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INFORME 01-0001LIBROS CONTABLES1. INFORMACIN Sunat flexibiliza las disposiciones sobre los libros electrnicos1Domingo, 25 de enero del 2015Solos los contribuyentes del rgimen general con ingresos mayores a S/. 570,000 estn obligados a usar la contabilidad electrnica2.Mediante la Resolucin de Superintendencia N 18-2015/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano, se divide en dos grupos el total de contribuyentes obligados a llevar de manera electrnica el Registro de ventas e ingresos y el Registro de compras segn sus ingresos del ao 2014: Contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta con ingresos mayores a 150 UIT (S/. 570,000), obligados a partir de enero del 2015. Contribuyentes del Rgimen Especial o Rgimen General del Impuesto a la Renta con ingresos iguales o mayores a 75 UIT (S/. 285,000), quienes se encontrarn obligados recin a partir de enero del 2016.Sunat reitera que al sustituir los tradicionales libros manuales o impresos por un libro electrnico, el contribuyente se beneficia con diversos ahorros, entre los que destacan los gastos de impresin (papel, cinta de impresin o cartucho de tinta), as como de varios costos vinculados (legalizacin, empastado y almacenamiento por 5 aos). Los contribuyentes obligados a llevar sus registros de manera electrnica pueden acudir al Programa de Libros Electrnicos (PLE) disponible en el portal de Sunat y el sistema de llevado de libros electrnicos en la misma web.2. REQUISITOS2

1. RUC activo2. Pertenecer al rgimen general o especial del Impuesto a la Renta3. No haberse afiliado al sistema virtual, entre otras medidas.

3. DATOS ADICIONALES3Si me he acogido al Rgimen General a ms de 150 UIT (S/. 570,000), debo llevar CONTABILIDAD COMPLETA. Asimismo, debe llevar adicionalmente cualquier otro libro especial a que estuviera obligada debido al tipo de organizacin o a otras circunstancias particulares (planillas, actas, etc.). TRIBUTOS AFECTOS Por su actividad econmica:IGV : 18% de las ventas mensuales con derecho a deducir crdito fiscal. RENTA : Declaracin y pagos a cuentas mensuales, de acuerdo con alguno de los siguientes sistemas de clculo: Sistema A) : Mtodo del Coeficiente sobre los Ingresos Netos mensuales Sistema B) : Mtodo del 2% de los Ingresos Netos mensuales Declaracin anual y pago de regularizacin: 30% sobre la renta neta imponible. Adicionalmente, de corresponderle, debe realizar el pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).ISC : Slo si estuviera afecto. La tasa del impuesto, es de acuerdo con las tablas anexas de la Ley del IGV e ISC.Si tiene trabajadores dependientes: Contribuciones al ESSALUD: 9% RETENCIONES A EFECTUAR: De ser el caso, debe cumplir con efectuar las retenciones correspondientes a las rentas que abone por segunda, cuarta y quinta categora, aportes a la ONP, as como a los contribuyentes no domiciliados.4. TIEMPO, COSTO Y CONTACTOSSi se consigue el RUC en el mes de marzo puede contar con los libros contables electrnicos ese mismo mes. En el caso de Libros Contables Electrnicos no es necesario legalizarlo, es decir, no tiene costo. Mayor Informacin: 315-0730 Sunat 5. BIBLIOGRAFIA1 http://gestion.pe/economia/sunat-flexibiliza-disposiciones-sobre-libros-electronicos-21214502 http://gestion.pe/economia/mayoria-empresas-estan-obligadas-usar-libros-electronicos-2119357

3 http://elbuencontribuyente.com/index.php/submit-an-article/inicio/88-regimen-general-del-impuesto-a-la-renta


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