doctrina casacion 01004-2010-00429 fondo 441 numeral 2

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  • 5/26/2018 Doctrina Casacion 01004-2010-00429 Fondo 441 Numeral 2

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CMARA PENAL

    RECURSO DE CASACIN 01004-2010-00429

    DOCTRINA

    La diferencia sustancial entre los delitos de apropiacin y retencin indebidas y

    estafa, radica en el elemento interno que caracteriza a ste ltimo, consistente en

    que mediante ardid o engao, se induce a una persona en error, que le lleva a

    disponer en perjuicio de su patrimonio; mientras que en el primero de los delitos

    mencionados, el sujeto activo, en perjuicio de otro, se apropia o distrae dinero,

    efectos o cualquier otro bien mueble que ubiera recibido en depsito, comisin o

    administracin, que ten!a la obligacin de entregar o devolver" #n el presente

    caso se produce la estafa propia en forma continuada, por la accin realizada por

    la persona que, induciendo a error, defraud en su patrimonio a los compradores

    de lotes, toda vez que recibi de stos abonos en efectivo y depsitos a cuenta de

    engances, acindoles creer que los montos se abonaban efectivamente, pero

    en realidad se apropi ileg!timamente de ese dinero para beneficio personal, en

    detrimento del patrimonio de los agraviados" $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

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