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+ DOCUMENTO ABIERTO SUJETO A REVISIÓN FINAL FASE 2 DOCUMENTO 8: PROPUESTA DE NORMATIVAS LEGALES NECESARIAS PARA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ARTICULADA “FORMULACIÓN, ARTICULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRADO Y AUTOMATIZADO DE PLANIFICACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN PARA RESULTADOS DE DESARROLLO EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CUENCA” 30 de Junio de 2013

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DOCUMENTO ABIERTO SUJETO A REVISIÓN FINAL

FASE 2

DOCUMENTO 8: PROPUESTA DE NORMATIVAS LEGALES NECESARIAS PARA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ARTICULADA

“FORMULACIÓN, ARTICULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRADO Y AUTOMATIZADO DE PLANIFICACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN PARA RESULTADOS DE DESARROLLO EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CUENCA”

30 de Junio de 2013

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FORMULACIÓN, ARTICULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA INTEGRADO Y AUTOMATIZADO DE PLANIFICACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN PARA RESULTADOS DE DESARROLLO EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CUENCA

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FASE 2 DOCUMENTO 8: Propuesta de Normativas Legales necesarias para la Institucionalización de la Planificación Articulada en el sistema GpRD 1

DO

CU

MEN

TO

8 PROPUESTA DE NORMATIVAS LEGALES NECESARIAS PARA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN ARTICULADA EN EL SISTEMA GpRD EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CUENCA

Con la consultoría “Formulación, articulación e implementación de un Sistema

Integrado y automatizado de Planificación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión para Resultados de Desarrollo en la Corporación Municipal” Cuenca persigue, entre otros objetivos específicos, implementar un modelo y metodología de articulación de la planificación municipal con la planificación de las empresas municipales. Pretensión ésta que se enmarca en el objetivo general de implementación de la Gestión para Resultados en el Desarrollo. En este nuevo modelo de gestión pública orientada a resultados, el primer componente del ciclo es la planificación para resultados.

El Documento 4 de la Consultoría define el modelo de gestión de la GpRD y sus

componentes, entre ellos la articulación de la planificación, en el corto, mediano y largo plazo.

Definido el modelo de gestión es preciso proceder a normativizarlo, para que sea

de obligado cumplimiento para la institución en general, y para las secretarías, direcciones, empresas municipales y entidades adscritas en que se desagrega la estructura orgánica, en particular.

El texto definitivo de la Ordenanza a adoptar vendrá condicionado por el contenido

del modelo de gestión que finalmente se valide.

Se trata, por tanto, con el DOCUMENTO 8, de proponer la normativa legal que deberá aprobar el Concejo cantonal para la institucionalización de la planificación articulada.

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PROPUESTA DE ORDENANZA DE PLANIFICACIÓN ARTICULADA EN LA GpRD EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CUENCA

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que la

administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que, los gobiernos autónomos descentralizados que gozarán de autonomía política, administrativa y financiera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorialidad, integración y participación ciudadana;

Que, el artículo 240 de la Constitución de la República, establece que los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, el artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (en adelante, COOTAD) garantiza la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y, en virtud de dicha autonomía, los gobiernos municipales tienen capacidad efectiva para regirse mediante normas propias, expresándose dicha capacidad en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad.

Que, el artículo 7 del COOTAD desarrolla esta facultad normativa, previendo que los consejos municipales, para el pleno ejercicio de sus competencias, tienen la capacidad para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial. Que, entre las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados, el artículo 29 del COOTAD define la función de legislación, normatividad y fiscalización. Entre las competencias del gobierno autónomo descentralizado municipal, figura la de planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad.

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Que, es el Concejo municipal el órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado municipal y entre sus atribuciones figura el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones, así como expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer derechos particulares (Artículos 56 y 57 COOTAD).

Que, según el artículo 299 del COOTAD el gobierno central y los gobiernos

autónomos descentralizados están obligados a coordinar la elaboración, los contenidos y la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los planes de los distintos niveles territoriales, como partes del sistema nacional descentralizado de planificación participativa.

La ley y la normativa que adopte cada órgano legislativo de los gobiernos autónomos descentralizados establecerán las disposiciones que garanticen la coordinación interinstitucional de los planes de desarrollo.

Que la Corporación Municipal ha iniciado el proceso de implantación de la Gestión

para Resultados en el Desarrollo, mediante la formulación, articulación e implementación de un sistema integrado y automatizado de planificación, seguimiento y evaluación de la gestión para resultados de desarrollo.

