Seminario Permanente del Área de Historia - CIFFyH/UNC - 29/08/2012
"Soto, Nono y Salsacate: encomienda y pueblos de indios
(Córdoba, Gobernación del Tucumán. Siglos XVI-XVII)"
Cynthia Carolina Ochoa
Exposición del proyecto de investigación para optar por la Licenciatura en Historia (Escuela de Historia, FFyH-UNC), desarrollado en el marco del Proyecto de investigación Bianual 2012-2013 - SECyT-UNC, Categoría A, dirigido por Isabel Castro Olañeta: Etnohistoria de las sociedades indígenas de la Gobernación del Tucumán bajo el dominio colonial. Pueblos de indios y encomiendas. Siglos XVI-XVII. Titulo del proyecto: "Soto, Nono y Salsacate: encomienda y pueblos de indios (Córdoba, Gobernación del Tucumán. Siglos XVI-XVII)1
Tesista: Cynthia Carolina Ochoa Directora: Isabel Castro Olañeta Aprobado por comisión evaluadora el 11/11/2011.
I. Problema de investigación: presentación, delimitación y justificación
En el mes de marzo de 1693 -durante su visita a las encomiendas de la
gobernación del Tucumán- el oidor de la Audiencia de Charcas don Antonio Martínez
Luján de Vargas visitaba y registraba, en la jurisdicción de la ciudad de Córdoba, los
pueblos de indios de Soto, Nono y Salsacate; los tres pertenecientes a la encomienda del
capitán Fernando Salguero de Cabrera.
A través del registro que realizó Luján de Vargas, podemos observar diferencias
y similitudes entre los tres pueblos de la encomienda, en relación con la cantidad de
tributarios, la presencia de autoridades étnicas, la existencia de capilla, de tierras
propias y las formas que adquiere el pago del tributo, además de las relaciones
existentes entre los indios de los tres pueblos y el tratamiento que recibían del
encomendero. A manera de una primera aproximación, la fotografía que presenta el
documento es la siguiente:
El pueblo de Soto, que contaba con veintiocho indios, treinta indias y un cacique
principal, poseía una capilla atendida por un cura que daba la misa. Con respecto al
tributo, los indios declaraban no haberlo pagado, aunque sí atestiguaban haber
prestado servicio personal en la estancia del encomendero o haber sido alquilados en
1 Al momento de la presentación oral expondremos en detalle los avances de investigación realizados y el trabajo realizado con las fuentes.
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otras estancias. Testimoniaban, también, haber recibido malos tratos por parte de su
encomendero.
Por su parte, en el pueblo de Nono el oidor registraba seis indios, tres indias,
cuatro muchachos y tres indiecitas, quienes manifestaban estar emparentados entre sí
y, también, tener vínculos con los indios de Soto y Salsacate. Tenían su cacique
principal y una capilla en ruinas, recibiendo la misa ocasionalmente de los padres de la
Compañía. Poseían tierras para sembrar en su pueblo; declaraban no pagar tributo,
pero sí prestar servicio personal al encomendero o ser alquilados por él. En lo tocante a
los malos tratos, señalaban no haberlos recibido por parte del encomendero, pero si por
parte de un mayordomo de otra estancia.
Por último, el pueblo de Salsacate contaba con su cacique principal y estaba
integrado por ocho indios mayores, cuatro indias casadas foráneas, un muchacho y una
indiecita, los cuales estaban emparentados entre sí y con los indios de los pueblos de
Nono y Soto. Los testigos manifestaban que tienen sembradíos en su pueblo y que la
capilla se cayó hace un tiempo, por lo que sólo recibían misa una vez al año por parte de
los padres de la Compañía de Jesús. Afirmaban que no pagan tributos, pero que
algunos prestan servicio personal o eran alquilados. Con respecto a los malos tratos, al
igual que los indios de Nono, manifestaban que no los han sufrido por parte del
encomendero, pero si de parte del mayordomo de otra estancia.
En una primera lectura, podemos observar que Soto, Nono y Salsacate, a fines
del siglo XVII eran tres pueblos de indios pertenecientes a una misma encomienda, que
tenían un escaso número de tributarios (siendo el pueblo de Soto el más numeroso),
que los tres mantenían su cacique como autoridad principal (sin brindarnos datos
acerca de la existencia de un cabildo indígena); que mantenían sus tierras y que sólo en
el caso de Soto seguía en pie la capilla con servicio de un cura (mientras que en
Salsacate y Nono recibían misas ocasionales de los padres jesuitas); en los tres casos, se
declara no pagar tributos en especie o moneda pero sí asistir al encomendero con
servicios personales o ser alquilados a otros españoles estancieros; y, finalmente, se
manifiestan las relaciones de parentesco que mantenían, entre sí, los indios de los tres
pueblos a pesar de las distancias que los separaban. Ubicados en la región oeste de la
actual provincia de Córdoba, más precisamente en la zona de Traslasierra, se
encuentran relativamente distantes entre sí: Soto de Salsacate a unos 62 Km. y
Salsacate de Nono a unos 58 Km., siendo la distancia máxima unos largos 120 Km.
entre Soto y Nono.
Como vemos, la visita de Luján de Vargas brinda una valiosa información sobre
los pueblos de indios bajo el régimen de encomienda a fines del siglo XVII. Sin
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embargo, sólo nos otorga una imagen cristalizada de la sociedad indígena al momento
de su registro y nada nos dice acerca de sus historias previas ni de sus procesos de
reproducción social. (Castro Olañeta, 2007) Tampoco nos brinda información que
permita explicar la persistencia de los mismos como pueblos de indios con tierras en
común; en el caso de Salsacate hasta mediados del siglo XVIII, Nono hasta fines del
período colonial y Soto hasta fines del siglo XIX. 2 (Tell y Castro Olañeta, 2011)
En este marco, nos preguntamos acerca de las trayectorias de estos pueblos con
el objetivo de pensar e identificar los elementos y líneas del proceso que permitan
explicar la persistencia de estas sociedades indígenas bajo el dominio colonial. Es así
que nuestros interrogantes giran en torno de los procesos de reproducción y
transformación de las sociedades indígenas. ¿Por qué la comunidad indígena de Soto
persistió hasta el siglo XIX y no las de Salsacate y Nono? ¿Como influyó en este proceso
la unificación de los tres pueblos en una misma encomienda a fines del siglo XVII? ¿Se
puede considerar a la supervivencia de la institución de la encomienda hasta mediados
del siglo XVIII como un elemento que contribuyó a la supervivencia del pueblo de
indios? ¿Cómo se articularon y complementaron los tres pueblos en términos de su
aprovechamiento por parte del encomendero, considerando recursos, ambientes y
producción? ¿Existía movilidad poblacional entre las sociedades de Soto, Nono y
Salsacate? ¿Podemos reconstruir su lógica? ¿Cómo afectó a la reproducción de estas
sociedades? ¿Cómo afectaron los conflictos por tierras a las comunidades? ¿Cuál era el
papel las autoridades étnicas de dichos pueblos de indios? ¿Cómo era su relación con el
encomendero y con las comunidades? Estas son algunas preguntas que abordaremos
como guías de investigación y que serán precisadas con nuestros objetivos e hipótesis.
