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BASES EVENTO DE COTIZACIÓN
MARN 1-2012
“ADQUISICIÓN DE FIREWALL DE QUINTA GENERACIÒN PARA USO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES”
El objeto del presente Evento de Cotización, es la adquisición de Firewall de Quinta Generación para uso del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; el oferente podrá obtener las bases que rigen este proceso de cotización en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, 20 calle 28-58 zona 10, o bien en forma electrónica en el portal de GUATECOMPRAS, www.guatecompras.gob.gt las mismas no tienen precio de venta. Base legal: artículo 22 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 7 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”. MODIFICACIONES DE LAS BASES El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales se reserva el derecho de modificar las bases en el curso de la cotización y antes de la presentación de ofertas, haciéndose público en el Sistema GUATECOMPRAS. Base legal: artículos 39 bis del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”. PUBLICACIÓN Para asegurar una mayor participación y competitividad entre los potenciales oferentes, se publica la convocatoria de cotización en el sistema de Guatecompras y un diario de mayor circulación de acuerdo a lo que establecen los artículos 23 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 8 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”. TRANSPARENCIA EN LOS FONDOS PUBLICOS El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, como parte del proceso de fortalecimiento de la transparencia en el uso de los fondos públicos, debe observar lo establecido en el artículo 54 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”, que indica: ”………. deben publicar y gestionar en GUATECOMPRAS , las compras, contrataciones y adquisiciones que realicen, cuando superen el monto de la compra directa, establecido en esta Ley publicando para el efecto, como mínimo la siguiente información: bases o términos de referencia, especificaciones técnicas, criterios de evaluación, preguntas, respuestas, listado de oferentes, acta de adjudicación y contratos. Así mismo deben utilizar procedimientos de adquisición competitivos y evaluar las ofertas con criterios imparciales y
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públicos…......” Cualquier duda, aclaración y/o consulta que el interesado tenga, deberá manifestarla al sitio de www.guatecompras.gob.gt en el plazo que la Ley establece. LEGISLACION APLICABLE El presente proceso de cotización se regirá por las disposiciones contenidas en el Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, ”Ley de Contrataciones del Estado”; Acuerdo Gubernativo No.1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Acuerdo Ministerial No.24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”; Acuerdo Ministerial No.23-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, “Reglamento del Registro de Proveedores del Estado” y demás leyes y disposiciones legales aplicables para el efecto. REQUISITOS DE LAS BASES (artículos 19 y 19 bis del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de
Guatemala, ”Ley de Contrataciones del Estado”)
1. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES
a. Podrán participar en la presente cotización todas aquellas personas individuales o
jurídicas que no estén comprendidas dentro de las prohibiciones establecidas en el artículo 80 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
b. Cada oferente estará sujeto a las leyes de la República de Guatemala, debiendo
aceptar en forma expresa, todas y cada una de las condiciones de las presentes Bases de Cotización. Base legal: artículos 135 Literales b), e) y 153 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
c. El oferente adjudicado no podrá ceder, vender, traspasar a terceros ni disponer en
cualquier otra forma los derechos adquiridos mediante el contrato que se suscriba. Tiene la prohibición expresa de enajenar ceder transferir o disponer en cualquier forma total o parcialmente de los derechos que le otorgue el contrato bajo la pena de nulidad de lo actuado y resarcimiento de daños y perjuicios a favor del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
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2. CARACTERISTICAS GENERALES Y ESPECÍFICAS DEL FIREWALL DE QUINTA GENERACIÓN
ESPECIFICACIONES GENERALES
FIREWALL DE QUINTA GENERACIÓN
No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
1 Tipo de Equipo Un Firewall configurado con capacidad de crecimiento en esquemas de Activo/Activo
2 Puertos Consola de Administración: RJ-45 y debe aportar el cable de consola respectivo. Como mínimo 4 puertos Gigabit Ethernet 10/100/1000 (RJ-45)
3 Nodos y Usuarios Ilimitado
4 Througput Firewall (Procesamiento en la inspección de paquetes) 3 GBPS o superior indicar el crecimiento máximo. Soporte de 1 millón de conexiones concurrentes como mínimo.
5 Troughput IPS 2 GBPS o superior indicar el crecimiento máximo.
6
Sesiones concurrentes 600,000 o superior.
7 Puntos SSL VPN 2 ó superior incluidos dentro del mismo equipo sin instalación de equipos adicionales.
8 Throughput VPNS 3DES 400 MBPS o superior
9 Estándar de encripción VPN
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
3DES 168 bits, AES
10 Protocolo de Transporte/Red TCP/IP IpSec (IP Security)
11 Protocolo de Administración Remota SSL
12 Estándares IEEE 802.3 IEEE 802.3u IEEE 802.3ab IEEE 802.1Q Soporte de 1024 Vlan´s
13 Indicadores de estado Cada Puerto deber Tener indicadores lumínicos LED, que indiquen el estado, encendido, activación, VPN, Flash.
14 Características de Crecimiento El hardware debe estar basado en una arquitectura abierta, usando procesadores Intel o AMD para mantener la flexibilidad y adaptarse a nuevas amenazas, sin disminuir el desempeño (No procesadores ASIC). Debe soportar el balanceo de carga de gateways con sincronización de estados, sin necesidad de usar un balanceador externo, por al menos 5 gateways en un solo cluster.
15 Administración de equipos Remotos Capacidad de administrar equipos remotos remotos que estarán instalados en cada una de las sedes y deberá realizarse desde el mismo equipo sin la necesidad de equipos adicionales para esta función. Administración y monitoreo centralizado de políticas de firewall, VPN (IPSec/SSL), Gateway Antivirus y QoS, en una consola de administración central, donde los cambios pueden ser empujados a todos los puntos de refuerzo distribuidos por toda la red, de manera sencilla y segura y donde las bitácoras son almacenadas.
16 Características del IPS
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
Identificación de Amenazas mediante diversos métodos como violación de políticas, explotación de vulnerabilidades y actividades anómalas a través de las capas 2 a 7.
