REGLAMENTO INTERNO DE
EVALUACIÓN _________________________________________
COLEGIO BÁSICO INTERCULTURAL BILINGUE
LORENZO BAEZA VEGA
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
I. DISPOSICIONES TÉCNICAS GENERALES:
1. El presente Reglamento Interno de Evaluación expresa todos los acuerdos
complementarios, el Decreto exento de Evaluación nº 511/97, a que arriban los
miembros de la Comunidad Escolar, complementado con los Decretos 158/99,
157/ 2000, 1223/2002,107/2003 y 924/83 en que se imparte toda la legislación y
en que esta contenido los fundamentos legales de la evaluación vigente.
2. El Reglamento Interno de Evaluación del Establecimiento, se aplicará a todos
los cursos de Educación Básica, de acuerdo a la gradualidad establecida en el
Art. 1º del referido Decreto.
3. El Reglamento Interno de Evaluación debe ser comunicado oportunamente a
todos los alumnos y entregado a los Padres y Apoderados mediante una
reunión formal, la cual tiene por propósito entregar la información
correspondiente a través de la agenda escolar 2016, donde se especifica los
puntos más relevantes del instrumento antes mencionado.
4. El Reglamento Interno de Evaluación cada año debe ser revisado y analizado, a
través del trabajo en equipo de todos los Docentes, considerando los aportes de
los padres y de los estudiantes, realizando las modificaciones respectivas
cuando las hubiere.
5. El Art. Nº 3 del “Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de niños y niñas de Enseñanza Básica”, señala que el Reglamento Interno de Evaluación de la Escuela debe contener: a) Disposición respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los
alumnos.
b) Formas de calificar y comunicar los resultados a los alumnos, padres y
apoderados.
c) Procedimientos que aplicará el Establecimiento para determinar la situación
final de los alumnos.
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d) Disposiciones de evaluación diferenciada que permitan atender a todos los
alumnos que así lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.
II. DE LA EVALUACIÓN 2.1.- Los alumnos deberán ser evaluados en todos los subsectores, asignaturas o
actividades de aprendizaje del Plan de Estudio, (Art. 4º). No obstante, el
Director del Establecimiento Educacional, previa consulta al Profesor Jefe de
curso y al Profesor de la asignatura de Aprendizaje correspondiente, podrá
autorizar la eximición de los alumnos de la asignatura, en caso de tener
dificultades de aprendizaje o problemas de salud debidamente
fundamentados (158/99).
III. PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS
3.1 TIPOS DE EVALUACIÓN. 3.1.1 DIAGNÓSTICO O INICIAL
Se aplica en cada sector fundamental, al inicio del año escolar o de una
Unidad. Para ello, se emplearán pruebas escritas y estandarizadas. Los
resultados obtenidos permitirán poner énfasis en los aspectos más
deficitarios que tengan los alumnos a través de Planes Remediales, y
Refuerzo Educativo.
3.1.2 FORMATIVA O DE PROCESO Se realiza durante todo el proceso de aprendizaje y tiene como objeto
entregarle información al alumno y al Docente acerca de cómo se está
aprendiendo un contenido determinado.
3.1.3 SUMATIVA Entrega información durante el proceso de aprendizaje. Califica con una nota
el aprendizaje del alumno. Puede ser aplicada para medir el logro de algún
objetivo o bien al término de una unidad. Esta evaluación puede obtenerse
mediante prueba escrita, trabajos (individuales o grupales), disertaciones,
informes, trabajos prácticos, declamaciones, etc.
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3.1.4 ACUMULATIVA Este tipo de evaluación entrega información durante el proceso de
aprendizaje. Cada docente tendrá la libertad de aplicarla o no dependiendo
del sector y contenidos que esté impartiendo. Se considerarán evaluaciones
acumulativas los dictados, lecturas breves, pruebas de operatoria, tablas de
multiplicar, etc. Las calificaciones obtenidas en estas evaluaciones se
promediarán para obtener una calificación coeficiente uno.
4.- FORMAS DE EVALUACIÓN. Las formas de evaluación aplicadas serán: Diagnostica, formativa, sumativa y
evaluación diferenciada.
4.1 Instrumentos de Evaluación: a) Observación directa del Profesor.
b) Informes escritos de investigaciones sobre un tema.
c) Pruebas Objetivas.
d) Pruebas de Desarrollo o de Respuesta Abierta.
e) Pruebas Orales.
f) Presentaciones Orales (Disertaciones, exposiciones, relatos, etc.).
g) Evaluación por Carpeta de proceso
h) Presentaciones Artísticas (Teatrales, musicales, danzas, literarias,
plásticas, manuales, etc.).
i) Productos del Aprendizaje (Maquetas, coreografías, poemas,
presentaciones deportivas, etc.)
j) Co-evaluaciones, Autoevaluaciones, Rúbricas.
k) Lista de chequeo.
4.2 Carácter de la Evaluación:
a) Individual
b) En parejas
c) Grupal
d) Auto evaluación
e) Co evaluación (evaluación entre pares).
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4.3 Los aprendizajes de los alumnos podrán ser evaluados por: a) Informes.
b) Trabajos individuales y grupales.
c) Pruebas escritas.
d) Lista de cotejos.
e) Pauta de trabajo.
f) Trabajo de investigación.
g) Mapas conceptuales.
h) Prueba formato tipo SIMCE.
i) Elaboración de proyectos.
j) Dramatizaciones.
k) Coevaluación.
l) Autoevaluación.
m) Debates.
n) Diarios murales.
o) Disertaciones.
p) Diálogos (idiomas).
q) Portafolios.
• Cualquier tipo de procedimiento que el profesor estime conveniente aplicar,
debe informar al alumno sobre la forma y contenido a evaluar.
El alumno deberá recibir con anterioridad, (una semana) por parte del
profesor, las pautas de evaluaciones con las cuales será calificado.
• El alumno deberá ser informado previamente sobre los aprendizajes que
serán evaluados. Y debe conocer la ponderación que se le ha asignado a
cada ítems que será evaluado sea esta prueba escrita y/u orales
disertaciones, informes, salidas a terreno, etc.
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5.- DE LA CALIFICACIÓN Del nivel de exigencia, escala de calificación y nota mínima de aprobación.
5.1 Se evaluará a los estudiantes en cada sector del aprendizaje con una
calificación en una escala numérica de 1 a 7, hasta con un decimal en cada
una de las asignaturas de Plan de Estudios, exceptuando la asignatura de
orientación de 1° a 6° básico, el sector de religión y desarrollo persona
cuando corresponda. Cuya calificación será conceptual de I (insuficiente),S
(suficiente), B (bueno), a MB (muy bueno). El período escolar anual estará
dividido en dos semestres.
Asignatura Calificación conceptual
• Orientación
• Religión
I (insuficiente), S (suficiente), B (bueno), a MB (muy bueno).
I (insuficiente), S (suficiente), B (bueno), a MB (muy bueno).
La calificación mínima de aprobación deberá ser 4.0 (Art. 511/97) siendo la
exigencia mínima del 60 % de rendimiento, logros o resultados.
5.2 El número mínimo de calificaciones semestrales por nivel quedará establecido
de la siguiente manera; no obstante, cada profesor tiene la facultad de colocar
el número máxima de calificaciones que estime conveniente.
5.3 El promedio aritmético de las calificaciones, semestral y anual de las diferentes
asignaturas de aprendizaje, se calculará con un sólo decimal, sin
aproximación.
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A) Para los cursos 1° a 4°
Asignatura Nº de notas
Lenguaje y comunicación (Inmersión) 7
Lenguaje y comunicación (Bilinguismo) 8
Sector Lengua Indígena - Rapa Nui (Inmersión)
7
Sector Lengua Indígena - Rapa Nui (Bilinguismo)
5
Matemática 7
Ciencias Naturales 3
Ciencias Sociales / Historia 3
Tecnología 3
Artes Visuales 3
Música 3
Educación Física 4
Orientación 3
Religión 3
Taller de Inglés (*) 3
Taller de Ciencias (*) 3
Taller de Deporte (*) 3
(*) Las notas obtenidas en Taller de Inglés se promedia y el promedio se
consigna en el sector de Lengua rapa nui.
(*) Las notas obtenidas en Taller de Deporte se promedia y el promedio se
consigna en la asignatura de Educación física.
(*) Las notas obtenidas en Taller de ciencias se promedia y el promedio se
consigna en la signatura de Ciencias Naturales.
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B) Para los cursos 5° a 6°
Asignatura Nº de notas
Lenguaje y comunicación 7
Sector Lengua Indígena - Rapa Nui 5
Matemática 7
Ciencias Naturales 5
Ciencias Sociales / Historia 5
Tecnología 3
Artes Visuales 3
Música 3
Educación Física 3
Orientación 3
Religión 3
Inglés 4
Taller de Deporte (*) 3
(*) Las notas obtenidas en Taller de Deporte se promedia y el promedio se
consigna en la asignatura de Educación física.
6.- COMUNICACIÓN DE LAS EVALUACIONES. 6.1- El Colegio adoptará un régimen de Evaluación Semestral. Al finalizar el
semestre se entregará el informe otorgado por el Sistema de gestión
educacional (Mateonet) con las calificaciones correspondientes, en reunión
de apoderados. Se enviará al hogar un avance bimensual de notas del
alumno.
