Revisión de las condiciones normativas, legales e institucionales en la implementación de las
Jornadas Únicas y Complementarias en el marco del deporte, la actividad física y la recreación.
Julio César Correa Aguirre, [email protected]
Yuliana Henao Bustamante, [email protected]
Monografía presentada Para optar al título de Especialista en Gerencia Educativa
Asesor: Mauricio Córdoba Arboleda, Especialista (Esp) en Evaluación Socioeconómica
de Proyectos
Universidad de San Buenaventura Colombia
Facultad de Educación
Especialización en Gerencia Educativa
Medellín, Colombia
2018
Citar/How to cite (Correa, & Henao. 2018.)
Referencia/Reference
Estilo/Style:
APA 6th ed. (2010)
Correa, J., Henao, Y. (2018). Revisión de las condiciones normativas, legales e
institucionales en la implementación de las Jornadas Únicas y
Complementarias en el marco del deporte, la actividad física y la recreación.
(Trabajo de grado Especialización en Gerencia Educativa). Universidad de San
Buenaventura Colombia, Facultad de Educación, Medellín.
Especialización en Gerencia Educativa, Cohorte XXIII.
Grupo de Investigación (ESINED).
Línea de investigación en Gestión Educativa y Currículo
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Dedicatoria
Dedicamos este trabajo principalmente a Dios, a nuestros padres y familia por el apoyo, la
motivación y la oportunidad de seguir formándonos a nivel profesional y personal. Es especial e
importante este gran logro que, con esfuerzo, empuje, dedicación, ganas, y amor, logramos y
demostramos que si se cumplen los sueños.
Agradecimientos
En primer lugar, damos infinitas gracias a Dios por darnos la vida, la fuerza, el valor y la
dedicación para culminar esta etapa de nuestras vidas. Agradecemos la confianza, la motivación y
el apoyo incondicional de nuestros padres y familia que han sido nuestro mayor ejemplo en todo
proceso de formación personal y profesional, al igual que los maestros de la especialización en
Gerencia Educativa que orientaron y guiaron durante más de un año este grato proceso,
permitiendo forjarnos como un gran grupo, como una cohorte llena de talentos, unión y amistad
donde estamos seguros que nuestros compañeros, maestros, directivas y otros miembros de la
Universidad siempre nos recordaran. Por último, a nuestro asesor Mauricio Córdoba Arboleda
por ayudarnos a establecer un direccionamiento claro y coherente, al compartir con nosotros esta
experiencia de formación como especialistas en la Universidad de San Buenaventura Medellín.
Tabla de contenido
Dedicatoria ....................................................................................................................................... 3
Agradecimientos ............................................................................................................................... 4
Resumen ........................................................................................................................................... 9
Abstract .......................................................................................................................................... 10
Introducción ................................................................................................................................... 11
1 Antecedentes ............................................................................................................................... 13
2 Justificación ................................................................................................................................. 28
3 Objetivos ..................................................................................................................................... 32
3.1 Objetivo general ................................................................................................................... 32
3.2 Objetivos específicos ............................................................................................................ 32
4 Problema De Investigación ......................................................................................................... 33
5 Marco De Referencia .................................................................................................................. 37
6 Marco Conceptual ....................................................................................................................... 40
6.1 Tiempo libre: ........................................................................................................................ 40
6.2 Jornada Única: ...................................................................................................................... 41
6.3 Autonomía Escolar: .............................................................................................................. 41
6.4 Deporte: ................................................................................................................................ 42
6.5 Recreación: ........................................................................................................................... 43
6.6 Actividad Física: .................................................................................................................. 43
6.7 Educación Física: ................................................................................................................. 44
6.8 Política Pública: .................................................................................................................... 45
7 Metodología ................................................................................................................................ 46
8 Resultados ................................................................................................................................... 49
8.1 Análisis testimonial de los expertos en la gestión de las jornadas únicas y complementarias.
.................................................................................................................................................... 52
9 Discusión ..................................................................................................................................... 57
10 Conclusiones ............................................................................................................................. 59
11 Recomendaciones ...................................................................................................................... 63
Referencias ..................................................................................................................................... 65
Anexos ............................................................................................................................................ 68
Lista de tablas
Tabla 1. Cosas negativas en orden de importancia……………………………………………... 21
Tabla 2. Tabla de antecedentes……………………………………………………………….… 29
Tabla 3. Tabla normograma……………………………………………………….……………. 49
Tabla 4. Testimonio de expertos…………………………….………………………………….. 70
Lista de figuras
Figura 1. Cargo en la institución. ................................................................................................... 53
Figura 2. Importancia de las Jornadas Únicas Complementarias. . ¡Error! Marcador no definido.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 9
Resumen
En este trabajo se realiza una indagación teórica, sustentada en las apreciaciones y perspectivas
sobre los diferentes factores y entidades, que intervienen en la implementación de las jornadas
únicas y complementarias en Colombia, con el propósito de analizar condiciones, normativas y
orientaciones institucionales, que direccionan la implementación de estos procesos en el marco de
la educación física y las acciones para el aprovechamiento del tiempo libre.
Para su desarrollo, se estableció un método cualitativo, fundamentado en una perspectiva
interpretativa, con un enfoque exploratorio descriptivo, utilizando para la recolección de
información entrevistas estructuradas a expertos, basadas en el método Delphi. Así mimos se
implementó una revisión documental para la identificación de tendencias conceptuales y
normativas relacionadas con el tema de estudio.
Desde la revisión documental se identificaron normas, leyes y orientaciones institucionales que
abordan los procesos de gestión, así como los responsables de las jornadas Complementarias, sin
embargo, desde los aportes de los expertos no se vislumbran claridades al respecto, puesto que se
tienen diversas interpretaciones sobre la ejecución e implementación de dichas jornadas al igual de
quienes son responsables de su gestión. No obstante, se resaltan los impactos tanto institucionales
como del colectivo que participa en términos de la convivencia, el aprovechamiento del tiempo
libre y la proyección social institucional.
Palabras clave: Jornadas complementarias, jornadas únicas, Educación física escolar, programas
escolares.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 10
Abstract
In this paper work we made a theoretical investigation, supported by the appreciations and
perspectives of the different factors and entities that intervene in the implementation of the unique
and Complementary School Day Program in Colombia, with the purpose of analyzing conditions,
regulations and institutional orientations, which direct the implementation of these processes in the
framework of physical education and actions for the use of free time.
For the development of it, a qualitative method was established, based on an interpretative
perspective, with an exploratory descriptive approach, using for the recollection of structured
information interviews with experts, based on the Delphi method. In this way, a documentary
review was implemented to identify conceptual and normative trends related to the topic of study.
From the documentary review, standards, laws and institutional guidelines to brief the management
processes were identified, as well as those responsible for the Complementary School Day
Program, however, from the contributions of the experts there is no envisage clarity in this regard,
because there are different interpretations about the execution and implementation of these
Complementary School Day Program, as well as those who are responsible for its management.
However, the institutional and collective impacts that participate in it, in terms of coexistence, the
use of free time and the social institutional project.
Keywords: Complementary School Day Program, unique journey, school physical education,
school programs.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 11
Introducción
Las políticas nacionales existentes en Colombia van orientadas a priorizar los planes de
implementación a nivel educativo, con la intensión de atender integralmente a los niños,
adolescentes y jóvenes en edad escolar. Dichos programas pretenden contribuir al fortalecimiento
de las competencias básicas, el mejoramiento de la calidad educativa y el acceso a los derechos
fundamentales establecidos en la constitución política colombiana.
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2014-2018, Todos por un Nuevo País, priorizó el
plan de implementación gradual de la Jornadas Únicas (Departamento Nacional de Planeación
[DNP], 2015). Los programas de Jornadas Escolares Complementarias están bajo la
responsabilidad de las cajas de compensación que en articulación con entidades del sistema
educativo y el Sistema Nacional del Deporte reglamentados en Decreto 2405 de 1999, sugiere la
articulación entre las entidades públicas y privadas idóneas para desarrollar diversos programas a
nivel cultural, deportivo y de formación educativa (Decreto 2405, 1999, art. 6).
Por tal razón, es necesario analizar las condiciones políticas normativas e institucionales
para la orientación e implementación de las jornadas únicas y completarías en un marco
intencional, con la posibilidad de revisar de manera específica las líneas de deporte, la recreación
y la actividad física, sustentados en el uso de la autonomía escolar para los programas y diseños
curriculares.
De la misma manera, determinar los actores que deben intervenir en la planificación,
ejecución, gestión y orientación operativa para el cumplimiento, apoyo y direccionamiento a las
organizaciones institucionales es clave para la implementación, reorganización técnica y curricular
de las Jornadas Únicas, a la par de fortalecer los procesos de las jornadas complementarias como
estrategias de formación académica, pedagógica, humana, cultural, social y cívica integradas al
currículo y enfocada al desarrollo de aprendizajes y competencias ciudadanas.
En este sentido, y con el propósito de aportar a la calidad de la educación en su
funcionalidad e intencionalidad, se vislumbra la posibilidad de revisar las jornadas únicas y las
jornadas complementarias como la posibilidad de gestión de un servicio educativo, que contribuya
al logro de los fines, objetivos generales y específicos de la educación, en una ruta de colaboración
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 12
y articulación con las condiciones necesarias, en los componentes planteados como:
infraestructura, alimentación, talento humano docente, pedagógico y programas complementarios,
para promover procesos sociales pretendidos por los ciudadanos, la sociedad y los entes políticos.
Conforme a los anterior, el presente trabajo busca realizar un proceso de indagación
documental y testimonial para identificar las tendencias normativas, conceptuales y de gestión
expresadas en el desarrollo de las jornadas únicas y las jornadas complementarias desde la
perspectiva del tiempo libre, con el fin de reflexionar sobre la cualificación de la gestión en el
contexto de las instituciones educativas y su posibles impactos en las competencias ciudadanas,
habilidades para la vida y el trabajo.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 13
1 Antecedentes
Un propósito fundamental de la educación física escolar es inculcar en las presentes
generaciones una actitud diferente y positiva frente a la práctica de la actividad física, la recreación
y los deportes. Conocer desde diferentes ámbitos y puntos de vista los beneficios, las posibilidades
e impactos positivos que se tienen, si se ofrece un conglomerado, una plataforma, una estructura,
un plan, un programa o un currículo asertivamente diseñado, orientado y ejecutado en articulación
con las orientaciones que se dan a nivel mundial desde la UNESCO, a nivel nacional desde el
gobierno nacional mediante las directrices ministeriales y sectoriales y dese el contexto municipal
con los lineamientos estratégicos relacionados con los procesos educativos y deportivos de
mediano y largo plazo como los que establece el municipio de Bello en sus proyecciones
estratégicas mediadas por el plan estratégico municipal y el plan de desarrollo. finalmente, desde
las instituciones educativas en sus planes y diseños curriculares, pueden dar luces claras desde una
serie de experiencias planeadas y ejecutadas con claridad que brindarían resultados positivos los
estados de salud física, emocional, así como otros beneficios materializados en la inclusión social
y otra serie de impactos en experiencias que le permitirían a los jóvenes de estas generaciones
desarrollar habilidades, competencias y conocimientos necesarios para interactuar en el mundo de
ciudadanos globalizados, donde se aprovechen las oportunidades que existen hoy y contribuir a
una humanidad más sana, educada y de calidad.
En cuanto a las políticas nacionales, departamentales, y municipales se brindan los
referentes de calidad para que las entidades desarrollen consecuente y contextualizadamente
actividades y proyectos que correspondan a las realidades de las comunidades educativas que
cumplan con los requerimientos de dar a los estudiantes una formación integral para tener éxito en
un mundo actual y constantemente cambiante.
Cabe mencionar que, en este contexto, se han planteado ideales, metas y logros, de acuerdo
a las orientaciones de las entidades encargadas como en este caso, el Ministerio de Educación
Nacional (Ley 115, 1994, art. 23), quien toma como referente fundamental la enseñanza en las
escuelas de la educación física, como una de las 9 áreas obligatorias; cuyo objeto es el estudio del
cuerpo humano, el deporte, la recreación, ejercer movimientos, posturas y actitudes que favorecen
el desarrollo de la condición física y corporal.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 14
Siguiendo al Ministerio de Educación Nacional (2010), el área de Educación Física,
Recreación y Deporte propicia que los estudiantes enriquezcan su pensamiento, el desarrollo de
competencias y habilidades físicas, ciudadanas, su expresión y su interacción social. En este
sentido, promueve el desarrollo motriz, el cuidado de sí mismo, la relación con los otros y con el
entorno, de tal manera que en virtud de su práctica se amplíe la conciencia de la acción humana.
De igual manera, la Educación Física, la Recreación y el Deporte definen conceptos y
prácticas que, se manifiestan en la ejecución y realización de actividades deportivas, recreativas y
culturales; guiando al individuo y a la comunidad en la interacción como agentes activos,
conocedores, practicantes, evaluadores, mediadores y modificadores de hábitos, entornos,
actividades, planes y proyectos. Garantizando y generando condiciones favorables para la
población Bellanita.
La Secretaria de Educación del municipio de Bello, en la búsqueda de alcanzar logros,
metas y objetivos propuestos en los planes de gobierno, como entidad encargada de regular los
procesos educativos en el municipio, en conjunto con diferentes actores, entidades y miembros
relacionados con la educación, diseñaron en el 2011 el Plan Estratégico de Educación del
Municipio de Bello, Con enfoque de derechos, como hoja de ruta para la adquisición de
habilidades, que permitan la integración social y la participación política, la adquisición de
competencias para la solvencia económica, así como el fortalecimiento de valores culturales, la
creatividad, la expresividad, la solidaridad y la sensibilidad; en procura del desarrollo integral,
armónico y autónomo de la persona y la sociedad Bellanita (Alcaldía de Bello, Comfenalco y
UNICEF, 2016).