En el marco de lo expuesto, el problema general de investigación es el complejo
proceso de la transformación y supervivencia de las sociedades indígenas que fueron
reducidas en pueblos de indios y se mantuvieron bajo el régimen de encomienda hasta
principios del siglo XVIII; considerando que para ser abordado, es necesario valerse
2 En un reciente artículo, Sonia Tell e Isabel Castro Olañeta (2011) han abordado el problema de la reproducción y supervivencia de los pueblos de indios de la jurisdicción de Córdoba, en una perspectiva de larga duración (siglos XVI-XIX). Gracias a los datos de su investigación, hoy sabemos que la encomienda de Soto perteneció a la familia Tejeda durante tres vidas, y que, luego de la muerte de fray Luis de Tejeda (1680) fue otorgada por el gobernador Fernando de Mendoza Mate de Luna (1681-1686) a Gregorio Díez Gómez, quien ya poseía en primera vida la encomienda de Salsacate. En el caso de Nono, el pueblo permaneció bajo la encomienda de Juan Nieto hasta por lo menos la década de 1660 y fueron entregado en encomienda a Gregorio Díez Gómez quien solicitó la agregación de las encomiendas bajo su titularidad en 1686. En 1689, por muerte de María Bustos y Albornoz -viuda de Díez Gómez, quien la gozaba en segunda vida- el gobernador Tomás Félix de Argandoña reotorgó a Fernando Salguero de Cabrera la encomienda, que ya incorporaba los indios de los pueblos de Soto, Nono y Salsacate, los cuales fueron visitados por Luján de Vargas en 1693. (Tell y Castro Olañeta, 2011)
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tanto de las preguntas y conceptos provenientes de la historia económica, social y
política colonial, de los estudios sobre la institución de la encomienda, el sistema
colonial y la elite española; como de los conceptos, perspectivas y preguntas propias
del campo de la etnohistoria sobre los procesos de transformación de la sociedades
indígenas reducidas en pueblos de indios, sus relaciones y su supervivencia en el
contexto de la dominación colonial. Es decir, abordaremos un problema de
investigación que implica la reflexión sobre las lógicas de la sociedad española colonial
y su funcionamiento (a través del estudio de la encomienda) y de las transformaciones
y supervivencias de la sociedad indígena colonial (a través del estudio de los pueblos de
indios); a partir de un estudio de caso: el de los pueblos de indios de Soto, Nono y
Salsacate, que siendo encomiendas de las más tempranas en la jurisdicción de Córdoba,
concluyeron el siglo XVII agregados bajo la titularidad de un mismo encomendero.
Este estudio de caso sobre tres pueblos de indios y su encomienda, será
desarrollado en el marco de los procesos regionales y locales que se dieron en la
jurisdicción de la ciudad de Córdoba –Gobernación del Tucumán- desde fines del siglo
XVI (cuando se otorgan por primera vez las mercedes de encomienda y de tierra) hasta
fines del siglo XVII (con la Visita de Luján de Vargas), tratando de indagar y ensayar
hipótesis explicativas acerca de la supervivencia de estos tres pueblos de indios, en
relación con su proceso de reducción; la asignación y reconocimiento de sus tierras en
común; la posible incidencia que la encomienda tuvo en este proceso; las estrategias
encomenderas para agregar los tres pueblos y las estrategias indígenas de
supervivencia.
Como expresamos, el recorte temporal del presente proyecto de investigación se
extiende desde finales del siglo XVI, con el otorgamiento de las primeras mercedes de
encomienda y de tierras, hasta fines del siglo XVII, tomando como corte la visita del
oidor Luján de Vargas. Esta definición corresponde al período en el que se desarrolla el
proceso de instauración y consolidación del sistema colonial en la jurisdicción. En este
sentido, abordamos dos períodos marcados por coyunturas históricas distintas, 1573-
1610 y 1611-1693.
El primer periodo se caracteriza por la invasión, conquista y asentamiento de los
españoles en la región del Tucumán, por la vinculación con el circuito comercial
potosino a través de las economías regionales, y por la encomienda de servicios
personales, los abusos de los encomenderos y los excesos de un sistema de explotación
colonial con un fuerte peso del sector privado, causantes del importante descenso
demográfico de las poblaciones indígenas.
La segunda década del siglo XVII da inicio a una nueva etapa marcada por el
desarrollo de la monoproducción ganadera mular, la cual fue promovida por los
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requerimientos del mercado interno colonial orientado al centro minero potosino. En
este sentido, esta nueva coyuntura se caracteriza por la ocupación del espacio agrario
por las estancias españolas, a partir de la apropiación de las “tierras vacías” debido la
caída demográfica de las poblaciones indígenas. (Assadourian, 1982) A su vez, en 1611-
12, la llegada del oidor de la Audiencia de Charcas, Francisco de Alfaro, significó un
cambio fundamental en el periodo en términos políticos y sociales, en tanto que su
intervención implicó cambios legales en el sistema de explotación colonial, a partir del
dictado de ordenanzas que legislaron sobre la institución de la encomienda y las
relaciones de explotación de las sociedades indígenas por parte de los vecinos
encomenderos. Estas ordenanzas prohibieron la encomienda de servicios personales,
tasaron el tributo –reduciendo la categoría tributaria a hombres de 18 a 50 años- y
dispusieron la separación de la territorialidad hispana de la indígena, a partir de la
reducción de las poblaciones en pueblos de indios. (Palomeque, 2000) De esta manera,
distintos autores consideran que para 1620 se inicia el proceso de consolidación del
sistema colonial para la jurisdicción de Córdoba.
Concluimos el estudio tomando como corte la visita de Luján de Vargas a la
Gobernación del Tucumán en 1693, la misma constituyó la segunda intervención de la
justicia de la Audiencia de Charcas para “desagraviar” de los abusos de los
encomenderos a las poblaciones sometidas (la primera había sido la Visita del oidor
Alfaro en 1611). Al mismo tiempo, el objeto de la visita del oidor Luján de Vargas estaba
dado por el control del cumplimiento de las Ordenanzas de Alfaro; finalmente, nos
parece apropiado el “corte” a fines del siglo XVII en tanto nos permite acercarnos al
problema de la desaparición de la institución de la encomienda en la jurisdicción.
II. Objetivos
-Objetivo general
Analizar el complejo proceso de transformación y supervivencia de las sociedades
indígenas que fueron reducidas en los pueblos de indios de Soto, Nono y Salsacate –
jurisdicción de Córdoba, Gobernación del Tucumán- bajo el régimen de encomienda,
entre fines del siglo XVI y fines del siglo XVII; a partir de dos líneas de preguntas y
perspectivas:
- las provenientes de la historia económica, social y política colonial, de los estudios
sobre la institución de la encomienda, el sistema colonial y la elite española, para
acercarnos a la lógica encomendera en la región;
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- las específicas del campo de la etnohistoria sobre los procesos de transformación de la
sociedades indígenas reducidas en pueblos de indios, sus relaciones y su supervivencia,
para acercarnos a las lógicas subalternas en contextos de dominación colonial.
-Objetivos específicos
- Reconocer y analizar las similitudes y/o diferencias ambientales, su organización
socio-política, patrones de asentamiento y de acceso a los recursos de los grupos
indígenas que fueron encomendados y reducidos en los pueblos de Soto, Nono y
Salsacate.