6.2.- En cuanto a los y las estudiantes que le faltase una o más evaluaciones, en
alguna o todas sus asignaturas, al término del semestre, se procederá a
calcular el promedio teniendo el 50% más uno de las calificaciones del
semestre. Respaldando esta medida con los certificados médicos
correspondientes.
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Si no existieran un total de calificaciones que alcanzara al 50% más uno, estas
deberán tomarse a través de la modalidad que la UTP estime conveniente. 6.3 El logro de los objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el
Informe de Personalidad, el que se entregará una vez en cada semestre a
los Padres y Apoderados junto con el Informe de Notas.
6.4 Las clases de Religión deberán impartirse a todos los alumnos del
establecimiento, con enfoque valórico. Los Padres o Apoderados deberán
manifestar por escrito, en el momento de matricular a sus hijos o pupilos, si
desean o no la enseñanza de la religión por todo el año lectivo.
(Dcto.924/83).
• El Profesor de Religión, para ejercer como tal deberá estar en posesión de
un Título Profesional de Educación General Básica.
• Las clases de Religión tendrán una evaluación expresada en conceptos.
Esta información se entregará a los Padres o Apoderados, junto con la
evaluación de rendimiento de los demás asignaturas del Plan de Estudio
correspondiente. (Dcto. 924/83).
• La calificación obtenida por los alumnos en el sector de Religión no incidirá
en su promoción (Dcto.511/97).
7.- DE LA PROMOCIÓN RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS 7.1 Serán promovidos los y las estudiantes de 1º a 6º que hubieren aprobado
todas las asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes
de estudio (Art. 11, Dcto. 511 / 97).
7.2 Serán promovidos los alumnos de 1 º a 6 º Año de Educación Básica que no
hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio 4.5 o superior incluidos los no aprobados. (Art.
11, Dcto. 511 / 97).
7.3 Serán promovidos los alumnos de 1 º a 6º Año de Educación Básica que no
hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro
corresponda a un promedio 5.0 o superior incluidos los no aprobados. (Art.
11, Dcto. 511 / 97).
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8.- INASISTENCIA A EVALUACIONES.
8.1 Los y las estudiantes que no asisten a las evaluaciones calendarizadas,
deberán ser justificados personalmente por el apoderado en Inspectoría
General, presentando el certificado médico o los motivos de fuerza mayor por
los que no asistió a dicha evaluación.
8.2 Independientemente del punto anterior los estudiantes que hayan faltado a
una evaluación, deberán rendirla a su regreso a clases en el horario y lugar
que el docente de la asignatura le indique.
8.3 Los y las estudiantes que falten reiteradamente a las Pruebas en las
diferentes asignaturas, sin razones justificadas, deberán acudir a la U.T.P
para establecer fecha y hora de las evaluaciones pendientes a cargo de la
Unidad Técnica Pedagógica.
8.4 Situaciones especiales. El Profesor Jefe, en conjunto con la Unidad Técnica
Pedagógica y Dirección del establecimiento, estudiará y tomará decisiones al
respecto de los y las estudiantes con ingreso tardío a clases, finalización
anticipada del año escolar, viajes de estudio, competencias deportivas y
otros, brindándoles las oportunidades para cumplir con la cantidad de
calificaciones suficientes, estableciendo para ello horarios y contenidos para
rendir las evaluaciones pendientes.
8.5 Las estudiantes que se encuentren en situación de embarazo, se les brindará
las oportunidades para que continúen sus estudios en la escuela y además,
se les otorgarán las facilidades pedagógicas necesarias para que terminen el
año escolar. Para ello se fijarán horarios y fechas especiales para que
realicen o entreguen trabajos de investigación y rendir sus evaluaciones en
las diferentes asignaturas, recibiendo el apoyo de los Docentes, Programa de
Integración (cuando el caso lo amerite) y Unidad Técnica Pedagógica.
8.6 Situaciones especiales:
• Los estudiantes que hubiesen faltado durante el segundo Semestre se le
repetirán las notas del Primer Semestre, previa evaluación, caso a caso, de
los profesores y UTP.
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• Todo los y las estudiantes que dejen de asistir a clases sin razones
justificadas durante el segundo semestre y no regrese al establecimiento,
estará sujeto al reglamento de Evaluación en relación al Documento de
Promoción de los alumnos respecto a la asistencia; sin embargo,
previamente habrá a lo menos tres notificaciones escritas al apoderado.
• En la situación en que un alumno/a tenga el primer o segundo semestre
realizado y que tenga un promedio a lo menos suficiente y que por casos
justificados no pueda terminar uno de ellos, se le considerará el semestre
realizado. 9.- DE LA EXENCION DE ASIGNATURA CONFORME AL DECRETO (158/99). 9.1. En relación a la eximición en la asignatura de Educación Física:
• El o la estudiante tendrá derecho a eximirse, de la asignatura de Educación
Física, en forma total o parcial, a través de un certificado médico.
• La eximición total significa para el estudiante No participar en ninguna de
sus formas de la asignatura.
• La eximición parcial significa ser evaluada diferencialmente en la
asignatura, durante el tiempo de la eximición.
9.2. En relación a eximición en la asignatura de inglés:
• En este sector solo existe la eximición total.
• Será resolución del Director del Establecimiento autorizar la eximición,
previa consulta al profesor jefe, profesor de grupo diferencial y/o
especialista.
• Será resolución del Director del establecimiento autorizar la eximición, de
un estudiante que presente NEE, de carácter permanente o transitoria,
previa consulta al profesor de asignatura, en acuerdo con Jefe de UTP y
profesor de educación Especial, y con la toma de conocimiento (el
consentimiento) del apoderado. En circunstancias que el desempeño
académico del alumno sea insuficiente, aún después de que se hayan
proporcionado los apoyos especializados y realizados las adecuaciones
curriculares pertinentes.
• La resolución deberá ser informada y firmada por los involucrados.
• Las solicitudes de eximición del sector, por médicos o especialistas ajenos
al establecimiento, serán analizadas con el profesional de educación
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especial correspondiente al curso, la UTP y será decisión final de la
dirección su aplicabilidad.
9.3 Con relación a la eximición en la asignatura de religión:
• Aquellos estudiantes que no estén autorizados por sus Padres para recibir
la enseñanza de las clases de Religión, deberá permanecer en su sala
realizando una actividad que competa a otra asignatura.
• La opción de la asignatura de religión será en el momento de la matrícula,
no existiendo cambio durante el año lectivo. 10.- EVALUACIÓN DIFERENCIADA La evaluación diferenciada se entiende como un recurso que el profesor emplea
para evaluar a los estudiantes que presentan dificultades en el logro de sus
aprendizajes. Consiste en aplicar procedimientos y/o instrumentos evaluativos
acordes con las características de la dificultad que presenta el estudiante.
Además, implica la aplicación de estrategias antes, durante y/o después de las
evaluaciones mismas.
Objetivos • Favorecer los procesos de enseñanza – aprendizaje de los alumnos y
alumnas, de manera que sea un medio efectivo para el logro de los objetivos
planteados para el alumno (a), en el Plan de Estudio del Colegio, para el nivel que
cursan y dentro del año escolar correspondiente.
• Apoyar a los estudiantes durante el tiempo requerido, para la superación de
dichas barreras, debiendo el alumno recibir, cuando corresponda, el apoyo de
especialistas internos del Programa de Integración Escolar del establecimiento,
evitando así afectar su autoestima y reduciendo el riesgo de fracaso escolar.
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REGLAMENTACIÓN GENERAL
10.1 La evaluación diferenciada se considera de carácter temporal, dado que las
dificultades son potencialmente superables, cuando se han aplicado las
estrategias de apoyo adecuadas.
10.2 Los alumnos que presenten NEE, de carácter permanente o transitorio, en el
desempeño de su aprendizaje, podrán ser evaluados de forma diferenciada
(Artículo 511/97), para lo cual, el profesor de aula común, deberá considerar
las siguientes disposiciones:
Alumnos que presentan Necesidades Educativas Especiales (N.E.E): Aquél que precisa ayudas y recursos adicionales, ya sean humanos, materiales o pedagógicos, para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro de los fines de educación. Necesidades Educativas Especiales de Carácter Permanentes (N.E.E.P): Son aquellas barreras para aprender y participar que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad como consecuencia de una discapacidad diagnosticada por un profesional competente y registrado en el MINEDUC (psicólogo, médico pediatra, neurólogo o psiquiatra y educador diferencial) y que demandan al sistema escolar, la provisión de apoyos y recursos extraordinarios para asegurar el aprendizaje escolar. Entre estas N.E.E.P se encuentran: Discapacidad intelectual, discapacidad visual, discapacidad auditiva, discapacidad motora, trastorno del espectro autista, trastornos en la capacidad de la relación y la comunicación y discapacidad múltiple. Necesidades Educativas Especiales de Carácter Transitorio (N.E.E.T): Son aquellas que no son permanentes, pero que requieren los estudiantes en algún momento de su vida escolar por consecuencia de un trastorno o discapacidad diagnosticada por un profesional competente y registrado en el MINEDUC (médico neurólogo, psiquiatra, pediatra o médico familiar, fonoaudiólogo, psicólogo y educador diferencial) y que necesitan de ayudas y apoyos extraordinarios para acceder o progresar en el currículum por un determinado período de su escolarización. Entre las N.E.ET se encuentran: Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL), Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL), Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) y Trastornos por Déficit Atencional con o sin hiperactividad (TDA/H).
