LLIUYACC LLANCARI MARLENS MORALES VELASQUEZ KATY YSUHUAYLAS MANTARI WILLY
Presentado por:
TUTELA JURISDICCIONAL
TIENE COMO CONTRAPARTIDA
Artículo I del título preliminar del código
procesal civil.
HORASIO D. ROSATTI
PROCESO JUDICIAL
derecho al proceso derecho en
el proceso
Contenido Momento de su exigibilidad
derechos esenciales e inalienables
Derechos básicos que le aseguraban un juicio correcto
Rey Juan sin Tierra
Varones ingleses
derecho a todo ciudadano a no ser condenado sin que
medie un juicio previo
Derecho al proceso
derecho a que un juez natural resuelva un
conflicto con conocimiento,
imparcialidad, aplicando el derecho que
corresponda al caso concreto y cumpliendo con el procedimiento
establecido.
Derecho en el proceso
debido proceso objetivo o
garantía de defensa en juicio
Manifestaciones procesales del derecho a la tutela
jurisdiccional
el actor carece de un derecho efectivo que el
ejercicio va tutelar
pretensión de que se tiene un derecho valido y en nombre del
cual se promueve la
demanda respectiva.
poder jurídico que tiene todo individuo
como tal y en nombre del cual le es posible acudir
ante los jueces en demanda de amparo a su pretensión
La demanda es el primer
acto que ocurre en un proceso es su punto de
partida.
En definitiva la demanda es el instrumento procesal a través del
cual se ejerce el derecho de acción
Según Arlas
“Es la petición que el actor dirige al Juez para que produzca el proceso y a través de él satisfaga su pretensión es también un acto jurídico procesal, no
un derecho.”
DEMANDA
Una situación distinta de la modificación es la AMPLIACIÓN del petitorio contenido en la demanda
Presentada también por el demandante
acto procesal a través del cual se pone en conocimiento del
demandado el inicio de un proceso en su contra.
EMPLAZAMEINTO
Es un típico acto de notificación, sin embargo tiene una considerable
trascendencia en el proceso, habita cuenta de que es el momento en que la
relación jurídica procesal queda perfeccionada.
la demanda del
demandado
ReconventioRECONVENCION
contra demand
a
principio de economía procesal
Fundamento “Se satisface con ello un principio
de economía procesal pues se
evita la multiplicidad de
juicio y se facilita la acción de la
justicia”MORELLO
“La reconvención es una nueva acción deducida por el demandado contra el actor en el escrito de responde, con el objeto de que el
mismo juez que conoce en la demanda originaria principal la resuelva, por lo mismos
tramites y en una sola sentencia”.
ROBERTO BERIZONCE
CARNELUTTI
“Se habla de reconvención siempre que el demandado, en lugar de defenderse contra
la pretensión del actor, lo contraataca proponiendo contra él una pretensión. Así, en realidad, el demandado se transforma
en actor”.
El derecho de contradicción es, al igual que el derecho
de acción, una expresión del derecho a la tutela
jurisdiccional
En consecuencia, estamos ante un derecho de naturaleza constitucional,
además, subjetivo, publico, abstracto y autónomo, que permite a una sujeto de derecho emplazado exigirle al Estado le
preste tutela jurisdiccional.