto ALIX una serie de acciones orientadas al fomento de infraestructuras de
telecomunicaciones, que sirvan de base al establecimiento de actividades económicas vinculadas al sector, que teniendo su base en
Tenerife tengan una orientación local e internacional.
Página 8 de 17
Que en el marco de los objetivos indicados en el párrafo anterior, el Cabildo de Tenerife en el proyecto “FASE I
ANILLO INSULAR DE TELECOMUNICACIONES DE TENERIFE”, ha dotado a ciertas carreteras regionales e insulares de
infraestructuras de telecomunicaciones, mediante el procedimiento de enterrado en zanja y tendido mecanizado.
Para dar continuidad a la infraestructura de telecomunicaciones ya instalada es necesario desplegar nuevas
infraestructuras terrestres basadas en fibra óptica, tanto de nueva ejecución como sobre canalizaciones existentes, y aéreas basadas
en tecnologías inalámbricas, con el fin de dotar a la Isla de una infraestructura pública de telecomunicaciones, “El Anillo Insular de
Telecomunicaciones de Tenerife” (AITT), que sea utilizada tanto para los servicios de auto prestación del Cabildo de Tenerife como
para el despliegue de nuevos servicios de valor añadido.
Visto el contenido del Convenio de referencia, por el que se pone de manifiesto que los términos de colaboración serán
asumidos de manera expresa por las empresas a las que el Cabildo de Tenerife adjudique su realización, y a tal efecto serán
sometidos a consideración de este Ayuntamiento con carácter previo a la firma de los correspondientes contratos.
Asimismo para la consecución del objeto de este convenio se constituirá una Comisión Mixta de Vigilancia y Control
que estará encargada de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del presente convenio, así como de velar por la
correcta coordinación y desarrollo de las obras, celebrando cuantas reuniones periódicas resulten precisas, y estará formada por dos
representantes del Cabildo de Tenerife y por otros dos representantes designados por este Ayuntamiento.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Alcaldía, propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: (…)”
Sin que se produjera debate, por la Presidencia se sometió a votación la Propuesta que ha quedado transcrita,
obteniéndose el siguiente resultado:
Total de miembros presentes: CINCO (5)
Votos a favor: CINCO (2 de PSOE; 1 de AIS-CC; 1 del Grupo Mixto-PP y 1 del Grupo Mixto-AUPSJR-SSP)
Votos en contra: Ninguno. Abstenciones: Ninguna.
Consecuente con el resultado de la votación, y por UNANIMIDAD, la Comisión Informativa de Desarrollo Local, Empleo y Formación, Estadística, Modernización Municipal y Nuevas Tecnologías, Parque Móvil y Transportes, acordó elevar
DICTAMEN al Pleno por el que se propone a dicho órgano la adopción del siguiente ACUERDO: (…)”
Abierto el debate, DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE) dice que este asunto ya fue debatido
en la Comisión Informativa y que se trata de poner nuestras infraestructuras de canalización a disposición del Cabildo para colocar
la fibra óptica del anillo insular de telecomunicaciones, lo que se formaliza a través de la suscripción de convenio de colaboración.
DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto – AUPSJR-SSP) dice que le parece bien favorecer el
desarrollo de las nuevas tecnologías y que es positivo que las redes lleguen a todo el municipio; pero que, no obstante, quería
recordar que hay vecinos que no tienen aún electricidad y servicios públicos, y que sería bueno tenerlo en cuenta.
DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ (Grupo Mixto – PP) dice que esperaba que este anillo se realice más
rápidamente que el anillo de la carretera y que era un avance más para el futuro.
DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD) dice que está a favor de este asunto porque no nos podemos
quedar atrás.
Finalmente DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) anuncia su voto favorable pero matiza que, en la
actualidad, es más fácil la instalación en la zona litoral que en la de medianías, y pide que se aúnen esfuerzos entre los dos
municipios mancomunados y se aprovechen los planes de cooperación para no producir gasto al Ayuntamiento.
Y sin que se produjeran más intervenciones, por la Presidencia se sometió a votación el Dictamen emitido por la
Comisión Informativa de Desarrollo Local, Empleo y Formación, Estadística, Modernización Municipal y Nuevas Tecnologías, Parque Móvil y Transportes, de fecha 22.02.2016, obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (13)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (3) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 5 0 0
PP (2) (2) (0) (0)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (1) (0) (0)
Resultado de la votación 13 0 0
Consecuente con el resultado de la votación, el PLENO, por UNANIMIDAD, adoptó el siguiente ACUERDO:
Página 9 de 17
PRIMERO.- Aprobar la suscripción de un convenio entre el Cabildo Insular de Tenerife y este
Ayuntamiento, para la planificación y despliegue del “Anillo Insular de Telecomunicaciones de Tenerife” (AITT), en las
poblaciones y barrios pertenecientes a esta Villa de San Juan de la Rambla, cuyo texto que se inserta como ANEXO de este acuerdo.
SEGUNDO.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, o Concejal que legalmente le sustituya, para la adopción de
cuantas medidas y para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de lo acordado, y en especial para la formalización del convenio a que se refiere este acuerdo.
TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo al Cabildo Insular de Tenerife, dando traslado asimismo al Concejal
proponente, a los efectos oportunos.
A N E X O
I.- Que el Cabildo de Tenerife, en el marco de su estrategia de desarrollo de nuevas áreas de la economía insular está
implantando a través del proyecto ALiX una serie de acciones orientadas al fomento de infraestructuras de
telecomunicaciones, que sirvan de base al establecimiento de actividades económicas vinculadas al sector, que teniendo su base en Tenerife tengan una orientación local e internacional.