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10.3 El Ministerio de Educación, a través del decreto 170/2009, fija normas para
determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán
beneficiarios de las subvenciones para educación especial. En el artículo 94
indica que los establecimientos con Programas de Integración Escolar (PIE),
podrán incluir por curso un máximo de 2 alumnos con N.E.E.P y 5 alumnos
con N.E.E.T. No obstante, la atención del especialista educador(a) diferencial
se brinda en aula común, por lo que todos los estudiantes del curso son
beneficiarios del apoyo.
10.4 La existencia de Evaluación Diferenciada no altera la aplicación del
Reglamento de Evaluación y Promoción y del Reglamento de Convivencia
Escolar del Colegio, y en ningún caso, exime a los estudiantes de asistir
regularmente a clases.
10.5 El aprendizaje escolar de un estudiante depende de variados factores. El
ingreso a PIE o la sola aplicación de Evaluación Diferenciada, no garantiza
que un estudiante obtenga siempre un rendimiento suficiente (sobre nota 4,0)
ni asegura la promoción automática de curso.
10.6 Todas las actuaciones del estudiante que evidencien incumplimiento de su
compromiso escolar, con respecto a la Evaluación Diferenciada u otras tales
como: ausencias reiteradas, problemas conductuales, falta de responsabilidad
ante los trabajos académicos, etc., deberán ser registrados en el Leccionario o
Libro de clases – que está definido por normativa, como Documento Oficial –
con fecha y firma del profesor de asignatura y del educador diferencial, o del
funcionario responsable que corresponda.
11. PROCEDIMIENTOS PARA OPTAR A ADECUACIONES CURRICULARES Y EVALUACIÓN DIFERENCIADA.
11.1 El docente de aula deberá realizar, en diciembre del año en curso o en marzo
del año entrante, un catastro de aquellos/as estudiantes que presenten
necesidades educativas especiales en su aprendizaje y derivar a las
especialistas del PIE para realizar la evaluación diagnóstica del estudiante.
Cabe destacar que el número de derivaciones dependerá de la cantidad de
estudiantes que ya tenga integrado el curso.
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11.2 En marzo del año en curso los especialistas del Programa de Integración
Escolar (educador/a diferencial, psicólogo/a y fonoaudiólogo/a) efectuarán las
evaluaciones diagnósticas integrales a los estudiantes que los docentes hayan
derivado.
11.3 Los informes emanados de las evaluaciones especializadas, deberán ser
dados a conocer a los padres y apoderados y a los profesores jefes y/o de
asignaturas, mediante copia de documento y entrevista personal con firma de la
recepción. Dichos diagnósticos se encontrarán archivados en la carpeta
personal del estudiante en oficinas del Programa de Integración Escolar.
11.4 El profesor de asignatura, en acuerdo con el educador/a diferencial y Jefe de
UTP, podrá realizar adecuaciones curriculares de tipo significativas
(modificando objetivos y contenidos) o no significativas (priorizando objetivos,
contenidos y/o estableciendo metodologías, actividades educativas y de
evaluación alternativas), pertinentes de acuerdo a las NEE que presente el/la
estudiante.
11.5 Las adecuaciones curriculares, el trabajo colaborativo realizado entre el
docente y el especialista y las atenciones de los especialistas quedarán
registradas en el Registro de Planificación y Evaluación por curso, brindado por
el Ministerio de Educación.
11.6 El profesor de aula, en común acuerdo con educador/a diferencial y jefe de
UTP, podrá aplicar evaluación diferenciada, sin diagnóstico previo de
especialista, si considera que alguno de sus estudiantes presenta dificultades
que afectan su adecuado desempeño académico. El acuerdo tomado debe
quedar escrito en el registro de planificación y evaluación del PIE que está a
cargo del educador/a diferencial y en el libro de clases. Además, debe ser
informado a los padres y apoderados del estudiante.
11.7 Al finalizar el año escolar, los especialistas reevaluarán, mediante test formales
y/o informales, a los estudiantes pertenecientes al Programa de Integración
Escolar, con el fin de saber si han superado o no sus necesidades educativas
especiales.
11.8 Los alumnos que son dados de ALTA del Programa de Integración,
continuarán recibiendo apoyo del educador/a diferencial en el aula y se
entregará un certificado y un informe de evaluación a los apoderados donde se
detallará lo evaluado.
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12. TIPOS DE ADAPTACIONES CURRICULARES Se entenderá como adaptación curricular a las modificaciones que se realizan
en la programación común para atender las diferencias individuales de los
estudiantes, flexibilizando el currículum escolar con el objetivo de posibilitar que
los estudiantes que presentan NEE puedan participar y beneficiarse de la
enseñanza.
Es posible adaptar los distintos elementos del currículum, los que deben ser
abordados en horario de trabajo colaborativo entre el docentes y especialistas a
cargo de los respectivos niveles.
12.1 Adaptación de los objetivos de aprendizaje.
Los objetivos de aprendizaje y contenidos pueden ser adaptados de diversas
formas en función de las necesidades específicas del niño y niña. Por ejemplo:
• Priorizar objetivos que se consideran fundamentales o claves para la
adquisición de los aprendizajes posteriores.
• Introducir objetivos o contenidos que no estén previstos en el currículum de
referencia.
• Eliminar determinados objetivos o contenidos que son menos significativos.
• Aumentar o elevar el grado de complejidad del objetivo, potenciando las
habilidades y capacidades que tiene el estudiante en ciertas áreas curriculares.
• Simplificar objetivos en determinadas ocasiones, o bien, concretarlo más,
favoreciendo su consecución.
• Desglosar los objetivos en metas más pequeñas o intermedias que vayan
acercando progresivamente al estudiante a lograr el objetivo general.
12.2. Adaptación metodológica. Es fundamental analizar los factores y estrategias de la enseñanza que
favorecen o dificultan el aprendizaje de los estudiantes. Para esto, el docente
deberá tener en cuenta el ritmo y estilo de aprendizaje de los niños y niñas, sus
intereses y vías preferentes de acceso a la información, lo que permitirá
planificar actividades que contemplen la entrega de información por distintos
canales sensoriales (visual, auditivo, kinestésico, etc.). Por todo esto, es
fundamental:
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• Utilizar técnicas que estimulen la experiencia directa, la reflexión y la expresión
(salidas a la comunidad, trabajos de investigación, experimentos, exposiciones,
etc.)
• Utilizar estrategias que favorezcan la ayuda y cooperación entre los niños
(tutorías entre pares, trabajos grupales, elaboraciones colectivas a partir del
trabajo individual, etc.)
• Utilizar estrategias para centrar y mantener la atención del grupo (reforzando
contenidos más importantes, apoyando con material visual, entregando
instrucciones breves, etc.)
• Proponer actividades que permitan distintos grados de exigencia y diferentes
posibilidades de ejecución y expresión (organizar eventos, crear un cuento
colectivo, investigar un tema de interés común, etc.)
• Utilización de estrategias que favorezcan la motivación y el aprendizaje
significativo (conocer los interés y aprendizajes previos de los alumnos,
relacionar contenidos con sus experiencias, variar los materiales y contextos de
aprendizaje, generar espacios de intercambio de experiencias y opiniones, etc.)
• Utilizar variadas formas de agrupamiento al interior del curso (grupos de
trabajos por niveles de aprendizaje o por interés, trabajos entre pares,
conformación de grupos al azar, sentar adelante a alumnos con dificultad en su
atención y concentración, etc.)
• Realizar actividades que estimulen el autocontrol y la regulación social
(debates de lluvias de ideas, reflexión colectiva, juegos deportivos,
presentaciones artísticas, etc.)
12.3. Adaptación de los materiales El docente considerará que el material educativo que utilizará en su clase sea
de utilidad para todos los estudiantes, teniendo en cuenta las NEE. Los
materiales pueden modificarse en diferentes niveles:
• En relación a la presentación: cambios en el tipo y tamaño de la letra,
variaciones de color de las grafías, dejar más espacios entre líneas, incorporar
esquemas y gráficos, etc.
• En relación a los contenidos: simplificándolos y reemplazando algunos términos
por sinónimos, explicando el significado entre paréntesis, acortando párrafos o
frases, suprimiendo contenidos que no se ajusten a la comprensión del alumno
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sin que sean las ideas principales del texto, desglosar un concepto en
pequeñas secuencias, etc.
13. FORMAS DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA. El docente, junto al educador/a diferencial, deberá diseñar medios, instancias e
instrumentos de evaluación, que permitan verificar y calificar el nivel e avance
que presentan los estudiantes con NEE, de carácter permanente o transitorio,
considerando las adecuaciones curriculares establecidas.
Para la implementación de evaluación diferenciada se considerarán las
siguientes sugerencias:
Adecuación en la
estructura de la
evaluación
Ítems • Identificar la facilidad del estudiante para desarrollar determinados tipos de ítems que favorezcan su comprensión y ejecución (selección múltiple, términos pareados, completación, V – F, respuesta breve, etc.)
• Evitar la mezcla excesiva de ítems.
• Asignar un ítem para un contenido en particular, no juntar diferentes contenidos o temas en el mismo espacio.
Lenguaje • Emplear un lenguaje escrito acorde al nivel comprensivo de los estudiantes que presentan dificultades en el área verbal.