La Alcaldía de Bello et al. (2016), en el proceso del diseño del Plan Estratégico de
Educación del Municipio de Bello, Con enfoque de derechos, pretendió articular estratégicamente
a diez años conceptos, acciones (estrategias, programas y proyectos) y recursos orientados al
fortalecimiento de los procesos formativos y educativos de la ciudad de Bello, involucrando,
además del sistema educativo formal, a las otras dinámicas pedagógicas, en la perspectiva de una
ciudad educada para la vida y la cultura.
Uno de los propósitos que se aborda, es contribuir desde la actividad física, la educación
física, la recreación, el deporte y la cultura para la solución de problemáticas sociales se pretende
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 15
fomentar desde la educación para avanzar a través de la misma en la articulación interinstitucional,
en cumplimiento con las orientaciones nacionales y como respuesta a los paradigmas técnico-
científicos y las mega tendencias del mundo actual y en la continua línea estimular valores como:
la creatividad, la sensibilidad, la expresividad, la solidaridad, como el desarrollo de las inteligencias
múltiples.
El intento de implementar y estructurar un adecuado plan de área, la articulación con las
jornadas complementarias y su activación en las jornadas únicas, de acuerdo a guías, lineamientos
y estándares que el Ministerio de Educación Nacional ha asignado en lo referente al área básica,
fundamental y obligatoria de educación física, recreación, deporte y su uso adecuado del tiempo
libre, pretende tener en cuenta las diferentes corrientes y concepciones teóricas que hay
actualmente sobre en el área, su aplicación, impacto y proyección hacia el desarrollo de ciudadanos
hacia un nuevo país. Por tal motivo la educación física debe ser una experiencia para contribuir al
desarrollo de la persona en su integralidad, al lograr esto la construcción social se facilitaría y la
capacitación y formación de niños, jóvenes y adultos en competencias se direccionaría a la
consecución y potencial alcance de hábitos de buena salud, y al desarrollo fundamental y avanzado
de las habilidades motrices, capacidades condicionales que le permitirán a las personas el
incremento y mejora de sus habilidades y cualidades físicas, a su vez que permitirán el aumento de
la motivación a futuro en la práctica de actividades que le generen experiencias agradables y que
le brinden beneficios, físicos, sociales y psicológicos.
Como parte integral de los programas educativos, en las Instituciones Educativas han
tratado, durante años, de inculcar en las personas que la educación física hace parte fundamental e
integral del proceso educativo, apoyándose en la idea fundamental del Plan Estratégico de
Educación 2011-2021, donde se:
Reconoce al municipio de Bello como ciudad constructora de una educación para la
vida y la cultura; es una labor social desarrollada en múltiples espacios y con
diversos actores; el Plan Estratégico de Educación de Bello parte desde el
dispositivo Pedagogía/Ciudad; su proceso de enseñanza-aprendizaje, se reconoce en
múltiples espacios educativos que no niegan la significatividad histórica de la
institución escolar; la enriquece y la extiende. Este concepto-dispositivo:
Pedagogía/Ciudad contiene los siguientes elementos:
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 16
1. Ampliación del campo de acción pedagógica.
2. Construcción de valores democráticos-participativos.
3. Resignificación de la ciudadanía: de objetos urbanos a sujetos.
4. Multiplicación de redes educativas y culturales. (Alcaldía de Bello et al., 2016, p. 30)
Desde el plan estratégico municipal 2011-2021, de acuerdo con la Alcaldía de Bello et al.
(2016), la actividad física, la Recreación y el Deporte están concebidos como estrategias que
dinamizan los procesos de movilización, en búsqueda de proteger a la población infantil y juvenil
frente a los riesgos del conflicto armado, formar en la creatividad y la iniciativa personal, la
adopción de hábitos de vida saludable y auto cuidado. Igualmente, como escenarios que permitan
la socialización y el desarrollo pleno de las potencialidades.
Conforme a los anterior, Los programas de Jornada única escolar y de jornadas
complementarias deberán tener articulación con los planes de desarrollo sectoriales, regionales y
nacionales, cada secretaría de educación deberá dirigir las acciones hacia las instituciones
educativas que requieren implementar las jornadas, los programas serán dirigidos con
especificaciones y orientaciones claras, asesorados por los comités técnicos de jornadas únicas,
para atender la población escolar de niños, adolescentes y jóvenes, de tal forma cumplir con los
objetivos establecidos en los marcos de las políticas públicas sobre educación.
Por otra parte, existen nuevas formas de aprender, educar y enseñar, que pueden ser
brindadas a las nuevas generaciones. En el contexto particular de la Institución Educativa Liceo
Antioqueño y las variables de calidad educativa que se requieren, es de especial atención y énfasis
concordar con los planes nacionales, departamentales y municipales; para desarrollar proyectos de
transformación social, democráticos, pluralistas, participativos e incluyentes y ofrecer un servicio
de calidad con énfasis en competencias personales, sociales, científicas, tecnológicas y laborales;
para asumir los retos que requiere actualmente la sociedad. Estas condiciones deben mediar la
realidad contextual, con la realidad educativa, sumándole a ello las interpretaciones adecuadas de
los términos: “libertad de cátedra”, “Autonomía Escolar”, en pro del objeto misional de la
institución, de un verdadero enfoque a la calidad educativa y aporte a la dinámica de la comunidad.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 17
Según el informe de evaluación institucional de la I.E Liceo Antioqueño de Bello (2017),
cabe mencionar que, en la búsqueda de la calidad educativa se han presentado algunos asuntos, que
han desencadenado ciertos factores referenciales de impacto, los cuales tienen inferencia en la
comunidad educativa, estos factores son enunciados de la siguiente manera:
1. Índice de deserción estudiantil, expresada en un 5.4% del total de la matrícula para el año
vigente,
2. Repitencia del año escolar por bajo nivel académico y poco acompañamiento de padres de
familia en cuanto a lo académico.
3. Cancelaciones de matrícula por faltas a la reglamentación vigente de convivencia escolar,
ley 1620 de 2013.
4. Áreas con mayores índices de reprobación: castellano, inglés, Matemáticas, Música, Física y
Ciencias Sociales.
5. Estudiantes saturados en tareas y actividades escolares fuera de la jornada escolar.
6. Cumplimiento de requerimientos para grados como: el servicio social obligatorio, las horas
de constitución, las prácticas profesionales en las medias técnicas.
7. Niños y Niñas con algún requerimiento nutricional especial.
8. Estudiantes diagnosticados o en proceso de tratamiento por NEE (necesidades educativas
especiales) en Aula de Apoyo.
9. Además, la Institución Educativa Liceo Antioqueño, requiere al igual que otras instituciones,
la intervención y la atención oportuna por parte de comunidades o asesores académicos, un
equipo de trabajo complementario que realice, ejecute y evalué diseños curriculares ;
permitiendo pensar en la educación como un sistema en transformación y modificación de
las variables de tiempo, espacio, tipo de conocimientos a desarrollar, relaciones
interpersonales, la convivencia escolar, adaptación de prácticas pertinentes por parte de
docentes y administrativos.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 18
De igual manera, se podrán encaminar acciones coherentes, generar condiciones para
incidir en diferentes procesos, destinar los medios, los recursos, el talento humano y los
presupuestos hacia el logro de los objetivos y metas, de la sociedad que se desea formar; siendo el
punto de partida para establecer los enlaces requeridos, para que los planteamientos en proyectos
por ejecutar hilvanen y se articulen con las propuestas políticas que hasta el momento están
establecidas. Teniendo en cuenta el objetivo general del Plan Estratégico de Bello, con enfoque de
derechos 2011-2021, se determina que es necesario
Generar las condiciones para garantizar a la población Bellanita el derecho cultural y social
a la formación y educación, bajo el principio de equidad, que le permita el desarrollo de destrezas
para la vida cotidiana, la adquisición de habilidades para la integración social y la participación
política, la adquisición de competencias para la solvencia económica, así como el fortalecimiento
de valores culturales como la creatividad, la expresividad, la solidaridad y la sensibilidad, en
procura del desarrollo integral, armónico y autónomo de la persona y la sociedad, bajo criterios de
respeto al otro, a la humanidad, a las demás especies y al planeta. (Alcaldía de Bello et al., 2016,
p. 88)
Y reforzado esto bajo los objetivos específicos de:
Articular estratégicamente a diez años conceptos, acciones (estrategias,
programas y proyectos) y recursos orientados al fortalecimiento de los
procesos formativos y educativos de la ciudad de Bello, involucrando, además
del sistema educativo formal, a las otras dinámicas pedagógicas, en la
perspectiva de una ciudad educada para la vida y la cultura.
Fomentar desde la educación el conocimiento y realización de los derechos
humanos mediante metodologías flexibles e innovadoras.
Avanzar a través de la educación en la articulación positiva y racional a los
nuevos paradigmas técnico-científicos y las megatendencias del mundo
contemporáneo. (Alcaldía de Bello et al., 2016, p. 88)
Se observa en el texto del Plan Estratégico de Bello 2011-2021, que se pretende que el
municipio a 2021 cumpla con la gratuidad total que fue decretada por la administración municipal,
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 19
para la población en la educación básica, esto incluye los ciclos CLEI (ciclos lectivos especiales),
de nocturnos, sabatinos y dominicales con población adulta (Alcaldía de Bello et al., 2016).
De igual manera, la Alcaldía de Bello et al. (2016) señala que, aunque se cuenta con un
registro de 1473 docentes regidos por los decretos 2277 y 1278, se ha evidenciado que a la hora de
la planeación y ejecución de programas se ha generado malestar, todo debido a las especificidades
de los decretos que hacen que las gestiones académicas y comunitarias entren en conflicto con los
ideales, creencias y aspectos en su implementación, bloqueando o entorpeciendo de cierta manera
los diseños curriculares, la motivación y las practicas innovadoras.
Aunque la libertad de enseñanza o libertad de cátedra se respeta, ya que la ley posibilita
esto a las instituciones educativas, hay antecedentes que indican que en algunos casos hay
instituciones que diseñan algunas estrategias y formas diferentes para interpretar la ley y asumir
posiciones y libertades frente al currículo, frente a los proyectos alternativos, frente a los proyectos
complementarios y obligatorios por las directrices legales. En algunas instituciones no se diseña,
se critican y no se hacen los procesos de trabajo curricular o de lineamientos, estándares o
competencias y el control del ente regente oficial se centra solo en exigir la existencia de un PEI
(proyecto educativo institucional) que cumpla con parámetros básicos de la normatividad nacional
y municipal.
Estas falencias en el plan estratégico no han permitido llevar a cabo los alcances y las metas,
todo esto sumado e indagado pudo pernotar que hay unos factores negativos que impactan la
situación:
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 20
Tabla 1
Cosas negativas en orden de importancia
COSAS NEGATIVAS
En orden de importancia
1. Corrupción Política
2. Contratación Amañada
3. Formación para el empleo
4. Poca continuidad de procesos formativos al interior y exterior de la escuela
5. Sensibilizar en la formación por fuerza de la escuela
6. Deserción escolar
7. Falta de idoneidad y competencia en docentes.
8. Docentes en áreas diferentes a su perfil.
9.consumo de sustancias psicoactivas a temprana edad
10. poco interés de docentes para mejorar
11. Falta de psicólogos y equipo interdisciplinario que atienda de manera integral al estudiante.
12. Falta calidad en las medias técnicas.
13. crear instancias de veeduría que velen por la idoneidad de quienes ejecutan proyectos educativos
Nota. Recuperado de “Plan Estratégico de Educación del Municipio de Bello, Con enfoque de derechos, 2011-2021”,
de Alcaldía de Bello et al., 2016, p. 67.
Pese a esto, el Plan Estratégico de Bello 2011-2021 pretende orientar y fortalecer cuatro
aspectos determinados y definidos por la Alcaldía de Bello et al. (2016) así:
Accesibilidad, donde se implemente permanentemente el servicio educativo generando las
condiciones necesarias para que la población educativa no se quede por fuera del sistema educativo.
Asegurando el acceso a la educación, se pretende disminuir los niveles de deserción que están
atados a los factores cambiantes de niveles de pobreza, desmotivación y condiciones desfavorables.
Adaptabilidad, con la intensión de generar una educación adaptada a las necesidades de los
niños, niñas y adolescentes del municipio se pretende implementar estrategias de permanencia en
el sistema educativo, haciendo uso de mecanismos de atracción de la escuela, implementando
proyectos que ayuden a que la misma genere ambientes de aprendizaje y se articule y cambie la
visión que se tiene para hacer adaptaciones y transfiguraciones que lean los contextos actuales y se
lean nuevas realidades y prácticas del desarrollo de las habilidades, los lenguajes y códigos del
mundo actual.
Aceptabilidad, con la visión de que los planes de estudio estén orientados, focalizados y
alineados con los objetivos de la educación, cumpliendo exactamente por la constitución nacional,
la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, decreto 2277 de 1979, decreto 1278 de 2002, ley 734
de 2002 y las normas que regulan y reglamentan la actividad de la educación en Colombia, el ente
municipal hace uso de las facultades para crear un ente de Inspección y vigilancia del sistema
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 21
educativo, con el objetivo primordial de armonizar y reorganizar los núcleos educativos y ejecutar
de tal manera un reglamento territorial y un plan operativo de la inspección y vigilancia a la gestión
de los establecimientos educativos oficiales y privados del municipio. De igual forma se hace un
avance importante en el asesoramiento de instituciones, en las cuales por la libertad de cátedra y
desde su filosofía institucional y misiones, algunas de las instituciones realizan actividades
extracurriculares como deportes, danzas, guitarra y formación humana, con recursos propios,
buscando la aceptación de programas en su entorno circundante.