II.- Que en el marco de los objetivos indicados en el punto anterior, el Cabildo de Tenerife en el proyecto “FASE I ANILLO INSULAR DE TELECOMUNICACIONES DE TENERIFE" ha dotado a ciertas carreteras regionales e
insulares de infraestructuras de telecomunicaciones, mediante el procedimiento de enterrado en zanja y tend ido
mecanizado.
Para dar continuidad a la infraestructura de telecomunicaciones ya instalada es necesario desplegar nuevas infraestructuras terrestres basadas en fibra óptica, tanto de nueva ejecución como sobre canalizaciones existent es,
y aéreas basadas en tecnologías inalámbricas, con el fin de dotar a la Isla de una infraestructura pública de
telecomunicaciones, “El Anillo Insular de Telecomunicaciones de Tenerife", en adelante “AITT”, que sea utilizada tanto para los servicios de autoprestación del Cabildo de Tenerife como para el despliegue de nuevos servicios de valor
añadido.
III.- Que el Ayuntamiento considera de interés prioritario tanto que el despliegue del AITT cubra el mayor número de
núcleos de poblaciones posibles dentro del municipio, como que se haga de la manera más eficiente y con el menor
impacto posible.
Y, en consecuencia, ambas partes
ACUERDAN PRIMERO. OBJETO.-
1.1 El objeto del presente Convenio es establecer los términos de la colaboración y coordinación entre el Ayto. y el Cabildo para la planificación y despliegue del AITT en las poblaciones pertenecientes al Ayto. Los términos de
colaboración serán asumidos de manera expresa por las empresas a las que el Cabildo adjudique su realización, y a tal
efecto serán sometidos a su consideración con carácter previo a la firma de los correspondientes contratos.
1.2 La colaboración de los firmantes se concretará específicamente en:
La programación y la coordinación de las actuaciones en la vía pública con las compañías de servicios.
El establecimiento de los requisitos y condiciones para la disposición, utilización y el mantenimiento de las
infraestructuras municipales utilizadas por el Cabildo en el citado despliegue. El establecimiento de los requisitos y condiciones para el uso de emplazamientos municipales así como de
mobiliario urbano, como punto de apoyo para el despliegue de infraestructuras inalámbricas
SEGUNDO. ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN
2.1. El convenio abarca todas las poblaciones y barrios pertenecientes al municipio de …………… .
TERCERO. OBLIGACIONES DEL CABILDO
3.1 Durante la ejecución de las obras de despliegue, el Cabildo se compromete a utilizar, cuando sea posible, las canalizaciones de las redes municipales de alumbrado público, telecomunicaciones y semafórica, así como a
subsanar sin coste alguno para el Ayto. los defectos de los conductos y canalizacion es en los tramos de dichas redes
utilizados para el paso de" cables del AITT. En dichas canalizaciones el Cabildo instalará, de forma 'paralela al suyo, un cable de fibras ópticas que será cedido al Ayto.
Asimismo, el Cabildo se compromete a acondicionar y utilizar las canalizaciones construidas por el Ayto. el dominio
público.
Durante la ejecución del despliegue de la red inalámbrica, en aquellos casos en los que sea preciso realizarla, el Cabildo se compromete a utilizar aquellos emplazamientos municipales y mobiliario urbano que para tal fin disponga el
Ayto.
3.2 El Cabildo informará al Ayto. acerca del alcance del despliegue del AITT dentro del municipio y solicitará el
informe favorable del mismo.
3.3 El Cabildo se compromete a procurar por todos los medios a su alcance, que el despliegue del AITT en la citada población ocasione los menores perjuicios posibles al conjunto de vecinos y cumpla la normativa urbanística vigente.
3.4 Una vez finalizadas las obras de despliegue, el Cabildo, a través de la empresa adjudicataria del proyecto de
Página 10 de 17
despliegue, restablecerá el pavimento, aceras, mobiliario y demás elementos de la vía pública al estado en que se
encontraba con anterioridad al inicio de las obras. Asimismo, facilitará al Ayto. los planos del trazado del AITT que discurra por ese municipio con indicación expresa de las nuevas canalizaciones susceptibles de posteriores
utilizaciones por parte del Ayto.
3.5 El mantenimiento y las reparaciones de las averías en los equipos o en la planta externa del AITT que surjan una
vez concluida la obra, serán subsanadas por el Cabildo sin que ello ocasione gasto alguno para el Ayto.
3.6 El Cabildo será responsable de todos los daños que se produzcan por acción u omisión en las personas y en los
bienes públicos o privados como consecuencia de la ejecución, conservación y mantenimiento del AITT y cualquiera
de las infraestructuras realizadas o utilizadas.
CUARTO. OBLIGACIONESDEL AYUNTAMIENTO.
4.1 El Ayto se compromete a facilitar el desarrollo de las obras de construcción del AITT promovidas por el Cabildo,
a cuyo fin tramitará en un plazo no superior a quince (15) días los informes\y autorizaciones municipales que se
precisen de acuerdo con la normativa vigente. Asimismo facilitará al Cabildo el acceso al inventario de infraestructuras susceptibles de ser aprovechadas para el despliegue del AITT o de los puntos de terminación de red.
4.2 Para la ejecución de las obras el Ayto. facilitará, en la medida de lo posible, la utilización tanto de las infraestructuras de alumbrado público municipal como el resto de infraestructuras y canalizaciones de titularidad
municipal que puedan ser necesarias.
En todo caso, los servicios técnicos del Ayto. y el Cabildo trabajarán conjuntamente para encontrar las mejores
alternativas técnicas y económicas para el despliegue del AITT, así como definir los puntos de terminación de red en las
instalaciones municipales que se encuentren cubiertas por el despliegue.
4.3 El Ayto. se compromete a facilitar al Cabildo, en la medida de lo posible, el acceso y la instalación en planta interna
de la acometida necesaria para instalar el punto de terminación de red dentro de los recintos e instalaciones municipales, s in que ello suponga coste alguno para el Ayto.
