Entorno Económico de México
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Objetivo de la sesión:
Al finalizar la sesión, los estudiantes examinarán los principales tratados
internacionales de México.
Contextualización El desarrollo económico es el principal medidor del bienestar de un país y,
cuando se presenta, resulta atractivo para otros países, porque pueden vender
en estos mercados y porque pueden llegar a invertir para hacer nuevos negocios
que, de otra manera, no podrían realizar. Los tratados de libre comercio y otros
acuerdos favorecen el intercambio de negocios y las inversiones transfronterizas. Los países deben salvaguardar el bienestar de su población en otros ámbitos,
como el nivel de infraestructura carretera, el cuidado de áreas verdes, la
seguridad, la legalidad, el estado de derecho, la convivencia en paz.
La globalización es ya una realidad, los tratados internacionales la favorecieron
en todos los ámbitos, ahora es un movimiento que se da por sí solo, impulsado
tanto por las decisiones personales y empresariales que aprovechan los caminos
abiertos por los tratados y como por las iniciativas que sus gobiernos tienen.
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Introducción al Tema Después de haber analizado el Tratado de Libre Comercio de América del Norte,
suscrito por México, Estados Unidos y Canadá y el preocupante TPP, analizarás
ahora la situación comercial con otras regiones.
En el derecho internacional, parecen necesarias las figuras de tratados de libre
comercio para poder realizar operaciones comerciales y mercantiles. También
son necesarios los tratados para reducir costos y facilitar la adaptación de
empresas a nuevos países.
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Explicación 6.2 Tratado de Libre Comercio con la Comunidad Europea
A la firma del TLCAN siguió inmediatamente la negociación con la Comunidad
Europea, aprovechando todos los aprendizajes
y buscando aplicar la misma apertura y los
mismos principios comerciales, económicos y
financieros.
El 13 de mayo de 1996, el Consejo de
Asuntos Generales de la Unión Europea
aprobó el mandato de negociación para el
nuevo acuerdo entre la Unión Europea (UE)
y México.
Las negociaciones de dicho acuerdo comenzaron en octubre de 1996 y
finalizaron en julio de 1997.
El 8 de diciembre de 1997, México y la Unión Europea firmaron un acuerdo
compuesto de tres instrumentos que servirían como fundamento legal para la
nueva relación bilateral: el Acuerdo Global, que sienta las bases para la
negociación del tratado de libre comercio (TLC) entre México y la Unión
Europea; el Acuerdo Interino, que establece los mecanismos y el formato
para lograr la liberalización comercial; y el Acta Final.
El Acuerdo Interino, vigente hasta la ratificación del Acuerdo Global, permitiría
a las partes aplicar con rapidez las disposiciones de aquél referidas al
comercio de bienes y cuestiones relacionadas con el comercio.
Fue aprobado por el Senado Mexicano y por el Parlamento Europeo el 23 de
abril de 1998 y el 13 de mayo de 1998, respectivamente. Después del
intercambio de los instrumentos de ratificación correspondientes entre las
partes, el Acuerdo entró en vigor el día 1º de julio de 1998.
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Con la primera reunión del Consejo Conjunto, el 14 de julio de 1998, se marcó
oficialmente el inicio de las negociaciones para establecer una zona de libre
comercio. Nueve rondas de negociación se llevaron a cabo, entre noviembre
de 1998 y noviembre de 1999. Las negociaciones del TLC México-UE
concluyeron el 24 de noviembre de 1999.
El Acuerdo de Asociación Económica,
Concertación Política y Cooperación
(Acuerdo Global) que establece los
objetivos y mecanismos para la
liberalización del comercio de bienes
y de servicios, fue aprobado por el
Parlamento Europeo el 6 de mayo de
1999 y por el Senado de México el
20 de marzo de 2000. La parte
relativa al comercio de bienes del
TLC, establecida por la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto CE-México,
entró en vigor el 1º de Julio de 2000.
