-
PEDIMENTO
ADUANAL
Por falta de un clavo,
Se perdi una herradura;
Por falta de una
herradura,
Se perdi un caballo;
Por falta de un caballo,
Se perdi un jinete;
Por falta de un jinete,
Se perdi la guerra
Asesores, S.C
-
QU ES UN PEDIMENTO?
El pedimento es una declaracin fiscal a
travs de la cual el contribuyente informa
a la autoridad aduanera el destino que
dar a las mercancas y comprueba el
cumplimiento de obligaciones tributarias
y no tributarias inherentes al rgimen
aduanero que se haya elegido para la
operacin de comercio exterior
-
FUNDAMENTO LEGAL
El articulo 36 de la Ley Aduanera en su primer
prrafo dice:
quienes importen o exporten mercancas estn
obligados a presentar ante la aduana, por conducto de
agente o apoderado aduanal, un pedimento en la
forma oficial aprobada por la Secretara.
Asesores, S.C
-
FORMATO E INSTRUCTIVO
DE LLENADO
ANEXO 1 formatos
DE LAS REGLAS DE CARCTER GENERAL
EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
ANEXO 22 Instructivo de llenado
DE LAS REGLAS DE CARCTER GENERAL
EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
-
IDENTIFICACIN DE BLOQUES
IDENTIFICACIN DE APNDICES
Asesores, S.C
-
BLOQUES DEL PEDIMENTO
1.Encabezado Principal
2. Encabezado datos del destinatario
2.Encabezado pginas secundarias
3.Pies de Pgina
4.Fin de pedimento
5.Encabezado datos del proveedor o comprador
7.Datos del transporte y transportista
8.Guas, manifiestos o conocimientos de
embarque
10. Contenedores
-
BLOQUES DEL PEDIMENTO
11.Identificadores (Nivel pedimento)
12.Cuentas Aduaneras y de Garanta (Nivel Pedimento)
13. Observaciones
14.Descargos
17.Encabezado de partidas
18.Mercancas
19.Regulaciones y Restricciones no arancelarias y NOM
20.Identificadores (Nivel Partida)
21.Cuentas aduaneras de garanta (Nivel Partida)
-
BLOQUES DEL PEDIMENTO
22.Determinacin y/o pago 303, 14 y 15 (Nivel
Partida)
23.Observaciones (Nivel Partida)
RECTIFICACIONES:
24.Rectificaciones Datos
25.Diferencias de contribuciones a nivel
pedimento.
PEDIMENTO COMPLEMENTARIO:
26. Datos del pedimento complementario
27. Encabezado para la determinacin de
contribuciones.
PARTE II
-
APNDICES ANEXO 22.
1.Aduana Seccin
2.Claves de Pedimento
3.Medios de Transporte
4.Pases
5.Monedas
6.Recintos Fiscalizados
7.Unidades de Medida
8.Identificadores
9.RRNA
10.Tipo de Contenedores
11. Mtodos de Valoracin
12.Impuestos
13.Formas de Pago
14.Trminos de Facturacin
15.Destinos de Mercanca
16.Regmenes
17.C.barras, ped. Parte II.
Consolidados
18. Tipos de tasas
19.Sustancias peligrosas
-
INSTRUCTIVO DE LLENADO
DEL PEDIMENTO
ANEXO 22
Asesores, S.C
-
1. ENCABEZADO PRINCIPAL DEL
PEDIMENTO
-
CMO ESTA INTEGRADO EL NMERO DEPEDIMENTO ASIGNADO POR EL AGENTE
ADUANAL?
2 dgitos - Ao de la operacin
2 dgitos - Aduana de Despacho
4 dgitos - Nmero de Patente
1 dgito - ultimo digito del ao en curso
6 dgitos - numeracin progresiva por aduana
asignada por el Agente aduanal.