Que, la GpDR es un nuevo modelo de gestión pública para alcanzar la gerencia pública, incorporando la perspectiva gerencial y aportando racionalidad económica a la gestión en busca de la eficacia, eficiencia y excelencia en la prestación de los servicios y en la administración de los recursos públicos, habilitando a la Corporación municipal de un instrumento que mediante la creación de valor público permita alcanzar los objetivos establecidos en su programa. La planificación articulada es el primer componente del ciclo de la Gestión para Resultados en el Desarrollo, por lo que procede su institucionalización a través de una norma legal.

En ejercicio de las facultades establecidas en el Art. 240 de la Constitución de la República, y de conformidad con los Art. 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Concejo Cantonal del I. Municipio de Cuenca EXPIDE la siguiente

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ORDENANZA DE PLANIFICACIÓN ARTICULADA EN LA GpRD EN LA CORPORACION MUNICIPAL DE CUENCA

CAPITULO I.- OBJETO Y AMBITO

Artículo 1.-Objeto.- La presente Ordenanza tiene por objeto normar la planificación articulada en el sistema de la Gestión para Resultados en el Desarrollo (GpRD) en la Municipalidad de Cuenca. Artículo 2.-Ámbito de aplicación.- La presente Ordenanza será de aplicación a toda la Corporación Municipal de Cuenca, incluyendo las distintas Secretarías de Coordinación, Direcciones así como a sus Empresas Públicas Municipales y Entidades Adscritas.

CAPITULO II.- GESTION PARA RESULTADOS EN EL DESARROLLO Artículo 3.- Definición La Gestión para Resultados en el Desarrollo es la Estrategia de gestión que orienta la acción de los actores públicos del desarrollo para generar el mayor valor público posible a través del uso de instrumentos de gestión que, en forma colectiva, coordinada y complementaria, deben implementar las instituciones públicas para generar los cambios sociales con equidad y en forma sostenible en beneficio de la población de un país. Artículo 4.- Objetivos El Objetivo General de la GpRD es contribuir a que la gestión institucional sea más efectiva, eficiente y responda a las necesidades de sus ciudadanos, expresada de manera continua mediante su participación, y posibilite una mejor integración entre las políticas públicas del Gobierno Central y del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Cuenca.

Son objetivos específicos de la GpRD:

a) Establecer una Planificación Articulada que permita trabajar a toda la Corporación con unos Objetivos y Metas comunes.

b) Formar un sistema de Monitoreo y Evaluación que garantice que la Planificación sea dinámica y se adapte a los continuos cambios.

c) Conseguir que la Planificación Articulada esté totalmente armonizada con el Presupuesto.

d) Conseguir que la Participación Ciudadana esté presente en todos los momentos del Ciclo de la GpRD, de manera que el ejercicio público esté totalmente vinculado a la participación de la ciudadanía.

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e) Establecer un continuo sistema de evaluación que permita visualizar como se gestiona lo público, de manera que la rendición de cuentas sea un ejercicio que vaya más allá de lo meramente legal.

Artículo 5.- Componentes El sistema de la Gestión para Resultados en el Desarrollo en la Corporación de Cuenca se estructura en torno a cuatro componentes: Planificación Articulada, Presupuesto por Resultados, Monitoreo y Evaluación y Participación Ciudadana. La Planificación Articulada es el componente en el que se establecen los objetivos, metas (resultados), insumos, actividades y productos para crear el efecto e impacto en la sociedad de Cuenca que permite alcanzar los resultados esperados.

El Presupuesto por Resultados es el nuevo enfoque adoptado para todo el ciclo presupuestario de la administración pública –elaboración, ejecución y evaluación- basado en la consideración de los resultados esperados y alcanzados mediante la articulación y ejecución de los proyectos y programas que integran la planificación pública. El Monitoreo es un instrumento para gestionar el sector público mediante un conjunto de indicadores que permiten verificar el cumplimiento de los objetivos y de sus expresiones cuantitativas: las metas; y, debe dar cuenta del desempeño de las instituciones, los programas o los proyectos. La Evaluación es la valoración rigurosa, sistemática y objetiva de un proyecto, programa o política, en curso o concluido, de su diseño, su puesta en práctica y sus resultados. Afecta a todas las etapas del ciclo del proyecto, programa o política, con la finalidad de determinar en qué medida se están alcanzando los objetivos fijados, es decir, si se están alcanzando o no los resultados, retroalimentando a los órganos de decisión para facilitar el proceso de toma de decisiones y la rendición de cuentas. Su objetivo es determinar la pertinencia y el logro de los objetivos, así como la eficiencia, la eficacia, el impacto y la sostenibilidad para el desarrollo. La evaluación deberá proporcionar información creíble y útil, que permita incorporar las enseñanzas aprendidas en el proceso de toma de decisiones y formular conclusiones en aspectos tales como el diseño del proyecto y sus impactos. La Participación Ciudadana es el componente transversal a todo el ciclo de la gestión pública, y tendrá como funciones participar en la definición de las políticas públicas y fortalecer LA democracia local con mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y control social.