- Sintetizar las formas específicas que adquirió la organización del sistema de
explotación colonial sobre los indios de la jurisdicción de Córdoba y particularmente
caracterizar las formas que pueden identificarse en el caso de estudio.
- Reconstruir el derrotero de Soto, Nono y Salsacate como encomiendas y como pueblos
de indios coloniales, desde los otorgamientos de las primeras mercedes hasta la visita
de Luján de Vargas, teniendo en cuenta el largo proceso que concluyó con la unificación
–agregación- de los mismos bajo la titularidad de un mismo encomendero.
- Reconstruir las relaciones de los pueblos entre sí, con el encomendero y sus agentes, y
con otros actores de la sociedad colonial.
- Analizar en detalle la visita de Lujan de Vargas, teniendo en cuenta la reconstrucción
realizada previamente de las historias y derroteros de las tres encomiendas-pueblo
durante el largo siglo XVII.
- Identificar y analizar las estrategias encomenderas en el manejo de los pueblos de
indios.
- Analizar la incidencia de la institución de la encomienda en la supervivencia de los
pueblos de indios a lo largo del siglo XVII.
- Identificar las posibles causas que hicieron posible la consolidación de derechos a las
tierras por parte de los pueblos de indios y los conflictos por tierras atendiendo a la
incidencia de los mismos en la reproducción de las sociedades indígenas.
-Identificar posibles movimientos de población entre los tres pueblos de indios, sus
causas y sus lógicas.
- Reflexionar acerca del lugar de las autoridades étnicas y su rol en los factores
mencionados: las relaciones de los pueblos entre sí, los movimientos de población, los
conflictos por tierras y la consolidación de los derechos a las mismas por parte de los
indios del pueblo.
III. Hipótesis
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Consideramos que el proceso de unificación de los pueblos de Soto, Nono y
Salsacate bajo una misma encomienda a fines del siglo XVII, obedeció a una estrategia
económica por parte del encomendero de concentración de mano de obra y de tierras
productivas para agricultura y ganadería. Esta unificación de los pueblos le permitía al
encomendero, por un lado, el acceso a diversos recursos, y por otro, la disponibilidad
de mano de obra pausible de ser movilizada en función de sus requerimientos
productivos a lo largo de la franja de valles ubicados en Traslasierra, de gran
importancia para el tránsito con la jurisdicción de La Rioja y Cuyo.
Proponemos que, si bien la unificación de la encomienda se debió a una
estrategia española, la supervivencia de la institución de la encomienda hasta
principios del siglo XVIII también fue un elemento que contribuyó a la supervivencia
de los pueblos de indios, en tanto fue uno de los factores que favorecieron al
mantenimiento de la cohesión de la comunidad a lo largo de todo el periodo colonial.
Esperamos demostrar que otro factor que contribuyó a la supervivencia exitosa
de estos pueblos de indios a lo largo del período colonial es el lugar ocupado por sus
autoridades étnicas y la política seguida por ellos en términos de estrategias de
movimientos de población y creación de vínculos de parentesco, así como su
participación en los conflictos por tierras.
Consideramos que las dos visitas de la Audiencia de Charcas, la de Alfaro (1611)
y la de Luján de Vargas (1693), contribuyeron a consolidar los derechos de los pueblos
indígenas a sus tierras. En este sentido, el análisis en profundidad del periodo,
haciendo hincapié en ambas visitas, brindaría hipótesis explicativas de la supervivencia
de los pueblos de indios, por lo menos para la primera etapa del proceso.
III. Antecedentes y estado de la cuestión
Antes de comenzar cualquier investigación sobre la historia temprana del
Tucumán colonial es indispensable recurrir a los estudios de Ceferino Garzón Maceda
(1968), Carlos Sempat Assadourian (1982 y 2005 [1972]), Ana María Lorandi (1988) y
Silvia Palomeque (2000, 2005 y 2009), entre otros. Estos investigadores brindaron
valiosos aportes, desde diferentes perspectivas, para comprender la invasión española y
la consolidación del sistema colonial en la región del Tucumán.
En este sentido, recuperamos los planteos de Garzón Maceda y de Assadourian
con respecto a la fuerte vinculación económica de la región del Tucumán con Potosí.
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Garzón Maceda afirma que la creciente actividad económica del Tucumán después de
1580 está promovida por la economía dominante del Perú, la economía minera
potosina. (Garzón Maceda, 1968:5) En esta misma línea, Assadourian señala la
especialización regional de Córdoba a partir del efecto de arrastre de la producción
minera de la economía altoperuana, en donde el proceso de integración de esta
economía regional al mercado interno colonial está dado mediante diversos sectores de
producción. (Assadourian, 1982: 49)
Recuperamos también el planteo de Ana María Lorandi acerca de la definición
del Tucumán como región marginal del virreinato y de la encomienda de servicios
personales como elemento de desestructuración de las sociedades indígenas. Si bien
esta autora, ha matizado sus primeros planteos (1997 y 2002), los planteos de sus
primeros trabajos sobre las características principales del sistema colonial en la región
del Tucumán siguen siendo líneas de investigación a considerar. En su artículo pionero
sobre el tema señala que la región se comportaba como un verdadero far-west; es decir,
como una verdadera frontera, en donde los valores de la sociedad, y la sociedad misma,
pierden su normatividad. (Lorandi 1988:141) A su vez, Lorandi subraya el papel que
tuvieron los servicios personales como agente principal en el proceso de
desestructuración de las sociedades indígenas sometidas bajo el régimen de la
encomienda y el fortísimo peso del sector privado en la región. En esta línea,
retomamos los planteos de Doucet (1986) acerca de las características y el
funcionamiento de la institución de la encomienda a fines del siglo XVI, analizando el
caso de Quilpo, en Córdoba.
En relación al proceso de conquista y colonización del Tucumán, recuperamos
los estudios de Assadourian (2005 [1972]) y Palomeque (2000, 2009), quienes han
realizado numerosos trabajos y síntesis históricas sobre la región. En este contexto
geográfico e histórico de la jurisdicción de Córdoba, tomamos los aportes de Piana
(1992) y de Laguens y Bonnin (2009) en relación a las características particulares de las
sociedades indígenas sometidas, tanto en el periodo anterior a la conquista como
durante el periodo de instauración y consolidación del sistema colonial.
Con respecto al problema de investigación específico, retomamos los planteos
de Castro Olañeta (2006a) acerca del proceso de transformaciones de las sociedades
indígenas bajo el sistema colonial, quienes reducidas en pueblos de indios y sometidas
bajo el régimen de encomienda sobrevivieron durante todo el periodo colonial. En este
sentido y siguiendo a Casto Olañeta, entendemos que optar por los estudios de caso
permite matizar y complejizar el análisis de los procesos de desestructuración que
sufrieron estas sociedades, tal como había señalado Lorandi (1988) para el Tucumán.