10 47 3807 8003832
-
Tipo de operacin: leyenda que identifica el tipo de
operacin:
* (IMP) IMPORTACION
* (EXP) EXPORTACION
* (TRA) TRANSITO
-
Clave del pedimentoapndice 2 del anexo 22
RGIMEN DEFINITIVO
RGIMEN TEMPORAL
IMMEX
DEPOSITO FISCAL A4
EXPOSICIONES INTERNACIONALES A5, E3, E4, G2, K3, S6
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ F2, F3, V3
DUTTY FREE F8, F9, G6, G7, V8
TRANSFORMACIN EN RECINTO
FISCALIZADO
M1, M2, J3
RECINTOS FISCALIZADOS
ESTRATGICOS
M3, M4, J4
TRNSITOS T3, T6, T7, T8, T9
Este campo se genera para informacin estadstica
segn el anexo 19
-
REGMENESAPNDICE 16 DEL ANEXO 22
clave Descripcin
IMD Definitivos de importacin
EXD Definitivo de exportacin
ITR Temporales de importacin para retornar en el mismo estado
ITE Temporales de importacin para elaboracin, transformacin
ETR Temporales de exportacin para retornar en el mismo estado
DFI Deposito fiscal
RFE Elaboracin, transformacin o reparacin en recinto fiscalizado
TRA Trnsitos
-
Destino / Origen Clave con la que se identifica el destino de la
mercanca u origen d ela misma de conformidad
con el Apndice 15 del Anexo 22
Tipo de cambio El tipo de cambio del peso mexicano con respecto
al dlar de los EUA, para efectos fiscales, vigentes
en la fecha de entrada de la mercanca a territorio
nacional a que se refiere el artculo 56, fraccin I
de la Ley Aduanera o en la fecha de pago de las
contribuciones de acuerdo al artculo 83, tercer
prrafo de la misma Ley
Peso bruto Se refiere al peso expresado en kilogramos de la
mercancia ms el peso del embalaje utilizado
Aduana E/S Clave de la aduana o seccin por la que la
mercanca entra o sale del territorio nacional,
conforme al Apndice 1 del anexo 22.
El campo de aduana es de dos dgitos y el de la
seccin de uno
-
MEDIOS DE TRANSPORTE DE:
ENTRADA /SALIDA
ARRIBO
SALIDA
Apndice 3 del anexo 22
-
VALORES
Base gravable del IGI
VALOR EN ADUANA
Es en valor de Transaccin
El precio pagado Es el pago total
por las mercancas importadas
Definir el valor real
Art. 64 y 65 de la Ley
Aduanera
-
DATOS DEL IMPORTADOR O EXPORTADOR
ART. 36 LA, RCGMCE 2.6.1//3.1.5 NUMERAL 2
IMPORTADOR/DESTINA
TARIO.
Nombre o razn social del importador
destinatario, tal como lo haya
manifestado para efecto del RFC.
R.F.C. Clave del RFC del
IMPORTADOR/DESTINATARIO.
DOMICILIO. El domicilio del importador, destinatario
tal como lo haya manifestado para efectos
del RFC.
-
RFC IMPORTADOR
RCGMCE 2.1.13 // 3.1.1
Se podr declarar un RFC genrico
Embajadas EMB930401KH4
Organismos internacionales OIN9304013NO
Extranjeros EXTR920901TS4
Ejidatarios EJID930401SJ5
Empresas de mensajera EDM930614781
Tratndose de operaciones efectuadas por amas de
casa o estudiantes se debe de declarar el nmero de
CURP, y se dejara en blanco el campo de RFC
-
INCREMENTABLES
ART. 65 LA
VAL. SEGUROS
FLETES,
EMBALAJES
OTROS INCREMENTABLES
Su correcta aplicacin depende de su declaracin en la factura
comercial (INCOTERM)
-
ACUSE ELECTRNICO DE VALIDACIN
Compuesto por 8 caracteres con el cual se comprueba que la autoridad
aduanera ha recibido electrnicamente la informacin transmitida.
-
FUNDAMENTO LEGAL
ACUSE ELECTRNICO DE VALIDACIN
De conformidad con los artculos:
36 primer prrafo,
38 tercer prrafo y
16-A todos de la Ley Aduanera en vigor.
El acuse electrnico de validacin da certeza jurdica al agente
aduanal y establece que los datos asentados en el pedimento estn
dentro de los criterios sintcticos, catalgicos, estructurales y
normativos, conforme se establece por el SAT, para ser
presentados al sistema electrnico del propio servicio. A su vez, el
ltimo prrafo del articulo 38 de la Ley Aduanera indica como
una obligacin para los agentes o apoderados aduanales la
validacin previa de los pedimentos que se presenten al sistema
electrnico mediante las personas autorizadas conforme al
articulo 16-A de esta Ley.