Asequibilidad, basada en el aseguramiento de cupos equivalentes para niños y niñas en edad
escolar con derecho a la disponibilidad de la educación con condiciones adecuadas de las
instituciones educativas en infraestructura física y ambiental y en la disponibilidad de docentes
preparados y la existencia de programas de instrucción académica y formación para los mismos.
Según la Alcaldía de Bello et al. (2016), el enfoque
Consiste en identificar y comprender las interacciones en la dinámica poblacional, a fin de
responder tanto a los problemas como a las oportunidades presentes en el territorio, orientando la
formulación de objetivos y estrategias que permitan superar las tensiones problemáticas y potenciar
las fortalezas en búsqueda de los fines señalados” (p. 34).
De otro lado, desde el contexto nacional se implementan acciones como el Programa
Supérate, que trascienden sobre elementos a entornos a fortalecimiento de habilidades y
competencias de los niños de la escuela particularmente en los grados quinto, noveno y once. Este
programa evalúa unas áreas específicas y otros elementos diferenciales, en termino de eventos para
el aprovechamiento del tiempo libre, que se desarrollan en el contexto del deportivo comunitario,
educativos y otros niveles de orden de apoyo a la educación física escolar mediante actividades
extraescolares todos los contextos, El programa promovido por COLDEPORTES, define según la
resolución 0197 del 5 de febrero de 2018 que es
Un proyecto de política pública nacional descentralizada, con enfoque de inclusión que
permite el desarrollo y práctica deportiva en todo el territorio Nacional… mediante la promoción,
implementación y ejecución de práctica del deporte que contribuyen a la formación integral de
Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes entre 7 y 18 años, enmarcado en el Plan Decenal del Deporte,
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 22
Planes Departamentales y Municipales de Deporte. (Departamento Administrativo del Deporte, la
Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, 2018, p. 2)
El Programa Supérate fortalece el trabajo intersectorial a través de procesos de fomento,
formación y promoción de la cultura y la práctica deportiva en el país, a través de la vinculación
del Ministerio de Educación Nacional, secretarias de educación, organismos del Sistema Nacional
del Deporte y la empresa privada
En toda la ruta teórica y con base en los elementos abordados a través del análisis
documental, permitieron vislumbrar que hay orientaciones claras a nivel legal; normativas y
reglamentarios, que estructural y teóricamente permiten observar unas rutas, guías y planes por
ejecutar, sin embargo, se denota la falta de articulación entre las entidades encargadas y
responsables por cumplir la gestión acorde a los términos y condiciones impuestos por los
lineamientos legales.
Conforme a los lineamientos del Departamento Nacional de Planeación (2015), se plantea
que a corto, mediano y largo plazo las jornadas únicas serán implementadas gradualmente en
Colombia, ya teniendo clara y definida su normatividad, su funcionamiento, su ejecución las
pruebas piloto han sido iniciadas, con la intencionalidad de evaluar el impacto, resultados y
beneficios que estas podrían traer al país en el marco de los alcances reales y visibles de los fines
de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia (1991),
la educación a través de las jornadas únicas y complementarias desarrollará los fines de la
educación sustentados en su artículo 5 de la ley general de educación de 1994 donde fomentará:
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen
los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación
integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica
y demás valores humanos.
(…)
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más
avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la
apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 23
(…)
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance
científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural
y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de
alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
(…)
11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y
habilidades, así como en la valoración de este como fundamento del desarrollo
individual y social.
12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la
prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la
recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre,
13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear,
investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del
país y le permita al educando ingresar al sector productivo. (Ley 115, 1994, art. 5)
Es significativa la importancia que tiene en la misma línea el aporte, el alcance y el
reconocimiento que las jornadas únicas y complementarias harían al cumplimiento integral de los
derechos y deberes fundamentales de los niños, adolescentes y jóvenes, sustentados en la ley 1098
del 2006, denominada Código de la Infancia y la Adolescencia. En su artículo 7 y en el artículo 8
define el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, que obliga a todas las personas a
garantizar la satisfacción integral y simultanea de todos los derechos humanos que son prevalentes
en todos los actos, decisiones o medidas administrativas (Ley 1098, 2006).
A la luz de los expertos, en teoría y práctica no es tan evidente y no está claramente definido
el procedimiento para implementar las jornadas únicas y complementarias, por lo tanto, se hacen
interpretaciones varias donde se inscribe la jornada única, aparte de la jornada obligatoria y de la
jornada extraescolar. Es allí donde las jornadas complementarias deberían entrar con un papel
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 24
protagónico, como rol de apoyo y fortalecimiento como se planteó en la Constitución Política de
Colombia (1991) en su artículo 67, en donde se menciona que:
La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función
social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los
demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el
respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del
trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para
la protección del ambiente.
Se podría decir entonces que las jornadas únicas y las jornadas complementarias buscaran
contribuir a mejorar la calidad de la educación, ampliando las posibilidades de adquisiciones en el
orden del desarrollo y uso del tiempo libre, de las competencias deportivas, las competencias
motrices, de asuntos de orden cultural, social, y lo relacional entre la comunidad educativa y el
contexto, sus beneficios se enmarcarían en la participación en las diversas actividades propuestas
y en mejorar la ruta relacionada con las redes de trabajo colaborativo, los comités de impulso, que
la teoría plantea pero que en la realidad no están claramente definidos ni están siendo operativos
para los tiempos proyectados o visones esperadas. Conforme a los procesos de revisión documental
realizado en bases de datos como Scopus, Dialnet, Scielo, Google Académico, Viref, disponibles
en la Universidad de San Buenaventura Medellín, se identificaron varios documentos académicos,
muchos de ellos informes de trabajos de grado de maestría y pregrado que recogen información
acerca del proceso de gestión. De igual forma algunos documentos brindan orientación hacer de
los principales elementos normativos y legales que acogen las jornadas únicas y complementarias
en el contexto nacional.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 25
Tabla 2
Tabla de antecedentes
Título Descripción Tema y/o numeral Entidad
emisora Año
Educación
física de
calidad (EFC)
Guía para los
responsables
políticos
Guía diseñada para apoyar a los Estados miembros de la
UNESCO en la formulación e implementación de
programas y políticas de Educación Física de Calidad
inclusivos, quiere ser flexible.
Alcance, flexibilidad
curricular, formación
profesorado.
Indicadores de calidad de
la educación física de
calidad.
Formación del
profesorado, suministro y
desarrollo indicadores de
referencia de la
educación física de
calidad (efc)
UNESCO 2015
Constitución
Política
Colombiana
La constitución política colombiana reconoce el deporte, la
recreación y el aprovechamiento del tiempo libre como un
derecho social y cultural de los colombianos.
Mediante al acto legislativo 02 del año 2000 se constituye
como gasto público social y se ratifica su aporte a la
formación integral, la educación y el bienestar de la
comunidad.
La educación es un derecho fundamental de la persona que
cumple una función social, en la búsqueda de los bienes y
valores de la cultura; La cual le permitirá formar al
ciudadano colombiano en el mejoramiento cultural,
científico tecnológico y ambiental, con articulación entre el
estado, la sociedad y la familia, todo bajo la garantía de la
gratuidad educativa. Bajo el contexto
Articulo 52
Articulo 67
República de
Colombia 1991
Ley 115 de
1994 – Ley
General de
educación
La ley 115 de 1994 establece los lineamientos para el
desarrollo y la operatividad del sistema educativa en
Colombia.
Se destacan la relación de las intencionalidades, medios y
fines, así como la estructura de los niveles de educación.
De igual forma se determina el compromiso del currículo,
los proyectos complementarios, las áreas obligatorias y
fundamentales para el cumplimiento de los objetivos de la
educación.
En este contexto es importante indicar que la Educación
física y el deporte se constituyen como áreas
fundamentales y por tal razón son obligatorias en la ruta
curricular de las instituciones educativas.
Finalmente, bajo el principio de autonomía y gobierno
escolar se posibilita la formulación de proyectos
complementarios que atiendan la excelencia académica, la
ocupación del tiempo libre y el aporte a la solución de
problemas socialmente relevantes.
Artículos:
14: Enseñanza
obligatoria
23: Áreas obligatorias y
fundamental
76: Concepto de
currículo
77: Autonomía escolar
78: Regulación del
currículo
79: El plan de estudios
República de
Colombia
8 de
febrer
o
1994
Ley del
Deporte 181
Generar acceso garantizado al conocimiento y la práctica
de la actividad física, el deporte, la lúdica y el uso
adecuado del tiempo libre, teniendo en cuenta los objetivos
rectores generales y su integración en todos los niveles del
sistema educativo y del sistema Nacional del Deporte a
través de la generación de programas fundamentales y
especiales para varios tipos de población de tal manera
fomentar las prácticas deportivas en la edad escolar y en la
misma línea actualizar y perfeccionar los conocimientos
profesionales para mejorar la calidad y las metas
educativas. Al contribuir al desarrollo y el uso del tiempo
Objetivos generales y
rectores de la ley
Principios
Fundamentales
República de
Colombia
Coldeportes
1995
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 26
libre se fundamenta el proceso real de formación integral
de la comunidad educativa en la institución.
Ley 934 de
2004
Por la cual se oficializa la política de Desarrollo Nacional
de la Educación Física en el país , señala que todas las
instituciones educativas sean privadas u oficiales deben
incluir el programa de Educación Física en todos los
niveles educativos igualmente en el PEI, si de tal modo no
tiene el personal calificado estos establecimientos podrán
hacer una alianza con educaciones superiores para que
puedan hacer prácticas de áreas afines o hacer prestación
de servicio con el fin de garantizan a toda la población un
desarrollo integral.
Decreto
Marco Normativo
Coldeportes
República de
Colombia
2
0
0
4
Plan decenal
de Educación
de Colombia
El Plan Decenal de Educación 2016-2026 ratifica
condiciones de articulación entre los procesos escolares y
extraescolares, tendientes a fortalecer los fines generales de
la institución educativa y sus respectivos niveles de
formación. Estos elementos son considerados pertinentes,
puesto que expresa en el marco normativo actual, la
vinculación con la Ley General de Educación de 1994 y
sus desarrollos, a través de la garantía del derecho a la
educación y cumplimiento a los lineamientos curriculares
con la articulación y el desarrollo pleno, según lo
expresado en:
• Ley de Educación Superior (Ley30 de 1992)
• Ley General de Educación (Ley 115 de 1994)
• Ley de Reestructuración del SENA (Ley 119 de 1994)
Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006)
Desarrollo Integral de Primera Infancia (Ley 1804 de
2016)
Se destaca el tercer Desafío Estratégico: el establecimiento
de lineamientos curriculares generales, pertinentes y
flexibles.
Lineamiento estratégico:
En los diversos contextos los lineamientos estratégicos y
curriculares definen metas comunes y esenciales para cada
sujeto para que se incluyan en las instituciones educativas
y así tengan las finalidades establecidas para la comunidad.
Derecho a la educación
Documento Orientador
Fines para la educación
decenal
Desafíos estratégicos
Tercer desafío estratégico
República de
Colombia
Ministerio de
Educación
Nacional
2
0
1
6
-
2
0
2
6
Plan decenal
del deporte, la
recreación, la
educación
física y
la actividad
física, para el
desarrollo
humano, la
convivencia y
la paz
Desarrollar mecanismos de gestión institucionales para
asegurar en todo el territorio nacional el derecho al
deporte, la recreación, la educación física y la actividad
física a través de la acción de organismos que conforman
el sistema nacional; desde los micro entornos escolares
fortalecer e incluir estos componentes que permite el
alcance de metas y de índices de mejora en la calidad
educativa, social y cultural de nuestros niños, jóvenes y
adolescente en edad escolar.
Programa 1: Registro y
organización,
particularmente en las
indicaciones con el
reconocimiento del
sistema nacional del
deporte, recreación,
educación física y
actividad física.
Departament
o
Administrativ
o del Deporte,
la Recreación,
la Actividad
Física y el
Aprovechami
ento del
Tiempo Libre
2
0
0
9
-
2
0
1
9
Plan
estratégico de
educación del
municipio de
Bello con
enfoque de
derechos.
Este sistema, denominado las 4A, es una manera de
aportar a la construcción de políticas públicas que
garanticen la calidad, equidad y pertinencia de la
educación para los contextos y necesidades específicas de
la ciudad de Bello.
Educación Media y
Básica
Sueño de Cuidad
Programas estratégicos
de la gestión escolar
Programa estratégico de
la calidad Docente
Municipio de
Bello 2011-
2021
PEI
El PEI de la I.E Liceo Antioqueño de Bello propone
estimular y promover el desarrollo máximo y multifacético
de las capacidades e intereses de los alumnos, mediante el
fortalecimiento científico a través de una concepción
curricular sustentada en el diálogo, la crítica y la acción
Guías Ministerio de
Educación Nacional.
(Orientaciones
Pedagógicas para la
Secretaria de
Educación
Municipio de
Bello.
2
0
1
0
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 27
compartida en la práctica social; para aprender a pensar y
centrarse en los procesos de aprendizaje que converjan en
la transformación del conocimiento y su impacto en la
realidad económica, política, social y cultural que
prevalece en el entorno.