Manejo de técnicas de evasión Anti-IPS ( normalización de tráfico, IP desfragmentación, TCP streamreasembly
Detección de tráfico móvil IP (IP tunneling)
Customización y creación de políticas.
17 Otras Características
El equipo deberá incluir la capacidad de trabajar en modo ruteado o modo transparente (firewall L2).
Priorización y limitación de ancho de banda por aplicación atravesando el firewall.
Incluir mecanismos de detección de ataques en línea.
Permitir el manejo de mecanismos de seguridad para evitar técnicas de evasión, tales como: a) Reensamble y normalización de paquetes Ip fragmentados y segmentos TCP,b) control de evasión TCP, c) antispoofingIP.
Incluido mecanismo para personalizar firmas de IPS/IDS.
Incluir protección contra ataques a nivel de red aplicación, spyware, malware, adware, DoS, troyanos, virus de red y worms, manteniendo la información de los usuarios en forma confidencial.
Incluir manejo de tunelesIPSec red a red, para conexión con routers, firewalls similares, o equipos VPN en configuraciones donde las IPs de los equipos remotos sean estáticas o dinámicas.
Incluir manejo de Ipsec y SSL para el acceso remoto: En SSL deberá permitirse el manejo de un portal con servicios WEB.
Deberá permitir inspección detallada tráfico web, para controlar comandos, URI, MIME, anomalías del protocolo, y cumplimiento de RFC.
Control de aplicación túnel sobre puerto 80: evitar AOL, YAHOO, MSN, KAZAA, GNUTELLA , entre otros.
Capacidad de filtrado de aplicaciones Web 2.0 con delegacion de permisos por usuario, pudiendo generar notificaciones selectivas de acuerdo a los sitios y políticas de la institución.
Capacidad de manejo de cuotas de utilización de ancho de banda por sitios web pudiendo regular el ancho de banda ha utilizar por sitios de multimedia y otros evitando la saturación de los enlaces existentes, dichas políticas deberán ser ajustables a usuarios específicos o grupos.
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
Incluir manejo de NAT basado en políticas, traslación a IP global dependiendo el IP origen y destino.
Incluir manejo de PAT para tráfico ESP, H.323v3, H.323V4, SIP.
Incluir manejo de inspección de estado para tráfico ICMP vía NAT.
Incluir manejo DHCP como relay, server y cliente.
Soporte de Inspección de Estado para Protocolos Básicos: DNS, FTP,HTTP,ICMP,IPSEC,PPTP,SMTP,TFTP,ESMTP, Voz sobre IP: CTIQBE,H.323v3/4, TAPI/JTAPI,MGCP,SIP.-Multimedia: Netshow,RTSP, VDO Live. –Database y Directory: ILS, LDAP, Sun RPC.-Administrador: ICMP, RSH, SNMP.
Contar con una interface gráfica interna, accesible en modo seguro, que permita la configuración de las funciones de firewall-VPN y otras características del appliance.
Incluir manejo de filtros para trafico multicast.
Incluir manejo de NAT y PAT sobre multicastsourceaddress.
Incluir mecanismos de inspección de estado para http, ftp, smtp, icmp, tcpudp
Incluir protocolos de administración seguros: https, sshv2, SNMPv2c, NTP v3.
Permitir enviar alarmas vía Syslog.
Autoridad certificadora interna compatible con X.509
Filtrado de contenido para usuarios WEB.
18 Software Base El sistema de seguridad ofertado debe poseer licenciamiento ilimitado de usuarios, hosts y tiempo de uso como firewall. Todas las licencias de software deben ser última versión disponible para el equipo que soporte. Por lo que se requiere lo siguiente:
Licenciamiento de software propio del equipo.
Licenciamiento de Software para Modulo de Seguridad que sirve de Concentrador VPN y Detección de Intrusos entre otros.
Licenciamiento para encripción (3DES/AES)
Licenciamiento para VPN (Redes Privadas Virtuales).
Licenciamiento de Cliente para VPN (Redes Privadas Virtuales). Deberá ser ilimitado. Plataformas: Windows XP, Windows Vista y Linux. Deberá permitir trabajar sobre equipos NAT, permitiendo Split y dns.
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
Licenciamiento de Software de Servicios de Prevención de Amenazas, que permita identificar, clasificar y detener tráfico malicioso, incluyendo spyware/malware, virus antes de que afecten la red de datos.
Proporcionar capacidad de preservación del ancho de banda. Prevención Online MultiVlan. Proporcionar un motor Anti Virus dedicado que analice el tráfico para identificar la conducta del virus y detenerlo. Inspección GRE, Inspección IP en IP etc.
19 Alta Disponibilidad Mecanismo de alta disponibilidad y reparto (balanceo) de cargas transparente para firewalls, VPN y Calidad de Servicio. El mecanismo debe ser operado desde la misma consola de administración del FireWall, VPN y/o Calidad de Servicio. Proporcionado por el mismo fabricante FireWall, VPN y/o Calidad de Servicio. Debe permitir cambiar el modo de Alta Disponibilidad a Reparto de Cargas. Debe contener mecanismos de revisión de estado, que permitan detectar condiciones anómalas tales como procesos detenidos a nivel sistema operativo, espacio en disco, conectividad (cables desconectados por ejemplo), los cuales deben ser programables. Debe permitir conexiones vía VPN site-to-site con dispositivos de terceros. Capacidad incluida con configuración al momento de compra del equipo de redundancia sin necesidad de licenciamiento adicional dentro de este dispositivo (No se solicita equipo redundante, pero si la capacidad de crecimiento)
20 Monitoreo en tiempo real Monitoreo de estado de cada uno de los puntos de refuerzo (Firewalls, VPN’s) que se encuentren en toda la red, en tiempo real. Capacidad de revisión de bitácoras en tiempo real.