-
PRE VALIDACIN
ART 38 LA
-
EL VALIDADOR DE OPERACIONES DE
COMERCIO EXTERIOR, VOCE,
Objetivos:Verificar que la declaracin electrnica elaborada por el A.A. cumpla con lalegislacin vigente.
Fortalecer el control de entrada y salida de mercanca.
Revisar de forma electrnica el 100% de los embarques, lo que permite la seleccinde mercanca que debe ser revisada fsicamente.
Genera informacin estadstica de comercio exterior, entregada al Banco de Mxicomensualmente para la elaboracin de la balanza comercial.
Se considera el componente mas importante del sistema SAAI
Es importante decir que el VOCE por si mismo no exime a los usuarios de suresponsabilidad legal, sin embargo, el hecho de que a travs del VOCE se verifique sila transaccin de comercio exterior declarada fue realizada conforme a gran partede la legislacin vigente, ayuda a que los mismos usuarios no vayan a cometer demanera involuntaria un delito y de igual forma ayuda a que la autoridad no sobre-regule los procesos establecidos sin perder esquemas de control.
-
1
Importador/exportador
Agente Aduanal Base de Datos Banco
Institucin Financiera
Servidor de Institucin Financiera
2
3
4
5
5 6
7 7
7
PAGO ELECTRNICO
CENTRALIZADO DE PEDIMENTO
-
CDIGO DE BARRAS
APNDICE 17 DEL ANEXO 22
El cdigo de barras contiene la siguiente informacin: clave
de AA, numero de pedimento, clave, acuse de recibido, datos
de mercanca, importes pagados, firma electrnica avanzada.
Se imprime en el juego del transportista
-
CLAVE DE LA SECCIN
ADUANERA DE
DESPACHO
Clave ante la cual se promueve el
despacho (tres dgitos)
MARCAS NMEROS Y
TOTAL DE BULTOS
Marcas, nmeros y total de bultos
que contiene la mercanca
-
MARCAS NMEROS Y TOTAL DE
BULTOS
-
FECHA DE ENTRADA
ART. 54 LA
FECHAS QUE RIGEN EN:
Importacin Exportacin En casos de
infraccin
La de fondeo La de
presentacin de
la mercanca
En la de
comisin de la
infraccin
En el cruce de la
lnea divisoria
internacional
En la del
embargo
precautorio
Cuando la
mercanca pase a
propiedad del
fisco
En la que sea
descubierta,
cuando no sea
embargada ni se
pueda
determinar la
comisin
-
QU AFECTA LA FECHA DE ENTRADA?
Base gravable
Tipos de cambio RRNA
La fecha de entrada de la mercanca a territorio nacional, como lo establece el
artculo 56, fraccin I, inciso c) de la Ley Aduanera o en la fecha de pago de las
contribuciones de acuerdo al artculo 83, tercer prrafo de la misma Ley.
http://alterno.aaadam.com.mx:8080/CAAAREM/LeyAdu.NSF/7a19c73e3b37bd9a06256291005e3a98/6c04ba85a3cddf4e862564020072e50e?OpenDocumenthttp://alterno.aaadam.com.mx:8080/CAAAREM/LeyAdu.NSF/7a19c73e3b37bd9a06256291005e3a98/3c27d62f5efafbd88625640200767581?OpenDocumenthttp://alterno.aaadam.com.mx:8080/CAAAREM/LeyAdu.NSF/7a19c73e3b37bd9a06256291005e3a98/6c04ba85a3cddf4e862564020072e50e?OpenDocumenthttp://alterno.aaadam.com.mx:8080/CAAAREM/LeyAdu.NSF/7a19c73e3b37bd9a06256291005e3a98/3c27d62f5efafbd88625640200767581?OpenDocumenthttp://alterno.aaadam.com.mx:8080/CAAAREM/LeyAdu.NSF/7a19c73e3b37bd9a06256291005e3a98/3c27d62f5efafbd88625640200767581?OpenDocument
-
CUADRO DE LIQUIDACIN
Contribucin Base Legal
DTA Art.49 LFD y
RCGMCE 5.1
IGI/IGE LIGIE /
Tratados Int.
