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TGP U3. JURISDICCION Y COMPETENCIA
JURISDICCION. Etimolgicamente proviene del latn IURISDICTIO,
que se forma de la locucin IUS DICERE que significa decir o indicar
el derecho.
Es la Funcin Pblica de los rganos del Estado para impartir justicia.
Cuatro acepciones como:
- AMBITO TERRITORIAL. Funcin propia del juzgador, del lugar, demar-
cacin o mbito territorial dentro del cual aqul puede ejercer vlida-
mente dicha funcin.
- SINONIMO DE COMPETENCIA. Se refiere a la competencia por razn
de territorio.
- CONJUNTO DE ORGANOS JURISDICCIONALES PERTENECIENTES A UN
MISMO SISTEMA O CON COMPETENCIA EN LA MISMA MATERIA. En el
primer sentido, se suele aludir a la Jurisdiccin Federal, a la Jurisdiccin
del DF, etc.; En el segundo, a la Jurisdiccin Militar, la Jurisdiccin del
Trabajo, la Jurisdiccin Administrativa, etc.
- COMO FUNCION PUBLICA DE HACER JUSTICIA (sentido tcnico y pre-
ciso segn Couture). Es la funcin Pblica de los rganos del Estado
para impartir justicia.
DIVISION DE PODERES (Principio de la). Es uno de los Principios Fun-
damentales de los Estados Democrticos de derecho modernos.
Charles de Secondat, barn de la Brde y de Montesquieu (Francs
1689-1755). Autor de la exposicin ms completa de la Divisin de
Poderes, antes ya plateada por Aristteles, Polibio, Cicern, Marcillo
de Padua, Bodn, Pufferdorf, Bolingbroke y, sobre todo, Locke.
Montesquieu ha tenido diferentes interpretaciones respecto a este
principio (Eisenmann):
- JURIDICO - FORMAL (tradicional). Como una frmula segn la
cual, el poder del estado deba dividirse en tres poderes u rganos
independientes entre s, los cuales tendran que desarrollar, cada
uno en forma separada, sin interferencias entre s, sus propias y
exclusivas atribuciones.
- HISTRICO POLITICA (moderna). El Supremo Poder de la Fede-
racin se divide, para su ejercicio, en legislativo, ejecutivo y judi-
cial; y jams podrn reunirse dos o ms de estos en una sola cor-
poracin.
FUNCION JUDICIAL. Comprende todas las actividades que desem-
pea el poder judicial, ya sea que impliquen o no la decisin sobre
un litigio.
FUNCION JURISDICCIONAL. Se identifica por su contenido y carac-
tersticas propias, con independencia de que el rgano que la lle-
ve a cabo pertenezca o no al Poder Judicial. Se abordan en segui-
da.
JURISDICCION Y OTRAS FUNCIONES DEL ESTADO.