En cualquier caso, dicho instalación no deberá producir daños en los bienes municipales, impedir su utilización para
actividades de mayor interés público o menoscabar el uso municipal.
4.4. El Ayto. se compromete a notificar al Cabildo, con la mayor antelación posible, aquellas intervenciones de mantenimiento u obras en las vías y calles que puedan afectar, de forma directa o indirecta, a aquellas
canalizaciones por las que se encuentre desplegado el AITT.
4.5. En caso de despliegue de infraestructuras inalámbricas, el Ayto. se compromete a facilitar el despliegue del
cableado eléctrico que sea necesario para alimentar los equipos radio que se instalen en emplazamientos mu nicipales o mobiliario urbano, facilitando la adecuación de los cuadros eléctricos desde los que sea precio iniciar la instalación.
QUINTO. TITULARIDAD 5.1. El Ayto. mantendrá la titularidad de todas las canalizaciones, instalaciones e in fraestructuras existentes en
dominio público municipal y será el titular de todas las nuevas canalizaciones ejecutadas y desplegadas en dominio
público municipal por el Cabildo.
5.2. El Cabildo mantendrá la titularidad de aquellas canalizaciones, instalaciones e infraestructuras existentes en-
dominio público insular y regional y será el titular de todas las redes públicas de comunicaciones ejecutadas y desplegadas por el Cabildo en dominio público Insular y Regional. .
SEXTO. COMISION MIXTA 6.1. Para la consecución del objeto del presente Convenio se constituirá una Comisión de Vigilancia y Control que
estará encargada de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del presente Convenio, así como de velar
por la correcta coordinación y desarrollo de las obras, celebrando a tal efecto cuantas reuniones periódicas resulten precisas.
6.2. La Comisión estará formada por cuatro miembros: dos representantes del Ayto. y dos representantes del Cabildo.
SÉPTIMO. EFECTOSDEL PRESENTECONVENIO.
7.1. Ambas partes reconocen la naturaleza administrativa del presente Convenio, sometiéndose expresamente a la
competencia de la jurisdicción Contencioso Administrativa, para cuantas cuestiones pudieran surgir respecto
a la interpretación y cumplimiento del mismo.
OCTAVO. VIGENCIA, MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN.
8.1. La vigencia de este Convenio será de veinticinco (25) años a contar desde la fecha de su firma y quedará
prorrogado por periodos de cinco (5) años salvo notificación fehaciente en contra con una antelación mínima de un
año al vencimiento del Convenio o de cualesquiera de las prórrogas
8.2. Las partes mantendrán las obligaciones contenidas en el presente convenio durante todo el plazo de su vigencia.
8.3. Cualquier modificación del presente Convenio deberá ser recogida por escrito, pasando a formar parte del mismo como adenda.
'::-...
Página 11 de 17
8.4 Son causas de extinción del presente Convenio:
a. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas a cada una de las partes.
b. El mutuo acuerdo de las partes. c. La renuncia por cualquiera de las partes, la cual deberá efectuarse con una antelación mínima de un (1)
año al momento en que se pretenda hacer efectiva.
d. El transcurso del periodo de vigencia
V.- ASUNTOS DE URGENCIA.-
Consultados los miembros de la Corporación sobre la existencia de asuntos a proponer para su declaración de urgencia y
posterior tratamiento, no se producen intervenciones, pasándose a tratar el siguiente punto del orden del día.
PARTE DECLARATIVA
VI.- MOCIÓN QUE SUSCRIBE DOÑA PRISCILA DÍAZ BETHENCOURT, PARA MANIFESTAR EL APOYO
DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SAN JUAN DE LA RAMBLA A LA CANDIDATURA “ISLAS CANARIAS,
OLAS DE JUVENTUD 2019”, IMPULSADA POR LA DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD DEL GOBIERNO DE
CANARIAS.-
Se conoce el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Juventud, Mujer, Igualdad, Infancia y Familia, Animación Sociocultural, Ferias, Festejos, Romerías, Sanidad y Consumo, de fecha 22.02.2016, que en la parte necesaria se
transcribe a continuación:
“(…) Se da cuenta de la Moción de referencia, de fecha 12.02.2016, que transcrita literalmente dice:
“(…) La Capitalidad Europea de la Juventud (European Youth Capital EYC) es un título otorgado desde 2009 por el
European Youth Forum (Consejo Europeo de la Juventud) a una población, durante el período de un año, en el cual se le da la
oportunidad de mostrar, a través de un programa multifacético, su vida cultural, social, política y económica relacionada con la
juventud.
La iniciativa EYC tiene como objetivo principal fortalecer la relación entre los niveles europeos y locales, fomentando la
participación de los jóvenes en el ámbito local mediante la aplicación de los objetivos europeos comunes en el área de juventud.
Hasta ahora ninguna ciudad española ha sido elegida. En esta ocasión, se presenta una candidatura liderada por el
Consejo de la Juventud de Canarias que coloque a nuestra región ultraperiférica en el centro del mapa de la juventud europea, y
además, estimule el sentimiento europeísta de nuestros jóvenes como parte integrante e importante de la Unión.
Un proyecto dinamizador de estas dimensiones pretende unir a la juventud de las siete islas compartiendo y rotando las
actividades que se propongan por todo el territorio, a la vez que desarrolla el trabajo en red entre las distintas administraciones
canarias con competencias en materia de juventud. La capitalidad será para toda Canarias y rotará por las capitales de las siete islas
y a su vez, de estas hacia todo el territorio archipielágico.
Ahora, el Gobierno, los Cabildos y los Ayuntamientos tenemos la misión de revitalizar las políticas de juventud, y la
capitalidad europea resultaría un contexto ilusionante para aunar esfuerzos potenciando el papel de la juventud en la sociedad
canaria.