Asimismo, consideramos fundamental la utilización de un reciente artículo de Sonia
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Tell e Isabel Castro Olañeta (2011), el cual se aborda la supervivencia de los pueblos de
indios bajo el dominio colonial en la jurisdicción de Córdoba y se reseña el derrotero de
los pueblos de indios de Soto, Nono y Salsacate. En relación a la región donde se
asientan estos pueblos, recuperamos los avances de investigación de Leticia
Carmignani (2011a, 2011b, 2011c) acerca de la percepción temprana, por parte de los
españoles, de las características ambientales y sociales en la región del Valle de
Traslasierra.
El Tucumán Colonial
La conquista del Tucumán se produjo al ritmo del requerimiento expansionista
español. El carácter privado de la conquista, señalado por Assadourian (2005 [1972]),
obligó al avance territorial en busca de “grandes riquezas” como las de la ciudad de
Cuzco para poder beneficiar a aquellos conquistadores que se habían quedado con las
manos vacías. En palabras de Assadourian, “el carácter privado de la expansión
entrañó la obligación de premiar a los responsables de la avanzada conquistadora sobre
los vastos espacios vacíos, desde los capitanes hasta el último soldado de la hueste”.
(Assadourian, 2005 [1972]: 35) Para este autor, existió también una necesidad de
“descargar la tierra”, por lo que se organizan sucesivas entradas a la región hacia 1536.
En relación a este punto, Silvia Palomeque afirma que los españoles que invadieron las
sociedades indígenas ubicadas en el espacio que paulatinamente se fue
institucionalizando como parte de la Gobernación del Tucumán, arribaron desde
Charcas y Chile, trayendo con ellos su experiencia en la invasión y conquista de las
complejas sociedades andinas de las ricas zonas centrales del imperio inca.
(Palomeque, 2009:7)
El avance español pudo ser consolidado a partir de la fundación de un rosario de
ciudades que permitió la comunicación entre centro económico y administrativo de
Charcas y la salida al océano Atlántico a través por de Buenos Aires. Este proceso de
fundaciones estuvo marcado por la constante resistencia indígena, lo que llevo a que
varias ciudades fueran abandonadas. Silvia Palomeque (2009) señala que para 1570 ya
se encuentra organizado el gobierno del Virreinato del Perú y en expansión la
producción minera del cerro de Potosí, pero con problemas de resistencia indígena en
varios frentes. Para estos años ya se ha consolidado la conquista española en Chile y, en
la Gobernación del Tucumán, ya están fundadas y asentadas las ciudades de Santiago
del Estero, Ibatín y Esteco pero con serios problemas de incomunicación en tanto las
rutas están cortadas por la sublevación de los pueblos indígenas de las tierras altas del
oeste (Valles Calchaquíes y de Puna) y por la agresión de los pueblos chaqueños y
"chiriguanos" situados hacia el este. El costo de la conquista de las tierras altas incidió
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negativamente en la preservación de las sociedades indígenas de las tierras bajas, en
tanto que estas brindaron los recursos humanos y ambientales que hicieron posible el
primer asentamiento español. (Palomeque, 2009: 7-11)
Assadourian (1982) señala la integración de Córdoba al circuito económico
potosino a partir de economías regionales, funcionando según las fluctuaciones y
requerimientos de la producción minera. En palabras del autor: “la formación de este
gran mercado interno se halla determinada, en lo esencial, por el hecho de que el sector
minero requiere una gran variedad de producciones complementarias para poder
funcionar (…) a través de estas demandas, la producción colonial de plata desprende
efectos de arrastre sobre otros conjuntos definidos en el espacio económico y
geográfico, promueve en ellos la producción mercantil y los integra, en consecuencia, al
mercado interno en formación”. (Assadourian, 1982:19) En este sentido, y siguiendo a
Assadourian, podemos distinguir para Córdoba dos periodos económicos: 1570-1610,
caracterizado por la producción de textiles bastos y harinas de trigo, en el cual la
encomienda funcionaba como pilar fundamental; y, 1610-1700, caracterizado por la
monoproducción ganadera mular y la ocupación del espacio agrario por las estancias
para contrarrestar la disminución de la mano de obra indígena. En Córdoba, hacia
1585/90, comienza el proceso de integración en los intercambios regionales a partir de
la producción textil, que comenzó a desarrollarse en los ámbitos domésticos y las
comunidades indígenas. Pronto, se instalaron empresas especializadas (obrajes) en el
medio rural, aunque la especialización laboral siguió ligada al sistema de encomienda y
a la esclavitud. Para la década de 1610, en un contexto de disminución de mano de obra
indígena y expansión territorial, se produjo el impulso inicial de la monoproducción
ganadera mular. Esta producción dominó la economía regional cordobesa hasta 1660,
cuando entro en un proceso de estancamiento, teniendo su saldo negativo para 1750.
(Assadourian, 1982)
En este marco de crecimiento económico, al punto de partida lo constituyeron
los recursos existentes en la región y que fueron el premio de la conquista: la riqueza
acumulada por la sociedad dominada, la tierra y la explotación servil indígena. Así,
Assadourian considera que la encomienda constituye la institución básica de la
economía colonial del primer periodo, al aportar la mayor parte de la fuerza de trabajo.
(Assadourian, 2005 [1972]:90 y 1982: 21)
Todos estos elementos, sintéticamente desarrollados configuran los
antecedentes acerca de los procesos regionales y locales que enmarcarán nuestro
problema de investigación.
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La encomienda y los pueblos de indios
El origen de la institución de la encomienda para la América española se vincula
directamente con el carácter que adquirió su conquista. Assadourian, como ya
adelantamos, define el concepto de conquista privada, en tanto que la misma se
caracterizó por “la tendencia de imponer la totalidad de las cargas económicas de la
expedición a la iniciativa privada que acepta un convenio de esta naturaleza animada
por la esperanza de resarcirse, de inmediato y con exceso, de los desembolsos
realizados”. (Assadourian [1972] 2005: 23) De esta manera, el régimen de recompensas
para los españoles fue provisto por el mismo medio conquistado: mercedes de tierras y
encomiendas de indios. (Assadourian, 2005 [1972]: 35; Palomeque, 2009:11) Esto
rápidamente fue puesto en producción y, como señala Gastón Doucet (1986), la
encomienda funcionó como una empresa privada productiva y polifacética.
En términos jurídicos, la encomienda consistió en la merced real por la cual el
rey “recompensaba” a los conquistadores encomendándoles un grupo de indios. A
través de ella, los beneficiarios de esta merced percibían los tributos indígenas de las
poblaciones comprendidas en el título respectivo y, a su vez, los obligaba al
adoctrinamiento e instrucción de los aborígenes y al compromiso militar de responder
ante el llamado a las armas. (Assadourian 2005 [1972]: 37; Piana 1992:7) Este sistema
otorgó a los encomenderos un gran poder en el periodo inicial de la conquista, en tanto
que los tributos no estaban tasados y eran entregados en forma de servicios personales.
En este sentido, los conquistadores españoles vieron posible la ejecución de un
proyecto señorial en América, proyecto que para 1570 se vio definitivamente derrotado
en las zonas centrales del virreinato perano.