IVA LIVA
-
QUINES ESTN OBLIGADOS AL PAGO DEDTA?
* es aplicable a aquellas operaciones aduaneras
que se efecten utilizando un pedimento.
QUINES NO ESTN OBLIGADOS AL
PAGO DE DTA?.
* quienes efecten la exportacin o retorno,
importacin definitiva o temporal de mercancas
originarias, incluso cuando se efectu el cambio
de rgimen o rectificacin
TLCAN, Mex-Costa Rica, Mex-Chile, G2,
Triangulo del Norte, Mex-Bolivia, Mex-Nicaragua
-
ENCABEZADO DE DATOS DEL
PROVEEDOR O COMPRADOR
Se deber imprimir la informacin de las facturas que ampara el
pedimento.
Tratndose de exportaciones el ID Fiscal es
opcional
-
DATOS DE COMPRADOR /PROVEEDORES
ID FISCAL
Canad No de negocio o seguro social
USA Tax Id fiscal ( R.F.C. )
Francia Impuesto al Valor Agregado o
Nmero de seguridad social
Pases Distintos Numero de registro que se
utiliza en su pas para el pago
de impuestos
Menor a 1,000 usd Declaracin bajo protesta de
decir Verdad ( Regla 3.7.22
numeral IV Inciso b). Antes
2.12.2
Exportacin No es obligatorio
-
DATOS DE PROVEEDOR / COMPRADOR
Datos de
factura
Incoterm
Valor moneda
Valor en USD
Numero y fecha
-
FACTURA COMERCIALRCGMCE 3.1.5
La obligacin de presentar factura se deber cumplir cuando las mercancas tengan un valor comercial superior a 300 USD, podrn presentarse en original o copia
La factura comercial deber contener los siguientes datos:
1.- lugar y fecha de expedicin
2.-nombre y domicilio del destinatario
3.- descripcin comercial detallada de las mercancas, cantidad, clase, unidades nmeros de identificacin, valores. NO SE CONSIDERARA DESCRIPCIN DETALLADA CUANDO VENGA EN CLAVES
4.- Nombre y domicilio del proveedor
La falta de algn dato deber ser suplido por LA CARTA FACTURA
Cuando venga en idioma distinto al espaol, ingles o frances , deber
traducirse al idioma espaol en la misma factura o presentar la carta de
TRADUCCIN DE FACTURA
-
DATOS DEL TRANSPORTE Y
TRANSPORTISTA
Terrestre
ferrocarril
Martimo
Marca, placas
modelo
furgn
plataforma
Nombre de embarcacin
En transporte areo es opcional anotar los datos
del transporte
-
GUAS, MANIFIESTOS, O CONOCIMIENTO DE
EMBARQUES
Nmero Gua area, conocimiento martimo, guas
terrestres
Identificacin Master/House
Nmero de
Contenedor
Nmero econmico del contenedor
Tipo de Contenedor Clave del Tipo de Contenedor, apndice
10
En exportacin el numero de gua,
conocimiento martimo es opcional
-
OBSERVACIONES A NIVEL
PEDIMENTO
-En el caso que se requiera algn dato adicional al
pedimento.
-no debern declararse datos ya citados en algunos de los
campos del pedimento
-
PIE DE PAGINA DE TODAS LAS
HOJAS DEL PEDIMENTO
El pie de pgina deber ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del
pedimento.
En todos los tantos debern aparecer el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal,
Apoderado Aduanal, numero de patente, firma electrnica avanzada, numero de serie
del certificado.
