Transcript

Control de lectura.Arturo Muoz QuinteroImportaciones.La importacin es la operacin mediante la cual se somete a una mercanca extranjera a la regulacin y fiscalizacin tributaria, para poderla despus libremente destinar a una funcin econmica de uso, produccin o consumo.Esta operacin puede recaer en distintos tipos de objetos transportables y se materializa al momento de pasar la lnea aduanera (territorio aduanero) e introducirla a consumo en el interior del pas. Segn su destino o funcin, se distinguen las importaciones definitivas y las temporales, conocidas tambin como de perfeccionamiento industrial o de rgimen suspensivo.El ttulo cuarto de la Ley Aduanera est determinado a los regmenes aduaneros. Por lo que respecta a las mercancas que se introduzcan al territorio nacional, stas pueden ser destinadas a los regmenes aduaneros siguientes:a) Importacin definitivaEl artculo 96 de la Ley Aduanera seala textualmente: Se entiende por rgimen de importacin definitiva la entrada de mercanca de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.b) Importacin temporalPor otra parte, la importacin temporal consiste en la entrada al pas de mercancas para permanecer en l por tiempo limitado y con una finalidad especfica, pudiendo destinarse a la elaboracin, transformacin o reparacin en programas de maquila o de exportacin, siempre que retornen al extranjero despus de cumplir con su finalidad y dentro del plazo determinado al momento de efectuar la importacin.Podemos hablar de dos tipos de importaciones temporales:1) Para retornar al extranjero en el mismo EstadoEs la entrada de mercancas al pas, para permanecer en l por tiempo limitado y con una finalidad especfica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado.2) Para elaboracin, transformacin o reparacin en programas de maquila o de exportacin.

Restricciones no arancelariasSon medidas que entorpecen, dilatan o impiden el libre flujo de productos de un mercado a otro. Pueden ser de dos tipos: Cuantitativas. Consistentes fundamentalmente en cuotas, licencias o permisos de importacin, exportacin, establecimiento de precios oficiales y depsitos previos. Cualitativas. Cuyas principales aplicaciones son normas sanitarias y fitosanitarias, normas tcnicas, normas sobre envasado, embalaje y etiquetado y normas de calidad.Es importante mencionar que el establecimiento de las medidas sea-ladas deber someterse previamente a la opinin de la Comisin de Co-mercio Exterior y publicarse en el DOF.Las medidas de regulacin y restriccin no arancelarias consistirn en:Permisos previos. Es el instrumento expedido por la Secretara de Economa para realizar la entrada o salida de mercancas al territorio nacional.Cupos. Se entiende por cupo el monto de una mercanca que podr ser exportado o importado, ya sea mximo o dentro de un arancel-cupo.La administracin de los cupos se podr hacer por medio de permisos previos.Las maquiladoras y las empresas con programas de exportacin, autorizados por la Secretara de Economa, podrn efectuar la importacin temporal de mercancas para retornar al extranjero despus de haberse destinado a un proceso de elaboracin, transformacin o reparacin, as como las mercancas para retornar en el mismo estado, en los trminos del programa autorizado, siempre que tributen de acuerdo con lo dispuesto en el ttulo II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cumplan con los requisitos que establezca la Secretara mediante reglas.La importacin de mercancas estar sujeta a las normas oficiales mexicanas aplicables, sin que se puedan establecer disposiciones de normalizacin diferentes a tales normas. Las mercancas sujetas a este requisito se identificarn en trminos de sus fracciones arancelarias y de la nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa respectiva.La autoridad determinar las normas oficiales mexicanas que las aduanas deban hacer cumplir en el punto de entrada de la mercanca al pas. Dicha determinacin se someter a la opinin de la Comisin de Comercio Exterior y se publicar en el DOF.Un aspecto importante para poder determinar el mtodo de valoracin conforme al cual se presentan las mercancas en la aduana para consignar su base gravable y por lo tanto el impuesto a pagar, es el concepto de vinculacin entre importador y vendedor.Las medidas de regulacin y restriccin no arancelarias en Mxico pueden consistir en permisos previos, cupos mximos, marcado de pas de origen, certificaciones o cuotas compensatorias, siendo aplicables estas ltimas cuando se trate de impedir la concurrencia al mercado interno de mercancas en condiciones que impliquen prcticas desleales de comercio exterior.Marcado de pas de origen. La Secretara de Economa, previa consulta a la Comisin de Comercio Exterior, podr exigir que una mercanca importada al territorio nacional ostente un marcado de pas de origen en donde se indique el nombre de dicho pas (artculo 25, LCE).El Banco Nacional de Comercio Exterior (BANCOMEXT) es la institucin financiera del gobierno federal encargada de promover el comercio exterior de Mxico, particularmente las exportaciones no petroleras y de fomentar la presencia de inversin extranjera en Mxico y la realizacin de coinversiones con empresas forneas. BANCOMEXT realiza operaciones crediticias por medio de la infraestructura del sistema financiero y adems otorga servicios no financieros y de informacin directa a los empresarios involucrados en el comercio internacional.El crdito al comprador es un apoyo financiero que BANCOMEXT ofrece a los importadores de bienes y/o servicios mexicanos, a travs de una institucin financiera en el pas del importador acreditada por BANCOMEXT.


Top Related