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BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 189 Sbado 8 de agosto de 2015 Sec. I. Pg. 71269
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL8918 Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio, por la que se desarrolla el Real Decreto
417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
El Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal, en su disposicin final segunda, autoriza a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicacin y desarrollo de lo establecido en el mismo.
El Reglamento de las empresas de trabajo temporal remite expresamente a las disposiciones de desarrollo del real decreto en lo relativo tanto a la asignacin del nmero de autorizacin administrativa de las empresas de trabajo temporal como para el establecimiento de los modelos oficiales del contrato de puesta a disposicin y de la relacin de contratos celebrados que debe ser remitida mensualmente por las empresas a la autoridad laboral competente.
En el proceso de elaboracin de esta orden han sido consultadas las organizaciones empresariales y sindicales ms representativas. Asimismo, han sido consultadas las comunidades autnomas.
En virtud de la autorizacin sealada, dispongo:
Artculo 1. Nmero de autorizacin administrativa de las empresas de trabajo temporal.
Las autorizaciones administrativas de las empresas de trabajo temporal se numerarn correlativamente utilizando ocho dgitos, conforme a lo establecido en el anexo I.
Artculo 2. Modelo de contrato de puesta a disposicin.
El contrato de puesta a disposicin se formalizar en el modelo que se establece en el anexo II. Los contratos que, sin eliminar ninguno de los conceptos contenidos en ese modelo ni alterar su denominacin, contengan modificaciones de carcter puramente formal o incluyan elementos adicionales de informacin se considerarn ajustados al citado modelo.
Artculo 3. Modelo de relacin de contratos de puesta a disposicin celebrados.
La relacin de los contratos de puesta a disposicin celebrados, que las empresas de trabajo temporal estn obligadas a remitir mensualmente por medios electrnicos al Registro de Empresas de Trabajo Temporal de la autoridad laboral competente, deber ajustarse al modelo establecido en el anexo III.
Disposicin final primera. Ttulo competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artculo 149.1.7 de la Constitucin Espaola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislacin laboral, sin perjuicio de su ejecucin por los rganos de las Comunidades Autnomas.
Disposicin final nica. Entrada en vigor.
La presente orden entrar en vigor el primer da del mes siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial del Estado.
Madrid, 28 de julio de 2015.La Ministra de Empleo y Seguridad Social, Ftima Bez Garca. cv
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BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 189 Sbado 8 de agosto de 2015 Sec. I. Pg. 71270
ANEXO I
Cdigos de identificacin de las empresas de trabajo temporal
1. El nmero de autorizacin constar de ocho dgitos. Los dos primeros correspondern a la autoridad laboral que conceda la autorizacin, conforme a los cdigos de identificacin establecidos en los apartados 2 y 3; los cuatro dgitos siguientes se reservarn, comenzando por el nmero 1, para indicar el orden secuencial de las autorizaciones, y los dos ltimos dgitos expresarn el ao en que se concede la autorizacin administrativa.
2. Cdigos de las Comunidades Autnomas a utilizar cuando resulten competentes para conceder la autorizacin.
Cdigo Comunidad/Ciudad Autnoma
61 Andaluca.62 Aragn.63 Principado de Asturias.64 Illes Balears.65 Canarias.66 Cantabria.67 Castilla-La Mancha.68 Castilla y Len.69 Catalua.70 Comunitat Valenciana.71 Extremadura.72 Galicia.73 Comunidad de Madrid.74 Regin de Murcia.75 Comunidad Foral de Navarra.76 Pas Vasco.77 La Rioja.51 Ceuta.52 Melilla.
3. Cdigo a utilizar cuando resulte competente para conceder la autorizacin la Direccin General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Cdigo Direccin General de Empleo
79 Direccin General de Empleo.
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BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 189 Sbado 8 de agosto de 2015 Sec. I. Pg. 71271
ANEXO II
Contrato de puesta a disposicin
Empresa de trabajo temporal
Don/Doa DNI En concepto de (1)
Nombre o razn social NIF CCC
Domicilio Localidad
Nmero de autorizacin
(1) Director, Gerente, etc.
Empresa usuaria
Don/Doa DNI En concepto de (2)
Nombre o razn social NIF CCC
Domicilio Localidad Provincia
Domicilio del centro de trabajo Localidad Provincia
(2) Director, Gerente, etc.
Supuesto de celebracin (3) (4)
(3) Deber indicarse el supuesto de celebracin, con expresin concreta de la causa que lo justifica segn lo previsto en el art. 6.2 de la Ley 14/1994, de 1 de junio.
(4) En el supuesto de contrato para la formacin y el aprendizaje debern consignarse expresamente dentro de las clusulas adicionales los datos de la persona de la empresa usuaria designada para tutelar el desarrollo de la actividad laboral del trabajador.
Caractersticas del puesto de trabajo
Cualificacin requerida
Funciones
Informacin sobre riesgos laborales del puesto de trabajo y medidas preventivas(5)
Lugar y horario de trabajo(6) Servicios comunes e instalaciones colectivas
Retribucin total
Convenio colectivo aplicable
(5) Informaciones previstas en el art. 2 del RD 216/1999, de 5 de febrero.(6) Cuando el trabajador preste servicios a bordo de una embarcacin, deber reflejarse el identificador de esta. cv
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Duracin del contrato (7)
Desde Hasta
(7) Deber indicarse la duracin prevista del contrato de puesta a disposicin.
Precio convenido
Clusulas adicionales:
(Ser nula la clusula del contrato que prohba la contratacin del trabajador por la empresa usuaria a la finalizacin del contrato de puesta a disposicin).
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