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El Concepto de persona. Titularidad del derecho a la vida y el aborto - Rodolfo Figueroa.Resumen: Parra la doctrina nacional, el concepto de persona es equivalente a ser humano desde el momento de su concepcion, y por endeel ser humano desde la concepcion es titular del decho a la vida.No hay razones constitucionale spara sostener esa postura. No hay definicion de persona en el sistema constitucional, y por eso se debe aplicar la legal que considera a persona despues de nacer.Esta es la concepcion imerante de la jurusprudencia internacional.La ley otorga proteccion a la vida del que esta por nacer pero no lo transforma en titular del derecho a la vida.INTRODUCCION1. En chile el derecho a la vida esta en el art 19, el concepto de persona.2. La palabra persona no esta definida en la Consitucion pero si en la ley.La persona no es persona para efectos legales antes de ancer. pero si se protege la vida del ansciturus Para el Cod Civil son personas: a) seres humanos ; b) que hayan nacido.CONCEPTO DE PERSONA EN LA DOCTRINA NACIONAL1. El ser humano es persona desde el momneto de su concepcion, y es sujeto de derechos fundamentales, como la vida.Estos autores no siguen la nocion de persona del Codigo Civil.1.2 El aborto debe entenderse prohibido.2. Ootros autores sotienen solo son personas los que han nacido, el nasciturus no tiene titularidad de derecho a la vidapero si debe ser protegido3. otra postura dice: el nasciturus no es persona segun el Cod Civil, pero si es titular del derecho a la vida sin ser persona.LA NOCION DE PERSONA Y TITULARIDAD DEL DERECHO A LA VIDA EN LA JURISPRUDENCIA1. Jurisprudencia chilena1.1 la jurisprudencia constitucionalEn la urisprudencia estadounidense la palabra persona se refiere a los nacidos.


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