En la gobernación del Tucumán el régimen de encomienda se caracterizó por
la continuidad del servicio personal y de las encomiendas privadas, incluso hasta fines
del siglo XVII. Es en este contexto que, Lorandi (1988) destaca las particularidades del
Tucumán en tanto espacio marginal del virreinato, es decir, como una sociedad de
frontera. Es así que señala que “la región quedó bajo la tutela de un gobernador y los
indios fueron totalmente repartidos en encomiendas privadas (con pocas excepciones)
Los controles institucionales resultaron así poco efectivos y las desviaciones respecto a
las ordenanzas reales mucho mayores que en las zonas centrales”. (Lorandi 1988: 140)
Josefina Piana coincide en que el servicio personal indígena y la ausencia de una tasa
de tributo de encomienda son los rasgos que caracterizaron la organización colonial en
Córdoba. (Piana, 1992b: 9) En esta misma línea, Gastón Doucet (1986) afirma que la
encomienda de servicios personales se caracteriza por el aprovechamiento directo que
hace el encomendero del trabajo de sus encomendados; en palabras del autor, “el
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tributo no es sino el resultado de la aplicación de la mano de obra que proporciona el
repartimiento a empresas productivas del poseedor de éste”. (Doucet, 1986:95)
Completando esta definición, Lorandi afirma que el trabajo de los indios, en realidad,
consistía en una superposición de obligaciones que debían cumplir mediante la llamada
mita al encomendero. (Lorandi, 1988:148) La imposición de la institución de la
encomienda, en tales términos, llevó al incremento de los grados de explotación a las
sociedades indígenas. Palomeque señala que en la etapa final de la conquista del
Tucumán (1590), se profundizaron los abusos y malos tratos a la población indígena
mientras se reforzaba el poder de los encomenderos-conquistadores, lo que se tradujo
en el incremento de la mortalidad indígena afectada por las pestes y epidemias
resultantes del exceso de trabajo, la falta de alimento y los malos tratos entrecruzados
con un período de sequía. (Palomeque, 2009:11)
Lorandi (1988) afirma en el carácter marginal de la gobernación del Tucumán
en relación al virreinato peruano, situación que llevó a intentos infructuosos de
imponer las políticas generales de la corona en lo tocante la tasación y el control del
sistema de tributación indígena. En este contexto, la encomienda estuvo regulada por
dos cuerpos normativos: las Ordenanzas del gobernador Gonzalo de Abreu de 1576 y las
Ordenanzas del oidor Francisco Alfaro de 1612. La primera intervención del estado
colonial, a partir de las ordenanzas de Abreu, constituyó un acuerdo entre los
encomenderos de la Gobernación del Tucumán y los funcionarios (situación que
evidencia el poder de este sector en el periodo) Estas Ordenanzas regularon la forma de
explotación de los indios legalizando la prestación del servicio personal pero sin
establecer una tasación del mismo. En este sentido, la explotación a las comunidades
continuó dependiendo de la voluntad y capacidad del encomendero para llevarla a
cabo. Palomeque afirma que “esta Ordenanza no fijó una 'tasa' en producto o dinero ni
separó al pueblo de indios del encomendero como en el resto del virreinato, al
contrario, autorizó a los encomenderos para mantener a los indios como sus vasallos, es
decir a mantener 'sujeta' bajo 'su jurisdicción' a toda la familia indígena sobre la cual
ejercería su 'dominio' sin injerencia estatal”. (Palomeque, 2000:114-115)
Por su parte, las Ordenanzas del oidor de la Audiencia de Charcas, Francisco de
Alfaro, significaron el inicio de una nueva coyuntura, en tanto que siguieron el modelo
impuesto por el virrey Toledo en las zonas centrales andinas para la década de 1570. En
este sentido, el oidor Alfaro visitó y redujo en pueblos de indios a las comunidades
sometidas, primero, del Paraguay y el Río de la Plata, y luego del Tucumán. A su vez,
tasó el pago del tributo, prohibió los servicios personales y eliminó la relación directa
existente entre el encomendero y las sociedades indígenas, permitiendo reducir el
12
grado de explotación a los mismos y asegurar en cierta medida la reproducción de las
comunidades domésticas. En palabras de Boixadós: “en 1612, las reformas
reglamentadas por el oidor Alfaro, que abolieron la servidumbre y el servicio personal,
establecieron un régimen de prestaciones basado en la tasación por cabeza y la
reducción del monto del tributo a cinco pesos que podían ser pagados en especie,
tejidos o hilados, trabajo e incluso en dinero”. (Boixadós, 2002:16)
En la jurisdicción de Córdoba, la imposición del régimen de encomienda tuvo
características similares a las que adquirió en la Gobernación del Tucumán. Desde las
primeras expediciones y el asentamiento de los conquistadores españoles, se dispuso el
otorgamiento de las primeras encomiendas de indios y de mercedes de tierras. En este
sentido los encomenderos, a través del servicio personal, pudieron dirigir el trabajo de
sus indígenas según las exigencias del mercado, lo que les garantizó la prosperidad
económica. El exceso de la explotación a las sociedades sometidas por parte de los
encomenderos, produjo el descenso demográfico de las poblaciones y la
desestructuración de las comunidades. En este sentido, Josefina Piana sostiene que las
transformaciones que sufrieron las poblaciones indígenas sometidas bajo el sistema
colonial constituyó una ruptura histórica, en tanto que impidió la reproducción de las
comunidades nativas del distrito de Córdoba. (Piana, 1992a:325-344) Sin embargo, se
ha avanzado al respecto en estudios de caso para la gobernación del Tucumán, entre los
que se encuentra el trabajo Castro Olañeta (2006a y 2006b) sobre el pueblo de indios
de Quilino, que nos permite saber que tal contexto de desestructuración de las
comunidades indígenas debe ser matizado, en tanto que existieron casos de
supervivencia de los pueblos de indios en el distrito de Córdoba. Esta autora, a partir
del caso de Quilino, demostró la existencia de estrategias de adaptación y de
reproducción social de la comunidad indígena ante la presión colonial, mecanismos que
permitieron su supervivencia del pueblo a lo largo de todo el periodo colonial. (Castro
Olañeta, 2006a)
Las sociedades indígenas del Valle de Soto y Traslasierra
Según Palomeque, a fines del siglo XVI, se está frente a un estado colonial que
necesita colonizar un diverso mundo indígena situado en estas gobernaciones
consideradas como pobres o de frontera, debido a la falta de grandes minas de oro y
plata y a la gran distancia de Lima. (Palomeque, 2000:90) Las sociedades indígenas
que habitaban las zonas de las sierras de Córdoba y sus cercanías constituían una
numerosa población asentada en aldeas estables, que practicaban principalmente una
13
agricultura de temporal y a veces con riego, junto a la caza y la recolección. (Piana
1992a: 43; Palomeque 2000:98 y 2005:1)
Josefina Piana (1992a) señala que las poblaciones indígenas que habitan las
regiones noroeste y oeste de las sierras corresponden al grupo étnico de los
comechingones algarroberos, hablantes de la lengua henia. A su vez, esta autora,
siguiendo a Aníbal Montes (1950, 1956 y 1958), señala la vinculación de estas
sociedades con comunidades huarpes y diaguitas, pueblos de la zona cuyana.