Establecer un diálogo estructurado entre las administraciones y los jóvenes, potenciar el asociacionismo y la
participación juvenil, y en general el protagonismo de la juventud en las decisiones políticas que les afectan es uno de los objetivos
principales de nuestra misión, en una región europea a veces aislada y afectada por uno de los porcentajes de precariedad y
desempleo juveniles más altos.
La Capitalidad Europea es un excelente marco para implicar en el trabajo en favor de la juventud al resto de los sectores
y agentes sociales, públicos y empresariales de las islas.
El enriquecimiento se produce en los dos sentidos: hacia afuera, en la proyección de nuestro territorio hacia el resto de
Europa, dándonos a conocer como región ultraperiférica y como cruce de culturas tricontinental. Durante 2019 nuestras ciudades se
convierten además, en el lugar idóneo para acoger cualquier tipo de conferencias nacionales o internacionales relacionada con la
juventud. Es una gran oportunidad para aumentar nuestra visibilidad y notoriedad a escala europea.
Página 12 de 17
A la vez permitirá el desarrollo de sinergias y proyectos locales cuya influencia y desarrollo perdurarán mucho más allá
del año en cuestión, beneficiando al conjunto de la juventud canaria a largo plazo.
En virtud de lo anterior, es por lo que se PROPONE al Ilustre Ayuntamiento Pleno, la adopción del siguiente
ACUERDO: (…)”
Tras el correspondiente debate, y sometida por la Presidencia a votación la propuesta que ha quedado transcrita, se obtuvo el siguiente resultado:
Total de miembros presentes: CINCO (5)
Votos a favor: CINCO (2 de PSOE; 1 de AIS-CC; 1 del Grupo Mixto-AUPSJR-SSP y 1 del Grupo Mixto- VXT-CCD) Votos en contra: Ninguno.
Abstenciones: Ninguna.
Consecuente con el resultado de la votación, y por UNANIMIDAD, la Comisión Informativa de Juventud, Mujer,
Igualdad, Infancia y Familia, Animación Sociocultural, Ferias, Festejos, Romerías, Sanidad y Consumo, acordó elevar
DICTAMEN al Pleno por el que se propone a dicho órgano la adopción del siguiente ACUERDO: (…)”
Abierto el debate, DOÑA PRISCILA DÍAZ BETHENCOURT (PSOE) explica el contenido de la moción, que se
resume en el apoyo a la candidatura que presenta la Dirección General de Juventud del Gobierno Autónomo de Canarias, y añade que ninguna ciudad española ha sido hasta ahora elegida.
Intervinieron a continuación, sucesivamente, DON JUAN AGUSTÍN SIIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto – AUPSJR-
SSP), DON TOMAS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD), DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ (Grupo Mixto – PP),
DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) y DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE),
manifestando todos ellos su conformidad y apoyo a la moción presentada.
Y sin que se produjeran más intervenciones, por la Presidencia se sometió a votación el Dictamen emitido por la
Comisión Informativa de Juventud, Mujer, Igualdad, Infancia y Familia, Animación Sociocultural, Ferias, Festejos, Romerías, Sanidad y Consumo, de fecha 22.02.2016, obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (13)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (3) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 5 0 0
PP (2) (2) (0) (0)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (1) (0) (0)
Resultado de la votación 13 0 0
Consecuente con el resultado de la votación, el PLENO, por UNANIMIDAD, adoptó el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Manifestar el apoyo del Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla a la candidatura “Islas
Canarias, Olas de juventud 2019” (Canary Islands, Waves of Youth 2019), impulsada por la Dirección General de Juventud del
Gobierno de Canarias a propuesta del Consejo de la Juventud de Canarias, que tiene como objetivos fundamentales activar las
políticas de juventud, seriamente mermadas durante el período de crisis, así como propiciar que la juventud de una región ultraperiférica como el Archipiélago canario se sienta integrada y se la reconozca como parte importante de Europa. El espíritu de
esta candidatura es el desarrollo, con carácter rotatorio por todo el territorio insular que se caracteriza por su lejanía y
fragmentación, de un proyecto común que sirva para unir a la juventud de toda Canarias. Con esta iniciativa se pone de manifiesto la necesidad de impulsar el papel de los jóvenes en la sociedad, y, sobre todo, su intervención directa en las decisiones políticas que les
incumben.
SEGUNDO.- Facultar a Doña PRISCILA DÍAZ BETHENCOURT, Concejala con delegación del Servicio Municipal de
Juventud, para todo lo que resulte necesario en ejecución del presente acuerdo.
TERCERO.- Notificar este acuerdo a la Dirección General de Juventud del Gobierno de Canarias, dando traslado del
mismo a la Concejalía Delegad proponente, a los efectos correspondientes.”
VII.- MOCIÓN DE RECHAZO Y SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL CANON O TASA A ABONAR POR
LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS DE LOS MUNICIPIOS DE MÁS DE 5.000 HABITANTES POR EL PRÉSTAMO DE
LIBROS, SEGÚN EL R.D. 624/2014, DE 18 JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA EL DERECHO DE
REMUNERACIÓN A LOS AUTORES POR LOS PRÉSTAMOS DE SUS OBRAS EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE
USUARIOS Y LOS PRÉSTAMOS REALIZADOS EN CADA BIBLIOTECA.-
Se conoce el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Protocolo y Comunicación,
Participación Ciudadana, de fecha 22.02.2016, que en la parte necesaria se transcribe a continuación:
“(…) Se da cuenta de la Moción de referencia, de fecha 15.02.2016, que transcrita literalmente dice:
“(…) El pasado 1 de agosto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por
el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados
establecimientos accesibles al público. Este Real Decreto es una transposición de una Directiva Europea de 2006 que obliga a los
Página 13 de 17
países de la Unión Europea a cobrar a las bibliotecas por el préstamo de documentos, que es a su vez resultado del desarrollo
reglamentario de la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y las bibliotecas.