• Evitar enunciados confusos, con múltiples indicaciones y de larga extensión.
• Procurar utilizar indicaciones directas (qué, por qué, explique, defina, nombre, etc.)
Extensión • Modificar la extensión del instrumento de evaluación.
• Eliminar ítems que evalúan aspectos muy específicos o menos trabajados en clases.
• Eliminar preguntas que están siendo evaluadas explícita o implícitamente en otros ítems de la misma prueba.
• Eliminar ítems que no evalúen los Objetivos de Aprendizaje o Contenidos Mínimos.
Adecuación en la forma
de la evaluación.
Oral • Aplicar evaluación oral, en forma ocasional y complementaria a la evaluación escrita, a aquellos estudiantes que presenten habilidades en el ámbito expresivo, de vocabulario y comunicación.
Escrita • Aplicar evaluación escrita en forma estructurada, evitando la fatigabilidad de aquellos estudiantes con dificultades en la creación espontánea.
Expositiva • Utilizar este tipo de evaluación en forma complementaria a la
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evaluación formal, para favorecer la recolección de aprendizajes de los estudiantes que presentan facilidad en las áreas investigativas, creativas y con habilidades comunicativas.
Adecuación en el tiempo
de la evaluación.
• Fraccionar la aplicación del instrumento de evaluación, de acuerdo a los tiempos de ejecución eficaz del estudiante, evitando la desmotivación, fatigabilidad y frustración.
Adecuación
en la mediación
de la evaluación
• Durante la aplicación de la evaluación, el/la docente de aula o educador/a diferencial pueden intervenir en la interpretación de enunciados, sustituyendo palabras o ideas, explicando o reforzando mediante el ejemplo, hasta lograr que el estudiante haya comprendido lo que debe realizar.
Adecuación en la
corrección de la
evaluación
• No se considerarán como descuento en la puntuación, las faltas ortográficas o dificultad para organizar ideas escritas, en caso que el objetivo de evaluación no apunte a este ámbito. Si se evalúa manejo de contenidos o comprensión de textos, se admite que la respuesta es acertada si corresponde. De todas maneras se debe retroalimentar al estudiante en la evaluación respecto a los errores que tuvo.
Tipos de evaluación diferenciada de acuerdo a las Necesidades Educativas Especiales que presenten los estudiantes:
Estudiantes con N.E.E Transitorias
Tipos de evaluación diferenciada
Trastorno por Déficit Atencional
con o sin Hiperactividad
(TDA – TDA/H)
• Dar más tiempo para elaborar una respuesta.
• Explicar verbalmente lo que se le solicita por escrito.
• Dar instrucciones con ejemplos previos.
• Permitir que el o la Estudiantes sea asistido/a por el/la especialista durante la evaluación.
• Disminuir la cantidad de preguntas por ítem.
• Pruebas con instrucciones más breves, acompañadas de dibujos, letras un poco más grande y separadas.
• Aplicar actividades funcionales: Uso de material concreto, dramatizaciones, salidas a terreno, problemas orales contextualizados, trabajo complementario.
• Tipo de instrumento: Variar el tipo de ítems.
• Realizar interrogación escrita en vez de oral y/o viceversa.
• No considerar dentro de la calificación las faltas de
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Trastorno Específico del Lenguaje de tipo Específico o Mixto
(TEL)
ortografía.
• Solicitud de trabajos complementarios.
• Explicar verbalmente lo que se le solicita por escrito.
• Dar instrucción con ejemplos previos.
• Permitir que el o la Estudiantes sea asistido(a) por el/la especialista durante la evaluación.
• En disertación permitir apoyo de material complementario.
• Solicitud de trabajos complementarios en música, artística, etc.
Funcionamiento Intelectual Limítrofe
(F.I.L)
• Tiempo asignado: dar más tiempo para elaborar una respuesta.
• Tipos de instrumentos: variar los instrumentos utilizados. En caso de los escritos variar el tamaño de la letra, para que esta sea más clara y legible.
• Disminuir la cantidad de preguntas por item.
• Variar el tipo de ítem de la prueba.
• Solicitud de trabajos complementarios.
• Explicar verbalmente lo que se le solicita por escrito.
• Dar instrucciones con ejemplos previos.
• Permitir que el o la estudiante sea asistido durante la Evaluación.
Dificultades Específicas
del Aprendizaje
(D.E.A)
• Tiempo asignado: dar más tiempo para elaborar una respuesta.
• Tipos de instrumentos: variar los instrumentos utilizados.
• Variar el tipo de ítem de la prueba.
• Solicitud de trabajos complementarios.
• Explicar verbalmente lo que se le solicita por escrito.
• Dar instrucciones con ejemplos previos.
• Permitir que el alumno /a sea asistido durante la evaluación.
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Estudiantes con N.E.E Permanentes
Tipos de evaluación diferenciada
Discapacidad Intelectual Leve
(DIL)
Discapacidad Intelectual Moderada
(DIM)
• Permitir que el alumno sea asistido/a durante la evaluación.
• Tiempo asignado: dar más tiempo para elaborar una respuesta.
• Pruebas informales adaptadas: con instrucciones, más breves, acompañadas de dibujos, letras un poco más grande y separadas.
• Aplicar actividades funcionales: Uso de material concreto, dramatizaciones, salidas a terreno, problemas orales contextualizados, trabajo complementario, uso de tabla pitagórica y/o calculadora según criterio.
• Observación directa: Utilizar una pauta de cotejo con los logros que se esperan del alumno/a-
• La evaluación debe considerar los siguientes aspectos: Interés y motivación por el esfuerzo de lograr el objetivo, Nivel de autonomía y Logro de aprendizajes propiamente tales.
• 50% de exigencia en evaluaciones.
Trastorno del Espectro
Autista
(TEA)
• Permitir que el alumno sea asistido/a durante la evaluación.
• Tiempo asignado: dar más tiempo para elaborar una respuesta.
• Pruebas adaptadas: con instrucciones, más breves, acompañadas de dibujos, letras un poco más grande y separadas.
• Aplicar actividades funcionales: uso de material concreto, dramatizaciones, salidas a terreno, problemas orales contextualizados, trabajo complementario, uso de tabla pitagórica y/o calculadora según criterio.
• Observación directa: utilizar una pauta de cotejo con los logros que se esperan del alumno/a-, en actividades grupales, físicas, manuales, disertaciones, representaciones teatrales y / o artístico- musicales.
• La evaluación debe considerar los siguientes aspectos:
- Interés y motivación por el esfuerzo de lograr el objetivo.
- Nivel de autonomía.
- Logro de aprendizajes propiamente tales.
• 50% de exigencia en evaluaciones.
• Apoyo técnico para escribir.
• Permitir que sea asistido en la evaluación.
• Disminuir la cantidad de ítems según grado de dificultad.
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Discapacidad Motora.
• Tiempo asignado: dar más tiempo para elaborar una mejor respuesta.
• Variar algunos ítems de la prueba: escrita a oral o viceversa
• Solicitud de trabajo complementario en música, artística, educación física, etc.
• Observación directa: Utilizar una pauta de cotejo con los logros que se esperan del alumno/a-
• La evaluación debe considerar los siguientes aspectos:
- Interés y motivación por el esfuerzo de lograr el objetivo. - Nivel de autonomía. - Logro de aprendizajes propiamente tales.
• 50% de exigencia en evaluaciones.
14. PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES PERTENECIENTES A PIE MODALIDAD 4 El curso PIE modalidad 4 se rige por el decreto 87/90 del Ministerio de Educación,
el que aprueba los Planes y Programas de Estudio para Personas con
Discapacidad Mental. El Plan de Estudio a utilizar, bajo la normativa del decreto, es el siguiente:
NIVELES PRE – BÁSICO BÁSICO LABORAL
CICLO 1 2 1 2 1
CURSO 1 – 2 3 – 4 5 – 6 – 7 8 – 9 – 10 1 2 3
EDAD CRONOLÓGICA 2 – 4 5 – 7 8 – 11 12 – 15 16 - 24
PLAN COMÚN Áreas de Desarrollo
1. Físico Motor
- Psicomotor
- Ed. Física, Deportes y Recreación.
8
6
6
4
8
6
2. Artístico
- Ed. Musical
- A. Plásticas.
- Expresión corporal
2
4
2
2
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- Teatro y Mimo
- Danza
3. Cognitivo Funcional
- Comunicación
- No verbal y verbal
- Lectura y escritura instrumental
- Cálculo
- Noc. Del entorno
- Social y cultural
4
4
8
4
4. Social
- Actividades Vida Diaria
- Formación Moral
- Sexualidad
8
6
2
4
5. Vocacional 2 10 16 22 26 30
TOTAL HORAS 22 22 28 30 30 32 34
PLAN COMPLEMENTARIO
6 6 5 4 4 4 2
*Los objetivos generales y específicos de cada nivel y área de desarrollo se
encuentran explicitados en el Decreto Nº87/90 del Ministerio de Educación.
El Plan de estudio descrito está destinado a alumnos que presenten las siguientes
características y requisitos: a) Deficiencia mental debidamente diagnosticada por un organismo de
diagnóstico del Ministerio de Educación o por profesionales idóneos
inscritos en la Secretaría Ministerial de Educación, correspondiente a un
rango de: - Discapacidad Intelectual Leve - Discapacidad Intelectual Moderada - Discapacidad Intelectual Severa
b) Tener una edad cronológica igual o inferior a 24 años.
