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Minuta 9 del año 2008
EXTRAORDINARIA Y URGENTE DEL AYUNTAMIENTO PLENO
CELEBRADA EL DÍA 25 DE JULIO DE 2008
SR. ALCALDE-PRESIDENTE
D. Rafael Pérez Martínez
SRES. ASISTENTES
Dª. Mª Victoria Ferrandis Soria
Dª Mª José Albiach Ruiz
D. Juan Antonio Valero Vila
Dª Encarna De Miguel Vázquez
Dª Desamparados Pons Rausell
D. Manuel Corredor i Sanchis
D. José Francisco Campos Pons
Dª. Ana María Tornero Pla
D. Jesús Vicente López Alonso
Dª. Joaquina Julve Moya
D. Antonio Nieto González
PRESENTÓ EXCUSA
D. Enrique Mocholí Alamar
SR. SECRETARIO
D. Juan José Orquín Serrano
SRª. INTERVENTORA
Dª. Marta Guillén Bort
TÉCNICO DE ADMÓN.GRAL.
D. José Miguel Vidal Gil
En la Casa Consistorial de Sedaví,
provincia de Valencia, y en el Salón de
Sesiones del Ayuntamiento, a 25 de
JULIO de 2008, siendo las 14:30horas,
se reunieron en primera convocatoria
los señores anotados al margen, todos
ellos bajo la presidencia del Sr.
Alcalde, D. RAFAEL PÉREZ
MARTINEZ, asistidos del Secretario D.
JUAN JOSÉ ORQUÍN SERRANO, al
objeto de celebrar sesión
extraordinaria y urgente del
Ayuntamiento Pleno.
Declarada abierta y pública la sesión,
se pasó a tratar el primer punto del
orden del día, a saber:
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1º. RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA.-
De conformidad con lo dispuesto en el artº. 46 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 79 del R.D. 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Pleno por unanimidad de los doce
Concejales presentes en la sesión, lo que constituye la mayoría absoluta legal del
número de miembros que lo componen, ratifica la urgencia de la convocatoria.
2º. CONCRECIÓN DEL VOLUMEN QUE SE DESAFECTA DE LA
PARCELA DE LA PLAÇA D’EN JAUME I, SEGÚN ACUERDO PLENO DE
FECHA 29 DE ABRIL DE 2008.-
Visto informe, de fecha 14 de julio de 2008, del Arquitecto Técnico, que
transcrito dice:
“Asunto: Descripción de nueva finca registral correspondiente al subsuelo
de la plaza Jaume I el Conqueridor, parte dela calle Gómez Ferrer y parte de la calle 9 d’Octubre.
Emplazamiento: Plaza Jaume I el Conqueridor.
INFORME TÉCNICO.-
El técnico que suscribe INFORMA: A los efectos de posibilitar la construcción de un parking subterráneo en la
Plaza Jaume I el Conqueridor de este municipio, según acuerdo plenario de fecha 29 de abril de 2008, se desafectaron del dominio público 3.602,43 m2 de superficie del subsuelo correspondiente a la actual plaza y a parte de los viales nombrados en el encabezamiento.
Con la finalidad de llevar a cabo la inscripción de dicha finca (subsuelo)
en el Registro de la Propiedad. Se detalla la descripción de dicho subsuelo.
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Al respecto es de reseñar que se han llevado a cabo los trámites de
inscripción en el catastro de urbana, de la parcela de subsuelo aludida, siendo su referencia catastral la siguiente: 5174101YJ2657S.
También es de reseñar que tanto la Plaza Jaume I como los viales Gómez
Ferrer y 9 d’Octubre, constan inscritos en el inventario municipal de bienes. Estando en curso de tramitación la incorporación del subsuelo especificado tras su desafectación por el acuerdo plenario ya mencionado.
Actualmente tanto el vuelo como el subsuelo carecen de inscripción
registral alguna conocida. Por todo lo anteriormente detallado se estima que la descripción de la
nueva finca registral que se pretende registrar sería la siguiente: SUBSUELO: Subsuelo de parcela en suelo urbano de 3.602,43 m2 de superficie,
actualmente sin edificar ni el vuelo ni el subsuelo y destinada a parking de
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vehículos. Linda al Norte con los inmuebles de la calle Gómez Ferrer números 2 al 8, con el inicio de la calle Pintor Sorolla, y con los inmuebles de la Plaza Jaume I desde el número 1 al 3. Al Sur con los inmuebles sitos en la Plaza Jaume I desde el número 8 al 12, y con los inmuebles de la calle 9 d’Octubre desde el 1 al 9. Al Este con la Iglesia Nª Sra. del Rosario, inmueble de la casa consistorial del Ayto de Sedaví, inmuebles sito en la Plaza Jaume i número 7, y el inicio de la calle Antonio Tarazona. Y al Oeste con los inmuebles sitos en la Plaza Jaume I números 13 al 16 y con las calles Gómez Ferrer y 9 d’Octubre.