Laguens y Bonnin (2009) señalan que la organización política de las sociedades
indígenas del Valle de Copacabana estaba estructurada en torno a una organización
jerárquica de toma de decisión, basada en por lo menos dos líneas masculinas: una de
un líder principal y otra jerarquía menor por debajo de él. Esta jerarquía menor estaba
a cargo de un cacique secundario que residía en otro asentamiento, dependiente de un
cacique mayor, residente en el pueblo principal, a quien todos los otros respondían y
junto con el cual reconocían su pertenencia a una misma unidad étnica. (Laguens y
Bonnin, 2009: 344-345)
En relación al espacio geográfico particular de los pueblos de Soto, Nono y
Salsacate, Laguens y Bonnin (2009) definen dos regiones ambientales: el valle del río
de Soto y Traslasierra, ubicados al noroeste y oeste de la provincia de Córdoba,
respectivamente. Gracias al aporte de estos autores, sabemos que la localidad de Soto
constituye un sitio arqueológico en donde se hallan dispersas unidades residenciales de
diferentes tamaños, con un patrón que sigue el cauce del río, sin que se note la
presencia de casa pozo o algún otro tipo de estructura constructiva. A su vez, señalan la
existencia de talleres líticos y de contextos agroalfareros en la región. Según el tipo de
cerámica encontrada se puede inferir algún tipo de vinculación con el Noroeste
argentino (Laguens y Bonnin, 2009: 291-293). La región de Traslasierra se encuentra
en la zona oeste de las Sierras Grandes, tratándose de un extenso valle limitado por las
Sierras Grandes al Este y las Sierras de Pocho, Guasapampa y Serrezuela por el Oeste,
estas dos últimas cadenas serranas de poca altura. Se halla surcado por dos cuencas
principales: la que va a formar el río Salsacate y Pichanas hacia el Norte y la que forma
el río Sauces por el Sur, ambas separadas por la Pampa de Pocho, una extensa planicie
ondulada de altura, de suelo fértil pero con muy escasas corrientes de agua, con
cubierta de pastizal sin componentes leñosos, rodeada de una sabana arbolada o un
bosque mixto de elementos de las sierras y la llanura. En este contexto, se han
encontrado indicios de casas pozos junto con instrumentos líticos y cerámicas. Laguens
y Bonnin subrayan la existencia de registro arqueológico que evidencia formas de vida
14
agroalfarera, cuyas características se aproximan más a las modalidades del norte de las
sierras, junto con la región de Soto y Cruz del Eje. (Laguens y Bonnin, 2009:323-324)
En este sentido, y gracias a los avances de investigación de Leticia Carmignani,
sabemos que el gobernador Alonso de Rivera para 1606 subdividió el territorio de la
actual provincia de Córdoba en partidos indígenas a cargo de la figura de tenientes de
naturales. En esta delimitación geográfica, los españoles enmarcaron la región del
noroeste y oeste del territorio bajo el partido de Soto: “el partido de Soto fue señalado a
Francisco de Avellaneda, y abarcaría el Noroeste de la provincia de Córdoba,
principalmente el Valle de Soto y parte del valle de Punilla. Caracterizado por la
arqueología por estrategias de acceso a los recursos que aprovechan las diferencias del
ambiente, con movilidad transversal a las fajas naturales de vegetación, donde una
misma comunidad controlaría, por medio de pequeños asentamientos ubicados a una
relativa distancia, y utilizaría recursos pertenecientes a fondo del valle, valles
tributarios y pampas de altura”. (Carmignani, 2011c)
V. Perspectiva teórica y metodológica. Las fuentes y su tratamiento.
La instauración y consolidación del sistema colonial español en la región del
Tucumán implicó un proceso de transformaciones para las sociedades indígenas que la
habitaban. Proceso histórico complejo que, como señala Castro Olañeta sintetizando los
aportes de otros autores como Assadourian, Lorandi y Palomeque así como estudios de
caso sobre algunos pueblos de indios, “estuvo marcado tanto por la desestructuración
como por la diversidad y la ambigüedad de la participación y respuestas indígenas a la
situación colonial. Es así que los cambios en las sociedades dominadas no se dieron de
igual manera ni con la misma intensidad y las transformaciones y resultados del
proceso, fueron diferentes según la forma en que cada grupo sucumbió se adaptó o
resistió a las nuevas estructuras impuestas”. (Castro Olañeta 2006a:15-16)
En este sentido, consideramos relevante indagar sobre los procesos de
transformación y reproducción de las sociedades indígenas bajo el sistema colonial
español en la zona rural de la jurisdicción de Córdoba en la Gobernación del Tucumán;
y consideramos que para ello se vuelve central trabajar con estudios de caso que
permitan reconstruir, en un nivel más profundo de análisis, las formas divergentes que
adoptaron la institución de la encomienda y el proceso de reducción y consolidación de
los pueblos de indios. En este sentido, la presente investigación pretende llevar a cabo
un ejercicio de reconstrucción histórica del derrotero y transformación de las
15
sociedades indígenas reducidas en los pueblos de Soto, Nono y Salsacate y que se
mantuvieron más de un siglo bajo el régimen de la encomienda.
Consideramos que la perspectiva del estudio de caso nos permite dar cuenta de
forma más detallada y profunda los diferentes aspectos y niveles de las relaciones
establecidas con el “hecho colonial”. (Castro Olañeta 2006:21) Entendemos que el
estudio de caso de las sociedades indígenas de Soto, Nono y Salsacate brindará un
nuevo aporte a la historia colonial y a la etnohistoria de Córdoba y del Tucumán; en
tanto que nos permitirá comprender las respuestas y adaptaciones de estas sociedades
ante el proceso de instauración y de consolidación del sistema colonial. Creemos que,
como afirma Castro Olañeta, un estudio de caso –enmarcado en un contexto- permite
realizar aportes sobre el proceso de transformaciones sufridas por un pueblo,
brindando elementos sobre la presión colonial sobre la sociedad indígena, los recursos,
la organización productiva, las relaciones con las unidades productivas españolas y con
sus administradores, las tensiones interétnicas y las prácticas culturales de la sociedad
indígena; y a la vez, puede brindar indicios para pensar la situación de otros pueblos
que también lograron persistir durante el periodo colonial, aportando elementos sobre
las rupturas, pero también las continuidades y sobre la reproducción de sociedades
dominadas. (Castro Olañeta 2006a:21)
En este sentido, retomamos los aportes provenientes de la Etnohistoria, en
tanto que nos permite abordar la complejidad de las lógicas de las sociedades indígenas
sometidas y de la elite encomendera, desde una perspectiva que integra distintos
instrumentos y métodos históricos, arqueológicos y etnográficos. (Pease, 1999:47)
Lorandi y Del Río subrayan la riqueza etnológica de las fuentes históricas a partir de un
esquema de análisis multidisciplinario. En palabras de las autoras: “todas las fuentes
pueden ofrecer simultáneamente datos o apoyar interpretaciones sobre distintas
facetas de la conducta humana (…) donde la calidad de esas interpretaciones depende
de la sutileza de la lectura y del cruce inteligente de la información”. (Lorandi y Del Río,
1992:57) A su vez, es importante tener en cuenta que casi todas las fuentes disponibles
para el estudio del sistema colonial provienen de su misma administración, por lo que,
como señala Guerrero y Platt, “es necesario desmontar el significado y la realidad de las
categorías que aparecen en los documentos, a fin de no reificar la visión administrativa
y criolla de las cosas, suprimiendo las formas de subalternidad en cualquier sociedad
colonizada”. (Guerrero y Platt, 2000:96)
Con respecto a los conceptos, nuestro problema de investigación implica el
cruce de dos categorías analíticas centrales: encomienda y pueblo de indios. Como ya
señalamos anteriormente, debemos vincular el origen de la encomienda para la región
16
en función de la conquista privada, tal como lo define Assadourian (2005 [1972]). En
este sentido, el carácter privado de la expansión implicó la obligación de retribuir a los
conquistadores con un régimen de recompensas, premios provistos por el mismo medio
conquistado: mercedes de tierras y encomiendas de indios. (Assadourian 2005
[1972]:35 y Palomeque 2000:118-119) Es así que, en palabras de Palomeque: “La
corona española, que se había sumido como heredera de los derechos del incario
derrotado, consideraba que la población indígena conquistada, pacificada y en proceso
de evangelización era su vasalla y, como tal, debía entregarle un tributo similar al que
antes aportaban al inca. Si bien la Real Hacienda recaudó para la corona los tributos de
algunos pueblos indígenas particulares denominados indios coronas, la mayor parte de
los pueblos quedó bajo otro sistema debido a que la corona transmitió el derecho de
percibir los tributos a los principales conquistadores españoles”. (Palomeque, 2000:
110).
