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INSTITUTO PEDAGÓGICO PÚBLICO “INDOAMÉRICA” 2014
MARCO LEGAL VIGENTE
D.S. Nº009 del 09-09-1997: Reglamento De La Ley De Modernización De La Seguridad Social En Salud.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090 del 01-11-1997: Registro De Entidades Empleadoras Que Desarrollan Actividades De Alto Riesgo.
D.S. Nº 003 del 14-04-1998: Normas Técnicas Del Seguro Complementario De Trabajo De Riesgo.
INSPECCIONES
TIPOS DE INSPECCIONES:
INSPECCIONES PROGRAMADAS
GENERALES: para verificar el cumplimiento de la normatividad vigente relativa a la
seguridad y salud en el trabajo.
ESPECIFICAS: para verificar el cumplimiento de determinadas normas relativas a la
seguridad y salud en el trabajo.
INSPECCIONES ESPECIALES
A pedido de parte:
- Trabajador y/o trabajadores
- De un ex trabajador
- De una organización sindical con respecto de los trabajadores a quienes representa
- De un empleador
- De un tercero con legítimo interés
EJEMPLOS:
- Investigación de Accidentes de Trabajo:
- Aprobación de Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad Industrial
- Registro de los Libros de Servicios de Recipientes a Presión
ASPECTOS QUE SE INSPECCIONAN EN LAS VISITAS SOBRE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:
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INSTITUTO PEDAGÓGICO PÚBLICO “INDOAMÉRICA” 2014 Condiciones de seguridad en los Locales de Trabajo
Medidas de prevención y protección contra incendios
Equipos de protección personal
Medidas básicas de Seguridad Industrial en los equipos y maquinarias
Señalización
Riesgos eléctricos
Medidas básicas de Higiene Industrial
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
Registro y autorización de Libro de Servicio de Equipos a presión
Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial aprobado por el MTPE
Constitución del Comité de Seguridad o del Supervisor debidamente nombrado.
Registro y autorización del Libro de Actas del Comité de Seguridad
CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
¿QUÉ ES EL REGLAMENTO INTERNO?
Es el conjunto de normas internas de cumplimiento obligatorio por el personal de la
empresa y de terceros, en el cual se regula todo lo referido a la gestión de la seguridad y
salud en el trabajo y las medidas de seguridad que se debe seguir durante el proceso
productivo y en las actividades conexas, a fin de prevenir riesgos en el trabajo y/o
enfermedades ocupacionales.
OBJETIVOS
– Dictar las normas y disposiciones para su debida aplicación y prevención de los
accidentes derivados de la actividad que realiza la empresa.
– Garantizar las condiciones de seguridad de los trabajadores y terceros en general que
desarrollen su actividad laboral dentro de la empresa.
– Salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y de terceros,
mediante la prevención y la eliminación de las causas que ocasionan los accidentes
de trabajo.
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INSTITUTO PEDAGÓGICO PÚBLICO “INDOAMÉRICA” 2014– Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa con el objeto de garantizar la
fuente de trabajo y mejorar la productividad.
ALCANCES:
Se refiere a quienes se les aplicará el Reglamento interno de SST.
– Trabajadores
– Empleadores
– Supervisores
– Trabajadores destacados, etc
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
De la empresa:
Registros y Documentos:
a) Registro de accidentes y enfermedades ocupacionales.
b) Registro de exámenes médicos.
c) Registro de las investigaciones y medidas correctivas adoptadas.
d) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de
riesgo ergonómicos.
e) Registro de inspecciones y evaluaciones de salud y seguridad
f) Estadísticas de seguridad y salud.
g) Registro de incidentes y sucesos peligrosos.
h) Registro de equipos de seguridad o emergencia
i) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de Emergencia.
De los trabajadores
Se establecerá las obligaciones que tienen los trabajadores respecto al
cumplimiento de las disposiciones contenidas en el reglamento y de las
disposiciones que emanen de la gestión de la SST, establecidas por la empresa
SancionesAquí se establecerán las sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta y teniendo en cuenta lo establecido en el DECRETO LEGISLATIVO Nº 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL Y DECRETO SUPREMO Nº 003- 27/03/1997
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INSTITUTO PEDAGÓGICO PÚBLICO “INDOAMÉRICA” 2014 ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD O SUPERVISOR CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES CIVILES PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS RESGUARDO DE MAQUINAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL PROCESO PRODUCTIVO RIESGOS ELECTRICOS HIGIENE OCUPACIONAL PROTECCION PERSONAL PRIMEROS AUXILIOS
INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE
Asesoría y Defensa del Trabajador Solicitud en Mesa de Partes:
Nº de Expediente Datos del Accidentado Datos del Empleador
Sub Dirección de Inspección en Seguridad Salud y Trabajo
- Asigna un Inspector para la investigación del accidente
La visita se realiza en el lugar del accidente o, si es el caso, en la oficina administrativa
Se levanta el Acta Se entregan copias del acta al recurrente y al empleador
El expediente regresa a la SDISST para la Resolución respectiva
Multa y/o archivo
ACTA DE INSPECCIÓN
Datos donde ocurrió el accidente:
- Razón Social- Dirección- Lugar o sección- Fecha y hora
Datos del Empleador:- Razón Social (RUC)
- Dirección
Datos del trabajador:- Nombre y edad- Antigüedad en el puesto de
trabajo- Descripción de las tareas
realizadas
Datos del accidente:- Circunstancias- Forma de accidente- Agente causante
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INSTITUTO PEDAGÓGICO PÚBLICO “INDOAMÉRICA” 2014- Parte del cuerpo lesionada- Naturaleza de la lesión
Relación laboral:- Planillas
- Boletas de pago- Fecha de ingreso- Ocupación- Remuneración- Jornada laboral
PROBLEMAS PARA INVESTIGAR UN ACCIDENTE DE TRABAJOACCIDENTE TRABAJO
- Razón Social incorrecta: el trabajador no conoce el nombre de su empleador
- Mucho tiempo transcurrido entre la ocurrencia del accidente y la denuncia del
trabajador
- Los testigos señalados por el trabajador se niegan a hablar por temor
- Falsa expectativa que tienen algunos accidentados lo que ocasiona que den datos
falsos
- La mayor parte de los casos son de empresas informales
- El accidente ocurrió en otra provincia.
LEY DE MODERNIZACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Ley Nº 26790 del 14 de mayo de 1997
En su artículo 19, dispuso la sustitución del régimen del Decreto Ley Nº18846 Ley de
accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por un nuevo sistema denominado Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo
REGISTRO DE EMPRESAS DE ALTO RIESGO
- La Resolución Ministerial Nº 090 del 31-10-97 crea el registro de entidades empleadoras que
realizan actividades de alto riesgo
Dichas empresas tienen la obligación de inscribirse en la Sub-Dirección de Registros y Pericias del MTPE. (Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo)
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OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EMPLEADOR
1) Inscribirse en el registro del MTPE (Act. Trab. Riesgo)
2) Verificar que todos los trabajadores destacados en su centro de labores estén
debidamente asegurados
¿QUE SUCEDE SI EL EMPLEADOR INCUMPLE?
Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que hubiere lugar, será responsable frente a
ESSALUD Y ONP por el costo de las prestaciones que dichas entidades otorgaran en caso de
siniestros al trabajador afectado, independientemente de su responsabilidad civil frente al
trabajador, o sus beneficiarios, por los daños y perjuicios irrogados.
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