En la construcción de garajes y posibles trasteros privados subterráneos bajo suelo dotacional público se estiman las siguientes observaciones: 1.- Se respetará para el dominio público el volumen contenido entre la superficie formada por la rasante del perímetro y una superficie equidistante de la anterior situada a 100 cm por debajo de élla. 2.- La altura máxima permitida de la edificación se medirá desde el punto más bajo de la rasante perimetral hasta la cara superior de la solera de la planta más profunda y se estima en 7,50 m Teniendo en cuenta el metro de servidumbre, forjados < 0,50 m., distancia entre forjados > 2,20 m. Lo que supone un volumen de 27.018,225 m3.
3.- Se admitirá la construcción sobre la rasante de los elementos necesarios para permitir el acceso, la evacuación y la ventilación con la condición de que se integren adecuadamente y que no ocupen más del 2% de la superficie de la proyección en planta del subsuelo desafectado.”
Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y
personal de fecha 25 de julio, que textualmente dice:
“Punto segundo.- Concreción del volumen que se desafecta de la parcela de la
Plaça d’ En Jaume I, según acuerdo Pleno de fecha 29 de abril de 2008.
La Comisión, acuerda informar favorablemente por unanimidad de los concejales
presentes.”
Dada cuenta de la propuesta de Alcaldía de fecha 22 de julio actual, que
textualmente dice:
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“PROPUESTA DE ALCALDÍA
Con fecha 24 de enero de 2008, se acuerda por parte del pleno de este
Ayuntamiento someter a información pública, modificación puntual del Plan General de
Ordenación Urbana del municipio de Sedaví a los efectos de desafectar diversas
parcelas de subsuelo público, para otorgarles la calificación de bienes patrimoniales. De
esta forma, en fecha 29 de abril de 2008 se adopta el acuerdo de aprobación definitiva
de dicha modificación puntual.
En el acuerdo de aprobación definitiva, se establecía la desafectación del
subsuelo de las parcelas referenciadas en el expediente, no concretándose el número de
metros exactos de la desafectación.
Tras diversas conversaciones y reuniones efectuadas con el registrador de
Torrente, se manifiesta la conveniencia de detallar con claridad el volumen de metros
cúbicos de suelo que se desafectan, para así facilitar su inscripción registral. Por ello, y
a la vista del informe técnico emitido a los efectos en el que se detalla con claridad la
parcela a la que nos referimos, y la porción de subsuelo exacta que se desafecta, por la
presente, se eleva al Pleno la siguiente PROPUESTA:
PRIMERO.- Detallar la porción exacta de subsuelo que se desafecta, en los
términos que se detallan en el informe técnico emitido por los servicios técnicos
municipales, incluyéndose dicho extremo en el acuerdo de modificación puntual
efectuada para llevar a término la desafectación.
SEGUNDO.- Dar traslado del presente acuerdo al registrador de la propiedad de
Torrente a los efectos de la correspondiente inscripción en el mismo, de dicha porción
de subsuelo.”
Previa deliberación y sometido a votación la citada propuesta, el Ayuntamiento
Pleno por unanimidad de los 12 concejales presentes en la sesión, acuerda aprobar la
citada propuesta.
3º. INCLUSIÓN EN EL INVENTARIO DE BIENES DEL AYUNTAMIENTO
DE DIVERSAS PARCELAS.-
Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y
personal de fecha 25 de julio, que textualmente dice:
“Punto tercero.- Inclusión en el Inventario de Bienes del Ayuntamiento de
diversas parcelas.
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La Comisión, acuerda informar favorablemente por unanimidad de los concejales
presentes.”
Vista la propuesta de Alcaldía de fecha 23 de julio actual, que textualmente dice:
“PROPUESTA.-
El artículo 17.1 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba
el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL) determina que las
Corporaciones Locales están obligadas a formar inventario de todos sus bienes y
derechos, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición.