Cabe señalar que una de las excepciones que contiene el Real Decreto es que no se verán afectadas las bibliotecas
integradas en instituciones educativas (colegios, universidades, escuelas de negocios... ). Sin embargo, la aplicación del mismo
afectará directamente a las bibliotecas públicas municipales de todos los municipios canarios con más de 5000 habitantes, obligándoles a pagar dos tipos de remuneración económica.
Una de ellas será una cuantía de 0,004€ por el número de obras objeto de préstamo con derechos de autor y otra será una cuantía de 0,05 por cada usuario que haya hecho uso efectivo del servicio de préstamo durante el año correspondiente. La
remuneración por usuario incluye a todas aquellas personas que se hayan llevado libros a casa, incluso cuando se trate de
obras no protegidas por derechos de autor, obligando a las bibliotecas a pagar por derechos que ya han expirado.
Este decreto no tiene en cuenta además que las bibliotecas ya pagan derechos de autor cada vez que compran un
ejemplar de cualquier obra (según la normativa de 2007 la cuantía era de 0,20 euros por obra y ahora habrá que abonar 0,16 euros por cada documento que se adquiera para engrosar su colección de préstamos mientras no esté vigente el pago referido
anteriormente que será en 2016). Por consiguiente, este canon significará pagar dos veces por el mismo concepto.
La implantación de este canon por préstamo bibliotecario supondrá que los ayuntamientos, instituciones de las que
dependen mayoritariamente las bibliotecas públicas municipales deberán pagar por los préstamos realizados en sus
instalaciones y por sus usuarios activos. Las corporaciones locales, en la mayor parte de los casos, tendrán que hacer frente a esta retribución, que saldrá de los exiguos presupuestos destinados a estos centros. Esta obligación de pagar por los servicios
que prestan tales bibliotecas significará una carga económica que pondrá en peligro su supervivencia como tales servicios de
lectura pública.
Este canon, si bien no lo pagarán directamente quienes hagan uso de los servicios bibliotecarios, sino que saldrá de
los impuestos municipales que pagan todas las personas del municipio, supondrá que habrá aún menos recursos para el mantenimiento de los servicios que van a recibir de las bibliotecas, menos inversión para la adquisición de todo tipo de
documentos, actividades culturales y programas de fomento a la lectura, mejora de los centros ya existentes o creación de
nuevos espacios bibliotecarios.
Resulta irónico que este Real Decreto penalice a las bibliotecas por ejercer la función que tienen
encomendada, que es "satisfacer las necesidades de la población en materia de formación, información, cultura y ocio". Las bibliotecas públicas son el primer eslabón para el desarrollo de políticas culturales, abiertas al conocimiento, al libre
pensamiento, espacios básicos para la educación permanente y una inversión en el progreso de la ciudadanía, garantizando
siempre un acceso libre y gratuito a la formación y a la lectura.
Sin embargo, llama la atención que cuanto mejor funcione una biblioteca, más activa sea, más préstamos y
uso tenga, mayor fomento de la lectura haga y más dinámica sea su comunidad vecinal, mayor será el castigo que reciba porque más tendrá que pagar ya que este canon las penaliza.
Las bibliotecas públicas no constituyen una competencia o una amenaza, sino un elemento de promoción de
las obras a través de diversas actividades (encuentros literarios, clubes de lectura, etc.), tal como queda recogido en el
informe Primera oleada sobre el panorama del Libro en España de noviembre de 2013 donde se reconoce que éstas son uno de los pilares fundamentales para el sector del libro en España a través de programas con los que fortalecen el trabajo de creación
en la sociedad.
Y lo peor de todo esto es que este canon a partir del 1 de enero de 2016 será recaudado en su totalidad por las
entidades privadas de gestión de los derechos de propiedad intelectual, a las que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
encarga el pago anual a los autores y autoras a quienes se pretende proteger, pero sin que haya garantías plenas de que los ingresos les lleguen directamente y no se queden por el camino. Hay dudas razonables de que se trata de un negocio privado a
través del dinero público.
Considerarnos que este Real Decreto es un atentado al que numerosas personas del mundo de la cultura y
profesionales de las bibliotecas se están oponiendo, una persecución más de las habidas contra las bibliotecas públicas en los
últimos años (constantes reducciones de presupuestos y precarización de las condiciones de trabajo del personal) con el objetivo no declarado de privatizarlas para desentenderse de su gestión y desarrollo como servicio público.
Creemos que difícilmente podemos comparar al Estado español con nuestros socios continentales ni en presupuesto, ni en instalaciones y mucho menos en hábitos lectores, aunque parece que sí tenemos
que equipararnos en obligaciones.
En Canarias, para colmo de males, las bibliotecas públicas municipales no viven su mejor momento.
Al brutal descenso del presupuesto que aporta el Estado tenemos que sumar la exigua aportación del
Gobierno canario. El Archipiélago está por debajo de la media nacional en cuanto a documentos por habitante, adquisiciones por cada 1000 hab. e índice de población lectora. Desde 2008 hasta 2012 (último del que se tienen datos
estadísticos) ha disminuido el número de bibliotecas, así como los municipios con equipamiento de este tipo y los profesionales
empleados. La gota que colma el vaso –y que debería avergonzar a más de un representante público- es que seamos la única comunidad del Estado que no dispone de lesgilación de ningún tipo en esta materia.
La aplicación de algunos aspectos de este Real Decreto en Canarias puede generar una situación conflictiva porque el programa de gestión bibliotecaria que utilizan las bibliotecas canarias no distingue el número de obras que están protegidas y
sin proteger, por lo que resulta imposible establecer qué ejemplares deben pagar y cuáles no. Asimismo la puesta
en marcha del préstamo de libros electrónicos, aspecto no contemplado en este Real Decreto referido sólo a documentos físicos, complicará también, el cálculo de esta remuneración.
