VICEMINISTERIO DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD FISCAL
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN PRESUPUESTARIA
La Paz, Julio de 2015
CAPACITACIÓN FORMULACIÓN
PRESUPUESTARIA 2016
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EL MEFP DEBE PRESENTAR A LA ALP EL PROYECTO DE LEY DEL PGE, 60 DÍAS ANTES DE LA FINALIZACIÓN DE CADA GESTIÓN FISCAL.
Marco Normativo
Art. 321La determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica y ejecutiva estatal.El PGE considera a todas las entidades del Sector Público y es aprobado por Ley de ALP.
Art. 114El proceso presupuestario de las ETAs está sujeto a las disposiciones legales, las directrices y el clasificador presupuestario emitidos por el Nivel Central del Estado.
Proceso de Planificación
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AGENDA PATRIÓTICA 2025
PGDES
PDDEs
PDMs
LARGO PLAZO
MEDIANO PLAZO
POA CORTO PLAZO
NACIONALNACIONAL
DEPARTAMENTAL
DEPARTAMENTAL
MUNICIPALMUNICIPAL
PLANES
PLANES SECTORIALES
ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL
Plan de Desarrollo Municipal
1. Preparación y organización
2. Diagnóstico
3. Formulación de la estrategia
4. Plan de Desarrollo Municipal y Presupuesto
Plurianual
5. Ejecución y administración del POA y
Presupuesto Anual
Articulación de la Planificación
Enmarcado en:
Sistema de Planificación Integral Estatal
Sistema Estatal de Inversión y Financiamiento para el
Desarrollo
5PDM = 5 POAs
Proceso que comprende las siguientes etapas:
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Medidas de Desempeño
Planificación Estratégica
Impactos
Resultados
Productos
Insumos
Misión Visión
Objetivos
Programas
Acciones (Proyectos y Actividades)
Planeamiento Estratégico
PEI - Plan Estratégico Institucional
Plan Operativo Anual
Es un instrumento de gestión que permite:• Identificar los objetivos y
metas de un municipio o institución,
• Definir las operaciones necesarias para el cumplimiento del Plan Operativo Anual,
• Determinar los recursos y el tiempo de ejecución para cada operación (proyectos y actividades),
• Designar responsables para el desarrollo de las operaciones,
• Establecer indicadores de eficiencia y eficacia.
Competencias asignadas
Disponibilidad Financiera
Plan Estratégico Institucional
Considerando:
Presupuesto Municipal
PRESUPUESTO MUNICIPAL
Entidades Descentralizadas y Desconcentradas
Presupuesto del Ejecutivo
Municipal
Registro en el Sistema Oficial
Aprobación por el Concejo Municipal
Presentación al MEFP
Empresas Municipales
PRESUPUESTO MUNICIPAL
CONSOLIDADO
Presupuesto del Concejo Municipal
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PRINCIP
IOS D
E COORDIN
ACIÓN
Y SOSTENIB
ILIDAD
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Responsabilidades del Órgano Ejecutivo (OE) - Ley Nº 482
Elaborar el Presupuesto del Órgano Ejecutivo, el cual debe incluir el Presupuesto de las Empresas y Entidades de carácter desconcentrado y descentralizado.
Consolidar el presupuesto del Concejo Municipal al proyecto de Presupuesto Municipal.
Presentar al Concejo Municipal (CM) el POA y Presupuesto Municipal consolidado para su consideración y aprobación mediante LEY MUNICIPAL.
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Responsabilidades del Concejo Municipal (CM) - Ley Nº 482 GAM
Elaborar su presupuesto bajo los principios de coordinación y sostenibilidad, aprobarlo y remitirlo al Órgano Ejecutivo Municipal para su consolidación.
Aprobar dentro de los (15) días hábiles de su presentación el POA y Presupuesto Municipal presentados por el Alcalde.
Autorizar la creación de Empresas Públicas y Entidades Descentralizadas Municipales en su jurisdicción.