Con independencia de ello, cabe que se efectúen incorporaciones e inclusiones
puntuales durante el ejercicio cuando ello sea preciso.
Asimismo, el Ayuntamiento pretende inscribir en el Registro de la Propiedad
determinados subsuelos de zonas públicas del Municipio a los efectos oportunos. Para
ello es necesario que el subsuelo forme parte del inventario de bienes y derechos de la
Corporación y así posibilitar la inscripción en el Registro antedicho.
Por todo ello, se propone al Pleno de la Corporación, órgano competente a tenor
del art. 34 del RBEL, adopte acuerdo de incluir en el inventario municipal, los
subsuelos cuyas fichas se adjuntan al expediente.”
Previa deliberación y sometido a votación la citada propuesta, el Ayuntamiento
Pleno por unanimidad de los 12 concejales presentes en la sesión, acuerda aprobar la
citada propuesta.
4º. SOLICITUD RECLASIFICACIÓN PUESTOS DE TRABAJO
RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON
HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL.-
Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y
personal de fecha 25 de julio, que textualmente dice:
“Punto cuarto.- Solicitud reclasificación puestos de trabajo reservados a
Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
La Comisión, acuerda informar favorablemente por unanimidad de los concejales
presentes.”
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Dada cuenta de la Propuesta de Alcaldía, de fecha 10 de julio actual, que
transcrita literalmente a continuación dice:
“PROPUESTA DE ALCALDÍA
Los puestos de secretaría e intervención del Ayuntamiento de Sedaví se
encuentran reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala
de secretaría e intervención, categoría superior, encontrándose actualmente la secretaría
vacante, ocupada por funcionario con nombramiento provisional y la intervención
ocupada por funcionario con nombramiento definitivo.
Antes de efectuar el nombramiento provisional, se consultó a diversos Secretarios
de categoría superior sobre su voluntad de venir a este municipio a ocupar la plaza, y
ante la respuesta negativa (quizás por las características objetivas del municipio, 9.745
habitantes y 6.924.962 euros) se cubrió con nombramiento provisional por secretario de
categoría de entrada.
El municipio cuenta pues con una población de 9.745 habitantes y un presupuesto
de 6.924.962 de euros. Ante esta situación, existe voluntad de que se cubra la plaza
ahora vacante en propiedad (consiguiendo así una mayor estabilidad en la estructura y
equipo humano del Ayuntamiento), solicitando para ello la reclasificación de las plazas
de Secretaría e Intervención a la categoría de entrada, considerando que de esta forma,
será más fácilmente su cobertura en propiedad, por las circunstancias objetivas de
población y presupuesto del municipio.
Vista la memoria redactada justificativa del cambio de subescala que obra en el
expediente.
El presente expediente, que pretende reclasificar la secretaria e intervención a
clase segunda no llevaría aparejado incremento retributivo alguno dado que los puestos
quedarán integrados en el mismo grupo de titulación (A1), con el mismo complemento
de destino (30) y específico, por lo que no sería necesario acreditar la existencia de
consignación presupuestaria suficiente, y, por otro lado, no afectaría a la titular de la
plaza de intervención que, por disponer de nombramiento definitivo, mantendría su
puesto en las mismas condiciones que en la actualidad.
Siendo requisito previo para que la reclasificación del puesto se apruebe por el
órgano competente de la Consellería de Presidencia, se propone al pleno de la
Corporación:
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Primero.- La reclasificación de los puestos de trabajo de la secretaría e
intervención del Ayuntamiento de Sedaví que dejarían de tener categoría superior, para
quedar reservada a funcionarios de Administración Local de carácter estatal de la
subescala de secretaría, categoría de entrada.
El grupo de titulación de las plaza sería el mismo que actualmente (A1), y se
mantendría el mismo complemento de destino que actualmente (30) y el mismo
complemento específico.
Permanecerían también invariables el resto de características de los puestos de
trabajo.
En relación con el puesto de Tesorería, no se procede a efectuar cambio alguno,
en relación con la situación actual existente.
Segundo.- Remitir la presente documentación a la Conselleria competente, a los
efectos legales pertinentes.”
Previa deliberación y sometido a votación la citada propuesta, el Ayuntamiento
Pleno por unanimidad de los 12 concejales presentes en la sesión, acuerda aprobar la
citada propuesta.