Página 14 de 17
En definitiva, creemos que es un error concebir como clientes a las personas que hacen uso de
los servicios bibliotecarios porque no lo son, sino que deben entenderse como ciudadanos y ciudadanas
que invierten sus impuestos en un espacio cultural abierto, que cumple una función de servicio público. Creemos que no tiene sentido querer hacer caja a través de las bibliotecas, ya que tienen un papel social
básico y democratizador de primer orden, aún mayor en esta época de crisis económica que estamos atravesando. Nos
encontramos, en suma, ante una legislación que no supone ningún beneficio ni para la ciudadanía ni para los autores y autoras, sino tan solo para las entidades privadas de gestión de los derechos de propiedad intelectual,
que en definitiva lo único que consigue es añadir más obstáculos y dificultades en el acceso a la cultura.
Por todo ello propone que el Pleno tome los siguientes ACUERDOS: (…)”
Tras el correspondiente debate, se sometió por la Presidencia a votación la Moción que ha quedado transcrita, obteniéndose el siguiente resultado:
Total de miembros presentes: CINCO (5)
Votos a favor: CUATRO (2 de PSOE; 1 de A.I.S.-C.C. y 1 del Grupo Mixto-AUPSJR-SSP) Votos en contra: Ninguno.
Abstenciones: UNA (1 Grupo Mixto – PP)
Consecuente con el resultado de la votación, y por mayoría, la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Protocolo
y Comunicación, Participación Ciudadana, acordó elevar DICTAMEN al Pleno por el que se propone a dicho órgano la adopción
del siguiente ACUERDO: (…)”
Abierto el debate, DOÑA EULALIA TOLEDO HERNÁNDEZ (PSOE) dice que el 1 de agosto de 2014 se publicó este
Real Decreto, que afecta a los municipios de más de 5.000 habitantes y que por eso se propone este acuerdo, dando lectura a la parte resolutiva de la propuesta.
DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto – AUPSJR-SSP) dice que comparten la iniciativa porque consideran que el acceso a la información debe ser libre y gratuito.
DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ (Grupo Mixto – PP) dice que desde el año 1992 existe una directiva de la Unión Europea que requiere de los Estados regular los derechos de autor a través de los préstamos de libros; en 1994 España adapta
esa directiva y exige el pago por préstamos en bibliotecas, y en el año 2006, el Tribunal Superior de la Unión Europea condena a
España por la adaptación incorrecta de la directiva del 92. Añade que no está de acuerdo con que haya que pagar pero le sorprende porque ya desde 2007 está en vigor la Ley de Lectura de Libros y Bibliotecas, siendo ministra la socialista Carmen Calvo, en la que
se establece el abono a los autores por los préstamos de libros, excluyendo a las bibliotecas de menos de 6.000 habitantes, y que por
tanto estamos hablando de la misma Ley. Dice que en el año 2008 se estableció por real decreto la coordinación de los pagos y que será a partir de 2014 cuando el PP establezca los cánones, y finaliza manifestando que está en contra del Real Decreto pero que la
obligación de pagar por los préstamos de libros existe desde 2007.
DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto – VXT-CCD) dice que está a favor de la moción.
DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) dice que está totalmente en desacuerdo, sea cual sea el importe
que se tenga que pagar; que el Ayuntamiento ya hace un esfuerzo en comprar los libros para las bibliotecas para tener además que
pagar por estos conceptos, y manifiesta que están totalmente a favor de la moción.
Finalmente DOÑA FIDELA VELÁZQUEZ MANUEL, Alcaldesa-Presidenta, dice que es el Ayuntamiento el que
pagaría y que el gasto revierte en el vecino; que todo lo contrario de esto sucede por ejemplo en Perú, donde el sistema de transporte público ha incorporado códigos QR para que los viajeros puedan acceder de manera gratuita a textos literarios mientras viajan.
Afirma que la directiva es contradictoria con el principio de acceso general de los ciudadanos a la cultura.
Y sin que se produjeran más intervenciones, por la Presidencia se sometió a votación el Dictamen emitido por la
Comisión Informativa de Educación, Cultura, Protocolo y Comunicación, Participación Ciudadana, de fecha 22.02.2016,
obteniéndose el siguiente resultado:
TOTAL DE MIEMBROS PRESENTES: TRECE (13)
GRUPO POLÍTICO
(Nº miembros)
Votos
A FAVOR
Votos
EN CONTRA ABSTENCIONES
PSOE (5) 5 0 0
CC-AIS (3) 3 0 0
GRUPO MIXTO (5): 3 0 2
PP (2) (0) (0) (2)
AUPSJR-SSP (2) (2) (0) (0)
VXT-CCD (1) (1) (0) (0)
Resultado de la votación 11 0 2
Consecuente con el resultado de la votación, el PLENO, por mayoría absoluta del número legal de miembros que forman la Corporación, adoptó el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- El Ilustre Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla, manifiesta su rechazo y disconformidad con el establecimiento de la tasa por préstamo en bibliotecas públicas que establece el Real Decreto 624/2014, de 18 de julio.
SEGUNDO.- Instar al Gobierno del Estado a la supresión de dicho canon, declarando a las bibliotecas públicas municipales exentas del pago por préstamo, atendiendo la posibilidad recogida en el artículo 5.3 de la Directiva
Página 15 de 17
2006/115/CE (antes Directiva 92/100/CEE) sobre derechos de alquiler y otros derechos afines a los derechos de autor en el
ámbito de la propiedad intelectual.
TERCERO.- Impugnar ante los tribunales correspondientes la instauración del canon o tasa por préstamo, por ser
contrario a los principios básicos que rigen el funcionamiento de las bibliotecas públicas en cuanto a la gratuidad y el libre acceso
de la ciudadanía a la información y a la lectura.