21 Reportaría Sistema de reporte, análisis y almacenamiento de bitácoras, que incluye capacidades de correlación y análisis de vulnerabilidades en la red para dispositivos de Administración Unificada de Amenazas (UTM por sus siglas en inglés, UnifiedThreat Management). La plataforma se prefiere en un solo dispositivo “appliance”. Sin embargo es posible entregarlo en una plataforma de varios servidores de propósito específico. No se aceptan dispositivos de propósito genérico y/o con sistemas operativos genéricos. Herramienta de reportaría y monitoreo capas de listar los usurios conectados al
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
equipo teniendo el administrador la capacidad de desconectar selectivamente las sesiones no deseadas, envío de alertas de consumo de ancho de banda existente.
22 Características Formato tipo appliance (dispositivo de propósito específico) Sistema operativo propietario Interface de administración gráfica (GUI) vía Web (http y HTTPS) Interface de administración vía CLI (Línea de comando) vía telnet, ssh y consola
serial Debe tener la posibilidad de definir administradores para la solución, de modo
que pueda segmentarse la responsabilidad de los administradores por tareas operativas
Debe tener la capacidad de poder integrar dispositivos tipo UTM para que le reporten, y establecer comunicaciones seguras con dichos dispositivos
Debe tener la capacidad de asignar cuotas de espacio en disco por dispositivo, de modo que un solo dispositivo no consuma la totalidad del disco de la solución
23 Análisis Forense y Correlación Debe ser capaz de hacer correlación de la información almacenada. Esto es,
identificar patrones y/o tendencias en la información almacenada Debe de ser capaz de hacer búsquedas por username o dirección IP, para que
toda la información almacenada de dicho username o dirección IP sea mostrada en un reporte donde pueda darse seguimiento a su actividad.
24 Análisis de vulnerabilidades Debe poseer (integrado o por separado) la capacidad de hacer análisis de vulnerabilidades en la red, mediante plug-ins de ataques actualizables, y generar un reporte de cuáles vulnerabilidades fueron encontradas en el trafico de la red
25
Garantía Técnica Garantía no menor a 1 año
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
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Soporte Técnico En caso de falla del equipo será reemplazado por otro de iguales o mejores características técnicas en un plazo no mayor a las 4 horas efectuado el reporte, durante las 24 X 7. Se debe garantizar mediante un Carta del Fabricante o subsidiaria local, un stock de repuestos y accesorios no menores a 5 años. Soporte técnico autorizado y/o certificado por el fabricante en el país.
27 Conexión remota segura La solución deberá ser capaz de integrar dispositivos USB que provean de desktop virtual izado para conexión remota de usuarios administradores y gerenciales, teniendo la capacidad de almacenamiento directo en la unidad de USB, Pudiendo el administrador asignar permisos a las aplicaciones del equipo donde se realiza la conexión, la unidad de almacenamiento USB debe de tener niveles de inscripción estándar. Esta administración debe poder realizarse desde la misma consola de administración del Firewall. Pudiendo adquirir los dispositivos de modo separado a decisión de la institución. Debe contar con su documentación, software, cables y accesorios necesarios para su funcionamiento óptimo. Se requiere un juego completo de manuales. Así como los implementos necesarios para montar en un rack. Todos los componentes, partes y/o piezas, cables, accesorios, etc. deben ser originales del fabricante del sistema ofrecido garantizándose compatibilidad al 100%. El voltaje y frecuencia del sistema ofrecido debe ser según el estándar soportado en el país.
28 OFERENTE El oferente debe incluir dentro de su personal técnico un mínimo de Tres Técnicos certificados por el fabricante , debe poseer el nivel de Centro autorizado de Entrenamientos ATC por sus siglas en ingles de parte del fabricante garantizando así la atención de la institución con los niveles adecuados de conocimiento de la solución. Además deberá comprobar tener 10 años como mínimo de comercialización de la solución ofertada.
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No. ESPECIFICACIONES MINIMAS REQUERIDAS
29 SOPORTE Debe incluirse 25 horas de soporte de 7X24 con atención los 365 días del año. La propuesta deberá incluir instalación y seguimiento durante su implementación y configuración inicial.
30 CERTIFICACION ICSA Labs: Firewall, IPSec, SSL, Antivirus, IPS.
3. LUGAR Y TIEMPO DE ENTREGA En el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, 20 calle 28-58 zona 10, Ciudad de Guatemala, Unidad de Almacén, sótano del Edificio del MARN 30 días después de firmado el contrato.
4. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LA OFERTA
a. En el formulario de cotización forma número DCYC-RA-R-012 anexo a las presentes
bases, se debe indicar el precio por unidad y la suma total ofertada, expresado en cifras, en letras y en quetzales, con firma del propietario o representante legal, sello y fecha de la oferta. Los precios deben incluir el Impuesto al Valor Agregado, -IVA-: Base legal: artículos 19 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 9 y 16 bis del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
b. La oferta deberá indicar claramente las principales características requeridas, aspectos
que ayudarán para una mejor calificación por parte de la Junta de Cotización designada para el efecto. Base legal: artículos 19 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
c. Declaración Jurada ante Notario, reciente y en original, en la que se haga constar:
Que ni el oferente ni su representante legal es deudor moroso del Estado ni de las entidades a que se refiere el artículo 1. de la Ley de Contrataciones del Estado o en su defecto compromiso formal de que, en caso de adjudicársele la negociación, previo a la suscripción de contrato acreditará haber efectuado el pago correspondiente. Base legal: artículos 19 del Decreto No.57-92 del Congreso de la
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República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
Que ni el oferente ni su representante legal están comprendidos en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado. Base legal: artículos 26 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
Que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizada y de fácil acceso. Base legal: artículo 1 literal a) del Acuerdo Ministerial No.24-2010, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”.