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CAPITULO III.- PLANIFICACION ARTICULADA Artículo 6.- La articulación, referida a la planificación, es la obligatoria vinculación y complementariedad que deben guardar entre sí los instrumentos de planificación estratégica y planificación operativa de una institución o gobierno autónomo descentralizado, para garantizar la coherencia de todas las decisiones que se adopten en el territorio, en una doble dimensión: la vertical, que se refiere a la vinculación y complementariedad que deben guardar entre si los instrumentos de planificación de los diferentes niveles de gobierno; y la horizontal, que se refiere a la concordancia que deben guardar entre sí los instrumentos de planificación para un mismo nivel de gobierno. Artículo 7.- El Plan de Desarrollo y Ordenación del Territorio del cantón Cuenca, es un instrumento de planificación cantonal, participativo, consensuado, estratégico y con un Modelo de Gestión específico, y constituye la máxima directriz político estratégica para el diseño y aplicación de todos los instrumentos de planificación de toda la Corporación municipal, tanto para los instrumentos de planificación estratégica como para los instrumentos de planificación operativa. Artículo 8.- Los tres elementos de la Planificación Articulada de la Corporación Municipal de Cuenca son:

a) Planificación Estratégica Institucional: Mediante la articulación y concreción del PDOT por parte del Plan de Gobierno cada 5 años Es la Planificación rectora de la Corporación durante los 5 años de Legislatura.

b) Planificación Plurianual: Instrumento de Planificación Plurianual (quinquenal) de cada Secretaría, Empresa Pública y Entidad Adscrita, a partir del Plan Estratégico Institucional.

c) Planificación Operativa Anual: Será la concreción anual del Plan Plurianual de cada Secretaría, Empresa Pública y Entidad Adscrita.

Artículo 9.- Plan Estratégico Institucional El Plan Estratégico Institucional es el instrumento de planificación estratégica de la Corporación Municipal para cada legislatura. Constituye la formulación articulada del Plan de Gobierno con la que la persona candidata ganadora de las elecciones ha accedido a la Alcaldía y por el que debe rendir cuentas a través de los mecanismos de control social. El Plan Estratégico Institucional incorpora la visión y misión institucional, se articula con el PDOT del Cantón Cuenca y, a través del mismo, con el Plan Nacional del Buen Vivir, Plan Zonal del SENPLADES y Plan Provincial de Azuay, se socializa con las instancias de participación ciudadana, para convertirse en el referente de la planificación intermedia o a medio plazo de la Corporación, y se concreta a través de un conjunto de Objetivos, Ejes

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Estratégicos, Programas y Proyectos, evaluados periódicamente y periodificados para su ejecución a nivel institucional, sectorial, así como al segundo nivel de cada institución. El Plan Estratégico Institucional será el referente obligado para la elaboración o concreción de los planes de todos los órganos y entidades que conforman la corporación. Será la Secretaría Técnica de GpRD quien lidere la labor de diseño y establecimiento del Plan Estratégico Institucional, que deberá presentarse al Comité de Coordinación de la GpRD, en los tres meses siguientes a la toma de posesión del Alcalde o Alcaldesa, para su posterior validación. Se aprobará por el Alcalde o Alcaldesa y se promulgará en el año en que se hayan celebrado las elecciones cantorales. El Plan Estratégico Institucional deberá desarrollar la siguiente Matriz de Planificación Estratégica:

OBJETIVO PDOT Y PLAN ESTRATÉGICO

INSTITUCIONAL

META DEL

PDOT

META QUINQUENAL

(PLAN ESTRATÉGICO

INSTITUCIONAL)

PROGRAMA PROYECTO

ENTIDAD RESPONSABLE (SECRETARÍA,

EMPRESA PÚBLICA O ENTIDAD ADSCRITA)