Según Assadourian, la encomienda constituyó una fuente potencial de mano de
obra, y por lo tanto el premio más codiciado en el marco de la primitiva estructura
económica colonial. (Assadourian 2005 [1972]:35) A lo largo del siglo XVII, en la
gobernación del Tucumán, la institución de la encomienda fue adquiriendo diferentes
formas y estableciendo distintas configuraciones en las relaciones entre los
encomenderos y las sociedades indígenas encomendadas, tal como lo han señalado
todos los autores reseñados. En este sentido, consideramos que la institución de la
encomienda permite estudiar los procesos que articularon de diferentes maneras a las
sociedades indígenas que fueron encomendadas a la elite feudataria y al estado colonial
y que consolidaron una realidad colonial específica en el Tucumán. (Castro Olañeta
2006c: 1)
En esta misma línea, rescatamos el planteo de Gastón Doucet: “el estudio del
régimen de encomienda en una provincia o reino indiano, si pretende penetrar
adecuadamente, más allá de superficiales generalizaciones, en la vida íntima de la
institución, comprender su funcionamiento y apreciar su significación histórica, exige
reconstruir la historia particular, si no de todos, cuando menos de una proporción
considerable de los repartimientos que existieron en el ámbito examinado; sólo el
análisis sistemático de una multitud de casos individuales suministrará los elementos
necesarios para alcanzar los objetivos”. (Doucet, 1984:183-184)
Con respecto al segundo de los conceptos en cuestión, según Isabel Castro
(2006b:39), pueblo de indios es una categoría derivada del sistema de organización
política y administrativa impuesta desde el sistema colonial sobre las sociedades
indígenas, que en el caso de la gobernación del Tucumán tuvo su inspiración en el
17
modelo toledano y se plasmó fundamentalmente en el proyecto de las ordenanzas de
Alfaro en torno a tres elementos centrales: tierra en común, autoridades étnicas y
tributo. Retomando y precisando el concepto, Tell y Castro Olañeta (2011), definen
“pueblo de indios como una unidad social, territorial y jurisdiccional que, en el caso de
la antigua gobernación del Tucumán, tenía su inspiración en las reducciones toledanas
y suponía tres características distintivas: un régimen particular de usufructo en común
de las tierras asignadas a cada pueblo, cuyo dominio eminente retenía la Corona y se
mantenían fuera del mercado; un conjunto de autoridades compuesto por cacique y
cabildo indígena; y la obligación de los sujetos de responder a una carga tributaria por
su condición de indio originario”. (Tell y Castro Olañeta, 2011)
Usaremos este concepto de pueblo de indios, en tanto pensamos que
metodológicamente a partir del mismo nos será posible rastrear los derroteros de los
pueblos de indios de nuestro caso de estudio durante el periodo colonial, a partir de las
variables señaladas.
En esta investigación, utilizaremos, básicamente, un cuerpo documental
compuesto por diferentes tipos de fuentes históricas: la visita de Luján de Vargas a
Córdoba (1692-93)3, el padrón de encomiendas realizado por el Gobernador del
Tucumán Ángel de Peredo (1674)4, dos expedientes de confirmación de las
encomiendas de Soto, Nono y Salsacate (1683 y 1689)5, un conjunto amplio de
expedientes judiciales del Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba (1590- 1688)6 y
otras fuentes complementarias como las Ordenanzas de Abreu (1576)7 y de Alfaro
(1612)8.
La visita de Antonio Martínez Luján de Vargas constituye un tipo documental
muy valioso debido a la información etnográfica que posee. Lorandi y Del Río afirman
que las visitas fueron un recurso administrativo colonial para obtener datos
económicos y demográficos a fin de repartir e imponer el tributo a los indios por medio
de las encomiendas, el yanaconaje o la mita minera (Lorandi y Del Río, 1992:52). El
objeto de esta visita residía en controlar el cumplimiento de las ordenanzas de Alfaro
(1612) y “desagraviar” a las sociedades indígenas encomendadas de los abusos de los
3 Transcripta y editada por Bixio, 2009. 4 Utilizaremos la transcripción del original del AGI que se encuentra en la Biblioteca del Instituto Emilio Ravignani, Buenos Aires. Agradezco a Isabel Castro que me facilitara una copia de este documento. 5 Expedientes originales conservados y digitalizados en el AGI-Sevilla que son consultados a través del Portal PARES. 6 Se trata de aproximadamente una docena de expedientes judiciales de las Escribanías 1 y 2 del AHPC, los cuales ya hemos fotografiado previniendo el cierre del Archivo por su traslado. 7 En Levillier, 1920. 8 En Levillier, 1918.
18
encomenderos, a los cuales se los multaba por tales infracciones. Utilizaremos la
versión editada por Beatriz Bixio (2009), centrándonos en la visita y empadronamiento
de los pueblos de Soto, Nono y Salsacate en marzo de 1693.
La estructura de la visita está dada por un Memorial de cinco preguntas a partir
del cuál se interrogaba a testigos provenientes del pueblo. Luego, según el testimonio
otorgado, el visitador examinaba al encomendero y formulaba cargos en su contra, a los
cuales el encomendero les podía hacer descargo. Finalmente, el visitador dictada una
sentencia y multaba (o no) al encomendero según juzgara el grado de cumplimiento de
las ordenanzas de Alfaro, a la vez que se detallaban las costas de las visita. En cada
visita, además, se incluía un padrón de la población. (Boixadós, 2002:30)
A su vez, haremos uso del Informe elevado por el gobernador Ángel de Peredo al
Rey, fechado a 2 de enero de 1674 que “da cuenta y remite razón de los indios y
encomiendas de aquella provincia” y en el cual se incorpora la información sobre los
indios y encomiendas de la jurisdicción de la ciudad de Córdoba. Este Informe es un
documento administrativo que da cuenta de las encomiendas de cada jurisdicción, su
nombre, su titular o administrador, en qué vida la posee y la composición de la
población indígena (número de tributarios, mujeres, muchachos y muchachas,
caciques, viejos y reservados).