La práctica educativa está enfocada para garantizar a los
alumnos no sólo el desarrollo del espíritu colectivo sino el
conocimiento científico-técnico y el fundamento de la
práctica para la formación científica de las nuevas
generaciones, a partir de una formación. Integral como
excelentes seres humanos y una formación política como
ciudadanos de bien.
Educación Física,
Recreación y Deporte-
Doc. #15)
Ley 115 de 1994
Ley 181 de 1995
Ley 1098 de 2006
-
2
0
2
0
Nota. Compilación realizada por los autores a partir de la revisión de información en las bases de datos y revistas
especializadas como Scopus, Dialnet, Scielo, Google Académico, Viref.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 28
2 Justificación
La educación en Colombia ha sido consagrada como un derecho fundamental, en el artículo
67 de la Constitución Política colombiana de 1991, de cierta manera esta la denomina como un
servicio y un derecho público que depende de la responsabilidad del Estado para su prestación,
obligatoriedad, gratuidad y que esta será fundamentalmente prestada por instituciones educativas
del Estado o también por instituciones privadas que también cumplan esta función conforme a las
exigencias de la sociedad y la familia (Const., 1991, art. 67).
En Colombia la Ley 115 (1994), o mejor conocida como Ley General de la Educación,
señala las normas generales para regular el servicio público y privado de la educación,
fundamentada en los principios constitucionales sobre los derechos a la educación, a la libertad de
enseñanza, aprendizaje, investigación, cátedra y su prestaciones en los niveles de educación
preescolar, básica primaria, básica secundaria, media (formal y no formal) media académica, media
técnica dirigida a niños, jóvenes en edad escolar, a campesinos, grupos étnicos, personas con
necesidades educativas especiales o personas que requieren rehabilitación social.
Tantas tipologías, tantas estructuras, tantas leyes desde la Constitución Política, de cierta
manera impuestas por el gobierno para la aplicación y ejecución de servicios educativos adecuados,
a través de las diferentes entidades e instituciones educativas públicas o privadas han engendrado
debates, reestructuraciones y modificaciones por parte de la Federación Colombiana de
Educadores, (FECODE), Ministerio de Educación Nacional, entre otros sobre la jornada única,
jornada escolar y todo lo que implique para una educación con calidad, que sin importar el paso de
los últimos años, no han generado una estructura acorde a las condiciones de los contextos que
brinden una oferta educativa de mejor calidad e impacto. Se ha pretendido modificar las jornadas
escolares, ampliar las mismas e innovar en jornadas únicas con el fin de dar grandes beneficios a
niños, niñas, jóvenes y adolescentes sobre el fortalecimiento de las competencias básicas, reducir
los factores de riesgo y vulnerabilidad a los que se encuentran expuestos los estudiantes en su
tiempo libre, al mantener más tiempo a niños y jóvenes en un ambiente escolar se quiere protegerlos
de situaciones amenazantes para sus proyectos de vida mejoramiento de indicadores como:
disminución de embarazo adolescente y delincuencia juvenil, entre otros, pero el intento de los
recientes años y sus resultados no forjan ningún cambio, al parecer carecen de contextualización,
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 29
de identidad, de sustentación e interpretación, adecuada a las realidades educativas, sociales,
culturales, interrelaciónales, contextuales del país, de los departamentos, de los municipios.
Desde el Ministerio de Educación Nacional con la jornada única en nuestro país se ha
convertido en una gran utopía, un proyecto, una idea, un sistema que hasta el momento y desde
todos los planteamientos, discusiones, disertaciones y posiciones que se han generado, es casi que
irrealizable, porque es uno de los retos más complejos y de los más importante de la política y
gestión del sector educativo debido al número de personas que beneficiaria y a los costos y recursos
que involucraría, analizando desde otras perspectivas, la jornada única como política de gobierno
, se podría transformar en una estrategia apropiada para la prestación de los servicios educativos
en todos los establecimientos escolares públicos y privados de nuestro país que son los grandes
beneficiadores. Así mismo la jornada única seria unos de los instrumentos de la gestión educativa
para concebir e interpretar diferentes elementos que están implícitos y a la vez explícitos en toda
la normativa, reglamentación y leyes que hacen referencia a la educación colombiana.
Aquí, es cuando desde la misma ley general de educación se establece un papel fundamental
de la interpretación, como instrumento para fortalecer y otorgar autoridad y autonomía a las propias
instituciones educativas (ley 115, 1994). Bajo los principios de la legislación colombiana se crearon
ciertos mecanismos o criterios para las formulaciones de los PEI (Proyecto educativo institucional),
en los cuales se nota que cada institución tiene su propia autonomía para direccionar su quehacer
educativo, solo teniendo en cuenta algunos aspectos fundamentales o recomendaciones que se
hacen en manuales o cartillas de competencia, lineamientos curriculares que a través de los años el
Ministerio de Educación Nacional ha ido fortaleciendo para intentar fundamentar la educación de
nuestro país.
Esa autonomía escolar que está sustentada en el capítulo II (currículo y plan de estudios)
artículos 77, y su inferencia en los artículos 76, 78 y 79, puede contextualizar los procesos de
enseñanza y aprendizaje en nuestra región, proyectando quizá a una educación que responda a las
realidades significativas del cómo se entienden las cosas, como se asumen, como se propician,
como se cambian, como se adaptan en búsqueda de nuevos matices, eso sí, depende de las
instancias, las necesidades específicas y la información actual, vital y relevante de ese preciso
momento histórico.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 30
Sustentar y construir una zona de pensar y hacer lo educativo, precisa entonces en nuestro
país gerentes educativos; capaces de modificar estructuras, teorías, ordenes sociales, maneras de
percibir la vida, maestros, gerentes educativos, lideres transformadores, pensadores y hacedores,
maestros que se ubiquen en la realidad contextualizada maestros que describan, analicen e
interpreten el presente de los conceptos, exigentes para motivar a otros a explorar y encaminar su
propósito con el fin de beneficiar a la sociedad guiándola a un desarrollo aportante a la construcción
de un mundo mejor (Álvarez, 2007).
Tanta curiosidad de interpretar el concepto traerá cambios en las estructuras, aportará
razones en cuanto a la autonomía escolar, reconocerán el trasfondo frente a intereses extrínsecos e
intrínsecos de los desafíos que entretejen la educación en Colombia.
Gómez (2013), citando a Caldwell y Malen (1990), en su presentación en el III Foro del
Consejo Ciudadano Autónomo por la Educación, explica que la autonomía escolar es la
“descentralización de la autoridad del gobierno central a la escuela”; también la alteración formal
de las estructuras de gobierno que identifica a la escuela como la unidad primaria de mejora y se
basa en la redistribución de la autoridad para tomar decisiones como el medio principal a través
del cual se puede estimular y mantener la mejora.
Ahora bien, la autonomía escolar dentro de la ley general de educación y dentro del proyecto
educativo institucional, goza de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimiento
definidas para cada nivel, introducir áreas y asignaturas optativas, adaptar algunas áreas a las
necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades
formativas, culturales, deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de
Educación Nacional.
Es entonces importante enriquecer en diferentes dimensiones a la comunidad educativa,
permitiendo una oferta diferente y procurando el desenvolvimiento no solo de las facultades
intelectuales en establecidas áreas determinadas por la ley, para la implementación de las jornadas
únicas, sino también permitir el desarrollo y adquisición de diferentes competencias ciudadanas,
competencias básicas, competencias de aprendizajes, personales, grupales en cuanto lo moral, lo
funcional, lo profesional, lo técnico, lo cultural y lo físico.
Esto hace que, la propuesta de pensar, determinar, direccionar, experimentar con la
autonomía escolar y plantear las áreas obligatorias y optativas enfocadas a los proyectos de
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 31
aprovechamiento del tiempo libre en las jornadas únicas, mejore suficientes aspectos que influirán
en el contexto educativo institucional. Factores como la imagen institucional, la mejoría en el
rendimiento académico de los estudiantes, la satisfacción de necesidades educativas de
participación, inclusión, de identidad, de conservación de hábitos saludables, de creación,
generaran una sinergia en los procesos tanto educativos como administrativos brindándole de tal
manera una plataforma teórica y práctica sustentable, viable y contextualizada.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 32
3 Objetivos
3.1 Objetivo general
Analizar las condiciones políticas normativas e institucionales para la implementación de
jornada única y completarías en el marco del deporte la recreación y la actividad física.
3.2 Objetivos específicos
Identificar las tendencias normativas y políticas nacionales e internacionales para la
implementación de las jornadas únicas y complementarias.
Indagar sobre las necesidades y expectativas de las jornadas únicas vinculadas a un proyecto
complementario en el marco del deporte y la actividad física.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 33
4 Problema De Investigación
En los últimos 25 años, Colombia se ha enfrentado a transformaciones y otra serie de
procesos que han marcado el acontecer de nuestra propia historia. Guerra, corrupción, politiquería,
desigualdad social, inequidad, problemas educativos, entre otros, son el constante maremágnum de
situaciones que imparten constantemente cambios en nuestros estilos de vida, cambios en nuestros
hábitos, en nuestras tradiciones, cambios sociales y culturales, que andan rompiendo paradigmas,
brechas y esquemas en todo el contexto.
La curiosidad y la necesidad de generar cambios o alternativas de solución a las
problemáticas propias, ha inquietado a los diferentes actores tanto gubernamentales, privados,
sociales y particulares. Esta búsqueda de elementos desde diferentes campos de intervención es un
intento por orientar a el Estado y modificar los modelos económicos, políticos, sociales; tratando
de vislumbrar un mejor desarrollo humano, procesos más integrales que redunde en la calidad de
vida, pero que, a la hora de la verdad, de la intervención solo se queda en elementos documentados
y programas coyunturales que generan dicotomía e interpretaciones subjetivas frente a los
impactos.
Para Hernández y Morales (2008) el trabajo multidisciplinar de la sociología, la psicología,
la medicina, la pedagogía, otras ciencias o disciplinas entran a jugar un papel esencial en, y para la
sociedad, pero en correlación con el Estado. Esta correlación mencionada desde las políticas ha
abierto un espacio de disertación e intervención en el ámbito de la educación, con el propósito de
resolver algunos problemas sociales y llenando de promesas intencionadas los principios y fines
de la educación. Competencia, relevancia, diversificación y enriquecimiento son algunas de las
formas más exactas de vender en la carrera del desarrollo humano y social de un Estado. ¿Pero
dónde quedan realmente estos significados o términos en la educación pública, en la educación en
y para el pueblo? ¿Qué explica, como se negocian, que garantiza la visión, análisis y valoración de
propuestas que generan los encargados de generar estas políticas en el estado? ¿Dónde tienen en
cuenta los principios y derechos educativos para formular directrices en nuestro actual entorno
social, económico y político? ¿Dónde tienen en cuenta el desarrollo integral y armónico del ser
humano? ¿Bajo qué conceptos, preceptos y concepciones se abarca el uso de competencias básicas?
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 34
¿Que conocen sobre la actividad física y recreación como mecanismo de reivindicación educativa
y social teniendo en cuenta que también puede tener enfoque científico y disciplinar?
Partiendo de las actuales posiciones y visiones del Ministerio de Educación Nacional en el
plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, Todos Por un Nuevo País, en donde manifiestan que la
jornada única es la oportunidad para que los establecimientos educativos revisen y replanteen el
uso que se le da al tiempo libre y el impacto positivo que generan las horas adicionales en los
estudiantes en sus competencias básicas (DNP, 2015); se retoman algunos puntos de divergencia,
diversidad de opinión, discusión y dificultades que son exhibidas en la actual implementación de
la jornada única en las instituciones como:
La interpretación amañada e intencionada que se le da al concepto de competencias
básicas.
La desarticulación de conceptos y criterios de saberes científicos para aislar o
desechar otras áreas obligatorias que también desarrollan competencias para la
implementación de estas en las jornadas únicas.
Las interpretaciones que se le da a la ley 115 de 1994, artículo 14 enseñanza
obligatoria, numeral B, y su sustentación de obligatoriedad como asignatura
especifica en el parágrafo primero de dicho artículo.
Las interpretaciones que se le da a la ley 115 de 1994, artículos 77, 78, 79 en cuanto
a la autonomía escolar, la regulación del currículo y el plan de estudios.
La interpretación socio cultural que se tiene sobre el concepto de tiempo libre.
la concepción de actividad física, deporte y recreación como mecanismo de
reivindicación educativa y social.
El poco desarrollo de las competencias motrices, expresivo corporal y axiológica de
los estudiantes en edad escolar de las instituciones educativas.
Darle la interpretación y la relevancia que requiere la educación en nuestro contexto,
definitivamente demanda dotar a cada área su valor e importancia correspondiente. Liberar de
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 35
prejuicios y preconcepciones, dejando de alejar la relación natural del hombre con las cosas, es lo
que requiere aquí y ahora. Abrir, buscar contacto con las personas, con los agentes naturales,
generar redes de aprendizajes sociales, humanos, disciplinares, fundamentar bases para orientar a
la población a realizar prácticas con la herramienta más real que es nuestro propio cuerpo.
Incentivar, motivar, crear e inducir a la generación actual y en las generaciones por venir
practicas corporales, tomando disciplinas predecesoras y nuevas disciplinas, tomando referencias
de condición y mantenimiento de la salud, e implementando en ellos una conciencia de realizar las
practicas apropiadas acordes a la edad, ciclos biológicos formando la realidad de la cultura y los
hábitos físicos saludables, generando cultura y construcción de conocimiento en cuanto al cuerpo
y su integralidad, redirigiendo también por qué y el para que se deben incluir estas áreas y
actividades físicas desde los niveles escolares.