Artículo 10.- Planes Plurianuales El Plan Plurianual es el instrumento de planificación quinquenal de cada una de las entidades que conforman la Corporación Municipal –Secretarías, Empresas Públicas y Entidades Adscritas-, que deberán alinearse y hacer suyos los objetivos del Plan Estratégico Institucional que guarden relación con su ámbito de competencias y articularse a través de los programas establecidos para su logro, por lo que considerará como base la función, misión y visión institucionales y deberá tener consistencia con el Plan Estratégico Institucional. Cada una de las Secretarías, Empresas Públicas y Entidades Adscritas que integran la Corporación Municipal de Cuenca deberá establecer una Planificación Plurianual, que tendrá una temporalidad de cinco años, y que deberá estar articulada con el Plan Estratégico Institucional. En el caso de que, por la naturaleza o actividad de una Entidad Adscrita, resulte imposible que la Entidad realice un Plan Plurianual, la Secretaría Técnica de GpRD eximirá a la Entidad de la obligación de disponer de Plan Plurianual y la Entidad se adscribirá al Plan Plurianual de su correspondiente Secretaría.

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El contenido de la planificación plurianual será el programa de actuación de la Secretaría, sus unidades y direcciones, así como de las entidades de gestión desconcentrada que se disponga se integren en el plan plurianual de la Secretaría, agrupándose las actuaciones en Programas que posteriormente serán desarrollados por la planificación anual (POA´s) de cada Unidad o entidad desconcentrada. El Plan podrá prever dentro de los programas los proyectos prioritarios que considere de máxima relevancia para la Corporación, y que se incluirán en la planificación operativa de forma reglada. Los planes plurianuales se elaborarán durante el año en que haya resultado electo el Alcalde o Alcaldesa. Su actualización y, en su caso revisión, será bianual. La Secretaría Técnica de GpRD coordinará técnicamente todos los procedimientos de planificación plurianual y velará por la correcta articulación de ésta con los instrumentos rectores de la planificación articulada de la Corporación. El Comité Técnico de la GpRD de la Secretaría validará e informará la planificación plurianual, que será aprobada por la Secretaria Técnica de GPRD. Los Planes Plurianuales podrán contemplar tres tipos de proyectos: Proyectos provenientes del Plan Estratégico Institucional. Proyectos diseñados por la Entidad en su Plan Plurianual. Proyectos de ajuste. Podrán incorporarse al Plan a partir del segundo año de vigencia

de mismo y se establecerán en el caso de que sea necesario establecer ajustes para alcanzar el objetivo y las metas quinquenales.

Los Planes Plurianuales deberán desarrollar la siguiente Matriz de Planificación Estratégica:

OBJETIVO PNBV

OBJETIVO ESTRATÉGICO PDOT Y PLAN ESTRATÉGICO

INSTITUCIONAL

OBJETIVO ESPECÍFICO

DEL PROYECTO

META QUINQUENAL

(PLAN ESTRATÉGICO

INSTITUCIONAL)

PROGRAMA PROYECTO

Cada Proyecto se desarrollará a través de una ficha técnica con los siguientes contenidos:

a) DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Se debe explicitar en qué consiste el proyecto y cómo se va a desarrollar.

b) OBJETIVOS: Objetivo general (será el objetivo del PDOT) y Objetivo específico (objetivo del propio proyecto) qué persigue.

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c) INDICADORES ESTRATÉGICOS DEL PROYECTO: Se establecen los indicadores estratégicos qué persigue el proyecto. Fundamentalmente se establecerán los Indicadores del Objetivo General o Fin y el del Objetivo Específico o Propósito. Los indicadores de Gestión del proyecto se especifican en la Matriz de Marco Lógico que se realice con los POA.

d) LOCALIZACIÓN TERRITORIAL DEL PROYECTO: Localización exacta del proyecto.

e) POBLACIÓN BENEFICIARIA: Población beneficiaria de manera directa y de manera indirecta.

f) ACTORES INVOLUCRADOS. g) PRESUPUESTO ESTIMADO DEL PROYECTO. h) MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PLANTEADOS: Por un

lado se especificará si el planteamiento del proyecto tiene naturaleza participativa y por otro si su desarrollo se va a llevar a cabo mediante algún proceso de participación ciudadana.