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2017
El presente Plan de Estudios tendrá una duración de hasta 20 años distribuidos de
la siguiente forma: - Nivel pre básico : 4 a 6 años de duración. - Nivel básico : 7 a 8 años de duración. - Nivel laboral : 4 a 6 años de duración.
De acuerdo con el artículo 8º del decreto, la evaluación educacional, el progreso
escolar y el egreso de los alumnos se regirán por las siguientes normas:
a) La evaluación se entenderá como un control y registro sistemático del
logro de los objetivos de un programa educacional diseñado para cada
alumno.
b) El programa establecido para el educando a partir de una evaluación
diagnostica será evaluado formativamente. Al finalizar el primer
semestre se emitirá un informe cualitativo de los progresos alcanzados y
una certificación al término del año lectivo, indicando en cada caso los
logros obtenidos.
c) La valoración funcional de los aprendizajes será registrada en conceptos
en las asignaturas y actividades, de acuerdo a la siguiente escala:
Objetivo Logrado L
Objetivo en Desarrollo / Parcialmente Logrado OD / PL
Objetivo No Logrado NL
d) Los alumnos cursarán en forma progresiva los distintos cursos, ciclos y
niveles de acuerdo a edades cronológicas que determina el decreto.
e) Las notaciones conceptuales obtenidas por el alumno en las asignaturas
y actividades del plan común y complementario, no tendrán incidencia
en la ubicación escolar secuenciada del alumno.
f) Los estudiantes que cursen el nivel laboral serán promovidos y
egresados considerando Objetivo Logrado (L) en el área Vocacional.
g) Al egreso del nivel laboral, el alumno obtendrá una certificación otorgada
por el establecimiento que acreditará la capacitación alcanzada en un
oficio o tarea determinada.
Durante su permanencia en los cursos talleres del nivel laboral, los estudiantes
podrán realizar períodos de práctica supervisada, actividad que deberá estar
consignada en el proyecto educativo del establecimiento.
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2017
Los alumnos que estén en condiciones de integrarse a la educación común, previo
acuerdo con los padres y apoderados, serán derivados con un certificado emitido
por el establecimiento de origen que indique el curso al cual debieran ser
incorporados. 15. RESPECTO DE LA ASISTENCIA 15.1. Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos al 85% de las
clases establecidas en el Calendario Escolar Anual.
15.2. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas,
el Director del Establecimiento y el Profesor podrán autorizar la promoción de
los alumnos de 1 º a 4 º Año, con porcentajes menores de asistencia. En el
2do. Ciclo Básico (5 º a 6 º año), esta autorización deberá ser refrendada por
los Docentes en Consejo de Evaluación. Así mismo esta instancia resolverá
los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar
tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año
escolar anticipadamente y otros semejantes.
El Padre y/o Apoderado deberá comprometerse a cumplir en forma
responsable con lo que establece el Reglamento de Evaluación del colegio.
Todas las situaciones de evaluaciones de los alumnos de 1 º a 6 º Año
Básico, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente
(Dcto.511 / 97). 16. SITUACIÓN FINAL DE PROMOCIÓN 16.1 Procedimientos para determinar la situación final 16.1.1. Serán promovidos automáticamente los alumnos de Pre-básica.
16.1.2. En todos los subsectores del aprendizaje, se calcula el promedio aritmético
de las calificaciones finales de los dos Semestres del año escolar, sin
aproximación.
16.1.3. Serán promovidos los alumnos de los cursos de 1° a 8º año de Enseñanza
Básica que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no
aprobado.
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2017
16.1.4. Para aquellos alumnos que obtengan un promedio anual 3,9, se
aproximará a 4,0 siempre y cuando el promedio final sea 4,5 o superior.
a) Si presenta dos asignaturas reprobados y uno de ellos es 3,9, teniendo
un promedio general 5,0 se deberá aproximar el de dicha asignatura a 4.0.
16.5. El cálculo el promedio general final, tanto semestral o anual no se
aproximará.
16.16. La situación final de Promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al
término de cada año escolar. (Dcto. 511/97).
16.1.7. Las situaciones de Evaluación y Promoción Escolar no previstas en el
presente decreto, serán resueltas por las Secretarías Regionales
Ministeriales de Educación respectivas dentro de la esfera de la
competencia (Art.15, Dcto. 511/97). • APLICACIÓN DE PRUEBAS ESPECIALES:
1.- Los alumnos y alumnas de 1 º a 6 º Año Básico que tengan un promedio de
asistencia inferior al 85%, deberán rendir una prueba especial que considere
las C.M.O del año escolar y sólo optarán a la calificación 4.0.
a) Si el alumno y alumna no alcanza la nota 4.0, quedará con la calificación que
tenía antes de rendir la prueba especial.
b) Si el alumno y la alumna alcanza la nota 4.0, en la asignatura del aprendizaje
en que rindió la prueba, será promovida con esa nota, en esa asignatura.
c) Luego de aplicar las pruebas especiales, se aplicará la normativa vigente.
17.- FORMAS DE COMUNICAR LOS RESULTADOS FINALES
17.1 El Establecimiento Educacional entregará a los alumnos que se trasladen del
Establecimiento, un certificado anual de estudios que indique los sectores o
asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final
correspondiente, el cual deberá ser retirado a fin de año por los padres y/o
apoderados.
El Certificado Anual de Estudios no podrá ser retenido por ningún motivo (Art. 13, Dcto. 511 / 97).
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17.2. Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán,
en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector o asignatura. La
situación final de los alumnos y cédula nacional de identificación de cada
uno de ellos.
Las Actas de confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser
presentadas a la Secretaría Regional Ministerial de Educación (Art.14, Dcto. 511 / 97).
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2017
18. REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE ADULTOS El Ministerio de Educación ha definido la calidad de los aprendizajes como una
preocupación central, tema en el que la evaluación juega un papel destacado,
especialmente cuando a través del marco Curricular de Educación de Adultos se
procura generar una respuesta efectiva a las necesidades de actualización y
reorientación curricular de esta modalidad educativa, considerando las exigencias
del mundo laboral y social, y la necesidad de ofrecer a los adultos una educación
pertinente y significativa, que les provea de conocimientos, habilidades y actitudes
necesarios para mejorar su calidad de vida y su participación en los distintos
ámbitos de desempeño de las personas adultas.
Este Marco curricular, que procura proveer una base cultural común para los
adultos y desarrollar competencias, habilidades y saberes que los alumnos y
alumnas deben lograr al finalizar los distintos niveles de Educación Básica y
Media, encuentra en los procesos evaluativos un medio adecuado para verificar si
efectivamente los alumnos y alumnas están avanzando en el logro de Objetivos
Fundamentales verticales y Transversales y los contenidos Mínimos Obligatorios,
a través de los cuales se pretende asegurarles una trayectoria educativa exitosa,
que responda a sus intereses, necesidades y expectativas frente al proceso
educativo, los que facilitará su crecimiento, desarrollo personal y participación
social.
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2017
18.1 DISPOSICIONES GENERALES 18.1.1 El presente Reglamento Interno de Evaluación se basa en los Decretos:
584/07, 2.169/07, 211/09 y 1000/09
18.1.2 Estos Decretos dan un marco reglamentario en materia de Evaluación de
los alumnos y alumnas y facultan a los establecimientos educacionales,
para que puedan adoptar sus propias decisiones pedagógicas en aquellos
aspectos no contemplados en los decretos Oficiales.
18.1.3 El Reglamento Interno de Evaluación, se aplicará a todos los cursos de
Educación Básica y Media de Adultos presentes en el Colegio Básico
Intercultural Bilingüe Lorenzo Baeza Vega.
18.1.4 El Reglamento Interno de Evaluación debe ser comunicado, al inicio del
año escolar a todos los alumnos, alumnas y docentes y entregar una copia
impresa a cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa del
Colegio Básico Intercultural Bilingüe Lorenzo Baeza Vega, para reforzar los
puntos más relevantes que guiarán el proceso Enseñanza-Aprendizaje.
18.1.5 El Reglamento Interno de Evaluación debe ser revisado y analizado, a
través del trabajo en equipo de todos los Docentes y Equipo
Multidisciplinario (Sicólogo y Sicopedagoga) y, que laboran en la Jornada
Vespertina, considerar los aportes de los estudiantes, para realizar
modificaciones respectivas, se ser necesarias.
18.1.6 El Artículo 3º del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para
Educación Básica y Media de Adultos Decreto Exento de Educación Nº
2.169/07, señala que cada Reglamento Interno de Evaluación debe
contener:
a) Disposiciones respecto a la estrategia que aplicará para evaluar los
aprendizajes de las alumnas y alumnos (planificación, formas,
procedimientos, instrumentos, ponderaciones, entre otras).
b) Formas de comunicación de los resultados de las evaluaciones a los
alumnos, alumnas y apoderados cuando corresponda.
c) Disposiciones que aplicará para regularizar la situación de los alumnos y
alumnas en Educación básica o Media que hayan cursado subsectores de
aprendizaje de los ámbitos de Formación de Oficios, Formación
Diferenciada o Instrumental, en una secuencia distinta a la establecida en
su malla curricular.