Desde el nivel escolar en la Institución Educativa Liceo Antioqueño de Bello se encuentran
alrededor de 2.294 estudiantes entre niños y jóvenes en su totalidad. Por los requerimientos
contextualizados de su realidad social, son niños y jóvenes que requieren algún tipo de actividad
física.
Según Arboleda (2002), en la investigación el cuerpo en boca de los adolescentes en un
estudio interdisciplinario de la cultura corporal en adolescentes de la ciudad de Medellín,
manifiesta que la actividad física ,sea enfocada a la educabilidad (enseñanza) escolar, y también
que sea dirigida a la enseñanza de hábitos saludables para fundamentar a estos niños y jóvenes a
desarrollar un aparato locomotor (huesos, músculos y articulaciones) sanos, desarrollar los sistemas
funcionales (circulatorio, respiratorio, digestivo, nervioso) saludables, tener coordinación y control
adecuada de movimientos, mantener un índice corporal adecuado (peso y su % saludable), y su
asociación a los beneficios que la actividad física ofrece psicológica, social y culturalmente.
Actualmente el SIMAT (Sistema Integrado de Matricula del MEN) arroja que 945 niños y
jóvenes en nivel escolar de básica secundaria están distribuidos en dos de las tres sedes de la
Institución Educativa Liceo Antioqueño. En la sede principal de la jornada de la tarde 553
estudiantes en los grados (6°-7°-8°), en la sede principal en la jornada de la mañana 205 estudiantes
en los grados (9°), en la sede Serramonte 187 estudiantes en los grados (6°-7°-8°-9°). La gran
dificultad en esta institución es que se pretende implementar la jornada única, siguiendo algunos
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 36
parámetros, modelos y esquemas brindados o asignados por el Ministerio de Educación Nacional,
que no se acercan a la realidad, ni a las necesidades del contexto social de la institución, ni del
municipio de Bello, (Espacios, infraestructura, maestros, materiales, dotación o capacidad).
Según Bedoya y Rodriguez (2016), se establecen algunas apreciaciones acerca de la
funcionalidad e intencionalidad de los procesos de las Jornadas Únicas en Antioquia, las cuales
determinan la intervención de los actores en el accionar operativo y cumplimiento de la asignación
financiera, la participación departamental en cuanto a coordinación y direccionamiento. Este
servicio público educativo debe atender por niveles y grados secuenciados en una sola jornada,
pero bajo los principios de colaboración y articulación de las autoridades administrativas estatales,
departamentales y municipales, teniendo en cuenta las condiciones de equidad, eficiencia y calidad.
Las estrategias entre país, departamentos y municipios no tienen alineación ni
direccionalidad, aunque la estructura administrativa tiene grandes intenciones, pero la relación
entre los actores no está sujeta a la norma para la articulación entre las diferentes entidades; esto
deja a discreción de las autoridades educativas involucrar o no entidades públicas o privadas para
el fortalecimiento del programa de jornada única
Conforme a lo anterior y para efectos del estudio se plantea la siguiente pregunta
problematizadora: ¿Cuáles son las condiciones políticas normativas e institucionales para la
implementación de jornada única y completarías en el marco del deporte la recreación y la actividad
física?
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 37
5 Marco De Referencia
Marco legal
De acuerdo con los criterios de búsqueda relacionados con las jornadas únicas y
complementarias, a continuación, se relacionan los principales elementos normativos y legales que
inciden en la gestión y desarrollo en los procesos educativos, deportivos y escolares.
Tabla 3
Tabla normograma
La UNESCO establece indicaciones para la Educación física de calidad (EFC) mediante Guía para los
responsables políticos
Constitución Política Colombiana
Artículo 52, que establece los lineamientos de derecho sobre el deporte, la recreación y el aprovechamiento del
tiempo libre
Constitución Política Colombiana
Artículo 67 que establece lineamientos sobre el derecho a la educación
Ley 115 de 1994 – Ley General de educación
Establece las características sistema educativo, los procesos curriculares, los alcances de la educación física como
área obligatoria y fundamental, las condiciones de autonomía y elementos generales para la implementación de
proyectos complementarios en la perspectiva de la educación extraescolar.
rt14: Enseñanza obligatoria 23: Áreas obligatorias y fundamental 76: Concepto de currículo 77: Autonomía
escolar 78: Regulación del currículo 79: El plan de estudios
Ley 18 de 1995, ley del deporte
Mediante la cual se orientan mecanismos de gestión del Sistema Nacional del Deporte, se brinda orientaciones
para la estructuración de las prácticas deportivas y recreativas en el contexto del deporte extraescolar y se
fundamentan elementos para el desarrollo de los clubes deportivos y centros de iniciación y formación deportiva
en relación con las instituciones educativas.
Ley 934 de 2004 marco normativo sobre la reglamentación de la educación física en la institución educativas y se
orienta el acompañamiento de talento humano calificado para la orientación de las prácticas y el currículo
relacionad con la educación física y el deporte
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 38
Plan decenal de Educación de Colombia Derecho a la educación Documento Orientador, Fines para la
educación decenal, Desafíos estratégicos, Tercer desafío estratégico
Plan decenal del deporte, la recreación, la educación física y la actividad física, para el desarrollo humano, la
convivencia y la paz.
Establecer 3 líneas de desarrollo de largo plazo para el deporte, la recreación, la actividad física y la educación
física con el fin de apoyar los procesos de convivencia, desarrollo humano y la paz, consistentes en la
masificación, el desarrollo organizacional y el liderazgo deportivo. En este sentido, le delega responsabilidades al
sector educativo y deportivo sobre la articulación para el desarrollo del deporte en el país.
Plan estratégico de educación del municipio de Bello con enfoque de derechos: Programas estratégicos de la
gestión escolar, Programa estratégico de la calidad Docente como una manera de aportar a la construcción de
políticas públicas que garanticen la calidad, equidad y pertinencia de la educación para los contextos y
necesidades específicas de la ciudad de Bello.
PEI de la institución educativa Liceo Antioqueño
Proyecto institucional para desarrollo máximo y multifacético de las capacidades de los alumnos, mediante el
fortalecimiento científico a través de una concepción curricular; para aprender a pensar y centrarse en los procesos
de aprendizaje que converjan en la transformación del conocimiento y su impacto en la realidad económica,
política, social y cultural que prevalece en el entorno.
Nota. Compilación de los autores a partir de la revisión de los marcos legales relacionadas con las jornadas únicas y
complementarias.
Conforme a estos lineamientos, se puede decir que la educación como derecho y servicio
público de la persona cumple una función social; en la ruta del acceso al conocimiento, a la ciencia,
y a los bienes y valores de la cultura. Por el derecho a la gratuidad en las instituciones del Estado
colombiano y todos sus establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal, es
obligatorio fomentar y cumplir en los niveles de la educación preescolar, básica y media, el
aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación
física, la recreación y el deporte formativo. Para tal menester el gobierno promoverá y estimulará
su difusión y desarrollo a través de las políticas públicas, reglamentaciones, decretos y leyes para
que de tal forma este servicio educativo tenga y garantice proyectos educativos institucionales
(PEI) y currículos acordes, visionados hacia las grandes metas que están en la búsqueda común y
esencial de participación y protección de los derechos básicos y fundamentales de niños, jóvenes
y adultos de las diversas regiones y contextos de nuestro país.
La ley 115 (1994) en su artículo 77 establece las condiciones de autonomía a las
instituciones educativas para adecuar los lineamientos al contexto social y regional, a las
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finalidades establecidas por la comunidad educativa. Ello implica que la intención de la institución
educativa Liceo Antioqueño de Bello reflexione sobre el diseño, implementación y evaluación de
sus planes de estudio y de su proyecto educativo institucional orientado a la mejora sustancial del
impacto, de la gestión, y de la interacción con el entorno o comunidad, utilizando estrategias de
conformación de grupos de interés, comités líderes de procesos que aseguren la articulación entre
el diseño, planeación, desarrollo y concordancia del servicio educativo prestado a través de la
apropiación del modelo institucional.
El liderar y motivar la implementación de las actividades de tiempo libre en las jornadas
únicas propuestas, requiere la coordinación de los diferentes agentes, actores y factores impactantes
en la comunidad, de allí surge la posibilidad de sustentar y fortalecer a través de las propuestas
novedosas, fundamentadas, documentadas en guías y cartillas internacionales direccionada por la
UNESCO en la guía para responsables políticos en Educación Física de Calidad (EFC), acordes
con la ley de Colombia , para así diseñar, planear, ejecutar y evaluar mencionadas actividades de
tiempo libre, que potencialmente conllevarían a satisfacer las necesidades de los usuarios, de la
comunidad educativa y cumplir objetivos trazados en las políticas públicas, y en los planes
territoriales, en las guías, cartillas, reglamentaciones y decretos de tipo nacional.
Hacer funcional y competitivo el proceso refleja las fortalezas, capacidades y talentos que
se pueden generar en todo tipo de personal institucional, para alcanzar objetivos de optimización,
apropiación y desempeño en la ruta de la misión en su formación permanente de personas integrales
con altas competencias laborales, sociales, tecnológicas, culturales, científicas en aras de un
desarrollo humano sostenible.
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6 Marco Conceptual
6.1 Tiempo libre:
Hernández (2000) lo define como una parte específica del tiempo de la sociedad, no
contrapuesto al tiempo laboral, sino que existe una fusión entre ambos, concibiéndose el empleo
del tiempo libre como un elemento de gran importancia en la formación integral de la personalidad,
no es solo ocio y placeres, sino que además, es un espacio de tiempo de descanso activo que debe
ocupar una parte importante, en que el hombre pueda dedicarse a realizar actividades de interés
social para su propia formación considera los siguiente
a. Subjetivismo (psicológico): se concibe el tiempo libre como la vivencia de un estado
subjetivo de libertad.
b. Individualismo (sociológico): se considera que el tiempo libre pertenece a una esfera
diferente a lo colectivo, porque no depende de los demás, sino que es individual.
c. Liberalismo (político): se destaca que el tiempo libre es privado por lo que la sociedad no
puede determinar su empleo personal.
Por ende, Hernández y Morales (2008) exhiben el tiempo libre como opuesto al trabajo, sin
relacionarlo con las condiciones socio-económicas que posibilitan la disponibilidad o el uso, de
acuerdo al nivel de las necesidades en cada sociedad concreta, ocultando con ello su carácter
clasista, insiste en la espontaneidad y naturalidad del tiempo libre para ocultar las condiciones
socioculturales de este fenómeno, favoreciendo un empleo del tiempo libre individualista, el cual
fortalece la alineación de la personalidad y solo sirve a los intereses de la industria cultural del
capitalismo.
Estos autores, muestran que es aquel lapso de tiempo en los que no se tiene una obligación
por cumplir un requisito, al contrario, son actividades de tipo recreativas o de distracción donde el
sujeto es el que decide el momento para hacer uso de él, sirve para socializar, interactuar, divertir,
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integrar o gozar de un modo más divertido o entretenido con el fin de satisfacer cierta necesidad
que la misma humanidad reclama.
6.2 Jornada Única:
Según el lineamiento de la jornada única, relacionado en el Plan de Desarrollo 2014 – 2018,
Todos por un nuevo país, en el Artículo 53, define que las Jornadas en los establecimientos
educativos son un servicio público educativo, se prestará en las instituciones educativas en jornada
única, la cual se define para todos los efectos, como la jornada escolar en la cual los estudiantes
desarrollan actividades que forman parte del plan de estudios del establecimiento educativo durante
al menos siete (7) horas al día, tratándose de preescolar el tiempo dedicado al plan de estudios será
al menos de seis (6) horas (DNP, 2015; MEN, 2018).
Preescolar 6 horas lectivas + descanso + almuerzo
Básica primaria 7 horas lectivas + descanso + almuerzo
Básica secundaria 8 horas lectivas + descanso + almuerzo
Media 8 horas lectivas + descanso + almuerzo
Esto según la Ley General de Educación (1994), el 80% del tiempo debe usarse para trabajo
en áreas fundamentales y un 20% para áreas optativas y esta misma distribución debe mantenerse
en la jornada única donde los rectores son los responsables de hacer un buen uso del tiempo escolar.
En base de la política está en busca de aumentar el tiempo de permanencia en el colegio
para así incrementar las horas lectivas y fortalecer el trabajo pedagógico, forma estratégica en
gestión de tiempo escolar para profundizar las competencias básicas como lenguaje, matemáticas,
inglés, ciencias naturales y ciudadanas de cada estudiante.
6.3 Autonomía Escolar:
Es la transferencia de responsabilidades desde un nivel de gobierno superior hacia la
escuela, acompañada de los recursos necesarios para su ejecución, los recursos pueden ser en
dinero, equipamiento, material didáctico y/o las condiciones legales que permitan a la escuela
cumplir con las nuevas funciones que se le transfieren. Estas últimas pueden ser: alguna figura
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jurídica que autorice la administración de dinero o la autorización a los consejos para ejercer sus
atribuciones, como es el caso de la contratación y despido de docentes. También se transfieren
hacia el nivel local de algunas funciones de control, y los padres y otros actores de la comunidad
adquieren un nuevo rol en el control, de cómo se cumplen las funciones para que la escuela logre
su objetivo.
Según Caldwell y Malen (1990), citados en Gómez (2013), se da a una alteración formal de
las estructuras de gobierno que identifica a la escuela como la unidad primaria de mejora y se basa
en la redistribución de la autoridad para tomar decisiones como el medio principal a través del cual
se puede estimular y mantener la mejora institucional.