Inicio POAInformes
Priorización de la
DEMANDA
Proyecto de POA y
Presupuesto
•Evaluación de Ejecución del POA (Diagnóstico)
•Formularios de demanda
•Disponibilidad de Recursos
•Priorización y socialización de la demanda
•Presentación y concertación del proyecto POA y Presupuesto
Modelo de Gestión Municipal Participativa
• Informe del avance de la ejecución del POA (Ejecutivo, Concejo, Control Social, Educación y Salud) - Diagnóstico
• Capacitación sobre la Priorización en el marco del PDM y PEI (Formularios de demanda)
CUMBRE 1
• Disponibilidad de Recursos (Techos)• Priorización de la demanda social
(proyectos) para su consideración en el POA• Socialización de la oferta municipal y la
demanda concertada de Salud y Educación
CUMBRE 2
• El ejecutivo presenta el proyecto del POA y Presupuesto, el mismo recoge las demandas priorizadas por las OTBs., la oferta municipal concertada, los gastos obligatorios y recurrentes en el marco de las competencias municipales y la visión de desarrollo
• Concertación del POA y Presupuesto
CUMBRE 3
Ingresos de los Gobiernos Autónomos Municipales (GAM’s)
• Coparticipación Tributaria (41-113
• IDH (41-119)• HIPC (44-115)• IPJ (41-120)
Transferencias TGN
• Recursos Específicos• Donaciones• Crédito• Transferencias• FPS – FNDR• Regalías Mineras• Patentes (Petroleras y
Forestales)• Activos Financieros (Saldos Caja
y Bancos, Cuentas por Cobrar y Anticipos Financieros)
Otros Ingresos
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Art. 115, VII, Ley 031.- Las transferencias estimadas de los ingresos nacionales para las entidades territoriales autónomas en el PGE, no constituyen compromisos o deudas por parte del TGE.
• IVA
• RC – IVA
• IRPE (IUE)
• IT
• ICE
• Gravamen Aduanero Consolidado (GAC)
• Impuesto a las Salidas al Exterior
• Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (sucesiones)
20%
5%
75%
Coparticipación Tributaria
Porcentaje de
distribución
Transferencias del nivel Central del Estado equivalentes al 20% de la recaudación en efectivo de los siguientes tributos
DISTRIBUCIÓN AUTOMÁTICA
Distribución de acuerdo al numero de habitantes según el CNPV
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Gobiernos Departamentales
Impuesto Directo a los Hidrocarburos
Transferencias del nivel Central del Estado provenientes del 32% del valor de producción de los hidrocarburos
DS 28421 DISTRIBUCIÓN 12.5% a los deptos. productores (Chuquisaca, Cbba, Sta.Cruz, Tarija) 31.25% a favor de los departamentos NO PRODUCTORES (6.25% cada uno) Nivelación al depto. productor con ingresos menores al no productor. TGN 56.27% (Fondo de Comp., Fondo Indígena, Policía y FFAA y otros)
24,39%
66,99%
8,62%
Del 100% que recibe cada departamento
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20%
10%
70%
Diálogo Nacional 2000 HIPC II
Desembolsos anuales en forma automática, en cuotas mensuales iguales, calculadas al inicio de cada año, a tres cuentas fiscales.
Una vez se apropien los recursos para cubrir los Ítems de Salud y Educación,
Infraestructura Productiva y Social (índices de pobreza) Educación (matrícula estudiantil)
Salud (percápita)
27.000.000 Sus5.000.000 Sus
Primer año 15 años
Horizonte de asignación de recursos (Aportes Anuales, Ley Nº 2235 de 31 de julio de 2001)
Recursos Específicos generados por los GAMs
Tributarios
Impuestos
Tasas y Patentes
• Propiedad de Inmuebles• Propiedad de Vehículos Automotores• Transferencias de inmuebles y vehículos• Al consumo específico sobre la chicha de maíz.• Afectación del medio ambiente por vehículos automotores
Ley Municipal, debe contar con un informe técnico favorable del MEFP
No Tributarios
• Venta de Bienes y Servicios• Derechos• Multas y Sanciones• Otras que resulten de la actividad propia de la municipalidad
Recursos Específicos (Propios)
• Por la prestación de servicios• Por la actividad económica
Gastos de los GAMs
FUNCIONAMIENTO25% de CT+RP+HIPC
(como base de cálculo)
DE CAPITAL
Proyectos de Inversión
Actividades
Recurrentes
Elegibles
Transferencias
Servicio de la Deuda
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Disposición Transitoria Novena,
Ley Nº 031
Gasto de funcionamiento
FINANCIAMIENTO .