A partir del 15/01/2010 entr en vigor la regla 1.4.18 (1.3.11) por lo que debe
aparecer el RFC de la sociedad
-
ENCABEZADO DE PARTIDAS
Para cada una de las partidas del pedimento se debern declarar los datos que a
continuacin se mencionan, conforme a la posicin en que se encuentran en este
encabezado
-
ENCABEZADO DE PARTIDAS
Encabezado de partidas
Mercanca
Regulaciones y restricciones NO arancelarias
Identificadores (nivel partida)
Determinacin y pago de contribuciones
-
PARTIDAS
1 SECUENCIA NUMERO DE SECUENCIA
2 FRACCION CODIGO SEGN TIGIE
3 SUB D CUANDO SEA APLICABLE
4 VINCULACION CLAVE SEGN ANEXO
5 MET DE VALO CLAVE SEGN ANEXO
6 UMC CLAVE SEGN ANEXO
7 CANTIDAD UMC CANTIDAD DE MERCANCIA
CONFORME A LA UNIDAD DE
COMERCIALIZACION DE LA FACTURA
8 UMT CLAVE CORRESPONDIENTE
9 CANTIDAD UMT CANTIDAD CONFORME A LA UM DE
TIGIE
10 P.V / C SEGN CLAVE DE PAIS
11 P.O / D SEGN CLAVE DE PAIS
12 DESCRIPCION DESCRIPCION DE MCIA
-
PARTIDAS
13 VAL ADUA / VAL
USD
VALOR EN ADUANA / VALOR
COMERCIAL
14 PRECIO PAGADO/
VAL COMERCIAL
PRECIO PAGADO POR
MERCANCIA / VALOR
COMERCIAL
15 PRECIO UNITARIO PRECIO UNITARIO DE
MERCANCIA
16 VALOR AGREGADO SOLO PARA EMPRESAS IMMEX
17 VACIO NO ASENTAR DATOS
18 MARCA UNICAMENTE TRATANDOSE DE
VEHICULOS U OTRO PRODUCTO
QUE MARQUE LA ADMON DE
ADUANAS
19 MODELO UNICAMENTE TRATANDOSE DE
VEHICULOS U OTRO PRODUCTO
QUE MARQUE LA ADMON DE
ADUANAS
-
PARTIDAS
20 CODIGO DE
PRODUCTO
VACIO
21 CONTRIBUCION IGI, IVA
22 TASA CLAVE DE
APROVECHAMINETO
23 T.T CLAVE DEL TIPO DE
TASA APLICABLE
24 Forma de pago FP CLAVE
CORRESPONDIENTE
25 IMPORTE TOTAL
-
REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO
ARANCELARIAS
1 PERMISOS CLAVE
CORRESPONDIENTE
2 NUMERO DE
PERMISO
NUMERO DE PERMISO
QUE COMPUEBE EL
CUMPLIMIENTO DE LA
REGULACION
3 FIRMA DE
DESCARGO
CUANDO
CORRESPONDA
IMMEX,
COMPLEMENTO DE
AUTORIZACION
4 VAL. COM. EN USD IMPORTE DEL VALOR
DE LA MERCANCIA
5 CANTIDAD UMT/C CANTIDAD DE
MERCANCIA
-
IDENTIFICADORES A NIVEL PEDIMENTOAPNDICE 8
CLAVE
APLICABLE
COMPLEMENTO
1
COMPLEMENTO
2
COMPLEMENTO
3
EN VIII
Excepcin de
NOM
Nmero de NOM
UM Uso de la
mercanca
S3 numero de
registro sanitario
-
FIN DEL PEDIMENTO
Con el fin de identificar la conclusin de la impresin del pedimento,
en la ltima pgina, se deber imprimir la siguiente leyenda,
inmediatamente despus del ltimo bloque de informacin que se
haya impreso.
-
RECTIFICACIN
DE PEDIMENTO
Art. 89 LA
Asesores, S.C
-
CUNTAS OCASIONES?
1) El nmero que sea necesario antes de activar Mecanismo de seleccin automatizado.
2) Hasta en 2 ocasiones cuando sea a favor del contribuyente.
3) El nmero de veces que sea necesario si es a favor de la autoridad.
4) El nmero que sea necesario, para empresas certificadas.
-
TODOS LOS CAMPOS?
Si, excepto los listados en el artculo 89 de la L.A.
1)Unidades de Medida
2)Descripcin, naturaleza, estado y dems
caractersticas de las mercancas que permita
identificacin.
3)Datos que permitan la identificacin de
mercancas.
4)Datos de determinacin de origen.
5)RFC
6)Rgimen Aduanero
7)Candados Oficiales.