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2017
d) Procedimientos que aplicará el Establecimiento para determinar la situación
de los alumnos y alumnas.
e) Disposiciones acerca de la evaluación diagnóstica, formativa y acumulativa.
f) Disposiciones sobre la evaluación diferenciada que permita atender a todos
los alumnos y alumnas que así lo requieran, ya sea en forma temporal o
permanente.
g) Estrategia que aplicará para resolver situaciones de evaluación de aquellos
estudiantes que por razones debidamente justificadas tengan porcentajes
menores de asistencia que los establecidos en el Decreto, ya sea por
incorporación tardía, egresos anticipados, razones socioeconómicas, de
salud u otras debidamente calificadas.
19. DE LA EVALUACIÓN 19.1 Los alumnos y alumnas de los niveles Básica y Media de Adultos, serán
evaluados en períodos SEMESTRALES. 19.2 Los alumnos y alumnas deberán ser evaluados en todos los ámbitos de
formación y subsectores de aprendizaje del Plan de Estudio.
19.3 Al término de cada semestre se aplicará un procedimiento de evaluación final
a los alumnos y alumnas en los siguientes subsectores de aprendizaje:
Lengua Castellana y Comunicación, Educación Matemática, Estudios
Sociales, Ciencias Naturales e Inglés. Este instrumento tiene como finalidad
comprobar el o los aprendizajes más relevantes de la unidad relacionando
objetivos, habilidades y contenidos presentados a los educandos.
19.4 El proceso de evaluación es permanente. La finalidad es conocer los logros
de aprendizaje que el estudiante va teniendo y con esto ir aplicando diversas
estrategias en los casos en que los educandos no obtuvieren los resultados
planteados en el Marco Curricular.
19.5 El énfasis de la evaluación debe estar en medir lo cualitativo, lo procesal,
más que lo cuantitativo y terminal.
19.6 Los alumnos y alumnas que presentan Necesidades Educativas Especiales
(NEE), deberán ser evaluados diferencialmente siguiendo las sugerencias de
los profesionales especializados.
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19.7 Las evaluaciones que se registren en el libro de clases, deberán especificar
claramente la Unidad o tema de aprendizaje evaluado y la fecha de su
aplicación.
19.8 El docente entregará a la Unidad Técnica los instrumentos de evaluación:
Pruebas de Diagnóstico, Pruebas Parciales, Pruebas Finales, Guías de
aprendizaje, previamente a su aplicación, con la lista de cotejo o rúbrica
correspondiente. Esta lista o rubrica se dará a conocer a los estudiantes,
previo a la aplicación del instrumento.
19.9 La escala de evaluación que se aplicará será de un 60%. Esto significa que la
nota mínima de aprobación 4.0 implica haber obtenido un 60% de logros.
• Las evaluaciones con calificación serán avisadas a los alumnos y alumnas
con una semana de antelación; no obstante el/la Docente podrá evaluar con
pruebas formativas y/o acumulativas constantemente. Estas deberán ser
registradas periódicamente en el libro de clases como una calificación
promedio, en acuerdo con el curso o nivel aplicado.
• Los instrumentos de evaluación de cada subsector serán construidos con
información para realizar las diferentes actividades presentadas y deben
corresponder a las diferentes estrategias planteadas y realizadas en las
clases de la unidad o tema a evaluar.
20. DE LA CALIFICACIÓN
20.1 El Decreto establece que los alumnos y alumnas deben ser calificados en
cada uno de los subsectores de aprendizajes utilizando una escala numérica
de 1,0 a 7,0 con un decimal.
20.2 Se establece que la nota mínima para los alumnos y alumnas de Educación
Básica y Media de Adultos sea 2,0, lo cual no implica un cambio en la
obtención del 60% de logros de los objetivos planteados para cada
subsector.
20.3 El promedio semestral de cada subsector será aritmético, sin aproximación.
20.4 El promedio anual por asignatura y el promedio final, será aritmético sin
aproximación, a excepción del promedio anual por asignatura que se
aproximará a 4.0 si los valores están en los siguientes rangos: 3,90 hasta
3,99.
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2017
17.5 Los Docentes pondrán un mínimo de notas semestrales, dependiendo del
número de horas que presente el subsector, según el siguiente cuadro:
EDUCACIÓN BÁSICA/MEDIA
Horas de clase Nº de notas
2 4
3 5
4 6
21. PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS 21.1 TIPOS DE EVALUACIÓN
Durante cada período escolar se aplicarán los siguientes tipos de evaluación,
referidas a logros de objetivos:
21.1.1 EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INICIAL Se aplica evaluación diagnóstica a los alumnos y alumnas que ingresan a la
Educación Básica y Media de Adultos, en todos los subsectores de aprendizaje,
durante la primera semana de clases para determinar las habilidades y
conocimientos específicos con que inician el proceso y determinar estrategias de
nivelación. Durante el mes de marzo de cada año se refuerzan las habilidades y
contenidos de esta prueba y la segunda semana del mes de abril, se evalúan los
mismos objetivos de aprendizaje y se registra en el libro de clases como una
calificación.
Este instrumento apunta a determinar las habilidades y conocimientos específicos
que deben poseer los alumnos y alumnas, con el fin de planificar las actividades
pedagógicas. Esta prueba da una visión global del grupo curso como así también
de cada estudiante, lo cual permite desarrollar estrategias individuales y grupales
si así se considera.
Las pruebas estarán calendarizadas, según el criterio de cada Docente y la
cantidad de horas semanales de cada subsector de aprendizaje.
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21.1.2 EVALUACIÓN FORMATIVA Se realiza durante todo el año lectivo, para verificar niveles de logro en función de
los objetivos y/o competencias de los subsectores, tendientes a modificar o
mejorar cualquier debilidad detectada.
Permite que el docente regule su acción pedagógica y los alumnos y alumnas
orienten sus esfuerzos de aprendizaje, permitiendo tomar conciencia de sus logros
y necesidades. El Docente debe retroalimentar los objetivos que no lograron el 60
% en la evaluación aplicada.
Con esta evaluación se irán midiendo los objetivos planteados en la Unidad de
Aprendizaje como la reorientación de las estrategias desarrolladas en los
subsectores y niveles de Educación Básica y Media de Adultos.
Se considerara la Autoevaluación y la Coevaluación como notas de carácter
acumulativo, que en acuerdo con el Docente y el Nivel determinarán con qué
frecuencia se sacarán los promedios para ser transferidos como una nota al libro
de clases. El propósito de estas evaluaciones es contribuir a una mayor autonomía
y compromiso del educando con su aprendizaje.
21.1.3 EVALUACIÓN INTEGRATIVA Esta evaluación tiene el propósito de asignar calificación al alumno, alumna y
recopilar información que permita reorientar el proceso. Estas evaluaciones deben
ser registradas en un Calendario de pruebas y se efectuarán a través de los
siguientes procedimientos:
• Evaluación de Unidad: se realizará al término de una o dos unidades de
aprendizaje y tendrá calificación coeficiente uno. Se incluyen en esta
evaluación: controles de lectura, trabajos de investigación en internet con
presentación de diapositivas, modelos de procesos químicos, físicos y
biológicos, representaciones de procesos con materiales de desecho,
dramatizaciones.
• Evaluación Final (Síntesis): se realizará al término de cada semestre, se
aplicará una prueba que mida los objetivos, habilidades y contenidos vistos
durante ese periodo; tendrá calificación coeficiente dos. Estas pruebas se
aplicarán en los subsectores de Lengua Castellana y Comunicación,
Educación Matemática, Inglés, Estudios Sociales y Ciencias Naturales.
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21.1.4 EVALUACIÓN DIFERENCIADA Una Evaluación Diferenciada permite evaluar a los alumnos/as con estrategias
diferentes, adecuadas a sus necesidades para lograr los mismos objetivos.
Algunas sugerencias para evaluar diferencialmente podrían ser:
ü Proporcionar más tiempo, evitando presiones.
ü Hacer evaluaciones con menor cantidad de preguntas, considerando los
objetivos más relevantes.
ü Parcializar las evaluaciones de acuerdo a la curva de concentración de los
alumnos/as.
ü Utilizar el recurso de tutores pares.
La evaluación diferenciada tendrá relación con las necesidades de cada alumno/a
que presenta NEE.
El Docente de cada subsector será el responsable de presentar a Unidad Técnica
el instrumento de evaluación adaptado, planificado previamente en colaboración
con los profesionales especializados. Esta evaluación considerará las
competencias curriculares del alumno/a como los objetivos de aprendizaje que se
han establecido de acuerdo a sus capacidades.
El Docente de cada subsector será el encargado de aplicar y registrar las
calificaciones de cada alumno/a con NEE en el libro de clases.
Programa de Integración Educativa (PIE): Educación Diferencial y Atención Sicológica Se define el PIE como una estrategia del sistema escolar que tiene como
propósito contribuir al mejoramiento continuo de la calidad de la educación que se
imparte en el Establecimiento Educacional, favoreciendo la presencia en la sala de
clases, la participación y el logro de los aprendizajes esperados de “todos y cada
uno de los estudiantes”, especialmente de aquellos que presentan Necesidades
Educativas Especiales (NEE), sean éstas de carácter permanente o transitorio.
• Los alumnos y alumnas que pertenecen al PIE, serán evaluados
considerando el plan de Apoyo Individual (PAI) o el Plan de Adecuación
Curricular Individual (PACI).