Artículo 11.- Planificación Operativa El Plan Operativo Anual constituye la concreción en el año del Plan Plurianual para la implementación de los programas y proyectos del mismo, proyectos seleccionados y priorizados cada año en un proceso de valorización y clasificación comparada. Contendrán: objetivos, metas, programas, proyectos, actividades e indicadores que se impulsarán en el período anual, documento que deberá estar vinculado con el presupuesto a fin de concretar lo planificado en función de las capacidades y la disponibilidad real de los recursos. Los Proyectos crearán los insumos, productos y actividades que conjuntamente generen el Impacto y Efecto que se persiga para la consecución de los Objetivos. El Comité técnico de la GpRD de cada Secretaría de la Corporación Municipal apoyará la elaboración articulada de la planificación operativa de la Secretaría y entidades desconcentradas orgánicamente en coordinación con la Secretaría. La Secretaría Técnica de GPRD procederá a verificar las matrices del POA.

Para el primer año de cada legislatura, al coincidir la elaboración de la Planificación Estratégica Plurianual y del Plan Operativo Anual del año siguiente, confluirán en el mismo proceso ambas formulaciones, de tal forma que en ese primer año de cada legislatura la validación y aprobación del POA de la Corporación coincidirá con la Planificación Plurianual de la Institución. En los años posteriores de la legislatura la formulación del POA se realizará conforme al cronograma previsto en los artículos 233 a 249 del COOTAD; así como se incorporará el Comité Técnico de la GpRD de las Secretarías en los Agentes participantes y,

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en última instancia y previamente a la presentación a la Comisión Legislativa del Consejo Cantonal, la participación del Comité Coordinador de la GpRD. La base de todos los POAs de las Secretarías, Empresas Publicas y Entidades Adscritas de la Corporación Municipal de Cuenca será la Matriz del Marco Lógico, que es una herramienta para la planificación de proyectos en la Gestión para Resultados en el Desarrollo. MATRIZ DE MARCO LÓGICO. POA

RESUMEN NARRATIVO

PROYECTO:

ESTABLECIMIENTO DE INDICADORES Y METAS

NIVEL RESUMEN NARRATIVO INDICADOR META FINAL

FIN

PROPÓSITO

COMPONENTE

ACTIVIDADES

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NIVEL RESUMEN

NARRATIVO INDICADOR

MEDIOS DE VERIFICACIÓN

FUENTE DE INFORMACIÓN

MÉTODO DE RECOLECCIÓN

MÉTODO DE

ANÁLISISFRECUENCIA RESPONSABLE

FIN

PROPÓSITO

COMPONENTES

ACTIVIDADES

ESTABLECIMIENTO DE SUPUESTOS

NIVEL SUPUESTOS FACTORES DE RIESGO

FINANCIERO POLÍTICO SOCIAL AMBIENTAL LEGAL

FIN PROPÓSITO COMPONENTES ACTIVIDADES

MATRIZ DE MARCO LÓGICO

NIVEL RESUMEN

NARRATIVO INDICADOR

MEDIOS DE

VERIFICACIÓN SUPUESTOS

FIN

PROPÓSITO

COMPONENTES

ACTIVIDADES

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En la elaboración de la Matriz de Marco Lógico, será obligado cumplir los siguientes criterios:

a) El FIN u OBJETIVO GENERAL del proyecto coincidirá con el Objetivo Estratégico del PDOT, tomado como tal por el Plan Estratégico Institucional. En este punto se tendrán en cuenta las Metas establecidas en el PDOT (a largo plazo), tomando como principales las Metas del Plan Estratégico Institucional, ya que se han adecuado al periodo quinquenal.

b) El PROPÓSITO coincidirá con el Objetivo Específico de cada proyecto que se haya establecido en la Planificación Plurianual de cada Entidad.

Además de la Matriz de Marco Lógico, el POA de cada Secretaría, Empresa Pública y

Entidad Adscrita cumplimentará tres formularios:

MATRIZ DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS.

FICHA DE VALORIZACIÓN. POA

ProyectosSector 

Estratégico

Beneficiarios 

Directos

Equidad 

CantonalFactor de Éxito

El Proyecto 

tiene contra 

parte externa

El Proyecto se 

encuentra en 

ejecución

Esbozo de 

proyecto bien 

estructurado

TOTAL PROMEDIO

PROYECTO No. 2

PROYECTO No. 3

PROYECTO No. 4

PROYECTO No. 5

PROYECTO No. 6

PROYECTO No. 7

MATRIZ DE RIESGO. FICHA DE RIESGOS. POA

                                       

CLObjetivo

FICHA DE RIESGOS

PROYECTO: 

Indicador(es) Presupuesto

Por factores internos que pueden ocasionar riesgos

P*INivel de 

Riesgo R.I.