El Ministerio de Educación Nacional en el artículo 77 de la ley 115 (1994) dentro de los
límites fijados por la ley y el proyecto educativo institucional (PEI) las instituciones gozan de
autonomía para organizar las áreas fundamentales de cada nivel, introducir asignaturas optativas y
adaptar las áreas a las necesidades regionales y por ende establece unas normas orgánicas en
materia de recurso como las competencias de la nación para formular políticas para el sector, que
sería regular la prestación de servicios, normas curriculares para los niveles, entre competencias de
las entidades está el de regular todo lo referente con prestación de servicios educativo en los
municipios, prestar asistencias, certificar instituciones, en las instituciones hacer un uso adecuado
a los bienes asignados y administrar la institución con criterios de calidad educativa.
Cabe señalar que la autonomía escolar no sólo es posible, sino que es una estrategia efectiva
para mejorar los resultados educativos, particularmente en las escuelas que atienden a los grupos
sociales de bajos recursos. Es decir, es uno de los ejes que articulan el PEI y que se ha convertido
en un componente de alta determinación para una educación con calidad.
6.4 Deporte:
Según la ley 181 (1995) el deporte es definido en el Artículo 15 “como la específica
conducta humana caracterizada por una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o
desafío expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas
preestablecidas orientadas a generar valores morales, cívicos y sociales” (p. 5).
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En efecto da unos beneficios que mejoran las relaciones interpersonales, permitiendo
disfrutar placeres del momento, mejora la condición física de quien lo practica, así mismo el
deporte esta categorizado según la Ley en el Articulo 16 e intencionado a modo de Deporte
formativo “que tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo, este comprende
los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos, el Deporte social
comunitario que se realiza mediante la acción interinstitucional y la participación comunitaria para
el mejoramiento de la calidad de vida, el Deporte universitario que complementa la formación de
los estudiantes de educación superior, el Deporte competitivo que esta categorizado por
certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado, el
Deporte aficionado es para que no admita pago o indemnización alguna a favor de los jugadores o
competidores, distinto del monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio y por
último el Deporte profesional que admite como competidores a personas naturales bajo
remuneración, de conformidad con las normas de la respectiva federación internacional (Ley 181,
1995, art. 16).
6.5 Recreación:
Es un proceso de acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una
vivencia de disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las potencialidades del ser
humano para su realización y el mejoramiento de la calidad de vida individual y social, mediante
la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento. Según Gerlero, (2005), citando
a Argyle (1996), “una vez incorporado socialmente el derecho a una mayor disponibilidad de
tiempo libre, comienza a hablarse de una ‘recreación racional’” (p. 4). Se reconoce que las
actividades recreativas posibilitan la expresión de nuevas necesidades y capacidades. Esto implica
que se reconoce la autonomía progresiva que va tomando un conjunto de actividades, que, en
estrecha relación con las demandas de las destrezas exigidas en los ámbitos laborales, se adaptan
al ámbito del tiempo libre y van a su vez evolucionando con características propias.
6.6 Actividad Física:
De acuerdo con el Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES (2009) es vista como
cualquier movimiento voluntario producido por la contracción músculo esquelético, que tiene
como resultado un gasto energético que se añade al metabolismo basal. La actividad física puede
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ser clasificada de varias maneras, incluyendo tipo, intensidad y propósito, y tiene incidencia directa
con el estado de salud de los seres humanos.
Según la OMS (2018) “se considera actividad física cualquier movimiento corporal
producido por los músculos esqueléticos que exija gasto de energía”. La "actividad física" no debe
confundirse con el "ejercicio". Este es una variedad de actividad física planificada, estructurada,
repetitiva y realizada con un objetivo relacionado con la mejora o el mantenimiento de uno o más
componentes de la aptitud física. La actividad física abarca el ejercicio, pero también otras
actividades que entrañan movimiento corporal y se realizan como parte de los momentos de juego,
del trabajo, de formas de transporte activas, de las tareas domésticas y de actividades recreativas.
6.7 Educación Física:
Según la ley 181 (1995) se define como “disciplina científica cuyo objeto de estudio es la
expresión corporal del hombre y la incidencia del movimiento en el desarrollo integral y en el
mejoramiento de la salud y calidad de vida de los individuos” (p. 4). Esta formación y educación
en el área de la educación física en y desde las instituciones pretende que en los niveles de
preescolar hasta la básica secundaria, se implementan la educación física ya que esta disciplina
potencializa el desarrollo integral, permite fomentar en los niños o niñas, adolescentes y jóvenes
en edad escolar valores, habilidades, actitudes, hábitos, que se verá reflejado en el proceso del ser,
por ende se hace un intento de implementar adecuadamente actividades con el fin de orientar al
buen desarrollo de los jóvenes en etapa escolar.
Tedesco (1999), citado en Brunner y Tedesco (2003), mencionaba que la sociedad es
cambiante y tiene transformaciones. Si se profundizan en la simple opinión, visión o expresión, se
encontraran sugestivamente que los cambios continuos desarrollan una visión diferente, aquí es
donde los enfoques y transformaciones en hábitos, estilos de vida, practicas, acciones,
intervenciones y modelos educativos entran en crisis porque no responden a veces a las
expectativas de los nuevos retos sociales de cambio, pero que en el trasegar de la vida sorprenden
con respuestas, reacciones y resultados que definen clases, establecen características de
conocimientos e identifican conceptos de maneras casuales o intencionadas.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 45
6.8 Política Pública:
Desde el Plan Decenal del Deporte, la Recreación, la Educación Física y la Actividad Física,
para el desarrollo humano, la convivencia y la paz 2009 – 2019, se toma esto como el diseño y
adopción de decisiones gubernamentales utilizadas para resolver problemas en circunstancias
políticas concretas, como en el sector del deporte, la recreación, la educación física y la actividad
física (Instituto Colombiano del Deporte COLDEPORTES, 2009).
La sociedad actual se enfrenta en un nuevo paradigma, ante la evolución de las prácticas y
concepciones diferentes sobre la importancia de la actividad física, que normalmente lo conocen
en el argot intelectual como; cualquier movimiento voluntario producido por la contracción
músculo esquelético, que tiene como resultado un gasto energético que se añade al metabolismo,
puede ser clasificada la actividad física de varias maneras, dependiendo del tipo, intensidad y
propósito, tiene incidencia directa con el estado de salud de los seres humanos y se ha ido
edificando, sustentando, apoyándose y constantemente replanteándose con otras áreas, ciencias del
conocimiento y concepciones para abarcar otros campos en los cuales también interviene en el
proceso de evolución y desarrollo del ser humano.
Desde diversos aspectos y perspectivas de la humanidad, sería necesario comenzar a
posibilitar la conformación de comunidades que, desarrollando aspectos importantes para la
subsistencia en maneras direccionadas podrían trabajar colaborativa e integralmente para construir
los conocimientos, habilidades y la intervención en los contextos desde una visión más global.
Desde muy temprana edad se incentiva y estimula a los niños a realizar cualquier tipo de
actividad física, con la idea de obtener esos beneficios inherentes a su práctica y desarrollo. Aquí
es donde la concepción de formación en la escuela hace un esfuerzo para que la educación física
sea tomada como parte esencial en la formación de los seres en sus procesos educativos.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 46
7 Metodología
La metodología utilizada en la presente indagación se fundamente en los estudios
cualitativos definido por Hernández (2014) como un proceso que no se sustenta en la estadística el
cual posee planteamientos más abiertos que se van enfocando en los significados que se extraen en
los datos, este proceso es recurrente analizando múltiples realidades pero que no tiene secuencia
lineal, brindando de tal forma amplitud y riqueza interpretativa y profundidad de significado en los
fenómenos contextualizados.
Siguiendo a Hernández (2014), la investigación se realiza desde un alcance exploratorio
descriptivo, el cual sirve “para preparar el terreno y, por lo común, anteceden a investigaciones con
alcances descriptivos, correlacionales o explicativos” (p. 90). La metodología exploratoria se
realiza cuando el objetivo es examinar un tema o problema de investigación que sea poco estudiado
o evaluado, por lo tanto será el inicio de la fase inicial de investigación y la más idónea, ya que
permite aproximarse a nuevos fenómenos, aspectos y comportamientos, que la situación de
investigación trae consigo, es pertinente resaltar que no establece conclusiones inmediatas sobre el
tema abordado, trata más bien de afrontar y poner a dialogar todos los puntos de vista posibles, es
decir después describirlo, analizar su incidencia y luego interaccionarlo en su momento dado puesto
que la intervención del orden documental y las indagaciones en las literaturas existentes cuanta con
poca referenciación en el contexto local y nacional. Ello implica que la revisión de la literatura
existente reveló la existencia de estudios relacionados con el problema están en referenciados como
informes de trabajos de grado de pregrado y especialización.
El enfoque descriptivo se basa en especificar algunas prioridades, algunas características y
rasgos importantes de cualquier fenómeno que se realice, se orienta en describir la situación o
contexto para detallar la información y luego poder detectar y definir ciertas variables, consiste en
indagar y pretende llegar a conocer las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a través
de la descripción exacta de las actividades como objetos, procesos y personas, permite analizar
como es y cómo se manifiesta o se mueve en los diferentes contextos, igualmente el quien, el qué,
el donde, el por qué y el cuándo.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 47
En vista de lo anterior, el enfoque cualitativo en esta intervención tendría las siguientes
características:
Retomar la literatura existente como referencia, haciendo la concepción del diseño, de ahí
en este proceso de estudios cualitativos no se probarán hipótesis, sino que se generan durante el
proceso y se perfeccionaran conforme se recaban más datos como resultado del estudio.
El estudio permitirá realizar preguntas más abiertas, para así obtener datos expresados a
través del lenguaje escrito, verbal, no verbal, así como visual, con los cuales se describe, analiza y
convierta en temas que vinculan y reconozcan sus tendencias personales. Debido a ello, la
preocupación directa del investigador se concentra en las vivencias de los participantes tal como
fueron o son sentidas y experimentadas
El proceso de indagación será más flexible y se moverá entre las respuestas y el desarrollo
de la teoría.
Se fundamentará en una perspectiva interpretativa centrada en el entendimiento, su
propósito consiste en “reconstruir” la realidad, tal como la observan los actores de un sistema social
definido previamente.
Las rutas para la recolección y análisis de información se realizarán en dos perspectivas: la
primera acoge un proceso de revisión documental definido por Baena (1985), citado en Ávila
(2006), como “una técnica que consiste en la selección y recopilación de información por medio
de la lectura y crítica de documentos y materiales bibliográficos, de bibliotecas, hemerotecas,
centros de documentación e información” (p. 62).
Para ello se utilizaron fichas de revisión documental propuestas por Valentín González en
el año 2013 y que permiten obtener la información de una manera ordenada y sistematizada, con
enfoques claros y concisos frente a las categorías de indagación.
Esta fase se desarrolló mediante la revisión de textos y artículos académicos publicados en
las bases de datos Dialnet, EBSCO, Scopus, Scielo y Google Académico, así como información
identificada en los centros de documentación especializados de la región, comprendiendo una
temporalidad del 2011 al 2017.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 48
El segundo momento consistió en la información testimonial de un grupo de expertos que
se consolidó mediante la técnica de entrevista semiestructuradas (Ver anexo 2), con personas
expertas en la temática, algunas de ellas inmersas en la dinámica de la institución mencionada y
las demás ubicadas en diferentes contextos de la gestión pública y privada del organizaciones
educativas y deportivas las cuales mediante una muestra intencionada serán sujetas de aplicación
del instrumento para la recolección de información, desarrollada con el método Delphi, que según
Gil y Pascual (2012), citando a Linstone y Turoff (1975), es “un método para estructurar el proceso
de comunicación grupal, de modo que ésta sea efectiva para permitir a un grupo de individuos,
como un todo, tratar con problemas complejos” (p. 1013), por lo tanto maneja unas características
fundamentales como las de anonimato, respuesta numérica y retroalimentación, igualmente las
opiniones que se dan como respuesta podrán ser modificadas, ampliadas, justificadas con el fin de
alcanzar el máximo consenso o aceptación.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 49
8 Resultados
Luego de realizar una revisión de 22 documentos que se relacionan con artículos de
investigación, informes de trabajo de grado, leyes, normas y libros consultados en bases de datos
como Google Académico, Dialnet, Scyelo, Viref, Scopus y el centro de documentación de la
Universidad de San Buenaventura Medellín, se encontró que la mayor parte de los estudios se
orienta con métodos cualitativos desde una perspectiva descriptiva y exploratoria.
En consideración se puede decir que desde los hallazgos en la revisión documental hay que
reconocer que se logra evidenciar el interés y desarrollo desde las políticas y orientaciones de las
jornadas únicas y complementarias. Mencionada orientación tiene claro su diseño, planeación y
ruta, solo que en cuanto a los pilotos de ejecución que se han venido implementando se observa la
intención de tratar de buscar los objetivos prioritarios de mejoramiento de la calidad de la
educación en el país, pero aun estos procedimientos no están engranados adecuadamente.