5º. ADOPCIÓN COMPROMISO MUNICIPAL SOBRE RECURSOS
HÍDRICOS CON MOTIVO DE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DEL
P.G.O.U.-
Dada cuenta del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha
24 de julio actual, que transcrito textualmente dice:
“Asunto: INFORME PARA ACUERDO PLENARIO SOBRE RECURSOS
HÍDRICOS Y SU INCORPORACIÓN AL DOCUMENTO DEL PLAN GENERAL
DE ORDENACIÓN URBANA.
INFORME TÉCNICO.-
Con motivo de la revisión del P.G.O.U., la Generalitat Valenciana para su
tramitación, necesita informe sobre los RECURSOS HÍDRICOS del Organismo
Competente de Cuenca.
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El Ayuntamiento, en su día, solicitó dicho informe a la CONFEDERACIÓN
HIDROGRÁFICA DEL JUCAR, sin que dicho informe fuera remitido.
Solicitado el referido informe a la Entidad Metropolitana de Servicios
Hidráulicos (E.M.S.H.I.), se nos requiere una serie de documentación, cuya elaboración
está siendo realizada por el autor del P.G.O.U. y además la asunción del compromiso
por el Ayuntamiento Pleno de los siguientes puntos:
- Ejecución de doble red de abastecimiento de aguas tanto en las zonas
residenciales, terciarias e industriales existentes y proyectadas, como en
aquellas en que se pueda prever consumos susceptibles de ser abastecidos
con aguas diferentes de las potables.
- Cambio de estructura tarifaria en baja como medida para la disuasión del
agua potable.
- Revisión de las redes de abastecimiento de aguas potables subsanando los
problemas de fugas.”
Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y
Personal de fecha 25 de julio que textualmente dice:
“Punto quinto.- Adopción compromiso municipal sobre recursos hídricos con
motivo de la tramitación del expediente del P.G.O.U.La Comisión, acuerda informar
favorablemente por unanimidad de los concejales presentes.”
Vista la propuesta de Alcaldía, de fecha 24 de julio actual, que transcrita
literalmente dice:
“PROPUESTA DE ALCALDÍA
A la vista del expediente que se encuentra en tramitación relativo al Plan General
de Ordenación Urbana del municipio de Sedaví, y en relación con el informe necesario
sobre recursos hídricos del que hay que dar traslado a la Conselleria y al EMSHI y visto
el informe del técnico municipal, por la presente, propongo al pleno la adopción del
siguiente acuerdo:
Primero.- Asumir los compromisos referenciados en el informe técnico municipal
obrante en el expediente.
Segundo.- Remitir el acuerdo correspondiente al EMSHI y a la Conselleria
correspondiente.”
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Previa deliberación y sometido a votación la citada propuesta, el Ayuntamiento
Pleno por unanimidad de los 12 concejales presentes en la sesión, acuerda aprobar la
citada propuesta.
6º. SOMETIMIENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA
MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL ACUERDO DE APROBACIÓN PROVISIONAL
DEL P.G.O.U. DE SEDAVÍ.-
Dada cuenta del informe emitido por los Servicios Técnicos, que textualmente
dice:
“INFORME SERVICIOS TÉCNICOS.-
Tras la paralización de la tramitación de la Revisión del P.G.O.U remitida a la
CTU tras su aprobación provisional el 21 de julio de 2005, con fecha de registro de
entrada 11 de julio de 2008, ha tenido entrada en este servicio un ejemplar del “PLAN
GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE SEDAVÍ”, a los efectos de su nueva
remisión a la Comisión Territorial de Urbanismo, una vez se produzca la aprobación
provisional del nuevo documento que ahora se presenta.
Las variaciones relevantes del nuevo documento fechado en junio de 2008, con
respecto al aprobado provisionalmente en junio de 2005 son las siguientes:
- Se elimina la ordenación pormenorizada del Sector SUR-1, manteniendo
la anterior edificabilidad.
- Se excluyen del ámbito de la Unidad de Ejecución del citado Sector
SUR-1 los terrenos ubicados al Oeste de la actual vía del ferrocarril.
- El Sector PRI-1 ve modificada su edificabilidad prevista en la ficha de
planeamiento de la Memoria Justificativa, cuyo Índice de edificabilidad bruta pasa a ser
de 1,85 m2t/m2s.