El acuerdo fue adoptado por el Consejo Europeo el 28 de septiembre de 2000
y después de la notificación de las partes de la finalización de sus
procedimientos legales internos necesarios para la entrada en vigor, comenzó
a regir el 1º de octubre de 2000.
Las medidas de liberalización del comercio de servicios, inversión, así como
de las medidas relativas a la propiedad intelectual, establecidas por la
Decisión 2/2001 del Consejo Conjunto CE-México, entraron en vigor el 1º de
Julio de 2000.
En términos de cobertura, el acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y
México es amplio. El paquete de medidas recogidas en las dos decisiones del
Consejo Conjunto incluye:
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COMERCIO DE BIENES
Productos industriales
El paquete de medidas industriales, que incluye tanto las barreras
arancelarias y medidas de efecto equivalente como las normas de origen, tiene
por objetivo conseguir un acceso efectivo al mercado para los productos
de las dos partes. Por lo que respecta a los productos industriales que
constituyen más del 90% del comercio bilateral total de mercancías, la
liberalización cubre la totalidad de los productos, y se realizó progresivamente
durante un período transitorio de 7 años.
La Unión Europea abrió su mercado muy rápidamente, eliminando los aranceles
para el 82% de las mercancías mexicanas el 1 de julio de 2000 y sucesivamente
liberalizando todos los productos industriales a partir del 1 de enero de 2003.
México, por su parte, ya desde el 1 de Julio de 2000 eliminó los aranceles para
la mitad de los productos industriales europeos (48%). Para la otra mitad de los
productos la liberalización fue progresiva, alcanzando a cubrir el 100% a partir
del 1 de enero del 2007.
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Adicionalmente, México ha firmado otro acuerdo con Europa.
En mayo de 2000, México y los Estados de la Asociación de Libre Comercio
(AELC), mejor conocida por sus siglas en inglés, EFTA (European Free Trade
Association), se reunieron en Ginebra, Suiza, con el objeto de iniciar una serie
de consultas técnicas bilaterales para la posible negociación de un tratado de
libre comercio (TLC). Los Estados de la AELC son la República de Islandia, el
Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega y la Confederación Suiza.
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El Tratado de Libre Comercio México-AELC fue suscrito el 27 de noviembre de
2000 en la Ciudad de México.
El TLC México-AELC entró en vigor el 1o de julio de 2001. El acuerdo incluye un
texto común más acuerdos bilaterales sobre comercio de productos agrícolas
entre México y cada uno de los Estados de la AELC.
6.3 Tratados de Libre comercio con el bloque Asiático Tratados de Libre
comercio con el centro y Sur América
Tratados con el bloque Asiático
México todavía se encuentra negociando acuerdos con
diferentes países de Asia, como son India, China,
Corea del Sur y Singapur.
México encuentra altamente competitivos a la mayoría
de los países emergentes chinos y pareciera que
México busca ampliar sus posibilidades de exportación
(por ejemplo, de vehículos y de carne de cerdo), cediendo en algunos puntos en
la importación de algunos productos competidores asiáticos (sobre todo chinos),
como es el caso de la industria del vestido y del calzado, de materia prima para
los circuitos electrónicos y de autopartes, entre muchas otras.
Tratados con Centro y América del Sur
El principal acuerdo que tiene México es a
través del Mercosur y de otros acuerdos como
el del Triángulo del Norte, con Guatemala, El
Salvador y Honduras. A través del Mercosur
(Brasil, Argentina, Uruguay, Venezuela),
México accede a otros acuerdos propios del
Mercosur.
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En 2015 se aprobó el importante Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de
Cooperación Económica, que ya se mencionó en la sesión anterior.
En busca de la integración comercial latinoamericana, en 1980 se creó la
Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) por el Tratado de
Montevideo, entre cuyos objetivos se encuentran: establecer a largo plazo, en
forma gradual y progresiva, un mercado común latinoamericano a través del uso
de tres instrumentos o mecanismos, principalmente:
México, al igual que los otros países miembros de la ALADI (Argentina, Bolivia,
Brasil, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela),
tiene acceso arancelario preferencial en esos países, aunque varía según el
mecanismo de preferencia comercial utilizado.