CUARTO.- Suspender cualquier pago de tasas hasta que se sustancie el procedimiento legal que se señala en el apartado
anterior.
QUINTO.- Dar traslado de este acuerdo al Gobierno central, al Cabildo Insular de Tenerife, al Gobierno de Canarias, a
la FECAM, a “Abigranca” (Asociación del Personal Bibliotecario de Gran Canaria) y a “Probit” (Profesionales de las Bibliotecas de Tenerife).
PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
VIII.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN
MATERIA DE MERCADOS POR LOS AYUNTAMIENTOS, EJERCICIO 2012, APROBADO POR EL PLENO DE LA
AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS, EN SESIÓN DE FECHA 28.07.2015.
Dada cuenta del informe de fiscalización a que se refiere el epígrafe, remitido por la Audiencia de Cuentas de Canarias mediante oficio con R.S. nº. 2015000975/03.08.2015 (R.E. nº. 3.799/10.08.2015), que fue aprobado por el Pleno de dicha Entidad,
en sesión celebrada el día 28.07.2015, EL PLENO municipal, estando presentes la totalidad de los miembros que lo componen,
tomó conocimiento del Informe de Fiscalización de los servicios prestados en materia de mercados por los Ayuntamientos,
ejercicio 2012, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de
Cuentas de Canarias (B.O.C. nº. 64/08.05.1989).
IX.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL SANEAMIENTO DEL AGUA POR
LAS ENTIDADES LOCALES, EJERCICIO 2013, APROBADO POR EL PLENO DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE
CANARIAS, EN SESIÓN DE FECHA 10.12.2015.
Dada cuenta del informe de fiscalización a que se refiere el epígrafe, remitido por la Audiencia de Cuentas de Canarias
mediante oficio con R.S. nº. 2016000115/22.01.2016 (R.E. nº. 366/28.01.2016), que fue aprobado por el Pleno de dicha Entidad, en sesión celebrada el día 10.12.2015.
Interviene DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ (Grupo Mixto AUPSJR-SSP), para señalar que parece que el
Ayuntamiento no había facilitado determinada información y pregunta por qué a quien estuviera en el gobierno en el ejercicio
correspondiente. DON JESÚS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE) responde que no lo sabe porque no estaba en el
gobierno ni tenía responsabilidad en la concejalía en el año 2013, destacando que no figuran los datos en el informe, tanto de ese
punto como de otros. DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS), dice que no sabe cuál sea el motivo, y que se
tratará de datos puntuales. La Sra. Alcaldesa Presidenta dice que por su parte le da vergüenza que una Administración externa llame
la atención al Ayuntamiento por no facilitar datos y que le da igual de qué año se trate o quién esté gobernando, a lo que responde el
Sr. Abreu Oramas que son cosas que pueden ocurrir por diversos motivos; pone como ejemplo el “SINAC” interviniendo entonces
para protestar el Sr. Domínguez González (PSOE) que afirma que fue él quien tuvo que poner al día esa información porque quienes
tuvieran la responsabilidad anteriormente no habían hecho nada. Se produce una discusión sobre este asunto entre ambos
concejales, que zanja la Sra. Alcaldesa Presidenta invitando a los grupos municipales que lo deseen a acceder a los expedientes para
conocer los detalles sobre posibles incidencias en materia de información a facilitar a otras administraciones.
EL PLENO municipal, estando presentes la totalidad de los miembros que lo componen, tomó conocimiento del
Informe de Fiscalización del Saneamiento del Agua por las Entidades Locales, ejercicio 2013, de conformidad con lo
establecido en el artículo 19.2 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias (B.O.C. nº.
64/08.05.1989).
X.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL
EJERCICIO 2013, APROBADO POR EL PLENO DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS, EN SESIÓN DE
FECHA 24.11.2015.
Dada cuenta del informe definitivo de la fiscalización a que se refiere el epígrafe, remitido por la Audiencia de Cuentas
de Canarias, mediante oficio con R.S. nº. 2015001415/22.12.2015 (R.E. núm. 6.178/30.12.2015), que fue aprobado por el Pleno de
dicha Entidad, en sesión celebrada el día 24.11.2015, EL PLENO, municipal, estando presentes la totalidad de los miembros que lo
componen, tomó conocimiento de los resultados definitivos de la Fiscalización de la Cuenta General del Ejercicio 2013, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias
(B.O.C. nº. 64/08.05.1989).
XI.-DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCADÍA DESDE LA ÚLTIMA
SESIÓN PLENARIA DE CARÁCTER ORDINARIO.-
Página 16 de 17
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, se dio cuenta de
las Resoluciones dictadas por la Alcaldía desde la última sesión ordinaria del Pleno, que comprende desde el Decreto Nº. 008/2016
de fecha 13.01.2016, hasta el Decreto Nº. 084/2016, de fecha 22.02.2016, ambos inclusive, los cuales han permanecido a disposición de los Sres. Concejales para su examen, desde el mismo día de la convocatoria de esta sesión.
XII.- INTERVENCIÓN DE LOS DISTINTOS PORTAVOCES PARA LA FORMULACIÓN DE RUEGOS Y
PREGUNTAS.-
Da cuenta en primer lugar la presidencia de sendos escritos, con R.E. Núm. 713/18.02.2016 y R.E. Núm.