• Los alumnos y alumnas que presentan NEE, serán beneficiados con la Ley
19.284 y Ley 20.201 y el Decreto 170 sobre Integración, serán evaluados
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considerando las adecuaciones curriculares pertinentes, como así también,
evaluaciones diferenciadas de acuerdo al ritmo y estilo de aprendizaje.
• los Docentes deberán estar informados de todos los estudiantes que
presentan NEE. Los profesionales especializados darán los criterios de
evaluación, los cuales deben ser considerados en todos los niveles y
subsectores de aprendizaje correspondientes.
• La Unidad Técnica facilitará los espacios y tiempos de encuentro entre los
profesionales y los docentes de aula con el fin de trabajar
colaborativamente. Informando las características de los alumnos y
alumnas que presentan NEE y orientando a los profesores(as) en el aula a
través de talleres y material de apoyo.
• Cada alumno y alumna atendido por los profesionales especializados del
PIE deberá tener un Plan de Apoyo Especializado de acuerdo al
diagnóstico realizado. Este plan deberá darse a conocer a UTP, Docentes
y Alumno/a ya que será evaluado semestralmente, siguiendo una pauta
desarrollada por el equipo multidisciplinario.
Adecuación Curricular La adaptación curricular constituye una respuesta a la diversidad cuando la
programación de aula, diseñada para dar respuesta a las diferencias individuales,
no es suficientemente efectiva para asegurar logros de aprendizaje a aquellos
estudiantes que por diversas causas experimenten mayores dificultades de
aprendizaje o se encuentren en riesgo de ser excluidos o de fracaso escolar.
La adecuación curricular implica ajustar o modificar los Objetivos de Aprendizaje
establecidos en el marco curricular, pudiendo adoptar diversas formas en función
de los requerimientos específicos de cada alumno/a con relación a los
aprendizajes prescritos en los distintos subsectores de aprendizaje del grupo o
curso al que pertenezca.
Estas adaptaciones se deben definir bajo el principio de no afectar aquellos
aprendizajes que se consideran básicos e imprescindibles, dado su impacto en el
desarrollo personal y social de los estudiantes.
No será necesario realizar adecuaciones curriculares en todas las áreas o materia.
Solo se harán cuando sean necesarias y se confirme la imposibilidad de alcanzar
los objetivos de aprendizaje con adaptaciones curriculares no significativas. Los
responsables de dicho ajuste será el equipo PIE.
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Las adaptaciones curriculares significativas se realizarán en los casos en que, con
otras medidas de atención a la diversidad, se vea la imposibilidad de adquirir los
objetivos de aprendizaje.
22. COMUNICACIÓN DE LAS EVALUACIONES 19.1 El resultado de las evaluaciones será entregado a los alumnos/as en un
tiempo no mayor a dos semanas, siendo obligación registrar la calificación en
el libro de clases con lápiz permanente azul.
19.2 El Docente debe mantener informados permanentemente a sus alumnos/as
de sus evaluaciones y calificaciones.
19.3 El Docente debe revisar con los estudiantes el instrumento de evaluación
aplicado, analizando los errores y realizando el reforzamiento pertinente.
19.4 Se entregará a todos los alumnos/as, que asistan regularmente a Educación
Básica y Media de Adultos, un informe de notas parciales a mitad del periodo
semestral (mayo y octubre) con el 50% de las notas semestrales.
19.5 Al finalizar los semestres se les entregarán Informes Semestrales a todos los
alumnos/as de la Educación Básica y Media de Adultos que estén asistiendo
regularmente al Nivel respectivo.
23. INASISTENCIA A EVALUACIONES a.- Con Justificación Si el alumno/a presenta Certificado Médico o Justificación Laboral, se aplicará el
instrumento de evaluación en la siguiente clase del subsector.
De no presentarse a esta segunda oportunidad, se aplicará el instrumento de
evaluación a la siguiente clase del subsector, con un 70% de exigencia.
De no presentarse a esta segunda oportunidad se calificará con nota mínima 2,0.
b.- Sin Justificación Si el alumno/a no asiste a una evaluación o se retira antes, se aplicará el
instrumento de evaluación a la siguiente clase del subsector, con un 70% de
exigencia sin ninguna otra oportunidad.
De no presentarse a esta segunda oportunidad se calificará con nota mínima 2,0.
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24. REGULARIZACIÓN DE SUBSECTORES DE APRENDIZAJE DE LOS ÁMBITOS DE FORMACIÓN DIFERENCIADA O INSTRUMENTAL a.- Formación Instrumental Los alumnos/as que hayan cursado los subsectores de Formación Instrumental:
Convivencia Social, Consumo y Calidad de Vida, Inserción Laboral y Tecnologías
de la Información y de las Telecomunicaciones, en diferente orden a nuestra malla
curricular, sus calificaciones irán en los subsectores de Formación Instrumental
que se haya o estén impartiendo en nuestro Establecimiento.
b.- Formación Diferenciada En nuestra malla curricular el subsector que se imparte, durante este año, es
Matemática Diferenciada, por lo que el alumno/a que haya cursado otro subsector
de los establecidos en el Decreto Exento Nº 1.000/09, para Formación
Diferenciada Humanístico-Científica que son: Filosofía, Inglés Comunicativo y
Educación Física, sus calificaciones irán a Matemática Diferenciada.
25. DE LA PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN
Para ser promovidos los alumnos y alumnas, tanto de educación básica como de
Educación Media Humanística-Científica, deberán reunir los requisitos de
asistencia y rendimiento.
25.1 Respecto a la Asistencia: a.- Para ser promovidos los alumnos y alumnas, tanto de educación Básica como
de Educación media Humanística-Científica, deberán registrar, a lo menos, el
80% en cada uno de los subsectores de aprendizaje.
b.- El Director del Establecimiento, autorizará la promoción del alumno y/o alumna
que presente un porcentaje menor al establecido, previa consulta al Docente del
subsector, fundados en razones de salud u otras causas debidamente
justificadas.
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25.2 Respecto del Logro de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios: a.- Serán promovidos todos los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todos
los subsectores de aprendizaje de sus respectivos planes y programas de
estudio.
b.- Serán promovidos los alumnos y alumnas de 2º y 3er Nivel de educación básica
de Adultos que reprueben un subsector de aprendizaje, que no sea Lengua
Castellana y Comunicación o Educación Matemática, siempre que su promedio,
incluido el subsector reprobado, sea igual o superior a 4,5. Si el subsector
reprobado corresponde a Lengua Castellana y Comunicación o Educación
Matemática el promedio exigido será igual o superior a 5,5, incluido el subsector
reprobado.
c.- Los alumnos y alumnas de Educación Media Humanístico-Científica que
hubieren reprobado un subsector de aprendizaje que no sea Lengua Castellana
y Comunicación o Educación Matemática y su nivel general de logro
corresponda a un promedio igual o superior a 4,5 incluido el subsector
reprobado. Si el subsector reprobado es Lengua Castellana y Comunicación o
Educación Matemática el promedio mínimo requerido será 5,0, incluido el
subsector reprobado.
d.- Los alumnos y alumnas que presentan NEE integrados a un establecimiento
regular, serán promovidos con su grupo curso, considerando los planes y
programas de estudio vigentes para el nivel cursado. Si se requiere mantener
en el mismo curso, deberá fundamentarse a través de un informe realizado en
conjunto, especialista y docente del subsector, que contenga los beneficios que
aporta dicha decisión, lo cual deberá ser informado al alumno/a en entrevista
con el o la especialista y representante de la Unidad Técnico Pedagógica.
Tanto en Educación Básica como Media Humanística-Científica, la situación final
de los alumnos que hubieren reprobado un máximo de dos subsectores de
aprendizaje se resolverá después de la aplicación de un procedimiento evaluativo
especial, que se aplicará al término del proceso apoyo o retroalimentación, qué
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incluirá los Objetivos Fundamentales y Contenidos mínimos de los subsectores de
aprendizaje reprobados.
Esta evaluación se aplicará en un plazo de 15 días hábiles, contados desde el
momento en que los alumnos y alumnas hayan sido informados de la situación.
La calificación obtenida en esta evaluación especial reemplazará la calificación
anterior.
En la eventualidad de que el alumno o alumna no concurra a la fecha acordada,
conservará la calificación anterior.
25.3 Certificación
a.- El Establecimiento Educacional entregará, a todos los estudiantes, un
Certificado Anual de Estudios, que indique los ámbitos y subsectores de
aprendizaje que el alumno/a ha cursado, con las calificaciones obtenidas y la
situación final correspondientes.
b.- Este Certificado no podrá ser retenido.
c.- Una vez aprobado el respectivo Plan de estudio de Educación Media, el
alumno/a obtendrá la Licencia de Educación Media.
d.- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en
cada curso las calificaciones finales en cada ámbito, subsector o asignatura; la
situación final de los alumnos/as, y el número de cédula nacional de
identificación de cada uno de ellos.
e.- Las actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser
presentadas a la Secretaria Regional Ministerial de Educación correspondiente,
la que las legalizará.
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26. SITUACIONES ESPECIALES
26.1 Los alumnos y alumnas que ingresen con posterioridad al inicio del año escolar
como los que se ausenten por un período prolongado de clases, deberán
rendir evaluaciones de los subsectores de aprendizaje, presentando las
justificaciones respectivas a Dirección.
26.2 Los alumnos y alumnas que ingresen con posterioridad o que se ausenten por
un período prolongado de clases, deberán calendarizar sus evaluaciones en
conjunto con el o los Docente/s del y los subsectores que deben calificados.