Fecha / 

Plazos de 

ejecuciónP I

Actividades 

de control

Responsable

s (cargo)

Recursos: 

logísticos, 

financieros, 

materiales

Identificación de RiesgosValoración de Riesgos

Por factores externos que pueden ocasionar 

O F

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FORMULARIO FINANCIERO. FICHA FINANCIERA. POA

Parroquia Urbana Parroqui Rural Todo el  Cantón De Arrastre Nuevo Recursos Propios Crédito Donaciones

PROYECTO No. 1

PROYECTO No. 2

PROYECTO No. 3

PROYECTO No. 4

PROYECTO No. 5

PROYECTO No. 6

PROYECTO No. 7

TOTAL

PROYECTOSUBICACIÓN VALOR DE LA OBRA FINANCIAMIENTO INVERSIÓN TOTAL 

ANUAL

CAPITULO IV.- PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL

SOCIAL

Artículo 12.- Todo el sistema de la GpRD tiene como elemento principal y transversal la participación ciudadana, y se plasmará en todas las etapas del ciclo de gestión: la planificación, la formulación del presupuesto, la gestión de los bienes y servicios, el seguimiento y evaluación de programas y proyectos y la rendición de cuentas. Artículo 13.- Participación de la ciudadanía en el Planificación Estratégica Institucional El Plan Estratégico Institucional será conocido por las máximas instancias de participación local de la Corporación, el Consejo de Planificación Cantonal y la Asamblea Cantonal. Artículo 14.- Participación de la ciudadanía en la planificación plurianual de Secretarías, Empresas Públicas y Entidades Adscritas La participación ciudadana en la planificación plurianual de Secretarias responderá a los siguientes criterios:

a) Solo los planes plurianuales de las Secretarías de los procesos agregadores de valor contarán con un proceso de construcción y socialización participativa mediante Mesas Ciudadanas Sectoriales (Vialidad, Desarrollo Humano e Infraestructuras y Obras Públicas).

b) La composición de las Mesas Ciudadanas Sectoriales será: Secretario o Secretaria coordinadora, Directores (as) de Áreas de la Secretaría; Gerente o Directores de las Entidades Adscritas; representantes de la ciudadanía

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pertenecientes a entidades, instituciones u organismos relacionados con el objeto y finalidad de la Secretaría.

La participación ciudadana en la planificación plurianual de las Empresas Públicas y Entidades Adscritas responderá a los siguientes criterios:

c) El plan plurianual de las Empresas Públicas y Entidades Adscritas será

conocido y socializado en el seno de la empresa pública con los agentes sociales implicados en el sector/es en que presta sus servicios cada una de las empresas públicas, y en todo caso con la representación de los consumidores y usuarios de los servicios y las organizaciones parroquiales y barriales. Cada empresa pública contará con una Mesa Ciudadana temática.

d) La composición de la Mesa Ciudadana Temática será: Gerente y responsables de las unidades de gestión en las Empresas Públicas/Entidades Adscritas; representantes de los agentes sociales implicados en el sector/es en que presta sus servicios cada una de las Empresas Públicas o Entidades Adscritas, y en todo caso con la representación de los consumidores y usuarios de los servicios y las organizaciones parroquiales y barriales.

e) Las Mesas ciudadanas sectoriales o temáticas desempeñarán funciones de control social, veeduría ciudadana y rendición de cuentas de la gestión de su ámbito.

f) En cada Secretaría, Empresa o Entidad, en función de su estructura y funciones, se podrá adaptar el modelo general de participación.

Artículo 15.- Participación y rendición de cuentas de la ciudadanía en la planificación anual: POA. La Ciudadanía participará en el proceso de elaboración de los POAs mediante la Asambleas Cantonales, tanto para la priorización de los proyectos como para el conocimiento y resolución del anteproyecto de presupuesto.

Artículo 16.- Control social: Veedurías ciudadanas y rendición de cuentas. La función de control social será ejercida, en los términos y forma legalmente prevista en los artículos 84 y siguientes de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, por la representación ciudadana en las distintas instancias del Modelo, y todo ello con una información confiable y rigurosa surgida del subsistema de monitoreo y evaluación de la GpRD.