En cuanto a los expedientes de confirmación de las encomiendas, nos centramos
en el expediente de confirmación de la encomienda de Soto a Gregorio Díaz Gómez en
1684 que consta de 44 fs. (AGI. CHARCAS,104,N.2) y el de la encomienda de Soto,
Nono y Salsacate otorgada a Fernando Salguero de Cabrera en 1695 que consta de 348
fs. (AGI. CHARCAS,111,N.8). Ambos documentos se encuentran disponibles
digitalmente en la Sección Charcas bajo el título “Expedientes de confirmaciones de
encomiendas de indios del distrito de dicha Audiencia vistos en el Consejo” y pueden
ser consultados por Internet en el Portal de Archivos Españoles (PARES), los cuales
fueron ubicados gracias a la ayuda de Isabel Castro Olañeta. Esta autora señala que es
importante rescatar los expedientes de confirmación de encomiendas como fuentes
históricas, ya que, a pesar de las condiciones específicas de producción de cada
solicitud y de cada encomienda, presentan ciertas formalidades en el proceso que los
hacen homogéneas y por lo tanto posibilitan el trabajo comparativo. (Castro Olañeta
2007:2)
Finalmente, utilizaremos expedientes judiciales del Archivo Histórico de la
Provincia de Córdoba, los cuales remiten a litigios por tierras y por encomiendas de
indios a fines del siglo XVI y durante del siglo XVII de la región de Traslasierra y
específicamente de los pueblos de Soto, Nono y Salsacate. El objeto de utilizar estos
documentos, es acercarnos a las características ambientales y sociales de las sociedades
19
indígenas que conformaron las primeras encomiendas, como así también, obtener
información que nos permita reconstruir los sucesivos titulares de tales mercedes.
Algunos de estos expedientes incorporan cédulas de encomienda de fines del
siglo XVI que nos permitirán acercarnos a la información más temprana con la que
contamos sobre las sociedades indígenas de Traslasierra, sus espacios de ocupación, su
organización socio-política, su patrón de asentamiento, sus autoridades étnicas.
Acercarse a los grupos indígenas, como sujetos históricos dentro del proceso de
dominación colonial, a través de las fuentes emanadas de la misma colonia supone
como mínimo dos filtros, en tanto documentos escritos y en tanto documentos escritos
por los sujetos “dominantes”, pero esto no significa que la fuente sea inutilizable, sino,
considerar una serie de recaudos metodológicos. (Castro Olañeta, 2006) En el mismo
sentido, Millones aclara que los documentos coloniales, al provenir casi exclusivamente
del colonizador, muestran a la sociedad indígena inserta dentro de un devenir que le es
ajeno. (Millones 1987:255)
Con respecto al problema de la supervivencia de los pueblos e indios en época
colonial, Tell y Castro sostienen que, como recaudo metodológico, es necesario
establecer una clara diferenciación entre historia del pueblo de indios y su registro en
los documentos coloniales y republicanos. Las autoras retoman lo planteado por Platt y
Guerrero (2000) y afirman que “la diferencia entre historia y registro requiere
considerar que las categorías y nociones utilizadas por los funcionarios que produjeron
los documentos son “productos coyunturales de un determinado conjunto de ideas
histórico-culturales vinculadas a funcionalidades inmediatas de orden administrativo”.
(Tell y Castro Olañeta, 2011) A su vez, es menester tener en cuenta que en la
documentación colonial es una constante la puesta en duda de la persistencia de los
pueblos de indios por la elite local, debido a intereses concretos relacionados con el
usufructo de la mano de obra en unidades productivas y al largo y sostenido proceso de
apropiación de tierras. “La presencia o ausencia del registro documental debe ser
puesta en cuestionamiento, porque el “silencio no es simplemente un efecto de la falta
de documentación; más bien, es en sí mismo una huella histórica, un acto deliberado
que debe ser interrogado”. (Platt y Quisbert 2010: 116)
En síntesis, para reconstruir el derrotero de los pueblos de Soto, Nono y
Salsacate, desde fines del XVI y a lo largo del siglo XVII, confrontaremos la información
de la visita de Luján de Vargas, el padrón de Ángel de Peredo, los expedientes de
confirmación y los litigios por tierras y encomiendas. El abordaje de los documentos se
llevara a cabo a partir de una lectura crítica y una interpretación exhaustiva de su
información, fundamentalmente desde una perspectiva etnohistórica.
20
VI. Estado de avance de la investigación
En cuanto al estado de avance de la investigación, ya hemos concluido con la
lectura y fichaje del primer conjunto de bibliografía general relativa al Tucumán
colonial, la institución de la encomienda y los pueblos de indios, y a los estudios
históricos y arqueológicos de las sociedades indígenas de la jurisdicción de Córdoba.
Nos queda avanzar con la lectura de los estudios de caso sobre pueblos de indios y las
últimas producciones en etnohistoria e historia colonial sobre sociedades indígenas en
la Gobernación del Tucumán y en Córdoba en particular.
En relación a las fuentes, hemos concluido con la fotografía de los documentos
del Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba (AHPC), y avanzado en la lectura y el
fichaje de los mismos en un cincuenta por ciento (50%) Dentro de la masa documental
del AHPC, hemos podido identificar litigios por encomiendas de indios a finales del
siglo XVI, y conflictos por tierras a lo largo del siglo XVII. Con respecto a los
documentos inéditos disponibles en el portal PARES, hemos avanzado con la lectura y
fichaje de los expedientes de confirmación de mercedes de encomiendas otorgadas a
Gregorio Díaz Gómez (1689) y a Fernando Salguero de Cabrera (1695), en un treinta
por ciento (30%).
En función de lo dicho, estimamos poder desarrollar la investigación a lo largo
del los próximos 10 meses, presentando la tesis aproximadamente en octubre de 2013.
VII. Cronograma
meses 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
actividades
Fotografía de documentos de Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba. Lectura de bibliografía general y fichado. (ya realizado)
X X X Lectura y fichaje de los documentos del AHPC (realizado en un 50%) Fichaje de documentos inéditos disponibles en PARES (realizado en un 30%)
X X X Lectura bibliográfica y fichado acerca de la encomienda en el Tucumán sobre el servicio personal y los pueblos de indios. (Realizado en un 70%)
X X Lectura bibliográfica sobre los pueblos de indios de la región noroeste y oeste de la provincia de Córdoba. Lectura y fichaje bibliográfico de estudios de caso sobre pueblos de indios y las últimas producciones en etnohistoria e historia colonial sobre sociedades indígenas en la Gobernación del Tucumán y en Córdoba en particular.
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Análisis documental de las fuentes históricas. (Realizado en un 50%)
X X Escritura y síntesis de información necesaria para enmarcar el problema planteado.
X X Análisis de la visita de Luján de Vargas y del corpus documental, de manera comparativa y complementaria
X X X Lectura y análisis de las fuentes documentales. Identificación de la composición de las encomiendas y sus sucesivos titulares.
X X X Análisis documental de las fuentes en relación a las sociedades indígenas del caso de estudio y comparación con los estudios existentes etnohistóricos y arqueológicos.
X X X X Síntesis y escritura de la investigación
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22
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