Recursos Específic
os
Copart. Tributar
ia
Rec. Específicos
Copart. Tributar
ia
HIPC II
25% Funcionamient
o
CÁLCULO
NOTA.- No se deben utilizar para el cálculo: Saldos de Caja y Bancos, Cuentas por Cobrar, Anticipos Financieros, ni los recursos provenientes de Patentes Forestales otorgadas por la ABT.
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Gastos obligatorios por Norma Específica
• 30% del IDH (No Compensación) (Ley 3791 y D.S. Nº 29400)
Renta dignidad
• 0,2% del IDH (No Compensación) (D.S. Nº 859)Fondo de Fomento a la Educación Cívico Patriótica
• =< 50.000 habitantes (Mínimo 5%)• > 50.000 habitantes (Mínimo 10%)• Previa deducción del 30% de la Renta Dignidad (no se incluye en el cálculo la Compensación del IDH)
Seguridad Ciudadana
• CT, RE, HIPC, IDH (Ley Nº 602)Gestión de Riesgos
• CT , RE (Ley Nº 341)Participación y Control social
• CT, RE (Ley Nª 548) Defensa y Protección
de la niñez y adolescencia
• 15,5% CT o su equivalente de IDH(Ley N° 475)Prestaciones de
Servicio de Salud Integral
• CT, RE , IDH 10% de Seguridad Ciudadana (Ley Nº 348 y D.S. Nº 2145)
Políticas de Género para Garantizar a las Mujeres
una Vida Libre de Violencia
Apoyo al Deporte • 3% CT (Ley Nº 2770)
Gastos recurrentes por competencias
Mantenimiento de Agua
Potable
Mantenimiento de
Infraestructura Urbana
Apoyo al Funcionamien
to Red de Servicios de
Salud
Mantenimiento
Alumbrado Público
Mantenimiento caminos vecinales
Apoyo Funcionamiento de
EducaciónMantenimiento y Equip. Unidades
Educativas
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Nota de presentación firmada por el Alcalde, en original.
Norma de Aprobación (LEY MUNICIPAL) del Concejo Municipal (Original o copia legalizada).
Pronunciamiento de la instancia de Participación y Control Social (Original o copia legalizada).
El requerimiento de registro de proyectos de inversión debe ser remitido al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Los GAM´s deben registrar su Presupuesto de la Gestión 2016 en el SISTEMA DE GESTIÓN PÚBLICA - SIGEP.
Documentos a Presentar
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Presentación POA y Presupuesto
ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO
Resumen Ejecutivo
Base Legal Vigente
Resumen del Análisis de la Situación y el Entorno
Objetivos de Gestión articulados con los Planes de Desarrollo y sus Indicadores Pertinentes
Programación de Operaciones para Alcanzar los Objetivos de Gestión.
Formulario de Articulación POA – Presupuesto.
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Presentación POA y Presupuesto
Documentación ComplementariaPlanilla Presupuestaria
Escala Salarial (Aprobada)
Estructura Organizativa Vigente (Organigrama)
Memorias de Cálculo de las estimaciones de recursos y gastos y cronogramas del servicio de la deuda (acreedores).
Convenios y/o normativa legal que respalden créditos y donaciones , incluida la certificación de recursos del VIPFE.
Documentación de respaldo de las transferencias por recibir y otorgar.
Plan de Inversión con recursos del IDH
• Los proyectos del Programa Bolivia Cambia deben
ser solicitados por la UPRE
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Recomendaciones Generales
En la formulación del POA no se distribuyen recursos por habitante, se priorizan obras en el marco de la VISIÓN DE DESARROLLO.
No se debe atomizar la inversión.