Según los lineamientos para la implementación de la jornada única en Colombia durante
2018, se puede notar en la indagación y revisión documental evidenciados alcances o logros que
hasta el momento se han cumplido, pero se nota que en algunas instituciones se ha trabajado por
articular la estrategia de implementación, teniendo en cuenta lo planteado por el MEN, la inclusión
de la totalidad de la comunidad educativa, teniendo en cuenta que los miembros de la comunidad
deben conocer el planteamiento de las mismas, pero las dificultades registradas en la
documentación e indagación hacen énfasis y referencia a los vacíos en cuanto a los materiales
necesarios para que los niños, niñas y jóvenes desarrollen las destrezas y aprendizajes en el marco
de la jornada, la utilización de los espacios en los que se desarrollará la jornada y a los factores que
aseguren la permanencia de los estudiantes en los programas como: refrigerio, alimentación y
transporte escolar.
El Ministerio de Educación Nacional (2018), mediante la guía de los lineamientos para la
implementación de la jornada única en Colombia durante 2018, plantea que las jornadas únicas y
las orientaciones deben tener correspondencia las acciones de implementación, de diseño y
planeación. Teniendo en cuenta las particularidades de los PEI, en su autonomía escolar y en las
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 50
necesidades de cada entorno o contexto. Cada uno de los establecimientos educativos, en conjunto
y en asesoría con el comité municipal de jornadas únicas deben diseñar y accionar las rutas, las
actividades y programas que aporten al desarrollo de las competencias que se buscan formar en los
estudiantes y para su implementación es importante tener en cuenta que los directivos docentes
gestionen los proyectos con las Secretarias de Educación Municipal, para así accionar la ruta y
realmente implementar la jornada única donde explícitamente se evidencie los aspectos de las
competencias a fortalecer, las estrategias pedagógicas, el perfil docente requerido, la infraestructura
necesaria, la organización y gestión del recurso y del tiempo que corresponda a los lineamientos y
orientaciones ya bastante claras y establecidas por el Ministerio de Educación Nacional, y por los
decretos que la implementan.
Pero quizá la respuesta que realmente corresponde en la actualidad son las modificaciones
sobre organización y gestión institucional, infraestructura y recursos requeridos para realizar los
cambios y así se movilicen los componentes que hacen posible el cumplimiento de la estrategia de
la política de Estado.
Para ilustrar mejor en las entidades territoriales y en las propias instituciones educativas se
requiere fortalecer la capacidad de los directivos para gestionar coherente y eficazmente un trabajo
conjunto, con los miembros de las instituciones educativas o en determinados casos con miembros
de las secretarias de educación municipal y de tal forma articular, engranar y obtener la relación
óptima de la gestión académica y sus modificaciones en planes de estudio y PEI, con la gestión
administrativa encargada de la operatividad y gestión de recursos de materiales, planta o talento
humano docente, también en cuanto los retos de infraestructura construcción, ampliación y
mejoramiento de aulas y espacios complementarios.
Esta gestión administrativa debe ser multidireccional entre las entidades municipales, las
secretarias de educación, departamentales y el Ministerio de Educación Nacional, las instituciones
educativas y sus directivos con la intención de cumplir con lo establecido en los planes y decretos
que nos competen en el orden nacional para la implementación de las jornadas únicas mencionados
en el artículo 2.3.3.6.2.1 del Decreto 1075 (2015), tal como lo señaló el Decreto 501 (2016), el
artículo establece Planes para la implementación de la Jornada Única:
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 51
Las entidades territoriales certificadas en educación, en coordinación con el
Gobierno nacional, liderarán el diseño y la ejecución de los planes para la
implementación de la Jornada Única, en concordancia con lo dispuesto en el
parágrafo del artículo 57 de la Ley 1753 de 2015, modificatorio del artículo 85 de
la Ley 115 de 1994.
Estos planes deberán contener, como mínimo, las metas a corto, mediano y largo
plazo; las acciones que se adelantarán en cada uno de los componentes de la Jornada
Única previstos en la presente sección y sus indicadores de ejecución; y los
mecanismos de seguimiento y evaluación. Así mismo, deberán contemplar
estrategias y metas anuales para disminuir la matrícula atendida mediante
contratación de la prestación del servicio educativo, de tal manera que la capacidad
instalada en cada entidad territorial certificada atienda progresivamente a los niños,
niñas y adolescentes en Jornada Única. (p. 4-5)
Es decir que estas consideraciones fundamentan que no es optativa la política de
implementación de la jornada única en las entidades territoriales certificadas, ni para las
instituciones educativas. Así que en una forma de diseño de transición gradual las Secretarías de
Educación y las instituciones educativas como responsables de la prestación del servicio educativo
deben trabajar articuladamente en procesos de adecuación de gestiones de los Proyectos Educativos
Institucionales (PEI), que determinen gradualmente la implementación de la Jornada Única en cada
institución ajustando y debatiendo estrategias en diferentes rutas acerca del uso del tiempo
adicional por parte de los alumnos. Diseñar posibilidades de uso del tiempo libre que se puede
emplear en el desarrollo áreas fundamentales de competencias, capacidades y habilidades
requeridas en la actual sociedad, posibilitando la implementación de la estrategia en actividades
deportivas, educación física y áreas culturales, de uso del tiempo libre u otras empleadas en otras
rutas para cerrar las brechas en otras áreas que también son fundamentales en la educación.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 52
8.1 Análisis testimonial de los expertos en la gestión de las jornadas únicas y
complementarias.
Con fin de reconocer la apreciación en la aplicación de la gestión, normatividad e impactos
de las jornadas únicas y complementarias se acudió a ubicar los testimonios de 11 expertos cuyas
características son las siguientes:
Tabla 4
Testimonio de expertos
Experto Característica
Funcionario de secretaria de educación municipal Persona encargada de apoyar los procesos de gestión de
permanencia en la Ciudad de Medellín.
Directivos docentes Persona encargada de la gestión directiva y administrativa en
la institución educativa como coordinadora.
Funcionario del Ministerio de Educación Encargado de las estrategias de permanencia en el Ministerio
de Educación Nacional.
Docente Universitario Docente de maestría y especialización en universidad San
Buenaventura Medellín.
Docentes del área de educación física Personal encargado de apoyar los procesos educativos en el
área de educación física, recreación y deportes en las
instituciones educativas en los niveles de básica primaria,
básica secundaria y media.
Docente de Necesidades Educativas Especiales
(NEE)
Psicóloga encargada como maestra de apoyo para estudiantes
con necesidades educativas especiales.
Funcionaria Secretaria de Educación de Medellín Coordinar las actividades de los equipos de Acceso,
cobertura y permanencia educativa en la Ciudad de Medellín.
Teólogo y filósofo, jefe provincial Animador de la Dimensión Educativo Cultural, Colegios y
ETDH de la Provincia.
Auxiliar administrativa Funciones administrativas y/o delegadas por el señor rector.
Nota. Testimonio de expertos sobre la aplicación de la gestión, normatividad e impactos de las jornadas únicas y
complementarias.
Con respecto a la profesionalización de los expertos se encontró que 7 expertos son
licenciados de alguna área relacionada con la educación y la educación física, uno es administrador
de empresas, otro psicólogo y 2 de ellos no especificaron su pregrado.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 53
Figura 1. Cargo en la Institución.
Con respecto al posgrado 4 son especialista, 3 tienen estudios de maestría y 1 en proceso
de formación doctoral, 2 de ellos no cuentan con postgrado.
En cuanto a las respuestas dadas sobre el conocimiento de jornadas complementarias se
observa que los expertos asocian este concepto a las orientaciones estructurales de un proyecto, un
programa o simplemente actividades complementarias escolares y extraescolares promovidas por
una institución educativa.
Así mismo, los expertos consideran que el alcancen de las jornadas complementarias se
orientan al uso adecuado del tiempo libre y a propósitos para respaldar procesos de desarrollo a la
formación integral.
En consecuencia, el concepto de jornadas únicas se concibe como una ampliación,
permanencia, prolongación y extensión del tiempo escolar para la realización de actividades
académicas para dar un mejoramiento de calidad de sistema institucional y educativo.
Según dicho por los expertos para 7 de ellos es muy importante reconocer el valor de las
jornadas complementarias en la educación básica y media, y para 4 les parece importante ya que
es visto como una actividad institucional positiva para darle un buen uso al aprovechamiento del
tiempo libre de los niños, adolescentes y jóvenes de la comunidad educativa.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 54
Figura 2. Importancia de las Jornadas Únicas Complementarias
Con respecto a la opinión frente a la actividad física, el deporte y el tiempo libre, 7 expertos
opinan que es muy importante que se deba implementar con mayor intensidad en la jornada únicas
complementarias, y 4 creen que es importante, por lo tanto, este puede generar un impacto positivo
a los niños, adolescentes y jóvenes desde su desarrollo integral, minimizando así las diversas
problemáticas de la sociedad
Para 6 de los expertos les parece muy importante que los objetivos y propósitos esperados
de la implementación de las jornadas únicas serán una importante oportunidad para que las
instituciones educativas logren desarrollar proyectos relacionados con las jornadas
complementarias y para 4 de ellos les parece importante, y 1 poco importante.
Con respecto, a si los expertos de manera muy general consideran apropiado que en las
jornadas únicas complementarias en la I.E se implementen las actividades físicas y deportivas: 7
dicen que muy importante y 4 de ellos indican que es importante, ya que podría ser favorable el
beneficio físico, social y mental en cada niño, adolescente y joven de determinado lugar
6 expertos consideran muy importante que se pueda cambiar las limitaciones que existen
para que en las instituciones educativas se logren desarrollar proyectos relacionados con las
jornadas complementarias en la línea de la actividad física, el deporte y el tiempo libre, y 5 de ellos
dicen que es importante este cambio.
Con respecto a si los expertos reconocen el valor de las jornadas únicas en la educación
básica y media, 6 de ellos les parece importante, 4 muy importante, y 1 nada importante. Por lo que
se logra concluir que los expertos no le dan el mérito suficiente a lo que puede generar de forma
positiva la implementación de las jornadas únicas en los niños, adolescentes y jóvenes de la
institución educativa
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 55
Según la opinión de 6 de los expertos consideran importante que sí tendría un impacto
positivo si se implementa con mayor intensidad la actividad física, el deporte, la recreación y el
tiempo libre en las jornadas únicas complementarias, 4 consideran muy importante y 1
medianamente importante.
Para los expertos 5 de ellos consideran importante que la implementación de una mayor
intensidad en las actividades físicas, deportivas, recreativas y de tiempo libre mejoraría e
incrementaría los niveles académicos, para 4 muy importantes y 1 medianamente importante.
En términos generales para los expertos, 5 de ellos consideran importante que
evolucionarían las políticas públicas en cuanto a la implementación de las actividades físicas,
deportivas y de tiempo libre en las instituciones educativas de nuestro país, para 4 son muy
importante, 1 medianamente importante y 1 poco importante.
En cuanto a la intensidad en la implementación de actividades físicas, deportivas y de
tiempo libre 5 expertos consideran que es muy importante, otros 5 lo valoran como importante, lo
cual dinamizaría o mejoraría la convivencia escolar, para 1 seria medianamente importante.
La consideración sobre implementar una mayor intensidad de actividades físicas, deportivas
y de tiempo libre, y si esta impactaría en la adquisición de competencias ciudadanas en los
estudiantes, 5 expertos manifiestan que es muy importante, de la misma forma para otros 5 expertos
fue considerado solo importante, y para 1 experto es mediadamente importante.
Teniendo como horizonte el año 2020-2025, 4 expertos consideran muy importantes, y para
4 expertos importante el papel de la actividad física, el deporte y el tiempo libre, tendrá mayor o
menor importancia y relevancia en las jornadas únicas y complementarias, y para 2 de ellos es
medianamente importante y para 1 es poco importante.
Según los expertos encuestados la forma más adecuada para diseñar e implementar las
jornadas únicas y las jornadas complementarias en las instituciones educativas, es realizar un
diagnóstico inicial teniendo en cuenta las necesidades del contexto; direccionado desde la
perspectiva de la población, la comunidad, los egresados, sus gustos y necesidades. Así mismo los
expertos manifestaron la importancia del factor y apoyo financiero por parte del gobierno y otro
tipo de entidades vinculantes, para la construcción, diseño de nuevos espacios; más idóneos para
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 56
la ejecución de las actividades y prácticas deportivas o culturales. También proponen fortalecer la
articulación a redes como empresas públicas, privadas y demás entidades que apoyarían y ayudaran
a la adecuada implementación de las jornadas únicas y complementarias.
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 57
9 Discusión
Los elementos abordados a través del análisis documental permitieron vislumbrar que hay
orientaciones claras nivel legal; normativos y reglamentarios, que en su estructura y teoría permiten
observar unas rutas, guías y planes por ejecutar, sin embargo, se denota la falta de articulación entre
las entidades encargadas y responsables por cumplir la gestión acorde a los términos y condiciones
impuestos por los lineamientos legales.
Según la información compilada por Gutiérrez, Suezcún, y Vélez (s.f.), estos ratifican
elementos que determinan la estructura y las organizaciones que van asociadas en la línea de tiempo
al desarrollo de la educación física extra escolar y escolar, la normativa consultada establece de
alguna manera, como se crea la estructura histórica que acompaña la cualificación de la educación
física en el contexto escolar, con un propósito de entrenamiento militar, en búsqueda de hábitos
higiénicos, ocupación del tiempo libre, pero que luego trasciende en el tiempo y se asume líneas
más fuertes donde a partir de 1903 se ha hecho un esfuerzo para fortalecer la formación en el área
de educación física, el fortalecimiento del deporte, la mejora de la salud y el desarrollo de la
recreación.