Sobre la inexistencia de conflicto de intereses entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias. Base legal: artículo 1 literal d) del Acuerdo Ministerial No.24-2010, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”.
d. Certificación que enumera e identifica a los accionistas, directivos o socios que
conforman la entidad, según corresponda. En el caso de las sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas. Base legal: artículo 1 literal b) del Acuerdo Ministerial No.24-2010, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”.
e. Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias
que posee el oferente, según modelo adjunto a las presentes bases. Base legal: artículo 1 literal c) del Acuerdo Ministerial No.24-2010, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”.
f. Constancia reciente de inscripción al Registro de Proveedores. Base legal: Artículos 73
del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” 9, 54 y 54 bis del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado” y Acuerdo Ministerial No. 23-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas, “Reglamento del Registro de Proveedores del Estado”.
g. Constancia vigente de inscripción al Registro Tributario Unificado, emitido por la
Superintendencia de Administración Tributaria, -SAT- y del carné de identificación tributaria. Base legal: Artículos 120 del Decreto número 6-91 del Congreso de la República, “Código Tributario”; 54 y 54 bis del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado” .
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h. Garantía de Sostenimiento de Oferta, a favor del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Base Legal: artículos 64 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 9, 36 y 37 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
i. Copia simple de la última declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado, -IVA-.
j. Copia simple de la última declaración del Impuesto Sobre la Renta, -ISR-, según sea el
régimen.
k. Documentos que acrediten la personalidad jurídica del oferente y la personería jurídica de su representante, en su caso. Base legal: Artículos 41 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
Copia de la Cédula de Vecindad o del documento personal de identificación del propietario o Representante Legal de la empresa, debidamente legalizado.
Copia de la Patente de Comercio de Empresa y/o de Sociedad en su caso, debidamente legalizado.
Desplegado electrónico emitido por el Registro Mercantil de la inscripción de la entidad oferente y su Representante Legal, debidamente legalizado.
Copia del primer testimonio de la escritura pública de constitución de la sociedad de la entidad mercantil y sus modificaciones, debidamente legalizado.
Copia del documento acreditativo de la Representación Legal debidamente inscrito en los Registros respectivos (acta notarial de nombramiento o testimonio de la escritura Pública de mandato), debidamente legalizado.
5. CONSTITUCION DE GARANTIAS Y FIANZAS.
a. Fianza de Sostenimiento de Oferta, a favor del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. equivalente al 1% del valor de la oferta, la que cubrirá el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de la adjudicación y en todo caso tendrá una vigencia de 120 días. Base Legal: artículos 64 y 70 del Decreto No.57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”
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b. Fianza de Cumplimiento, a favor del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. equivalente al 10% del monto del contrato respectivo, la que cubrirá el período comprendido desde la suscripción del contrato hasta la emisión de la constancia de haber recibido a satisfacción los bienes. Base legal: Artículos 65 y 70 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 9, 38 y 39 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
c. Garantía de Calidad o Funcionamiento a favor del Ministerio de Ambiente y Recursos
Naturales. Base Legal: artículos 67 y 70 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 41 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
6. FORMA DE PAGO
Los pagos se harán en quetzales, moneda nacional, con base a lo establecido en el contrato, por medio de CUR y acreditamiento bancario contra orden de compra; debiendo adjuntar a la misma la factura respectiva y recibo de caja (caso factura cambiaria), contrato firmado, constancia de ingreso al almacén, así como las demás condiciones que se dejarán establecidas en el contrato correspondiente. Base legal: artículos 19, del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; 32 y 33 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”
7. LUGAR, DIRECCIÓN Y FECHA DE RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS.
a. Los interesados presentarán sus ofertas por escrito, en el formulario de cotización anexo
a las presentes bases en sobre cerrado, con indicación de su contenido, nombre y dirección, directamente a la Junta de Cotización el 25 de junio de 2012 a las 10:00 horas, en el edificio del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, ubicado en la 20 calle 28-58 zona 10, ciudad; Base legal: artículos 41 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 10 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
b. Se aceptará una sola oferta por persona individual o jurídica, nacional o extranjera. Base
legal: artículos 25 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
8. INTEGRACION DE LA JUNTA DE COTIZACION a. La Junta de Cotización se integrará con tres (3) miembros nombrados por la autoridad
administrativa superior. Base legal: artículos 10 y 15 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
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b. La Junta de Cotización tendrá competencia para recibir, calificar y adjudicar la cotización, las decisiones las tomará por mayoría de sus miembros y deberán dejar constancia de lo actuado en acta. Base legal: artículo 16 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