Los proyectos deben inscribirse en el VIPFE en función a un perfil mínimo (carpeta), por tanto el presupuesto asignado debe permitir su ejecución.
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Recomendaciones Generales
Se deben realizar proyecciones de saldos de caja y bancos conservadoras, recordando que no se pueden realizar disminuciones de presupuesto.
Los anticipos financieros, deben estar
debidamente justificados y contar con sus respectivas proyecciones.
La compra de vehículos debe contar con la autorización de la Máxima instancia resolutiva y requisitos establecidos en el D.S. N° 2063 de 23/07/2014
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Otras Recomendaciones
Los rubros 15900 (Otros Ingresos) y 13390 (Otros Impuestos) deben estar debidamente justificados.
Las patentes forestales serán registradas de acuerdo a proyección de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT) y no deben ser destinadas a financiar gastos de funcionamiento.
La escala salarial debe ser aprobada expresamente.
Las transferencias público privadas deben ser aprobadas por norma expresa.
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Directrices para la Separación
Administrativa de Órganos y Clasificación
institucional de Entidades y Empresas
MunicipalesResolución Ministerial Nº 726 de
05/08/2014
Separación Administrativa de Órganos
Obligatoria para GAMs
con población mayor a 50.000
habitantes
Ámbito de aplicación
A través de la creación de Direcciones Administrativas
(DAs)
La Máxima Autoridad Ejecutiva del Concejo
solicitará la habilitación de un gestor de usuarios para
la administración de:
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SIGEP - SIGMASISTEMA OFICIAL
DE GESTIÓN FISCAL
SICOESSISTEMA
INTEGRADO DE CONTRATACIONES
DEL ESTADO
Para los otros GAMs ésta podrá ser de carácter progresivo en función de su
capacidad administrativa y
financiera.
Reglamentos Específicos
El GAM elaborará un Reglamento Específico para
cada sistema de Administración
Gubernamental de la Ley Nº 1178, de acuerdo a los modelos aprobados con
Resolución Ministerial Nº 20 de 15 de enero de 2015.
Los Reglamentos Específicos serán
consolidados y remitidos al Órgano
Rector para su compatibilización y posterior revisión,
aprobación e implementación.
Para los 24 municipios con población mayor a 50.000 habitantes el plazo venció el 14 de
abril.
Incorporando al CM, de acuerdo al modelo aprobado por el
Órgano Rector
En tanto los GAMs no elaboren o aprueben sus Reglamentos Específicos, se utilizarán los
vigentes a la fecha.33
Características - Entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Empresas Municipales
EN
TID
AD
ES
D
ES
CO
NC
EN
TR
AD
AS
1. No tienen Código Institucional
2. No tienen Personería Jurídica
3. No tienen Directorio
4. No tienen Patrimonio (GAM)
5. Independencia Adm., Fin., legal y Tec.
6. La MAE es el Alcalde
7. Formulan su Ppto. dentro la estructura del GAM mediante DAs diferenciadas. E
NTID
AD
ES
D
ES
CE
NTR
ALI
ZA
DA
S
1. Tienen Código Institucional asignado por el GAM
2. Tienen Personería Jurídica
3. Tienen Directorio4. Tienen Patrimonio
Propio5. Su independencia,
está sujeta a su norma de aprobación
6. La MAE la designa el Alcalde mediante norma de cada GAM
7. Formulan su Ppto. en el mismo sistema del GAM al que pertenece. E
MPR
ES
AS
PÚ
BLI
CA
S
1. Se hallan constituidas con capital del GAM
2. Tienen Código Institucional asignado por el GAM
3. Su estructura empresarial estará sujeta a las normas de su creación y el desarrollo de sus actividades al control del GAM
4. Tienen Directorio5. Deben realizar sus
actividades con criterios de eficiencia económica y administrativa, y tener la capacidad de ser autosostenibles.
6. Formulan su Ppto. en el mismo sistema del GAM al que pertenece*.
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© 2015 Copyright MEFP-UETwww.economiayfinanzas.gob.boTelf. 2203434 int. 483, 375 y 378
Fax 2203557
Gracias…