Este calendario debe ser presentado a UTP en un plazo máximo de cinco (5)
días, a contar del ingreso del alumno/a.
26.3 Las evaluaciones deben ser aplicadas en un plazo no superior a los diez (10)
días hábiles, después de la presentación del calendario.
26.4 La asistencia y resultados de estas evaluaciones serán de exclusiva
responsabilidad de los alumnos y alumnas.
26.5 Los alumnos y alumnas que soliciten retiro con anterioridad a la finalización
del año escolar, el Consejo de Profesores, emitirá sus consideraciones a la
Dirección del establecimiento (rendir pruebas, enviar trabajos, guías, utilizando
vía digital como correo electrónico), para completar los niveles de logros
planteados para el año. El envío oportuno de estos instrumentos de
evaluación será de exclusiva responsabilidad de los alumnos y alumnas que
se retiran con anterioridad.
26.6 La no realización de estos instrumentos de evaluación serán calificados con la
nota mínima 2,0.
26.7 Ante la no realización de estas actividades, se presentará el caso del
alumno/a a Dirección, quien consultará al Consejo de Profesores, resolviendo
la situación de promoción.
26.8 Los y las alumnas en situaciones de maternidad y/o paternidad, recibirán todas
las facilidades para continuar y terminar su año escolar, acogiéndose al mismo
beneficio que otorga la Ley en la que dice relación con el pre y postnatal.
Se elaborará un Plan Especial con guías de aprendizaje y pruebas
presenciales, desde Unidad Técnico Pedagógica en conjunto con los
Docentes del Nivel respectivo.
El resultado y presentación a las evaluaciones presenciales serán de exclusiva
responsabilidad de las alumnas y alumnos acogidos a este Plan Especial.
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26.9 Las inasistencias a evaluaciones por representar al Establecimiento en actos y
otras actividades planificadas o imprevistas serán consideradas como causa
justificadas y se aplicarán en la siguiente clase del subsector involucrado.
• Los estudiantes provenientes del extranjero, serán evaluados según las
consideraciones del Decreto 651.
• Todas las situaciones no contempladas en este documento deberán
presentarse a la Unidad Técnico Pedagógica para ser resueltas.27 DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN
• Procedimientos de difusión a los estudiantes, Padres y Apoderados.
27.1.-A los Estudiantes: 27.1.1 El Reglamento Interno de Evaluación debe ser comunicado y analizado a
comienzo del año escolar y antes de la entrega del Informe de Notas
Semestral, tanto por el Profesor Jefe en las sesiones de Consejo de Curso
como por los Profesores de los diferentes subsectores en sus horas de
clases correspondientes, cuando la situación lo amerita.
27.1.2 Toda modificación a este reglamento, deberá ser comunicado por escrito a
los estamentos involucrados en forma oportuna.
27.2. A los Padres y Apoderados: 27.2.1 El Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar debe ser
comunicado en primera instancia por el Profesor Jefe del Curso,
destacando aquellos aspectos más relevantes en reuniones de Padres y/o
Apoderados.
27.2.2 Difundir el Reglamento en relación a la Evaluación y Promoción de los
alumnos en las reuniones del Centro General de Padres a cargo del Jefe
Técnico.
27.2.3 El Reglamento de Evaluación del colegio debe ser entregado a los Padres y
Apoderados en el momento de la matrícula de su pupilo (a), para que se
comprometan a cumplir con lo que establece tal documento.
27.2.4 El apoderado tendrá acceso y/o consulta en forma expedita del Reglamento
de Evaluación del colegio, en dependencias administrativas, UTP.
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Reglamento de Evaluación Enseñanza Pre escolar
Algunos conceptos esenciales a considerar en la evaluación del estudiante del
nivel de preescolar:
Concepto de Evaluación: Se entenderá como:
Proceso permanente y sistemático mediante el cual se obtiene y analiza
información relevante sobre todo el proceso enseñanza aprendizaje, para formular
un juicio valorativo que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y
mejoren el proceso educativo en sus diferentes dimensiones.
Principios de la Evaluación Debe favorecer las potencialidades individuales de cada niño y niña, respondiendo
al sentido de integralidad del niño que permita comunicar con claridad y
objetividad sus logros, avances, fortalezas y debilidades, considerando que en
esta edad los cambios no siempre son lineales ni secuénciales.
• Los niños y niñas debe ser protagonistas de su proceso de aprendizaje,
por lo tanto, l<a evaluación debe considerar este aspecto
• Deberá realizarse de manera constante a través de diferentes medios.
• Toda evaluación debe estar fundamentada en lo previamente
planificado.
• Los indicadores de evaluación deben estar claramente definidos.
I.- Reglamento de Evaluación 1. Tipos de Evaluación que se realizarán
1.-Por sus funciones: a.- Evaluación Inicial o Diagnóstica
• Se realizará durante el mes de Marzo.
• Considerará todos los ámbitos de las Bases Curriculares.
• Se seleccionará las conductas de entrada para cada uno de los niveles.
• Se medirá la presencia o ausencia de la conducta según los siguientes
indicadores:
* Se consideraran sólo estos indicadores dado que se quiere ver la situación
inicial, todo lo que está parcialmente logrado hay que trabajarlo en vías de que sea
un aprendizaje adquirido en su totalidad.
* A partir del análisis de los resultados se planificará el proceso de
enseñanza-aprendizaje, considerando la situación real de cada estudiante y el
curso.
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• Los resultados de la evaluación diagnóstica serán entregados al apoderado a
través de una reunión de apoderados, destacando fortalezas, debilidades. Se
acordarán acciones conjuntas, en especial con relación al ámbito de desarrollo
personal Social.
Niveles de Logro
Criterio
L (Logrado)
Cuando la habilidad evaluada está
totalmente lograda según los criterios de
evaluación establecidos.
ML ( No
logrado)
Cuando la habilidad evaluada está
parcialmente lograda según los criterios
de evaluación establecidos o bien no se
presenta.
PL (Por
lograr)
Cuando la habilidad evaluada se
presenta en un nivel inicial de logro
según los criterios de evaluación
establecidos o bien no se presenta.
NO ( No
observado)
Cuando la habilidad a evaluar no se
evidencia, o el alumno se ausenta de
dicha evaluación o no corresponde
evaluar el aprendizaje durante el período.
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b.- Evaluación Formativa
• La observación será el medio fundamental y se realizará a través de registros
de observación o listas de cotejo según los aprendizajes esperados.
• Se realizará durante todo el proceso de enseñanza- aprendizaje y considerará
todos los aprendizajes esperados por ámbitos y núcleos de cada nivel.
• Cada mes se deberán realizar, la evaluación correspondiente a la Unidad de
aprendizaje vista durante ese periodo
• Al finalizar el semestre, se registrará en libro de clases la evaluación obtenida
por cada alumno en cada aprendizaje esperado.
• Al finalizar cada semestre se realizará un análisis con la información obtenida
por alumno y por curso en relación a cada aprendizaje esperado que se evaluó;
se determinarán porcentajes de logro en cada caso.
• Aquellos aprendizajes que el alumno no logró en su totalidad durante el primer
semestre, se retomarán individualmente durante el segundo semestre, con el
objetivo de alcanzar su logro.
c.- Evaluación Sumativa
• Se realizará al finalizar cada semestre la evaluación de aquellos aprendizajes
esperados que se han seleccionado para trabajar durante este período.
• Se realizará el análisis de información respectivo, considerando la siguiente
pauta de evaluación.
2. Por sus Agentes
Auto evaluación
Se promoverá la autoevaluación en actividades relevantes realizadas durante el
semestre en cada nivel, como por ejemplo, instancias de disertación, actividades
de observación en terreno, trabajos grupales.
Para ello se diseñará previamente la pauta de evaluación correspondiente, la cual
se dará a conocer previamente al alumno.
3. Otros tipos de Evaluación Informe de Evaluación
Se deberán considerar los siguientes criterios en su elaboración:
• Claridad: Utilización de un lenguaje próximo a los padres.
• Relevancia: Consignar aspectos relevantes del desarrollo del niño.
• Veracidad y exactitud: Respaldo y registro de cada evaluación realizada.
• Destacar aspectos individuales positivos: A través de las observaciones
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generales del alumno en cada semestre.
• Objetividad versus juicios u opiniones personales: Se deberá considerar en el
registro individual.
• Porcentaje de asistencia
De los requisitos de rendimiento para la promoción Serán promovidos todos los Alumnos de Pre kínder y Kinder al curso siguiente. No
obstante, si el Informe Anual de Rendimiento demuestra que el Alumno no ha
logrado la mayoría de los aprendizajes esperados (con a lo menos 60%), la
decisión será no promoverlo al curso siguiente, debido a que no ha desarrollado
un nivel mínimo de capacidades o competencias necesarias para adquirir
aprendizajes nuevos y superiores.
Esta decisión de no promoción de alumnos de Pre kínder o Kinder, deberá estar
respaldada por los informes de las evaluaciones correspondientes y las
constancias de haber informado al Apoderado al menos una vez al finalizar el
primer semestre y una vez más, durante la primera mitad del segundo semestre.
Además, constancia de recomendaciones para la implementación de estrategias
remediales por parte de los Padres y/o de especialistas externos según las
dificultades observadas.