De igual forma, se evidencian las intenciones de estructurar adecuadamente los conceptos,
concepciones y orientaciones frente a la educación física, la actividad física, el deporte y la
recreación, pues se observa que hay una delimitación y asignación de entidades que deben velar
por proveer y cumplir con las funciones y acciones que se deben ejecutar y materializar en estas
áreas, entidades como las secretarias de deportes, las secretarias de educación, las cajas de
compensación deberían de implementar programas en base a los decretos, leyes y orientaciones
que están establecidas en líneas de tiempo y líneas de gobierno. La cuestión a analizar es que tipos
de entidades, grupos o personas, deben responsabilizarse por el cumplimiento, veeduría y ejecución
de proyectos, programas, estructuras y políticas; que deberían ser aplicadas, evaluadas y
fortalecidas para debatir y darle la trazabilidad respecto a los planes de desarrollo, los planes
políticos. Así, adherir de una manera significativa la importancia de la actividad física y su
fortalecimiento en jornadas complementarias, y de los procesos de educación y los procesos
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 58
complementarios en desarrollo social, cultural y deportivo de los municipios, departamentos y del
país en general.
El aprovechamiento de los programas y el diseño mismo ha estado limitado en
concepciones y las articulaciones interinstitucionales no se han fortalecido para la ejecución de los
procesos del aprovechamiento del tiempo libre. Los avances y las metas de la estrategia de jornada
única aún no han conseguido alcanzar los objetivos, metas y las expectativas, ya que los procesos
de adaptación e implementación se han visto permeados por la desarticulación de los
procedimientos, por falta de comunicación entre los comités técnicos de jornadas únicas y las
instituciones educativas, además con la implementación parcial de la jornada se han visto pocos
impactos y resultados en las mediciones y pruebas. La adaptación de las directivas ministeriales y
de ley no ha sido acatada de la forma esperada, las entidades territoriales en su planeación, ajuste
y ejecución no han sido claras con la conformación de los comités técnicos de jornadas únicas y
esto ha generado confusión en las concepciones y tareas a realizar tanto en jornadas únicas, como
en jornadas complementarias. Aquí es donde hace falta reforzar los dos conceptos que han sido
malinterpretados desde su concepción y destinación; los conceptos de jornadas complementarias y
el concepto de jornada única.
Es evidente el interés del país para estructurar una jornada única, donde con base a las
actividades y horas adicionales complementarias los alumnos afirmen su conocimiento académico,
reconozcan y desarrollen otros talentos vitales para la competencia social y la competencia en
diferentes esferas donde los alumnos se desenvuelvan. Estas jornadas únicas tienen como fin último
prolongar el tiempo escolar a la vez que prolongan el tiempo de estadía o permanencia de los
alumnos en las instituciones bajo la línea de jornadas únicas como una estrategia para disminuir
los índices de problemáticas sociales en la población de niños jóvenes y adolescentes de
delincuencia, embarazos, drogadicción, la deserción escolar y muy someramente la mejora
potencial de la calidad educativa del país.
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10 Conclusiones
En la perspectiva de los elementos legales y normativos se indica que históricamente se le
ha dado una estructura a la educación física escolar y extraescolar, de tal manera se identifican
intencionalidades que se ratifican en el cambio y evolución de un proceso de entrenamiento militar,
ocupación del tiempo libre y hábitos de vida saludable a nuevas estructuras, deportes y formas de
competición con diferentes manifestaciones, interpretaciones y preferencias. También se determina
que hay algunas organizaciones que desde lo legal tiene unas responsabilidades como lo son el
Ministerio de Educación Nacional, las cajas compensación familiar, las entidades territoriales y
cada una de sus secretarias de educación; encargadas de hacer la trazabilidad y posibilitar
elementos desde la gestión, en estrategias de articulación institucionales y redes de trabajos
colaborativo y términos políticos. En este sentido, se observa que la relaciones institucionales y
políticas carecen de articulación, por lo tanto, el proceso de las jornadas complementarias no está
trascendiendo más allá de acciones eventuales; solo en intensiones de generar eventos deportivos
o espacios de recreación; y que particularmente están asociados a los entes deportivos municipales.
Los planes de desarrollo municipales por obligatoriedad, por ley, tienen el compromiso de
determinar una ruta de acercamiento y ejecución como respuesta a los planes gubernamentales, que
determinan el desarrollo de la educación física escolar y extraescolar. Su fundamento y tendencia
orientadora tendría como principal responsabilidad: fomentar en la población escolar los
conocimientos, competencias, las habilidades y actitudes. De igual forma, intervenir en la
promoción y la prevención de la salud, llevada a cabo por todos los elementos relacionados con la
educación.
Aunque, las metas y objetivos establecidos en el plan estratégico de educación no se han
alcanzado, hasta el momento resulta fundamental tener claro que, se tiene el ideal como se
menciona en el Plan Estratégico de Educación de Bello 2011 – 2021:
Planear esa educación que se sueña, encaminar las acciones, los medios y los
presupuestos hacia el logro de los objetivos y metas que sean coherentes con la
apuesta o las apuestas que se han hecho… para incidir en la garantía del
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 60
cumplimiento de estos procesos y, en especial, de la sociedad que se desea formar.
(Alcaldía de Bello et al., 2016, p. 16)
Es así como, para planear, ejecutar, verificar, evaluar es necesario tener en cuenta los
estudios, las propuestas, la viabilidad de los planes estratégicos, la gestión técnica, educativa y
financiera. Se considera necesario cohesionar, transversalizar asignaturas, programas, proyectos y
actividades complementarias, para promover y favorecer la implementación de las diferentes
estrategias e incentivar el desarrollo de las prácticas deportivas, artísticas y culturales, la sana
recreación, la protección y la formación del ser en derechos; sería el ideal y el indicador central de
calidad para articular planes municipales, planes sectoriales, planes departamentales y nacionales,
ligados a la gestión y trabajo interinstitucional entre cajas de compensación, Ministerio de
Educación Nacional, secretarias municipales, entes deportivos municipales, clubes e instituciones
educativas.
Las estructuras gubernamentales, en este caso las educativas, en un intento por dar
forma a perspectivas políticas, experiencias o programas educativos, como estrategia de cambio
planean y organizan el diseño y ejecución de la ampliación de la jornadas escolares como
posibilidad de cambio y de disminución las brechas de inequidad del sistema educativo
colombiano, con la intensión de fortalecer el conocimiento académico, desarrollar talentos,
competencias, adaptarse a las necesidades del contexto, realizar diferentes actividades que
permiten encaminar un mejor desarrollo de las competencias básicas del ser humano, del
ciudadano, refuerza la idea y la necesidad de la actual sociedad colombiana de implementar a corto
y mediano plazo “la Jornada Única establecida en el artículo 57 de la Ley 1753 de 2015 que
comprende el tiempo diario que dedica el establecimiento educativo oficial a sus estudiantes, así
como el tiempo destinado al descanso y almuerzo de los estudiantes” (Decreto 501, 2016, art.
2.3.3.6.1.3), para su formación integral a través del desarrollo de las actividades académicas en
áreas obligatorias y fundamentales de que tratan los artículos 23, 31 y 32 de la Ley 115 de 1994,
además de áreas o asignaturas optativas que defina el establecimiento en uso de sus autonomías
escolar. Lineamientos para la implementación de la Jornada única en Colombia 2018.
Es evidente que el país debe estructurar una jornada única donde la población educativa
disfrute el desarrollo de actividades complementarias, y demás actividades pedagógicas definidas
en el Proyecto Educativo Institucional. Estas actividades deben diferenciarse y distinguirse por la
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 61
buscar y mejorar la calidad educativa en los establecimientos educativos, al respecto conviene decir
que la jornada única podría incentivar actividades complementarias para la promoción de diversas
actividades que ayudarían a mitigar los factores de riesgo y vulnerabilidad a los que se ven
expuestos los niños, jóvenes, adolescentes y estudiantes disponen de bastante tiempo libre fuera de
los establecimientos educativos.
Para transformar la gestión educativa y la organización de los establecimientos educativos,
se podría considerar las jornadas únicas y el desarrollo de actividades complementarias como los
programas bien estructurados para utilizar el tiempo para el aprendizaje, donde se convierta en una
estrategia flexible para afianzar el tiempo de la enseñanza, fortalecer las competencias básicas y
ciudadanas en los estudiantes, hacer retroalimentaciones efectivas que le permitan a los docentes
mejorar sus prácticas de aula y a través de la autonomía escolar generar procesos diferentes a los
tradicionales, innovadores y efectivos, acordes y en coherencia con el contexto institucional,
municipal, regional, sustentado y articulado con la ley y verificar los resultados de esta estrategia
en el impacto y disminución de los factores de riesgo que se tienen como metas en la etapa escolar
de los niños, jóvenes y adolescentes.
En términos de acceso, en términos de calidad; la participación de niños, jóvenes en las
jornadas únicas y las jornadas complementarias es posible, si todo el proceso está bien diseñado,
adaptado en términos de contexto, región, expectativas, gestión y apoyo financiero. En este sentido
los maestros como parte esencial del currículo, los directivos docentes como gestores competentes,
los funcionarios de las secretarias de educación municipal, departamental, las demás entidades
territoriales encargadas, el Ministerio de Educación Nacional y otras entidades competentes deben
diseñar, integrar, articular, planear, ejecutar, acompañar y evaluar de la mano de las orientaciones,
políticas adecuadas y de los recursos financieros el desarrollo que se debe impartir mediante una
combinación de actividades académicas, culturales, deportivas que sean importantes y agradables,
que puedan responder a las exigencias de un entorno cambiante.
Como estrategia de educación y de equilibrio influyen ciertas características que hacen que
la viabilidad de las jornadas únicas y complementarias sean visibles a largo plazo; una de ellas
depende de la intervención de los comités técnicos operativos de jornada única escolar, como
oportunidad para que las instituciones educativas redistribuyan el tiempo escolar, que rediseñen
sus currículos y replanteen las actividades que se ejecutan como complementarias o materias
REVISIÓN DE LAS CONDICIONES NORMATIVAS, LEGALES E INSTITUCIONALES… 62
optativas. El segundo factor depende de las implicaciones de entender y asumir las diferencias entre
lo que es una jornada única y una jornada complementaria, porque las jornadas únicas no son una
estrategia para complementar lo que se hace en la jornada obligatoria. Como tercer factor es
entender que las jornadas únicas no son una jornada extendida, porque no está pensada para
actividades extracurriculares de refuerzo. Cuarto factor que corresponde a introyectar y asumir en
la población educativa que la jornada única no es voluntaria, pues por normatividad en todas las
instituciones educativas del país será obligatoria y no podrá optar por no asistir. De tal manera las
instituciones deben desarrollar diversas actividades curriculares generadas y diseñadas en base a la
autonomía escolar y en las particularidades de propuestas según los entornos.
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11 Recomendaciones
Las jornadas complementarias tienen facultades extraordinarias para orientar, o estimular
el deporte, la cultura, el arte, la educación física y la recreación en todo el territorio nacional, para
establecer algunas disposiciones a desarrollar en articulación con cajas de compensación, clubes
deportivos, entidades y corporaciones artísticas el fomento del deporte, la recreación, el
aprovechamiento del tiempo libre y la educación a través de actividades, planes y proyectos que se
deben realizar en contra jornadas diferentes a las jornadas académicas correspondientes,
desarrollando organizaciones deportivas y culturales con una mejor visión, impacto e
implementación hacia una mejor gestión hacia la comunidad.
Sobre la profundización y lo que se pretende en cuanto a las jornadas únicas y
complementarias; es el planteamiento de que deben existir y estar estructurados en los planes de
desarrollo, que deberían contener los elementos y rutas fundamentadas, y donde se encuentre la
información precisa y clara sobre la concepción, aplicación, ejecución e importancia de las jornadas
únicas y las jornadas complementarias en la actualidad.
Los conceptos de jornadas únicas y jornadas complementarias no son bien interpretados
por los miembros de las instituciones educativas, en muchos casos los directivos docentes, deben
ser quiénes articulan, fundamentan la estructura del diseño curricular y quienes en un dialogo
contextual y practico deben establecer tareas y rutas asesorados con los comités técnicos de
jornadas únicas que deben estar estructurados en cada entidad territorial.
En el proceso se encontró información que conceptualice los términos, pero se encuentra la
dificultad de la contextualización conforme a las particularidades y peculiaridades de cada región
ya que se adaptan los conceptos a sus necesidades y facilidades territoriales y culturales. En este
sentido se propone que los grupos de investigación y académicos de la Universidad de San
Buenaventura, podrían diseñar una ruta más práctica de intervención y ejecución que revise la
lógica en el proceso, que facilite la articulación institucional y fortalezca las directrices que luego
serán argumento y sustentación a los resultados esperados, aplicados, los cuales, se manifestarán
en los intereses específicos de la implementación de la jornada únicas y complementarias, pero con
suficientes elementos y fundamentos concordantes con la terminología y las políticas que se
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utilizan en cada región. Conforme a los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional se
encuentra que las jornadas complementarias ayudarían a dinamizar aspectos dentro de la jornada
única, en una perspectiva extraescolar, y en la misma línea con el termino de autonomía escolar se
induciría a implementar la estrategia, a la luz de la teoría asumida y direccionando a prácticas
claramente definidas, haciendo evidente inscribir la jornada única, pero apoyada en la jornada
complementaria. Una jornada complementaria con un papel más protagónico en el desarrollo del
tiempo libre, en el desarrollo de las competencias motrices de los niños, jóvenes y adolescentes de
nuestro país, en el desarrollo de las competencias de asuntos de orden social y cultural y dota de
valor la ruta relacionada con las redes de trabajo colaborativa, los comités más allá de los que en
teoría se plantean, pero que en realidad.
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Anexos
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