Download - Diapositivas impuestos
En seguimiento de los diferentes elementos
normativos sobre impuestos en Colombia, las
empresas de economía solidaria presentan las
siguientes Situaciones.
Considerando que las empresas de economía solidaria cumplen una
función social de beneficio a la comunidad, supliendo deficiencias del Estado,
tienen un tratamiento preferencial en
materia de impuesto a la renta.
Las entidades que conforman el sector
solidario son agentes de retención de
este impuesto pero en lo que respecta al
tratamiento de los pagos que se
efectúen a su favor, dependen de la condición que para el efecto tengan
en materia de impuesto a la
renta.
son responsables de este impuesto si
venden productos o servicios gravados por la ley. Estas
entidades sólo pueden encontrar un beneficio tributario en esta materia sólo
cuando sus operaciones estén excluidas o
exentas.
Las cooperativas con actividad financiera deberán
aplicar este impuesto y serán sujetas del mismo en sus operaciones con
otras entidades. Así mismo, cualquier entidad de economía solidaria es sujeto pasivo cuando disponga de
recursos en sus cuentas de ahorro o Corrientes.
Es un impuesto que grava la posesión de bienes y derechos apreciables en
dinero de los contribuyentes del impuesto de renta. Todas las
entidades de economía solidaria están obligadas a
liquidar este impuesto, pero no lo son los fondos de empleados que tienen la
calidad de no contribuyentes.
Sólo en los casos en que las normas tributarias locales presenten exenciones o tratamientos especiales
podrán a acceder a dichos beneficios las empresas de
economía solidaria.