A continuación se detallan los principales:
Preferencia arancelaria regional
Se conoce como PAR y consiste en la preferencia mínima que otorga un país a
otro y que aparece como preferencia generalizada, es decir, cada país signatario
se comprometió a otorgar a sus contrapartes un descuento (preferencia) de
cierto porcentaje a su arancel general de importación, según el grado de
desarrollo industrial particular.
Por tanto, los países miembros de la ALADI proporcionan una preferencia a
todos los productos que importan en el marco de la misma, sin embargo, cada
país publica una lista de excepciones, es decir, productos que no tienen
preferencias por considerarse que afectan a una industria.
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En consecuencia, es necesario revisar esta lista del país importador para saber
si el producto que se desea exportar se encuentra exceptuado de la preferencia;
en caso contrario, se aplica la PAR de la manera siguiente:
Preferencia arancelaria regional que los países miembros de la ALADI conceden
a los productos exportados de México
Acuerdos de Complementación Económica
Un ACE es una alianza bilateral o multilateral que tiene como objetivo promover
el máximo aprovechamiento de los factores de producción y estimular la
complementación económica.
Este tipo de acuerdos, a diferencia de los Tratados de Libre Comercio (TLC's) no
incluyen todas las disciplinas comerciales, ni el universo de la tarifa.
Es un mecanismo para promover la integración económica, que es la finalidad
esencial del Tratado de Montevideo. Un ACE tiene, entre otros, los siguientes
objetivos:
1. Intensificar las relaciones económicas y comerciales entre los países
signatarios.
2. Elevar al máximo posible y diversificar el comercio recíproco entre los
países signatarios.
3. Coordinar y complementar las actividades económicas, sobre todo en las
áreas productivas de bienes y servicios.
4. Estimular las inversiones encaminadas a aprovechar intensivamente los
mercados y la capacidad competitiva de los países signatarios en las
corrientes de intercambio mundial.
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5. Facilitar la creación y el funcionamiento de empresas bilaterales y
multilaterales de carácter regional.
Actualmente, México cuenta con 6 Acuerdos de Complementación Económica
(ACEs):
Acuerdos de alcance parcial. Son los que se suscriben bilateralmente y
pueden ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios y de
promoción del comercio, entre otros.
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Conclusión Posiblemente la apertura de tantos países a tantos tratados comerciales ha
desembocado en la crisis económica y de corrupción. Tal vez los tratados
comerciales deben ir acompañados de una capacitación especial a la población
o de protecciones adicionales.
Lo cierto es que es importante ser optimistas y que podemos reconocer que
México es un país lleno de oportunidades económicas, lleno de oportunidades
de trabajo y lleno de recursos, lo importante es lo que los mexicanos hagamos
con ellos.
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Para aprender más Somos Mercosur. (s/f). Consultado el 25 de noviembre de 2015:
http://www.somosmercosur.org
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Actividad de Aprendizaje Instrucciones:
Contesta las tres siguientes preguntas. Escribe las respuestas en dos cuartillas,
más una introducción y una conclusión.
1. ¿Qué tipos de tratados o acuerdos internacionales hay? Describe cada
uno.
2. ¿Cuáles son los acuerdos que tiene México con el Mercosur? ¿Qué
beneficios tiene para la economía mexicana?
Una vez estructurado el material, guarda el archivo para anexarlo a la
plataforma de la asignatura y se tomará en cuenta lo siguiente:
Elemento a evaluar Valor
Portada. Datos Generales 5 Uso de tipografía Arial 11 puntos, texto justificado, espacio sencillo, títulos y subtítulos en negritas
15
Estructura y Desarrollo de preguntas 40 Profundidad de análisis 30 Ortografía 10
TOTAL 100
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Bibliografía y Cibergrafía European Council. (s/f). Council discusses integration of migrants and
refugees. Consult ado el 25 de November de 2015: www.sice.oas.org
World Trade Organization. (2015). Consultado el 25 de noviembre de
2015: www.wto.org