9. CRITERIOS QUE DEBERA SEGUIR LA JUNTA DE COTIZACION, PARA CALIFICAR LAS OFERTAS RECIBIDAS.
a. Para dejar constancia de la entrega de la oferta, al momento de la presentación de las mismas, el oferente firmará la forma DCYC-RA-I-001 “Constancia de Recepción de Ofertas para Evento de Cotización”; No se aceptará procedimiento distinto para comprobar la entrega de la oferta. Base legal: artículo 54 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
b. La apertura de plicas se efectuará en acto público, transcurridos treinta (30) minutos de la
hora señalada, para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará alguna más; no se aceptan ofertas enviadas por correo, vía fax, correo electrónico. Base legal: artículo 24 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
c. La Junta de Cotización, procederá a efectuar la recepción y apertura de las plicas y en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles adjudicará el evento, debiendo dejar constancia en acta, la que será firmada por los miembros de la Junta de cotización, y se deberá publicar en el portal de Guatecompras, www.guatecompras.gob.gt. En ningún caso se llevarán a cabo adjudicaciones, si existe sobrevaloración del suministro, bien o servicio ofertado. Sobrevaloración significa ofertar un producto, bien, servicio o suministro a un precio mayor al que los mismos tienen en el mercado privado nacional, tomando en cuenta las especificaciones técnicas y la marca del mismo. Base legal: artículo 33 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”
d. El plazo de adjudicación podrá ser prorrogado por la autoridad administrativa superior a petición de la Junta de Cotización. Base legal: artículo 12 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
e. La Junta de Cotización podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y muestras que considere pertinente siempre y cuando se refieran a requisitos y condiciones que hayan sido solicitadas en las presentes bases. Base legal: artículo 27 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
f. La Junta de Cotización calificará las ofertas, tomando en cuenta calidad, precio, tiempo
de entrega, características y demás condiciones consignadas en las presentes bases, para determinar la oferta más conveniente y favorable a los intereses del Estado. Base
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legal: artículos 28 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
g. La Junta de Cotización podrá rechazar sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a los requisitos legales y técnicos de las presentes bases, o que contengan condiciones que sean inconvenientes al Estado. Base legal: artículo 30 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
h. Sí a la convocatoria de la Cotización se presentara únicamente un solo oferente, a este
se le podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de Cotización, la oferta satisfaga los requisitos exigidos en las presentes bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Base Legal: artículo 31 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
i. En el caso de que a la convocatoria a la Cotización no concurriere ningún oferente, la
Junta de Cotización levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de las autoridades superiores. Base legal: artículo 32 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
j. La Junta de Cotización cuando proceda, adjudicará parcialmente, siempre que convenga
a los intereses del Estado. Base legal: artículos 34 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
k. La Junta de Cotización, elaborará el cuadro de adjudicación total o parcial dentro del acta
respectiva, con las características completas, para su publicación. Base legal: artículos 33 y 34 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” y 12 del Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
10. REQUISITOS FUNDAMENTALES
a. Las literales a, b, c, d, e, f, g ,h ,i, j, k del numeral 4. de las presentes bases de cotización, se consideran requisitos fundamentales y su no inclusión dentro de la oferta o la presentación de los mismos sin la totalidad de la información y formalidades requeridas, dará lugar a que la Junta de Cotización, rechace la oferta, sin responsabilidad alguna de
No. Criterio Ponderación
1 Precio 20%
2 Calidad 30%
3 Características 30%
4 Tiempo de entrega 20%
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su parte. Base Legal: artículo 30 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”.
Sin contradecir lo expuesto anteriormente, la junta podrá solicitar que se subsanen los requisitos no cumplidos dentro de un plazo establecido, bajo su criterio y responsabilidad.
b. En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda los dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar.
c. En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá: a) Rechazar la oferta; ó b) Improbar lo actuado.
d. En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser inhabilitado en el Sistema GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación. Base Legal: artículos 19 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado” ; 9 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado” y 2 del Acuerdo Ministerial No. 24-2010, “Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública”.
11. SUSCRIPCION DE CONTRATO ADMINISTRATIVO El contrato administrativo, será suscrito dentro del plazo de 10 días contados a partir de la adjudicación definitiva. Base legal: Artículos 47 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; y 26 del Acuerdo Gubernativo No. 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
12. APROBACION DEL CONTRATO El contrato administrativo será aprobado por la máxima autoridad de la institución, previo deberá constituirse la garantía de cumplimiento correspondiente. Base legal: artículos 48 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del
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Estado”; y 26 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
13. PRÓRROGA DE PLAZO Únicamente se otorgará prórroga de plazo por caso fortuito, de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable al contratista, lo cual será debidamente comprobado por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Base legal: artículos 51 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; y 27 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
14. TERMINACIÓN DEL CONTRATO El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier tiempo y sin responsabilidad de su parte podrá dar por terminado unilateralmente el contrato por las causas que señale la Ley y por las siguientes:
a. Por rescisión acordada mutuamente entre las partes o por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor.
b. Por convenir a los intereses del Estado de Guatemala.
c. Si sufriere embargo de bienes o se entablare algún proceso de ejecución en su contra.
d. Por vencimiento del plazo.
e. Entre otras. 15. RECEPCION Y LIQUIDACION DEL CONTRATO
La autoridad superior nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora. Base legal: artículos 55, 56 y 57 del Decreto No. 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Contrataciones del Estado”; y 30 del Acuerdo Gubernativo 1056-92, “Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado”.
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Formulario de Cotización EVENTO DE COTIZACIÓN
MARN 1 -2012
“ADQUISICIÓN DE FIREWALL DE QUINTA GENERACIÒN PARA USO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES”
Fecha de Entrega: ___________________________
Nombre del Proveedor o Razón Social :
Dirección:
No. Teléfono:
NIT:
Cantidad Descripción
Precio Unitario
Precio Total
Total en Letras:
______________________________________
FIRMA:
Nombre, Razón social, y firma del Representante Legal
DCYC-RA-R-012
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PROYECTO DE CONTRATO
CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO MARN- XXX-DOS MIL DOCE (MARN-XX-
2012).