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CAPITULO V.- ACTORES DE LA GpRD Y DE LA PLANIFICACION ARTICULADA

Artículo 17.- Secretaría Técnica de GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca. La Corporación Municipal, con la finalidad de que conseguir la implementación efectiva del sistema de Gestión para Resultados en el Desarrollo, deberá crear un nuevo órgano rector de todo el modelo de gestión de la GpRD, la denominada Secretaría Técnica de GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca, que desempeñará un papel de coordinación y liderazgo del sistema en toda la Corporación. Para ello, la Corporación deberá elaborar y aprobar una Modificación del vigente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Municipalidad de Cuenca (2011), que sitúe a la Secretaría en el nivel de Procesos Gobernantes, con capacidad de rectoría, coordinación y dirección estratégica de los procesos de planificación y con un claro carácter transversal, de nivel político y de decisión. Artículo 18.- Las Atribuciones y responsabilidades de la Secretaria Técnica de GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca serán, cuando menos, las siguientes:

a) Coordinar, facilitar y articular la planificación participativa en la Corporación

Municipal de Cuenca, así como formular e implementar lineamientos generales, políticas institucionales y públicas de planificación estratégica y gestión para resultados en el desarrollo en la Corporación, contando con la ciudadanía mediante su participación en la planificación y control social de la gestión.

b) Coordinar y gestionar la elaboración de proyectos de ordenanzas, reglamentos y más instrumentos legales necesarios para adecuar la planificación articulada y los servicios municipales que dependen de esta Secretaría Técnica y ponerlas a consideración del Alcalde/Alcaldesa y el Concejo Municipal.

c) Articular y coordinar con las diferentes Direcciones, unidades e instancias o niveles jerárquicos, así como con las Empresas Públicas y Entidades Adscritas de la Corporación, que tiene que ver con la planificación y formulación de planes de largo, mediano y corto plazo, así como los presupuestos correspondientes de los mismos para garantizar su articulación.

d) Brindar apoyo técnico a los diferentes niveles jerárquicos, en materia de desarrollo de e implementación de GpRD.

e) Coordinación interinstitucional e intersectorial vinculadas a las áreas de planificación y gestión de la GpRD, presupuestos por resultados y monitoreo y evaluación del sistema, en el marco del sistema participativo.

f) Establecer los lineamientos, metodologías y procesos para formular los planes operativos anuales en coordinación con las unidades administrativas y procesos institucionales

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g) Coordinar de forma institucional e interinstitucional la planificación plurianual institucional de la Corporación del GAD Municipalidad de Cuenca.

h) Monitorear y Evaluar la consecución de metas y objetivos propuestos en la planificación plurianual y operativa, y su contribución y aporte a la planificación rectora de la Corporación (PDOT) al Plan Nacional del Buen Vivir.

i) Desarrollar programas de investigación, inherentes a la planificación y gestión municipal que permitan diagnosticar, conocer y evaluar la realidad de la ciudad y el cantón.

j) Implementar, implantar y gestionar el sistema de Gestión para Resultados en el Desarrollo (GpRD) de la Corporación Municipal.

k) Establecer políticas de comunicación y difusión a la ciudadanía de la GPRD. l) Proveer información sistematizada y objetiva a las instancias rectoras de la

Corporación sobre GpRD. m) Favorecer con su trabajo una gestión pública transparente y eficiente que

impulse el buen vivir. n) Sistematizar, coordinar y codificar de forma unitaria los distintos proyectos de la

Corporación a fin de evitar duplicidades e ineficiencias. o) Control, seguimiento y evaluación del sistema de GpRD en la Corporación.

Artículo 19.- La estructura de la Secretaria Técnica de GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca se desagregará en dos direcciones: Dirección Técnica de apoyo a la planificación, presupuesto, monitoreo y

evaluación. Sus labores serán de desarrollo e implementación de la planificación estratégica en el GAD Municipal; el apoyo y coordinación con la planificación estratégica de las entidades desconcentradas; monitoreo y evaluación operativa de la GPRD; coordinación con el sistema de gestión del PDOT; y, apoyo a la descentralización y coordinación con los presupuestos participativos.

Dirección Técnica de informática, información y estadística de la Corporación. Desarrollará labores de estadística, documentación, información y análisis para la Corporación, con le objetivo de facilitar la GPRD.

Además, la Secretaría contará con un Comité de Coordinación de la GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca, que constituirá un órgano de rectoría y dirección política de la Secretaría. Las funciones del Comité de Coordinación de la GpRD serán, al menos, las siguientes:

a) Proponer los lineamientos de la planificación estratégica institucional y coordinar y evaluar todo el sistema de GpRD y de planificación articulada de la Corporación.

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b) Conocer del funcionamiento y cumplimiento de la planificación plurianual institucional proponiendo, en su caso, su revisión y actualización.

c) Facilitar la participación e implicación de todos los agentes de la Corporación en el sistema.

d) Supervisar de forma permanente la marcha del sistema de GpRD, elaborar los informes de seguimiento para informar a la máxima autoridad y asegurar la evaluación del desarrollo de los planes y el logro de resultados relacionados con los mismos.

e) Proponer líneas de actuación para revisar y ajustar los planes y programas cuando estos no estén consiguiendo las metas deseadas.