- Se introduce en el Planeamiento la apertura de un nuevo vial
(prolongación de la actual C/ San Antonio, en el centro de una manzana delimitada por
los actuales viales: Avda. del País Valenciano, C/ l’Horta, C/ Silla, y C/ Catedrático
Casabó.
El equipo redactor ha remitido un único ejemplar del nuevo documento de
Revisión del P.G.O.U, carente de visado colegial, y únicamente en formato papel.
Deberá hacerse entrega de una versión en formato digital y proceder al visado colegial
de los ejemplares necesarios para la tramitación del documento ante las diversas
administraciones.
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Por lo que una vez producida la aprobación provisional del P.G.O.U., y
diligenciados los documentos procederá, de nuevo su remisión a la Comisión Territorial
de Urbanismo, interesando su aprobación definitiva.”
Visto el dictamen de la Comisión Informativa, de fecha 25 de junio actual, que
transcrito literalmente dice:
“Punto sexto.- Sometimiento a información pública de la modificación puntual
del acuerdo de aprobación provisional del P.G.O.U. de Sedaví.
La Comisión acuerda ampliar el plazo a 60 días.
La Comisión acuerda que en la Ficha de Planeamiento y Gestión del Sector
Urbanizable Sur-1 que en su punto 6º dice “a través de la ordenación pormenorizada se
podrá ajustar el posicionamiento del PQL proyectado en el plan general, pero no podrá
desplazarlo”, que se suprima la frase “pero no podrá desplazarlo”.
Vista la propuesta de Alcaldía de fecha 23 de julio, que a continuación se
transcribe:
“PROPUESTA DE ALCALDÍA
Visto que con fecha 21 de junio de 2005 se aprobó provisionalmente el proyecto
de Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Sedaví, acordándose asímismo
su remisión a Conselleria a los efectos de su aprobación definitiva,
Visto que en fecha 26 de julio de 2007 se acordó por parte del Ayuntamiento
Pleno, la suspensión de la tramitación en Conselleria del Plan General, a los efectos de
efectuar algunas modificaciones sobre el documento aprobado provisionalmente por el
Ayuntamiento y remitido a Conselleria,
Visto que, el Ayuntamiento ya tiene el proyecto de Plan con las modificaciones
efectuadas, que se indican en el informe emitido por los servicios técnicos municipales,
por la presente, elevo al Pleno, la siguiente PROPUESTA:
PRIMERO.- Que se someta a información pública las modificaciones puntuales
operadas sobre el acuerdo de aprobación provisional adoptado en fecha 21 de junio de
2005 , por un período mínimo de un mes, anunciada en el Diari Oficial de La Generalitat
Valenciana y en un diario no oficial de amplia difusión en la localidad. Durante este plazo,
el expediente de la modificación puntual operada sobre el proyecto, se encontrará
depositado para su consulta pública en el Ayuntamiento, a los efectos de que, por los
afectados por las modificaciones efectuadas, presenten las alegaciones que se
consideren oportunas.
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SEGUNDO.- Ordenar la publicación de dicha información pública en el DOGV
y en un periódico no oficial de amplia difusión en la localidad por el plazo de un mes.”
D. Manuel Corredor Sanchis solicita que se haga constar que se hace advertencia
de nulidad de pleno derecho por no aparecer incorporado al documento que se va a
someter a información pública, la ficha del Sur-2.
Se acuerda informar favorablemente el sometimiento a información pública de la
modificación puntual del acuerdo de aprobación provisional del P.G.O.U. por tres votos
a favor del Partido Popular y dos votos en contra del Partido Socialista.”
El Sr. Alcalde manifestó en la Comisión Informativa que el periodo de
información pública será de dos meses en lugar del mínimo de un mes que establece la
Ley.
El Sr. Corredor, Portavoz del Grupo Socialista, pide que el plazo no compute el
mes de agosto ya que hay mucha gente fuera del pueblo. Manifiesta que el
Ayuntamiento se ha gastado alrededor de 30.000€, en la asistencia técnica para las
modificaciones de la revisión del P.G.O.U., simplemente para deshacer algunas cosas
anteriormente hechas, ya que el planeamiento es idéntico al que había. Le sorprende que
las previsiones de crecimiento de la población sea alcanzar los 17.500 habitantes cuando
antes se criticaba por el P.P. la cifra de 14.500 habitantes. Se viene a premiar dos zonas
de Sedaví, por mayor edificabilidad y por cambio de uso industrial a residencial. En una
de ellas, se pasa de una edificabilidad de 1’20 a 1’85 incrementándose ésta en más de un
50%. Otro sector pasa a ser residencial, manteniendo la misma edificabilidad.