En el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, el ___ de ______ de dos mil
doce, NOSOTROS: por una parte __________________________, de _____ años, soltero,
guatemalteco, Ingeniero Industrial, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad
número de orden A-uno (A-1) y de registro _________________ (000,000), extendida por el
alcalde municipal de Guatemala, departamento de Guatemala, actúo en nombre del Estado y
en representación del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, según delegación de
firma acordada en el Acuerdo Ministerial número __________-dos mil doce (000-2012) del
catorce de julio de dos mil doce (14/07/2012), emitido por la Ministra de Ambiente y
Recursos Naturales y en mi calidad de Viceministro de Recursos Naturales, personería que
acredito con: a) Acuerdo Gubernativo de nombramiento número ___ (0), del quince de julio
de dos mil doce (15/07/2012); y b) Acta de toma de posesión del cargo del quince de julio
de dos mil doce (15/07/2012), número ciento cuarenta y ocho-dos mil doce (148-2012), que
obra a folio dos mil trescientos cinco (2305) del Libro de Actas de hojas movibles de la
Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, señalo
como lugar para recibir notificaciones la veinte calle, número veintiocho–cincuenta y ocho, de
la zona diez (20 Calle 28-58 Z.10) Edificio MARN, de esta ciudad de Guatemala; y
XXXXXXXXXXXX, de xxxxxx años, Estado civil, guatemalteco, profesión u oficio, de
este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden X-xxx (X-X) y
registro XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (xxxxxxx) extendida por el alcalde
municipal de xxxxxxxxxx del departamento de xxxxxxxx, actúo en calidad de
xxxxxxxxxx y Representante Legal (o a título personal) de la entidad mercantil
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, calidad que acredito mediante acta notarial
que contiene mi nombramiento, autorizada en esta ciudad de Guatemala, el xxxxxxxx de
xxxxxxxl de dos mil xxxxxxx, por el Notario xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y
debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República de Guatemala, bajo el
número xxxxxxxxxxxxxxxxx (xxxxxx), folio xxxxxxxxxx (xxx), del libro xxxx (xxx) de
Auxiliares de Comercio, el xxxxxxxxxx de xxxx de dos mil xxx. Señalo como lugar para
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recibir notificaciones la xxxxx calle, número xxxxxx-xxxxx de la zona xxxxxx de la ciudad
de xxxxxxx, departamento de xxxxxxxx. Nosotros los otorgantes de manera expresa
manifestamos: a) Ser de los datos de identificación personal antes indicados; b) Haber tenido
a la vista los documentos antes individualizados; c) Hallarnos en el libre ejercicio de nuestros
derechos civiles; d) Que en lo sucesivo nos denominaremos indistintamente como: “EL
MINISTERIO” y "EL CONTRATISTA" respectivamente; y e) Que por el presente acto
celebramos CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA ADQUISICIÓN
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PARA USO EN EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y
RECURSOS NATURALES, contenido en las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL:
Este contrato se suscribe con fundamento en los artículos cuarenta y siete (47), cuarenta y
ocho (48), cuarenta y nueve (49) de la Ley de Contrataciones del Estado , Decreto número
cincuenta y siete-noventa y dos (57-92) del Congreso de la República de Guatemala;
veintiséis (26), del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado , Acuerdo Gubernativo
número mil cincuenta y seis-noventa y dos (1056-92); seis (6) literal c) del Reglamento
Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Gubernativo
número ciento ochenta y seis-dos mil uno (186-2001), sesenta y seis (66) de la Ley del
Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2012, Decreto
treinta y tres-dos mil once (33-2011) del Congreso de la República de Guatemala; tres (3) de
las Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública,
Acuerdo Ministerial número veinticuatro- mil diez (24-2010) del Ministerio de Finanzas
Públicas, así como el expediente administrativo que sirvió de base para la adjudicación del
presente contrato. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Declara EL CONTRATISTA que su
representada, se obliga a vender a favor de EL MINISTERIO,
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, según los costos
establecidos en la oferta presentada en el Evento de XXXXX MARN-xxxx xxx-dos mil doce
(MARN-XX-2012); TERCERA: PLAZO DE ENTREGA: El CONTRATISTA se obliga a entregar
la xxxxxxxxxxxxxx indicada, en un plazo que no excederá de xxxxxx (xx) días contados a
partir de la fecha en que se firme y cobre vigencia el presente instrumento. Cualquier atraso
en la entrega que sea imputable al CONTRATISTA, ésta deberá pagar al Estado de Guatemala
una multa por cada día de atraso de conformidad con el porcentaje y forma señalada en el
artículo ochenta y cinco (85), de la Ley de Contrataciones del Estado , Decreto cincuenta y
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siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República de Guatemala, salvo casos
de fuerza mayor debidamente comprobados ante la Dirección General de Administración y
Finanzas del MINISTERIO, por escrito. CUARTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE
PAGO: A) VALOR DEL CONTRATO: El valor total del contrato administrativo por la compra
de xxxxxxxxxxxxxxxx, descritas en la cláusula segunda de este contrato asciende a la
cantidad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX QUETZALES CON
XXXXXXXXXXXXXXX CENTAVOS (Q.XXX,XXX.XX); B) FORMA DE PAGO: El valor total
del contrato será cubierto con cargo a la partida presupuestaria y de la forma que a
continuación se detalla: Un primer y único pago de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
QUETZALES CON XXXXXXXXXXXXXXX CENTAVOS (Q.XXX,XXX.XX), mismo que
conforme a la Ley incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el monto total del presente
contrato se garantiza con Comprobante de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) número
xxxxxxxxxxxxxxxxx (XXXXXXX), con cargo al Código Programático del Presupuesto
General de Ingresos y Egresos del Estado vigente y partida presupuestaria número:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (2012-XXXX-00XX-
000-00-XX-0X-000-00X-000-XXX-0XXX-XX); que serán cubiertos por la Dirección
Financiera de “EL MINISTERIO” dicho pago se hará en moneda nacional, con base a lo
establecido en el contrato, por medio de Comprobante Único de Registro (CUR) y
acreditamiento bancario contra orden de compra; debiendo adjuntar a la misma la factura
respectiva y recibo de caja (caso factura cambiaria) por medio de acreditamiento por parte
de la Tesorería Nacional del Ministerio de Finanzas Públicas a la cuenta bancaria que EL
CONTRATISTA tenga registrada en la Tesorería Nacional. QUINTA: GARANTIA DE
CUMPLIMIENTO: A) Declara XXXXXXXXXXXXXXXXX, en la calidad con la que actúa, que
su representada se obliga a presentar a favor de EL MINISTERIO, previo a la aprobación del
presente contrato, una Fianza de Cumplimiento equivalente al diez por ciento (10%) del
valor total de este contrato, la cual garantiza el fiel cumplimiento de las obligaciones
contractuales establecidas; en tanto dicha fianza no esté aceptada por EL MINISTERIO, no
podrá hacerse ningún pago a EL CONTRATISTA. La fianza de cumplimiento se podrá ejecutar
por parte de EL MINISTERIO, si EL CONTRATISTA incurre en incumplimiento del presente
contrato. Para el efecto correrá audiencia por diez (10) días hábiles a la institución
afianzadora, para que exponga lo que considere legal y pertinente, luego sin más trámite
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ordenará el requerimiento del pago respectivo, el que deberá de hacerse efectivo en el plazo
de treinta (30) días contados a partir del requerimiento, circunstancia que se hará constar en
la póliza; B) EL CONTRATISTA se compromete a proporcionar al Ministerio GARANTIA DE
CALIDAD, por medio del cual se establece xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
SEXTA: DECLARACIÓN JURADA: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en la calidad con la que
actúo declaro BAJO JURAMENTO DE LEY, que en lo personal, ni mi representada, nos
encontramos comprendidas dentro de las prohibiciones contenidas en el artículo ochenta de
la Ley de Contrataciones del Estado, por lo cuál no tenemos ninguna limitación para la
celebración de este contrato. SÉPTIMA: RECEPCIÓN, LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO: La
autoridad administrativa superior del MINISTERIO, nombrará la comisión de recepción y
liquidación, que se encargará de verificar que el producto recibido concuerda con lo ofertado
y adjudicado suscribiendo para el efecto el acta correspondiente. Oportunamente se
procederá a la liquidación correspondiente como lo establece la Ley de Contrataciones del
Estado. OCTAVA: DE LA PRORROGA DE PLAZO: Únicamente se otorgará prórroga de plazo
por caso fortuito, de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a EL
CONTRATISTA, lo cual deberá ser fehacientemente comprobado por este MINISTERIO, previa
solicitud por escrito dirigida a la autoridad administrativa superior, por medio de la cual se
fundamenten los motivos de la solicitud de prórroga; la autoridad determinará si los
argumentos o circunstancias del caso, son válidos y resolverá lo pertinente a la misma.