El Comité de Coordinación de la GpRD de la Corporación Municipal de Cuenca estará compuesto por:

a) Alcalde o Alcaldesa (Presidente). b) Secretario o Secretaria de la Secretaría Técnica de GpRD. c) Secretario o Secretaria de la Secretaría de Gobierno y Administración. d) Secretario o Secretaria de la Secretaría de Planeamiento Territorial. e) Secretario o Secretaria de la Secretaría de Desarrollo Humano. f) Secretario o Secretaria de la Secretaría de Movilidad. g) Secretario o Secretaria de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas. h) Cuatro Gerentes de Empresas Públicas. i) Dos Gerentes o Directores de Entidades Adscritas. j) Tres representantes de la ciudadanía.

Artículo 20.- Comités técnicos de la GpRD. Cada una de las Secretarías de la Corporación municipal encuadradas en el nivel de Procesos Agregadores de Valor, así como la Secretaría de Gobierno y Administración constituirán un Comité Técnico de la GpRD, cuyas funciones será técnicas y de coordinación y seguimiento de la GpRD en el ámbito de la Secretaria y de elaboración de la planificación estratégica plurianual de la Secretaria y apoyo a la planificación operativa de la misma, así como de seguimiento y reporte de información y criterio al Comité de Coordinación de la GpRD. Las Atribuciones y responsabilidades de los Comités serán:

a) Coordinar técnicamente la implantación, funcionamiento y monitoreo de la GpRD

en el ámbito de la Secretaría. b) Apoyar la elaboración articulada de la planificación estratégica plurianual de la

Secretaría y entidades desconcentradas orgánicamente en coordinación con la

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Secretaría, velando especialmente por su articulación horizontal y por evitar las ineficiencias y duplicidades.

c) Apoyar la elaboración articulada de la planificación operativa de la Secretaría y entidades desconcentradas orgánicamente en coordinación con la Secretaría.

d) Elaborar información y criterio al Secretario o Secretaria coordinadora para su remisión al Comité de Coordinación de la GpRD.

e) Coordinar con la Secretaría Técnica de GpRD todo lo relativo a la GpRD de la Secretaría.

f) Implementación de la política pública. g) Garantizar la participación y demanda ciudadana, considerar los procesos de

participación ciudadana en la planificación plurianual y operativa.

La Composición será: a) Secretario o Secretaria coordinador. b) Directores o Directoras de las distintas Unidades de la Secretaría coordinadora. c) Gerentes de Empresas o Entidades Adscritas o personal responsable de la

Planificación en las mismas. d) Representantes del nivel de gestión y ejecución desconcentrada que se coordina

con cada Secretaria.

CAPITULO VI.- SISTEMA DE SANCIONES E INCENTIVOS

Artículo 21.- La contribución de los servidores y servidoras públicas en la implementación y utilización de la Gestión para Resultados en el Desarrollo, podrá incluirse como un factor de evaluación en el subsistema de evaluación del desempeño del talento humano del GAD Cuenca. De igual modo, podrá establecerse un sistema de incentivos, reconociendo como efectos de una calificación positiva, la consideración para los ascensos, promociones, reconocimientos y concesión de estímulos previstos en la Ley Orgánica del Servicio Público. Artículo 22.- El incumplimiento de las responsabilidades que derivan de la presente Ordenanza, en la articulación de la planificación y en la implementación y desarrollo del sistema Gestión para Resultados en el Desarrollo, será sancionado, en los términos previstos en el Régimen Disciplinario de la Ley Orgánica del Servicio Público.

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DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA.- El vigente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Municipalidad de Cuenca (2011), deberá modificarse al objeto de definir las nuevas instancias técnicas, nuevas funciones, así como de reasignar funciones entre las Secretarías y Unidades. La Modificación deberá aprobarse en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- El año de referencia e inicio para la redacción del Plan Estratégico Institucional y de los Planes Plurianuales será el 2014. SEGUNDA.- Las Empresas Públicas y las Entidades Adscritas que dispongan de Planes Estratégicos, deberán realizar ajustes en sus respectivos Planes Estratégicos, en lo referente a la articulación, tomando como referente para la Planificación a Medio-Largo plazo al PDOT de Cuenca y los nuevos Objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir.

DISPOSICIÓN FINAL UNICA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.

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