714/18.02.2016, suscritos por DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ y DON BENITO RAMÓN GONZÁLEZ ABREU,
Concejales del Grupo Mixto – PP, en los que se plantea lo siguiente:
- La creación de una Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección y Tenencia Municipal de Animales
de Compañía (escrito RE nº. 713/18.02.2016)
(Interviene DOÑA LIRIA MARÍA FALCÓN PÉREZ, para decir que saben que existe ya una ordenanza, y manifiesta que últimamente, debido a denuncias vecinales de abandonos de perros que han causado diversas consecuencias, el PP de San Juan
de la Rambla pide la actualización de la Ordenanza porque está en pesetas; que la ordenanza es inaplicable, ya que tiene puntos
susceptibles de denuncia por protectoras de animales, y que es una ordenanza inoperativa porque resulta aplicable en cuanto a sanciones; y finaliza planteando el siguiente, RUEGO: que se actualice la actual Ordenanza, por considerarla inoperativa, y pide
suscribir un convenio con una protectora de animales).
- Colocación de una cubierta en la entrada al Centro de Atención Primaria de San José (escrito R.E. nº.
714/18.02.2016)
(Interviene DOÑA LIRIA MARIA FALCÓN PÉREZ para indicar que este asunto lo plantea como RUEGO, debido a las
quejas vecinales y explica dónde y para qué resulta necesaria la cubierta que se pide).
La propia Sra. Falcón Pérez, plantea también el siguiente RUEGO:
Que se proceda a la colocación de farolas en la calle Felipe Reyes y otras en la calle La Cenicera.
A continuación se examinó el escrito con R.E. nº. 754/22.02.2016, que suscribe DON JUAN AGUSTÍN SIVERIO
GONZÁLEZ (Grupo Mixto AUPSJR-SSP), en el que plantea varios asuntos motivos que desea sean considerados como RUEGOS, procediendo la Sra. Alcaldesa Presidenta a su lectura:
a) Teniendo constancia por parte de los jóvenes que transitan el polideportivo de la zona del casco histórico de San
Juan de la Rambla, de algunas de las deficiencias que estas instalaciones padecen, instamos a lo siguiente:
RUEGO: A que se coloque en las proximidades a estas instalaciones una sencilla toma de agua potable para su uso por
parte de quienes realizan deporte en estas instalaciones
Interviene la Sra. Alcaldesa Presidenta para decir que se ha tomado nota y se ha traslado el asunto al personal de obras y
servicios.
b) Teniendo conocimiento del deterioro de parte de la calzada de acceso al hotel rural “Finca San Juan” al
haberse retranqueado un muro de unas huertas próximas a su acceso, el cual ha causado corrimientos de tierras
sobre el asfalto, instamos a lo siguiente:
RUEGO: A que se asfalte la parte próxima a este muro para evitar el deterioro progresivo del pavimento en la carretera de acceso al hotel rural “Finca San Juan”, en la Carretera Masapé, nº. 3. Siendo la imagen de acceso a este hotel rural de vital
importancia para la imagen turística del municipio y por la seguridad de quienes deciden ocupar la escasa planta alojativa del
municipio.
Interviene la Sra. Alcaldesa-Presidenta para indicar que se ha dado traslado al personal para que se actúe, cuando se
adquiera próximamente una pesada de asfalto para reponer diferentes zonas del municipio. Añade que si bien es cierto que se trata del único hotel del municipio, también lo es que contamos con plazas alojativas en casas rurales que superan el doble de la
capacidad de ese hotel.
c) Teniendo constancia por parte de los vecinos del barrio de La Vera, de la actitud en ocasiones poco cívica de
algunos conductores a la hora de conducir a gran velocidad por la calle donde se encuentra el Restaurante “El
Arado”, instamos a lo siguiente:
RUEGO: A que se estudie la posibilidad de colocar uno o varios guardias muertos en las inmediaciones de este
restaurante, paso habitual de transeúntes, o a que en su defecto, se estudie la posibilidad de colocar dichos guardias muertos en los lugares donde se tenga constancia por la Corporación de que se circula a mayor velocidad de la permitida dentro de dicho barrio.
Interviene la Sra. Alcaldesa Presidenta para decir que también hay solicitudes similares para otros puntos del municipio
con distintos resultados; explica que, en ocasiones, los propios vecinos que solicitan su instalación de “guardias muertos” se han
Página 17 de 17
quejado después del ruido que ello ocasiona por las noches; en otras ocasiones son los informes de la Policía Local los que no
consideran necesaria su instalación; y en definitiva, que se trata de un asunto de difícil equilibrio.
A continuación la Sra. Alcaldesa Presidenta se refiere a una pregunta de DON TOMÁS MESA DÍAZ (Grupo Mixto –
VXT-CCD), sobre dos personas concretas, cuyos nombres omite por respetar sus derechos, y sobre las que, responde, tras consultar
en la Oficina de Personal, que no existe constancia de que esas dos personas hayan sido contratadas en ningún momento por este
Ayuntamiento.
Por último pregunta la Sra. Alcaldesa Presidenta si hay algún ruego o pregunta que desee formularse in voce,
interviniendo DON MARCO ANTONIO ABREU ORAMAS (CC-AIS) para decir que desea trasladar lo que los vecinos le dijeron
sobre la queja de que por la zona del colegio Francisco Afonso Carrillo se está recibiendo el agua turbia, con un tono amarillento, y
pregunta cuál es el problema. Responde DON JESUS EZEQUIEL DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ (PSOE) agradeciendo que se
advierta porque considera el asunto muy importante; que incluso rogaría que este tipo de incidencias se comunique sin esperar a un
Pleno, y que dará traslado al personal del servicio para ver de qué se trata. Dice el Sr. Abreu Oramas que se lo dijeron poco antes de
acudir a este Pleno, y a continuación, interviene la Sra. Alcaldesa Presidenta para decir que, como se sabe, tenemos un problema con
las cubiertas de los depósitos, por donde puede haber alguna filtración, que se está resolviendo a través del plan de cooperación que
incluye estas actuaciones.
Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se dio por finalizado el acto, levantándose la
sesión a las diecinueve horas y nueve minutos, de dicho día, de todo lo cual, yo el Secretario, doy fe.