NOVENA: PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA no podrá vender o ceder a terceros los
derechos provenientes del presente contrato, sino únicamente por causas de caso fortuito o
fuerza mayor y previo consentimiento por escrito de EL MINISTERIO; quedando obligada en
su caso la persona individual o jurídica que adquiera los derechos del presente contrato a
cumplir todos los términos y condiciones que el mismo estipula. DÉCIMA: DISPOSICIONES
GENERALES: Forman parte del presente contrato y quedan incorporados a éste, el
expediente que sirvió de base para el faccionamiento, así como toda la documentación que
se produzca hasta la liquidación final del mismo. DÉCIMA PRIMERA: TERMINACIÓN DEL
CONTRATO: EL MINISTERIO, sin responsabilidad alguna de su parte, podrá dar por
terminado unilateralmente el presente contrato por las causas siguientes: a) En caso de
evidente negligencia por parte de EL CONTRATISTA en la entrega de xxxxxxx, sus
características y cantidades establecidas en la presente negociación, o negativa infundada de
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cumplir con sus obligaciones contractuales; b) Si a EL CONTRATISTA se le embargaren
judicialmente sumas que debieren pagársele por la presente contratación, siempre que le
impida cumplir con sus obligaciones; c) Si así conviniera a los intereses de EL MINISTERIO.
Asimismo, el presente contrato podrá terminar por rescisión acordada mutuamente entre las
partes o por la ocurrencia de casos fortuitos o fuerza mayor. Cuando EL CONTRATISTA diere
lugar a cualquiera de las causales previstas en los incisos: a) y b) El MINISTERIO dictará
providencia señalando el plazo de diez (10) días para que EL CONTRATISTA acompañando las
pruebas y documentos necesarios, exprese lo que estime pertinente en defensa de sus
intereses. Vencido el plazo antes indicado, y dentro del término de tres (3) días, EL
MINISTERIO resolverá de acuerdo con las pruebas presentadas. En caso fortuito o de fuerza
mayor que impidiese a cualquiera de las dos partes cumplir con sus obligaciones, la parte
que se viere afectada dará aviso por escrito a la otra al respecto de tal imposibilidad, tan
pronto se tenga noticia de la causa especificando el o los motivos, en tal caso ninguna de las
partes incurrirá en responsabilidad de incumplimiento. DÉCIMA SEGUNDA: SUJECIÓN A
LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y CONTROVERSIAS. XXXXXXXX, en la calidad con la que
actúa declara expresamente que su representada se somete a las leyes de la República de
Guatemala, en todo lo relacionado a este contrato, teniendo como bien hecha cualquier
notificación o citación en el lugar señalado en el principio de este contrato, salvo que se diere
aviso por escrito a la otra parte respecto del cambio que ocurriere. Así mismo, los otorgantes
convenimos expresamente en las calidades con que actuamos, que cualquier diferencia,
controversia o reclamo que surja entre nuestras representadas, derivados de la
interpretación y aplicación del presente contrato, será resuelto directamente entre las partes
con carácter conciliatorio, pero si no fuera posible llegar a un acuerdo, la cuestión o
cuestiones a dilucidar serán sometidas a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, conforme lo que dispone el artículo ciento dos (102) de la Ley de
Contrataciones del Estado, Decreto número cincuenta y siete-noventa y dos (57-92) del
Congreso de la República. DÉCIMA TERCERA: DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO –
IVA-: Será retenido el veinticinco por ciento (25%) de dicho impuesto, incluido en el monto
total facturado, la totalidad del impuesto retenido será enterado a la Superintendencia de
Administración Tributaria, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes inmediato
siguiente a aquel en que se realice la retención, de conformidad con el artículo veintiocho
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(28) de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio
Fiscal dos mil doce, contenida en el Decreto treinta y tres-dos mil once (33-2011) del
Congreso de la República de Guatemala. DÉCIMA CUARTA: OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS: "EL CONTRATISTA" deberá cumplir con sus obligaciones tributarias que le
correspondan de acuerdo a la legislación tributaria vigente, sin responsabilidad alguna para
“EL MINISTERIO”. DÉCIMA QUINTA: APROBACIÓN: El presente contrato deberá ser
aprobado de conformidad con lo que establece el artículo cuarenta y ocho (48) de la Ley de
Contrataciones del Estado, contenida en el Decreto número cincuenta y siete-noventa y dos
(57-92), del Congreso de la República de Guatemala, cobrando vigencia a partir del día en
que sea notificado EL CONTRATISTA sobre su aprobación. DÉCIMA SEXTA: CLAUSULA
ESPECIAL: ¨CLAUSULA RELATIVA AL COHECHO. Yo el Contratista, manifiesto que conozco
las penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo
III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal.
Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la
entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme,
incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS¨. DÉCIMA SEPTIMA:
ACEPTACIÓN DEL CONTRATO: En los términos y condiciones estipuladas, nosotros los
otorgantes, en las calidades con que actuamos, aceptamos para nuestras representadas el
presente contrato, el cual es leído íntegramente y enterados de su contenido, objeto, validez
y demás efectos legales, lo ratificamos y firmamos, mismo que está contenido en un total
xxxxx hojas de papel bond tamaño carta, impresas únicamente en su lado anverso, con
membrete del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
f) f)
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En el municipio de xxxxxxxx, departamento de xxxxxxxxx, el xxxxxx de xxxxx de dos
mil doce, como Notario DOY FE, que las firmas que anteceden son auténticas por haber
sido puestas este día en mi presencia, por parte de las siguientes personas:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de XXXXX años, soltero, guatemalteco, de profesión , de
este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden A-uno (A-1) y de
registro novecientos treinta y un mil novecientos noventa y cuatro (931,994), extendida por
el alcalde municipal de Guatemala, departamento de Guatemala; XXXXXXXXXXXXXXXXX,
de xxxxxxx años, casado/soltero, guatemalteca, Profesión u oficio, de este domicilio, se
identifica con cédula de vecindad número de orden X-XX (X-xx) y registro
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (xxx,xxx), extendida por el alcalde
municipal de xxxxxxxxxx del departamento de xxxxxxxx, las firmas que legalizo calzan el
CONTRATO ADMINISTRATIVO NÚMERO MARN-XXX UNO-DOS MIL ONCE (MARN-0X-
2011) PARA LA ADQUISICIÓN DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX DEL
MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, suscrito este día entre dichas
personas conforme las calidades y representaciones que ejercen. Los signatarios vuelven a
firmar la presente acta de legalización de firmas, con el infrascrito Notario.
f) f)
ANTE MÍ
f) f)
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MODELO DE ACTA NOTARIAL DE CERTIFICACIÓN DE ACCIONISTAS
ACTA NOTARIAL. En la ciudad de Guatemala, el ________________ de _______de
dos mil doce , al ser las _____________ horas en punto, Yo, __________________,
Notario, constituido en la oficina profesional ubicada en la ______________________,
soy requerido por el señor _________________, quien se identifica con
__________________, y quien actúa en su calidad de ________________ y
Representante Legal de la entidad “____________________, SOCIEDAD ANONIMA”,
calidad que acredita con el Acta Notarial que contiene su nombramiento, autorizada en
esta ciudad el _____________________, por el Notario ______________________, el
cual se encuentra inscrito en el Registro Mercantil General de la República bajo el
número ______________________ de Auxiliares de Comercio, quien bajo juramento,
y enterado de las penas relativas al delito de perjurio manifiesta lo siguiente: con
el objeto de hacer constar lo siguiente: PRIMERO: Manifiesta el requirente, en la calidad
con que actúa, que su representada, la entidad _____________________, SOCIEDAD
ANÓNIMA, fue constituida mediante escritura pública número _________________,
autorizada en esta ciudad el ________________________, por el Notario
_____________________, y la cual se encuentra inscrita en forma definitiva en el
Registro Mercantil General de República bajo el número de registro
______________________de Sociedades Mercantiles. SEGUNDO: Continúa
manifestando el requirente, en la calidad con que actúa, que por el presente acto
CERTIFICA que los accionistas de la sociedad son los señores __________________ y
_______________________, quienes se identifican con ____________________ y
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___________________________________, respectivamente; de acuerdo con el Libro
de Registro de Acciones de la entidad ___________________________, SOCIEDAD
ANÓNIMA que pone a la vista, debidamente autorizado por el Registro Mercantil
General de la República el __________________________, en el que consta el registro
de los títulos de acciones nominativas de la Sociedad. TERCERO: No habiendo más
que hacer constar, doy por terminada la presente, en el mismo lugar y fecha de su inicio,
veinticinco minutos más tarde, la cual queda contenida en dos hojas de papel bond, a la
que se adhieren los timbres de ley. Leo lo escrito al requirente, quien enterado de su
contenido, objeto validez y efectos legales, lo acepta, ratifica y firma junto a la infrascrita
Notaria, que de todo lo actuado DOY FE.
20 calle 28-58, zona 10, Edificio MARN PBX: (502) 24230500
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MODELO DE CERTIFICACION BANCARIA
A QUIEN INTERESE
Por este medio hacemos constar que el señor (NOMBRE COMPLETO), quien se identifica con la cédula de vecindad número de orden X-X registro XXXXXXX, extendida en el municipio de XXXXXXXXXXXXXXXX, del departamento de XXXXXXXXXXXXXXXX/ o en su defecto la información del documento personal de identificación, -DPI-/. (en el caso de una sociedad, deberá consignarse la denominación social y el nombre comercial), es cuentahabiente de la entidad con cuentas tipo (descripción de la cuenta que corresponda, sin identificar el número, de monetarios, de ahorro o a plazo, etc.), las cuales tienen XX de años de haberlas aperturado, en las que maneja un saldo promedio de hasta (poner el número de cifras antes del punto decimal); cifras y según las políticas internas de esta entidad es considerado como un tipo cuentahabiente clase (A; B; C). Asimismo, (Sí o No) posee obligaciones crediticias con el banco, por un saldo de (poner el número de cifras antes del punto decimal), las que conforme a la normativa correspondiente tiene asignada la categoría de deudor de (Categoría A, de riesgo normal; Categoría B, de riesgo superior a lo normal; Categoría C, con pérdidas esperadas; Categoría D, con pérdidas significativas esperadas y Categoría E, de alto riesgo de irrecuperabilidad). La presente se extiende a solicitud del interesado para los efectos legales que correspondan el XX de XXXXX de XXXX. Atentamente,