Además manifiesta que la propuesta de Alcaldía es someter a información
pública pero el punto del orden del día parece que diga cosa distinta y dé por aprobadas
las modificaciones.
Acto seguido interviene el Sr. Secretario y manifiesta que lo que se acuerda ahora
es simplemente someter a información pública el expediente a los efectos de que por los
interesados, en su caso, puedan presentar alegaciones.
No obstante, el Sr. Corredor advierte de ilegalidad ya que entiende que el
expediente no contiene todos los documentos que debiera y cita por ejemplo que en el
Sector SUR-2 falta la ficha de planeamiento y también el texto del convenio urbanístico
que se pretende suscribir con el Ayuntamiento de Valencia para la gestión de ese suelo
por Valencia. También en el Sector SUR-1 faltan las reservas para Centro Docente y
demás zonas dotacionales públicas, salvo el parque.
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Por tanto, entre lo que dice el planeamiento y lo que dice la maqueta que hay
expuesta, no tiene nada que ver. La maqueta genera confusión porque es contradictoria
con el plano. La propuesta de la maqueta es distinta a la de los planos. ¿Alegamos a los
planos o a la maqueta?. Díganos de qué estamos hablando. Si hablamos de la maqueta
cambiemos los planos. Añade que solicitarán por escrito si en las fichas técnicas se
reflejarán las dotaciones. También hay que explicar el regalo que se hace a Valencia de
30.000 m². Anuncian su voto en contra porque considera que el expediente puede
adolecer de nulidad de pleno derecho por falta de documentación.
Acto seguido interviene Dª Mª Victoria Ferrandis, Concejal de Hacienda y
manifiesta que el parque irá en la Avda. País Valencià, más próximo al ciudadano. El
parque será un pulmón verde para el municipio. El P.S.O.E. decía que eso era inviable y
sí es viable. En lugar de las torres de 16 alturas que propugnaba el P.S.O.E., serán de 7
alturas. En el PRI-1 que en el proyecto del P.S.O.E. no había zonas de equipamiento y
de colegios, y ahora sí las habrá. Se ha aumentado la volumetría pero también habrá
más zona verde. Respecto al SUR-2 no se regala nada a Valencia. En cuanto a la cesión
del 10% del excedente de aprovechamiento a la Administración, si es en metálico,
adquiriremos terrenos para VPO.
A continuación el Sr. Corredor manifiesta que el documento no dice nada de 7
alturas, y faltan las dotaciones del SUR-1.
Seguidamente, Dª Victoria Ferrandis le contesta que no se habla de las alturas
pero si quedó constancia al proyectar la propuesta de planeamiento. En cuanto a las
dotaciones del SUR-1 estarán en su momento.
Finalmente, el Sr. Alcalde manifiesta que, cuando se convenie con Valencia será
oportunamente informado de ello y no se regala nada a Valencia. Si existiera alguna
irregularidad en la tramitación del expediente se rectificará.
Se procede a la votación, resultando un empate; 6 votos a favor del P.P. y 6 en
contra del P.S.O.E.
Acto seguido, y en atención a lo dispuesto en el artº. 100.2 del RD 2568/86, de
28 de noviembre, por el que se regula el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se procede a una
nueva votación, en la que persiste de nuevo el empate (6 votos a favor del P.P. y 6
votos en contra del P.S.O.E), empate que se resuelve con el voto de calidad del
Alcalde, el cual, vota favorablemente y se aprueba por la mayoría correspondiente el
acuerdo antecitado por 7 votos a favor del P.P. (6 + el voto de calidad) y 6 en contra
del P.S.O.E., adoptándose el siguiente acuerdo:
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PRIMERO.- Acordar el sometimiento a información pública en los términos
referenciados en la propuesta de Alcaldía anteriormente transcrita, pero modificando el
plazo de duración de la información pública que, en vez de ser de un mes será de dos
meses.
Y no habiendo más asuntos de que tratar, por el Sr. Alcalde-Presidente se cierra
la sesión, siendo las 15:15 horas, de todo lo cual yo, el Secretario, doy fe.
EL ALCALDE EL SECRETARIO