dºpenal - clasificacion de delitos
DESCRIPTION
Visita Wiki derecho Uc Temuco, y todos los apuntes que contiene http://derechouctem.freehostia.comTRANSCRIPT
DERECHO PENAL, PARTE DERECHO PENAL, PARTE GENERALGENERAL
CLASIFICACIÓN DE LOS CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOSDELITOS
1.- Según el grado de imputación 1.- Según el grado de imputación subjetivasubjetiva
A) delitos dolosos:A) delitos dolosos: exigen la concurrencia exigen la concurrencia de dolo en el tipo subjetivo (regla general).de dolo en el tipo subjetivo (regla general).
B) delitos imprudentes:B) delitos imprudentes: basta la basta la concurrencia de imprudencia, negligencia concurrencia de imprudencia, negligencia o culpa en el tipo subjetivo ( se penan o culpa en el tipo subjetivo ( se penan excepcionalmente) excepcionalmente)
2.- Según la producción de una 2.- Según la producción de una modificación en el mundo sensiblemodificación en el mundo sensible
A) delitos de mera actividad:A) delitos de mera actividad: basta la sola basta la sola realización de la conducta descrita en el realización de la conducta descrita en el tipo legal.tipo legal.
B) delitos de resultado:B) delitos de resultado: aquellos en que de aquellos en que de la realización de la conducta descrita en el la realización de la conducta descrita en el tipo legal, se produce un suceso tipo legal, se produce un suceso separable lógicamente de aquél.separable lógicamente de aquél.
2.1.- Acepciones de la voz 2.1.- Acepciones de la voz resultadoresultado
1.-1.- Resultado como realizaciónResultado como realización de la de la conducta descrita en el tipo legal, conducta descrita en el tipo legal, “resultado típico”(en desuso).“resultado típico”(en desuso).
2.-2.- Resultado como lesiónResultado como lesión al bien jurídico al bien jurídico protegido por la norma. En este sentido protegido por la norma. En este sentido todo delito todo delito debedebe tener resultado. tener resultado.
3.-3.- Resultado como sucesoResultado como suceso separable separable lógicamente de la acción realizada. (en el lógicamente de la acción realizada. (en el sentido antes expuesto)sentido antes expuesto)
3.- En atención a la magnitud de la 3.- En atención a la magnitud de la sanciónsanción
A) Crímenes:A) Crímenes: aquellas conductas aquellas conductas sancionadas con una pena desde 5 años sancionadas con una pena desde 5 años y 1 día en adelante.y 1 día en adelante.
B) Simples delitos:B) Simples delitos: aquellas conductas aquellas conductas sancionadas con una pena entre 61 días y sancionadas con una pena entre 61 días y 3 años y 1 día de privación de libertad.3 años y 1 día de privación de libertad.
C) Faltas:C) Faltas: aquellas conductas aquellas conductas sancionadas con multa o pena de hasta sancionadas con multa o pena de hasta 60 días de privación de libertad.60 días de privación de libertad.
El código penal chilenoEl código penal chileno
Historia y estructuraHistoria y estructura
Comisión redactoraComisión redactora
Un D.S. de 17 de enero de 1870 nombró Un D.S. de 17 de enero de 1870 nombró la comisión encargada de su redacción.la comisión encargada de su redacción.
Comenzó a regir el 1 de marzo de 1875.Comenzó a regir el 1 de marzo de 1875.Comisionados:Comisionados:Alejandro Reyes, Eulogio Altamirano, José Alejandro Reyes, Eulogio Altamirano, José
Clemente Fábres, José Gandarillas, Clemente Fábres, José Gandarillas, Manuel Rengifo, Diego Amstrong, Adolfo Manuel Rengifo, Diego Amstrong, Adolfo Ibáñez. Ibáñez.
Modelos utilizados en la redacciónModelos utilizados en la redacción
Código Penal Español de 1848.Código Penal Español de 1848.Código Penal Belga de 1867. (se nota Código Penal Belga de 1867. (se nota
acentuadamente en la estructura sinóptica acentuadamente en la estructura sinóptica de la parte especial).de la parte especial).
Estructura del textoEstructura del texto Se compone de 3 libros.Se compone de 3 libros. Libro Primero,Libro Primero, “De los delitos, circunstancias “De los delitos, circunstancias
que eximen de responsabilidad, la atenúan y la que eximen de responsabilidad, la atenúan y la agravan, y del las penas” (Es la llamada Parte agravan, y del las penas” (Es la llamada Parte General).General).
Libro Segundo,Libro Segundo, “Crímenes y simples delitos y “Crímenes y simples delitos y sus penas” (Parte especial, catálogo de delitos)sus penas” (Parte especial, catálogo de delitos)
Se subdividen en títulos y párrafos. En el libro II, Se subdividen en títulos y párrafos. En el libro II, los títulos sirven como criterio sinóptico, que los títulos sirven como criterio sinóptico, que algunas vecesalgunas veces coincide con el bien jurídico coincide con el bien jurídico protegido.protegido.
Libro Tercero,Libro Tercero, “De las faltas”. “De las faltas”.
Panorama actual del C.P.Panorama actual del C.P. Actualmente resulta anticuado y poco funcional al Actualmente resulta anticuado y poco funcional al
sistema del C. Procesal Penal.sistema del C. Procesal Penal. Los códigos que sirvieron de modelo ya no existen (v.gr. Los códigos que sirvieron de modelo ya no existen (v.gr.
C.P. español es del año 1995)C.P. español es del año 1995) En el contexto regional, C.P. peruano es del año 1991, En el contexto regional, C.P. peruano es del año 1991,
C.P. Boliviano es del año 1999. el Argentino, 1984.C.P. Boliviano es del año 1999. el Argentino, 1984. Existe un proyecto de C.P. elaborado por la comisión Existe un proyecto de C.P. elaborado por la comisión
Foro Penal, que está en manos del Ministerio de justicia, Foro Penal, que está en manos del Ministerio de justicia, a la espera que pase la fiebre de la seguridad a la espera que pase la fiebre de la seguridad ciudadana, y exista el consenso político necesario. Debe ciudadana, y exista el consenso político necesario. Debe votarse el texto completo.votarse el texto completo.
Es un muy buen texto, superior al actual, garantista, un Es un muy buen texto, superior al actual, garantista, un poco mas respetuoso de los Dº fund. Y que recoge la poco mas respetuoso de los Dº fund. Y que recoge la mejor doctrina Española y Alemana.mejor doctrina Española y Alemana.